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Imagen de apoyo de  Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 8

Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 8

Por: | Fecha: 22/10/2010

El presente es un artículo de revisión sobre el lugarde la memoria en los procesos de justicia y legitimidad,desde el Modelo Relacional Simbólico, desarrolladopor el Grupo de Mediación de Conflictosde Familia y de Comunidad de la Universitá Cattolicadel Sacro Cuore de Milán. En éste se hace unrecorrido por el lugar de la memoria y su relacióncon la legitimidad en la Psicología Social, así comouna revisión del papel que cumple el vínculo en elconcepto-estructural de la mediación de confl ictosen este paradigma. El concepto de “vínculo”, en elModelo Relacional Simbólico incluye dos ejes: elafectivo y el ético, y dentro de éstos se encuentranlas categorías de confianza, esperanza, justicia ylealtad. En la presente revisión se discute el papelque puede jugar la memoria como proceso vinculantede los marcos de justicia y legitimidad, y a suvez, el papel que pueden ejercer como propuestasde mediación de conflictos tanto en la familia comoen la sociedad.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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El lugar de la memoria, la justicia y la legitimidad en la identidad y la mediación de conflictos en el Modelo Relacional Simbólico de Milán

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Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 1

Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 1

Por: | Fecha: 06/04/1907

El objetivo de este trabajo consiste en estudiar si la percepción que tienen los niños de su relación con sus padres y de la empatía de sus padres se relacionan con la conducta prosocial en la infancia. Se trabajó con una muestra de 934 niños argentinos, de 9 a 12 años, de ambos sexos, de nivel socioeconómico medio. Se les administró la Escala Argentina de Percepción de la Relación con los Padres (Richaud de Minzi, 2007), una adaptación argentina de la Escala de Comportamiento Prosocial (CP) de Caprara y Pastorelli (1993) y un cuestionario que mide la Percepción de los niños de la empatía parental (Richaud de Minzi, 2006). Los modelos hipotéticos fueron analizados mediante ecuaciones estructurales mostrando muy buenos índices de ajuste. Los estilos parentales de aceptación y control patológico incidieron sobre la conducta prosocial de los hijos de manera positiva y negativa respectivamente. Así también, la percepción de empatía parental (toma de perspectiva y preocupación empática) se asoció positivamente con la prosocialidad de los hijos. Por último, tanto la aceptación parental como el control patológico se asociaron, aunque en sentido contrario, con la percepción de empatía parental, mientras que la negligencia parental no presentó relación ni con la empatía parental ni con la prosocialidad de los niños.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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Relaciones entre la percepción que tienen los niños de los estilos de relación y de la empatía de los padres y la conducta prosocial en la niñez media y tardía

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Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 46

Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 46

Por: | Fecha: 04/07/1907

kEPUBLI.1\ LJE U Or lBJA .... ~:: -==-------- -- ANALES· DH LA· ASAMBLBA NACIONAL -... .: .. _- - -==- ~---.-.:.--~--- -_:...-.._-=_._-.:'..-.~- Bogotá, Julio 4 de 1907 c-: <> :LV rr .El N -.: :o <> peso fuerte de oro. El medio peso fuerte tendr6 .. ... treinta nlilírnetro8 de diámetro, ley de 835 milési· PíiIC"'1 n108 con tolerancio de tres milésimos en más ó 'en L.~y flIlm~lO!}ú de H)07 (l~ de Junto), sohre régimen moneltuio...... .j65 menos; pesará en gramos 12.500, eon límite do 1."y ntimero 86 de 1907 (t5 de Junio), por la cual se reforma ~l De· peso corriente de tres miligramos y poder liberato creto legi&lativo ndmero 27 de 1906 y se ceden llna~ tierras baldías. :366 1 .' d ~ 1 (\ d t . - r t t d' Ley n1imero 37 de 1907 (15 de Junio' c:obre legalización ele cierto:; 110 e., \) en ca a ransaCClon. ~a pf\8e a en rA ga~tcl'." ; ................ '" . .~'.. .......... ..... .. . . ..... .... ~6711 veintitl'és milfmetI·os de diámetro á la ley dé O'66G, ~ ti ~e)6 sesIón del día 11 u.e Juho de 1907 ................. :,...... ....• .:.67 con t.olel·undn de tres milésimos' pesnl'{L en gra-llelacl6n de debates de In sesl6n del día 23 de }.{ayo ele 190, •• •. ..... 371 . .' • .. Relaci6n de debates de la sesi6n del día 1.0 de Junio de 190i...... . ;~71 I mos 5.000, con límIte de peso corrlent~ ele treo1 . fOllifl('aciones y ad.icion~8 :11 pro~ ccto de ley "folm' COlnp.lii a~ ,le . ) l' tniligramos y poder liberatorio de , 10. en ead ... Segnros extranJeras'.... =============•=• ..=. ..=..=..=..=. .=• .=...=..=.. =. . =... -.=..=...=..=. ::.3:7..:. . tl'UnSaCCiÓll, COlllO equiva1ente á veinte l'(lnta vo~ I de peso fuerte de oro. ¡ El real tendrá diez ocho rnilíolett'OS de diánle· ¡.E Ul\IER9 35 DE 1907 tro á, la 1ey de O' 666, con tres milésimos ulacióu de monedas nacio bnles ó extranjeras cOltinúa en todo su vigor, y en consecuencia toda bligación que se contl'aiga, pagaaera en detel'minala clase de monedas, debe rá. cumplirse en la moreda estipulada ó su equiva lente en monedas legales de la Nación al tipo C()r11ercial de cambio q e tengan el día dt"l pago €'n el respectivo mercado. Art. lO, F~cúltase ti Gobierno para que cuando se haya deterIOrado la 1dición de billete..'! fabrica· <1?S en Inglat.erra, qu stá netualmentA en circula· clón, y h!lya necesida de reponerla, lo haga por otra dA bIlletes ne me,or calidad y que sean por PE sos ~~o en lugar d pesos p pel, verificando la 1 dl1ccIOn á ra7.Ón do u peRO «le pap(\1 pOI' un cen tavo 010. P~rágl'afo. Los bille e que emita u los bancos purtlCulal'es. que tengan autorización legal pat'a hu.cerlo, estarán comprendidos en las disposiciones ~Ol a~ticulo 9, o de esta Ley, os decir, que serán (,;a.~blados á su presentación por las monedas me táhcas que ellos expr sen ó su equivalente en monedas . legales de la Nación, al tipo comercial del cambIO que tengan el día de su presentl\cif>n al respectivo Banco. Art. 11. Quedan derogados los articuloR l. ", 2.-», ~3. 0, 4.0, 5.°, 7. Q, 12, Y modificados los a.rtículos 8. o, 13, 16, 19, 20, 22, 24 Y 26 de la Ley 59 de 1905. . Dada en Bogotá, á doc~ ele Junio de mil nove· el/lOtos siete. El Presidente, El Secretario. LUIS CUERVO MÁRQUEZ Aurelio Rueda A. Poder Ejecutivo-Bogotá, Junio 16 de 1907. PubUquese y ejecútes& (L. S.) R. REYES El Ministro de Hacienda y Tesoro, TOBíAS VALENZUELA -*-- LEY NUMERO 36 DE 1907 (15 DlE JUNIO) por la cllal se reforma el Deaeto le¡gislativo nllmero 27 de 1906 y se ceden UnD~ tiettras baldraa. La A8amblea Nacional fOon.tituyente'!l Legislativa DEClRETA: Art. 1.0 Las adjudica respectivo la altura sobre el nivel del mar en quo esté situado el terreno. Art. 3. o Los que prueben haber cultivado exten sión mayor de doscientas cincuenta hectáreas ten drán derecho oe pt'eferencia al excedente de qui nientas hectáreas á cambio de títulos de concesión de baldíos, siempre que la extensión no exceda de mil hectáreas. Art. 4. o No podrán hacerse adjudicaciones pOI' más de mil hectáreas á cambio de títulos de con cesión, sino en terrenos cuya altul'(}, sobre el nivel del mar no exceda de seiscientos metros. En los terrenos sit,uados á una altura menor de si1iseieu tos metros podrán hacerRe ndjudicacionAs hast.a por cinco mil hectáreas. Art. 5,0 Las disposicionps anteriores 110 tecto rún los derechos adquiridos por culti adorne:¡ qU6 hayan solicitado adjudicación do acuento con laR leyes vigentes al tiempo de la solicitud. Art. 6. 0 Los solicitantes de adjudicaciones poI' más de quinientas hectáreas deberán comprobar que ellos mismos, ó por su cuenta, han hecho los cultivos, ó que BUS df'il'echoR derivan legalmente de otros cultivadores. . Art. 7. o Todos los bonos ó títulos de con<:esióu de baldíos que hayan surtido sus efoctoH en expe dientes fenecidos, serán anulados haciéndoles la correspondiente anotación en el mismo documen to, y dando aviso al Ministerio de Obras PúblicaA para que se anot<>n An el Libro de Registl'O rAS pectivo . Art. 8. 0 También se anularáu los que aparezca de modo inequívoco que son falsificados. A,rt. 9. o Prot'r6gase pOI' un afio más el término concedido en el artículo 9.° del Decreto que se re forma, y el del artículo 17 de la Ley 56 de 1905. Parágrafo. Tanto este artículo como el 17 de la Ley 56 citada se publicarán por bando en dos días feriados, en todos los Municipios do la República, por el Alcalde, dejando constancia del hecho en acta levantada al efecto, de que se pasará copia á los Tesoreros respectivos. Igualmente los Cónsules de la República publicarán por una vez en perió dieos de la mayor circulación los artículos 16 y 17 de la Ley 56 de 1905, el artículo 9. o del Decreto legislativo que se reforma, y el artículo COl'l'espon· diente de esta Ley. Un ejemplar del periódico en que se haga la publicación será enviado al Mini9 terio de Obras Públicas . Art. 10. Los tenedores de bonos territoriales que residan fuéra de la República, sean nacionales 6 extranjeros, harán la inscripción ante el aónsul colombiano respectivo, quien dará cuenta al ~i nisterio de Obras Públicas . .A rt. 11. OMese á la Municipalidad de Oalarcá, Departamento del Cauca, para repartirlo entre los pobladores del Municipio y eus Corregimientos, el globo de tierras baldías comprendido dentro de los siguientes linderos : "De los naeimientos del rfo Barragán en la COl'dillera central, rfo abajo hasta los encuentros con el río Quindío; éste arriba hasta eucontrar los linderos de las tierras que fueron cedidas al Distri· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 367 to de Salento (hoy Armenia) por anteriores legis· laciones ; por estos linderos al Alto del Castillo; de aquí, y siguiendo el camino del Chagualo, hasta donde le sale el camino de Anaime, y siguiendo este camino, hasta la Cordillera central; y por ésta hasta Jos nacimientos del río Barragán, punto de partida." Parágrafo. El Ministerio de Obras Públicas re· glamentará la manera de hacer las adjudicaciones de que tl'ata este artículo, y pxpedirá los títulos definitivos de cada adjudicación. Art. 12. Cédense á la Universidad de Nariflo veinte mil hectáreas de tierras baldías en ellugar que el1a señale á orillas de la laguna La Oocha, y diez mil en la región denominada El Purn, desti nadae al acrecimiento de los bienes y rentas de ese Instituto. OMense al Distrito de Pasto veinte mil hectá· reas de tierra& baldías en la misma zona de la. laguna La Cocha, destinadas á la fundación de colonias agrfcolas y al fomento de la instrucción industrial en esa regibn. Parágrafo. La ubicación, men!3Ul'a y alindara miento do las tierras cedidas se llevarán á cabo de acuel do entre el Gobierno y las entidades favore· cidas, á. costa de éstas y respetando los derechos adquiridos por cualesquiera actuales ocupantes. El Gobierno reglamentará la manera de hacer más benéfica la cosión á que se refiere este articulo. Dada en Bogotá. [ treco de .Junio de mil nove· cientos siete. mI Presidente, TJUIf:! CUERVO MÁRQUEZ ~1 Secretario, Gerardo Al·rubla. Poder Ejecutivo-Bogotá, Junio 15 de 1901. Pubhquese y ejecútese. (L. S.) R. REYES El Ministro d,e Obras Públicas. F. DE P . MANOTAS LEY UMER 37 DE 1907 (15 DB JUNIO) sobre legalizaciOn de Clertos gastos. La Asamblea Nacional UOlIstitttyente y IAgislativa DECRE'!'Á: Art. 1. o Declál'anse legalizauos todos los pagos hechos por anticipación en el afio de 1906 ordena des por los siguientes Ministerios: Por el d43 Gol;>ie1'llo. con iwputación á 108 artfeu los 27, 32, 33, 172 Y 173 del Presupuesto de gast~ de 1906 ........................ $ 245,000 .. Por el de Relaciones EIteriores, con imputación á 101:1 artfrolos 18t, 182 Y 186 del mismo...... ........ 130,000 .. Por el de Guerra, con inputación . á los articulos 273 á 277, ~8) á 283 Y 283 B •..•.••••••..•••••• ..•. ... 406,004 .. Por el de Obras Públicas r Fomen to, con cargo á los artícuos 336 á 338, 343 Y 346 del mismo .. ........ 382,26S C3 Art. 2. 0 Las Oficinas ordmadoras harán en sus libros los asientos rel:lpectJVos y expedirán, de acuerdo con las disposiciúnls vigentes, las corre~ pondientes órdenes de legalEación á las pagadora~, á fin de que éstas describan los suyos en oportu' nidad. Art. 3.0 Condónase el alcance líquido deducido con tra la Srita. Angélica CJ.stro, Telegrafista Ac\ ministradora de correos d Vi11avicencio, pOI' la suma de doscientos setent tres pesos, proceden te de haber vendido por d á centavo doscientas setenta y sois estampilla. le timbre nacional de valor de un peso cada una. Dada en Bogotá, á quinc~ de Junio de mil nov cientos siete. . El Presidento, l' CIS CUEHVO URQUl 7. El t;ecl'etario, A urelio Rueda A. Poder Ejeoutivo-Bogot.l,! Junio ló ele 1907. Publiquese y ejecútese. (L S. ) R. REYES El Ministro de Hacienda.., Tesoro, TOBíAS VALENZUE)II~ ACT~ DE LA SESIÓN DEL DíA 11 PE JUNIO DE 1907 (Presidencia del houorable Dil'utaJo Cuervo Márqu(z). 1 A la uua y cincueJ.lta minutotl el Sr. Presidente declaró abierta la sesión con el quormn l'eglam(ll - I tario. . Dejaron de concurrir á ella debidamente eXCUfa dos los honorables Diputados Franco, Unecco {Jo ronado y Jiménez. . Leída el acta del dta anterior, fue aprobada 8lU observaciones y en seguida se dio cuenta del ordeu del día. II Los honorables Diputados Ca macho, H,estrepo, Lozano, Umaña, Vélez y Manrique suscribieron !a siguiente proposición, que en segu.ida se aprobo' "La Asamblea Nacional Constltuyente y Le· gislativa deja constancia en ~l acta de f'stf' dla rlP Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 368 A1\ALES DE LA ASAMBLEA NACrONAL 811.8 sentimientos de pesar pOl' el ralleeimíeuto del S'. D. Nicolás Sáellz, aCl'ecido en n ciudad de N';Jcva York el sábado lO de 108 corrientes, y I'eco O;Jellda su memoria como la de uno de los más d!stiuguidol:! ciudadanos pClr sus esfuerzos en favor clc;l pl'ogreso patrio y por el ejemplo que constituye 811 laboriosa vida, dedicad¡ al desarrollo de la in­d I8tria y al adelanto naciona1.'· 11. Ooatinuó la discusión en segundo deba te del P,toyecto' de ley ., sobre l'efol'mas judiciales," pen dIente en el articulo nuevo que habían presentado eh la sesión anterior los honorables Diputados Res trepo y Orduz, ,; 80l)1'0 bimes no embal'gabl!38." Después de combatido el Sr. Mngish'a sus matr , " P'!-rágt'afo (nuevo). Ouado se trate de juicio datados, cua~do ellas debau comparecer en juicio 'JJeúutlvo el deudor, en el caso del articulo 2231 como demandantes ó como demandadas. tlel Código Oiv~J, hará uso de su derecho al propo· "Los Notarios expedirán las copias que les fUtl he!, las excttl>OlOnes. En los juicios ordinal'Íos lo ren pedidas pOl' cualesquiera vel'sonau con el fin de nará promoviendo la articulación correspondien te." aCl'edi tal' dicha personería. Oún el cual el articulo fue aprobado y adoptado. ¡¡ Articulo. Si las compafifas de que se trata no . Acto segUIdo el honorable Diputado Pnlecio pro · cumplieren con lo que se (]jspona en los artfculo~ \Juso ~lll artícuJo Huevo para. después del anterior, anteriores, serán representadas en 1:31 juicio en qut! ~Ue dice : hayan de figUL'ar como demandadas por un defen 1 './, Artículo. ~n los' delitos de heridas que dejen sor que se les nombre de acuerdo con lo que se .eezon d~ por vlda ó c~ya inca.pacidad para tr~a. dispone en los articulos 25 y 27 de la Ley 105 de lat' sea.o exceda de 'Vemte dlas, no se concederá el 1890. El Juez competente, que será. el del lugar )e~e~ClO de e:x:caroelación con fianza. en que la compatifa tuviere su empresa ó su.s ne !l" Parágraf~. Ouand? las h~rjdas no de.jen le- goCÍos permanentes, decretará el emplazanuento IOn do por ~l~a y la JUcapacldad que produzcan de la compañía demandada desde que se le presen ;10 eX?;da d? d.u~z días, si el ofendido desistiere de. te certificado del t'espectivo Notario de que no­fl aCClon crlUlmal, el Juez declarará terminado el existe en su Oficina el comprobante de que tratan Proeeso. los anteriores artículos." " Parágrafo. Derógase el inciso úuico del al'tí- El hoñorable Diputado Neira propuso y susteOt·· eu1;, 341 dt:l la, Ley 105 de 1890." . tó un parágrafo nuevo para el al'tículo 139. t ~ Ue ~?l'o??do, .y en seguida el honoraWe Pipu- Se aprobó y dice: ." ¡e.do Unbe loledo propuso este otro también pal'a "Parágrafo. Los juicios promOVIdos baJO el 101 , ""flpués del as: ' puesto de la Ley 55 de 1905 no quedarán afecta- .• l'tfculo ( nuevo), Los iutel'eseS1 qe demora os- dos con lo ñispuest¡() en la presente Ley." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AN.ALES DE LA .$.AMBLEA NACIONAL .==================~~~====~~========~========~============================~t El honorable Diputado Gómez C. presentó los. "Artículo. La disposición coutenida en el al'tí-dos articulos nuevos que siguen: culo 110 de esta Ley tiene el C~l'á.cter de ~en.e~ar q Articulo. Las sentencias definitivas de los Jue para toda clase de funeipnarios df'1 orden .IudleJ31\ ces Superiores de Distrito Judicial se consult~rán ó del Ministerio público. , con el Tribunal Superior respectivo, para que éste "'En consecuencia. toda demora <:ID que 111eu' declare si el juicio adolece de unjdad, 8i el vere· rran tajes funcionarios en 0ualquier acto, juicio > dicto del Jurado es notoriamente injusto, y si la diligencia en quo tengan que intervenir no justl ley penal ha sido rectamente aplicada, ficada con alguna excusa lega], . se eastigará CO~I e, Se presume legalmente que es autor de] robo uua multa equivalente á la quinta varte de s'.l () hurto ~e una. cosa el individuo de maJa conduc sueldo mensual, independientemen te d e las deméA ta anterior debIdamente comprobada en cuyo po sanciones ~eñaladas por la ley. . del' se oncuentl'a la cosa hurtada ó robada, siem I " Esta multa se impondlá br~ve y 8umal'lamel pre que .n? . explique satisfactoriamente ~I medio te á vÍl'tud ue queja del inte"l:)Ra<'lo, y aUll df\ ofi' de adqUIslcIón de la misma cosa." cio, así: El Sr. Magistrado Dr. Pardo sustentó uno é im· Ha) A los Personeros munie,ipalel:l y Jueee!:! mu-puso el otro; el honorable Diputado Manrique pi, nícipales, por el Prefecto !le la Pl'ovincia corre!'­dió se votaran por separado, hecho lo cual se apro pondíente: bó 01 primero y se negó el segundo. El honorable "b) A 108 Jueces de Cir~uito y SUI·JOl'iores,;¡ Diputa(lo Rueda Gómez hizo cousta)' su votv afir· los Fiscales de los 'l'ribunales Superiore!:! y á. 10'1 mativo al segundo, Magistrauos de ('80S Tribunales, por 81 Goberna - Al discutirse el articulo 147 odginal, qUl' díCtl: I dor del Depllrtalll nto rospectivo; :- "Art. 147. AutorfzaBa al Poder Ejecutivo para I "e) Al Procurador gell~ral do lá NaclOll. Y: ;¡ nombrar y reglamentar una comisión plural de 1108 Magistrados de ]a Cortu Supl'onla ,le JustICIa, ~-\bogado8 encargada de estudia,' los Códigos na por el Ministro de Gobierllv. cionales á fin de pl'es{;ntal' á lu 00nsideración del " Todo funcionario del orden judicial Ó del MI' Cuerpo Legislativo las reformas que se crea COll- llieterio público tiene el debe! de examinar eu loa veniente introducir á legislación tIe la República." expedientes de que conozc¡t si se ha incmrido por El honorable Diputado PoI(~cio presentó el si otros en demoras, v el de dar iDmediato aviso al óuientc artículo sustitutivo, y en apoyo tIe él hizo I empleado respeotive' 1',11'1\ fJUt' lmpong~ 1<1 mult nso de la palabra. correspondiente. Artículo transitorio. (Para después del 147). ., Los Secretarios dI;' 108 Juzgado!:!, rrribunales '! .1 El Gobierno hará formar una edición del Oó i Oorte Supl'ema tienen el Jeber de remith' men djgo Judicial, tomando únicamente las disposicio - ' sualmente al Prefecto o Gobernador eOl'l'espolJ nes vigentes tanto del mismo Código como de las : dientes ó al Ministro de Gobierno una relación de' leyes que lo adicionan y reforman, las de la pre - \ las fechas en que queden notificados 108 autos d sento y el Decreto legislativo sobre gastos judi. I citación para ::;eutencia de aquellas que quede u ciales, observando las reglas siguientes: I surtidas las audiencias, de aquellas en que los ree ¡¡ 1." Se conservará la numeración del Código y pectivoti ponentea hayan presentado sus proyec ele las leyes refol'matorias; tos y de aquellas en que Be hayan dictado Ia~ seu '! 2. o Los artículos del Código y de las ley~8 ro, tencias correspondientes." formatorias expresamente derogados no irAn en El honorable Diputado Gómez C. propuso 1.1. el cuerpo de la otra, sino al pie de la pAgina co- reconsidel'ación del artículo 70; aceptada esta pro· rrespondiente en forma de notas. posición por la Asamblea, se reconsideró el a~ - u 3. o Los articulos de las leyes re.forJ;natorias I*l Mculo citado. El mismo honorable Diputado Go colocarán en los libros, títulos y capítulos A que mez O. propuso la siguiente modificación, apro ' respectivamente correspondan por la naturaleza baqa en seguida por la Asamblea: . de sus disposiciones." I "Art. 70 .. ..... _ .. ........... ........ . ..' El Sr. académico y el Sr. Ministro de Gobierno I . . . . . . . . . .. .... . ... ......... . , ........ + ••• " sustentaron el artículo, ObSel\Vando, sin embargo, " Indso 2.') •....... . ..... . ........ ,_ . ..... . que debía aprobarse pero no como sustit!ltivo, toda I "Inciso 3.0 Satisfechos los dos requisrtos de que vez que cada artículo respondía á una necesidad. se habla. el Juez declarará. que la junta puede "&n tal virtud se aprobaron el artículo i4'( ori.gi· ~iacutir las proposiciones de arreglo que hicieren nal y el del proponente. el deudor 6 cualquiera de los aCl'~edores," (Se su ~l honorable Diputado Restrepo presentó este prime el inciso cuarto, y los otros dos comO están.) otro nuevo para después del 34. Después de esto presentó el mismo otro artículo "Los Oonjueces de Tribunal Superior ó de 1110 / nuevo, . aprobado y adoptado en seguida: , Oorté Suprema sorteados para conocer en un ne, I " Art-ículo. Al deudor y á 108 aCl:eedores ausen gocio judicial no podrán separarse de 8U conoci· ¡ ~8 qu~ cita,qos en la forma legal uo comparecieJ;'811 miento hasta que 'hayan terminado compIetamen. por 6f ni por apoderados, se les nombrará por el te la_ respectiva instancia ó recurso, aunque con· Juez defensores: uno al deudor y otro distinto á c1uya, ó haya concluido el período para que fueron Jos acreedore~ , - el~idos." " El defensor de los acreedores tendrá persone Después de aprobado, el mismo hopor~bl~ Pipu- ría para representarlos en la Junta general coJl tado propueo y sustentó otro para el capitulo de f~cultad par~ transigir." le DitJPosiciones generales," y que dice: Acto seguido el mismo hQnol·.a.hle Diputado pro' • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA 'ASAMBLEA ' NACIONAL \>Uso que el incíso segundo del artículo 69 quedara 'Como final del 67; así se aprobó, El honorable Diputado Restrepo propUso la re \Jonsideración del artículo 148 aprobado ya. La Asamblea asintió á lo propuesto, y en esa virtud 'Volvió á. la discusión el artículo tnencionado. El honorable Diputado proponente le introdujo la si guiente modificación t en asocio del honorable Di putado Pulecio·: " ESL-e mismo procedimiento se adoptará en los 'casos de pago por consignación, cuando así lo solí 'Cite el deudor en uso del derecho que le da el artf 'culo 2231 'del Código Civil, y para los efeetos del in 'ciso quinto del artículo 1658 del mismo Código; pero 'en ningún caso se liquidarán intereses de suma al· guna á una rata superior al 18 por 100 anual. " Parágrafo. Esta última disposición sobre rata 'de intereses no tendrá efecto alguno respecto á los 'contratos y obligaciones pendientes al tiempo de 'la vjgenci3 de esta Ley' únicamente se aplicará r.para. lo sucesivo," "En esta forma fuo aprobado y adoptado el artí '~ulo después de suetentarlo el honorable Diputado Angulo. Los Sres. DreH. Pardo, ~Iagistrado de la Corte Suprema, y Rodríguez Pifieres, comisionado de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, hacen constar que lati ulodificaciones introducidas al al' ticulo 146 del proyecto relativas á la fijación de la rata del interés son en su concepto contrarias á la libertad jurídica que consagra como base de su sistema el Código Ci vil, Y á la libertad económica, quo debe ser la norma del legislador en tratándose de cuestiones de (,sta naturaleza· pero que no se opusieron á la adopción de . tales modificaciones, porque introducidas como fueron ellas en momen· tos en que estaba para cerrarse el debate, temieron que la pro]ongación de éste hiciera fracasar la obra de tantos días, tendiente á la expedición de una ley que precisamente está informada en princi pios contrarios á los que presidieron á las modifi· caciones de que se trata. L08 honorables Diputados Rueda Gómez Y '1'0· 1'res JDlicechea hicieron constar sus votos negativos á toda la modificación, Los honorables Diputados Restrepo y Gómez C. presentaron el siguiente artículo nuevo sustitutivo del original :. . t, Artículo. Quedan derogados el parágrafo 2. o, Oapitulo 5.°, Título 1.0 y el Capitulo 2.0, Titulo 11, Libro 2. o del Código Judicial, y los al't[clllos lb, 65, 71, 72, 90, 101, 104, 112, 172, 226, 361, 745, 842, 861, 886, 867, 885, 886, 887, 888, 892, 1012, 1048, 1049, 1050, 1066, 1367, 1368 Y 1378 del mis· mo Código; 8.° de la Ley 46 de 1887; 56 de la Ley 143 de 1887; 109 de la Ley 57 de 1887; 1.0 de la Ley 4.& de 1890; 2,0 de la Ley 103 de 1892; 19, 20, 21, 22, 23, 24, 58, 60, 102, 179, 210, 246, 268 Y 372 de la Ley 105 de 1890; 10, 11, 16, 30 51, 55 Y 56 de la Ley 100 de 1892; 2. 0 de la Ley 103 de 1892; 2. 0 de la Ley 62 de 1894; 3,°, 16, 18 Y 23 de la Ley 169 de 1896, y 6. o Y 7. 6 de la Ley 55 de 1905. " Quedan reformados los articulos 223, 224 Y 225 de la Ley 105 de 1890." ~o teniendo lnás artículos la parte dispositiva de este proyecto, y como no se presentaran nue vos, la Presidencia cerró la iJiscusión sobre ella. Puesto en discusión el título l el honorable Dipu tado Pinto lo modificó así : . " Proyecto de ley t sobre reformas judiciales.' " En este estado el honorable Diputado Salazar pidió la lectura del artículo 10 del proyecto" sobre cuantías" y explicó sus ideas, lo mismo que el ho norable Diputado Neira. El Sr. Ministro de Go bierno hizo observaciones sobre el particular. El mismo honorable Diputado Salazal' propt1~o y sustentó : « Reconsidél'ese el artículo nuevo relativo al ar tfculo 3. o del Decreto legislativo númel'o 9 d€1 1906. Acel'ca de esta proposición hicieron uso de la pa labra para dar explicacione'1 el. honorable Diputa do Pulecio y el Sr. Minist.ro de Hacienda y Tesol'o. En seguida fue neg;"lda la proposición y aprobada la modificación al título r?ri)pUe-it ~, por el honora ble Diputado Pinto. La Presidencia declaró cenado el segundo deba te de este proyecto y 10 pasó en comisión de revi sión á la misma que l'edactó el proyecto en asocio de 10R honol'ahleQ Djput, adl) '~ Gómez (J . Pint,o. [V El honorable Diputado Salazar devol ió el pro yecto 'sobre régimen monetario. " El Sr, MinIs tro de Hacienda. tomó la palabra para manifestar que en 1 ombre. del .Poder, Ejecutivo solicit~ba de la samblea t'eSolVler ',podía ella conSIderar como objecioneH hechas al proyecto pOi' el Poder Ejecutivo las qU'3 él ustaba manifestando verbal mente; y la Asalnblea, preguntada por el Presi dente, as! lo declaró. En t~l virtud propuso el mi~ mo Sr. Ministro el siguiente parAgrafo nueyo para el artículo 2.0 del proyecto: d Parágrafo. Es entendido que en un mismo pago no habrá obligación de recibir sino hasta diez pesos ($ 10) en monedas de plata, y hasta do:; pesoq ($ 2) en monedas de níquel.' Acto seguido s eel'l'ó el sagu do debate y pasó á tercer ). v El Sr. Ministro de Instl'ucción Pública preseIltó un proyecto de ley "sobre. liquidación j.udicial:' y manifestó que por resolul'lón del Conse.Jo. de Mi nistros lo proponía él en vez del Sr. MInIstro dt, Gobierno. Inmediatamente se le dio pl'imer debate. y aprobado que fue pasó á segundo en comisión á los honorables Diputados Reyes y Torres Elicechea. 1a s 6 p.tU. el Sr. P,·' s,·denta~. . levantó la aesióu. El Pl'8sidente, OARLOS CUERVO MÁRQuEZ El Secretario, A 1,¿relio Rueda .A.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ÁNALES DE LA A~AMBLEA - AOÍONAl., 3fl I I por éste á los propietarios mientras éstos no de nuncien todo 10 que poseen en sus respectivas fin· caso Casi nunca el d'uefio sabe á punto fijo ciertos Al discutirse el proyecto de ley "sobre estadis- detalles, por ejemplo, cuántos árboles existen en tica nacional," el honorable Diputado Franco dijo: su campo; y acaso sería mejor que 00misiones "Sr. Presidente: especiales hicieran este trabajo, para no hacer H Me creo en el debet' de dat' algunas ex:plica- odioso el recaudo de la principal renta cQn que eiones referentes al proyecto que Sf\ discute, tanto cuentan los Departanlentos y Municipios. RELAOION DE DEBATES DE LA SESIÓN DEL DíA 23 DE MAYO DE J 907 pOl'que hi0e parte de la Comisión que infonnó so " Por otra pal'te, debe tenerse en .Juenta que con bre este asunto, cvmo porque el proyecto en Aí re· motivo de recientes avalúos dados á las propieda· viste excepcional itnportancia. des y con la baja en el valor de éstas, el impuesto "' Como todos sabemos, la ostadfstica es base en algunas de ellas ha venido á quedar subido y fundamental-de toda Administraci -n pública bien no convendría dar una disposición que consign" dirigida, pues cal'eciendo de ella se carecería del da en una ley, no pudiera derogal'se ó calubiarse, dato exacto para imponAl' las contribuciones que cuando el Gobierno lo hallare oportuno e~ vis.ta necesita todo Gobierno par:t su vida j' desarrollo. de las razones que apunto y de otra~ que eXisten De ahí qUt) en palses adelantados se 'preste aten "S0y.,del númer~ de los que creen que ~s .vana ción preferente á este ramo, como observamos que I p.~ten~lon querer dlsf~uta~' de buena admInIstra pasa en los Estados Unidos, en donde constante- ClOn SJn pagar contrlbuCl?neS, y deben p9:garse mente las oficinas del ramo publican datos de la I éstas con gusto á un GobIerno que gara~tlza., la mayor importancia, que á la vez que illlstran so . paz, por se~ la guer.'a la más ouet'osa cont,"lhUClOU hre la materia a,sombran al mundo poniendo de que pueda lnlponerse á un país. manifiesto el desarrollo v riqueza de aquol 'pafs ";Me permito llamar la atención de la hOllJrable privilegiado.' Asamblea hacia la e~cepcional importancia: de que "Entre nosotros, desgl'aciadalTlentt\ no ha su- este pro!ect~ venga a ser ley .d:, la RepúblIca, con l·edido otl'O tanto, y sólo de pocos afios '¡, esta par. las modIfIcaCIones qu~ la Comlslon ~a pl'opuest,o y te se han venido preocupando nuestros Gobiernos las que esta CámarA Juzgue convenlent~s. y Cuerpos Legislativos eon sta materia, avel' gonzados acaso de que Colombia, después de un I siglo de vida independiente, se halle n estado per fectamente incipiente ~n el desarrollo de ~l1S ri · quezas. . ! "Nuestro país, COlno bien sabe os, es el quinto de la América toda, en población y extensión territorial. Si exceptuamos á los Estados U nidos, el Brasil, México, la Argentina y Chile, nosotros deber1anlos por razones obvias ir aoelante del res to de las naciones de la América; pero desgl'acia­damen te nos hemos quedado atrás de casi todas ellas, especialmente en vfas de comunicación, ins trucción primaria y desarrollo agrícola. Las cau ­sas de este atraso son de todos cono'cidas; pero nunca bastante repetidas, pues el hacerlo acaso contribuya á que ellas desaparezcan. En primer término ·están nuestras guerras que, como bien dice Augusto Comte, son ocasionadas principal­mente por la aversión al trabajo. Ha venido como segundo factor de nuestra desventura nuestra mal dirigida educación, preocupados como hemos vivido siempre por formal: doctores, poetas, escri­tores, etc., habiendo descuidado el cultivo· y for­mación de hombres prácticos, tales como agricul­tores cientiflcos que abaudonando la rutina hagan producir á la tierra por medio de los sistemas mo· dernos, todo lo que puede dar un suelo privilegia do; mecánicos, mineros, en una palabra, verdade­ros industriales. Como causa tercera de nuestra mala situación apunto el espíritu secta~io que aiempre nos ha caracterizado, amando y sirviendo más y mejor al partido que á la patria. " Volviendo al proyecto que se discute, encuentro en él un artículo al cual no podría dar lni voto afirmativo, y por eso he propuesto que tie suprima; el artículo es aquel en que se dispone que los Re· caudadores del Impuesto Directo no den recibo -"""=*"..... .-- RELAOION-DE DEBA ES DE 14A SESI6N DEr~ DíA 1 ~t DE .JUNIO DE 190"" Al darse primer debate al proyecto de ley sobré erección de una estatua á Francisco J. Cisne ros, el honorable Diputado Dr. anrique dijo: " N o pensaba tomal' parte en la discusión de este proyecto sino al considerarse n segundo d~ bate; pero debo exponer algunas razones en contra de los diversos argulnentos que han aducido los honorables Diputados que me han precedido en la palabra. " Yo también fui alnigo personal del Sr. Cisne ros, que tenía el dón de encantar á los que con él hablaban. " Era un empresario habiHsimo que vino Barna do por el Gobierno de Antioquia á prestar sus ser vicios profesionales Y:ttrabaj6, como se ha dicho, asiduamente. " Cuando se descubrió el vapor, los primeros que pensaron en surcar con va.pores nuestros ríQ~ fueron colombianos, y para ellos no ha habido ho nores, y sus nombres, que no quiero recordar, no están inmortalizados ni con el bronce ni con el mármol. Esos empresarios que salieron en vapor por el Magdalena vinieron á fomentar y ~ cultivar nuestras industrias y á levantar el comercio co lombiano en un tiempo que representó para nues­tra exportación una edad de oro cuando se ex­portaba el tabaco, como ahora se exporta el café, el cultivo y negocio del tabaco, que hizo que nue~ ~ tro comercio tuviera representación en las plazas extranjeras. "No está por demás decir que prócerés como Caldas, N arifto, Sucre y otras figuras resplatide. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 3'12 A~ALJi.:~ Hh; LA AZ;AMBLKA NA
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Anales de la Asamblea Nacional -Serie II N. 35

Por: | Fecha: 05/06/1905

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA -ASAMBLEA NACIONAL Serie Ir ~ Bogot á.. Junio 5 de 1905 ~ N úm ero 35 = ACTO GENERAL adicional y reformatorio de la Constitución nacional. EN EL NOMBRE DE DIOS, FUENTE SUPREMA I ACTO REFORMATORIO NUMERO 2.0 DE 19°5 DE TODA AUTORIDAD, (28 DE MARZO) L()~ Diputados á la Asalnblea Naciona I . Art. 1.0 En.l~ ucesi.v0 l~s Cárnaras legisla .. Constituyente y Legislativa, por los Depar- tlvas se :eun ra 1 ordInarIa ~nte~ pOI de:e· tarnontos de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cau· cho propIo, ~ada dos años, ,el .dla 1. de Febro-ca, Oundinamarca, Magdalena, Naríño, San- I ro, en la ~apltal de !a Republ.lca. . , tanroeederá á hacer nueva designación. § 4. o El ciudadano que ejerciere t-provisio­nalmente ~a Presidencia en el caso determi­nade) en el 'armcúlo . 3.<> de este acto reforma· torio, no ' podrá ser elegido por la Asamblea Nacional ó- p )1- el 8ongreso, en su caso,l para, el r~sto deh período. El ciudadand que' hubiere ejercido ,la' Presi­dencia dentro· de los seis últimos1meses ante­: riOI:e$ a.l .día.1de la . elección del naevo Presi- __ ",,6-__ y ACTO REFORMATORIO NUMERO 7·° DE 1905 (~ DE ABRIL) Art. 10 Corresponde á las Asamoleas de­partamentales dirigir y fomentar por med io de ordenanzas l.. con los recursos propios del Departamento, la instrucción primaria y la beneficencia, las industrias estableddas y la introducción de otras nuevas. la colonización de la':3 tierras baldías que exÍsten en el . De­partamento, la apertura (fe oaminos y cana­les navegables dentro del Departamento y la explotación de ~us bosqtles, el arreglo de la polioía ,local y cárceles de Circuito, la fiscali· zación de ·las rentas y gastos departamenta­les y -municipales y cuanto se r~fiere al rade .. lantamiento interno. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. A0iALES D~ LA A8A.MBLEA N~\CIONAL Art. 2.° Por el presente Acto reformatorio queda substituído el artículo 186 de la Cons­tituoión. --=-*-!!::::- ACTO REFORMATORIO NUMERO 8.° DE 1905 (13 DE ABH.lL) A rt. 1.0 El Senado se renoverá al mismo tiempo que la Cámara de Representantes, y el período de lo~ Senadores será igual al de los Representantes. Art. 2.° Los Senadores serán elegidos por los Consejos departamentales, según lo de· termine la ley. Art. 3.° El Presidente de la l~epública y los Repre. entantes serán elegirlos en la for­ma qUB la ley dAtermine. Art. 4.° En toda elección popular que ten· ga por ob}eto COI stituÍr corporaciones públi· c' s y e } el ombramiento de Senad tes, se reconoue el el recho de representación de las minorías, y la ley determinará la manera y términos de llevarlo á efecto .. Art. 5.° Qu dan derogados los artículos 95, 114, 173, 174 175, 176, 177 Y 178 de la Cons­titución. del Congreso que haya sido elegido antes, y ejercerá las funr;iones legislativas de ést.e la Asamblea Nacional desde la fecha de la ins­tmJación hasta el fin del período constitucio­n al del Congreso sustituído. Art. 7. 0 En la elección de Diputados á la A.samblea Nacional regirán las disposiciones legales prescritas para que tengan represen­tación las minorías. Art. 8.° Si en el tielnpo transcurrido desde la clausura de esta Asamblea hasta la próxi­ma reunión ordinaria del Congreso en 1908, fl1.ere necesario introducir nuevas reformas á la Constitución, de acuerdo (von lo dispuesto en esta Ley, la presente Asamblea será con­vocada por el Poder Ejecutivo para hacer tru1es reformas, sin necesidad de que haya pl!>evia solicitud de las Municipalidades. ACTO REFORMATORIO UMERO 10 DE 1905 (27 DE ABHIL) Art. 1.0 Suprímese el Consejo de Estado. Lt ley determinará los ero pleados que deban c m plir los deberes y funciones señalados á --* -- e ta Corvoración. Art. 2. o Queda derogado el Título XIII de la ACTO EFORMATORIO NUMERO 9.° DE 1905 Constitución nacional. (17 DE ABUIL) Art. 3.0 Esta Ley empezará á rflgir de ~de L C t · ., d 1 R 'bl' su publicación en el Diario Oficial. Art. 1. a ons ltuclon e a epu lca .B ' Ab'l d 1 pod á e reformada. por una Asamblea Na- J ogota, rl 30 e 905. cional co vocada expresamente para este ob- El Presidente de la Asamblea Nacional jeto por el Congreso, ó por el Gobierno Ejecu- Constituyente y Legislativa, Diputado poe el tivo, previa solicitud de la mayoría de las D ,partamento del Tolima, Municipalidades. E Parágrafo. En la ley ó decreto sobre con. NRIQUE RESTREPO G ARCÍA. vocatotia de la Asamblea Nacional, de que 1 primer Vicepresidente de la Asamblea trata e;-;te artículo. se señalarán los puntos Nacional Constituyente y Legislativa, Dipu­de refonna, y á ellos se concretará la labor tado por el Departamento de Santander, de dicha Corporación. Art. 2. 0 La Asamblea de que trata el artícu- B. HERRERA. lo anterior se compondrá de tantos Diputados El segundo Vicepresidente de la Asamblea cuantos .correspondan á la población, á razón Nacional Constituyente y Legislativa, Dipu· de un DIputado por cada cien mil habitantes. tado por el Departamento de Bolívar, Parágrafo. Oada Diputado tendrá dos su- F plHntes. .'ANG ULO . ._\ rt. 3." Los.Diputados principales y suplen- : . El pIputac10 por el Departamento de An­te -- serán elegIdos por las ·Municipalidades de I tloqUUl, IR respeetiva Circunscripción electoral. RUFINO GUTIÉRREZ. Art. 4. 0 Para. que. la reforma se verifique I El Diputado por el Departamento de An­~ asta que sea .dIScntlda y aprobada conforme I tioquia, a lo estableCIdo para la e~pedición de las BALDOMERO SANí CANO. leyes. I El D' t d Art. 5.0 Las sesiones de la Asamblea dura- t' . lpU a o por el Departamento de A rán treinta días, prorrogables á juioio del , loqula, D G' Gobierno. ANIEL UTIERREZ y ARANGO Art. 6. o Cuando llegue el caso de reunirse · El Diputado por el Departalnento de Bo­una ~sa~blea Nacional para reformar la I lívar, ConstltuClon, cesará el período constitucional F. DE P. Mi NOTAS. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2'76 ANALES D~ LA ASAMBLEA NACIONAL El Diputado por el Departamento de Bo- El Diputado por el Departamento de San- Uvar, tander, DIONISIO J IMÉNEZ. \ L F. U RIBE TOLEDO. I E~ Diputado por el Departamento de Bo- : . El Diputado por el Departalnento del To-yaca, ¡lIma, SAL v ADOR FRANCO. RAFAEL CAMACHO J.J. El Diputado por el Departamento de Bo.1 . El Diputado por el Departamento del To-yacá, ) lIma, El Diputado yacá. El Diputado Cauca, ALEJANDRO PÉREZ. I por el Departamento d0 Bo. I IGNACIO R. P IREROS. I por el Departamento del I El Secretario, El Secretario, El Secretario, MAXIMILIANO NEIRA. Luis Felipe Angulo. Rafael Espinosa G. Daniel Rubio París. FERNANDO ANGULO. I Poder Ejecutivo Naciona,l -130gotá, Abril 90 El Diputado por Cauca, 1 D partamento del J. M. QUIJANO , ALLIS. El Di putado por el Departamento del Cauca, MANUEL CARVAJAL V. . El Diputado por el Departamento de Cuno dlnamarca, LUIS MARTfNEZ SIL V A. . El Diputado por el Departam nto de Cun­d~ namarca, JUAN E. MANRIQUE. El Diputado por el Departamento de Cun­dinamarca, de 1905. Cúmpla. e y ejecútese. El Ministro de Gobierno, R. REYES. BONIFACIO VÉLEZ. El Ministro de Relaciones Exteriores, CLíMACO CALDERÓN . El Ministro de Hacienda y Tesoro, PEDRO ANTONIO MOLINA . El Ministro de Gu rra, D. A. DE CASTRO. El Ministro de Instrucción Pública, CARLOS CUERVO MÁRQUEZ. GERARDO PULECIO. El Ministro de Obras Públjcas, El Diputado por el Departamento del Mag-dalena, MODESTO GARCÉS. J. F. INSIGNARES s. -_+ _ El Diputado por el Departamento del ]trag- República de OolcnYtbia-Asamblea Naoional--Secretaría. dalena, Bogotá, Abril 30 de 1905. JOSÉ GNECCO CORONADO. aro R afael Espinosa G., Secretarb de la Asamblea, encargado del e1tracto de los deb atE's.-Pte. El Diputado por el Departamento del Mag- Para su conocimiento y demás fines, me es grato transo dalena, cribir tí 'lsted la proposición aprobada hoy por la hono' rabIe Asamblea, que dice: SEVERO F. CEBALLOS P. " La Asamblea r~suelve: " Mañana á primera hora, en )a sesión de c)a usura, los El Diputado por el Departamento de Nariño, Sres. Diputados firmarán el Acto general adicional y re· S J D \ formatorio de la Oonstitución, en preseucia del Sr. Pre· AMUEL ORGE ELGADO. sidente de la República. . " Publíquese en folleto, bajo )a dirección del Secreta· . El DIputado por el Departamento de N a- I rio encargado de los debates, el extracto de Jos debates rIño, . I de la Asamblea y los informes presentados por las OO· BERNARDO DE LA ESPRIELLA. misiones.. .... '4 El mIsmo SecretarIo, baJo la dIreCCIón de los Sres, El Diputado por el Departamento de Na- I D~putados Angu)o Felipe, Pulecio y. Quijano Wa~lis, 'pu· 'ff bhcará el Acto general y reformatorIO de la Oon tlfuClón, rl O, I de modo que queden en el cuerpo de la t 'onstitnción y LUCIA NO HERRERA. I en su respectivo lugar las distintas reformas acordadas . por la Asamblea." El DIputado por el Departamento de san- ¡ Dios guarde á usted. tander, _ _ _ _ _ Dan id Rubio Par1.l. LUIS CUERVO MÁRQUEZ. I hfpREN1A NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Impact de la violence politique sur la santé mentale des jeunes adolescents en Colombie. Analyse des facteurs de risque et de protection

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 42

Por: | Fecha: 24/08/1910

Este estudio se centra en los encuentros entre la psicologíay el campo de las políticas sociales. Tiene comoobjetivo discutir cómo los psicólogos que trabajan en lasUnidades Básicas de Salud (UBS) y Centros de Referenciade Asistencia Social (CRAS) viven sus prácticascotidianas. Investigamos las formas de actuar de 13 psicólogosvinculados a los servicios mencionados, a travésde entrevistas y observación participante. Los resultadosindican que la vivencia en contextos adversos y de situacionesextremas, difíciles de manejar, hace que muchostécnicos experimenten en lo cotidiano, sentimientos demalestar y no saber qué hacer. Además, la práctica y laexperiencia se caracterizan por sentimientos de compasión,piedad y resentimiento. Consideramos, por último,que el encuentro entre la psicología y la política socialexige flexibilidad en las formas tradicionales de actuacióny la búsqueda de estrategias que tengan en cuentalas características de los contextos culturales, evitandoasí los procesos de captura, la fatiga y la saturación queahogan a los trabajadores.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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El trabajo de los psicólogos en las políticas sociales en Brasil

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie II N. 26

Por: | Fecha: 18/05/1905

Este artículo examina los derechos de participación y protagonismo de los niños, las niñas y los adolescentes, con base en la experiencia de la Conferencia sobre Derechos de los Niños y los Adolescentes en Brasil, a la luz de la sociología de la infancia. Los documentos de la conferencias fueron consultados en los sitios de Internet del gobierno brasileño. Los hallazgos de este estudio revelan que la participación de los jóvenes se ha incrementado en las últimas conferencias. Sin embargo, es necesario promover una participación sistemática y genuina a través de la construcción de relaciones democráticas en todos los contextos del desarrollo donde los niños, las niñas y los adolescentes viven, con el fin de modificar su vida y sus prácticas participativas en la sociedad.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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Participação social e protagonismo: reflexões a partir das Conferências de Direitos da Criança e do Adolescente no Brasil

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Argos de la Nueva Granada - Semestre III N. 62

Por: NELE DE CUYPER | Fecha: 26/01/2011

El presente artículo explica los aspectos centrales abordados en la literatura sobre inseguridad laboral, incluyendo definiciones, medición y consecuencias para los trabajadores y las organizaciones. Más aun, se orienta a llevar la literatura un poco más lejos al resumir los estudios sobre inseguridad laboral en América Latina y al indicar algunas rutas de investigación, particularmente en el contexto latinoamericano.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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Revisión de la literatura sobre inseguridad en el trabajo: el caso de Latinoamérica

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 11

Por: María Constanza Aguilar Bustamante | Fecha: 26/01/2011

Veinte años después de su fallecimiento (18 de agosto de 1990), B. F. Skinner deja cinco grandes legados vigentes: 1) el conductismo radical; 2) el análisis experimental del comportamiento; 3) el análisis conductual aplicado; 4) la caja de Skinner; 5) la comunidad Los Horcones (México). El análisis del comportamiento, básico y aplicado, es reconocido por su activa presencia internacional. Su desarrollo proporciona un conjunto de conocimiento y transferencia de tecnología que nos recuerda la importancia de trabajar en el desarrollo de programas educativos, de investigación y de manejo de contingencias, los cuales permitan su avance. En Iberoamérica, el análisis del comportamiento, como legado skinneriano, ha sido una tradición importante dentro de la psicología. En este artículo presentaremos una síntesis actual de las principales contribuciones iberoamericanas al análisis del comportamiento. El  panorama del análisis del comportamiento en Iberoamérica será analizado de acuerdo a las siguientes dimensiones: 1) las figuras más relevantes; 2) la comunidad académica asociada a la tradición analítica conductual; y 3) las líneas de investigación más importantes. Finalmente, se presentarán algunas de las características más generales del análisis del comportamiento en Iberoamérica.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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El legado de B. F. Skinner veinte años después (1990-2010): el análisis del comportamiento en Iberoamérica

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie II N. 49

Por: | Fecha: 17/07/1905

RE PUBLICA DE COLOMBIA ANALBS DB LA ASAMBLBA NACIONAL Serie 11 Bogotá, Julio 14 de 1905 OC>lSTT E lST XX> <> Acta de la e.i611 del día 25 el Abril d 1905. (Co .c!lI i611 }.... . . .. Extracto tIe lo lebates de 1\ 's;{¡n elel (H t .~;) de brU ele 19)5 .• AJl'A les concedan en las' rentns nacionales, compren· diendo en ella una urna igual á la que hnsta el 1.0 JP. Abril del eOl'J'iente año derivnbnn Im~ I)e- ::¿ pnrtnmen tos de la. I'ell r a' q lit' les pel'tell~eían y que la Nnci6n et:~ ha re 'el vado. El J/ngo d .. esta participación ~e verifical'á en la ('Hpitnl de cada Departamento; y DE LA SE IÓ~T DEL DíA 25 D ABRIL DE 1 U05 ( C"I dn i6n ). .El ~ 'J'. iinistro dtÁ I-I:wi .. tH H y dHI Te~II"() tientó la sigllientl~ moei6n que ftl~ ap)'olmdn : " Altél'e e el ordeu del día y dése St>gunoo ue· bate al proyecto de ley que orgauiza 18 IItwit->nda Nacionul" En Lal \~ il'tnd e ti io lectul'a al illfolllle de] Di rutado DI'. Carvajal Vnlencill, respt'eto del aludi­do proyecto, que fue uevuelto en la miSTUl1 H iÓll, y Rprohnda su parte I'e~olutivat qlle dispone He le dé egundo debate, se nbl'i6 é te. El mi 'fllO 'l'. i tinistro ll'opuSO lo siguiente, eracio nes, de modo que á toda horu pueda s8beJ'st' el estado de la Caja. Este empleado tendrá tantos auxiliares cuantos estime conveniente el GobieJ'no_ "Por regla general corresponde al Jefe de una oficina pagadora hacer el nombl'amieuto di! Cajero y auxiliar ó auxiliares, si la ley determina que 108 tenga." Lo demás del artículo como está. Explicada por el Diputado DI'. Carvajal Valen cia, el Diputado Dr. Jiménez 10 modificó en la foro Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. $82 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL ma que sigue, en la cnal se aprobó y adoptó, des· fechas y las sumas como el objeto de la erogación, pUdA de explicarla su autor. y pasarán mensualmente copia autorizada de él al " Art, 38, Por regla general corresponde al Jefe Ministerio de Hacienda y Tesoro." de una oficina pagadora hacer bajo su responsabi' l Artículo nuevo en seguida: lidSad' el nobm' bram1 iento, etc." b . , "Qu e d a SUpl'l"m I' d a ]a 1" esorena genera1 •, en I,n ca~ 10 a guno se apI'o aron la~ ~lgtl1entes I consecuencia pasarán á la Administración general tnodlficaclOnes pr?puestas por la ComIsIón al al'- de Hacienda 'los asuntos pendientes en ~sa oficina ticulo 208, que dlCe : ' " El t" 1 208 d á ' Y el archIvo de ella. l' L al' CIC U' t o d Cq ue t al' 8SI : d á l' E n 1u gar de Ia"rtlC ulo 256, que (1e b e co 1o carse ,a 01 e e uen as se compon l' (e Clnco en seguida del 42 el sigt iente ' MagIstrados, etc," l ' 1 , El D' t d D M ' ] b d'fi t.. 1 "La cuentas de los responsables de especies, lpU a o r. anl'lque a su mo 1 Co en a i 1 1 lId' 1 dIE'; 't ~I orma que se cop"la en dsegUl a , en 1a cua 1s e apro bó : dcomo as I(l a 'nte n enCla ge,n e, ra e i JerC. l 1o ' "A t 208 L C t d C t I 'á I e os parques nacIOnales, deposito de mat~rla es , 1', M' ,a 01' e e uen as se compon! I telegráficos almacén de textos y útiles de en se de CInco aglstrados, quP- Rel'á 1 norl)bn~dos por ... t ' á 'd S '6 d 1 1 Cá d R t t " I nanZ3) e C., ser n examma as por una ecOl n e a mara e epl'eseu an es. M" , I H 'd T 1 d' Al ' á a t I D' .1 D PI' 1 I mIsterIO ( e aOlen a y esoro, y as e lnver, Irse a op ar,' lputauo 1'. u ecn a 'ó d f d I 1.. .~' , u b mo(l 1'f i c 6 en Ja f Ol'nHl 81" gl11ent n Ia en 1 se 1 n ~ on os uo ( e~n ser lllcorporadas. adoptó: ' l. rtfc1l10 llUe~,TO, en s gui a del 2.)6 : " Art. 208, La Cort de Cuentas e compondrá el La Corte de Cuenta, basándose en el iní r 1 de cinco O'Í tI' do Iue"cnin n mbrad ~ por la del Adrnini tI'(ldol' 1"enel'al de Hacienda, puedp (ámal'a de Representantes, suspender de tHlS elnpleo {l los responsables del "En receso de ésta hará los nombramientos el Erario que, sin justo motivo comprobado, se retar· Poder Ejecuti \TO de l cuerdo con el Código Político den en ltl rendición de su cuenta más de tres y Municipa1." meses." Igualmente s~ aprobó la siguiente modificación Como final del art~cl1.10 ~5 7: . , propuesta al artlCulo 2~0 por la Comisión: CI, " y p~r8 s,upnmlr, ~ lo e tImare conveOlen El artículo 210 modlficado así: I te. en el l\illllsteno de Haclenda y Tesoro la cuen· , "La Corte ten.eIrá un Pl'esideu te y u 11 Vicepre- ta ~enel'al ~e~ Presu puesto, y del 'l'esoro," BIdente, que eleguá anualmente, nn 'ecretal'io, un ~l Sr, Mml tro de HaCIer da y del Tes ro pro- Oficial mayor, un Oficial escribiente, un Archive· I puso lo~ iguiente artículo. nuevo, que despu6 ro y un Portero, todos de su libre nombramieuto de exphcarlos por su autor, fueron aprobados: y remoción, y dictará su propio reglamento, Ade. 1 " Artículo nuevo. El Gobierno Heñalará la cutln· ~ás cada Mag~strado tendrá un Escribiente de su tía de la~., fia~za q?e deben prestar los responsa­lIbre nombramIento y Iemoci6n." I bIes del Erano naCIOnal, y reglamentará las forma· e acept~r?n los artículos lluevos propuestos liaad,es de la prflstación de las fianzas r lo demás por l~ ComISIón, que . e insertan en seguida, des- ¡ relatIVO :í este a unto, 1 ara que el FISCO pueda pués de explicarlos el Diputado Dr. Carvajal Va. quedar asegurado. uficientemente," lencia. "Artículo nuevo. El Gobierno organizará la Artículo nuevo, después del 216, I Administración ge,nerAI ue ~acienda, s,eñalando " El Jefe de Sección tendl'á.auemás de 109 de- I su personal, dotaCIones de este y func,IOnes de beres que le f.eñale el Arlministradol' lIenerul los cada empleado, con nrreglo á lo que se dIspone en siguientes: 1"' I es t ~ L e"j-" . , . , (1 ) Ll 1 t ·1 a eval' a cupn a ue R en t G d I El DlpllttHlo DI', Jlillenez propuso el SIgUIente a~ y astos e , 1 ' . l a Nam'o, n en un l1'b 1 '0 en que ,s e t, o me. no t a (1 e ca d a Iad r et1 Ic pur ooy encu te ov o: como sUStItutIVO d~l :utículo 25 capítulo del PreRupuesto, eon mdle¿iCIÓIl de la fecha "A t' ] 1 d l ti 1 l"\F;8 d 1 '] fi' " , r ICtl () lluevo en reemp azo e EU' cu o ~t) e a operaCIón, a o, Clua '¡\le la eJ8cll to la cantl- I' ., I ' ~' ol'Igmu : dad votada pOI' el Congr'eso qne fiO'UI'H en el Pre· "A t ~ 1 PIE' t' 1 'd' , ,o U 01'lzase R Ol el' Jecu lVO para que nom-supu' 1e Ato, os dc re Ml"t O~ adIC, IOnales, las sumas ('eco- bre unea ·om'1FH . O-n u'mp ersona 1 que sea compe t en t e UOCH as por ca a..L lDIster'lO y lo~ (la~o~ hechos pOI' h t d' 1 1 Cód' '1..,. ]' t 1 t · fi ' <.J para acel' u n e u 10 ( e 19O 1.' lsca vlgen e y RH lespec lva~ o" C1nas' y . formular un ¡;royecto de reforma de él, que esté "6) Llevar' el lIbro de Remesa8 uestlnado á tomar en al'ffionÍil con las nec~sidades de la época actual r~zón de la fech,a en <1 ne se hace la I'eme~a, la ofi· y con las refol'mas hechas á la Constitución Ba· c.lna que la l'e~Ibe y la cantidad remesada, Este ciona1." hbl'o y el anterIOr debeH llevarse con el día," Explicado pOI' Sil autor, fue sustentado por el Artículo nuevo, dt:'~puéR del 255 : I SI', Ministro de IIacienua y uel Tesol'o, é impuO'- "Los empleados que autoricen la expeuición de nado por el Diputado Dr. Pulecio, o órdenes á c~rgo de las oficinas pagaaoras deben I El Diputado DI', Martínez ih'a solicitó del SI', )]e\·ar un regIstro en el que se expresen tanto las Ministro el nomure del contratista para la forma· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALE~ D~ LA ASAMBLEA NACIONAL 38~ ci6n del Código Fiscal, ]0 excitó para que si el del Concordato celehl'ado con la Santa Sede y que contl'ato no reúne todos los requisitos legales sea da una autorización Al Poder Ejecutivo," se abri6 rescindido, ya que el mismo Ministro declaraba sel' el segnndo debate dl~ pste proyecto. excesi\ra la suma fijada en él, y terminó pidiendo Púsose en discusión el artículo 1.°, modificado se dejara constancia de este incidente en el acta, por]a Comisión en los siguientes términos: en lo cual convino la Presidencia. ': Art. 1.0 Declárase obligatorio el precepto <.le El 81'. Ministro de Hacienda propnso la siguien- la guarda de los días de fieBta estableeidos po}' ]a te modificación: Iglesia, debiéndose poner en armonía las disrosí. H Artíeulo. AutorÍzase al Poder .Ejecutivo para ciones de ésta eon las neeesidades de los pueblo~." (lue nombre una Comisión unipersonal que se en· A biel'ta la discusi6n, el Diputado Dr. Camacho cRrgue de ,'edactar un proyecto de Código Fiscal, hizo uso de la palabr·a para hacerle algunas obser­el cual será presentado al próximo Congre"o." vaciones, la ' euales fueron contesta las por el Di- EI.Diputado Dr. Pulecio hizo uso de 1:1 palabra putarlo Dr. ~lartílle~ Silva, después de ]0 cual se ()llora. lmp?gnar tanto el artí.cnlo Ol iginal ~om~ la aprobó y adopt6 el Hl'tÍculo. modlficRCl?n, que fueron retll'ituos de !n dIS~\!S16n Igunl suerte cOl'I'ió el fil'l.Íelllo ~.o) que dice: con pel'ml~O de la Asnm?lea, por el Sr .. MUl1stro "Art.. 2. Q Al! tOl'ízase ampliamente al Poder y por el. DIputado Dr. ~~ménez, l'e~pectIvamente. Ejecuth'o pnra cIue, de acuenJo con la autoridad . E~ Dlput~do Dr. QUIJano Walhs propuso el eclesiásticR, reglamente todo lo I'elacionado con los slgll1ente artIculo nuevo: . I días festivos de carácter l'eligio o. y para que rcO'u· "Artículo. La Cámnla de COmel'Cl e ogotá le como lo estime CfHlV líen ~ lo I'e l :wio lado on est.u d1· r y f ormu lar i un ))'oy eto g 1en 1 y con - I lo's día!; fes ti v( s e carácter civ, il. " pleto de, tarifa ti Aduanas, e n especificaeión Terminadn la discHsióu sobre la parte disposi-de Jos artICulos que oeban pag~l·. los derechos .ad tivn, se consideró el preámbulo en la forma ~ en valol'eln y los que se causen Ull1ClUn~n~e l,).Ol el que la modificó la Comh;¡ión, en la cllal se aprobó peso! á fin de que sea, presentado al Mlmst~110 de y ndoptó. Está redactado así: HaCIenda para que este, después de estudIarlo y C0[! las modificaciollt: que e tim ~ r-onveniente in- " La Asamblea Nacional troducirle, lo presente á la consideración de la 1 " CON~rDERANDO : próxima Legislatura." " 1.0 Que la COllstitución vigen te reconoce en su Hicieron uso de la palabra su autor para expli artículo 38 que la Religi6n Católica Apostólica carIo, y el Diputado Dr. Camacho para hacerle Romana es la de ]a Nación, y esencial elemento algunas observaciones, después de lo cunl fue del orden t;ocial é impone á los Poderes públicos aprobado. la obJigacion de protegerla y hacerla respetar; Terminada la discución sobre la parte d.isposi- ~'2.0 Que una de las maneras sensibles y prác. tiva, se ley6 el título, que Obtll vo el pase de la ticns de la Iglesia en lavor de Jicho orden y de la Corporación, y cerrado el segundo dehate el pro- mejora de todas las clases sociales es el precepto yecto pasó á tercero. de guardar los días lestivos religiosos, como se ha El S.'. Ministro de Obras Públicas suscribió la comp.'obado por la experiencia en otras naciones siguiente proposición, que después de ser expli- del antiguo y del nuevo continente; cada por su autor, fue aprobada en la forma re- "3.° Que el documento anexo á la Convención · glamentaria: adicional al Concordato pu b1icado en el Dia1'io " Altérese el orden del día y recoDsidérese el pro- Ofioial número 11,591, de 22 de Noviembre de yecto de ley' que aprueba el contrato del estable- 1901 no ha sido suficientemente reglamentado por cimiento de muelles en el puerto de Santa Marta.'" el Poder Ejecutivo; En consecuencia se abrió el primer debate de "4.° Que hay neco~idad de hacer CeSRl', en cuan· este proyecto. Fue aprobado en votación secreta to 8ea posible, los illCOIl venientes que resultan en por 16 balotas blancas y 9 negras, que contaron muchas poblaciones de la República del hecho de los Diputados Sres. Manriqun y Angulo Felipe. coincidir la hora del mercado público con ]a cele­La Presidencia lo pasó al estudio de los Diputados bración de la misa en los días festivos; Sres. Ceballos y Manotas, con término de veinti. "5.° Qrle hasta en naciones como Inglaterra, cuatro horas. Alemania y los Estados U nidos se ha reglamen· Igualmente se aprobó en primer debRte el pro· tado lo relativo á los días festivos, así religiosos yecto de ley "sobre mobilización de la propiedad como civiles, raíz," originario del Mioisterio de Hacienda y del " DEORETA : " Tesoro; pasó en Comisión al Diputado Dr. Cama­cho, eon veinticuatro horas de término. Leído el informe con que el Diputado Dr. Mar­tinez Silva devolvi6 en la fecha el proyecto de ley '~en desarrollo del artículo 38 de la Constitución, Se leyó y apr0b6 el título, y cerrado el segundo debate, la Asamblea manifestó su voluntad de (lue el proyecto pasara á tercero. Se consideró en tercer uebate el proyecto de ley" ",obre pesas y medidas." Fué aprobado) y la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 38~ ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Corporación expresó 8U voluntad de que este pro· nas, y as~ deseo q~e conste para evi~ar tOJ:~id:l in· yecto pasara á ser Ley de la República. terpretaC1ón de mI voto en este l)H l'tlCU lar, Por último, se consideró y aprobó en primer de 11 bate el proyecto de ley" sobre reformas J·udicia· 1 .. 1 1 1 1 " t d 1 S M" t d G b' En dIscUSIón para segundo ( e >ate e pI' >yecto es 'lpr'es en a o. [>01' e r' .Inl8 r o e 'o dlerno I tle acto l'eformatol'~.o "pOI' el Clla1 e )( e roga e'1 Tí . en II mls~a seSIón, ~asó al es~u~lO del DIputa o tulo XIII de la Constitución" t'1 Diputado Ptllecio DI'. PllleclO, con térmIno de veIntICuatro horas. d" ' ,. l IJo: A la8.~uatl'o .y qUInce mInutos de la tarde se I . CI En el informe que he tenido el honor de I'en· suspendlO la sesló~, En el curso dA ella, fueron de- dir como Comisión que estudió para segnndo de· vueltos, con los Informes reglamentarl~s, ~demás bate este importante proyecto, doy las razones de los pl'oyectoR antes aprobados, los sIguIentes: que militan en favor de la supl'esión del Consej(} Por el Diputado DI'. Pulecio, el de ley "sobre de Estado: y que es inútil ,repetir flhol'a, mesto pl'ocedimip,nto9 especiales en materia cl'iminn\ ." que acaháls de oír leel'las; aSI que all'ecolllendaro~ p.' . . ' la aceptación de eRte proyecto sólo qui '1'0 .lejar 01 el DIP.u~ado DI', Man1'l~ue,. como Preslden- conAtanci:l. d~ 108 O'rande servicios que el Consejo t~ de la ComIsIón Oe ro, do celebJ (Ido cou lo Gobierno de México, El le ne lB prim r. con IC, 18 Comi. Ión de Su mi· 'alvadol' y 00 ta Rica, re pectivamente. I ni tr~ ,rá la . Z, r 01' al' 9 tle en e8~ Trib nal se C 1 "ó' t' f d lt 1 ha Old 1. oz {j~ colomhl ti elnll.ll e~ como E un ~ ~p\. ('. _ ni ~tecdll ,1 va Rue úbevl,ue (1) l'°t l' el' lVligu >1 nton io C:. '0 . Jllal Pablo eHtn~- xcmo. L'. re 1( e e , a ep lca e nc o e D D . P O A ' I iá gl... lat'lv o i d 1 -" 1 1 po, . p.metl'lO 01'1'8, • n tomo o ( n, nl mero 9 e presente ano, por ecua D G '11 Q 't C Id" DE' - l' l C) 9 1 le· 't -ó" . U1 ermo Ulll ero a eran y . onqlle Be AtlStJtll 7e é at'tlcu 0410 (e ¡ ..Ion tl UCI n. l R es t repo arc í a, P re . 1 t d t A bl H en e e a saro ea, y El Presidente, ENRIQUE RESTREPO GAROfA. I que el actual personal del Consejo es digno, por I su pl'obida(l y pOI sus luce, de suceder á aq ue110s El Secretario, Rafael B:;púlOsa Guzmán, ciudadano, honra de la Repüblica." \ El proyecto fue aprobado Y pasó á tercel deba· __ ~+... 1 te, as{ como también el de ley que 10 nesRrrolló, y que el mism Dir utado u lec] e endi6 fl. í : EXTRACTO DE LOS DEBATES ])11: LA SESIÓN DEL DíA 25 DE .ABRIL DE 1905 1 Al apl'Obl\l'Ae el acta de la sesión anterior, pidi6 la palabra el Diputndo Martínez Silva y dijo: I "Aprobada I supre ión del Consejo onderamos hoy hasta llevarlos á la práctica, para desbaratarlos mañana. Se explica que bajen ó suban los derechos de ]a tarifa de conformidad con las necesidades del momento en el país; pero no se comprende que esté sujeto á semejantes variaciones el mecanismo propio de la tarifa. Acordar éste de una manera invariable, y decir en qué casos debemos cobrar por el peso y en cuáles por el valor de las mercancías, es justa­mente lo q ne creo obtengamos Ri aprobáis mi proposición y la Cámara de Comercio de Bogotá estudia y formula el proyecto que debe servirle Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 388 ANALE~ DE LA ASAMBLEA NACIONAL d~ hase al Ministerio de Hacienda y TesoJ'o para VI proponer las modificaciones que crea con veuientes en el pal'ticular." En discl1sión el Rrtículo 1.- del pr'oyecto de ley rel~ciolJado COIl el precepto de guardal 108 día ' El Diputadu Camacho dijo: ferladlls, el Diputado ' :lmficbo dijo: "Con gusto le doy mi votn á esta proposición, I 1, El punto que se discute ha sido materia de por'que creo que si elln da el resultado buscado y I lal'ga~ discusioneb en todos nuestros Congresos, y l?gl'amos teuel' una t·ar'ifa justa y verdaderamente hasta ahora siempre se había resuelto por la liber­CIentífica,. habremos establecido la más segura tau, es decir, dejando á los pueblos que fijen sus bas~ del Incremento de la renta de aduanas, que mercados el día que mejor les parezca, y coadyu­debIera ser siempI'e la más pl'oductivft de todas vando la labor de los Párrocos para que ese día las del país. Cuando la t¿i.rifa es equitativa, el sea distinto del domingo, á fin de gual'dar éste del :tull!ento de la ['enta puede sel' It>uto, pero eB segu - mejor modo posible. Así, paso á paso y tratando r? ; si l~ t~riía es injusta ó exagerada, en tonces no I de conciliar intereses, es fácil que se llegue á. la solo es lllClerto el aumento, sino que hasta puede 11'eglam ntaeión deseadR, y esto sin llls resiste lcia llegar el caso de qUt> la reuta \.Iismitlllya." que seguramente va á provocar la Ley que el Go­bierno solicitó corno simple autorización y que la V I COlUi ión propone expidamos corno categórica obli-gación. Lejos de pretender quitar el mercado {le Al discu til'se la pl'opo8ición rela 'inllada con los Jos domingos en lo pueblos que aún lo tengan e,'e Muelles de Hauta .Marta, el SI'. Milli. tro de Obras día, la ley debel'Ía mandar que en todos los pue Públicas, Dr. Garcés, dijo: bIos Re verificara el mercado en domingo, que es el día libre de los campesinos y el único q \le pue­den (ledic8.t', sin perjuicio de sus labores, tanto para dar gracias á. Dios y santificar la fiesta, como para hacer sus tl'ausacciones y llevar á su casa lOS víveres para la semana." El Diputado Martínez Silva dijo: " De eo y solicito la reconsideraci6n de este pr'oyecto, porque el Gobierno halltl convenjente para ~,l país d establecimiento de muelles buenos y sólidos en la bahía de Santa Marta, y se preocu­pa por contratarlos con igual patriótico interés al que lo ha guiado en la contratación de lrts nume­rosas .m~jo!·as ma teri~leH de todas clases q ne están ya. }.)J'lnclpl1\da~. No es po~ible poner' eu duda lA (, C()ll pena advierto que el Sr. General Cama-utIlIdad de la mejora proyectada para Santa Mar- cho no ha apreciado bien el alcance del artículo ta, que no cabe negarla, sin estlldio detenido de propue~to P 1" mí como miembro de la Comisión, los inconvenientes que su l'ealizacióll ofrezca en la Y que seguramente 110 supe redactar con la clfiri­práctica; luego lo acertado es que di~cutamQs el dad requerida en casos como este. Ltjjos de querer eontl'ato celebrado, lo examinerbos en todos sus hacer imposición algl1nn ni de pretender que Be aspectos COIl sereno espíl'itu y de eo de hacer el varíe á la fuerza la c08tllmbl'e de lo" pueulos en bien, y le corrijamos todo aquello que sea incon. punto ú. mercadoe, lo que se quiere es, y á ello veniente 6 peligl'oso. Hecho esto, ya podrá la tiende el p~'oyecto discutido, facilitar el mercado Asamblea, ó aprobul' el contrato si lo hallare de los dOll1mgos, q11e atrae gente de 108 campos á ~efinitivamente aceptable, 6 impr:obado, si eu rea- las ~obla~10nes p~queñas, y á la vez disponer la lIdad no pueden evitarse los pelIgros que algunos I santI.ficaCl6n del dla de modo que redunde en be­le señalan. El Gobierno no pretende impouer un ne~Clo d~ cuantos cor.curran ~l mercado. Declarar' mal c?ntrato, pero sí dese.a que no se niegue sin obbg~tono el precepto. c~tólIc.o de .l~ guarda de estudIarlo éste que he tenIdo el honor de pt·esen. los dlas de fiesta,. n? slgnIfica ImpOSICIón alguna; tal' á la Asamblea: después de meditar una á una es s610 el reconOCImIento de una verdad por todos todas sus estipulaciones, y convencido de que él aceptada; ui menos aún significa imposición el es conveniente para Santa Marta, y naturalmente hecho de autorizar al Gobierno. para que. re~lft­p~ ra el país todo. Espero, pues, de los Sres. mente, d~ a.cuerdo con la autorIda~ ecleSIástICa, DIputados, que le den su voto á la proposición y el cumplImIento de tal precepto. BIen podemos, luégo aprueben en primer debate el proyecto de ~ues, ap~obar el proyect~, que en el fondo no es que ella trata, y que una vez estudiado con aten- B100 camInO para que la lIbertad regule los mel'­ci6n, ya podrán negar en segundo debate, si es que cados junto con la santificación de las fiestas." no se convencen de la bondad y conveniencia del ~ contrato celebrado para establecer los muelles El proyecto pasó á tercer debate. dichos." II El Secretario, Fue aprobada la proposición del Sr. Ministro y ( en seguida aprobado en primer debate el proyecto de ley "por la cual se aprueba el contrato para establecer muelles en la ciudad de Santa Marta." blPREN'l'A Rafael Éspinosa G. NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Universidad del Rosario - Avances en Psicología Latinoamericana Formatos de contenido: Artículos
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Psicopatía: una perspectiva dimensional y no penal del constructo

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 23

Por: | Fecha: 07/07/1910

REPUBLtOA DE COLOMBIA " ANALHS OH LA ASAMBLEA NACIONAL ¡', " Serie única ~ Bogotá, Julio 7 de 1910 --- - -- - -- -- ~- Poder Ejecutivo-Bogotá, Jfulio 1.0 de 1910. Ley nlimero 13 de 1910, por la cll31 se abre UD crEdito adicionlll al Págs. Pnblíquese y ejecútese. Presupuesto de Gastoll de la vigencia en curso.. • •• , ••• •• • .. Acta de la sesión dellllnes 27 de Junio de 1910_...... .......... . ..•• 177 (14. Ro) RAMON GONZALEZ VALENCIa 177 Acta de la sesión del martes 28 de Junio d. 1910 . . .... -_ ..... .. Acta de la lesi6n del j lleves 30 de J uní o de 1810 •••••• _ .... . Proyecto de ley sobre crEditos adicionales al Presupuesto de Gastos de 1910 •••• . ••.. . •• _ ...... • ........................... . Pro1ecto de ley por la cual se crea Iloa Comisarb Judicial especial en el Territorio del Caquetá ................. .................... . Proyecto de ley por la cual se aprueba un convenio y se da una auw torizaci6n al Oobierao ......................................... , ...... .. ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 LEY NUMERO 13 DE 1910 (1.0 DB JULIO) 179 181 188 188 184 por )a cual se abre un orédito adioional al Presupuesto ele Gastos de la vigencia en curso. La Asamblea IYacional de Oolombia DEORETA: Artículo 1.0 Abrese al Poder Ejecutivo, con im· putación al Departamento de Relaciones Exterio· res, capitulo 31, artículo 208 del Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1910, el si· uien te crédito adicional : Para atender al pago de la repatriación de ,olombianos pobres, dos mil pesoli ($ 2,000). Artículo 2.° Abrese igualmente al Poder Ejecu. ti~o, con imputación al Departamento de Relacio· tnes Exteriores, capítulo 81, artículo 212, el si. guiente crédito adicional: Para atender á los gastos de representación de las Legaciones y Consulados de la República, con motivo del Centenario de la Independencia INacional, y según la distribución que haga ~l Po· ler Ejecutivo, Reis mil pesos ($ 6,000). Dada en Bogotá, á treinta de J nnio de mil nove­~ ientos diez. El Presidente, J OSE ANTONIO LLORENTE El Secretario, Maraelino UTibe A ranqo Rl Minist.ro del Tesoro, ANTONIO J OSE OADA ID ACTA DE LA. SF.SION DEL LUNES 27 DE JUNIO DE 1910 (Pl'esidencia. del Diputado egoVitl). 1 El señor Presidente declaró abierta la sesión de este día, con el número reglamentario, ti Jas dos y cinco minutos de la tarde. 11 Leída, aprobada sin observación alguna y fir­mada el acta de la sesión anterior, se dio cuen · ta del orden del día de la corporación; de los ne gocios substanciados por la Presidencia; de un ofi cío del Ministerio de Obras Públicas, remisorio de un contrato celebrado por ese Ministerio con los señores Rafael María Palacios y Clímaco Calderón, como apoderados de los señores J ohn Bain y James W. Kel1y, sobre permiso para cons truir, conservar y explot~r varios sistemas de lí ­neas de tuberías para conducir el petróleo á la'i orillas del mar, y de otro oficio del mis o Mínis terio, con el cual se remite á la Asamblea, para que ésta los tome en consideración, los con ­tratos referentes al Ferrocarril de Girardot, de 1894 á 1908. - II! Continuó el segundo debate del proyecto de "Acto legislativo reformatorio de la Constitución N acional." En discusión el artículo 1 2 propuesto por la Comisión, usaron de la palabra, para hacer algu ­nas observaciones acerca de él, los Diputados Lombana Barreneche, Holguín y Caro, que lo sustentó, Escobar, Villegas y Espinosa. A peti. ción de este último se votó por partes, señalan­do como tales los tres incisos de que se compo­ne. La primera se aprobó; se negó la segunda, y la Presidencia declaró virtualmente negada la última. Al adoptarse la parte aprobada, el Dipu - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 178 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL tado Bonilla la :mbmodificó en los térnlinos SI­guientes: "El Senado se compondrá de tantos Senado­res cuantos correspondan á la población de cada Departanlento, á razón de uno por cada ciento veinte mil habitantes. "En ningún caso los Departamentos que pa­sen de quinientas mil almas tendrán nlás de cin­co Senadores, y el que no alcance á ciento vein­te mil habitantes dará en todo caso un Senador. " Por cada Senador se elegirán d~s suplentes." Tonlaron parte [en la discusión los Diputados García Herreros, Ospina, Salazar M. y Carreño y ' el señor Ministro de Relaciones Exteriores, quien en seguida subscribió la sio-uiente propo-sici~ n, que fue aprobada: b "Suspéndase lo que se discute y dé se segundo debate al proyecto de ley presentado por el Mi­nisterio de Relaciones Exteriores, "por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gas-tos de la vigencia en curso." . En consecuencia se abrió el segundo debate del citado proyecto. Diose lectura al infornle de la Comisión, y se puso en discusión el proyecto de resolllción con que termina, que dice: " Devuélvase al Ministerio de Relaciones Ex­teriores el proyecto de ley 'por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso,' imputable al capítulo 3 J, ar­tículo 208, con el fin de que lo acompañe de al­guna certificación en que const~ que la partida antes votada ha sido insuficiente, y para que proponga, si el Gobierno lo tie»e á bien, el esta­blecimiento de una caja de auxilios en el Con­sulado de El Havre, en la forma precisa en que lo indica la Legación de Colombia en Francia," I-licieron uso de la palabra, para impugnar este proyecto de resolución el señor Ministro de Relaciones Exteriores, y el Diputado Pinzón, para hacer algunas explicaciones relativas á la idea que tuyO la Comisión para proponerlo. Acto seguido el Diputado ConstaÍn fijó la si­guiente moción, que se aprobó: "Oída la aclaración que acab::t de hacer el se­ñor Ministro de Relaciones Exteriores, suspén­dase lo que se discute y dése segundo debate al proyecto de ley por la cual se abre un crédito adi­cional al Presupuesto de Gastos de la vio-encia en curso, con imputación al Departame~to de Relaciones Exteriores, capítulo 3 J, artículo 208." En tal virtud se puso en consideración el ar­tículo único del proyecto, que está concebido así: "Artículo I? Abrese al Poder Ejecutivo, con imputación al Departamento de Relaciones Ex­teriores, capítulo 3 J, artículo 208 del Presupues­to de Gastos~de la vigencia económica de 1910, el siguiente crédito adicional: . "Para atender al pago de la repatriación de colombianos pobres, dos mil pesos ($ 2,000)." Fue aprobado. En seguida el señor Ministro de Relaciones Exteriores propuso el sicruiente para artículo nuevo del proyecto : ~ • H Abr.ese igualmente al Poder Ejecutivo, CQn Imputaclón el Departamento de Relaciones Ex­teriores, capítulo 31, artículo 202, el siguiente crédito adicional: "Para :atender á los gastos de representación de las Legaciones y Consulados de la República con motivo del Centenario de la Independencia N acional, y según' 'la distribución que haga 'el Poder Ejecutivo, seis mil pesos ($ 6,000)." Después de haberse aprobado, y en discusión para adoptarse, el Diputado Pinzón solicitó del señor Ministro algunas explicaciones relaciona­das con el citado artículo, las cuales suministró inmediatamente el señor Ministro. En seguida fue adoptado. Cerrada la ,discusión sobre la parte dispositiva, se aprobó el título, y pasó el proyecto á tercer debate. IV La Presidencia hizo presente á los señores Di­putados la necesidad de concurrir más temprano á las sesiones de la tarde; recordó lo resuelto so­bre sesiones matinales los días martes, jueves-y sábados, y levantó la de este día á las cinco y cin ­ca nlinutos de la tarde. v En el curso de ella fueron devueltos los si ­guientes asuntos : Por el Diputado Zúfíiga, el proyecto de ley (,Ipor la cual se suprime un inlpuesto" ; Por el Diputado Restrepo Sáenz, el proyecto de ley "por la cual se autoriza al Gobierno pura comprar la casa en que nació Antonio Ricaurte " ; Por el Diputado Constaín, un memorial d<>Cll ­mentado del señor Juan N. Rodríguez, parél: que, se le pague una suma que le adeuda el Gobierno por unos estudios; y . Por el Diputado Mesa, un proyecto ·de ley (1 sobre publicaciones oficiales de los Tribtlnale~, de Distrito Judicial." y el señor Ministro de Hacienda presentó dos proyectos de ley "por la cual se apn,eba un con­venio y se da nua autorización al Gobierno" y "sobre créditos adicionales al Presupnesto ' de Gastos de 1910." El Presidente, LACJDES SEOOYIA: El Secretario, Marcelt"no U ribe A rMt.t'() Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 179 .::-- --== - - - ----=--=-.. - - - ---.-=----- .--'-===- ACTA DE LA SESION DEL MARTES 28 DE JUNIO DE 1910 (Presidencia del Diputado Segovia). 1 A las nueve y treinta y cinco minutos de la maliana y con el número requerido, el señor Pre­sidente declaró abierta la sesión. Previamente ex:­ ·cusado no concurrió el Diputado Del Corral. 11 Leída, aprobada sin observación alguna y fir­mada el acta de la sesión anterior, se dio cuenta á la corporación del orden del día y de los nego­cios substanciados por la Presidencia. III En primer debate se aprobaron los siguientes proyectos de ley: 1.0 "Sobre créditos adicionales al Presupuesto de Gaatos de 1810." Pas6 en comisión á los Di­putados Olaya Herrera y Villegas, con cuarenta y ocho horas de término. El Diputado Lombana Barreneche fijó la si· guiente moción, que se aprobó: te Cítese para la discusi6n del segundo debate de este proyecto al señor Ministro de Hacienda" ; 2.0 ,e Por la cual se aprueba un convenio y se da una autorización al Gobierno." Pasó en comi· sión á los Diputados ]\tIesa, Lombana Barreneche y Llorente, con plazo de cinco días. 10. "Por la cual se confiere una autorización al Poder Ejecutivo." (Enseñanza de obstetricia y dentistería). Con plazo de tres días, al Diputado Escobar; 11. "Por la cual se concede una autorización y se deroga una ley." A la de Fomento, con tres días; 12. ¡, Por la cual se abre un crédito extraordi­nario al Presupuesto de Gastos de la vigencia eco­nómica de 1910." Con término de dos días, al Di· putado Samper ; 13. "Por la cual se abre un crédito extraordi ... nario al Pl'esu puesto de Gastos de la actual vi­gencia económica," Al Diputado García HerrerOf~, con tres dias ; 14. "Por la cual se abre un crédito extraordi· nario al Presupuesto de Gastos de 1910, imputa­ble al Departamento de Fomento." Con plazo de dos días, al Diputado Arbeláez. IV Leído el informe de la Comisión á cuyo estudio pasó ]a petición de recompensa que hace la seno­rita Rosa León Gómez, se aprobó el proyecto de resolución con que termina, el cual dice: "Pase el expediente á que se refiere este me­morial al señor Ministro respectivo, y dígasc por la Presidencia que la Asamblea vería con gusto que el Ministro presentara un proyecto de ley en el sentido de conceder una pensión vitalicia sufi­ciente á la señorita doña l"osa León Gómez, yuc honre en uno de S118 hijos la preclara memoria de los Padres de la Patna José Acevedo Gúmez y Diego Fernando GÓmez.' \. Igualmente se aprobó en eguida e ta propo­sición del mismo Diputado Lombana Bar 'eneche: .e Antes de darle segundo debate á este proyec­to, publíquese en hoja volante y cítese al señor ~Iinistro de Hacienda para su discusión " ; 3.0 "Sobre créditos adicionales al Presupuesto Diose en seguida lectul'(l al inrorme de la Uo· de Gastos del Ministerio de Instrucci6n Pública misión que estudió el memorial dirigido á la para la vigencia en curso." Al Diputado Rosas, Asamblea por varios ciudadanos, sobre contratos con veinticuatro horas de término; celebrados por el señor Ministro de Instrucción 4.° "Por la cual se crea una Comisión Judicial Pública con el Superior de los Reverendos Padres en el Territorio del Caquetá." Con término de cin- de la Compañía de Jesús, y en discnsi6n el pro­co día.s, á los Diputados Martínez y Llorente ; I y~cto de re~01uci6n ~nal,. c0!lcebido así: "No pu· 5.0 "Sobre colonización." A los Diputados Res- ! dlendo consld~rar~e lnrr!n~ldo hasta el p.r~sente trepo Sáenz y Valderrama, con seis días; ' p~r parte ~e~ senor Mlllls~ro de InstrucClon pú· . 6.° "Sobre rerormas juCiiciales." Con plazo de ~hca. ~l ordl~al 16 del artlCulo 120 de la Cons· .dIez días, á los Diputados Ferrero y Rosas; tltuclOn N aCIona], por no haber dado cuenta ~l 7.0 "Por la cual se determinan las vías públicas Congreso ~el contrato que, en 19 de Enero últI· .á cargo de la Nación." Pasó en comisión á los Di. mo celebro con el Sapenor de los Reverendos putados Benjamín Guerrero, Ramón Arango, Eloy Pad~'cs de la Co~pañía ~e Jesús 'sobr~ adminis­Pareja Luis E. Bonilla y Julio M. ~8eobar con traClón del ColegIo de San Bartolomé, archívese plazo de cuatro días; _ 'este asunto," los Diputados Rodríguez y Holguín 8.° "Por la cual se rerorma la 21 de 14 de Mayo Y Caro ~saron de la palabr~ para hacer algunas de 1907, sobre erportación y comercio de platino." obs.ervaclOnes respecto del CItad? proyecto de reso­A los Diputados Ospina y Zúñiga con setenta y lUCIón, las cuales contestó el DIputado Pareja, en dos horas; , nom bre de la Comisión, después de lo cual fue 9.° "Por la cu&l se dispone se haga una nueva aprobado. edición del Código\ Judicial." En comisión á la de Negocios Oivilefj "Y Judiciales, con ocho días de té mino; VI A las once y quince minutos el señor Presidente suspendió la sesión Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 180 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL i VII Acto seguido el Diputado HoIgoin y Caro sub ':~. Reanudada á las dos y die~ minutos de la tarde, modificó en la forma que sigue, que se negó: 1 con el número reglamentario, leyóse el orden del "El Senado se compondrá de tantos miembros día para esta parte de la sesión, y continuó el se· cuantos correspondan á la población de cada De· gundo debate del proyecto de "Acto legislativo partamento, á l'azón de uno por cada 120,000 ha· reformatorio de la Constitución Nacional." bitantes. En ningún caso los Departamentos que En discusión 1:1 submodificación hecha por el pasen de 500,000 almas tendrán más de cuatro Diputado Bonilla, para el artículo 12 propuesto Senadores; el que no alcance á 120,000 habitantes por la Comisión, que había quedado pendiente, re. elegirá en todo caso un Senador. Por cada SeDa sultó negada. dor se elegirán dos suplentes." ~l Diputado Lombana Barl'eneche fijó la si. La submodificación siguiente, subscrita por el gUlente submodificación para el citado al'tículo 12 Diputado Salazar M., fue aprobada y adoptada: III cual se aprobó: ' "El Senado se compondrá de tantos miembros cuantos Senadores correspondan á los Departa­" El Senado se compondrá de tantos miembros mentos, á razón de tres por cada Departamento. cuantos Senadores correspondan á los Depárta. Por cada Senador se elegirán dos suplentes, que mentos, á razón de tres por cada Departamento. reemplazarán á los principales en sus faltas abso . "JPor cadalSenador se elegirán dos - suplentes." lutas ó accidentales." En discusión para adoptarse, el Diputado Ro· Hizo constar su voto negativo el Diputado Hol-dríguez la su bmodificó como sigue, resul tando guín y Caro. aprobada:: En consideración el artículo 13 de la Uomisi6n, "IEl Senado se compondrá de tantos Senadores modificativo del 9.° del proyecto origina), que cuantos correspondan á los Departamentos, así: dice: "Los Senadores durarán cuatro años en el los Departamentos que no excedan de 150,000 ha. ejercicio de sus funciones, y son reelegibles inde· bitantes .elegi~án dos Senadores; los que excedan finidam~n.te,': el .DiI?utado Rodríguez propuso lR de esta CIfra SIn pasar de 300000 haLitantes tres' submodIficRClón SIgUIente, que se negó, despuéR y!los que excedan de ésta, oi~co. " .de tomar parte en su diSvusi6n su autor y 1Of-~ "Por caua Senador se elegirán dos Huplentes." Diputados Holguín y Caro y Gal'cía Herreros. ~l adoptarse, y desp.ués de dar algunas expli. . H Los Senad~res durarán dos ano~ en e,1 ejerc~ caCIones el autor, el Diputado Pareja fijó lfl. sub. CIO de sus funCIones, y Berán reelegIbles lndefim-t odificación siguiente: · damente." H El L"enado se compondrá de tanto miembros En segu~d!, se apI'ob6 y adoptó 01 propuesto eu.antos correspondan á la población de la Repú- por la C?mISIón. , . . . bhca, á razón de tres por cada Circunscripción ~l artIC?-lo ~4, nuevo, de la UOffilSlÓU, dIce: Electoral compuesta de 300,000 habitantes. ~s atrlbuCl6n del Senado, ade~ás ~e las q~6 ' Por cada Senador se elegil'an dos suplentes." le senala el.artículo 98 de la ConstItucI6n, elegIr Tomaron parte en su discusión el pl.oponente c~~tro Magistrados de la Corte Suprema de J us los Diputados Holguín y Caro y Lomhana Barr!. tICI& y sus supl~ntes.". l neche, después de lo cual sc negó. ~ar~ este artI.culo. el Dl.P!ltado 1 érez propuso L~ siguiente submodificación fue propuesta por la SIgUIente modificacI6n adItIva: el DIputado Ospina: " ...• de ternas presentadas rlOr el Poder EJ' e " El Senado se compondl·á de tanto~ miembros cu f IVO. " nua.ntos correspondan á la población de cada De· I Después de algunas explicaciones hechas por el - . parLamento, á razón dc uno por cada 120000 ha- autor de la adición transcrita, cl Diputado Arbe" bitantes. En ningún caso el número de ~ 'ü~adOl'eB láez la impugnó y el Diputado Rosas concept ó por un epartamento excederá de seis. que no e'3taba el asunto do que se trataba en las " Cuando á un Departamento le corresponda atribuciones que confería á la Asamblea el Decre· nom~rar tl'CS ~ ~~s Senadores, se aplicará á su to ue convocación. De la :nisma opinión del Di· eleCCIón el prInCIpIO de la representación de las putado ROBas fueron 10EI DIputados Carreño, MesR. minoría . Y Rodríguez, y en contr a de ella emitieron opinión "Por cada Senador se elegirán dos suplenteB." los Diputados Collazos y Salaz.ar M, Terciaron en el debate de esta modificación su !or ser .avanzada la. t hora (c~nco de la tarde) el : autor y los Diputados Rodrígue~ y Holguín y Caro, senor PreSIdente levanLó la seSIón. para ~efenderla, y Que~edo Alvarez y Salazar M., El Presidente, para Impugnarla. Vel'Ificada la votación resultó¡ empatada por diez y siete votos por lo co~l proce- Jióse á nueva votación, que dio el resultado de . diez y ?cho votos negativos contra diez y siete El Secret.al'lo. afirmatIVOS, quedando en consecuencia negada. 1 , LACIDES SRGOV LA _ .. ~ Marcelino Uribe A rango i I l' I ." i j \ ¡ i '1 \ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 181 ACTA DE LA SESION DEL JUEVES 30 DE JUNIO DE 1010 (Presid~uoia del Diputado Segovia). 1. d05 Carreño y Bonilla, quiones verificaron el cs erutinio. Aprobado el título, pasó á tercer debate) y en comisión de revisión al Diputado Samper. IV " A llls nueve y treinta minutos de la mañana el ~n tercer debate se aprobó el proyecto de ley señor Presidente declar6 abierta la sesión, con el "por la cual se abre un crédito adicional al Pro· qU(}1'um l'eglamentario. supuesto do Gastos de la vigencia en curso." 11 Diosc lecLura al acta de la sesión antel'ior, la cual se firmó después de haberse aprobado sin ob· servación alguna. En seguida se impuso á ]a cor­poración en el orden del día y en 108 negocios V 8U bstanciados por la Presidencia. Abierto el primer debatc del proyecto de ley " por ]a cual se corrige el texto de otra," el Dipu­tado Arango Carmelo usó de h.l palabra para ano ticipar algunas aclaraciones referentes sI asunto de que se trataba, y después de contestar algunas ~ observaciones que al mismo respecto le hicieran los Diputados Arbeláez y Rodríguez, pasó el pro· yecto á segundo debate, y en comisión á los Di· putados Salazar M., Carreño, Pinzón y Restrepo Sáenz, con &Jeis días de término. 111 E Diputado Mesa subscribió la siguiente mo· ción, la cual fue aprobada á continuación de ha­ber usado de la palabra el proponente para expli­car so objeto: " Antes de entrar en el orden del día dése se­gundo debate al proyecto de ley C que autoriza al Gobierno para comprar la casa en que nació An· tonio Ricaurte, en la Villa de Leiva.'" Leído el informe de la Comisión á cuyo estudio pas6 el citado proyecto, y aprobada la resolución final, que dice: "Dése segundo :debate al proyecto de ley' por la cual se autoriza al Gobierno para comprar la casa en que nació Antonio Ricaurte, on la Villa de Leiva,' » se abri6 el segundo deba· te del citado proyecto. El artículo LOse aprobó. ' Para el artículo 2,0 el Diputado Holguín y Caro fijó la siguiente modificaci6D) la cual fue aprobada, en votación secreta, por treinta y tres balotas blancas contra cuatro negras, resultado de que dieron cuenta los Diputados Mesa y Lombana Ba· rreneche, nombrados escrutadores: "Destínase ]a partida de quinientos pesos oro para la compra y refecci6n del inmueblo de que trata el artículo anterior, y para la adquisición del mueblaje indispensable para la apertura de la Es· cuela el día del Centenario de la Independencia, partida que se considerará incluida. en el Presu­puesto de Gastos." En seguida se adopt6. En discusión el artículo 3.° del vroyecto, el mis­mo Diputado Holguín y Caro lo modificó en lo's siguientes términos: "Destínase la partida de novecientos sesenta pesos oro anuales para 'los sueldos del Director y Subdirector de la. Escuela Ricaurte, la. cual se in­cluirá en los Presupuestos NacioI1alp,s de cada vigencia." Se adoptó, después de haber sido aprobada en votación secreta por treinta y dos balotas blancas contra cinco negras, según informaron loe Diputa. VI Igual suerte corri6 el proyecto de ley" pur }" cual se abre un crédito suplemental al PresupneR' . to de Gastos para la vigencia de 1910." Pasó en comisión, para (lue informaran sobre él para se­gundo debate, á los Diputados Peril1a y Gómez Román. VII Leídm~ los informes de las Comisiones respecti . vas, 8e aprobaron los proyectos de resolución pro­puestos para los asuntos que en seguida Be ex­presan: Para la solicitud elevada por las señoritas l\tlaIÍR) Luisa, Laura y Anatilde Vargas Vélez: . "Pase el memorial á que so refiere el presente informe al Ministro respectivo, para que dlRponga lo que crea conveniente" ; Para la petición hecha por el Administl'l\1 artículo 10::l de la Ley 105 de 1 90; Por el Diputado Carreño, la solicitud hecha p r el Al'chiv~ro del Congreso para que se le cu· b a un sobresueldo, y un memorial del seHor Ma· merto Oortés, en el cual pide se deroguen algunas leyes y artículos de la Constitución para el mejor fl cionamiento de )a Comisi6n Investigadora de 1ffi Asuntos de Panamá; y Por el Diputado Constaín, la petición del Oon, 8€jO Municipal de San Jerónimo, sobre auxilio des inado á la compra de un local para escuelas. El Diputado Collazos presentó una proposición d 1 Consejo Municipal del Distrito de la Victoria, aprobada en la sesión del 5 de Junio en curso. XII El Diputado Pareja solicitó, 'para el desempeño tl~ na comisión, un ejemplar d 1 JJiar1·o Oficial nímero 10529, correspondiente al 4 ele Mayo de 190'1, Y el Diputado Arbeláez, igualmente para el desempeño de otra comisión, se pidiera al Ministe· rio de Obras Públicas el contrato celebrado por el Gobierno el 28 de Enero del presen te año con el señor Leonidas E. Torres. XIII No concurrieron á la sesión de este (Ha los Di. putados Del Corral, Martine? y VargaR Santos. }1~1 Presidente, . LACIDES SEGOVIA El Secretario, . Ma1'oelino lflrioe A1'ongo PROYECTO D}1~ LEY sobre O1'éditOR adicionales al Presupuesto (le Uaatos de 1910. La A.samblea NMional de Oolombia DEORETA: Artículo. Ah eSe al Poder Ejecutivo el siguien_ te crédito adicional al Presupuesto de Gastos de .1910, con la imputación que pasa tí expresarse: DEPARTA E TO D.R HACtE DA Oapítulo 44. Gastos variOfl. Artículo 253. Minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez: Parágrafo 1.0 Para pagar los gastos ocasion _ os hasta la fecha, y los que se ocasionen hasta el 31 de Dici~mbre del presente año, en la e. plo-taci6n de dichas minas. - ____ .... ___ _ $ 28,250 Artículo. Esta Ley regirá desde su sanción. Dada, etc. Presentado á la honorable Asamblea Nacional por el subscrito Ministro de Hacienda, en la se­sión del día 27 de Junio de 1910. TOMAS O. EASTMAl1 Asamblea Nacional-Secretaría-Bogotá, JU'I¡io 138 de 1910. En esta fecha fue aprobado en primer debAte el anterior proyecto, y pas6 para segundo á los Diputados Olaya Herrera y Vi llega s, con cuarenta y ocho horas de término. Cópiese, regístrese y pn bl te¡ nesp. El Secretario, M. Uribe A. PROYECTO DE LEY por la cual se crea una Uomisaria Júdicial espeoial en el Territorio del Oaquetá. La Asamblea Nacional de Oolombia DEORETA: Artí u10 1,.0 Créase en .1 Terl'itol'io naci na del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 23

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