Por:
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Fecha:
10/11/1831
COLOMBTA.
SalE' tl~S d~ingos i .Illev!'s. La susc.r ipcict:l del t~'ilIl;est,,1'
'" 'lI t' 3 puos j caria t'.lf'mplar )'1'81 i medIO. L~l' SUSt"l"lpcl<. n : s
d e esta dú.tlad j su provincia SI.' bacl'n pn la ti enda n úm . J. -
pa lie l." d el comercio , d o n dp. t am h ieu se v l'ndeD Jos .eJPmpll!
rf'll su.- ll " s. $e c ui d a ~a de P?viar laa @:ac,da.s á sus casas.
a los sU$cr ipturps de la c iudad) I p or el correo a los de fuera.
Las aclmioistracj.ont'S principales de cada .prov,incia .st~n
eDcargadas de recibü'las suscripl'ionu, repartir las gacelas
i vende.' cjemplart'S sueJt()s a sus re.llpec.livos habitantes.
Loa AV/$O$ se reciben _en esta imprf'nla, i se iost>rtar.D por
prt'cio de " reates hasta s('is renglnnl'S, i d'e este numero eD
ádt'lante a razoo de un rt'al pur rada rt'ngl un. La repeticioD
d .. 1 A ')JSO hasta p CII' d os "ect'S valdra la mitad de la .... publicacion,
i de ab\ en adelante la tercera parte.
• -=- .
N.... '.0 552 BO(;'O'fA. .1U.EVES 10 DE NOVI~:MBREDE 1831. . TRll\lESTRE 43.
• l>ECRETO DE-L\ CON VENCIO'~"
SESo ••
. La comisión ocaSional nombrada para infOl'mar
sobre la re(ln!seotacion' que los bene.úaéntos
jC!d-erald, jefes i oficiales que la suscn;'
be ... , ai hao 4i'rijido el dia mislno de vuestra
i .... laeion, tieDe la honra de esp~n~ros , entre
181 t!fuS;O""" del. mayor contento, su Vuto eo
la materia.
Es ciertameote IllllÍ laudaltle i digno de
:vuestra admiracioo, ver lo selecto oe este ejército
de la libertad deponer sus insignias i el
inDujo d'é ,ua hazañas ante ef solio de 1 ..
representaclon nacional, 1 horrorizad? de u n
poder de sangre, 9ue fué b~~¡;~ nte ,Ienodado
. par~ t4e~1:»edazar liast~ las r~dq~ias del ,des-potümv
I de la oprestOn, renunn ~ r sus fueros
i privi~eiio~ para colocarse al f).jvel de loe;
c:iudadanOiJ Cincinato dejan.rio la ma ¡ ~slad
de la tremenda c :*=tadura i el encanto de SU5
trüfeos, para volver á la m ¡¡desla condicion
de que se le habia a"rancéJdt)~ o Camilo alAo cando
en su c:orazoo la voz terrible de SU5
naentimientol, pOI" volar a la s:tlvacion de la
pkia, presentan ~ la posteridad un upectaeulo
sia .tuda mllS magnifir.o i grandios~ pero qlte
tal .ez fto lué aaas digno de imitacion i d.e
• plauso. '
So1dado. tan intrépidos corno fieles, tan felices
eOIDO moderados, que .. en l1IeJio de las c:ad~nas
"4ie la ¡»roscripcion i d. la mu~rte, aupiéron
dQcebir con re.solucion i firmeza la becoica
arnprua,de nuestra reien~racioll: ciudadano~
~a1ieDtel i jeouóSol ea la consllmacion de todo
jéaero de sacrificios, méous el de la libertad:
eaudillos magnitnimol entre . Jos hO,rrores de
la ;uer~a , pero i~digoados CO'll t r a la. llsurpaeiun
I el despotISmo, son los que h OI elevan
au voz al santuario de la Sllprema lei; proli ternudose
('on rospeto, tributan a .h razon,
.1 buen juicio i a la Glosofía el homenaje de
una noble i fr~nca conviccion.
Romper los anillQS de la cadena que los
uncia al yugo del pode .. .ar~trario; . despren
der.se de UDa anomalía que por subvercion (fe
los mas lanos principios , parecia elevarlus
sobre las ruinas de sus derech05, i de su digo
Didad primitiva, es el objeto de sus fervientes
'Yotoa es lo que ju~ga la comisiof.l que estimola'
su celo i aVIVA en su corazon el luego
eanto de la libertad i de la ig.uatdad. Semejante
4:Onduct3, repite ella, es laudable, 'es sublime,
es heroica. permltasele decirlo; empero, la
comisioo DO cree lIe,ada la oporl~oid .. Q de
anticipar su concepto en materia tan delicada.
~ta represent~cíon forti.úcada por las iOlvor.
tantes observatjones que conteoga la memoria
del r,linisterio de la guerra, puede ser
".too de los Ola. hermO$us principios que en el
foado ele las ideas, sirven para consagrarse ~a
~ cooatitllciQn de la Repú.blica, i entonces
~s llepdo el caso de, Contar con que 105
!loldadO.l de la 'íbertad no serln aquellos pretOrianos,
ql1e ol .. idado. de sus juramentos i
'promesast bolláron escandalosamente el de- '
~d~ito .agrado de nuc.ttil$ 'mas preci"oias ,~.-
antias.
Sin emb~rgo, la comision estima UQ acto .de
justicia, que apl'e,ciando eomo debeis, .e.ñ-or,
esle ra~o de eminente p_traoti,mo, os djgaei,
desde ahot;a deerelar una espt'esioo de gracias
!l los magnániQlus i virtuosos oficiales qóe
I .u.scrjbep, d~Qd8 eiemplo de su mod~tia i ·des.
p,endimiento.
Bugotá 29 de octubre de 1831.
José J.Suauz, Domingo Ciprlall CuenCDt
Manuel Garcia Herrerost -
La con"eneiolt.
Rabienrló recihíJu con agrado la up ;~.tsloo
de los sentimientos que animan él los jenel'.:J l4"s,
jetes i eficiales, que han firmado la. rep~$
entacion de ~o dd presente mes, sl)hdL" udo
se les ponga al nivel del resto de los ciudadanos:
DECl\F.T i\:
Insértese en el acta del dia de hlli, la espl'esada
representa ~ ion con el i'nfvrme de la
comisiop, como un Ilue,·o testilnonio de los
l,,,t,'ióticos sentimientos que ab .. iga el ejércit()
granadino. ' .
D.,d() en Bo~otá á 7 de noyiembre de 1831.
El prt!siJhre supresion de comandancias jenerales.
Ella suscito un empeña,-io dehate, en el c~al
se mencionaron los atentados i crímenes c()metidos
contra las pú!llicas lib~rtad'es, i se·
alribuyeron al influjo de esos jefes, que si~
necesidad habia colocado el jeneral Bolivar á
la caheza de los departament05. d~ las pr~viocias,
de los cantones i aun de las parroqwat
mrsmas. 'Se hizo presento lo vicios.G de la
actual organlucion militar ,. los embara~os
qUd oponía a las operacion~, i la necesidad
de poner nn término ~ los mllles i 4esas~r~
qu~ de aquí se bao segul!)o: 'se bablp eJe .14t J~sliCia
clm que se pro~edena respect'? llel el~rclt<)
qlle actu:.lmeate tienp. la Repubhca,. delCa~ ....
gimdolo del cnMrne peso que sobre el gravita
cQn1esa multitod de leyes opresiva., que so)a~
_ fUente se hiciéron con el objeto de CeDerlo
separado del resto de la sociedad; i ultimamente'
se espuso: que Dada babia qu, temer
de un ejérCIto de ciudadanos, como el que
ah(,U'a .existe, el cual, bien léjos de opoDerse
a l,,'s sahul"bles I'eformas que se inte~tan, la.
snSleoJria C(.¡fi el mismo intere6 i denuedo COD
que -h ,tn peleado en favor del gobier,!o_ !eiítimo.
En el curso .de este ' debate, le hiCieron
la s¡~~ieu:f! m \)~ioo .del señor Velez, apOYflda
por el s~nur Marquez: Que pase el proyecto
á una comision, para que en su vista red~cte
l.l lei organica militar. que debe saocionarse
des~ues que lo haya sido la const¡tucion de
la l\epublica: esta modificacion del sr. Soto.
ap()yada par el sr. Sanchez: Art~ 1.° Quedan
s'lprimidas las coalandan<.:ias j~nerales de de·
partamento, las de Pl'ovincia i las de canton ..
La N. Granada solo reconoce ¿o~atldantes
.de ejército, de division i de cuerpo. Art. 2.Q El
mando militar' no afectal'a en adelante al
. tpn,jtorio, sino esclusivamente él ias personas
militares eo actual servicio, a los puntos deltiuaJuS
para un servicio lllilitar, i a los ele~
'mentos de guerra. A,'~. 3\° La conven~ion
o i!cl'etará en consecuenCia de eita resoluCloD,
lus arreglos necesarios para la ,organizacion
de la fuerza armada i la a '1rninlstracion mi~
litar;)) i ~sta otra del s¿ñor ~hDlilla, apo~da
por el seiíor Lié vano: Que e.o ~e~ articulo I.G
despues de las palab¡'as t,de dlvlSlon» se ponga
«de bl'igadan • Cerrada la discusioJl s'Obre to!1al
ellas, se sometió en primer lu,ar a votacioD la
.prQPoei~ioD c1cl señor Velez; i .iendo negada,
la cOllvencion admitió de prerere~cia las mQdi6cacionea
del señor Soto con la adicioQ propuesta
por el señor ·l\'lactilla. Declaró en
seguida concluido el se,guQdo debate, i el señor
presideute levantó· la aesion por ser pasada la
hora.
Sesion tld·dia ~ de nOfliemh,rt de 183,.
Abierta la sesloQ con el número suficiente
de dipu'adw, i leida i aprobada el acta de
la anterior, presento el señol' Gomez Plata,
apoyado por varios cepreaeDtantes, el ,siluieatc
proye<;to.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
4:
La con(le~!'cit1n granodz'na.
DECRBTA:
,l. o , Mientras ~e 0I'g811i~a el tstado. ' se
acuerda i pablica la canst'¡t~cion que debe
Tejido., i se nombran 10s 'funtionarios pllblicos,
en la manera que por ella se p,res~riba, se
procec1,erá inrnedial8men~ al -establecimiento
de un~ierno provi-Sional de la N. Granada.
2. ~ Al efecto, la c~nvencion nombrará nn
majistrado que con el nombre de presidente
oel -estado de la , Na~va Granada, ejerza d
poder ejecutivo. Será elejidú en s('sion pernla- '
necite porescrut.inio, i debiendo cOllcul'l'ir para
la-eleccion los dos terc-ios dp. los votos de los
mienlbros presentes en la sala de las Sf'SlOnes.,
3.. '0 El nombrado prestara lUlam eúto debnte
de la conv-enc1oo, '¡ en manos dd presidente
de ella., de cumplir fiel i e s~, ctamentecon
los deberes de Sil p.ncaq~o, que están
detallados en las re,glas si~ujentes.
l. ~ Ejercerá las atribuciones ~c presidente
lile la N. Granada, en ti f"rma i con las
limitaciones asignadas por los artlculos ~5 i ~6
de la'constitucion (Jel añt> de 1830. i cual~s'
quier-a otras que por la misma correspondan
~l jefe del ejecutivo; p~ro en los casos en que
segun aquella debia co~sultar al consejo Je
EstadQ, hastara que exija .el ('onsejo de sus
'Secretarios.
2. ce Quedan en su observancia las garatltll\s
,establecidas por el articulo 1 1.~ de la. misma
constitucion. '
3. ~ Se'parará' de s ~s destinos a todos i
cUalesquiera fllncionarios plÍblicos; ":,un dd
-ramo judicial, que por su notorio mal comportamiento
anterior, sean sospechosos, ó perjridiciales
al sistema últimamente proclamado
por los pueblos. '
4. cc Sllpri~ira aquellas corporaciones,trihunales,
oficinas i empleados que no sean muí
necesarios para la marcha de la administracion
i , el buen servicio púhlico; dando
cuenta a la convencion de las variaciones que
en esta parte' haga.
5. ~ Llevara á efecto todas i cualesquiera
teyes, reso)ueioms i decretos que espida la
presente convencio!'ly i ~ :H'Ceglad en todo lo
dem-as:t las leyes existentes, q,ue 01) estén en
cODtradiccÍon con este decreto.
4- o El prnideote nombrára dos (, tres
secretarios para el despacho.
S. o El 'prt'sidente i secretarios sedm responsables
de su conducta en ' el desempeño
de sus funciones. .
6.'0 Han cesado de dtrecho todos los ueA1 ;1S
funciooariQs públicos creados i autorizados
por el gobit~no anttS existente: i por el actual
decret() se les autoriza de nuevo para que
4:ontinúen provisoriamente en sus ofi.-:ios,
mlénlras se dispone otra cosa por resoluci"lfH'S
oe esta convencioo, ó por el presiden te de 1<\
Nueva Granada en uso de las facultades que
se 1e señalau por este mismo decreto.
7. o El presid,en1e gozará el sueldo de 8 1)0
pesos mensuales, i los secret:lr :us el de 250
pesos tambien m emuales.
1 el señor presidwte señalo el dia de mañ..'lna
, para debatirlo por primera vez.
El señor Cespedes tomo en seguida la palahra,
i despues de hacer presente, que en su concepto
eran mui pocas las horas que s.e h "hian
señalado para Jas sesiones de la convencion.
propuio, con el , "poyo del señor C.,ñarete:
Que éstas cpmenZdscn a las nueve de la mañan:.
i concluyesen a l:-!s tres de la tard~, COA
media hnra de illtermedio a las doce del dia.
El señor presidente disvusl) que esta proposi ,
.:ion se consi(ler:lse el dia de m ,lñana~ con las
mismas' formalidades que se habian observado
para la aprobadon del regl .. mclllo. Se leyo
una parte de la memoria del seño(' secretario
de haci~oda, i se dió (jespues ' cuenta del pro yecto
de dec,reto que estahlece la iornunidap
de los diputados, señalado para. deoatirlo p Ul"
segQnda vez el dia dé hoí; i en la discusion del
artíéulo 1.0 se hiciéroo la. siguiente modiGeacioD
por el señur Lopez, apoyada por el señor
Escobar: Que en vez de [;.S palabras "convencioo
granadina" se diga ((convencion nacional;»
¡esta mocion del señor Restrepo, apoyada
por el señor Garcia Munive: Que vuelva el
pro)'e,ctQ á l~ ~omi$ion para que lQ red~cte con-
GACETA DE COLOMBIA:
forme a las observaciones hechas en el debate.
Discutióse suficÍen1cmeote- caeSa uoa -d. estas
proposiciones, i sujetas a votacioD la del señor
" Restrepo, por ser preferente, segun el reglamento,
resultb ,negada. Preguntose en seguida
si se admitia la modificaciGn hecha, i fué negada
igualmente. Pasose luego al articulo 2.°, i
despues de un .tijero debate, en que se maoifestó
que era ocioso de-cir apenaeapital, -O Cttrpotal:
aflicti\1a, c'uan~o éstaéontieoe a aquella,
propuso el señor MIguel Tobar, apoyado por
' el señor Restrepó: Que se sU'primiese la palabra,
«capital,). Discutida suficieotement.e esta
, modifi,cacion, se suj~to al voto de la asamblea
i rué admitida por ella; declara.odose inmedialamel1te
concluido el segundo debate de este
proyecto.
Acto continuo pasó la convenciou á ocuparse
del segllndo d~bate del' proyecto de decreto,
ratifica n do el que en 10 de junio espidió el
pod~r ei,ecutivo, llamando al ~eno de la patria
a los clu tladanos que' habian sido pr'osl'J."iptos
por consecuencia del acontecimiento ,del 25
de setiembre ,de ·1 ~h8. Sujetcitse ~ discusiou
el ;ll'ticnló 1.0, i el señor Restrepo, apoyado
por, el seüor Urihe H.estrepo ~ propuso que se
suprimiese la palabra "importantes,» colocada
~n el artículo, despues de la palabra «servicios»
Discutida suficientemente esta modificacion,
se volt) i rué desechada por el cuerpo. Se'
abrió luego el debate sobre el artículo 2.°; j
CO ,m ~) nin~un señor diputado tomase sobre él
la pálabra, se declaró cerrada la discusion, i
se procedió á cxamina,r el 3.0 Este dió lugar
a varias observaciones, ya en favor, ya en
contra de su rédaccíon; i en el curso de ellás,
se proptlsiéron las modificaciones siguientes:
l. C';S del señor Vicente Azuero ,- apoyada por
el· st'ñor Toscano: Que vuelva el proyecto á la
comision para que 10 cemplete conforme a las
indic'iciones ql1C se han he«ho en la discusion:
2. cc del señor Cañarete. apoyada por el señor
J. N. Azuero: Qu'e en el decreto se inserten
tocios los nombres de los individuos que fueron
ejecutad'os, o proscriptos por cons~cuencia de
la conjuracion de setiembre de 1828; 3. ~ del
señor Velez, apoyada por el señor Laudines:
Que vuelva el a!'.trculo • la comisinn ~ra
'l- k -V3Ti-e, tvitafttl. la patabrci ((rehabilita»
/f-. C';S del s "ñ l)r J. N. AZllero, apoyada por varios
señores: Que eA. lugar de la palabra
ccconjuraci l}qJt se soslituya la palabra (c3conte ..
cimic llt():n 5. C';S del señor Lopez, apoyada ,por,
el seii ,)r S ot\): Se declaran injustas é insubsistentes
las sentencias con que se pretendió
manchar la memoria del ilustre jeneral José '
Padilla. i de los demas indiviuos que fuéron
asesinad os judicialmente con moti'm del aconte
c.imicf.lto del 25 de setiembre de 18:18. Pusiéronse
a votacioo como preferentes la¡
mociones de los scñor~s -Velez 1 C1ñarete; i
resultaron n egadas. l~o fué igualmente la modi6
-:acion del señor Lopez; i la convencion
admitió de preferencia la del sr. J. N . Azuéro.
El s eñor Cañ!ll'ele pidió que se espresase
haber estado por la a6.rmati va cuando se voto
la Pl'oposicion que hizo, i se declaro concluido
el segundo deuate.
La asamhlea pas& en seguida a examinar
~n prirner debate el proyecto de decreto sobre
esprcsion de gracias á los militares est~cionados
en esta capital; i como no se hiciese sobre
él modificacioo nilli5una, el señor presidente
declaró cerrada la dlscusioD, i se resolvió que
pasase;' segundo debate.
Concluidos así los negocios que estaban al '
orJen del dia, i no hábit!odo llegado ann la
h'ora Je levantar la sesioo; dispuso el señor
presicIente 'lue continuase la lt!ctura dé la
memoria del ministro de hacienda. Verificose
aSl con una parte de ella; i en seguida se
procedió á elejir el iodividuo que, debe hacer
de ~fic¡'al mayor de la secretaria de la COllvencion,
conforme al decreto ..sancionado antes
de ayer, soh('e la organizacion de dicba oficina.
El secretario, invitado por el preside,;te, tomó
~~ palabra: i propu~o el la conveocioQ para
dIcho destmo de ofiCial mayor al sr. Telésforo
Rendon, actualmente emp,leado' en la oficina
de correos de ~sta capital. Oida esta propuesta,
pasó el cuerpo á ocuparse de la' eleccion, i el
, señor presiden~e nombró para escrutadores a
los sres. Rojas" ~arroquin, :V:allega~ i l\'laria ~
no Acero. Recojiéronse los votosj' verilicose el
escrutinio, i resulto electo para diého destina
de ofieial m.ayor el señor Telésforo Re.Odon,
por 50 votos contra Ono. que. tu.~"'()n cada
uno de los s~ñores Silvestce Serrano i José
1\'laria Fr,anco; levantándose inmediatalbente
la sesion por ser mas de la hora.
CIRCUL'\R.
Ministerio de Estado en el départamenfO de.
hacienda.-- Bogotá octubre 2() l/e 1831-.,
41 señor ,prefecto de ....
A consulta del prefecto del Magdalena, fe""
cha 25 de septiembc,e último, número I~Pti'
el gobierno dispoue. que á fin de salvar ello":
conveniente que presenta la lei de 13 de marzo
del año 16. o para d~stinguir el orljen de las
mercaderias, ctrando l as facturas careceR d~
este requisito esenCial, para cargarles el dere..(
cho correspondÜ!nte, se observe esta regla: que
aquellos artículos cuyo orJ,jen no se esprese
en las r.Jeturas, i sean d-e los que por su natu~
raleza, como la harina ú otros, no tenga la
aduana una seguridad de él., se consideren
como estranjetos, i se les aplique el derechO'
que corresponda.
Dios guarde, a VS.
José Ignacio de Morque:;~
COl\'IUNICACIO~.
Al honorable señor ministro de estado en el despacho
del interior i justicia.- BofJota 5 de octubrl!,
de 183,.,
La segunda comunicacion que VS. se ha ser- .
vido hacerme con fecha. 2 I de los corrientes,'
reiterando la resoltlcion del gobierno, para recojer
el titulo del c iln6nigo majistral de mi catedral
metropolitana por la nulida,i de su provision,
como hecha por la alltorid~d iotrusil del
jeneraJ Rafael Urdaneta, me presenta un lluevo,
mo~ivo para dirijir mis observaciones al gobierno"
penetrado de! la mas indecible confianza, de 'que
estas serán pesadas en su sabiduria, como que se
interesa el honor de la misma iglesia, i se vé
por lo mismo comprometido mi deber para prQcurarlo,
.i conservarlo como hasta hoi, por la
misericordia del señor. '
El -anobispo podría, fundado en la au'tOridacl
respetable de JOi mas célebres canonistas, sentar,
como un prin,.,ipio que las preseot1ciones hechas
por un patrono que no es lt!jitimo, i aun en
juicio contradictorio con el que lo sea, no se jnvalidan
ni anulan aquellas" aun cuando este segunda
haya obtenido en juicio tres sentencias
conformes. En el catalogo de los que afirman
este concepto se encuentra el s1bio Lambertini
citandole por este titulo porque I(\s escritos co~
que ha inmortalizado su nombre fuéron trabaja.
ios antes que ocu,,;¡se la silla de san Pedro
como Benedicto XIV.
Recordaría igulidarse.
slend~ de advertic que los reyes de España, tan
celoso~, por este patronato, que lo han creido ,
como IIlhetente a Sll corooa, han tornado este
tempt!ramento, segun lo compr~eha la cé'dula
esp~dida en 3 s que .Ia ~lItoridad eclesiastica ha practicado
Ciertos é mdlS'peBsables requisitos; eD los cuatt>s
no le dan l~s leyes )a menor injerencia, sin que
~e de~~ estimar como sustancial la presencia de
un aSlstenfe no~hrado por el mismo gobierno,
porqu: este no tiene otras funcioDes que las de
mero l.nfor11)an~e. por si el caphulo desestimare
el mérll? superior ~e la aptitud i desempeño de
un OpOSitor, pospoméndolo a otro inferior. Ademas:
Ja~ f .. n~iones. del asiste.nte Dada participan
~c la d«:gah~ad I usurpacJOD del gobernante.
.'.:1 conCIenCIa es la que se compromete eD el
rlu:tamen qtle emita, ¡el poder .ejecútivo DO esta
GACETA DE COJ~OMBIA
ligaao S seguirle, pues la lei DO lo sujeta 1 et.INi
el palronate su&e mengll., pUeI CJue sin asistente
.e proyecn Iqs (Oncurao.a beneficios curados,
i DO obstante el gobierno hacct la pre.entacion eo
alguDo de leas compreudidos .en la terna. Hai
otra diferencia I4Istancial en la provision . de las
prebendas, i en la de los empleos civiles. En
la. primera~ el electo debe serlo aiu que haya
contribuido en lo mas pequeño é inaignificadte a procurarse Ja eJeccion. Seria reputado como
.imoniaco el eclesiástico, qlle ocu9ase alguoo de
lo. IIgr~clos mini.terio., sin ser llamado por el
órgano que solo puede en la i~lesia católica ser
el iotérprete de la voluDtad d-=l Señor. Así es
que los capitulos catedrales no poedeti instituir al
que por maDejo. reprobados llaya iu~eresado, /)
procurádoae de la poteSCad aivjl "la in~reso a
los beneficios eclesiastico.. ProbiHt-4Qn que la
~anta .ede apostólica há re.noudo de una maD::fa
clara i terminante, en el breve e&pedido por
la santidad del señor Leo o XII, de v~nerabl~ i
grata memoria, cuando por los-tt"Qlores. i escrá·
pulos que se han sucitado en razon del patronato
de Colombia, se propuso evitulos, i consultar al
mismo tiempo la seguridad de conciencia en los
qne presentase la misma potestad~ disponiendo
por este respeto que los nombratfos lin aquel
vicio fuesen desput:s electos por los capitulos.
Esta eleccion ba antecedido a la institucioo del
unonigo majistral, lejitimando por ella todo el
defecto de Sil presentacioo. Ademas de estas
letra. apost6licas, sobre las dudas del patronato,
han circulado públicamente las del mismo ·santo
padre Leon, comunicadas al capítulo metropoJitano
de Caracas, ¡las qoe la santidad del señor
Pío VIII, de feliz recOTdacion, diriji6 al venerable
obispo de Quito difunto, en 3 de octubre del
año de .829 . .
El respeto filial que siempre ha ~istinguido al
gobierno, para con el padre de los fieles el suceceSor
de .aD Pedro, debe evitar qlle se interprete
malignamente el procedimiento, qtle con
la mejor intencioD quiera tomar en el cuo, i si
se examinaD otras cGncecucncia •• le con vencera
clJan graDde no serl el trastorno que en algunas
diócesi. debe producir la resoludon qoe anula
todo. lo. acto. de la. intrusa administracioo. En
la de Antioqoia parece haber teni-do lugar un
edicto de conCllrso, para provi.ion de beoeficios
curados, eD Clttljena i Santamarta habra acontecido
lo mi.mo, i parroco. instituidos a presentacion
de gobernadores 6 prefect,.,s, tln viciad~lS
en su autoriuc,t como el jeoerat UNlaneta, nom~
brados acaso por él, serian despojados necesariameDte,
i 108 actos de su ministerio quedarian
sujetos a disputas malignas.
Ult1mamente, señor ministro. la solemnidad
con que se instituyen Jos prebendados, asi por
el juramento que prestaD al acto de poseaioD3rse,
corno por la renuncia formal que hacen
COD arreglo a los canones, dd beneficio curad,.,
O prebenda qae antes obtenian, presenta IIna mIli
po~~rosa c~nsideracion, ~D favor de la canonjía
maJlstral, SlO hacer merito de la pubticidad, COD
que todo eate ceremoDial se ejecuta.
El arzobispo se atreve a espl:rar, por'cuanto ha
espuesto, qo-e S. E. el vicepresidente en obsequio
de la ifC!esia i de su capitulo, dispODg~ no h.r.er
novedad, rati6cando por su autoridad constitucional
la presentacion, irenovando,.i le pareciere
conveniente, el titulo de presentacion del
majistraJ, pues que como patrooo puede obrar i
proceder en estas circunstancias, demaaiado
difícile~.
Sirvase VS. dispensarme la e@nfilnza de suplicar
al gobierno, escose la tardanza de esta mi
contestacion, diferida 3 mi pe~ar. por c:l estado
acbacoso de mi quebrantada salud.
Dios guarde a VS.
Fernando arznhispo de S • .m~afe.
, CORONEL CONCHA.
S. E. el vicepresidente de la Replíhlica encargallo
del poder ejecutivo, se sirvib ordenar que
el ~ del presente, aniversario de la el l's!!raciada
muerte del bizarro republicano coronel Concha't
que perdio la vida en los valles tie Cút':uta peleando
por la libertad de su patria. indos los jefes
i oficiales, taDto de estados mayores, romo de
cuerpos vivos, retirados, invalidos i de milicias,
llevasen el luto rigoroso prevenido por ordenaDza,
sin qne se hiciesen eD dicho dia l"Iingunas
funciones militares ptiblicas; todo en justa maIlifestacion
de dolor por la lamentable pérdida de
nn compañero de armas tan digno de ser sentido,
i taD acreedor a eterno recuerdo por su
jenerosa cODsagucioD á la causa de la libertad.
~---4
PARTE NO OFICIA--L.
R · ¡;F&
CARACAS setiembre 27 de 18h.
DmUu10 de carta.
La cucstion de integridad, uDion, b c:onfede ...
taeí~)D de Colombia esta d~fer¡dac. aquí. N ldie
tra~áde ella, sin embargo de estar prenamente
cumplidas las co~dicionesqlle el congreso constitl.
yenlE: pUlO plra entrar ~n elta. , Aun cuando
U rdaneta se habi" ~ndueñ ,do del gobierno de
la Nueva Granada-, el congres'l constitucional
de Venezuela acordó en a "ril enviar com'isionados
~ esta parte de e )Iombia, su6cientellJente
instruidos i aut~rizados pato!) tratar de pactos con
la convencion granldina; pero no Jos Ilombró,
ni acordo lu instrucciones, como parecia consiguiente
al primer acuerdo, se ·disolvió sabiendo
el restablecimiento del gobierno ronstitucional
en esa-tierra, i sin adelantar oada al primer plSO.
El remltado tie esta morosidad, que no sé si filé
estudiada, sera que debiendo instalarse la convencioo
granadina en octubre proximo, i este
c(')ngr-eso constitu~ional en enero, cuando este
nombre sus comisionados, miéntras parten i
lIegu,n ~ aquella se ha~rá disuelto, i ten~~é,nos
UD añr) IDas de separaclOn absoluta, un ano mas
de incertidumbres.
Todo por aquí esta perfectamente tranq'lilo, i
no veo ni posibilidad moral de que se turbe la
paz en ning'loa de estas provincias.
Todos los venezolanos qoe han pedido su paMporte,
o salvo conducto para volver ~ eat~ pais,
lo han conseguido, ya hubIesen permanecl~o en
Curazao, como Pedro B.1Heodez, ya hub"esen
estadosirvtendo al gobierno intruSo de Urdaneta,
O y~ q~e espulllados de esta tierra por sospechosos
el año pando, hayao ido á husr.ar st:rV'icio
en el mismo gobierno ilejitimo de la Nueva Granada,
como Silva, Infante, Cruz P.iredes, etc.;
pero este V. seguro. i estelo la Noeva Granada.
que ninguno de ellos obtendra empleo, pues
aunque el gobierno qltisiera no podria hacerlo,
porque el mismo decreto que le autoriz6 parar
conceder 6 negar dichos salvos cODductos, reservo
al cODgreso la f Icultad de incorporarlos al
ejército 4«: Venezuela, 6 concederles destinos ..
Así es que a todos los militares a quienes se har
pe'rmitido venir, no tienen otro caracter que el
de ciudadanos.
__ !!!EL
BOGOTA JUEVES JO Df. NOYIEMBRE DE 1831.
Aun no se ha votado definitiv~mente la gran
cuestioo que ha ocupado por muchos diaa a la
c9nvencion, i de que hemos dado cuenta en
nuestros número~ anteriores. Nos parece que
la mayoría se inclioa á organiz Ir estos pueblos
con la denominacion de EstlldQ, tS &púhlic:J de
N. Granada; de cuya suerte quedar~f1 .Sllvo ~ , et
nombre de Colombia para todd las partes qlle
hasta ahora la han compuesto, i h facultad de
celebrar con ellas todos aql1ellos pactos ql!e sean
necesarios para su bien comUD. Parece ser ~asiunanime
la opjnion de 101; representantes, sobre
que no debe seguir formaDdo Colombia un solOl
cuerpo de república, con un gobierno comull'
á todas sus partes, ni auo bajo un réjimen federativo.
.Este gobieroo comun estaria sujelOl
a todos los inconvenientes que-se e6perimenlaron
en el sistema central, i sería estremamente debil
é ineficaz para tan vasto territorio, mucho mas
si la federacioo se húbiese de componer de solo,
dOI!, o tres estados.
Nosotros nos hemos atrevido a manifesur
Duestras Meas sobre l. materia en varios npmer'os
anteriores, -i particularmente en el numero 537
del dia .8 de setleml,re itltimo. Tal vez nu
no sera inoportuno que las compendiemos hoi'
de nuevo. Aunque sea ya imposible que lél!
antigua Colombia continúe existiendo en un sol~
cuerpo de repuhlica, Pllede i debe ~ontiJ) u ar
existiendo en un SOlO cuerpo de naClon cbn el
mi,mo territorio i Ifmites ya recotlociEios. Lo,
e.tados, ó republieas de que ,e eomponga esta
nacioD colombiana, pu.iierao celebrar un tratado
de perpetua am~s~ad, ti~a i. confederaci~n,. euyaglprincipales
condiCiones pU~leran ser las 6Ig.urel'll.en
I.a La liga, (, confederaclon, se llamarla, Lrga
de las republic{ls, Ó e-stados de C%mltia:' 2.
a ~ons~
rvariaD ias repuhlicas confederadas el mlSIDB
pabellon,6 baDdt!ra~ las-mism1S armas, i ~I mismo
cUno en so moneda; 3.a lodá. debenan tenerun
gobierno rf'puLlicano representativo analogo:
4:.a tormaria'n t:n todo cáso causa comun para
sostener su rCc1proca independenCia contra toda
illvas\on esterior; 5a deíeodtrian de la miema
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
WDlDff. 1M antiguos lbnites ele ,Coto,"b~ UD
P!rm~tir .dennembr. ~eion. nincúoa; i !liñf1l0 C,*-«!.
"10, ces1on, o eDI)en,aClon de tetTltono ~rla
verifiur.e .in el cODsentitnien.t..o comun: 6.- -cada
repMdic. respetaria tos particularas I\mites do
.l1a ' m:.r.:. segllD eran ' conoddol en 18&0, a. no que . lo. '.ariaaen pOr , cooveiaiQs !rit\lugs ¡
.JI1jgablet: 1.& Ning.uia de 1.'5 r~licas de
Celombia, pe4.Ra celo~rar niogúná especie de
·tratados .eoD · las GIres Dáeiones del lUundo, i
prlitJllanaente con la Españá. '10 acuerda i
c:DUe.ntil1liento de la. otras: 8·· Estipulariaoel
pago de fa deuda común, bien dIvidiéndola enlre ,f, ó bien ell cualqui~ otra (()rm. que- estimasen
cODnDieato: g.. ' Nu~t;a pódrian ocurrir ~ l. "'a, de lu' arm., para ' ~ decision de las qu~raJ)¡y
o di~l'''u~iu que so .nscita.en; pues en tiltitQO
calÓ DombrariaD UIJ lrbitro, 'por ejemplo. él
tGng'-e.o- Ilorteamerica'!o: .~;. ~ua ac~rdar i
lIe~ar . , .roeto eata. eatlpuJaclope •• habrla una
peqoei!á junu. "coDgr~ ~e dos, o tres pleoi':'
poteftClarlOl por ~ada republtca, cuyos acuerdos,
o re,olacloaes- uo fe ~jecQlarian hada no-haber
lido ralitudos. 'por 't~ · re'p~ctivos gobiero?So
La. aká. rehCIMles d'pfornátlcas con las otrás
uaelone., . "rian especliiJa6 par elte congreso,
'eo .. -el ~ull se- enteu.lerian 10J m'~ni.tros, 6 en.
iados estranjero.-. D icho congreso .eria permaneote
en los primeros añOéS:despoes basla'ria
que . 8010 ~ re\mleae c:o.otlo lo exijiera alguD
acontecimiento. Cerca de la. rep.\bI'icu.o estados
particulares, hastaría qoe tas otras nacion~1 tu~
viesen consules, 6 encarg;i-das de negoCio., en
10spoDtos que lo estim:ueA conveniente; lo mismo
que de su parle ID verHicariaD ~al "r"épublicas~ Nos r:rece ·claro, que en e.te .istéma .e consery~ran
mis .... DaciC)D, pueblo i territorio ya conoc:
ic!oa- 4:0D la ,misma ·deoOJl\in.e1oD COliluii,las
mismas armas i colores nacio-nale •• lu'relae-i'bnes
atranjeras; el mi~ f"do':de poder i ·rob.oit~z,.
de c.orui$ulente la misma respetabiliaad. Oual-
c¡Wera que sea la resoludon : de los repre'ea~
!-nles d~~ po«:blo. ella. serl recibida con á,P'a-.so
l ' 6etmeote eJecutada, segu,:, lo aperamOh
CONTINUA. EL P~l\ALELO
.teTa'& Et.GOSIUNO UQl\IAaQUléocoN~'tlTDCION"'L
I ',EL GOBIEaNO a~'l1BueANO PO_o •. COl'lf áIU;f"CION
~ COLOMBIA, ~:tE"UMPJD(l JlN.ai. -NUIII,Q 1LltT.-
El cje-cutivo ppede cODferir en eUilqllier
t,eJJlpil tuU. los empleosc!e IU,nombramien,to en
propie(lad.- ~in necesidad. de esperar, haSla la r.eur
nion anu,,1 de u~ ramo de la lejishtura¡ pues
aiempre tiene ~.uladou~senad9 permanente que
le's.rve I'e consejo, i COr:J coyo _ acuerdo i con'
i:ntimiento pr'ov~e lóa de: may.or categoria. Así
.e evita este mOlivo d'e desacuerdo a' qlle daba '
log~r la conslitucion de Cticut" cuando el ,le ·
nado bn ·aproblba los empleados nOlnbrados ~n
.eomisioo por el ~iecutivo. .
~ieDe. 'átlemas. la facuJt:ll\ en ,clf"'qliÍer tiempo
de remover. aquella e~pecie ,de emplea'¡O&q'le
pbed-eñ considerarse como sus ajentel; de ~ S ~&
aaerle la oadminialracion recibira ef grado mas
eminente de enerjia i de vig ()r;' pues e¡ ajente
iaepto, abanltnnadp. ó qoe por cualquier otra
-ea"J~ 'DO .ea bastante activo en el desempe~~ de
sas, deouel, podri ser inmediatamente rempla-
zado por 1)tro dé mas tálentos i activid:.d. Pero
Ilo'se piense que sea posible qoe et ejeeutivo
abuse de esta peligrod facultad. Le acompapa
·un senadO' permaq.ente, escoji,Jo por la misma
' .... éi.oD, i por el caer.,o lejislativ.o, i 'con toda la
independencia nece.aria,~iD cuyo' consentiliJien'to
1t0 podra re'llover i 1. mayorpárte de su •• jentes.
~ieoe tambien la facultad de remover ~ peticio~
-4ié.Jas dos c3maras d.1 cuerpo Jejislativll,. a tollos
Io"I-emp'eados .Sin escepcioD, la de .wpende'r
.itl necesidad de aquena petiéioD a los que delioe_
u para someterlos 'con los dBcumentos qu~
t.ayan .moti,.a". el proéedimicnto, al, joído competente:
,¡ la de ~x~ir que tod.,. lo. empleados
públicos Jlén~n cumplidamente "11 ftlnciones,
con la de hacer que leaD perseguido. ¡acusados
aete-Ias autoridades competente ..
Esta .así mismo autorizado co~ mas amplílllcJ
que por la constitucion d'e Cácula, _ para ' ha •
cer la guerra en loa casos ele innsioo repenliaa,
o de coolQocioo interior a maGO armada:
pH"a aumentar en esto. casos ef ejercito, antiei,.
r el pago .e las .coótribuciooes, o exijir empréstitos:
eara arrc.tar, maDtener eo arresto i
·confin ... a las personas so.pechosas, para CODceder
,amQ\stias jenerales 6 partic~lare •• i premiosi
redMllpcnaas a los qoe le distingan.
Estas formicíahICs atribucio8es, que 100 las m"mas
que en Inglaterra ejerce el ministerio i eD
108 Estados UoidO$ ' el. presideote, éuando ' el
. parl.amenlo,o el congresolsuspende ell,ahetl3 cor.- ·
GA.CETA,})g-cOUlMmA , " '. -, ... - T '
-pus,} pana étl·.1g8r.1',tc¡1b~iaf.,.~ sO~' _- .
dnpm.~his;_ 101 hail- ~ '''\ID r.n·. p~h~~
estraor:dma .... o" te:-ejan:erk,COb(qrme a 'uu pro,yette,
C()D el-'menfril ~'o ~.ibte ile, f~ Jjb·ert.d: ·
porque .i~~:M·rlD-ejétc¡daa ~n prévio acaél"~.
dp i COGSenlimi~ato .eleóaclo, .. .si -el ~ongres!)
estuvi"e.se ."euo~,:'ftr.· '"~cc""¡a icualmenie . ....
""utorizaciooó
. Parece, pue~, , rdé~ '4e ,oda t1ilpllt., c¡ae et
ejecutivo qoecla en ;aü,'pto,ect~ ... ~esHdo ... ~ aa:..
yore. {ac';llta:des qud P!J'. ~.quell. ' ('o~sti~ción, - '
mas'esped.Jte.,eo e. ,eJer.cu:lo, de la~ mtstnu 'qlle
aquella le c()nfer..ia, i re.estido en lio, de 1:Qd~ la
e~e~jía 'l~ puede ,ape~e~er"e'para Q~!, .~I;'en~ admlOlslracaÓD.
'Cualq"ler. -otra autor.zacloó m~.
alla, 6 sin e1 saludable fteDO delacoerct~ i' con ";
sentimieoto deheoado,'llo '¡cija ya .i'-Q·on ' des~ ,
pot\smo conlutatioD*' _
Las ~jiracIODes ' que fraeD tas eleecrones de presidelate,
la llet:e!aidad de fa es~~bilidad i ' de la
larga duraeloil para· concloo- c¡er~. ~oye-ct¡)S,
son todas la • . razooes que se <"aleg~n en' favor del
podor .i\alh:io, ia peor de toda4 1,5 formas. ~e
gobierno. V.aoamente se ha buscado la establ,lid.
a eo fa perpetuidad 'de los qoe rtnndan: la es·
tabiiidad n'o debe buscJarse, n'i se. encuentra. sinó
en bueeas iostitllciones:' ~I poder' yitalicio por .11
'" naturAJeia prapeode ; ~ la ·herencia. propende a
UDa autGrid~d ilimitada:, ¡ es e' m~s fecuodo en
eonvulaiones, como nos 1.0 enseña 'Ia historia, i
partic.abrmente Jas de Flore~ei .. , .Jénova i V énecia.
En .ole¡' un año colicll'!ian los mal grandioso.
proyecto. 1'01 consule • . romanos; un año
basta 'l los goheroa·dore. dé los estados no~teamericaoos,
i cuatro: alpr.esidCClte de toda la
repUblica. Las elc'cdones Ion ménos eotlvulsivas
en 'lu tepñblicas .qóe e!l las mooarquías; o en
,lO. l0-bte'rno$ vitalicios: cuallto mas' timirado i
' tempor~l , 'ea el pdder, 'ta.,lo tllénOJ alarma 'c'ama.
i tante ..oD· mas débiles 108 medios lIue' emplea 'la
ambicioD. Perota:eleccion indirecta tao sabia:..
mOitte ,iotroducida en Coloinbia, i la 'imposib.i1idad
6-' inutilidad de qoe los candidatos' arenguen
i .Í:'~co al 'p'~blo bajo este aistema, ~estruye
b.a. hi ·po .... ahdad de 101 tumulto.. Hu auo un.
med'Íii ma'l eficaz i mas ' d¡re.d;o; este es el 4e
ptóbibir la reelecion consec.utin del -presidente!
, yo'o ad~ló-, i dtspongo en mi: ptoyeCto que el
pr~sidente de la ReptibHca duré cinco años.
,íó'jer" ree1.ecto huta _.CJU.e no háya pasado Ol~O _lO
'~rlod'o igaal deapues' de terminadas , sus run":"¡
clones. Sin' el peligro de la influencia del -que
tiene todo el podu físico a sb 'disposicioo, las
-elecciones sér~n lranquilas;, .«;1Ia. serao siempt~ '
ace.rlada,. La prens .. bastara' para conocer I
, dirijir SS opioion pública: i 'los de'b-atea de una ,
prensa verdaaeramen'te ·libre) siempre producen
, mayor bien que mato
N,ínguna or,gariizaciondel ruérpo leji-slatiYo
de cuantas hai «:ooocidas, es mas ,sabia, ni es t~
mas r~comenctada por la esperiencia. que '-. que
un'ifonnemente siguen el ~ohierno namonal de
los Estados Unwos i loa gobiernos particulares
de ,los Estad~.. La 'distribucion del cuerpo le-l
· is'ativo. en dos dmar3~. ambas cOI~puestas de
os escojido$. del pueblo, i la necesid'ad de que.
en cada una de ellas sea examinado ¡ 'analizado -
tOdo proyecto-de lei en 1res ocaciooes distintas,
son gar~ntías iodispens~ble~ i de 1,,& • mayo~ im'
portancla , .par& q~e las leyes que Influyen tan
iomedi~tameDte lobre la .nerte- fllDesta, 6, d'es-graciada
del pueblo. sean formadas eoo ta tDadurez
necesaria~ ' As} DO .0.10 he conserva,do
.s~ sabia distribucioD, sine qlle me he esforzádó a mejorarla.
eéD5q, pcllilicado en la Caeeta ... ,tSQlotQ'ia--D~-;O.
~,ro 40t"da para eecla una eJe- ~·"s _D número
de cosa 40 5'0 cliputad9~ Olas. Ó '_DOI; J)Umel'O
'gue no poedct.er mas ~1"MtJP. oc,.iopea
.a mayoria ab~IQta 4~ .6 i la alt.tenci.' la, sala
de .esiones de sotos. '7' c).lu d,os tercera. , par".,
basta-:~o par~ -formar dmara .. i . ~a ganar, 'Joa
,"ft>taélon.80l09·
Yo del a una de e,tas elIDan. el nombre de
e.mara de ccn50ret, j A la otra el nombre de
~amár. de tribunos: l. UDa tie~ l. especial
atti~uej«;lD de acosar 1 tQdol , 101 fuaci()narios pu.
blic~., la .e~al ea semej-attte f !a 'que ejerciéroll
en la repúbhca romana Jo, trab-:aoC)t: á -la otra
compete resolver sobre las aCUlaciODeI P.fDpuestU,'
, i elim~nar de Sds funciones á r()S cuI~CloI; úcul- ,
tad semejante ~ lade los censores ele 1\oma. L~
denomioacioD de repreaeota"»te, ~ lo., miembro.
I de sola ooa camara, me parece 'iDjusta i fal sa:
porque los de la otra, 6 hablando todavia con
mas rigor, todos los funcior;Jario, publicos, son
represeat3lltes, 'delegados, o mandatarios del
pueblo.
Sio favorecer esa oRlinosa aristocracia nobiJiacia,
que debio su odjen a la fuena j a la cooqll¡'
sta, i cuyo nac imie'ntg 41ala en tos sigl'os en
qtre 'buestr,os mayorea fuéron mas igno'(autes i
oprimidos, puede sacarse un justo partido de
la div}sion del cuerpo ~ejisl~tivo, pan aprovechar
las verdaderas ~en-bja8 de ' la aristocracia
de la r3zon i de la naturaleza ·en la una camara,
af propio tiempo que, i la otra .ean igualmente
lIamad~s tod~s las clases. Conforme ¡\ esta idea
se di~pone ,en m¡ proyeeto, qoe para ser miemQro
de .1 .. dlma"ra éle' tribuoos bast~ la edad de 25
. años, i cu llquiera prop iedad. en los naturales de
C fl lombia¡ pero ~Qe nadie tqmara asiento en la
de ' ~eQsoreSt ' sin tener una propiedad territorial
de 6,000 pesos, o a ' ~uria indostria que le pro'
du~ca una renta de '600 . lJeso~ anuales, que DO
tepga .. edad de 35 .años,. i qa~ áo h:lya lid.
miembro ae alguna carnara del cuerpc,lejislativo.
6 de algun const!jo departament"I,Q secretado ~el
déSp:,chó, 6 m iembro de cualt;sq'llera tribonalt.
superiores, Ó jefe de deparLamerilD 6 provind ••
6 jefe civil,ó eclesihtico, ojefe militar de co.ront&
arriba, 6 ministro 6 e nriado 4¡plom~ttco. De
esta suerte qlleda coml»letamente v.eriticado el
objeto de 108 que ap,e~eeeo qf:le en eJ cuerpo I~
iislativ.o h 1ya una, c3rn ,lra compU~la ele. propre •
tarios, de ~ombres benemél'itn. i respetable .. '
que 'aumente i afiance las garantiu del bueo brdeo
i madurez ea las re$Olu.cion8S tejislati~a&'? ·i
qlle con Sil prudencia i amór a la estabilida4
conserve la buena armonía tan DeCeUl"'ja entre
~r podet' lejistati'vo i el ejecuttvo. Estaodo aH
organiz~da la camara de ceosores, sin la eual
nada puede hacer la de tribunos, no hai pretesto
' algUftO para que en esta n.o tomen a~iento aque-llas
persooas que merezcan l • . co.nfianza de los
deptrtamentos, i que sean t~1 vez Do.table. por
sus hlentos, virtudes ¡patriotismo, auoque .ean
pobres i no tengan tan~a edad.
E$loí persuadido de que la base mas igual!
mas justa 'para la represen,tadon Da'cional és l-a
de la. pobJacion, porque lo qlle se trata de.
representar son' derechós ¡necesidades; i las
Itecesidades ¡ lo, derechos, DQ existen, realIhenle
en los ler.ritorios, .iDG en 108 individuos;
donde hai mas de éstos, hai, pues, tam'bien mas
. necesidades i d,erechos que representar~ Apoyado
en este principio, creo que lós diputados para
ambas c~maras deben calcularse. sobre ' la 8010
basa del numero.e lo. habjtantes del departa.,.
~ento que los elije: ic;reo también. qUe! ptSeden
sec: absolutameqte ig~ale$ eo número. amltas camuas
del cu~rpo Jejislatil'o, lo cual por ntra
p~~e facilita mucho eI.sistema de elecciones, ¡hace
IQJ$ igual la repreaentacioD.t porque. ¿como
.uia jwto qne el deputamento de Venezuela,
por ejemplo, qll~ tiene uoa poblacion de 32.6,840
habitaotes, teoga el mismo número de miembros
,en oinguna de las camaras, que el departameoto
del Istmo. que solo tieoe 100,085,? Así, mi proyeclo
eatablece que para ambas. camaras lejislatiVa5;
nombre cada departameDto un diputado, I
tanlo pua la-una. ~omf) para la otra camara,
por c.da 50,000 almas¡ lo qoe, legun el ~timo
Yo no de~cubro necesidad a ~guna de 'que lo.
miembros de nioguna de las ramas del cuerpo
lejislativo sean vitalicios, ni alln dé lar~a dura~
cion~ S,tI cluracion en ~r{odo. 'no , m~i larlol,
es la meJorgaranlí_ para que obren sIempre ~n
favor del ioteres de la masa oacional, a la cual
deben volver: i la racnlta~ 'de reelejido. uoa i
olra vez es el triunfo glorioso. es la corooa dvica
quue.pr epl.ra a lo~' que haya~ sido mas celolO&
'en promover la felicida~ nac:ional. l!.s mene ...
ter, por otra ,parte, no poner a los departame ....
tos de la Repablica eo la inevitable noeesiclad
de qlle a .u pesar se ~espojen -'p'ara siempre de
su'S mejores hombres: tambíen son muí largas i
molestas las marchas que hai que hacer desde '
los estremCJs. Por esta ra~n he reducido la duracioD
de l os censC!'rea a seis años, lo mismo que
en la patria de Washington; i la de los tribunol
a solo tres, qae. allí es de dOl , Donde DO ba¡ I monarqúb, ni aristocracia hereditaria. ni partidps
con inter~es' esencialmente -opuestos" falta
la raZQn para ql1e ningllOa de las ciaiaras se
renueve cada vez eD su totalidad. Por el contrario,
su reoovacion -parcial es la mejor garantia de
laestábilidad, de uoa marcha siempre tranquila,
i de qoe las innovaciooes -se hagan con mad1;lrez
i sin viol.ncie; asi eo mi proyecto los ccnsoresse
reOlleym pOr terceras partes cada dos años. i 101
represeotaste; tambien por ten:eras pafles cacla
año. (Se eÓlltimulrá.)'
IMPRESA POI J~ A. CUALLA.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa