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Imagen de apoyo de  Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 17

Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 17

Por: | Fecha: 01/12/1877

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA.- ESTADO SOBERANO DE ANTIOQUIA. ANALES DE LA CONVENCION. onG.no DE LA. COXíEXCIOX COXSTITJ.:nXTE nliL liSTAllOo • l\IcdeJliu~ 1 .• de dicir .,,¡ o de Antioquie .••..•••.•••.••••• 136 _ ............. _... ...................... _-_. . _•.- -- SESION NOCTURNA DEL 16 DE NOVIEMBRE. ¡>IU:'!~IDXNCIA DEL ClliDAD.\NO URIDF. A. En "Mc¡h.llin, n 11\8 siete de In noche del dieziseis de no\'iuubr .. d1' mil Ol'hnc ienlos sptt'ntll i siete, se abrió 111 H('fjion de lit Adl\mhleu Lejisllltivl\ con Ilf!istt>:nciu. de 811~ micmbro!; Aglldel0, Aldann, DUl'rern, Ballesteros, Bmvo, U el~n do, Eulwverri, Estl'lIdn., G6nlt'z, Irngorri, J llrnlllil10, Lineo, Lflllclu,io J Imn B, Lonc!oño Pt'dro V, Mt'ndoza, r.1f'jfn, Pos'Hli\, Rcstrepo Bt'nigno, Restrepo Inll!tlecio, Rniz Juan S, Ruiz: Quiutero, Tenorio, Toro, Udbe A. i V61ez. l"I\IIAl'on sin pscusa losciudadltnos Llano, Rt'strepo Pedro, Rt>stre!)o José Domingo i Uribe H erÁ.cl io. Se 1""6 i fué nproblldB- el act" de lu se~ion del diB, i se ne~6·JR. nHlt·j.m dt'l dmlKdnno Ruiz Juan S, sobre alterucioo c..!f·1 6nlt'n de )¡\ !wsiüu. C.mlinu6 la rlisclll\ion de la pa.rte 5." relativa al De­pnrtülUf" llto do Occidente, del fU'lfculo 7.0 df"1 prc.oyecto de lei sobre division terrilm'ial del Eslarlo, ron la mo­dificachlO dtll c¡',dadano Buiz Juuo S, que fué nproha­da. i IJ.doptada. La pArte 6.·, o sea DepartAmento del NordeslE', fué m...,dificnd" por el ciudtl.dano J>l.f!lmillo, suprirnit-nrlo Sanmeo'Un i Yo/ombó. S~ Iwgó esta nJn Jnrnmillo u~o I~LH.WO pnrn co­loenrlo despul's d6117. Fnó aprnbado 1 {h ce as!: "Suprhnese el distrito de Hi¡.ruproll i n.grégnse co­' 1'00 fraccioo al de Carol iua. Iguulmpute se agrega 11\ fraccioD de Crúces de CAoares al distrito deZamgoza." 'fambien se aprob6 el que propueo el ciuuadano Bmvo formulado en estos términos: "Erijese a Canoas en fmecioo de San-CfLrloS." Artículo 18 del proyec to, negado. Articulos 19 i 20, negados virtualmente por In. no­gacion dt,1 nnterior. Artlculos 21 i 22. Negados. Articulo 23. Votado por parle!!, siemlo In. primert\ hastn In palabra _¿huero, i h, se~undB. el resto. Apro­bada li, primera i lIf'gad" la seguoda. A I/ls nueve i tl'f'inta minutos se terminó la sesioo. El Preilidcnte, l\lANUEL URIBE A.-EI SecretlLJio, Isidoro Silva L. SESION Dl,L UTA 17 DE NOVIE~IBRE l)R~;SIOENCIA D\,;L ClUl:'ADANO UBIBE A. En Ml'dc llin, n In8 once del Jia difl z i siete ~o no­viembre tle mil ochocier:tos setenta i siete, reunidos en (>1 snJon da las SE'siollf's los señores mi .. mbrc,sd l' lu A.,l\lIl­blea h>jis lativ., Agndelo, Burrera, Bl\l1e8terns, B lfl\'O, Dcl~ad(), Echcverri, Estrada, GÓIlWZ, l ragorri, Jara. tnillo • Lince • L onllofio Juno Bo Londollo PB .. c!ro. V, Llallo, l\1(>jln, nI~,ndoza, Posada, Res.trcpo : n'gno, Rc~tr('po Lndalecio, H.estr .. po J osé DomLngo, Jh:1 ZJ tlRU S Rlliz: Qllintero, 'l'enodo, T oro, U .. ibo A, o.n1l0 JIc­r ¿clio i V61t'z, so dió princ~pi o n la de esto d"1 con In lectlll'a del ucll~ de lu nntl'lrlM, qne fué aprobada. Fal­t6 sin eSClISfl. el ciudadallo R~strepo Pedro. Considerf\d¡~ la mocioo que fijó el ciudadann Brnvo despuf'IJ d., Iln'seoht.r un proyecto de ~'It'i r>obrt:! formn.­cit> n rle C6digos i nl'l'eglo de las fl.nterIores leyes del Es­tado", filé nl'rob ,\C11\ i \Iice asi: "Altérese el órden del dia i dése primer debate al llroyecto de Ipi presentado por el infTl\scrito." Ahit'rto el primer debate d~ este prnyecto, fué nrro­bado i 1'11,,6 en cornision BI ciu(lllrlano Lor:doñn J liaD B. Continuó E'I segundo debate al proy~cto dp "I .. i s.o­bre division t":l'riturilll d .. l E:,tlLd,}", poméorlose e-n ,118- CU8i()1! el in c i~o 1.. dt·1 ¡ut!cn1/\ 24, pi eL1R.I qu"rl6 R.l'ro­blldc¡ cnn la !iupresioll t1~ B(lrbo/iC6 i SUllto-Do".inyo (ll'tlplh'sta !l0r el CiUJUtlllllO l3t!iVO. El in cillo 2." fué ¡d lemt!ü con In n~rt'gn(' i (ln di' T ¡'c­I" l'arlnlt,·o Lhwd i ZeG i la supre,ion dI' Y ')/I,mbó; 1"'1'0 hahi¿lIdos\' IIi'rc..l.I'II~lo 11\1':':-" 1» pl'"p,~si"hlll d,' re­ctlllsi,¡" n,! in ~'¡""JS 1.,7.0 !l.o i 11 ' 'u t'sllL ¡-,'IIIIIl: El 4 o P,H' .. 1 eitllllulllllupnwh:mlu (.un­cepcion. Ambas fueron allrobadas. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 130 ANALES D]~ LA OONVENOION. FI 9.° por l'1 Giudn.dano J ·arawillo, ngrl'gando Llno­? ·í i Z ea. Aprobadll. E l 11 por el ciudadano Bravo, suprimiendo Elico­nia. A l'robnda. El 12 por el ciudadano Jaramillo, agregando Cace- 1·tS. A l'mbada. Propuso el ciudadano Bravo i se arrohó. "H.econ­sidér( ·nse los incisos 1.0, 6.° i 7.0·' 1 puesto d~ nu('vo en di sclI"ion, fn emo modificados en esta forma: El 1.­< lgregalldo E/(conia. 1~1 6." ngregllnuo Cármen, GlIllLapé, San (Járlos con Canoas i SlLlJ Haf,lel; i El 7." agregando La Ceja. rl'odus estas modificacio­lles flleron aprubadns. SIJ nprobó el inciso nuevo que propuso el ciudada­no Bru\'o para colocarlo en el número 8.-, formulado así: "El de Santo-Domingo, compuesto del dist.rito de este nombre, que será su capital, i Jos de COl1cepcioll i BarboBa." Se negó la proposicioo qne hizo el cilldndauo Bravo concebida en estos términos: "SlIspéndflse In disGusion de estl"J proyect.o i dése se­gunrlo dtbHte l\1 proyecto de "Iei sobre reclam0S de re­Illatndores de la renta. de licorf'3" i al de créditos adi­cional es al presl1puesto en curso." En seguida se aprobaron Lodos los articulos restan­tes del proyecto i los nuevos que adelante se insertan propuestos pOI· los ciudadanos que He espresarán, para colocarlos en el lu¡:!;ar que les corresponda: El ciudgduno Jarumillo. Artículo. "La fracciOll de rl'ámara demarcada por los siguientes linderos: del de­semboque en el rio Nechí de la qllebrada La Candela­ria; esla aniLa hasta la cordillera; est.a arriba descabe­zando los nacimi<,ntos de la quebrada Támara, ha:;ta. los nacimientos de la quebmrla San niatías; esta abf\jo hasta su desagüe eu el NeGbi; este abajo basta Sil pl:i.­mer lindero, se segrega del distriLo de Zaragoz:~ i se agrega al de Zen." El ciudadnno Aldana. Ar~iclllo (para colocarlo des­pues del 28). HEo aquellos circúitos (>11 donde huLiero dos nolarias, se repartirá el trauajo por turno diaria­mente." El ciudadano Jaramillo. '¡Artículo. L It fmccion (le l\iarjeoto por sns límites actuales formará parte del distrito de Nechí, i la cabec('rll del distrito de Suero se­rá en lo sucesivo el cnserfo de Sacaoja1." El ciudadano Lince, como parágrufo del articulo 5.­" El Poder J!":jecutivo podrá trasladar temporalmente la capital del Estado al lugar que lo estime convelJiente, }lrévio dict:looen del Consejo." Apmbada b mocioo que fij6 el ciudlldnno Rlliz Jnan S parn qlle se reconsiderara el ::trLlculo 27) se pu­so de t1lU>V') eu (\is0usion i fué nl'gadn. Aprobados t:1 [!It'{¡mbulo i el tí11110 del proyecto, se pnsó üst.e en comision de revision a:los ciudadanos Bra­vo i Lnndoño Juan B. El eilldadunQ Jammillo propuso i se aprobó: "L\ILén'se el óra. Lejisll\ti\'a, se halla­ron )))"t>sentes los cimludanQS Agudl'llo, AlelaDa, B,uTe­ni, B"lIesteros Bravo, Delgado, Echeveni, Est.rada., Gómez, Irn.~orri, Jm·amillo, LondoLio Juan B, Londo­ño P edro V, Llallo, Ml'jía, l\1enrl'lza, Posada, R pst.repo Benigno, Restrepo Indalecio, H.l1iz J lIao R, Ruiz Quin­Lero, 'J'enorio, '1'oro, UlibeIl, Un be A. i Véll·nidamentc por dos veces d cimlarlllun Urilh'" .A, autor del proyecto, i por l una los ciudada1l0S Agudtllo i LlIIOO, el ciuJuuano Al­d' 1.na propuso i t>tl "prvuú; "DlIspéndaS!"' la discusiou de este proyecto halita la sesioll de ~stf\. nucho:' Pc>r lo clH!.1 se sw,pendió el debate i se trnjo a 61 el proyecto de dl!crcto sobre reclamos de varios rcmnlallo­res de ln renta de licores, ]loniélldo:\e en discllsiou el arlículo priwero, pr6via lectura dL'l iufonn!;l de la co­misiono Fllé Ilprobado este proyect.o con la.;; sigpientes 1ll0~ di1lcltciones adibiyas, introducidas sucesivamente por Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .fU" ALE" DE LA ('ONVENCIOX J 31 los cinrtauanO11 prime!' t{'rmilLo: De F nllH'isco Toro i tl l' ID I\'1 remntnd urcs de C,Uda;¡ bímen. P .'ro h l\ bi 6n, l o~ele dlHlo ya tl'l"eM rll!Lnte n ('<;te prnyt'e to, d"S pUt·s de dt'clnmdos inf u ndMla,> 111'-; IIbj~ ­cio tll'¡'¡ ([L1U el [-'mlur Ejloc uli vo hizo a lo,,; r!j·lIlllS nrlk: l1 ~ S 1,300 tllpmndo la IH IIlU\ t' ltnl J\ S l:iOOO. I 1 (' 1) ú lt imo ll'rmin o : De J oaqnin C runpllznno do L it Ct'jl\ S 400 ch' I/!lIIdo la. SUIlIa total a . 6 ,100. los ,(]p él, ¡.¡(- tor nÍl L'n e"lls irlcmciHI1 la rnocioo t¡III' fijó \:11 cllld nda no l~ uíz Quin tero, dl'~p u l!s d ro Y, asi : " Dlgas,o en )"('.'IllIlf'sta fJlIe ha biendo Flido declarndlls infunJ,\dus la~ obj('ciOlwS h cc h l\ ~ por e l P I)dllr E jccltti­Vr.) al proyl'CtO do lei sobrt} inspeccio n d e cu ltos i Ill'r o ~ bado éste (-11 tN·Cll\' d dlllte, erco l,.! A 8ambll'[L que nada. q ueda por hacer /.'n el (umnto." " P ro)'t·<:to di' toi por la cunl se resuel ven varios re­c l n m o~." tlll t.luundo cerrado el segundo d ~ b .tte de este 11I'o)"l'cto. He tom!l.l'on en con"idel'a cion los nrtículos n uevos l)roput)sto~ !,UI" In cOlllis ioll de I'cv isLm 1\ la cl\.11 pasó el proyecto de lei "libre refo rma!! judi C' ial('s ¡fueron npro­bndos j pNU habit'nclo pt'opm·sl.l 1.'\ ciudad ,"1O i\[l·jia. i la A ¡; r¡mlJh:l1\ aprohado <,sto: " lt\'consitlé n'se 01 Iuli " u - 1037 que S I' ha aproba tlo", Stl puso de nIlO\'O en d i s ~ c usioll este I¡ rtieul,) i fn6 IwgrH!o. L os cilHbd anos f.o lu lo i'i ) J nan D, i B rnvo pre!lC'n~ tnron n'S Ill'cti\'aml' nte <'stos proyectos para que se les d6 (>1 c urso H'glanwlItl\ li o. D I' lei soLre eOllcur.'SnSj i ])oJ It' i rl'l~,r lH a t Ol il\ dd Código de el<,cciolles. A l mi!'lmo tie ml'o propuso pi cilld ru t.mo Bravo i f ilé aprobll(~c i o ll e!!. " COllsillt'l"I\do pn \H·i lller d ubllll! este Pl"o.\'C'c lo , filó oprolmdo i pasó eH eumis ion al ci udadano Urioo ll cra~ clio. Bn el curso de la sesion, e l .'Ieoot· f)ecl"f'tnrio do Fo~ mefl to d l' \'o lvió aon la sllncion d el P 'l(] t- I" B jt'cu tiv,), i e ll nombre de cs tH, lit lei nú rl1 l' ro XLV por In cu:d se COI) ­ceu en v¡uios il1dlllto~ , fl.lIlni s tlllS i rl.1bllj as d (· 1)('1111. A las t r('s i vI'i nte minutos el c iudltdaoo Prt'Hid {'n~ 1(' hJVIl1\ tó JI\ sesiolJ , cO III'ocándol 1l para Ins s ieto d I.' cs· tu nodu', 111 El PrC'f! il!pnt e, l\lA NUEI, U ItIBEA.-EI Sec rotndo, I sidoro S ilva L , SESI.O}lNOCTURNA DEo!...]9 OE~o\r [J~~lDl{.E. I>R"S I DE~C IA D EI. t: IUD.\ DANO U RlnE A, En l\IeJ l' l1in, a d ipz i nllCI'e de 1Lovi" tIl h l"e de mil ochocit' lltos Iwtt'nt:\ i .. iet!', s it' lulo las sidl' (le la IInchc, su a brió 11\ 1!\'l< i ,ltl dll In Asa'nblea lt·ji ... lllt i \' ll con H!-. i ~~ t cm·i .. do 1011 ciudadano!; A¡.:-wl,· [o, Aldll llll, B U'I"\"·i1, Ballt's t ... ros, ll mvo, D t"I~:., l o, Edwwrri, g ..;tnllla, nó­nJ" Z, lmgorri , Lince, LUll d., iio ,J U·II\ 13, 1..111110, M,'jia, 1.1endozlt, P osarln, Rl':;t rppo B,' niguo, B,p"t rl'pq l lHb~ lc>cw, H.uiz ,J tl/ln S, B.l1iz Q ui n lero, '1\' II <)l"io, ' I'oro, UrilJe A. i Ve le?1 fa llando s ill ('se ll ,.; ¡ IOfl d udad.Hlos Barn't'U, JlIl'llmil lo, L ond o i"¡o P ~,¡\ro V , R,'s trul'o P t'· dro, Rt'strcpo J os6 D u nl i n ~lI i Uri lll' n '°l'llclio. Se dió lecturn nI aellt de 11\ an terior i fuó I~proh ¡ da. Con moti vo de haber>;e omitillo l10r er¡ n ilo'ocnc ion el io cluir nn articul o en la copia d e l proy('cto di' "I~,i sobre in specc ion t'u mntl'ria li t' c u l tos i (I~ t mi'ia rnie n to do vari,ls illdi\'iduos", qUl' Sl' rt'milió Id P,.del' Ejl'C llti. vo pnm Sil l'xáuH 'n. i cl t, ha h(>nwl,o e n l iath pos ltorinr. ln('nto In. COpill de di"h,) lu·t! c¡¡I,) pOI" M' pa lado, ('1 SIOll fl r H"urda !'io d t.l GoLiL'rno, pln· ltIedí,) eh, SI\ 11'11., \Iv ~'~ I a f t.:c hn. mnrcudo cnu ul n ÚIIH' ro 40, lllalli¡h·"ta ( ( Lit' e l CO U!it~O di!:l pllsO quo so pida ,In. copia d el p royec t oco~n ­ple to, para. que el Poder Ejecutivo pueda dar su d tC~ . ] ~ I ciudadano 'l\morio estableció esta. o tra proJlos i­CIOI1. "Rus péndasc lo quu so disc ute i considéreSE! lo &i ­g uiellt l' : " 1 [abic nd o!le omilido un art ículo en el p royecto de lei snuro insl'ccci oll d I! cllltos i c!'; lmfmlllir' nlo d I' Ta.- I rios ind ivilltltls , i I'lIslidose nl\! a l Putll' t' E j,'c uti \'!), se co nsidora cOlno in constitucional e l curso d.- aqucl i por lo mi.'illlo se res uelve vol ve rlo a segundo d tr b,Le." J" , di sc nsiOIl SI' contmjo a la par te quü luce refe­rC ll cilt a lit suspcnsion, 11 Al mismo l iam po pmpuso el cin ro, i se ¡'-probó la quo I'reSl\lltó el cilld l ltl , ~n o L>o:Ig:ado en {'stns té l"l lli nos: "SlIspcudase lo q ue .;0 di scute i cons id6rc!';c f's to : " l' ¡\seKO es to proyec tel de ¡\ C'croto l)!lm "u suncio tl a l P "der l ~i t.'C llti\'o , !:I upriltli,>nd" t'ln rlic u lo 4 .. " ::;t' le diú curso rli pr\ c iu~ d 'ld·ln ns .I"\ ~ ud ., I", :\I , I,tn ; ~ . Barrl'rll , B 1 1 1 ,'sh· ro.~ , B " l \'U, D , .l~!u h. E l" h~,\·t'l" r i, F. ..;lr.llln, O O!l h ' /' , l rn go" rri , JU l"a­mil lo, L in r(', L ' nd oll1 ¡¡('ñor t:nrmsquiJlu, i ni proyecto quo n tal ill f"L lll t'!'{~ fLCn llll'llfia ," El cintl tHl tlllO If8 jur.li­cillll'", rI ", los 40 indiv iduos t'nt,ro qnit'ncs dpbe 8f'1' sor­" 'ad" ",1 pt;' rsonlll qlH' t'OmpOlH:l el Jurado ell'clornl d",l Est,¡{lo, i los rI~ J tll'ces, N,.tarios i Fiscales, IJrincipales i suplcnt es, que se hallull penllientt'8." 'l'raido a JiSCl.ion ('sic articulo, rué negfldo, de8- pUl'S de ncgfld;~ h~ lUodificllcion que propllSO tI mismo 11 ciudadano, rl'l'rnplnzanc1n la f'hlse qlle dice: sin necesi­dru ¿ de liúre,,- aulo rJecutivo, con t'sta: }J1'cvia lrl, tra­mitacion riel juicio rJerutivo. Sp cerr6 el segundo lidlate a este proyl'cto i conti­nuó tll del proyecto do I'decrt!tn por el cllal se rcarga­lIi; m la Uni"crsirl:ul del E¡;tado", poniéndose en ¡Jj¡WII­Rio ll la [>l'Oposicion J .. stlspcnsion beclll~ por 1'] ciuda­duno Aldana i (liJe quedó IwUtliente en la últimn 86'­t; ion; proposicion lllle f.ré apr"llluJIl, por lo e\llll hubo (\<> tomflr: NO\'n~ Mllnl> D¡': 1876, ('11 <¡lIe el Ejérr:ito de üccitlentt', al mando del vnlil'ntt' JI'Ilf;'1'I\1 SÁ~'I'OS ACOS1'A; l:j..ClltÓ lwzaiias I <>rlentosas sobl'e los funllidllbles !\tnnclwrn- 11 mil'ntos de Garmr>lta, rindieodo Jt·fes i nficiules dis­tingu idos herúicHmento la vidu, tOlnando i ('onsPl'vllndo t odos los illdividuos I¡ue lo compooían las posiciont's de l t'nemigo lu t>rtt'm cnte dcfelHlidtlS, i salvando, ('o fin, el hOllor naciomd i el brillo de IlI8 urmas constitucio­nales, "C n nf:i~lH\ igualmente con peno. a la par C]lIe cnn or­gn: lo I,ntrio los lU.tlll>rcs del JelH'T!\1 Antonio Dussan, COl'lllwl ,J o!'é I\'Inlfa Echl'\'PlTin, Saljeoto Mayor Jo¡;é Trilli\lad 1'\'1(>1'0, C]t1it'lJf's hicit"ron l'lJ "411l·11n jntll>lda sus numbres ínzdO)rt,.h'~, bien nsl COIIIO su han hc,·hu dignos de J¡~ gratitud HHciooal 108 \'I¡fcmsosjó\'on~s tIlle eo 10R clnllbtros de la Universidad i del Colt'jiudel Ro­sario supieron formar tan bien su espfritu pnm las lu­chas de la idea, como en Galmpntn su cornzon iuque­brantable Imm dl'felHlcr1n contra IOR tiros uo plomo i de lHetmlJ¡~ de los clLemigos de 11\ luz," 3.- Del ciudlld!U10 Rniz Quintero: HAntt'g de entrar en ~I órden do la sesion, considé­rese lo sigui .. ntt>: "L'2 Asamblea L(Jlslativa'dcl E,~ tado 8, de A ntioquia "La Administracion dt! In insh'uccl(lll públicl\ estl\~ rá a. cnrgn d'l un gran Comwjo compuesto del Rt'ctor de la. Uui\'ersidud, del SlIlwritendente jl'nernl, dd Vi­sitndor de in1 nltkutn. Ill ncli lh'ó n'C'IUl'lnzanc1n 14 He IIdol'lú i quedó a.p,~bl\- "Art. 1~1 ~l"IIn CflIlS(>jO puhl iclll'tí. llTlfl rE'\'i~la 1111'11 - slHlI d t.l RIlS lraunjoR, IIsi como Ins di tij{> ncias de visita que hAga 01 Vi bitNdor jent'ml <' 11 lns g·lu.:nelns lJonllalc!I superi nrtlR i el.'ment a les uuic l'lns 0 11 pI E stado," .. "Art. E l ~ I'an COlls(',io PI'('solHnr4 1\ la próxima L€'­JlslntunL un Cód igo de instrucc iull calcad" sobt'e los si¡¡.tcl\1f\s de eneeÜIIIlZu. Ildoptados ilor el {iobierno nll.­cionnl. " .Est~ fué I\p~ohado despn"s de adoptada IfL modifi­CRCIOII JIlll"OdtlCllltl IlOT ('1 cindarlllllo Llano n"'rc,Tjtndo- 1 , I '00 e: ~ po' Otl pafscs maR adclcmlfldo" en csta 1nulcria. 1C¡\ rt. El Poch'r E,'ec llIL\,() del g~tllJo ',lrÓvio el d'I c tárlWll del g'mll Cons. .j o, seiiL ~ J¡\I'(l los tpx' lns de cn- 8ei'ir~nz/l que d"han 1\(\']l'llIrse ell los csla hl ~c imi l' n tos quu furmell 111 Universidad," F:I citul ltd a no Ml'jll\ lo mod ificó cnmbin lldo In frase p" {jvio cl dictfÍmen. dcl por cstn: de acucrdo con el. Asi filé Aprobado. tlA/t, El Visitador eh, inslruccion plibli ca sl'I'á n ombrndo por 11\ Asamblea i It~ nd r(lln.asigllacioll anual de I1tH'( cit: nlos St:scntn pesos, pngaderos pOI' duútlécimus partes." Al aprobnr este arlfculo pidieron que se hi ciN.e Con¡;lfll' s u voto negativo los ciud tuln llos Uribe A Ud-bt' lIiJrácli,), Te nori o.} i G úmez. ' " Art. ~I Vi:.itador fi ~(;1l 1 rec ihiní. como viálicos a raZ(lfl de un IU-sO 1'01' cada UJLrili mt:t.ro que I'econa ." E "' I ~ fue negl\do. ' HArt. El pl' rloclo de durac ion de este empleado se­r~ de un año, contado dt"sdf' el primero de enero s i­gui" nte a su eleccion." FII6 BIJTubado 3s1 C(1O"O talUbicn ('1 que en seguida proJlthlO el t1udt\dlluo Llano, 11\1t' di ctl : . " Art, St'TtÍ. un dlthl-r el .. 1 gran Cnn~ejo Jar confere n­CLas populares hebdolllll léllllino8, i que f ilé nprnlmd!\: "SI.l prfmllse .d~ .In lisia dt' juro.d,)s del Citcúito do ~ cdeJ1 111 !l los s lg nu·oLes: AI't'H·dlJ GfNciliuno, GÓlnl.'Z 1... 1t',t~ar, Gallo PlIstor, Piedruhita Agal'ito. E"','ovar /\p,] lrnur, Rl'fltft>I'O i\laclirio, Rcstr~(lo JaCOuo ZI ~pU-la J UIL1lnin (alias Chilico)." ' La \'otacion ¡mm slIl'lcntps u(' los J lI('C,'!I Fi¡.¡cnlcs i Notalins di6 l'~tc n'!HlllIUlo .;tcndo CSCl"lltlldolCS 108 ciudlldulIos GÓInP? i ,,'j.JUorio~ crncúlTo DE SOP;:TRAN, J ueccs. Francisco Luis Orti:t ___ ____ _ Ft!d .. rit·o 'l\njillo. ____ ~ _____ _ En B lu llco _______ __ ______ _ Fiscales, B I'n jam in 'frespn lacios, ____ ____ _ ll lanco, __ ________ __ _________ _ N otcai08. 9 \'olos. 10 7 9 volos. 7 Daniel Trujill o ________________ 9 votos. lllanco. ________ ___ _______ ____ 7 CIRCÚI'f O DE YARUM.H" J l4cce$. 1.' -o,· Zoilo Cuo.rtf\!l. ____________ _ W('nceslnú Mui'ioz _________ _ Bluuco ___________ ___ ___ __ _ FIscales. AlejundrinrJ Rada _____________ _ Agustin 1\Iaciu s. ______________ _ Blauco ________ , _____ ______ __ _ Notarios. Niclloor H oyos ______ ____ _____ _ J uan Ariull. ___ _____ __ ________ _ BIIl!'1cO ______________ . _______ _ 9 votos. 9 7 9 votos , 1 6 9 votos. 1 A las tres i quince minulos se Ic\·,\ntó la sesion . 6 El Pn'cidl'n1e, MANUEL UlUBE A,-EI Secretario, Isidoro Silva. L. La Asamblf'a declnró legallllt'nte electos pura d cs­empeñllr los destillos eX I,rf'sluloK a los individuos de qui l'IWS se lm hecho meuciorl i que obtuvieron It\ ffil\­SESION DEL DIA 21 DE NOVIEMBRE DE 1877. yo rfll nbsoluta, ( I'n e::SIOENCIA DEL CIUDADANO UR la!:': A,) Se co nsi d e ró i fuó Ilprobada la pro posiciun d el c iu- En MI'd t.lllin, a las oncf' cl l'll d¡ l\ veintiuno cl t' Iloviem- dndnllll l\lt.'jin, q tlG tll cí"I: bre de mil (Jc hocientos st'tentn i s iete, entando plC'se n- HA 1 tÓrl·Sf'. el (¡ .. " pn cll>1 di,\ i d6se 8Pgunrlo d (;'b.lle a l t el! 108 ci'l\lndunos Agud¡·lQ, Aldaotl., B ¡\rre I'H , .Balles- proyecto de lei pOI' la cual Sl' furutluta ll obrflll IJllbJiclIs teros, Bravo, D tllg"do, E choveni, E strndll, G6mcz, en el E sllldo del CIlIlCIt." Irngorri, Juramillo, Lince, Londoño J uao B, L ondoño Leido el infurme dI) la comision se nUl'iG el ¡¡egu l1do Pt-dm V, LJ¡mo, :Mt.'od oZL\ , Mt:j la, P osad u, B.1;'~ I,.el'o debn te" est~ pl'oYt'et,., I\problí.ndll e IOb dolt al tku!o,,;Il B enig no, Rcalrepo lndalecin, Rui:7, J LHU] S, RlI iz Quin- qUt~ lo co ncretó In dtltdn (,olllidion, Mí {"J UJO tumhit:u t.'1 tero, T t> llCIl'iO, 'l\lro, Uribe H . i Uribo A, se abrió lit nuevo propuesto ¡UI' t': cilld'ulnno 'l't.'U!1 Iio i (,1 p,.,Kb'ü­sesinn, (L In cnH.I frdh1Ton sin eSC Ill'tn los ciudadanos R es- ~ fo.) con que lo IldiciollÚ pi eiut1tHla no Londoüo. flltt' lIon: trul'0 J 'lSÓ Domil1go, R" I'IIt't,pO Pl'd ro i V élt;!z. "Art. All torizf\"~tLl P ,\der Ej f'cn tivo dt'l ~8tJ1d fl pa- Se nJll'ob6 1,1 acta de In ufll crioT, Re dió cuenta con m r¡uu pr0l'''tlí!J1 un >llTl'J.('I" ni Uobit'I'[)n d" In Uui.lIl O 1'1 ó)'[I('n t1d dia i con los a::.uutoa sl1stauciados )lar 11\ ni (1,,1 fo; ,¡lnrl,. :-:)obl'["lllu d,·1 (JIIUl'a H fin dIJ Ilbt1'lltll' (>1 rres idt' rlcia. I't'SL" hll'L' imi tltlto de Ulla línlm tel. ·grídica de Muuiz6.!L-a D~ aeul'rdo con lA. propoRicion nprohlld l~ en In se- In Cru tllg'O. l!Iioo da tl.yer 8~ proct'dló a hacer 108 nombTLunie Dl ul! de 1I I §. St!1L CU1\1 fu ere estu nrrl'¡;lo n" ul"cesill\ Je la apl O­Conjuece8 pilla el Tribunal Superior, de Jueces de he- bacioo de la Asamblea paro hacerlo efeotivo" -- -- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. A jl I'IIhÓSl' 1" 1,,.P;\I11], 1I 111 i Il11psln PIl d iSClls ;O!l l·1 Ií ­tulo, l,1 ('iwhli'lIl11 A:':-'Id"]o lo 1ll1"li (j ,·ú l'lJ t· ,lo,; t ('rm i­no" r¡cwdIlIHl r) n~¡ IIl'r,,\laIl11 : " L(' i 1'0 1" In {'unl s\' di" pOlw I t ~(' n n s l " \l I'e i n ll eb' nnos }l\wnh'S i l;l' concede IIIl Il a ll ttll izt\(' i" 1I 1\1 P oder g j"cu­t i \'0." C·'rr'Ínc1osl' ron ('~to ('1 spg: uIHlo d dl!l! f' de lal p ro ­yec to, ('1 cilHLu l ;uHI Bruvo pr'. ]!lIso i I;U npl'ou ú : ".\ nf,'s de COll li ll1l1l1 t'i úl"d e ll d " 11\ Sl'si,m. dese se­g undo (h'ha l(' :\1 I ll'(l~'ecto d .~ It'¡ mlic iofHd i !'efnnnttto­' ;a del Cú(ligo e1 (' eleccinll ('s." En t al v irl lid , dCSP111'S e)¡.· h' id l) el iufiHllW dt, In co­mis ioll "" abtió 1,1 fó;l'~ und f) eh'hall' d I' ¡'stp pl"n)"C'ctn i f m'mn d lsC\lli (llls I lI~ a,.t k 1l1os l ." 11 G." ill('I IISi\' I' dI' la comi"ion, nprol u'UlIlof>p los 1.°, :l.", 4 ,°, 5 .° i 6.°, !lin lI~a~ m odili cari on 'lU l' IIl I'slahll'{'ida ]11 u' \·l ciud ,l\!ann I1r1\\'o, f> Uprill1i l'n dn ('n 1,1 in(';!'" :3 .D dI'! ull iC Ulo L. la paluul">l 'J. 'ie1")"(l(I("1l tro . g¡ 2." ru l' Ill'gnrln i ell !;U n 't..'lllpli\zo St' ulfo hó cl 3 ." d t'l proYl'cto OI ij inal. QUt'dó ]>duli l' nte el rh·l,ak Jl0 l" S(' I" I lq~l\ rla 11\ h ora i hilb ... r l e \":\nt iHI I ~ la H ~ i !l n el c-i ud;\{ja IlO Pn· ... itl t: nte i con\'ocad,) pn r:\ IUH l; i t'lt,) de eH I !\. !loc he. F.I Ph".;idcnf,·, ::U.\;-O; UEL URlB f~ A~H: r..-E! S('cre­tarjo, l~id o r o Silva L. l'RES10I:X(' L\ La: !. ('I1:'n"n.\:\o 1'1l1l1l: A. • L!\ ptillw ra IHU t" fUl' Illllllirl('IHI,1 pOr ni einclac1nno T.lann, H"' 1Il1'Iaz' \u '¡o 1 1I~ jln !ahr'IN '/I/ II la. (·lcclor(ll con f.'ml' llI·f!cion 1iIlllli"j/ ,n(. Rt, nll n Jlló l,,,ta 1Il , .(hti l·¡u' iol\ i :se lICIs') (' 11 disl'll s ill l\ b 'I'h' a la H'~nnda l'!lr!{' propu· sr) e l ('im!,ldallo B, i\\' () , jllJlli"1HI,¡ O"(Jn ./Ilrmlo Hlecto­¡-" I lid H.~'tarlo (' 11 \'( Z d,' l'rC8üh file d el (]on">('j., d el C,,,trulo. E ~ ta flle fll 'g" ttla i aprnllada la pnne orijinal ll'll'daudo, 1'01' cOllsigl1i l'llte, Ilprolnulo llul1Lien el nl' tt~ culo. L os fll'tfcnlo adicionn la (: nn",titlH·ipll nat·i onal." El articulo l,'j f(1t' d;\"idi(lo ('1) d os parles para !lit \"otncinn, a soli{' iltul tbra efe(lo/"fI! i como ~t· ­g\ lndl~ l"I n'sto. l.la priuwl"/\ pUl"te fué aprohada i nega­dll la sl'~nUlla. 1'amhil'll i'le diddió {"1l tres pnrtes ('1 artícl110 lG a ppdillll'lIto del Ci\lf¡'n.lllllo 1 )('Igndn. l. - ba5tn la pal~ hl",1 G'01l <;1 [tucion. El eiu¡\,ulanil H.ui" .·slahleci6 una lll ndificac ioll calu\'i,lotlo la fnst', dia .pJado PO)' la Constitucion, pOI' ('sta, 8iguiente a su eltccion. Apro­bad 1. En ]\[ede!!in, n. In!:! Ridl' lit' In. \locho del v(';ntinno de no viembre du mil Oe hl)(; iplllO"l l'il' tt'nta i ¡;iej¡·, s(' lIió principio a la til·sillll ¡Jp la A<;amblt. ¡ 1.. . ,.jisl,lti\a ('slau- La segunda parle flló modifi{'nda por el cilulndllllo do pr!'!H'utf'S los CilHhd;UlOS A~udt·ln. Aldana, Bl\t"fPl'fl, Bravo ('lIlllhiando 11\ I'alahra. tonUl1'lÍn lJOscsit.n por B ,tlll'i.:.l\'ros, Bravo, l)plg!vlo, j~..:hc\'l'rrl, J<:'itrada, Uó- lH'úwipianin afulI('io1HIl', :-)t' Ill'¡.{ó {'sta i "l' aprobó In nll'z, I mgorri, .1 '¡ramillo, Lincl'. Llln.loiío .Juan B. LJa- (}lli.' en til'~uida l'stnbl"cit, el cilldatlnno .J aramil!,) cnu­n o, l\I " nd oza, .:\l t·jin, PlIsad'l , Ht· ... lrc JH' Indal('(' io, l{ .. s- si"lf'ntt: ('11 1>llprimir tOll" .·1 pt'rÍj del 'j'ri- Sí' h'y6 (·1 ac ta. do In. d"l clia i fué 1\])l"obll.dl\ COII hnn:d ~1I1)('rior i de lo,.; ,)l\c<:I'.-; do lu'ch,) s"n¡ de dcsion cOlIsilié- "F.n el caso elel qu(' lino o Ill:l." Dq)utfl.do~ span ele-rese lo siguil'UtC: ji(los por dos O lIla~ circlLlotj electomll'~, dellt'1l optar por "La A~ambl t'a 1'('SI1<'I\-(' c('rrtll" !'us ~f'SiOllf'S (·1 tlin. uno dt' t'lIos; i t'1l l'Stc cn~(" pam lIt'nar In vacante o tr<·intn del plcM'llte nWIl. Otl muiitltli\ en tHh·laulu t('l}- \'!Lpuntcs qut' ha)'Il, entr;Ui\O a In A~l\mblel\, por su Ór­ura 81!siones t.Ot!tUI IH~ nndws." r!l'lI r~'spcl..:ti\"o, los suplt'utcs que hulJi\:rcn obtenido A I,('clillll?nln del cicHlaclano Lince fó;(' "of6 por pn.r- lIln.yor 11IHIlero dI..: votos." tes, s¡t'mlo la I,rillleta, arlt·!! (\11" !;",inI6: J . hh ... ta In pa­cas coutra dos J]('gras, ('¡¡crut¡ulas por I,)s ciurhldan,.s bl"n. citnelo «e! pr1'lltlr !U'l'il,.ln, IIpmh \lb,; 2." tI .. 1 ¡lltl"lí.­Jaramitlo i GÓIIWZ, d proyecto de d t'ct·('lo por el cu:tl ::;-raft.> hasta político i municipal, IIJlrobad,,; i 3 .... el I"CS­se cOllcetle u!Ia recoUlIII'lHm, i pnsó en comisiOIl para to del ¡mnigli,fll, nf'gada. que informe al ciu,ladano B'I1'n·ra. Los articulufI ]8 i Hl Re aprobaron i "e puso en dis- Contiounndo el se~nnrlo dl'blltc ni proyf'cto d(' lei cll1 ciudadan,) Lin­con 1'1 5 " dpl ori,jinnl, d ('md l;tl 1'111'1" 1'11 di~, u"i"!l. S,,- c~' p>lr Sl'r 1':1":H!a la horo. ¡babel' 1 .. \"tUllado la tieSiUIl e! licit6 \,1 cit!lladuuo U/iUl' Hernelio 1)11{' fueslI di"cutido clU.!1\(I'\l1o l'n'stllt.'lIte. i votudo }lor )ll\rlcs, murcando la primero. hasta donde 1·1' El Presidente, MANUEL URJOE A.-El Secrettf.rio, dice: t'e8pectivo circulo, i como segunda el resto. I8idoro Silva L. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SESION 1)11;r. 01 A 2:l Dg NO\'lI~)r BRE DE 1877. l'lIUHnESt'IA IlI:.L e[l'IlAn,\:';O l'ltllU: A. En ::\h·d ... l\iu, ¡~ 111:-1 Oll<'c dl'¡ dia n·intiuos 1'ÚtIlC.,; Diputa.l!>" a In ¡-\..,umulC!l L"ii~llL­tn" a I !,A IHIIILron PH·.'H'nÍl·ri l,,¡..¡ ciudadanos "\gnddn, Alt(;lIu\, Rlr!'\'ru, B.\11('sh'roH Br,l\") 1> .. I .. ,.do l>he­"(' rri, El'l md a, (: 1I111l'í:. I rnA:Ol' n, .r IL I a'm i llo~ Li II ~C, Lnn ­uaño J IIHIl 13, Lnndniio l">vdl'l) \', ;\[\',iin, i\ll'lHl"z'l, 1-'0- sflda, H¡':-Itn'po Bt·tlignn, B,"!iln'po l udnl"cil), R l·:;.trcpo Pl'drl!, Rniz J nall :::', B.ui" Ql\inlt'I'o, '1' ... 111)1";0 Toro U 11' b l\ II • Ur'lb 1 ,) 1\ • .I V,C". t'!:, I tlllSl'nlc S.l tl C.'H.msa' el. <':1 1I'- dadnno ltl'stn'po JOlió Domingo, Eu tal virtud se l\1.uir, 1,\ kcsioll, leyéud(lSe el /lCt,4 lIt· [ \ :lutcriur, llUfJ fuo apro­bada. Sf'ntadn por el cilldadano L ,dlp.steros la mocion que se inlR' rla, "Antl's dl' pasar al ónlcn del dia, considérese 10 s iguit'lllC: "Dt!.~t' I~'ctllm HI infor1llc d{' 11\ comision n (I'll' P!\SÓ }" solicitud dd Urun Jl'nt'ml ~[II"IIIl{'I'a, i co nsidclCsc el proYl'cto dt< 1'('liO]ucioll con qm' It'rmina." SI! cIIlllr,tjv la \'ot!t~'i()1I It lt~ park c.mcer niento a lit altcraci(11l d el ú,dt'!1 del , ~ ia, la (,tlal fllé a probada, Pl)­Dicnd,) sc ('1) diRew,ioll el fdlHlo d" la pruposicioll, que t l\mbit'n se aprohó, con h Ilwtlifieacion aditi\'il del ciu­dnullllo Rlliz Juun f-;, 'IIU' lu(' estll: " llág asl' 1,1 ll ollllJnuuil'nlo el! intl'rinidad d~l 1\1;\­ji!! lmdo quo faltn en l.1 'l'tibnnal SU]ll'l'ior, i dese It'c­t. U1'I\. nI in fo rmu de la comisinn a qn\! pasó el proyecto sobre hon (ln~~i i n 'COlllpPIISIIR," E l p \'Op'ctll ¡lo rt;'sulueion ('on 'l"C termina el in ~ forme nCl'n:a d l.!l m" IlIOl"ial dl\1 Uiud'Hluno Jt'llcr.ü Mos­q twm estlÍ. com:chido \:0 l'¡.,tml t(>rlUillo~: " La AIJamblt'u L ejislatim dd Estado boberano do Antioquill, llESUELY¡';: Solicitlu' l"('SpetIl OIJ!llIH>nl t; dol I\ug u sto Congreso tIa la Union qtW, Ilcatnndo el n 'enlHlcimien to quo la Con~ vcndon Nilcional hi;w ¡\ (. 10li ('lllilll'Ilt.t>,¡ sNvicios "re!!­tnd" a [L ]¡\ camm (lo 1'1 l ''¡,t!et'acio!l i Lilocrtad del p¡Ú¡; por (,1 Gnlll J t' llend 'l'olUllS Ü, do l\l osqucra, no tiClln alterados e l! ningtlllll de !:!tUl d isposiciOlIl'S el u e:creto f'X~ ped illo po r di ch'l COIlVl'lIcion el lO d(> fe hrero ,l e l SG3, ni la L ei Xl de fj de abril C ffjto de 10 do fl,lJlwo de LS63. All o ptad . ~ (,!;t¡ ~ llI odificaciou ndili\"fl., a la cual NI­tln'il'roll 1lf'¡:;!ltivolI i li(llidtal(lIl qlW lI",í ;;(' hicil'St' coos­tU!" J lo~ ('il1d'l dall o~ (l Úllw/" UnlH.\ 11 . i llatll'stt,ros, i nfilllmlivoij lnl ;:{')lTi i .J!llllmillo, Hll t\1'l".lpÓ tal 1'1"(l)'~c­tu de n'¡;oltlcim¡ I'n prilllt'l d d¡.\h', ]J1I:-.ant!o cn C(lIl1l>iLllll PUl"!' R\'g"IIII( I~) a IOli l·hl(I I~~ll\nIlS ~(,lglI~lo l.' r 1"I1W:1.1 i, La t,IC(;CIllII para l\l1l.tL;;lrudo Lnr\'¡'mo dd 1 rdJIIIIt\1 RlIllI."rilll" I"\'cllyó on 1,1 "l'f¡O I" r.lLi~ l~d\1nnlo Ylllé;;u~, i II si lo d,'clurú ¡ IL Alillll1hll'lI, l'tI \lrtlHldl il1\e('scrutullo;; los volt)!! p nr lo!! {' itLIlad ano:; Juralllillo i P()ijl\(lu, so uu~ tuvo C!!to l'('s uILlulv: 1'0 1' d 81'11.lr LuiR E. Yi 11t'>gns. __ ___ _ 22 votos, Po" ,,: ".¡¡", M""",·I ,1" J. ll" néOa_ 1 }'"r 1'1 Sl' l Hlr 'J'ulJWl-I '1'obol\, _______ • 1 En hlnnco _______ ~ ______________ 1 El c illd llllano U 'UI"l'II\ fijó IHUI lUociou sobrl' nlll'ra· CiOD dol órJt:u dd diu. i fUll l.ll'g:l\du, ~I' di{' {:\I<'llta con la lIot\ '1111' tliri.if' n la ,\'1illllhll"n l,l H'ilOl" dueto!" \nlolli" :\1"1101",,-\ ]¡'ICil'llCln l"I'lJllu,'iIL LIt,I {\¡'"Iinll cll' It "1 dl,la I-llill-I~id,lll dl,l ";"11110 i ('Ulhill.'Hlda I,~ 1'1\lI" .. i I"U u.< .,,,tuhl,,. iú el cilHlatla~lO Llanll, ,;" 'IJlt"ubú, t'~t.III,l<) 1~J\mllIHlII\ 11~1: "T .. \ .\s L1uhlca u', ptll la rplHlIlt'i'l qu,·IHlf'p d,'ll"I'c~ tMIl,I.) dI' 11\ lini\"l'I,ú¡lwl \!I bem'/Ilélitncindadaltl,doc­tOI' An{IIlIio 1\lu,l(loz;\: !l.'CI'!!. ('Sil I",'nllllt'ia ('11 fu,'rza lI,e 111" ¡-,lZ'III1'S qUt' (>] l!<\p'lIH'; 111'1'<. II'l;iguifil'1I ,d pI()I,io ~1I>[1l1") HU proflluda ]lI'WI IHU' pri\'l\nw 11;;1 el Es{adn i II~ .i 11,\'''01 mi lo III.iol 11\I'ii~~ ',1.' los i 11I por la 11 k;; ~w\"\·i['i. IS 'IlIt' UlJO I otm pmlt IIUI L"t'l'lhll' 11,-, lan lHllliúlico illI~trado i CIL111H'nlu CilHladl\lIll." ' Abit'rto l'I 11l'A:lLlLdo dllb,tlc al pro\'{'cto de d('creto sobn' hOllores i n'COtllpt'n.,a¡.;, dt'H!,lll'~ 'de Jl'ido ul iuf dc 11\ CO!lIll!iOIL, aH IH ¡ ~O en diSCIlRinn ('1 !lrticnlo 1.0 i !;t' npl'Ob ('J liS! (;tH1l0 talLlhipll el ;uticulo 2.", ('1 Cllal ndicioLló el cillllm]¡lIlO l.l!ano eun este jlmllgrufo qne su llegó: "§." l~ slo arHclllo nO CI)tlll"'f'no(' u. ro., indidtluo)f! de 11\. rt.:l'urid'\ ('pllel\. (jIU' hl\1I Hid<1a~L':lcjauos por 11\ úon­\' Cllt'in¡1 ni" AS:tlllIJlI'1I L'jislali\'a," rgulllrlll'nto !W I\t'gó el ~i"'uiclltc artlclllo IIUCVO (11'0- pllt'¡.,lo por la cOllli);ion : o "Autorizllso ig,uallllcnte al P oder Ejecutivo pnrn l"I'connCt'r n fllvor th' los ¡llltiOtllll'iioS in\'{\lido!> en 11\ próxima plI;;ada lucha i dc Ins t.tmilins du los lllUt'rto~ ('lo "lIa, n'('<>tUpt'IlS;\l:\ iguales a las del articulo antt:'rior i tlll illt'ntico.'i ténninn,¡." l' ropmil) (jI el udatlano J nmmi 110, que !'IC l'\\If\lwn,liesG lo l"J.IH' Stl di;;cutia para ('nn~idt'l"I\r tlIH\ 1'1'0)losicio11, i la Asntllblt',~ no !l{,cl'llió IllII,,; pcrosi l\ 1" quc prnJluso(,J ciutladau<1 LOll!l"iio J t;S\n 13. s(lhrc reconstd,'mcillll tlt'l artículo 2." pOi" lo elllll Rt\ voh'ió ti trat;!1" S\ discusiuu d¡~ cito articulo, i fllé llt'gath), EntólH'(,!:I pr0I'U1;1) el cimluclttno Bravo i la ASollll­Llea aprobó: cISu:-ip('ndase intldl.nitlamente In discllsion de este proy:.'(:to," lt l'lil/~do {I~t(' de 1,\ rli¡;¡CllSinn continuó In d ol do lei /Hl icinrwl i H,¡;,t'mntol"ia dl'l Código de eleccinnl'~, illlt'­ITlllllPllla ('11 la !'csioll dl3 unoclw en el nrtlcnio 8,· od· jilu.! i que hui lit! npl"(,bú¡ a..,¡ corno tambien el lluevo t}l1l' I'f()PIl~O el cilloadano Ald!\llfl, Il s,lher: "UtOllS(' 1111 ~rall ,Turado cll'do,",,1 c(lmpucsto del <..!ODM·j" tll, l J ~"lt~d" i d,~ {'I!IItro mil.:lIlbros más, nombra­do!; 1'111' In .r\s.IlIlIJII'[L L ,'j1f;lati\'a, pl\m qlif' practilluo l o~ PSI'l'lltinillS {]Ilt' por l':-.II\ J¡,j SI' 1(' atrilJlI)'l'n." Pro\ln¡.¡o el ciududano Urihl' 11: i se Ill'rnh6: Uc{'onsi,]cr{'lllle el f'¡¡lIi~r'lfl) ,'P df'1 proyt'cto do la cOUlision i t,l ¡U tlcul0 5,- del proyt'cto oli¡innl. '. Al recollsitlt'r.lr¡.¡,l el io('i,,<) fll~ ut'}.:'adú, i d ndfcnlo IllOtlificlldo por o: \lliIlUl 8 ioo de aycl', i l1ue SE' m'góell seguida, por ludJl'rse sol icitado fllI recon­s iut' raciollJ i el qlle presentó PO r t'clJJplazo o como .lUO­dific¡ l\·j,ltl dl'l ü. oJ concehido t'n t'stos términos : " El SlIpl·dntelldent\· IIsi (:1)U10 el V¡ ¡¡ itnd o)' d(' ins­trnccion pública serán nombrados por 11;1. Asamhlea i tendrán el I:rimero h~ IlSigUlldoll anual dc mil dU3cien­tos p6.iOS i el segundo la do nO\'ccieutos sesenta, paga­deros por duotléuimas parter;." Con 11\ 1ll00lificaeioll qne le hizo al titlLlo el ciurla­d¡\ llo A¡:cudelo i IIlle fué n pl'Obndn, poniéndole ¡, Proyec­to de Id so L!'c iostruccinn púhlicl~", SI' tcrlllin{¡ el sp­gundo dd)ate de este proyecto, pl\:; .'mlo n esto IlIlsmO ciudad'lIlo PO co mit'ion de 1'I' \' isioD para que lo ponga e ll el órd"n ,1t·Lido 1'1ln\ cenado. A las tres i quince minutos el ciudadauo Presi.len­te 1t'\'uot6 In sl'sion, dlllnuto lo. cual .'J pt'iior Sl'crl'tario de Gobi erno d(lV,)[vió la lei numur\) XV 11 "sobre ins­peccioll t'1! m¡üoria de cnltos i Cl' trl\ñumi .. nto de \'lIrios ind ividuo!!", con la sancioll dcl Poder Ejecutivv. i pre­sent6 en nombro de éste, con el respectivo Illl'nsaj t', un proyt'cto d" '9!.l~t Bpltignn Rc~trl'r u S. i\I.lIud P "s ,d .. A. A lv:oro :\1· ii '. J{"IU"U A. b"tHrillon. Dr Sinf"rIMl)o \'111" V. Dr. 'f.·"dollliru LIlh!'l·cr ri, F .. ro", uln V6I "z. O.,,) .. !! Vél l! S. 'rO,,1"S Urib" S )[ ,ri'''UI U .. ib·· Ft'roáadoz . A" t lln in ,1,·1 \",110. Lu"i" lIo S"llhmnria. A1t j udru n.rri Óntos. C ... l1rl'1I G" .. tro. Dr. JlI>lIl O. Soto. P., blo L"lilldl'. A I\' lIro n. ,·~t rql o g 'IBO. Lisalldro P". "UII. Alburt" UOIll Il 7. ~I. Al ej' llllro Vdl" L , t orro. JOIlIl Ffallcii<'O Alnru. Dr. Pedlo n. ,·Hr.-p" UrillA. Ellléh,n A)vllr .. ~. Jo~é Domingo) Re .• tft:pO U. Prl'~ l'nt "la por 01 infrQ8orito Diputado en J. ,elliou d el día :!l Ju octubre de l 8n. BrtljalllilJ Palacio. Secrdaría de/a Com:mcloll.-Jlrdellin, l1ot·irll1b,·t! 2l de 1877. Adopt:\da esta 1¡lIta sin nltemcioll alguna 00 la ecsiou do ho;. Sil¡;a L. LISTA ti .... tos JIl!'''e. ,II! hecho parn ('1 Cir<:llito de Anlioqnia. Agu;rre Manuel. Alcnraz F dipl' . A¡rllirre l? .. tlcrico A. Botero P.'d ro J~u¡ s. n ,l.'rn Jutln P ab!o. llÓui.1 i'oI ~nud M.& Uorrnl ~:nr1 o ~. Gorra! M·, rj ,Ulo. Oornl ;\l .lIud R. Cnrrell Frlloc;s,!o. C., rn'n F,·aoo.::illco do P. Corro" Anto .. ;nl/. Díal! Aulon;" Tiberio, Di '11 J OIIÓ iI}"ría 1)1.,1. U,ib,· J"sé 1\1.& Dj.,z Unbt, Luí .. M.~ E~o"b"r V r;"¡"Jio, g~oob"r J "sé D. ";~cobar G. J OII,!uin. F"rrcr J"lio. GOmcz Gregorio D. Jirllld" J osó Tib'lro;o. Gut;(>rrcv: Antonio. Gond.lo·z Félix M.- G .. rro T"mas M,Hb.. Gurda M .. rt·clo. Gl\roh H. G·, t,riol. HOyos J,,~ó i'oI .. rb. r-r"n'era A"J.,I J osÓ. lI urr~rn JObé ;\hríll. H " rr ~,a Agustin. H,'rr"r .. ~1",u el. H errerll I.udoro. LOT" Ramnn. L uoII .. ño Cl'l8imiro. LHa J'UII d., Dios. Larll Muri~no. LóV'-z J o~é MIl,h. L al J u n )1"",,,1. Lor .. "!. .. n,, J".é :'11.& Lllll,¡"íio Agll~liu. . \1 rlit .. " 19''''''¡'' A. ill "ttUIl7. Juno N. M "tfn~z P,,~tur JOl'é :'11.& ,H ·,rtílll'1, .1,,'1" dl' DI08 M""tlllt'z P Vit'en t". ,\I .. n!"cl!.\l Enj nio. .\I~rl{"ez Uuill"'·lIlo. ,:\J¡orl!IIC% Lucio. I Már' luC'!. Ou ~ tll.O. M IItl"ez l ~idoro J~. l · ~["rt!ncz J?rllllcisl'o de P. ;\1 'Hl f" Cl! NionlaQ. Mllrl!",·!. j"HU Cril'ó ~ tomo, 1 ;'I1,rt!",-z Pére1. Raf.el. !\IIIMn L orlluzlI. 1 ¡\J .. tf"l'!. J eIHHo. \larlf""z p ",d ro P. 1 )I;ortlnez R,mon. 1 M,rtiru'z J III'II leJ. M,rliot·z 'V-. ooulllo. Ortiz PI/b lio. I Ortiz Hdf'I(·I. O~ " AI .. ju M & 1 " rdoll V¡"tor. 1 Pardo.;> i\I"ltlllllliauo. Pardo B AlHlr"s. Par,lo V. P ·,blo. Pi t!dru hitn l'oI"uuo1. Pé,ez Frnil,u. Q ,ir"l! N 8tur. Q IIr"z J " 'u B. 1 Q .iroz \'u" uto. 1 R."erll FI .... io. RuÍ! P .. dro. R"h Si:uo 1 Rlliz JU"11 S doct.or. Re~tr \'pn Z"ilo, 1 HIY Crl' Url,"oo. Z,rnoZI>I. JU~II M.& (diletor). I Toro ")..01.101 M.­T oro M.,n" .. 1 A. Toro.;> le;Yari~to. 1 T "ro S_ SIII .. IIdor. 1 T "rn JOM'I"in, Ta'llI'Yo TUUJ38 M.& Torrt·S N ,r"IIfO. 1 1'" rr'lI U ·Iill"r;o. 1 Vlll:o I'.,r
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 17

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Argos de la Nueva Granada - Semestre I N. 19

Por: | Fecha: 07/03/1814

UEV.L 'f~~j,f~r~~JrJ· rr,rJ~~,J~J~Jf~~~~,~~J~J;J~~'~J'~ +Qua l'n·c col/st1trsPS de amha! • < mbbca son 1, I!J co.•1Úmr:s t id""11t·cos, lu no­i l\ tS d1· íllll j v:r 1 ¡nr$e se Cól ~(unl•n t nn - ;L ·~. !i no r'S posiMe colocar/ftS, ¡ vr e:,r t v~:: á lu "Jrno,\ b n:o di(.~rent~:s orticulos. Por er;to f. , '/i,; mws {,¡s ,;¡ l;ien'~s e•1 d ord, n 1 r."lorfo fJ'' ~ ~hr11 .•:·rt'J 11 s:'r :.~~.1r .. 1hr C'l /,JS urticufo! tJ nu:! :;rr~s )~u/~·,:.¡ sc'··u z el M t'l adoct .•• lo. ;¡ J . " 1 !::... :\ ~Tr. D~L r.E, ·R L E 1 ,"EFE DEL 1.1· L CITO DL:L NOR' ·¡-: r .. mi Üll.:l l l ') cld COITIC'I ll: h tLfl \ i., V .S. to 1) l..> o :u:ri lJ h.1. ta ~ fJWI di t. ~1 ~() muy te-npr.mo pus~" en nto\ imicnto d e.xerc1to de ~-\ ,¡l\ htcit Btyl.durcs, yei 21 ~m kntrn?lt· c i, del enemin·o ni de 11:!! f•te:·z.1s de McncLt, - ' . 1 B \ ' ' til m )() e k ()" ll)) tr h r :rroqtll·l e e ty IA-d m:-s, n: <·ihi d oficio cld Com 11t, c¡ 11c en copi 1 ~comp:.tÍlo con l.,s d •H t'i ,,., i··i · ~ de V em·zlld.t, y u 'la c .. rttl p artí ·u!. r d ... ! ,tctu:JI e!:>tado l ,,Jtr:tc,l. b0, f)Ue­c .. ndo fr t1c·• l.t co.nllllic1 ion c.on O..: .. í.1 de Cll\'OS <,¡.¡.>S t .lllJI i<. n ~~ .jtliltO ('t>pi t . · T.u1to por l .... s f11erz ·• ck 1 • nich, como p or l. ~ IIUt:-.r~a.,. se htt ptnsq:;ui ~o al t'IIC111igo pcF todo!:> 1~~~ e .n, il os, sin ccu~c~·ui r ctr<~ \'elt ­t 'ij.t e lJre dlt)~} r¡ue el tt!cj doc; de~ stos lur.; ¡·es. L .t di "J;,ton ck ~.hnd. , st.: h ·l: 1 ck g·:~nnicion en 1 Putblo de B.•yLt!orc:s un el (,Ljdo dt> ¡m-p~ cltr to l-:> n:cut :.o C]tle putd.t !C. r d~ ·tl.i el nemi::;) p:~r 1 so5tc-n r .. e en l.s montJÍ 1:;; yo he ckxJdO otra en !,1 Grita <:on el mismo obje­to •¡ d d m:•nter·t.r fr,u C:l la corrmnicot iun, y cm; el r s·o ele L.~ fuerz·,s h~ ile~ tdo i e-sta . Todo lo c¡ue pondra V. S. en no.ici.i del Suprt'­: tno Pod ~ r Exccntivo.-S d1ld y Ji bert.1d. uartc-1 G~ner.d de-l Ros:trio el..! Cucut<1 Fe­b rero 2'3 ele: 18l·t 4· ~-Gn:gorio Mac-Grc­g or-Cilltlld tno Secn:tario d ·l Poder E.xe­• utivo Fecl r.-l. DOCUMENTOS Ac~ bo eles tber que l1!-> tro¡'15 de h Nue­T :J. Gr m1cl 1 ocup n y;.~ C!n C1t1d ,J de J,¡ Grita. E"l o h1 h.:chJ detener mi ITL!rcht que ditig-ia h..tc Í:I C'Jt J>'lr1tO a e x termÍn l f ]O<; poCO» ne­migos C]'H! t"n el se h tll.iban rc:ft•~i 1dos. . El 15 el 1 cornenle ckrrotf t:ün l t3 tropas de mi carg , en el pueblo de Es .tn..q ucs, á h s fuer z1s que tcni m en t-1 esto~ m.•h ado~ b:,Li .. l-1- d oles cn::.;iclo en la f ug.,¡ que <""ntprdKn{l'('r >ll do3 c;!i"; >lkS con 5tJ 'i curt-íid , inq11 ent.t ) dos arnns ele fuego, tres c:1j rmes ele putr e ho-'3 de rtillc w, qu tro~ie \tu. ~.u· u~o:b.Oíi de .fu:úl, na c1x1 de guern, diez bnzas y un· bañdera ,h1. biendn quedado <:n el c ~tmpo di e ~ m11crtos, y por ntle.s r. p trte s0lo dos sargc11tus heridos, d0 ello; uno g r . tv e mt· n~ · . Liz m se n·tiro h tcw r.hr IC 1\·bo anticipada· me lte, co11 tll\0~ du~ cicnto-, f t'ltlt.:ro~ C]ttc teili.& e11 I3 t) 1 •dores, sc-gu11 me h .11 lilf!)l maclu, y un.t pm·"'i m de c .. rg.1~ tk b.• uk~ e 11 cp1e s ::ur.tmc-n­te llev,t d r'ruto d.: '>11'> l1tr' )ci 11 o;. Con este m otivo tll'-' ié unt di vi..,ion u.: duscientos hnm­b r('S con d obj ·to d-.: pie tri<:> J 1 r ·•i·· ·rl •. • con n1 Jtivo de h ,tb<:r encontrauo dos c:.Hnir;~ ~ u no C]Ue dirige á Ese tl.mtc, y,, rll a , !iilll h 'b"r quien le di ese r..1zon ;ti Com '" 1tc .r::" est t di ri si•> '1 p0r C]'lll ck ellcn h tl>i 1 to 111' 1 > d enem1go, l1 he hecho incorpor.tr ul re ~to tt.: e tso me d:rigire por Onia. S i \'. S. tte:nc :tlr;tma~ corr.:-t-pontknci.ts p:tra lo intc ri nl' pu~de n.n1itirmd .!> p .• r..l ci.lrles su dt_. ~id 1 clir~ccil)n, p1.1e~ no h:1y p1 incouvc:n\ nte &llgu no. Sin'ase V. S. co nh~:5ta r •ne á b. m:rror bre­"< ·cbd 1' •r.l •ns ele l1 ;..T. Gr.111ad~- Este oficio :le n:cibio ef cli t vtintc y u :~o ele los corrientes en el C<~ m oo de h Ceb.1-' da, una hord antes de lkg.tr á dicha P;,.rr<>.:;uit ele Btd,1dores desde donde le contesto - )·! tr­td G~11er<~l de l.t P.trroc¡tli 1 de B •.VLl ,vr·-· Exercito convinndo del Norte de la N. Gr.u, t• d a Febrero 23 de 1814.-~s ~o ia-Roo Sc:­cret. trio militar. Tru illo c inc0 el~ Febrero de mil ochociento5 c :.ttorce, 4°. ,, 2°. Acab\ clc: .ll g·tr de B l!'l'IÍ ím~to d Com1n. d tntc: C h tvcs con su divi.,ion, ~ ele cierto di­ce lo sigi.nte: 'J ' l ~ d r;. .,l •·ti el· .Ji .; .,¡O'l H.i. ~ac; h 1 r.:tl rciJo i lo:> L ;p.li1 )! ~5 el: Pll(:•rto c.,. . hdlo h 1:-,t 1 d 'l l:.tdrí!lt de Cum 1111 " 1 ~ Gu tv r, a l>l 'Vl!>t.l d ·l C tstill ÍtnJ'i~litll'lu l1. Í lt lr H!t,;·ion de v iven:s con r¡u · h.i tO I•11cl 1 y1 rh., blll'rcs ~r4i.1 do ~ou viv•r~ .Jr.: {)U.:rto-rico de :.u~r(: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. «J1le con r~ zon S{" ~ T~"T'l J¡¡ rcr i i n ( d c~tS· t 1do ·lu 1t:·o den •:: ¡ ·l''O tit ml o - Fl I:>·.c:r­{ i > P'H [¡ 1 ido por ·, l.d ' ZIJ • c com p\ •t.c <.e ~ eco. H¡, ,,· rL ,•lo!>n .i: y r¡uit. it ntc::; d·: l um:.n.1, ;JI m.tml< \1 Ctt!<..t'e­¡,., t. ir ~i n ¡ ·~r<'11:1 clr.; titmpo p.:ra Guay:\1\:• ; y !... ... CO. d t: \'u1tzuda , :1l ln!·:Ji ,, ¡ :.ra Lll:· o dttto _t:le 1•·¡ m JI ­dado m"rd1,,r· :i d ~ \.~~ ~ il l t unir!-.<.: i dit 1 o t ~t·rc:to. <¡u e dt L:: r e.:' i•ar lo~ L l. 1 10~ ; li nc'o } 'l r ,',,n Fnn,,Jh!-> y el tr: mlo pcr ;u':.:~, y fX ene, ,; ~,..., o ¡w r óH, t tl1o• ot.~or •• o~; ütra p; 1 " · t n l.LrC]t ·; i riiL o · ·_·<'e u 'P , y tJ'.l e k m.1s ce r (JO i nt:.ntt:l> a (_ 1Í11 ; p rZ H't:uir .1. L .. n n;::; ;,1 ma<:c.o e~· 1 (. · .tr.l Ur,' t t C,¡. r .t1c..: - S.: hú tfi- :u:.dobn.Yo!ncic,n c!é p,_ r ;¡n•u;: ú. " t t ::· e ,.¡¡¡ L n < r ci:.do '1 l ' cm r tl p.:r.1 CJ'lr !,~ ·;;1_\'.l 'to:n.~r .1 .< , ,>uc.!:. L$ a ~ ok> , lo '1' e 1.0 !:t: h 1 ¡ <•tlidu t. ,u, ¡· J <•!' d i r;J stc r- 110 e, m:,tlo t'll ,.1ri; ao,;. Ll Gc;.tr .. lcn ::-~ ~ fe ;t c ti ­\ ''1 do omulll'O!:> utt Lr; las !:>•' ¡, :,ti, u,, <1 t •·a­c ic ~oc~ de !:>ll~ Ex u· ito<, c1~ <,<1e \ ~, knci:•. S .>r cl, l il ,...rt,•d , ·, UltÍ n- !•.1 P :r ic u-, :::. ('Oj ; 1. !c ­rir1 .. 15. ¿lt l·\·1 n ro dt. l ~ l ~ - A,., ,. S? P1c m- 'l.'!'!el ;.c11 r~ll den 1\ l d vr~:. I\.Ln.ro i: ~ de 1 ~ . J <. -1° .,. ~ 0- '. n.t!L' - ( u. rtti 'c 1 t!" 1 ' <' J ,¡l\noC'uÍ.lt~eB .. ,·l. .d o rcs 1 ~. -ctrito e ,.,n ,·in; el o t'd 1'~ rt<.: e!' L1 · _ uC \ 'a C 1.' e a l't urt ro ~ ( . ce l t:l .A.. ~0 • I oo !:.tcrt.· t :.1.o 11. ~ r .. ~r . ~ e· e;· Le e1 r s'ti,·o que e e Coro tr •to s' re!·- ~ l: 1 al! •• ( 1, Cll ·. c.1() C O! l a!e t•J.(!:! o fic:.,Jt ·, ·a •• .í:·r~\C:1 ' l)n L n i 1o t¡.¡·ost t.t(l •;, Q IIC' e t il: 1 u S e• •a l i '( to p~: r.t Gol ' 1:.<:c r ele (lid .• Ciudad y no lo L'n l'' dil;) nnfk.r por o .. ~Lt r "ll p. r. tkrr ; Cjlt<: :i !it s <1 • 1 1~ e:.; 1"' ­_ ·},~ o J' :t~ : c.:o !;C i l•'u,tÓ tilla ruc i'!C ;(Ii en l í,: C· ) bO y 110SC. lr .~r ó 1 ' r f tl<:ft .t.nn d cs­Cl 1 :cr·os, 1'1 ro 1 ~0 <·e h·t ; trc ':,;o c_i G c 1 -i~· rno ;Í. te m~:· \ 1 {; \ :~'en ia .con n::rlic ; q JP h 11 ~u lH.l n .. uxi:io ¡• r. l~":;l: dores 7o 1 8o h• ;n' n·s c!c h i ,r:•r;.:. Lo ' ):-i1.ci¡ :o ele t~tc mts. :J Jlll lLt' ­rp d p• tt :~..~·,: s r~ u e l " t b m con ' rt ¡, \ " ~ n h n '!t:~:c,n ditfJ.\ :: · e ~: c.:o :\ E/7 . E l ~. t:c 1'• {}'() t!Jt<· ):1 •• t C' t:· l!:'r~· ce• .,. ( 11 or t) r· - ,_ ,;~;;eL ¡,t' · l.'iu:.t !.",C e! o . ·¡ J ~:> ' ., . 2~ lt:bi\.·rr, , tres : t:.!']: es t n la ¡ r't"•ur" : de::; ~"' lll<•'> a G '1''1' '\T - (' ' l 1 l ., .L., . ,~, 1 _u ~r· ·¡,· " ó l e ,.. ¡cr:ci y ~ Í.tr ¡.•r;: II ()'!1Í1~ ') ~ l:ltÍI~"' t•nl .. 'i r v '~1' •. r 1 (' \. !J~. ~1:. 1 1 r n di l,r¡ Pn< l1lo, Y .;:_ ';• ­be r1e, f'\< 'ti\ o Cjllt:' ~~ 11: ll' ~- ; !!í 7CO f¡j · ¡~TO!i , • ~co .e c .. lJ,,lh:ri• :1 lll.nclo (k 1:d!,,p•ll , J · 1 ·r: t '' r· · ·r· 1) ~ ,, 1·<'e • ,; , f Tr - ~:;,. ~ <¿~~~· ~~ h"'lh ~: l lLr. ,.;.~: .i·4~ \ ·, ~e: . dtn.~ [75) . ' tk t st r1L,o a G1rci·1 ~en~ que se fuese flor Do .. qno -. at.1c. ¡· :i Gdanare p tra d onde el seguia a m:.a.k!s do!;: c::., Cl tY') c¡ÍJUO rcl ibiú G.:I'LÍ<: LLdlO pn~iot.,.ro al ) t rficJ,> y, ll z u~ 1 'ac cirm d;,; !'.r •• urc- E l 2J <1 : , ~ ro fu ~ O( u¡ t('o S n Fnm:ndr> por d e i. l ¡·,¡j I\ 1:Jri l.() ( (llJ .::;soo hom l rt~s. F:...La 110· 1 1< ia (.' S COlllll ll C<:d 1 por Ll Cnront! y e omnn­clmtc: de 1 t Fro' i H'IH el' Truxiilo C. ll:1rto!o. Jl~L ( 11 .n :s, c1uc ac " IJ;l ek JI< p;·tr desde DJrquí­cun eto d c. i.1 ci nco ti i e ! 1 ! ~· ntt-. I ., J1 l1ltl f C:'t 1:1 r.~l l ·• rt l 1 (T' 1&(r<¡} ele Blt)'lado r~5 F t!m:ro :?5 tk 1014. 4 ). José ele I .c. o ~ccrct;..; ia n i1itar. S -. ií or Prt:,Li: cro Dc.n Ju;¡n Con!r::rJ:- !\!~­r. tc 1 f o Entro -1· d (· 1 814. 1'. :1 ~1 r. 1 i g o y t1 utl~ o : qu.IJ!do crci.1 CJ11C el t :~ tm c.k c;t~_~ Jq c tu o:~ ·~ ( (>ll !tdi ·¡ ivu á íin<:liz.~r por I J., r·.p '\.:, ¡rq:n.::sos que Ls ~.rmas cori·m.u; h .· L i . Jt U l.' ! :- tllC' o cn tr P' n• tr: n 11 h tsta l.t \ ' ilh1 ele 1\r .. urc , <:11 un l l.\ il!LioiO j t r J ::bc·s lo r~ coJ.C'l l Í.,t: · !:o p(Jt" H:d i') ele un:.~ fum~ta e!cr rut.l • :;cro: Jt((·icL• d C¡1tto c~d < nt\..r ir,r t ¡o Jr .:; r·;, ¡, ¡ ·,_,s dL! l'f-j J :·c ~ do Ar ure, d~ c uY. o 1t• t' :t:..do ]¡ ,,::. t<, la f~cl,· , i .~'· no- I' ·Jl' .os ..~ ,.' ,: :; .e:, u,· · <1r.J L .H 1 r¡ue ;, 1 :. :ll :.I.Le ~t r el cl:d o d i.• c ;J ro ~ t' ¡ rt ~ 1.: , > 11na c\1\·icinn Ca­r. r u e"ii ·.•r a pc¡r ¡, •, · .1. '¡:n ieu ~es (' r•ronek · L Ot) Jr .; Y .. ::t ", y L en F r.! n ci~. co l•.:r!: OI>Lr o, C') lll" t liJO boio <1e <. c1rH:l l 1 110 esr- , ;.<>. l);::;.tr, ele <~o :. h cr.: ~ ~· i '' rcti'J tuclo d 'J ~ ~: crr i,o \'t:nL zr,!a - 1 ~'1 ce •. ~ ¡ ue ~ í :,o cl t: C]ll,ltromil fu il ro ~.·,· m:!~ ~ C .tb~. l k n:L ~ 'ue::- tro Lx<..rci o "C fi>rm.o en trc:~: c r !utlli: s; 11 < ' r .. ~ h 1 o c-un .. b:1 Y .• ñ.._·~ Íz ' ¡uit:rd:t Oberto, .y dctntrq I ' l ll ;, ;¡, ., m1 Corrte~ con d Cu: t:~. nd mtc en Xefc lJon Jo~e Ccv.dlos El C!' l OJ.I;:';O ~{; cJ :rigio a la elt:rtci11, la que 50stubo ti h q.~·o p< r l..rgo r .1to h .st 1 entr. r éÍ b: .~·o:x·t..l ; <..l t:!l<:n !io-o tr. t ·.~ d ::: rt t Ín•r~e por l.1 PT.n 1• .:rlicla • n qnc e s ¡ ~t: r imc 1 1t, !1·1. l~n ~ste es •• do rT:ndo el Comu;.d .• nt.:: t'n Xt:fe · , .. 11 z .:r :í !.1 Caba.lcri1 de Y a ~ic s , C]ll~ LO!l<.tab u :.n· 1~ cnt:mÍ ..., ,. I -..La Caln-lkri,( cori 111'1, c¡: te co: o'-· i"'r1 :n 1c .. t r:1 íl.lcl tll:za y c.lr· hr· l1c, noo; '1 \' .tJl Z o , con s iguiu1 c.~o, pcr e::.te mt d io , ;• rr o; L,;¡ e,<; ~ cE s¡ ( ::-:;: rncs. Lo i'::'rto ce; · que C r-l):ti! •ls t! io á G un tre c 0 n o l.lll e"ll ~C t•n cri .. lo e •1 c!u, ' ... ~e!~ rc.:unÍ"ro :1 ::H o~. si .!eSt e, rrc:.l , C.~ :\.~ " • • \.u ~: ¡ t : · ·;lll. O:.' ~- Otl't) . ; l tTO sia. . 1 1 1 1 1 • (' • ,. n m~tlll !:i(J,l. rt •. s u~· ¡ · ·L nr q ue per · ,¡ -.· r . tn18~ l:J artil!er i.!, Íw. i !e r~ 1, pe:· r~ c!: o._ , ~-r;~n p:.!rte ele ~..-~:d 1dos é<.&. :\ C. "O h.m lleo· ,el,·>; : ~ u:1os de ..... ' l ) ll. tl: .• p r e:-:, pe o :1n d·m r:..1:::on t:c !u; comp~ - il ros. Cr- 'n!ll" u,r ri bio s~: i 1 p ,t"l Gu::ya n~~ L e¡ 1::: m · h.•c · c.:r'- T n1!!: P u • tr.1 d l.'r ro. l'\ fue > . . l 'i CJ~l~ com¡ : ... i. J . r ' o e , tp ' c 0·1 tt't:5• oxca~o .. h m r~i y ) ~~ t cm Coro. Y :.rks t.ll) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • • [70) o rrtCI ~ ·ctir.S a. ':\ l-J1·m~. R·;<"J.nn:;·o i to~ ~itiCUCI1t'lhomh rt-5::lrm :ldos lllle v.s. C'~l·l f· c l l · ·¡lxmos de ¡'o. ;ll, e . . 'u h~.s noti - se- !..Ír\ io d··rme <. ,L.Is me <.licc: ' cl.bt·n r tir.tr<;" i Cu 'ttt;t , l •;~ ho n .:tC'- )1\\' :,;~·~:n1d 1 dt't>h..;to porl>Cj_:t.:c•,1Íto re- nidflu1 e.te Q ttrt IGctcr.tl h.t.,.t L fjlt•..: n,:~n:-- f· r.;-: e: 1 - : . 1i~o lllifl , ~.i u.tcc; t' t.t Junos m.d¡ scnl1~ C'ipi.,s c¡ne he 11Ld·d• do á Zuli 1 co11 d ·ho ro~ l''>t' n~ '> ~'1\ld t) pv>r. l\!.1r. \': 1 .. c1uc (o- ohjdo <.:e txnmin r l.t f..Ítllacion y l11tr:zo~s dd T 'l L 11> r 1 1" ,· 1\.lllCCtdo á lt d ·kn•·i' 1 y 1.0 :i ltlcll1t!•;o, crC'ido de c¡11..: V . S. t•o lo 11• V<~ri:~ á. b < ·,,.,,~ ;, •. :· i uchn 1111:.:: ·n o qu ,· Boi ·' ·, v.t- 1 :J.l, ut con~ic.kr.tctvn á l.t púca fuuza de •~rrnas l i lt~ e' r ~: 1 oc. 1 ion: comtl.l á 'oro , Y <.·~to !> U- Cjll ~ t 1 ,f.;-o. puc, ,) 1. Dios ,,r, r ,e~~· :lo: h ¡¡ ·I~L· ¡,· ' olt.lllt. .. tl •' (', ho de recibir('¡ 1t•' í\.t v .. ~uv > ~, J"l nl.lS (jiH" e impondr.t Y .. ~ . de 1 l"t' cl0 el... Puc.rto •t-= l!od t, p :es 111l: ;,q:, ll' ll l fJ'lL' '1\ j.¡ 111Í 1 eJ..: (.' .!J lln, V n;c \'Íl1 ÍCIIIO' el l l·.:.e re Í((J u1 t'1ci.1 Tur.¡.! 1. ''od 1 lt Ciud ·el l..lll\'0 el <. B '1 dc.tr:-. l:Í rc.ro ~9 ele 1 ~ 14. 4°. v 2°.--..: ! , :·nc~·i i: te :r•1p ..., ¡.¡¡;· L " :1 d:.: u:gtltl:., vo- J 1 n . 1.1ltOII.O 1\.n.ck·,-Curcl d 11.o Gt 1 r.tl e . e• .t: j 'l!;~·:•L: n L &I:Í i< <-• 11 u.: ~uc..!! tilO- <'d l•.xcrci .. o c:onvitl do dtl _.:vrl - Es co¡>ia 1 , 1 ,, • , ... • O 1 G 1 t, : t '0 :s : •s c.1lh •; &t" o1 • Lt··ron ll•l'l 1 lo Ir:~ [ 11 rtt :rrm r ·! clt 1 {o rio d~.: Cucut.1 :\L1rzo r"t .... mo lo~ tr" •. di. ~ el· P.l!>'lll.t: De tod' ot<~ 1 J . ek 1814. 4°.-Hou s~cret"rio milít .. r. t •: ··:,a nK·lil,r.! !lor h ., Jlr:: t: prsl el· -~e d:::: 1. t <: D!ci-..:inl l'l' h .. ·,t:l l'l 2. dd p:csentt ; y :.i ll(l ,\1\.r. ¡'~r Í't \ l'l:C'ÍS.I (lbJi¡. e ion el.: 11>Í l n•¡)lt:o n e: r<.ti · .r i.1 á un moml: pc,r (OUt> ( '>l'> ''i .1 illll\' f () v rl,t'C'- El cht :do e e l " \ r'<.nin zul, . ( • t • t 1 •¡ olllt't u.w (,.-..:ve ¡)'\z ,plll:!:> os G ) ~d~q.,; . a ,. m de.: n ·· li'> di j) 11' r :ll)·¡xo. } 1 ....... ua:·t··l C~ 1.cr, 1 e t.1 de 1:tm el l tt rritNio' Fr:.ntc•; ,. _u ccr·· i·::l\~lt ~~·t: : 11 : .. rl'':!< n 1 th.str,•s n1·m .:.- ")ucto hico co;~~o e¡ ·-.: no t:':lt 1 muy cr:icto, :::··¡~ltll algtt:ns :tut ic: ; •¡.,n ·;e que h.l. ..J<.r:,t 1 .m "t.der el (urn·o e~..: 1· i !lt:rr ~c -on, .~ I ero h[~ e lm c~c!o, ;: I:H¡ ut: no f.!t.lll r:-1 !'i de ti - cnto y L"! nc¡ !·'llt.' pre~o · . .'. 1.1i;~< 11 ;,,, pt r tfJd .1s 1 nrtt~ nn osd~uutec•io. p ¡ -l ¡ ;¡ ). :\it r: a1'l !: l"l(~i) : ... ~·¡ ¡')( r h \'Í.\ <) (; · T ~·u:~: !lo ú C, r 1< l1 , ·; e :···o t ~ 1 , l . r l>\ · ,,_ b! ·e; <' t· :.1c ¡;. ,ro. R-.tim re LlC :--.. ... Hita qu •. nto ;ta. t---~; l t .. r~jun ~tl -/~ -; cr i >~tl }.;:, \}")),¡ Ql1' !" L' r;..:IH 1 1 \ Lt p 'l'T')CjiJ Í 1 de n -. i 1' .1 ,:...::, F:hr· ro ~~ c.l:: Ll L-lo.ú (,~L Hoc:J S~,-crd.ll'ÍO n.ilit .. r . PARTE DO::L GE. TL .. \i. D2L r:::~EI~CI TO Df.L NO:::!.T.E. Des ,. ~ ~ (e rcrr"'10 c1 r:i··¡::;o 1111 Nr.•clo ttn ~­trao~ lin·ecutÍY', ú r t,i ... tJ'>C.' ~ n · •. r:otr.\mic: r el.• -­, lt 1 y li b~,; ;·t:lt:,;: ~.e , .,, :í fi:: , r en B. rin.: ,., un crt:lrtr> u\ (' ,!.I:.r·,ot u u1 'utri1",otro u1 Gu.clu;,]i ·o, y c tro n <.-! e •mpo Cll· ]? t< !1 : } o n: n J.¡, e !>ta mi ma t ,tde de..: B.,r,¡n!·il. do y e' tlll'"l <1·- 'l"·l · tro c.li 1s L'~t re ::.ol ¡·e Gu.111 r-. .. coll n. ii 1 ond . r.·~; • l' Ie con~idc:ro c¡ue 1. Lt f ch.t e~; 1r<1 rttic:ido d Pu rto, p :c.~ el bl t! o v ... t.1 t •• n u,trl t Lo como 1-l primc r.t \ 't ~ y co:1 f-;1' .ndi-,im 1 t.,C ,I<;t...; de \'i­Vtrls- Lo c¡ue part1 ~ !pe, á ·. S ¡ !'.1 . u i1 lt •Í· :r..:nci .t-L)ios ¡.:,·ut· it \'.S. muc.h•1S :.ilo., Tru­xtl'o t·l,n·i ll 18 el~ 18 14. 4"'. '· .2° . ..ú'.rtnlt-mt: C h,,c<--C. Prt'ii. E. de~lcri­cl.- E~ cnpi : Qu. rtcl G~.- rltT·,¡ del lUrlasdel -~ • ., El 30 por b noche ap:1TC!)it·ron (]\lUtro inc_cndio, ó ·clthtruccion, y no deL~n reputarse buque~ de guerra E. pd1cles que tt"<~~taruu de con· plises Ul el robo, y t;;t<}u~o, siempre qtHI t'ntr.tr al Pm:rto, mas nue:stm h•·teriOl de: la las denuncien ;,¡j Gobi·.rno, con apu~tes firma. boc•t dd rio lo impic.IIo y se- cmpt ;'io \Hl ter- dos, b-.xo el wpucsto de que se guardar¡¡ d rii>k c:¡Ílf)neo entre el Cm,tillo, l':st.lcnda, y secreto, que ex1githe d d~nuRciante. JIUC:5trc~ linc~1: el fuego duro tüda i.a noche. El 31 halbndm.e los buques c-ncmig01i full(h:aclo::. l;a:x.o lo!> fuegos ud Cd~tiHo bt: pre. scnt.Ton los nuu,tros, y no sitndo posible ~dc tl 1 cducto k·s tenemos contuJÍ<.lo:;. J:;ut:..,tr.l primer.t Linea ocupa !.u• bocas cdlcs desde el l\1~111gle y la Plaz<.~ mayor h~sta las bate 1..as 1e la bo':.l y lo5 Coco':>: Ll 5t'guncla sigue <.,1 <·us 1 osiuonu; desde d Trim.L.~oron h.-htu Lt ~ Íg¡.¡. h·x·1. El E:>f"rci o de riente (}l!C' haxo as ~nl::: C'S del bu cl,,é.itu Gu~r.l !v ¡tr:r.c.~c: h,t 'S • su~ se,¡ü · c::o-Quartd Ge·1er . .t de Puerto C;.,b l!o l d~: F l·m ro clt" 1 ~ 11. 4°. y f:0 • Por el Mayor- G,:nc:r~•l , To.-nas fi:cmttllo~, Se­crct~ trio d Guur.t. Y ALJ: N e u .. impreso por \'ictor C!J.asier.iau, impn:nta del COBIERNO. P.A .. ~1P LO.J./.,t - .El Ciud.tchno José G.tbriel Peña Gobernador i1,1ttrino de l.t Provincio.l de P~mplonn. Lihre <"Sta c .. pitul y el V<~lle de C'ucuta de lot m • .lv; dos, ai t¡uit m·s no d vukr, h,s ~1r­rnas, ni di•.ci¡1lina clitron pnso. sino un01. <"Lu:tli­d ·td, ~e L •. lt.tn felizmente re!:.tituidas l. ~\l d ea­d1t in•' -l r-t u tv:i '• b ,.•o ct•. ·os· t \ lo .1.~ -1·!'}.~­li .. \fdcben e¡¡tur ~~o-ur13 d :-.u tr.m•¡111l' td, e i ¡munichd prr:on~l. Pc::ro de.s~oso el Gohir:mo rl · reorg .. nÍ7 ~r lo<.. r an1ns dt: wlmh.1 :tr.orprehe:1diJos ~ot· el r:¡~cmi­g'O no h.111 f,Jt. lo á ~us d ben:s. m ' n _ Ig"llOI rl,·);¡ ex<"cr~:..icn de 5UI htí"nunos e, :::;t .odoa .n. or el h~<.l:u 3<,lo ~ 4l' te l;¿ ('iu.cL-..4, 1 inm~;d ·;¡e i ee;. ~.o Todo• los c:udad~mo3 do: la Republica de Pamplnni:l son h 1 or l Gobierno y rc­put< dos p<-.r Cittd •. d.ll1oli d~ honcr y P'~­triuti..; mo. 6.G To(las las puert:1s, y ventnn:t~ de be t:<.s~s e reponclr,m á la ma~·or brc-\'cd:...d, cui. dür.dol'~ de su hll!pitZ.l, y de purific¡¡r los o.ti­rt's Ltirlos, y corrupsioa con i:,: ,:! ):.~d,ts á fi,, de c¡ue L s r-¡:•:lr<:n t~rm: l'.ion lmentc:, ó .-1 ene­nos 'l u e el.~\ ~.tu la~ pucrt•:& mi..:atr.u• ocurre1¡. las d u dí u~. !).~ Se re tituiran d Comercio, comnnic:¡cio­l1C~. T rthiCJOII(·~ de esta Üudad COIJ~J \'~!Jet dé ('tiCUtil al c-~t<1Clo <]L'e tcni.tn ~ntcs ele :;er ocu­pados por,.¡ <:ncmigo, y h.tbra ll.la liurc ex por~ taCÍOOdC ViV\..fli U~ lll) copia Pamploaa 2~ de Fcbr~ro de 1814. 5.P-Fcrmanocz h·o Sccrew;o. lMP.XNTA DEL CONGaESO l>S I..A M; e. fOJt U. C. J. ll. W • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Argos de la Nueva Granada - Semestre I N. 19

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 21

Por: | Fecha: 01/07/1910

R~l?UBLICA DE dOLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACI~NAL Serie única ~ Bogotá, Julio 1.0 de 1910 ~ Número 21 OONTENIDO Acta de la sesi6n del miércoles 22 de Junio de 1910 Acta de la sesión del jueves 23 de Junio de 1910 . Acta de la sesión del viernes 24 ele J unío de 1910 . .. Relaci6n de debates --_ .,. . ........ .. P'~8. 161 Itl2 168 165 Proyecto de ley por la cual se abre un crédito adicional al Presupues-to de Gastos de 1910 ... ._-_....... ... El Diputado Perilla llamó la atención hacia el artículo 193 del Reglamento. La Presidencia no accedió á la petición del Diputado Salazar M." quien acto seguido pidió la palabra y dio lectura á la parte de la Memoria ya citada. Como hu biera murmullos en las barras, el señor 166 Proyecto de ley por la cual se autoriza al Gobit>rno para comprar la Presidente excitó á los concurrentes á ellas para cata en que naci6 Antonio Ricaurte. en la Villa de Leiva.. . . Proyecto de ley sobre reformas judiciales... ..... . .. ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 f~~ que guardasen la compostura debida, y manifestó al Diputado Salazar M. que sentía que con la lec· tura hecha por el honorable Diputado se hubiese hecho nugatorio el articulo cuyo cumplimiento ha· bía solicitado el Diputado Perilla. ACTA DE LA SESION DEL MIERCOLES 22 DE JUNIO DE 1910 (Presidencia del Diputado Segovia). 1 Con el número reglamentario se dio principio á la sesión de este día, á las dos y diez minutos de la tarde. Dejaron de asistir, legítimamente excu­sados, los Diputados Gómez Ochoa y Vargas San· tos. 11 En discusión el acta de la sesión anterior, el Di· putado H olguín y Caro hizo uso de la palabra y pidi6 constara en el acta que él considera que el asunto relativo al empréstito debe discutirse y votarse en público. 111 El señor Presidente ordenó la lectura del artí­culo 189 del Reglamento, y manifestó que aunque reconocía como práctica parlamentaria las inte­rrupciones, éstas deben ser rápidas y concisas, para que no entraben al orador en el hilo de su discur­so, pues aquellas que aparecen como un discurso distinto por su extensión y sobre todo entablan diálogo, no son aceptadas en ningún Cuerpo colee giado; por todo lo coal, de acuerdo con el inciso 4.0 del artículo que acababa de leerse, la Presidencia estimaba como ueo de la palabra hecho por el inte· rruptor las veces que al interrumpir se apartase de la brevedad y concisión requeridas. Después de haber hablado el Diputado Carre· tIo, el Diputado Salazar M. solicitó la lectura de una parte de la Memoria del sefior Ministro del Tesoro. La Presidencia expuso que habiéndose aparta. do los oradores que habían hecho uso de la pala­bra de la discusión del acta, que era 10 que se discutía, en lo sucesivo llamaría la atención de 108 Diputados, á efecto de que contrajeran sus dis. cursos al punto que se debatía. El Diputado Lombana interrogó á la Presiden. cia en el sentido de que explicara en virtud de qué artículo del Reglamento se basaba el señor Presidente para restringir á los Diputados en el . uso de la palabra, y apeló de su resolución. La Presidencia contestó que no en uso de nin. gún artículo concreto del Reglamento, sino en virtud de las prácticas parlamentarias fundadas en la naturaleza misma de cada discusión, pues de lo contrario sería imposible impedir que se em­barazase el debate con disertaciones completamen. te extrañas á él. Como en estos momentos las vociferaciones de las barras aumentaran, el señor Presidente ordenó fuesen aprehendidos los alborotadores y condu­cidos al cuartel de la Policía. El Diputado Salazar M. observó que esa no era :facultad del Presidente, sino de la Comisión de Justicia Interior, y el señor Presidente contestó que era un error del honorable Diputado, pues el Presidente estaba procediendo dentro del límite de sus facultades, y por tanto reiteró la orden de arresto. El Diputado Pinzón manifestó que si había ape­lación de esta resoluci6n, él apelaba; la Presiden .. .. cia dijo que DO había lugar á apelación, pues se trataba de una facultad privativa del Presid~nte; . puesto que á éste correspondía hacer guard~r el . orden en las sesiones. El Diputado Pinzón pidió que quedara constancia. de su petición en el acta. Despejadas las barras, continuó la discusión del acta, la cual fue aprobada. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. I • ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL La apelación del Diputado Lombana se suspen­dió, por haber desistido de ella. IV La siguiente proposición fue subscrita por el Diputado H01guín y Caro: "Antes de entrar en el orden del día considérese lo siguiente: " Solicítese del Poder Ejecutivo que se sirva pre­sentar á la consideración de la Asamblea, eula for­ma lega], el contrato celebrado para la consecu­ci6n del empréstito de las ~ 500,000 por los seño­res Ministros de Colombia en Francia y en In­glaterra." Esta proposición fue sustentada por su autor y por el Diputado Lomballa B., é impugnada por el señor Ministro del Tesoro y por los Diputados Pin­zón y Perilla, quien hizo además leer el artículo li'1 del Reglamento. La moción resultó negada por treinta y dos vo tos negativos contra seis afirmativos. El Diputado Lombana B. hizo constar su voto afirmativo, y el Diputado Saiz el suyo negativo. V El Diputado Ospina devolvió, con informe, el proyecto de ley "por la cual se derogan algunas disposiciones de las Leyes 40 de 1905 y 21 de 1~07," con un memorial adjunto de los señores Christo­pher E. Dixon y Ernesto Restrepo Tirado, en el ~ual piden la derogación de las leyes y decl'etos de 1905 y 1907, sobre minas de esmeraldas. IV A las tres y treinta y cinco minutos de la tarue, de acutl'do con el orden del día, se constituyó la Asamblea en sesión secreta. El Presidente, LAOIDES SRGOVIA El Secretario, Marcelino Utribe A ¡rango ACTA DE LA SESION DEL JUEVES 23 DE JUNIO DE 1910 (Presidencia del Diputado Segovia). I Con el quoru,rn l'eglamentario, el senor Presi dente declaró abierta la sesión de este día á las dos y quince minutos de la tarde. Puesta en discusión el acta del día anterior, previa su lectura, fue aprobada y firmada. En seguida el Secretario dio cuenta del orden del día de ]a corporaci6n y de los negocios subs­tanciados por la Presidencia. 11 El sefior Presidente hizo constar que después de la sesión pública de ayer tu vo conocimiento de que habían sido enviados á la Central dos indivi­duos, en cumplimiento de la orden de arresto que dio la Presidencia. De los dos sujetos, el uno fue puesto en libertad por la Policía, por haber com­probado no ser responsable, y el segundo lo puso en libertad la Presidencia, á las diez de la noche, en virtud de sus facultades legales. 111 De conformidad con el orden del día se conti­nuó la discusión sobre la sub modificación del Di­putado Arango Carmelo, supresiva de la propuesta por la Comisión para el artículo 4.° original del proyecto de Acto legislativo "reformatorio de la Constitución N aciona!'" Tomaron parte en la discusión, para impugnar­la, 108 Diputados Pinzón y Espinosa, y parE\. sus­tentarla, su autor, quien dio lectura al artículo 1513 del Código Civil, después de lo cual se aprobó. En discusión para adoptarse, el Diputado Boni­lla la su bmodificó así: '~La ley que .estable~ca un monopolio no se. apl~cará antes de lndernmzar plenamente á los in ­dIVIduos que deban quedar privados del ejercicio de una. indust~ia ~ícita, y determinará la~ reglsA de la IndemnIZaCiÓn, que com prenderá el daño emergente y el lucro cesante. "El monopolio se establecerá como al'bitl'i<¡ reu tístico. "Ninguna entidad podrá concedel' privilegios que no se refieran á inventos útiles." . Explicada pOI' su autor, la apoyó el Di putado Pmzón. Después de pedir aclaraciones el Di pu tado Res­trepo ~~enz sobre el inciso 2.°, el Diputado Boni­lla SOhCItÓ se votara pOI' partes. El Dipu tado Ro­dríguez señaló como primera hasta donde diee : " y determinará las reglas de la indemnización" y la explicó é hizo leer la Ley 17 de 1898. ' Como no fuese aceptada pOI' la Asamblea la Presidencia declaró virtualmente negado el I'e~to. Acto seguido se adoptó la propuesta por el Di­putado Arango Carmelo. Fue aprobado el artículo que en seguida se in­serta, propuesto por la Comisión para 5.° después de interpretarlo el Diputado Arango C~rmelo y apoyarlo el Diputado Pinzón, y de sel' leídos los articulos 32 y 33 de la Constitución á petición de los Diputados Bonilla y Lombana,' en su orden: "Artículo 5.° En tiempo de paz nadie podrá s~r privado de su propiedad en todo 6 en parte, SIDO por pena ó apremio, ó indemnización ó eon­tribuci6! l general, ~0.n arreglo ~ las leyes. POI' gl'a­ves. motIvos de utIlIdad públIca, definidos por el legIslador, podrá haber enajenación forzosa me­diante mandamiento judicial, y se inuemnizará el valor de la propiedad antes de verificar la expro­piación." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 163 Al adoptarse, el Diputado Lombana B. propu­so y explicó las siguientes submodificaciones : " En tiempo de paz nadie podrá ser privado de su propiedad en todo ó en parte, sino por pena Ó apl'emio, 6 indemnización, ó contribución general, con arreglo á las leyes. Por graves motivos de utilidad pública, definidos por el legislador, podrá haber enajenación forzosa mediante mandamiento judicial, y se indemnizará el valor de la propiedad antes de verificar la expropiación. " En caso de apertura y construcción de vías de comunicación, la indemnización podrá no ser previa." En su fa VOl' tomaron parte, al discutirse, los Di­putados Quevedo Alvarez, Holguín y Caro, Olaya Herrera, Rodríguez y Ospina; y en su contra, l~s Diputados Salazar M., Escobar, Rosas y Es­pmosa. IV . En seguida se aprobó lo siguiente, propuesto por el Diputado Salazar M.: " Altérese el orden del día y considérese el pro­yecto de ley 'por la cual se concede una autori­zaci¡' n al Poder Ejecutivo.' " En consecuencia se abrió el segundo debate de dicho proyecto, y pasó á discutirse el artículo úni­co original, modificado por la Comisión, que dice: " Se autoriza al Poder Ejecutivo para contratar un empréstito de quinientas mil libras (~500,000), con estas bases: hasta un veinte por ciento (20 por 100) de descuento inicial; hasta 8eis por cien­to (6 por 100) de interés anual; no menos de quince (15) Hños para la amortización; garantía hasta de cuatro unidades de la'Renta de Aduanas, y hasta treinta por ciento (80 por 100) del pro­ducto de las esmeraldas extraídas hasta hoy 6 que se extraigan en el curao del presente año." Se leyeron los informes de la Comisión á solici­tud del Diputado Salazar. En la d~scusión lo impugnó el Diputado Lom­bana Barreneche, quien hizo leer el capitulo 92 del proyecto de Presupuestos para 1910: Minis­ter'io del Tesoro, Depa'rtamento de la Deuda Na­oional, y ].> sostuvo el señor Ministro de Ha­cienda. V POI' ser avanzada ]a hora, el Presidente levant6 la sesión á las cinco y cuarenta y cinco minutos de la tarde. VI En el curso de ella fueron devueltos los si­guientes asuntos: Por el Diputado Arango Carmelo, con su res­pectivo informe, un memorial documentado del señor Manuel Delgado, en el cual solicita la rehabi· litación de sus derechos políticos; Por el Diputado Constaín, también con infor. me, el proyecto de ley " sobre legalización de cier. tos créditos." y presentados los siguientes: Por el señor Ministro del Tesoro, los proyectos de ley" por la cual se ab"e un crédito adicional al Presu puesto de Gastos de 1910 "; "que autoriza una cesión en favor de un establecimIento de be­neficencia"; "sobre expedición y servicio del Presupuesto Naciona]," y "sobre asignaciones civiles" ; Por el Diputado Carreño, un mensaje del Go­bernador del Departamento de Boyacá; y Por el Diputado Llorente, la Resolución número 81 del Consejo Municipal de Tumaco; tres Reso· luciones de los Consejos Municipales de los Dis­tritos de Guachucal, Cumbal y Gualmatán, y UDa petición referente á la expedición de una ley que favorezca los derechos de los indios pastusos. El Presidente, L. SEGOVIA E 1 Secretario, MaroeZ,z'no [J".ibe Arango ACTA DE LA SESIÓN DEL VIERNES 24: DE JUNIO DE 1910 (Presidencia del Diputado Segovia). I Con el número requerido se Ilbrió la sesi6n de este día á las dos de la tarde. Dejó de asistir el Diputado Valderrama. 11 Se aprobó sin observación alguna y fue firmad" el acta de la sesi6n anterior. Irl El Secretario dio cuenta del orden del día de la corporaci6n y de los negocios substanciados por la Presidencia. . IV Continuó el segundo debate del proyecto ue Acto legislativo "reformatorio de la Constitu­ción N aciona1." En discusión la submodificación aditiva pro· puesta por el Diputa lo Lombana B., para el artículo 5.0 propuesto por la Comisión, el Diputa­do Bonilla solicitó que la votación se hiciera por partis, y señaló como primera hasta donde dice: " antes de verificar la expropiación," y como se­gunda el resto. Después de sustentar su autor la submodifica· ci6n, y de impugnarla los Diputados García He­rreros y Escobar, fue aprobada la primera parte y negada la segunda. Continuó en seguida la discusión del artíeulo nuevo propuesto por la Comisión, para 6. 0 del pro-' yecto. Tomaron parte en ella los Diputados Hol. gnín y Caro y Arango Carmelo, para defenderla, y para impugnarla, los Diputados Rosas y Pérez y el señor Ministro de Instrucción Pública. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL El Diputado Holguín y Caro manifestó que le daria su voto negativo á dicho artículo, en aten· ción á las razones expuestas por el señor Minis­tro de Instrucción Pública. Pasó luégo á votarse, y fue negado el articulo en referenf!ia. V Acto seguido fueron presentados los siguientes proyectos por el señor Ministro de Instrucción Pública: "sobre casas de corrección" y ti por la cual 'se concede una autorizaci6n 1\1 Poder Ejecu­tivo " (enseñanza de obstetricia y. dentistería), y por el Diputado Arango Carmelo, uno "sobre re· formas judiciales." VI El señor Ministro de Instrl]cción Pública pro puso lo siguiente: " Altérese el orden del día y dése primer deba· te al proyecto de ley "sobre casas de corrección," y al "que autoriza al Gobierno para comprar la casa en que nació Antonio Ricaurte." El Diputado Rosas la modifiéó así: "y al proyecto de ley' sobre reformas judicia. les,' presentado por el Diputado Arango Carmelo, y á los que estén en el orden del día para primer debate." A solicitud del Diputado OIaya Herrera se vo­tó por partes, y señaló como primera la del señor Ministro, y como segunda la del Diputado Rosas. Ambas fueron aprobadas. En consecuencia se dio primer debate á los meno cionados proyectos, así: 1. o Proyecto ,le ley" sobre casas de correcci6n." Fue aprobado en primer debate y pasó en comi­sión para segundo, y con veinticuatro horas de tér· mino, á los Diputados Rosas, Holguín y Caro y Llorente; 2.0 Proyecto de ley "por la cual se autoriza al Gobierno para comprar la casa en que nació An· tonio Ricaurte, en la Villa de Leiva." 6.° Proyecto de ley" por la cual se abre un cré· dito adicional al Prp,supuesto de Gastos de 1910." Se aprobó y pasó al estudio del Diputado García Herreros, con término de cuarenta y ocho horas; t¡.o Proyecto de ley "sobre expedición y servi­cio del Presupuesto Nacional." Pas6 en comisión, después de ser aprobado, al Diputado Mesa, con cuatro días de término. VII Terminada la alteración de] orden del día, vol­volvi6se á éste, y el Diputado Holguín y Caro sen­tó la siguien te moción : Rev6quese la aprobación dada al artículo 3.° y reconsidérese. En discusión, fue sustentada por su autor. A solicitud del Diputado Olaya Herrera la Asamblea se constituyó en sesión permanente. Tomaron parte en la discusión, para impugnar la proposición del Diputado Holguin y Caro, los Diputados Olaya Herrera, Segovia, Restrepo Sáenz, Carbonell, WalIis, Pérez y Del Corral, y para defenderla, los Diputados Holgnín y Caro, Carre­ño, Vi llegas, Perilla, Arbeláez, Mesa y Rosas. Concluida la discusi6n, el Diputado Salazar M. solicitó que la votación fuese nominal. Así se hizo. Votaron afirmativamente los Diputados Arango Ramón, Arbeláez, Bonilla, Carreño, Dulcey, Esco bar, Ferrero, Garcia Herreroi3, Gómez Román, Guerrero, Holguín y Caro, Mesa, Ospioa, Perills, Rodríguez y Rosas, y negativamente los Diputa­dos Arango Carme10, Carbonel1, Collazos, Cons­taín, Del Uorral, Espinosa, Gómez Ochoa, Herre­ra, Lombana B., Llorente, Martínez, Olaya Herre­ra, Pareja, Pérez, Pinzón, Quevedo Alvarez, Quin. tero Calderón, Restrepo Sáenz, Saiz, Salazar M., Samper, Segovia." Vengoechea, W a1lís, Vargas Santos y Zúñiga. En consecuencia la proposici6n del Diputado Holgutn y Caro quedó negada por veintiséis VQ" tos negativos contra diez y seis afirmativos. Con igual término al del anterior, pasó en-comi· aión al Diputado Restrepo Sáenz, después de ser VIII aprobado; A las ocho y treinta y cinco minutos de la noche 3.6 Proyecto de ley" sobre reformas judiciales." .el señor Presidente declaró terminada la sesión. Fue igualmente aprobado en primer debate, y pasó para segundo, con cuarenta y ocho horas de término, al estudio de los Diputados Ferrero y Rosas; 4.° Proyecto de ley" sobre asignaciones civiles." Fue aprobado y pas6 con término prudencial al estudio de los Diputados Ospina, Arango CarmeIo y Pinzón; 5.° Proyecto de ley" que autoriza una cesión en favor de un establecimiento de beneficencia." En votación secreta fue aprobado por veintiséis balotas blancas contra cinco negras, escrutadas por los Diputados Martínez y Collazos. Pasó al estu­dio del Diputado Holgutn y Caro, con cuarenta y ocho horas de término ; IX En el curso de ésta fueron presentados los si­guientes asuntos: Por el Diputado Garcia Herreros, un memorial delsefior Ernesto Cancino, en el cual pide se aproo pie una partida para pagarle una suma que se le adeuda; Por el Diputado Constatn, un oficio de la Corte Suprema de Justicia, en el cual Be solicita aumento de sueldo para el Secretario, el Oficial Mayor y Escribientes de ella; y Una petición de algunos gendarmes de Maniza­les, para qua se les pagu e 8U servicio de 1908. . Y fue devuelto por el Diputado Vengoechea, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 165 con el respectivo informe, el contrato celebrado por el señor Ministro de Obras Públicas con los seilotes Diego Martínez & C.o, de Cartagena, para el establecimiento de una refinación de petróleo en la Costa Atlántica. ' El Presidente, LA.OIDES SEGOVIA El Secretario, ManJelino U"tl'ibe Arango RELACION DE DEBATES SESIÓN DEL 9 DE JUNIO DE 1910 Al discutirse el contrato sobre explotación de la ferrería y hulleras de Pacho, celebra­do por el Gobierno con el señor E. Brochon, el Diputado Arbeláez dijo: Este contrato tiene, como rasgo saliente, la ga­rantía que el Gobierno debe dar, equivalente á la suma de dos y medio millones de pesos oro. Basta­ría leer el informe del señor Ministro del Tesoro para convencernos de que este país no está en situa­ción de acometer empresa!' como ésta. Compren do que una ferrería es una base para el adelanto indus­trial en un país; pero aunque el patriotismo más acendrado nos lo haga desear, estamos en la imposi­bilidad de obtener hoy ese adelanto. Por lo demás, tengo una idea desfavorable á todos estos contratos con los cuales queremos avan~al'nos á la época pre· sente, pues hay que tener en cuenta que e te es un país pobre y con aspiraciones que uo están de acuerdo con nuestra situaci6n fiscal. La historia de nuestros contratos es una historia verdaderamente lamentable. Cada uno de los que se han venido celebrando no ha traído para el país sino una rémora en la Administración Pública, y á conse· cUencia de contratos como el de que se trata, han surgido reclamaciones de extranjeros que son una sanguijuela para el país. Si se pudiese mostrar ante la Nación todo el oro que ha salido de nuestras ca· jas para llevarlo al Extranjero, por reclamaciones de esa clase, nos asombraríamos y nos causaría po­sitivo temor tal resultado. (Lee el artículo 3.0 del contrato). Siendo el contratista ciudadano francés, exige que este contrato sea registrado en Inglaterra. De­liemos tener en cuenta que la N aci6n inglesa es una de las más celosas por los intereses de sus súbditos y que hace respetar todos los contratos hechos con ellos. Era natural que siendo el señor Brochon francés, este contrato fuera registrado según las leyes francesas. Se me ha dado por razón de esto que el impuesto que se tiene que pagar en Francia es mayor que el que debería pagarse en Inglaterra. En realidad no sé si esto sea verdad; pero me lla­ma mucho la atención esta .cláusula, por !a. respeta­bilidad que la Nación inglesa da á todo lo que está constituido en su país, y porque esa formalidad en-traña una garantía para el contratista y un peligro para los intereses de la Nación colombiana. (Lee el artículo 5.°). Estas acciones puede decirse que significan un empréstito, constituyen una deuda general, porque dichas acciones las compran los cocheros, las coci­neras, toda clase de individuos en un país extran­jero, y el día en que no se puedan pagar con pun­tualidad los intereses, queda el país como un deu­dor moroso ante los individuos de esas naciones; y quien examine nuestra situación fiscal comprenderá que ese peligro no es remoto. fLee el artículo 6.0 ). ndudablemente el garantizar un interés de] siete por ciento sobre dos y medio millones, no es una cosa que debamos pasar inadvertida, pues en­traña otro peligro digno de temerse. Se dice también que esta Empresa empezal'á pronto á producir, y este ha sido uno de los hala· gos para la celebración del contrato. Yo me atrevo á creer que no es así: tenemos la historia de la fe­rrería de La P'rade'J'a. Para esa ferrería contribuyó el Gobierno con sumas considerables. Al frente da esa ferreria estuvo uno de los hombres de empresa de nuestro país, el General Barriga, que tenía con­diciones excepcionales como empresario, que sabía conciliar los intereses nacionales con los intereses propio:3, y esa empresa fracas6_ No pasal'ian menos de cinco añ()s antes de quP. esta empresa comenzal'a á producir', y durante este tiempo tendría la Nación que pagar intereses sobre dos y medio milloneEl, al siete por ciento. Los empresarios se comprometen á llevar á cabo un ferrocarril, bien sea hasta Nemocón ó á una de las estaciones de la Sabana. Para llenar este com­promiso se necesita que el Gobierno entregue á la Compañía toda la zona y los elementos necesarios para ese ferrocarri1. El Gobierno, pues, tiene que entrar á cubrit' á los dueños de esas propiedades el valor de las expropiaciones que se hagan, y apor­tar todos los elementos necesarios para la construc­ción de ese ferrocarril. En esta época de nece~aria reacciÓn tenemos que entrar respetando todos los d~rechos, y si no lo hacemos así el país está pero dldo. Es necesario que se respete el derecho de propiedad, porque donde no se respete ese derecho no puede constituirse un gobierno gerio; de ma­nera, pues, que el Gobierno tiene que pagar á un precio subido todos los artículos que se comprome· ta á entregar á los empresarios, so pena de no cum· plir el contrato, y entonces los contratistas podrían exigir al Gobierno la indemnización correspondien­te, y y~ sabemos lo que son las indemnizaciones á compañías extranjeras, que nos han dejado re­cuerdos tristísimos. La Compañía queda exenta del pago de impuestos nacionales, departamentales y municipales. Creo que en esta exención estén comprendidos los dere­chos de aduana. Como esta renta es de las pocas verdaderamente seguras con que cuenta el Gobier- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 166 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL no para atendet' á los gastos de la Administración Pública, se necesitaría examinar los artículos que introdujera la Compañía, destinados á la ~errería, para evitar el peligro que habría de que se iotro­jeran multitud de elementús sin pagar los corres­pondientes derechos. Tenemos la historia triste de lo que son estos primeros contratos. El de Panamá se comenz6 para facilitar á los americanos el establecimiento de un ferrocarril. La primera vez que estuve en Panamá, cuando acababa de ponerse en servicio ese ferroca­rril, éste era yerdaderamente colombiano; y á mi regreso de Europa, cuando vol ví á Colón, quise como pral' un periódico para imponerme de la situación del paí~ después de mi permanencia en el Exterior, y DO elJcontré un solo periódico colombiano, y ese tel'l'itorio fue día por día convirtiéndose en ame­ricano, basta que vino la segregación. ne que aceptar, porque los Gobiernos heredan todas las dificultades de los que les preceden, yeso sin beneficio de inventario. Para los Gobiernos no lo hay: tienen que aceptar las obligaciones contraí­das por los ant.eriores, sin que haya modo de repu­diarlas, porque 80n irrevocables, y aunque es ver­dad que los Gobiernos tienen larga vida y que de­bemos esperar días mejores, en el momento actual la aprobación de este contrato, en la forma en que está, entraña peligros, porque seguramente se mulo tiplicarían las dificultades de que estamos ame nazados. Por las consideraciones que dejo expuestas, soli­cito el contingente de todos los Diputados para que se discut8 y analice este contrato, con todo el patriotismo y con todo el interés que demanda un asunto tan grave. En la India se sabe lo que pas?: 103 ingleses PROYECTO DE LEY comenzaron por establecer una Compañia nada más que comercial, y fue cogiendo fuerza hasta despo- por la cual se abre un crédito adicional aí Presupuesto jar á J08 naturales del territorio. Es un anteceden- de Gastos de 1910. te en el cual debemos fijar nuestra atención. Estos contratos leoninos, en q ue ~e comienza por dar ciertas facilidades, son después una seria amena­za para nuesti'a independeneia, y terminan fat,al­mente. Ahora bien: ¿ merecen estos contratistas !'espeto y consideración especiales como e~p .. eSal'lOS e~­t. ranjeros? Este punto merece estudlarse. Los DI­putados de Santander están en condiciones para po­der darnos alguna luz sobre lo que está pasando en Baja y Vetas, donde una Compañía respetable, que representaba también el señor Brochon, explo­taba esas minas, sin que yo sepa su resultado final. Como se me dijera por persona interesada en ~l éxito de este contrato, que el Banco de ColombI~ había comprado acciones en la citada empl:es~ mI­nera, me dirigí al Gerente de ese estableclmle~to bancario para pedirle informes sobre e~te partICu· lar, y me manifestó que realmente teman algunas acciones que habían recibido en pago. De haber reci bido en pago algunas acciones á comprarlas es· pon tánell mente hay mucha diferencia. La Asarnblea Naoional de Qolombia DECRETA: Artículo único. Para que se dé cumplimiento por el Poder Ejecutivo á lo dispnesto:en la Ley 64 de 13 de Diciembre de 1909, ábrese un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1910, por la suma de ciento veinticinco mil pesos ($ 125,000), con la siguiente impu­tación: MINISTERIO DEL TESORO DEPARTA.MEDTO DEI. TESORO Capítulo 90. Gastos varios. Artículo 493 bis. Para pagar la fabricación de bi· lletes papel moneda por valor de trescientos millo­nes de pesos ($ 300.000,000), ordenada por el artí. culo 1.0 de la Ley arriba citada, ciento veinticinco mil pesos ..... , . ------ .... " .. , ..... __ .. _$ 125,000 Dada, etc, Estas averiguaciones prueban que en este asunto me he interesado como si se tratase de un asunto Presentado á la Asamblea Nacional en su se­propio, {Jorque por lo menos con mi voto conscien- sión del día 24 de Junio de 1910, por el subscrito te nu quiero que se resuelva favorablemente un Ministro del Tesoro. negocio como este, que puede traerle al país com­ANTONIO JOSE CADAVID plicaciones para 10 futuro. Es este un servicio que puedo prestar á la República, y estoy resuelto á Repúblioa de Oolombia-Asamblea Naoional-Se-prestár. elo, deseando que conste que me he opues- \ or,taría-Bogotá, Junio 24 de 1910. ' to á la aprobación de este contrato, movido por un ,. sentimiento de arraigado patriotismo; porque, como En. la fecha pa~o. ~n prImer debate el p~'oyecto he dicho, lo creo peligroso para el país y para sus anter!or, y en comlSlOn para segundo al DIputado intereses, mucho más en el estado actual " cuando GarC.l a l-Jerreros, con cuarenta y ocho horas de tenemos que afrontar dificultades inmensas para termIn,? , . , atender á los compromisos que han contraído las Reg1strese, copIese y pubhquese. Administraciones pasadas, de cuya gesti6n no' es El Secretario, responsable la Administración actual; pero que ti e- M. U'I'ioe A. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 16'7 PROYECTO DE LEY por la cual se autoriza al Gobierno para comprar la casa. en que nació Antonio Ricauroo, en la Villa, de Leiva. mesa para que redacte el proyecto de sentencia dentro del perentorio término de veinte días. Artículo 3.° Vencido este término, pondrá di­cho Magistrado el expediente, acompañado del p'royecto, á disposición del Secretario, quien ano­tará al pie del proyecto la fecha de su presen. tación. El Presidente autorizará esta nota, que se reproducirá en el libro respectivo. La Asamblea Nacional de Oolombia DEORETA: Artículo 1.0 AutorÍzase al Gobierno Nacional para 'lue por medio del Ministerio de Instrucción Pública compre la casa en que nació el héroe de la Independencia Nacional Antonio Ricaurte, en la Villa de Leiva, para dedicarla á local de una Es­cuela primaria nacional, de grado superior, que llevará el nombre de Escuela Ricaurte. . Artículo 2. 0 V ótase la partida de quinientos pesos oro para la compra y refección del inmueble de que trata el artículo anterior, y para la adqui­sición del mobiliario indispensable para la apertura de la Escuela el día del Centenario de la Indepen­dencia. Artículo 3.0 V 6tase la partida de novecientos sesenta pesos oro anuales para los sueldos del Director y del Subdirector de la Escuela Ricaul'te, cantidad que se incluirá en los Presupuestos na- , cionales de cada vigencia. Dada, etc. Presentado á la honorable Asamblea Nacional por el subscrito Ministro de Instl'ucci6n Pública. MANUEL DA VILA FLOREZ República de Oolombia-Asamblea Nacional-Se cretaría-Bogotá, Junio 24 de 191(). En la fecha fue aprobado en primer debate el proyecto anterior, y pasó en comisión para su estudio al Diputado Restrepo Sáenz, con veinti ­cuatro horas de término. Cópiese, ejecútese y publíquese. El Secretario, M. U'r-ibe A. PROYECTO DE LEY sobre reformas judiciales. La Asamblea Naoional de Oolombia DECRETA: Artículo 1.0 Cuando la Corte Suprema conozca en segunda instancia, por apelaci6n 6 consulta, de la sentencia definitiva pronunciada en juicio civil ordinario, ó en juicio especial que se haya segui­do por los trámites del ordinario, ó en juicio de concurso de acreedores, procederá de la manera siguiente: Sin necesidad de orden presidencial, el Secre­tario pondrá al siguiente día en circulación entre los Magistrados el expediente con el proyecto, comenzando por el Pl'esidente y observando el turno debido. Cada Magistrado tiene derecho á mantener el expediente en su poder durante cinco días impro­rrogables, Artículo 4.° Cuando á juicio del Presidente no ofreciere dificultades el asunto que es objeto del proyecto, fiiará al pie de él un término menor para cada Magistrado, que será igual al que haya empleado para su estudio el indicado Presidente. Artículo 5.° Vencidos los traslados de que se habla, el Secretario pondrá el expediente á dispo­sición del Presidente, quien señalará día para conferenciar sobre el proyecto, de modo que no se suspenda el estudio de otro proyecto que se estu­viere discutiendo. Artículo 6.° La Corte tendrá diez días para de­liberar sobre cada proyecto y para acordar sen­tencia, á partir del día en que se verifique la pri. mera conferencia. Artículo 7.° Lo estatuido en los artículos que preceden se aplicará respecto de las sentencias que debe proferir la Corte en los asuntos que le son privativos de conformidad con los ordinales 6.°, 7.°, 8.°, 9.° Y 10 del artículo 40 del Código Judicial, y en los recursos de casaci6n en materia civil, inclusive el caso en que el recurso se funde en contrariedad de sentencias. Artículo 8.° Siempre habrá en circulación el número necesario de expedientes, á fin de que acordada una sentencia haya siempre expediente listo para una conferencia inmediata. Artículo 9.° Las audiencias ante la Corte en los juicios de que tratan los artículos que prece­den, no se surtirán sino cuando la Corte lo resuel va en la conferencia de qUé habla el artículo 6.° El decretarlas es potestatho de la Corte, y debe te­ner por objeto que se diluciden los puntos de he­cho ó de derecho sobre los cuales la Corte estime conveniente oír á las partes. Artículo 10. Surtida una audiencia, comenzará de nuevo el término para fallar señalado en el artículo 6.° Artículo 2.° Vencido el término para los ale­gatos por escrito, de que tratan los artículos 155 de la Ley 105 de 1890 y 110 de la Ley 40 de 1907, el Secretario lo informará al Magistrado substanciador y pondrá el expediente sobre su Artículo 11. En los asuntos civiles de casación, el Magistrado á cuya disposición se ponga el ex­pediente para la redacción del proyecto de senten­cia' debe examinar de preferencia si el recurso se ha interpuesto oportunamente y por persona hábil, y si la sentencia es de aquellas contra las cuales Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 168 ANALES DE LA ASAMBLEA NAOIONAL puede interponerse el recurso conforme á la ley, porque si faltare algún requisito legal se negará la adwisión del recurso. Dicho Magistrado pre­sentará á ]a Corte el proyecto del caso, y ésta fa­llará dentro de seis días. Artículo 12. Lo estatuido en el artículo 151 de la Ley 40 de 1907 no es 6bice para que las partes funden ante el Tribunal sentenciador el reCU1'SO de casaci6n que interponen; sin perjuicio de ampliar, dentro del término que fija el artículo citado, las causales de casación, ó de alegar otras nuevas. Artículo 13. Concédese á la Corte Suprema el término de veinte días para dictar las siguientes resoluciones: autos interlocutorios en asunto civil ó criminal, sentencias en materia criminal ó de responsabilidad, sentencias de casaci6n en mate­ria criminal, sentencias de revisión en lo civil 6 en lo criminal. Para las resoluciones que haya de dictar la Corte en asuntos no contenciosos, se le concede el término de diez días. Esta disposición no afecta el término que fija el al'tículo 90 de la Constitu­ción, l'especto de los proyectos objetados por in­constitucionales. Artículo 14. En los casos en que la Ley se haya limitado á fijar el término para que la Corte ó los Tribunales profieran Ulla l'esolución cual­quiera, sin ordenar la previa preparación del pro­yecto, la Corte y los Tribunales, por medio de disposición reglamentaria, distribuirán el tiempo respecto de cada especie de negocios, de modo de fijar el que corresponda al Magistrado ponente, y el que deba tener la Corte 6 la respectiva Sala del Tribunal para fallar. Artículo 15. El Secretario de la Corte Supre­ma, los de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y los de los Juzgados, pedirán oportuna­mente á las partes el papel sellado que cada una debe suministrar para el repartimiento, la actua­ci6n ó la sentencia, sin perjuicio del requerimiento y los apremios que establecen las leyes. Si una de las partes suministra voluntariamente el papel sellado que debe dar la contraparte, el Secretario lo recibirá, anotará en el mismo papel el nombre de la parte que lo ha suministrado y dará curso al proceso. Juicio ejecutivo. Artículo 1(J. Si los bienes que el deudor pre­sentare fueren muebles ó raíces que se haUen dentro del mismo Distrito Judicial, 6 bienes de los luencionados en los ordinale~ 4.° á 6.° del artículo 1042 del Código Judicial, no se le embargarán más bienes al deudor si presta fianza de sanea­miento. Lo establecido en este artículo es sin perjuicio de lo prescrito en los artículos 185 y 220 de la Ley 105 de 1890. Artículo 17. Cuando se proceda contra un fiador de saneamiento, en el caso del artículo 187 de la Ley 105 de 1890, no se le admitirá fianza de sa­neamiento, y en consecuencia se le embargarán los bienes que denuncie el ejecutante. Juicio de concurso de acreedm'es. Artículo 18. Al verificarse la ocupación y el de .. pósito de los bienes presentados por el concursa­do 6 denunciados por los acreedores, se cumplirá con lo estatuido en los artículos 27 y 28 de la Ley 40 de 1907. Artículo 19. Si los bienes denunciados por el concursado se hallaren en poder de una tercera persona que los reclama como suyos al tiempo de verificarse el secuestro, se procederá conforme al artículo 189 de la Ley 105 de 1890, yen este caso, presentada la fianza d~ que tal artículo trata, se hará valer eu juicio ordinario, iniciado dentro de los treinta días siguientes á la presentaci6n de ella, el derecho de dominio que el concursado sobre di­chos bienes. Artículo 20. Es aplicable al juicio ue concurso de acreedores lo dispuesto en los artículos 192 á 197 inclusive de la Ley 105 de 1890. Artículo 21. Esta Ley regirá para la Corte Suprema desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 22. Der6ganse los artículos 65, 66 Y 175 de la Ley 40 de 1907, Y el inciso 4.° dal artí­culo 1027 del Codigo Judicial. Dada, etc. Proyecto que los infrascritos Diputados pre­sentan al Gobierno para que, si tiene á bien, se sirva someterlo á la consideración de la Asamblea, á ]a mayor brevedad, en raz6n de la urgencia de expedir ley sobre la materia. Bogotá, 23 de Junio de 1910. Ramón Arango - Eloy Pare}a G.-Oarmelo Arango - Juan C. A'rbeláez-Olemente Salazar M.-Pedro M. Oarreño-Guillermo Quintero a. Emilio Ferrero. Asamblea Nacional de Colombia-Secretaría. Bogotá, Junio ~4 de 1910. En la fecha fue aprobado en primer debate el anterior proyecto, y pas6 en comisión para su es­tudio á los Diputados Ferrero y Rosas. con cua­renta y ocho horas de término. Regístrese, cópiese y publíquese. El Secretario, M. lj'ribe A. ------------------------------- SEÑ"ORES PERIODISTAS Los canjes de los Anales de la Asamblea Nacio ­nal deben rotularlos al Director de dicha publi ­cación y ordenar su cumplido envío. IMPRENTA NA.OIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 21

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 4

Por: | Fecha: 05/03/1909

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES UE LA ASAMBLBA NACIONAL ' Serie VIII ~ Bogotá, Marzo 5 de 1909 ~ NÚ2nero 4~ OOlSfTElSfXDO El honorable Diputado Olano dio las gracias al honorable Diputado Ord uz por la manifestación Págs. 1 Acta. de la sesión del día. 1° de Marzo de 1909, ..••• - .... -- ... ..... 25 . que acababa de hacer e. '1 • d' d 1 t t d 1 Aotaldeaa. sesión del día 2 'de Marzo de 1909 .. .... " ••• - ........ 27 El SecretarIo 10 cuenta e ex rac o e o~ Mensaje"del señor Ministro de Gobierno ........... -- .......... -- ~~ asuntos substanciados en la fecha por la Presl' Proyecto de ley por la. cua.l se concede una pensIón........ .... .. . 29 • Exposición del Ministro de Gobierno. _ .. - --.--:-: ....•••• - ...... denCla.. . ~ Proyecto de acto legislativo por ~l cua.l se adlOlona ~l ~aorca.d~ El honorable DIpu.tado V élez Jorge, des pues con el número 3 de 1908, se retua. á la Asamblea N amona: ons . • f . á tituyente y Legislativa la. faoultad de.I~osponer la. reum6~ del . de hacer' repetir la lectura 1 e erente _ un me- Congreso Nacional y se deolt.ra. defirutlvamente que ~ pnm~ra morial de la Academia Nacional de J u rlspruden. reunión constitucional de este Ouerpo será., .por derec o propIO, 32" • ello de Febrero de 1910 .......... .... , .-.-_. ... ........ cIa, manIfestó lo que sigue: " Como miem bro de la Comisión de la Mesa ACTA I acepté la substanciaci6n da~a al me~orial de .la Academia Nacional de JurIsprudenCIa, subscrIto DE LA SESIÓN DEL DíA 1.0 DE MARZO DE 1909 por el doctor Eduardo Rodríguez Piñeres. Deseo (Preside!loia. del honorable Diputa.do lIolgnín). sin embargo que tanto la honorable ..l. \samblea 1 como la Comisión que debe analizarlo conozca ]a deplorabl~ inco?secuen~i.a .en que aquell~ corpo· A las dos y treinta y cinco minutos .de la tarde raci6n ha IncurrIdo al dIrIgIrnos el memorIal subs-se abrid la sesión. Dejaron de concurrIr á ell~ los crito por uno de sus dignatarios. Es el caso, se­honorablee Diputados Cuervo Márquez LUIS y ñor Presidente, que el año de 19?7 el entonces Vélez Pedro. Minisliro de Gobierno, General Euchdes de Angu- " Se hallaban presentes en ell'ecinto todos los se- lo, presentó á e.s~a misma Asamblea un proyecto ñores Ministros del Despacho Ejecutivo. . de Código J udlClal que constaba de más de dos - Al terminarse la lectura del acta de la seSIón cientos artículos, y ]a Asamblea, de~eosa de proce. anterior y abrirse la discusión, el honor.able Dipu: der con acierto invit6 á la AcademIa de J urIspru. tado Orduz pidió informe al SecretarIO sobre SI dencia á tom~r parte en ia dis~usión de aquel había Taquígrafo en la Asamblea,. y en cas? afir· Código, que es una }ey substantIva de constante mativo si éste le había dado copla del dIscurso aplicación, y aquí tuvImos ocul?ando una curul! pronun'ciado por el honorable Dip~J.tado Olano en colegislando con nosotros al mlsm? doctor Rodr¡. la sesión del día 26 de Febrero últImo. guez Piñeres, firmante del m~morIal y. vocero de El Secretario informó que el señor Sánchez Re- la Academia Nacional de JurIsprudenCIa, y hoy, jano desempeñaba las funciones de Taquígrafo, señor Presidente, esta asociación se permite pon~r pero que aún no había traducido el discurso del en duda las atribuciones que tenemos como legls-honorable Diputado Olano. ladores. El honorable Diputado Orduz manifestó que "Es muy seguro que si al inaugu~arse estas se-por la dificultad que tenía el repórter de El Correo siones, y antes de conocerse el memorIal del doc~ol' Naoional en llevar la voz del orador, por no ser Nicolás Esguerra, la Asamblea, en busca de mejor taquígrafo, se había deslizado un error al hacer la luz en el asunto de los Tratados de Panamá y los relación del discurso pronunciado por el honora- Estados U nidos, hu biera invitado á la Academia ble Diputado Olano en, la sesión del día 26 del de Jurisprudencia á deliberar con nosotros, ha­mes pasado, lo qu.e habla dad? margen á qu~ di· briamos tenido aquí segur~mente, como vocero cho honorable DIputado publIcara una rectIfica- suyo al doctor Rodríguez Plñeres, y de no hacerlo ción en las columnas de El Nuevo. Tiem,po,. {lero 'así, tendríamos que declarar que la Academia de que él, en su doble ca;ácter d~ DIputado y puec. Jurisprudencia no es lógica en su~ procederes; tor de El Correo Nao~onal, haCIa presente al hono· "Solicito que se deje constanCIa en el acta de rabIe Diputado Olano que ~o ~brigaba .contra él mis palabras." ~ la mala voluntad que le atrIbUla en la cItada rec· 11 tificación, sino que al contrario, tenía motivos de estimación por él, y que pedía se dejara constan- El señor Ministro de Gobierno solicitó ]a venia cia de sus palabras en el acta del día. de la Presidencia para leer en seguida un mensaje Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 26 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL dirigido por él á la Asamblea, por medio del cual solicita el permiso de esta honorable corpo­ración para retirar de sus deliberaciones el proyec­to de Acto Legislativo que adiciona el número 3 de 1908, que fue aprobado en primer debate en la sesión del día 26 del pasado, y presentar al mismo tiempo á su consideración un proyecto de ley" so­bre reunión del Congreso Nacional y constitución del mismo por elección popular. " , En la forma reglamentaria la Asamblea accedió á 10 solicitado por el señor Ministro. Acto seguido se abri6 el primer debate del nue­vo proyecto_ Verificada la votación á solicitud de algunos honorables Diputados, result6 aprobado por unanimidad. La Presidencia lo pasó al estudio de la Comisi6n de Gobierno y Régimen Político y Municipal, con tres días de término. El señor Presidente en nombre de la Asamblea felicitó á Su Señoría el Ministro, y por su honora· ble conducto al Gobierno, por la elaboración de este proyecto, que satisface los anhelos del país. Su Señoría el Ministro dio las gracias al señor Presidente y á la honorable Asam.blea por la ma· nifestación que acababa de hacérsele, y reiter6 el interés que abrigaba el ?oder Ejecutivo por dictar todas las medidas que estimara oportunas para el bien y engrandecimiento de la República. Uf Los honorables Diputados Restrepo, Gutiél'rez Rufino, Córdoba, Olano, Pombo, Hurtado, Jara· millo y Angulo D. Euclides subscribieron la si· guiente moción, que fue aprobada por unani­midad: " Publiquese en hoja volante, á la mayor breve­dad, la exposici6n de Su Señoría el Ministro de Gobierno, el proyecto de ley que la acompaña y las elocuentes palabras con que el Presidente de la Asamblea Nacional ha interpretado los senti­mientos de esta corporación al conocer estos me­morables documentos." Como el Secretario informara que se hallaba en el recinto Su Señoría el Ministro de Obras Públi­cas, citado para la presen te sesi6n por medio de una proposición aprobada por la Asamblea en la sesión anterior, la Presidencia ordenó la lectura de aquélla y del telegrama que la motivó, dirigido por varios vecinos de Ambalema á algunos hono­rables Diputados. El señor Ministro hizo una explicación detalla­da sobre el particular, manifestó que el Gobierno tenia especial interés en satisfacer las justas aspi­raciones de los peticionarios, y termin6 agregando que igualmente trataría de atenaer la solicitud que le han hecho los vecinos de Cali para que el ferro· carril del Cauca llegue á aquella importante ciudad. El honorable Diputado V ázquez Cobo disp,rtó sobre la justicia que entrañaban las Aolicitudes á se =~+­PROYECTO DE LEY M. VARGAS por la oual se concede una pensión. La Asamblea .N aoional Constituyente y Legislativa DECRETA: Artículo único. Concédese una pensión de cien pesos mensuales á la señora doña Sixta Suárez de Fonnegra, nieta dBI General Francisco de Paula Santander. Parágrafo. Los gastos que ocasione el cumpli miento de la presente Ley se consideran incluidos en los respectivos Presupuestos. Dada en Bogotá, á .... Presentado A la honorable Asamblea Constitu yente y Legislativa en su sesión del 2 de Marzo por el infrascrito Ministro de Gobierno. M. VARGAS R(1pública de Oolombia-Asamblea Nacional-Se­cretaria- Bogotá, Marzo 2 de 1909. En la sesión de esta fecha se dio primer debate al anterior proyecto, y fue aprobado. Pasó en Co­misión especial á los honorables Diputados Vázquez Cobo y Quijano Wallis, con Itres días de término. Regístrese, cópiese y pubIíquese. Arrubla EXPOSICION DEL MINISTRO DE GOBIERNO ExoelenLisimo señor Presidente y honorables miembros de la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa = El Excelentísimo señor Presidente de la Repú­blica en el Mensaje que os dirigió -el día de la ins­talación de vuestras actuales sesiones extraordina­rias dijo lo siguiente: " El Gobierno solicitó en todos los años pasados la cooperación del Cuerpo Legislativo, representa­do hoy por vosotros, para atender mejor á]a buena A.dministración Pública, que merced á esta ayuda ha sido cada día más régular y eficaz. " De esta manera se ha dado cumplimiento al mandato constitucional de la reunión anual del Cuerpo Legislativo. " Deseando el Gobierno anticipar las elecciones del Congreso, dirigí á los señores Gobernadores de los Departamentos la Circular telegráfica que trans­cribo en seguida: 'CIRCULAR URGENTíSIMA 1 Bogotá, Enero é) de 1909 1 Goberna.dor de _____ ...•. 'Recomiendo á Usía darme su opinión sobre lo siguiente: , Creo conveniente y aun necesario a n ticipal' la fecha de la reunión del Congreso para el 20 de J u ­lio próximo, y al mismo tiempo elegir Municipali­dades. Conforme á Ley 11 de 1908, Representantes serían cincuenta y Senadores veintisiete, que df.­berían elegirse buscando candidatos honorables que representen comercio, industrias y diversas opinio­nes públicas, y que sean amigos de la política do concordia nacional. , Informe: , 1. o Si en ese Departamento podría hacerse SIn alarma ni dificultades la elección de Municipalida­des y de miembros del Congreso en condiciones di­chas, ó qué dificultades podrían presentarse, sobre todo respecto de orden público; , 2. o En qué fecha convendría que se hicieran tales elecciones_ 'Consulte opinión Municipalidades, autoridades eclesiásticas y ciudadanos notables, sobre conve niencia de hacer inmediatamente las elecciones- 'Observo que hoy habría menos dificultades que más tarde para hacerlas, y que el Cuerpo Legisla tivo de elección popular es necesario para la fol' mación de hombres públicos, al propio tiempo que es una válvula de expansión. 'REYES' " Para que podáis formaros mejor juicio respee to de la opinión predominante acerca de las elec ciones populares, el señor Ministro de Gobierno pondrá á vuestra disposisión las contestaciones dadas á la anterior Circular." En cumplimiento de esta promesa teng
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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 4

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 77

Por: | Fecha: 27/10/1910

REPUBLICA DE OOLOMBIA ANALBS DB LA ASAMBLEA NACI~NAL Serie única l Bogotá, Octubre 27 de 1910 OON"TENZ:OO Acta de la sesi6n del lunes 10 de Octubre de 1910 ...... .. Acta de la sesi6n del martes 11 de Octubre de 1910 ... . El artículo único del proyecto fue aprobado; Págs igualmente lo fue el título, y cerrado el segundo 609 debate, pasó aquél á tercero. 612 Relaci6n de debates ..................................... ,..... ---- .... . Informes de Comisiones.. ......... ... .••••••..• •• ..•• . •.•• ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 615 616 ACTA DE LA SESION DEL LUNES 10 DE OCTUBRE DE 1910 (Presidencia del Diputado Mesa). 1 El señor Presidente declaró abierta la sesión de este dfa á las diez y quince minutos de la mañana, con el fJ.~tOrum legal. Previamente excusados no concurrieron los Di putados Llorente y Quintero Calderón. 11 Se impuso á la corporación del orden del día, y de conformidad con él se continuó el segundo de­bate del proyecto de ley "de Preso puestos N f\ . cionales." Acto seguido el Diputado Restrepo Sáenz pre· sentó esta proposición, que fue aprobada: " Altérese el orden del día y considérense los proyectos fijados para la sesión de la tarde." En consecuencia se inició el segundo debate del proyecto de ley" por la cual se abren dos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica" (celebración de un centenario y saldos de vigencias anteriores), previa lectura del correspondiente informe. Sucesivamente fueron aprobados los tres artícu· los de que se compone el proyecto. El Diputado Arango Ramón hizo constar su voto negativo al primero de dichos artículos. Aprobóse luégo el título y el proyecto paso á tercer debate. 111 . IV Como resultado de ]a proposici6n presen tada al efecto por el señor Ministro de Instrucción Públi­ca, volvióse al ordeG del día y continuó la discu­sión del proyecto de ley" de Presu puestos." Obtuvieron la aprobación de la Asamblea los siguientes créditos adicionales propuestos por el citado señor Ministro: "MINlSTERIO DE INSTRUOOION PUBLIOA "OAPITULO 60 " Oircunscripción Jj)soolar de Barranquilla. " Artículo 372. Sueldos de los empleados de la Dirección de Instrucción Pública ........ $ 1,760 " Artículo 373. Para material. 60 " CAPITULO 61 " Oircunscripoión FJsoolar de Bogotá. ,e Artículo 376.- § 5. 0 Del Profesor de taquigrafía ...... __ . . ... . .... _ . _ .• " § 6. 0 Excedente en el su eldo de Jos Profesores ..........•...•...... " ...• " Artículo 377. Exceso de las pensio­nes alimenticias sobre veinte alumnos becados, á $ 12 cada uno ............. . " Artículo 379-§ 6.0 Del Profesor de taquigrafía ...••......... __ . _ . ___ ..•. " Artículo 380. Exceso en la pensión alimenticia de un empleado. ____ •. ___ . " Articulo 382. Auxilio al Colegio de Suma paz . • .. . .................. - ....••••... " CAPITULO 62 " Oirounso"ipoión Escolar de Bucaramanga. ¡( Artícalo 386. Exceso en la pensión alimenticia de un empleado ........... . 1 , 275 880 2,640 . 275 110 960 110 " Artículo 387. Exceso en la pensi6n Leído el informe de la Comisi6n respectiva, se alimenticia de diez alumnos becados .... 1,000 pasó á considerar en segundo debate el proyecto " Artículo 389. Para auxiliar el Coleo de ley" por la cual se abre un crédito adicional al . gio de San J 08Á de Pamplona. . . 2,000 Departamento de Guerra en la '\igencia econ6mica " Artículo 390. Para auxiliar el Cole-de 1910." gio de Ocaña.. ......... ........ ... 1,800 " El Diputado Escobar hizo leer la Ley número 9 El mismo señor Ministro de Instrucción Pública del presente año. presentó á continuaci6n el siguiente créditoa di·· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 610 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL ciona), al cual el Diputado Segovia introdujo una modificación que explicó, y fue aprobada y adop. t~da así: " OAPITULO 6.0 " OirO'UtlBcripción Escolar de Oartagena. " Artículo 394. Exceso en la pensión alimenti· cia de un empleado........ . ...•..• $ 110 " Artículo 395. Exceso en la pensión alimenticia de diez alumnos becad03. '. . . 1,000 " Artículo 397. Exceso en la pensión alimenticia de una empleada........ .•••..• 100 " Artículo 398. Exceso en la pensión alimenticia de diez alumnos becados... ..• 1,000 " Artículo 400. Para auxiliar el Cole-gio PinilloB, de Mompós... •.• • • ... ..• ... ... 1,200 " Articulo 401. Para auxiliar la Escue-la de Artes y Oficios de Mompós.. .. _ 1,800 " Artículo 402. Para auxiliar el Cole-gio de San Pedro Claver, de Cartagena... 1,200 " Artículo 403. Para auxiliar el Cole-gio del Carmen, de Cartagena .......... 06 240 " Artículo 404. Para auxiliar el Coleo gio Oaldas, de Corozal. •••............ ... ... 240 " Parágrafo. Para aumentar el auxilio del Liceo Caldas, en Coroza], correspon-diente á 1910.. . . . . . . . . . ... . •..•.. _ . . 960 "Parágrafo. El mismo aumento para 1911 .•••....•...• -........... .... 960 t( Articulo 405. Para auxiliar al Insti­tuto de San Juan Bautista de La Salle, de Sincelejo ..... _ ..••. _ ..... _ . . . . . . 1,000 " Fueron igualmente aprobados los créditos que en seguida se insertan, propuestos por el señor Ministro de Instrucción Pública: " CAPI'JULO 65 " OirounBcripción Ji),colar de lb agué. " Articulo 414. Exceso en In p'j[lRión alimenti-cia dfi un empleado .......... : .. . ... $ 110 " Artículo 415. Exceso en la pensión de diez alumnos becados......... ..... .•• 1,000 " Articulo 416. Auxilio al Colegio de San Simón, de Ibagué . .............. 1,200 " OAPITULO 66 " Oircfn .. cripción Escolar de ManizaleB. " Artículo 420. Exceso en la pensión alimenticia de un 't-mpleado •.... _ .. . 110 " Artículo 421. Exceso en la pensión alimenticia de diez alumnos becados...... 1,000" En consideración este otro crédito adicional, pl'ucedente del mismo Ministro, fue modificado por el Diputado G6mez en la forma que sigue, tn la cual se aprobó y adoptó: "OAPiTULO 67 " Artículo 425. Exceso en la pensión alimenti cia de 'un empleado ..•......•.... '1 ' ••• $ 110 " A rtícu lo 426. Exceso en la pensión alimenticia de diez alumnos1becados. _.$ 1,000 " Artícu lo 428. Exceso en la pensión alimenticia de un empleado ...•....••. , 110 "Articulo 429. Exceso en la pensi6n alimenticia de diez alumnos becados. . • • 1,000 " Artículo 430. Para auxiliar el Cole-gio de Sons6n. . ....•......•..•.•••• , 600 " Artículo 431. Para auxiliar el Cole-gio de San Luis, de Antioquia .. _ ..• _ • . 2,000 " Artículo 432. Para auxiliar el Cole-gio de varones, de MariniIla............ ~,OOO " Artículo 433. Para auxiliar el Colee gio de Abejorral ... _ ............•.. . _ 600 " Artículo 434. Para auxiliar el Coleo gio de varones, de Jericó ....•. _ .. . • . • 600 " Artículo 435. Para auxiliar el Cole-gio de varones, de Gámeza ..•..• . _ . _ 600" Los créditos adicionales que á continuación se expresan se aprobaron después de haber hecho uso de la palabra el proponente, señor Ministro de Instl'ucción Pública, para explicarlos: " OAPITULO 68 " Oircunscripción Escolar de Neiva. " Al'tícu lo 438. Exceso en la pensión alimenticia de un empleRdo ........................... $ 110 " Artículo 439. Exceso en la pensi6n alimenticia de diez alumnos becados. _ 1~000 " Artículo 440. Para auxiliar el Co-legio de Sauta Librada, de Neiva.____ 1,200 " OAPITULO 69 •. Oircunscripci6tt 6scolar de Pa ,~t,). " Artícu lo 444 Exceso de 11\ pt:llsión alimeuticin dM una emplel\ll11 .. ______ . 110 " A.,tÍculo 445. Ex(~eso en la l'en!~i6n alim .. mticia de di .·z aluffillll."4 h,AcadaR.. 1,000 ,~ OAPITULO 70 " f irounsoripci6n. IDsoolar de Popayán. 4C Artículo 450_ Exceso en la pen-sión alimeuticia de un empleado .. _ . • 110 " Artículo 451. Exceso en la pensión alimenticia de diez alumnos becados... 1,000 " Artículo 453. Exceso en ]a pensión alimenticia de una empleada . ..... 110 H Artículo 454. Exceso en la pen-si6n alimenticia de liez alumnas beca-das. . . . •• . . . . . . . . . . . . . .• ... ... . . . 1,000 " Artículo 456. Para auxiliar el Li-ceo de Señoritas, de Popayán ...... _ .•. 1,200 "Artículo 451. Para becas en el Colegio de Señoritas, de Cali .... _ . . . 600 " OAPITULO 73 " Circunscripción Escolar de Santa Marta. " Artículo 470 -§ 5.° Exceso de un Profesor ........................ l.... . .... . 220 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 611 "Articulo 471. Exceso en la peno sión alimenticia de una empleada .•.. $ " Articulo 4'74. Para auxiliar el Li. ceo Celedón, de Santa Marta ........... . "OAPITULO 75 " Oirou1lsoripoi6n E8colar de Tunja. "Artículo 482. Exceso en la pen­si6n ali:nenticia de un empleado.. .• , "Artículo 483. Exceso en la peno sión alimenticia de diez alumnos be· cados ......................................... . " Artículo 485. Exceso en la pen­sión alimenticia de una empleada .....• "Artículo 486. Exceso en la pen­sión alimenticia de diez al umnas beca- • I as. • . . .. . ....•.... .... . ..•.. ,. Artículo 487. Auxilio al Colegio .le BoyacA ..••.••..•.•. , , .. " OAPITULO 77 H Territorios B8(Jol(Jre.~. l. Artículos 491 á 581. .............. . " OAPITULO 79 " Vigencias anteriores. '" Artículo 510. Pal'H ,""gar saldos pendientes de la vigt>ncix xutel ¡Ol'. _ , . u OAPI'.rULO 9 H A.,tículo 347. Para text.o::} y útiles de enseñanza en las Escuelas primnriRs de la República ____ ..... _ .......... . " OAPITULO 59 " Artículo 348. Para textos y útiles de enseñanza para las Escuelas Norma-les .. ___________ ... ____ , ......•.. 1( Articulo. Para premios en las Es­e u elas primarias nacionales y en )013 territorios de indígenas ....... . " OAPiTULO " Oircunscripoión ]j]soolar de 01ícuta. " Artículo. Sueldos de los empleados de la Dirección de Instrucción Pública, en once meses, así: " Del Director, á $ 100 mensuales, .. "Artículo. Para material de la Di-rección ••....•.•.............................. 110 1,200 110 1,000 110 1,000 2,400 04,535 37,292 17,000 1,000 1,000 1,1.00 60 "Artículo. Para auxiliar el Colegio de Ocaña (Ley 71 de 1909) .... _ .... Obtuvieron también la aprobación los siguien­tes contracréditos presentados por el señOl' Minis­tro de Instrucción Pública, quien los explicó: Escuelas primarias nacionales en Bogotá, á cargo de las señoritas Tobar y Caro, A $ 720 cada una ....•.....•.••....••.••..••.• '" ..• $ 1,440 " Artículo 358. Para premios oficia-les en los establecimientos de instruc-ción pública ....•.••.• , , ....•.••.••.••.••..• t ,000 " V A las doce del día se suspendió la sesión. VI Reanudada á las tres de la tarde. fue leída y aprobada el acta de la sesión anterior. VII Diose lectura al informe de la Comisión que es· tudió el oficio del señol' Ministro del Tesoro, en el cual Bolicita un crédito adicional para legalizar el completo del gasto de un auxilio concedido al acueducto de ~an Juan de Córdoba. El proyecto de resolución con que termina dice así: " Dése primel' debate al proyecto de ley pre­sentado por la Comisión de Presu puestos, por la cual se abre un crédito adicional al Departamento de Fomento, capítulo 105, artículo 583 del Presu· pueRto de la actual vigencia, por $ 1,500, gasto destinado para legaliz'll' el ya hecho en el comple­to pago del auxilio concedido pur la Ley 31 de 1890 para la obra del acueducto de San Juan de Córdoba." Fue aprobado. y en cousecuencia se abrió e) primer debate del citado pJ'oyecto. Se aprobó y pasó en comisión al Diputado Ven­goechea, con veinticuatro horas de término. VIII En segundo debate se aprobó el art[cuIo único del proyecto de ley" por la cual se abre un crédi· to adicional al Presupue~to de Gastos de 1910, imputable al Departamento de Guerra" (Gastos imprevistos), después de algunas observacion~s de los Diputados Olal'te, Segovia y García Herre· ros. Se aprobó igualmente el título, y; cerrado el segundo debate, pasó á tercero. IX Se I\brió el segundo debate del proyecto de ley " por la cual se abre un crédito adicional al Pre­supuesto de Gastos de 1910." En discusión el artículo 1.°, el señor Ministro de Obras Públicas lo modific6 y explicó da la si­guiente manera, en la cual se aprobó y adoptó : " Abrense al rresupuesto de Gastos de 1910 los siguientes créditos adicionales, con las imputacio­nes que á continu!lci6n se expresan: "DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLIOAS " Capítulo 99-Ga8to8 'VArio8. " OAPITULO 59 "Artículo 527. Para gastos extraordinarios im- " Artículo 350. Para el sostenimiento de dos previstosv •.•••.••• •••• . •.••••••••••• $ 5,000 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 612 ANALE8 DE LA ASAMBLEA NACIONAL " DEP ARTAMENTO DE FOMENTO " Capítulo 101. "Artículo 535. Para la construcción de caminos, carreteras y puentes, así: " Parágrafo 47. Andenes, sardineles y cunetas de la Avenida 7 de Ago8to . ..... $ 8,600 " Oapítulo lO{- Auxilios y otros gastos de fomento. " Artículo 546. Para pagar el servicio de alumbrado en la ciudad y edificios públicos hasta el 31 de Diciembre próxi-mo .. ____ ............ ___ ...... _ . . . . ... •.• 4,500" El mismo señor Ministro de Obras Públicas modific6 el artículo 2.° en esta forma: " Artículo 2.0 Las oficinas ordenadoras y paga­doras describirán en sus libros las operaciones á que dé lugar la presentA Ley, la cual regirá desde su ·sanción." Así se aprobó y adoptó, lo mismo que el título, modificado por el señor Ministro como sigue: ti Proyecto de ley número ..• de 1910, 'por lit cual se abren varios créditos adicionales al Presu­puesto de Gastos de 1910.' " Se cerró el segundo debate de este proyecto, y pas6 á tercero. X Abierto el segundo debate del proyecto de ley " por la cual se abre un crédito adicional al Pre­supuesto ue Gastos de la vigencia de 1910," se aprob6 el artículo 1.0 original. En discusión el 2.°, el señor Ministro de Obras Públicas lo modificó de la manera que á continua. ción se expresa, en la cllal se aprobó y adopt6 : "Las oficinas ordenadoras y pagadoras descri­birán en sus libros las operaciones á que dé lugar esta Ley, la cual regirá desde su sanción." Aprobóse luégo el título y pasó el proyecto á tercer debate. XI Continuado el segundo debate del proyecto de ley "por la cual se confiere una autorización al Poder Ejecutivo," el señor Ministro de Hacienda modificó el artículo 1_0 así: " Autorízase al Gobierno para que con el pro­ducto de las esmeraldas no destinadas á la amor­tización del papel moneda7 y entendiéndose con las per.sonas y entidades á que haya lugar, pague lo sIgUIente: 10 que pruebe legalmente la Oolom­b~ an Emerald Gompany haber desembolsado por VIrtud del proyecto de contrato subscrito en Lon­dres el 23 de Diciembre de 1908 por dicha Como pañía y los señores Camilo Torres Elicechea y Laureano García Ortiz; lo que se deba et;l con­cepto de capital é intereses por la anticipación que recibió el Gobierno en Londres á cuenta de un empréstito de ..B 500,000; Y lo que se deba al Sindicato de Muzo, ó por el 20 por 100 que le co rresponde ~n las existencias 6 por saldo favorable de cuentas pendientes, una vez que se hayan como probado ante la Corte del Ramo." Explicada por su autor é impugnada por los Di­putados Espinosa y Rodríguez, se aprobó esta modificación. Hicieron constar sus votos negativos los Dipu­tados Arango Ramón, Rodríguez y Espinosa. En discusión para adoptarse, los expresadoH Diputados Rodríguez y Espinosa presentaron esta submodificaci6n : "Autorízase al Poder Ejecutivo para contratar un empréstito á corto plazo, en condiciones análo­gas á las del celeb~ado con el señor Correa Uribe, para una suma no mayor del saldo líquido que re­sulte á favor de la Ernerald Oompany en vista de las cuentas comprobadas que ésta presente con destino al pago de ese saldo." Hizo algunas observaciones el señor Ministro de Hacienda; el Diputado Salazar M. solicitó la lectura del artículo 215 del Reglamento, y la Pre­sidencia declaró inadmisible la submodificaciÓn. El Diputado Espinosa apeló de esta resolución, y el Diputado Rodríguez sustentó tal ape·lación. "' La Asamblea confirmó ;1a resolución presidencial. XII El señor Presidente advirtió que en la sesi6n de la tarde había llegado el Acto Legislativo reforma­torio de la Constitución Nacional, acompañado de un mensaje del Poder Ejecutivo, en el cual hacía algunas objeciones ú observaciones; q u~ por ser avanzada la hora no se leía en ese momento, pero que esto se haría en la sesión matinal del día si­guiente. XIII A las cinco y cuarenta minutos el señor Presi­dente levantó la sesión, durante la cual el Dipu­tado Rodríguez devolvi6 el proyecto de ley" por la cual se reforman la número 51 de 1898 y 1.& de 1909, sobre prensa." El Presidente, LUIS A. MESA El Secretario, Manuel Maria Gómez P. ACTA DE LA SESION DEL MARTES 11 DE OCTU­BRE DE 1910 (Presidencia del Diputado Mesa). 1 A las diez de la mañana comenz6 la sesión de est~ día, con el número reglamentario. Debidamen­te excusados no concurrieron los Diputados Llo­rente y Samper. 11 Se ley6 y aprob6 sin observaci6n alguna el acta de la sesi6n anterior, y se dio cuenta del 01'- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASA1IBLEA NACIONAL 613 den del día' y de un mensaje del Poder Ejecutivo, con el cual devolvió, con observaciones, el pro­yecto de "Acto legislativo reformatorio de la Constitución NacionaL" La Presidencia hizo leer el artículo 339 del Reglamento, y pasó el men­saje y proyectos citados á los Diputados Rosas y Llorente, para que informen, con cuarenta y ocho horas de término. 111 Se aprobaron en tercer debate los siguientes proyectos de ley : " Por la cual se abre un crédito adicional al De­partamento de Guerra en la vigencia económica de 1910 "; "Por la cual se abren dos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica" ; . "Por la cual se abre un crédito adiciona l al Presupuesto. de Gastos de 1910, imputable al De­partamento de Guerra tt ; "Por la cual se abren varios créditos adiciona­les al Presupuesto de Gastos de 1910" ; Y "Por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigencia econórnica de 1910." IV En primer debate fue aprobado el proyecto de ley "por la cual se abre un crédito adicional al Pl'esupuesto de Gastos de 1910," el cual pasó, con veinticuatro horas de término, al Diputado Arango Carmelo. V Se procedió á la elección del miembro de la J unta de Canalización del río Magdalena, y los Diputados Torrente y Escobar, nombrados escru­tadores, informaron que los treinta y dos votos recogidos se habían distribuido así: por el señor Benjamín Martínez R., diez y nueve votos; por el señor Guillernlo Martínez M., seis votos; por el señor Pedro Blanco S., seis votos, y por el se­ñor Luis A. Mesa, un voto. Como el señor Benja­lllÍn MartÍnez R. hubiese obtenido la mayoría requerida, la Asamblea lo declaró elegido. VI Continuó el segundo debate del proyecto de ley "de Presupuestos." El Diputado Hernández propuso y explicó este crédito adicional, que fue aprobado: " MINISTERIO DE INSTRUOOION PUBLIOA "DEPARTAMENTO DE INSTRUOION PUBLICA " Oapítulo 64-Oirounsoripoión Esoolar de FacatatifJá. "Artículo 408. Sueldo de los empleados de la Escuela N ormal de Institutores, en once meses, así: " § 1.0 Del Director Profesor, á $ 80 mensua: les ......... __ . _ • __ .. ___ . $ 880 .. . " § 2.° Del Subdirectol' Profesor, á $ 60 mensuales. . .. . ____ ......... $ 660 ... , " § 3. o Del Director de la Escuela anexa, Profesor de pedagogía, á $ 50 mensuales ." ,... . ...... _ _ ... 550 " § 4.0 De dos Celadores Profeso-res, á $ 40 mensuales cada uno ", . 880 " § 5. o Hasta de seis Profesores, á $ 20 mens~ales cada uno .. . _ . . ... 1,320 " § 6. 0 Del Portero, á $ 12-50 men suales ..... _ ........ ~ ... _____ .____ 137 50 " Artículo 409. Para pensiones ali-menticias de seis empleados, á $ 10 mensuales cada uno, en once meses... 660 •.. H Artículo 410. Para pensiones ali­menticias hasta de cuarenta al umn08 becados, á $ 10 cada uno, en diez meses. . . . . , . ___ . . . . ... .. ....... 4,000 " Fue igualmente aprobado este otro crédito adi­cional, propuesto y explicado por el señor Minis­tro de Instrucción Ptíblica : " Capítulo 60-Oircunscripción Ji]scolar de Rat ra'llquilla " Artículo 372 bis. Sueldos de los empleados de una Escuela Normal de Institutoras en Ba­rranquilla, en once meses, así: "§ 1.0 De la ' Directora Profesora, ñ $ 80 mensuales ...... _ ..... _ .. _ .. $ 880 " § 2.0 De la Subdirectora Profeso-ra, á $ 60 mensuales . _ ...... ___ . _ 660 "§ 3.0 De la Directora de la Escue-la anexa, Profesora de pedagogía, á $ 50 mensuales .... , ............ _ 550 " § 4.° De dos Celadoras Profeso-ras, á $ 40 memmales .. _ . ____ . __ . ... 880 " § 5.0 Hasta de seis Profesores, á $ 20 mensuales cada uno.---... __ . __ . 1,320 "6.0 De la Portera, á $ 12-50 men suales .. _ .• _ , ............ oo.... ........ 137 50 " Artículo. . . . Pata pensiones ali­menticias de seis empleadas, á $ 10 cada una ........ ___ . ... . . . . ... . . . . 660 .. " Artículo ... " Para pensiones ali· menticias hasta de cuarenta alumnas, á $ 10 mensuales .............. ...... - 4,400 En seguida el Diputado García Herreros propu· so y explicó el siguiente .crédito adicional, que fue aprobado: " Oapítulo 72-0iréunscripoión Escolar de San Gil. " Artículo .... I Sueldos de los empleados de la Escuela Normal de Institutoras, en once meses, así: " § 1.0 De la Directora Profesora, á $ 80 mensuales ................. $ 880 " § 2.0 De la Subdirectora Profe-sora, á $ 60 mensuales . . ....... 660 "§ 3.0 De la Directora ue la Escue la anexa, Profesora de pedagogía, á $ 50 mensuales...... .. .... ...... 550 " § 4.0 De dos Celadoras Profeso-ras, á $ 40 mensuales cada , una. . . . . 880 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 461 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL " § 5.° Hasta de seis Profesoras, á $ 20 mensuales cada una ... __ ..... $ " § 6.° De la Portera, á $ 12-50 mensuales .... , . . . ... . . . . . .. . .. "Artículo ... Para pensiones ali-menticias de seis empleadas, á $10 mensuales cada una, en ouce meses ... " ArtÍcn lo . . .. Para pensiones ali­menticias hasta de 40 alumnas beca­das, á $ 10 mensuales cada una, en diez meses ... . ____ . . .. . .......... . " Artículo. ___ Para auxiliar el Co-legio de San José de Guanentá, en San Gil, (Ley 71 de 1909) .... _ .... Artículo .... Para auxiliar el Cole-giQ de varones, de V élez . ....... . VII 1,320 137 50 600 .H 4,000 .. 960 960 A las once y treinta y cinco minutos se suspen­dió la sesi6n y se reanudó á las tres de la tarde. VIII De acuerdo con el orden del día se procedió á la elección de dignatarios J'idss. Acebedo C. solicita de la honorable Asamblea la rehabilitaci6n en el goce de 10R derechos políticos, por haber observado constantemente conducta in­tachable durante su reclusión y en los seis años siguient~8. Como se ha presentado la prueba de haber cumplido el solicitante la pena. de reclusión que se ]e impuso, y la prueba de su buena conducta en el tiempo requerido por la ley, vuestra Comisión considera justo que aprobéis el siguiente proyecto de resol ación : ,1 La Asamblea Nacional rehabilita ti Martiniano Acabedo C., vecino de Medellín, en el goce de los derechos políticos de que fue privado por senten­cias del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin, de 9 de Octubre de 1899 y 26 de Febre­ro de 1904. "Comuníquese y publiquese." Bogotá, Septiembre 29 de 1910. V uestra Comisión, Garmelo Arango - José A. Llorente-Aníbal García Herreros-Luis..4. Mesa-Ramón .Arango. República de Colombia-.Asarnblea Nacional-Se· cretaria- Bogotá, Octubre 20 de 1910 En la sesión de la fecha la .Asamblea aprobó la resolución ('on que .termina el informe anterior, por veinte balotas blancas contra una negra. Comuníquese al agraciado. E 1 Secretario, M. M. G6mez P. OREDITOS ADICIONALES (Obras P6blicas). Honorab1es Diputados: Ea. la sesión de la Asamblea de 8 de los corrien­tes fue aprobado en primer debate el proyecto de ley "por la cual se abre un crédito adiciona1 al Presu puesto de Gastos de la vigencia económica de 1910," presentado por el señor Ministro de Obras Públicas, y sobre ese proyecto tengo el ho-nor de informaros. . Los créditos pedidos asciende'n á la suma de $ 243,801-32 oro, y tienen por objeto atender al pago de saldos de la vigencia . anterior. Como lo dice el señor Ministro, se solicitan "para atender en cuanto sea posible al pago de la deuda pendien· te por servicios del año próximo pasado; para ve­rificar el cambio de varias órdenes de pago expe­didas durante la última vigencia, y para incorporar en la cuenta general del Ministerio algunos gastos hechos por cuenta del mismo en las diversas Admi· nistraciones de Hacienda N aciona1, con imputación á las partidas destinadas en el Presupuesto para el pago de saJdos pendientes de la vigencia ante­rior, partidas que se han agotado tanto en el De­partamento de Obras Públicas como en el de Fo· mento." Es de sentirse que en el Presupuesto actual no se hubiese fijado una suma bastante para el pago de 109 saldos pendientes de anteriores vigen­cias; pero como la suma fue muy exigua y los sal dos no han sido cubiertos, salta á la vista que es p.reciso remediar el milI por medio de créditos adi· cIOnales, con mayor razón si se tiene en cuenta que esos saldos representan el valor de servicios prestados, obras ya hechas 6 subvenciones conce­didas de acuerdo con contratos y leyes vigentes. En mérito de lo expuesto, tengo el honor de proponeros: " Dése segundo debate al proyecto de ley I por lo cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1910,' por la suma de ( 243,801-32." Honorables Diputados. Eduardo Restrepo Sáenz Rep'ilblica de Oolombia-Asamblea Nacional-Se cretaría -Bogotá, Septiembre 15 de 1910. En la fecha fue aprobado el anterior proyecto de resolución. C6piese y publíquese. El Secretario, M. M. G6mez P. SEÑORES PERIODISTAS Los canjes de los Anales de la Asamblea Nacio nal deben rotularlos al Director de dicha publi cación, y ordenar su cumplido envío. IMPRENTA. NAOIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 77

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 87

Por: | Fecha: 14/11/1910

REPUBLIOA DE OOLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACI~NAL Serie única ~ Bogotá, Noviembre 14 de 1910 ~ Número 87 OONTENXDO Págs. lroposici6n •••• oo ••• __ ••••• o- ft ..... O' •• • • • • • • • • • • • o • _.. • ·oo... 689 .. ey nCimero H de 1910, sobre tarifa de portes telegráficos ...... . 689 .. ey nfímero 75 de 1910, sobre explotaci6n de petr6leo ......... oo, • ••• 690 ACta de la sesi6n del mi~rcoles 2 de Noviembre 1910. 690 Ácta de la lesi6n del jueves 8 de Noviembre de 1910.... • . . 692 cta de la sesi6n del viernes 4 de Noviembre de 1910.. . ..••••• 69a ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 PROPOSIUION La Asamblea Nacional, en sesión de la fecha, aprobó unánimemente la siguiente proposición: La Asamblea Nacional cumple con el deber de tributar homenaje de patriótica simpatía á Carta­gena, la Ciudad Heroica, en el día de hoy, fecha clásica de la proclamaci6n de su independencia absoluta de la Metrópoli española, como que esa l,roclamación fue glorioso acto de energía y de ci· vismo que contribuyó eficazmente á la definitiva emancipación política de la Nación colombiana. Transcríbase esta proposición por telégrafo al sefior Presidente del Consejo Municipal de Carta­gena y al señor Gobernador del Depaltamellto de Bolívar, y publíquese en carteles. El Secretario, - - - . - Manuel Ma1'ía G6mez P. Bogotá, 11 de Noviembre de 1910. LEY NUMERO 74 DE 1910 (5 DE NOVIEMBRE) sobre tarifa de portes telegráficos. La Asamblea Nacional de Oolombia DEORETA: Artículo 1.0 El porte de los telegramas prIva­dos de servicio ordinario, que cursen por las lí­neas nacionales, se liquidará y cobrará á raz6n de dos centavos oro por cada palabra. Parágrafo. Ningtín telegrama de esta clase causará un porte menor de diez centavos oro. Artículo 2.0 La liquidaci6n de los telegramas se ~ará computando la direcci6n, el lugar de des­bno y la firma. No se liquidarán el nombre del lugar de origen ni la fecha. Artículo 3.0 El valor de las conferencias tele­gráficas se cobrará á razón de cuarenta centavos oro por cada minuto, durante la primera hora, y de ahí en adelante la liquidación y cobro se harán con un recargo del cincuenta por ciento (50 por 100). Artículo 4.0 El porte de los telegramas de 6 para la prensa peri6dica. de fuéra y dentro del pais~ que c~ntengan ~?ticias de interés general destInadas a la pubhcIdad, y que pasen de diez palabras, se liquidará y cobrará, en cuanto á las palabras excedentes de este número, con un cin­cuenta por ciento de rebaja sobre el precio de los telegramas privados de servicio ordinario de conformidad . con la reglamentaci6n que al ef~cto h~rá el GobIer~o p~ra el desarrollo y cumpli­mIento de esta dIsposIción. Artículo 5. o Todos los nombres de las locali­dades colombianas adonde se diriJO an teleO'ramas á d . b , s~r !l c~mputa os como una sola palabra para l· lIqUidaCIón de portes telegráficos. Artículo 6.0 Para el efecto de la composición de las palabras, en cuanto á la liquidaci6n del porte de los telegramas, se tendrá en cuenta el Diccionario de la Lengua Castellana de la Aca­demia Española. ;~~t~c~llo !.~ Del'6gase el artículo 7.0 de la Ley numero 62 de 190~: . - - - - - - - - . - - , Art~culo 8.0 Esta Ley e~pezará á regir desde el dla prImero de Enero de mIl novecientos once' y mientras llegue esa fecha, el Gobierno contin u~rá liquidando y cobrando el porte de los telegramas conforme á la tarifa vigente antes de la expedi­ci6n de la citada Ley 62 de 1909. Dada en Bogotá, á tres de Noviembre de mil novecientos diez. El Presidente, . GABRIEL Ros s El Secretario, Manuel María G6mez P. Pode?' F(jecutivo-Bogotá, Noviemb~'e 5 de 1910. Publíquese y ejecútese. (L. S.) CARLOS E. RESTREPO El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho, BERNARDO ESCOVAR Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 690 ANALES DE LA ASAMBLEA NACI0NAL LEY NUMERO 75 DE 1910 (5 DE NOVIEMBRE) sobre explotación de petróleo. La Asamblea Nacional de Colombia DEORETA: Al,tículo 1.0 Toda persona ó entidad que explo­te fuentes de petr61eo ó de gas natural tendrá derecho á establecer tuberías y á construir lllue­, Hes que sirvan para la conducci6n de aquellos artículos al lugar de depósito 6 al de embarque, previo pernliso que el Poder Ejecutivo concederá mediante el cumplimiento de aquellas condicio­nes que el Gobierno estime prudentes para que no sean vulnerados derechos de tercero, y tenien­do en cuenta también la seguridad y salubridad públicas. La construcci6n y explotaci6n de muelles que­darán en todo caso sujetas á las disposiciones legales sobre la materia. ArtícuJo 2.° Declárasc libre en todo el terri­torio de la República la industria de refinería de petróleo, sin perjuicio de los derechos de tercero adquiridos con justo título con arreglo á leyes pI'e­existentes. Dada en Bogottí, á cuatro de Noviembre de mil novecientos diez. El Presidente, G ABRl1!,L Ro A }1~1 ~ 'ecl'etal'io, Manuel Ala?'ía Gómf:z P. POdé'}' Ejecutivo-Bogotá, Noviemb'J'e 5 de 1910. Pu blíquese y ejecútese. (L. S.) . CARLOS E. l{~STREPO El Ministro de Obras Públicas, CELSO RODBIGUEZ O. ACTA DE LA SESION DEL 1Y1IERCOLES 2 DE NO "IEM' BRE DE ]910 (Presidencia del Diputado Rosas), 1 A las diez y quince minutos de la mañana y con el número reglamentario, principió la sesi6n de este día, á la cual se habían excusado de cOllcunir pre viamente los Diputados Arango Ramón y Perilla. 11 " Señálanse las tres de la tarde del viernes 4 de los corrientes para hacer la elección de los dos Magistrados de la Corte S u prema de Justicia, que compete á la Asamblea, según la disposición con· tenid~ en el articulo A del Acto legislativo número 3 reformatorio de la Constitución Nacional." El Diputado Salazar M. hizo leer el artículo 168 del Reglame'nto. S~ aprobó la alteración, y en dis­cusión el resto de la proposición, la modificó el mismo Diputado Torrente, señalando el lunes 7 en lugar del viernes 4 para la expresada elección. Así se a.prob6, y para adoptarse, el Diputado Rodrí· guez la su bmodificó designando el sábado 5 en vez del lunes 7, parn la citada elección. En esta forma se aprobó y adopt6, después de explicarla el pro­ponente y de iustentarla el Diputado Pérez. 111 A continuación los Diputados Salaza .. M. y HoJguín y Caro propusieron: "Continúe alterado el orden del día y con,sidé. rese ]0 siguiente: " 1..11 Asamblea Nacional juzga que debe ponerse en receso 10 más pronto posible, puesto que ya está expedido el Acto legislativo reformatorio de la Constitución Nacional, objeto primordial de su convocatoria, y mientras llega el día de la clausu, ra, discutirá de preferencia 10 asu n tOR relaciona­dos con el crédito público, fiscales y monetarios. "Transcribsse esta proposición al señor' Presi­dente de la Repúblicft." Tomaron parte en]a discusión los proponentes y ]os Diputados García Herreros, Samper, Del Co rral, Rodríguez y Lombsna Barreneche. El Dipu. tado Salazar M. hizo leer el inciso 1.0 del artículo 187 del Reglamento; solicitó luégo y obtuvo per­miso para retirar el inciso final de la proposición. Esta fue negada. IV Abierto el tercer debate del proyecto de ley " por la cual se reforman la Ley 51 de 1898 y 1.a de 1909, sobre prensa," el Diputado Rodríguez propuso y explicó lo siguiente, que fue aprobado: " Vuelva este proyecto á segundo debate, con el solo objeto de votar el artículo 7.°" En discusión el citado artículo, se aprobó; se cenó el segundo debate, y pas6 á tercero el pro· yecto. V ElI consideración para tercer debate el proyecto de ley" sobre tSlifa de portes telegráficos y liqui dación de las franquicias," propuso esta moción el Diputado Samper : Leída y aprobada el acta de ]a sesión anterior, se dio cuenta del orden del día, y en seguida el Diputado Torrente ~ropuBo esta moción: "Vuelva á segundo debate el proyecto de ley 'sobre tarifa de portes telegráficos y limitación de las franquicias,' para reconsiderar el articulo 8.0 y modificar el título." " Antes de entrar en el orden del día considére· e lo siguiente: Se aprobó, y en discusión en segundo debate el artículo 8.°, lo modificó el Diputado Samper, así: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 691 " E3ta Ley empezará á. regir desde el día 1.0 de Enero de 1911 ; Y mientras llega esa fecha, el Go· bienIO continuará liquidando y cobrando el porte de los telegramas conforme á la tl\rifa vigente ano tes de la expedición de la citada Ley 62 de 1909." En esta forma fue aprobado y adoptado, lo mis· mo que el título, modificado por el DIputado Sam· per de la siguiente manera: " Proyecto de ley sobre tarifa de portes telegrá­ficos." Cerróse el segundo debate, y pasó el proyecto á tercero. VI Continuado el segundo debate del proyecto de ley" que reforma la número 60 de 1909, que creó una Comisión Legislativa," el cual había quedado pendiente en la segunda parte del proyecto de re solución de la Comisión, ésta se aprobó des.pués de sustentarla el Diputado Lombana Barreneche. .En discusión la siguiente modificación, propues­tll para el artículo 1.°: ., Prorróganse las funciones de la Comisión Le­gislativa creada por la Ley número 60 de 1909, hasta el fin de las sesiones ordinarias de la próxi­ma Legislatura." . E! Diputado Rodríguez propuso y explicó lo slgUlente : . "~uspéndase 10 que se discute y considérese lo sigUIente: "La Comisión Legislativa establecida por la Ley 60 de 1909 se compondrá de sei miembro y tendrá seis suplentes. "Los miembros principales y suplentes de la Comisión será o elegidos del personal de las Cáma­ras Legislativas. Cada Cámara elegirá tres princi­pales y tres suplentes, por e! sistema de voto in-completo, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - " La elección de los miembros principales y su­plentes de la Comisi6n la hará cada Cámara en los diez últimos días de las sesiones ordinarias, y durará un año en el ejercicio de ~us funciones, á partir del 20 de Noviembre de 1910. " La Asamblea elegirá en sus presentes sesio­nes, luégo que sea sancionada esta Ley, los miem· bros principales y suplentes de la Comisión Le­gislativa que corresponde elegir á cada una de las Cámaras." La impugnaron los Diputados Lombana Barre· neche y Holguín y Caro. I VII Como fuesen las doce del día, se Huspendió la sesión, la cual se reanudó á las tres y diez minu­tos de la tarde. VIII El Diputado Collazos impugnó la proposición an­terior del Diputado Rodríguez y propuso luégo lo siguiente: "Súspendase lo que se discute y pase el p o· yecto á u,na nueva Comisión, para que proponga ó haga modificaciones respecto á una Comisi6n Co­dificadora que reemplace á la Legislativa." Tomaron parte en la discusión el proponente y los Diputados Rodríguez y Del Corral. Se negó, y continuada la discusión sobre la proposición del Diputado Rodríguez, la impugnó el Diputado Lombana Barreneche. Fue aprobada la suspen­si6n, y en discusión lo demás, el Diputado Salazar M. ]0 impugnó y propuso á continuación: (1 Suspéndase indefinidamente la consideración de este proyecto." Hicieron uso de la palabra el autor y los Dipu­tados Espinosa, 8egovia, Lombana Barreneche, \ Rodríguez y Holguín y Caro. Después se aprobó. IX Continuó el segundo debate del proyecto de ley" por l~ cual se aprueba un contrato" (tube­rías para petróleo). El Diputado Samper propu­so el siguiente artículo para antes del ya apro­bado: " Apruébase ~l contrato celebrado por el señor Ministro de Obras Públicas con el señor Rafael M. Palacio, en su propio nombre, y con el señor doctor Clímaco Calderón, como apoderado de los súbditos ingleses, del Dominio del Canadá, seño· res .Tobo Bain y .Tames 'V. Kel1y, con excepción de la cláusula 5.a " Lo explicó u autor, y después de algunas ob­servaciones del Diputado Lombana Barreneche, el Diputado Samper pidió se votase artículo por artículo. Se negó el primer artícnlo, y la Presidencia de· claró virtualmente DPgados los demás artículos del contrato y el propuesto por el Diputado Samper. _ El Diplltad Carbonell propuEto _este p&rágr~f9 _______ _ pal'Jl después del articulo ya aprobado: "Las mismas personas ó entidades ,de que ha­bla este artículo tendrán derech-P á establecer re· finerías para su petróleo." Lo sustentó el Diputado Salazar M., y fue apro­bado. En seguida el Diputado Segovia propuso y explicó lo siguiente, que impugn6 el Diputado Salazar M.: "Revócase la aprobación dada al parágrafo an-terior, y reconsidérese." X El señor Subsecretario encargado del Despacho de Gobierno presentó un mensaje, en el cual re­comienda el Gobierno se continúe estudiando el proyecto de ley" sobre elecciones." El señor Mi­nistro de Hacienda, un proyecto de ley" por la cual se aprueba un contrato y se da una autori­zación al Gobierno." El Diputado Del Corral. dos peticiones de los señores Ramón V ásquez C. y Panlino Abad, para que se les rehabilite en el goce de sus derechos políticos. El Diputado Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 692 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Esguerra devolvió, con informe, el proyecto de ley" por la cua~ se suprime un impuesto " (ha: rinas), y el Dlputado Restrepo Sáenz prese?to un memorial de la Sociedad Agrícola IndustrIa], relacionado con este proyecto. El Di pu tado ~.ran. go Carmelo devolvió, con informe, una ~o.hCl~~d del señor Melit6n Tamayo, sobre rehablhtaCJon de derechos políticos, y el Diputado Ospina de· volvi6, sin informe, por no estar recomendados por el Poder Ejecutivo, setenta y dos asuntos. XI A las cinco y treinta y cinco minutos de la tar­de el Beñor Presidente levantó la sesión. El Presidente, GABRIEL ROSAS El Secretario, Manuel María Gómez P. ACTA DE LA SESION DEL JUEVES 3 DE NOVIEM· BRE DE 1910 (Presidencia del Diputado Rosas). 1 Con el número reglamentario principi61a sesi6n de este día á las diez de la manana. Previamen­te exousado no concurrió el Diputado Arango Ramón. II Leída y aprobada sin observaci6n alguna el acta de la sesión anterior, se dio cuenta del orden del dían Acto continuo los Diputados Samper, Mesa, Rosas, Llorente, Hernández, Arbeláez, Del Corra], Torrente, Guerrero, Segovia, G6mez, Holguín y Caro, Márquez, García Herreros, Perilla, Pinz6n, Ferrero, Dulcey, Rodríguez, ConstaÍn, Saiz, Gar­cía G., Salazar M., Martínez y Collazos presenta­ron la siguiente proposición, la cual fue aprobada por unanimidad: " Antes de entrar en el orden del día considére­se lo siguiente: IV En primer debate se aprob6 el proyecto de ley h por la cual se abre un crédito adicional al Presu­puesto de Gastos de la actual vigencia económica," el cual pas6 en comisi6n, con veinticuatro horas, al Diputado Hernández. . Fue igualmente aprobado en prImer debate el proyecto de ley "por la cual se aprueba un con­trato y se da una autorizaci6n al Gobierno," y pasó á los Diputados Samper y Del Corral, con veinticuatro horas. V Leído el informe de la Comisión de Negocios Civiles y Judiciales, referente á la rehabilitaci6n de derechos politicos solicitada por Melitón Ta· mayo, se puso en consid~raci6n el proyecto de re· solución con que termIna, el cual está conce· bido así: "La Asamblea Nacional declara qne no es lle­gado el caso de conceder á Melitón Tamayo ]a re­habilitaci6n en el goce de los derechos polítioos." El Diputado Lombana B~rreneche hizo leer las órdenes de los días 2 y 3 Y el inciso 3.0 del artí· culo 166 del ~e~lamen~o, y desp?é~ de aJgu!las observaciones, PldlÓ se dIese cumphmlento al CIta­do inciso. Fue aprobado luégo el proyecto de resolución antes transcrito, por veintisiete balotas blancas contra dos negras, según escrutinio hecho por los Diputados Del Corral y Collazos. VI A. continuaci6n, el Diputado LombanR Barrene­che propuso esta mooión : c, Altérese el orden del día y considérese 10 si­guiente: continúe el orden del día de la sesión de ayer, de aouerdo con el inciso 3.0 del artíoulo 166 del Reglamento." Aprobada la alteraci6n del orden del día y en discusi6n el resto de la proposición, el Diputado Rodríguez propuso lo siguiente: "Suspéndase lo que se discute y pásese al orden (t En esta fecha luctuosa para la Patria, la del día." Asamblea Nacional, interpretando fielmente los sentimientos del pueblo colombiano, protesta una vez más contra los actos de violencia que 10 han privado de la posesión actual de sus derechos de soberanía en el Departamento de Panamá, y decla. ra que la Nación no renuncia á éstos ni acepta acto alguno que tienda directa ó indirectamente á sancionar la mutilación de su territorio. " Publíquese en carteles." 111 Fueron aprobados en ,tercer debate los proyec .. tos de ley" por la cual se reforman las Leyes 51 de 1898 y 1.8. de 1909, sobre prensa," y " sobre ta­rifa de portes telegráficos." Sustentaron esta moción el Diputado Mesa y el proponente, quien hizo leer el artículo 166 del Reglamento, y la impugnaron los Diputados Lom· bana Barreneche y Holguín y Caro. La Presidencia pidió informara la ~ecretaría si las anteriores Comisiones de la Mesa, inclusive la de la que había formado parte el Diputado Hol· guín y Caro, habían procedido lo mismo en la for­mación del orden del día, y el Seoretario maniles­t6 que todas las Comisiones de la Mesa habían procedido de igual manera. Se negó la moción del Diputado Rodríguez, y se aprobó en seguida la proposición del Diputado Lombana Barreneche. En conaecuencia~ se continu6 el segundo debate Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 693 del proyecto de ley "por la cual se aprueba un contrato," el cual había quedado pendiente en la proposición del Diputado Segovia, sobre revocato­ria del parágrafo para el artículo 1.0 El Diputado Salazar M. hizo leer el contrato, la escritura de asociación y la resolución del se· ñor Ministro de Obras Públicas, referentes al puno to que se discutía, y el Diputado Segovia un memorial del señor Benjamín Martínez R., iam­bién relacionado con este asur.to. arrollo del Acto legislativo número 3 de 1910," en los cuales deberá seguirse ocu pando la corpo· ración fle3de el día 7 del presente mes en adelante. Diose lectura al citado mensaje, y á continua. ción los Diputados Rodríguez y Ferrero propu· sieron lo siguiente, que explicado pOI' el primero, se aprobó: " Altérese el orden del día y dése segundo de bate al proyecto de ley 'en desarrollo del artículo 35 del Acto reformatorio de la Constituyi6n, nú· mero 3 de 1910,' sobre reformas judiciales." VII A bierto el segundo debate de tal proyecto, se A las doce del día se suspendió la sesión, y fue puso en consideración el artículo 1.°, modificado reanudada á las tres de ]a tarde. por la Comisión suprimiendo el inciso. Hicieron algunas observaciones el señor Presi· VIII dente de la Corte Suprema de Justicia y el Dipu. Continuada la discusión sobre la proposición tado Ferrero. Se aprobó, y para adoptarse, el Di· del Diputado Segovia, tomaron parte en eIJa el putado Rodríguez propuso esta otra modificación: proponente y los Diputados Sslazar M., Lombana "Divídese la Corte Suprema de Justicia en dos Barreneche y Holguín y Caro. Salas, á saber: la Sala de Casación, com puesta de Se aprobó, y en discusión el citado parágrafo, cinco Magistrados, y la Sala de Negocios Genera· el Diputado Holguín y Caro propuso: les, compuesta de cuatro Magistrados. La reunión "Suspéndase lo que se discute y considérese el de las dos Salas será Corte plena. siguiente articulo: "Cuando en la. Sala de Negocios Generales 8e "Declárase libre en todo el territorio de la Re. produzca empate para alguna decisión, el Preai· pública la industria de la refinería de petróleo, dente de la Corte sorteará un Magistrado de )n8 sin perjuicio de los derechos de tercero adquiridos de]a Sala de Casación para qu~ ingrese á aquélla con justo título, con arreglo á las leyes preexis- á constituir mayoría." ten tes." Usaron de la palabra el señor Presidente de la Se aprobó la suspensión, y en discusi6n el ar- Corte Suprema y el proponente, quien solicit6 ticulo, fue igualmente aprobado, después de in. luégo y obtuvo permiso para retirar el inciso final. pugnarlo el Diputado Pinz6n y de sustentarlo el Se aprobó y adoptó la primera parte de la mo· proponente. Hizo constar su votQ negativo el Di. dificación del Diputado Rodríguez, y como fuesen potado Segovia. las cinco y cuarenta minutos de la tarde, el señor A continuación el Diputado Pinzón propuso y Presidente levantó la sesió~. Dur~nte ella el Di­explicó el siguiente inciso, para el primer artículo: putado Valderrama devolVIÓ, con lDforme y liO- _ '~~a_ c.ons.tr.u~c~ó? J, expl?t!lci~n. d,e J~u_el)e.s 9.~e: _d~fi~~c~o~es,. el pro~ecto d~ ~e! "P?r l.a _c~a.l se de~ darán en todo caso sUjetas á ]as dIsposiciones le. termInll el artículo del Presupuesto al cual (tche gales sobre la materia." imputarse un gasto." Fue aprobado, lo mismo que el título, modifica· El Presidente, do por la Comisión así: " Proyecto de ley por la cual se permite el es ­tablecimiento de tuberías y ]a construcci6n de muelles para la conducción del petróleo." El Secretario, GABRIEL ROSAS Manuel María Gómez P. En discusión para adoptarse el título, lo su broo· ACTA DE LA SESION DEL VIERNES 4 DE NOVIEM. dificó el Diputado Salazar M. de la siguiente ma- BRE DE 1910 nera, en la cual fue aprobado y adoptado: " Proyecto de ley 'sobre explotación de petró. leo.' " (Presidencia del Diputado Rosas). Se cerró el segundo debate, y pasó el proyecto 1 á tercero. A las diez y diez minutos de la mañana princi. IX El sefior Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho presentó un mensaje del Poder Eje. cutivo, por el cual retira de la consideración de la Asamblea todo proyecto cuyo segundo debate no se haya cerrado el día 5 del presente, con excep· ci6n del "por la cual se confiere una autorizaci6n al Poder Ejecutivo" (.;/3 500,000) Y del "en des· pi6 la sesión de este día, con el número regla. mentario. 11 Leída y aprobada sin observación alguna el acta de la sesi6n anterior, se dio cuenta del orden del día; de un mensaje del Poder Ejecutivo, con el cual devolvió sancionada la Ley 73, "por la cual se reforman las Leyes 5 1 de 1 898 Y 1 ~ de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • ANALES DE LA: ASAMBLEA NACIONAL 1909, sobre prensa," y de un ofic'io del señor Mi­nistro de Obras Públicas, remisivo de un pro­yecto de ley "por la cual se abre un crédito adi­cional al Presupuesto vigente~ imputable al De­partamento de Fomento." 111 Fue aprobado en tercer debate el proyecto de ley" sobre explotación de petróleo." IV A continuación el Diputado Salazar M. propu­so lo siguiente: "Continúe el orden del día de ayer como lo preceptúa el inciso 3? del artículo 166 del Regla­mento, y en consecuencia, póngase en discusión el proyecto de ley' sobre reformas judiciales,' por encontrarse presentes los señores Magistra­dos." Sustentaron esta mOClOn el proponente y los Diputados Lombana Barreneche, Hernández y Pinz6n, y la impugnó el Diputado' Rosas. En se­guida el Diputado Del Corral propuso y explicó lo siguiente, que impugnado por el Diputado Rodríguez y sustentado por el Diputado Espino­sa, se negó: ti Suspéndase lo que se discute y considérese 10 siguiente: "Altérese el orden del día y continúe el segun­do debate del proyecto sobre' reformas judiciales,' en atención á su importancia y por estar presen­tes en la sesión dos de los miembros de la Corte Suprema." Continuada la discusi6n sobre la proposición del Diputado Salazar M., la sustentaron los Di­putados Pérez, Hernándezt Lombana Barrene­che y Salazar M., y la impugnó el Diputado Ro­dríguez. Fue negada, é hicieron constar sus votos afirmativos los Diputados Pinzón, Lombana Ea­rreneche, Torrente, Collazos, Llorente y Olarte. V A las doce del día se suspendió la sesi6n. VI Reanudada á las dos y cincuenta y cinco mi­nutos de la tarde, el Diputado Hernández devol­vi6, con informe y modificaciones, el proyecto de , ley H por la cual se provee á una indemnización," y en seguida propuso: ' , "Altérese el orden del día y dése segundo de­bate al proyecto de ley 'por' la cual se. provee á una indemnización.'" Como fuese solicitada la lectura del informe, el Diputado Perilla hizo leer el artículo 193 del Re­glamento, y pidi6 no se leyera, lo cual confirmó la Presidencia. Neg6se luégo la proposición del Diputado Her­nández. VII Continuó el segundo debate del proyecto de ley "por la cual se adiciona y reforma la de elecciones," el cual había quedado pendiente en la modificación del Diputado Salazar M. al ar­tículo propuesto por el Diputado Arango Ramón, sobre Circunscripciones Senatoriales. ~e negó la modificación, y en discusión el ar­tículo, el Diputado Lombana Barreneche pidió se votara por partes, y señaló como tales cada Circunscripción. Una en pos de otra se aprobaron la primera, segunda, tercera y cuarta partes. En discusión la quinta, el Diputado CaBazos la modificó así: "Circunscripción Senatorial de Cali, capital Cali, compuesta de los Departamentos del Valle y Caldas." La sustentaron el proponente y el Diputado HolguÍn y Caro, y la impugnaron los Diputados Arango Ramón y Pinzón. Se negó. El Diputado Lombana Barteneche solicitó se tuviera en la Secretaría, para esta discusión, el censo de ]a República, y de orden de la Presi­dencia fue pedido á la Oficina correspondiente, COIJtinuada la discusión sobre la quinta parte, el Diputado Collazos la modificó en esta otra forma: "Circunscripción Senatorial de Cartago, ca­pital Cartago, compuesta de los Departamentos del Valle y de Caldas." El Diputado Lombana Barreneche present6 luégo esta moci6n, que sustentó y fue negada, después de impugnarla el Diputado Rodríguez: el Suspéndase la discusión de este artículo mientras llega el censo solicitado." En consideración nuevamente la modificación del Diputado Collazos, el Diputado Pérez propu­so y explicó: l' Suspéndase lo que se discute y considérese lo siguiente: "Para la elecci6n de Senadores se establecen nueve Circunscripciones Senatoriales, así: "Antioquia, compuesta de los Departamentos de Antioquia y Caldas, con cabecera en Me­dellín. "Atlántico, compuesta de los Departamentos de Bolívar, Atlántico y Magdalena, con cabecera en Cartagena; "Boyacá, compuesta del Departamento de Bo· yacá, con cabecera en Tunja; " Cauca, compuesta de los Departamentos del Cauca y del Valle, con cabecera en Popayán; "Cundinamarca, compuesta del D~partamento de Cundinamarca, con cabecera en Bogotá; (( Nariño, compuesta del Departamento de Na­riño, con cabecera en Pasto; " Panamá, compuesta del Departamento de Pa· namá, con cabecera en Panamá; "Santander, compue~ta de los Depart~mentos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAlIBLEA NACIONAL 695 ' . . = .. . .. ==-=-======= = ==========:============== = ==== de San~ander y Norte de Santander, con cabe- " Nómbrese por la Presidencia una Comisión cera en Bucaramaóga; y que redacte un artículo sobre Circunscripciones "Tolima, compuesta de los Departamentos del Senatoriales y lo presente en la sesi6n matinal Tolima y Huila, con cabecera en Ibagué." de mañana; y dése segundo debate al proyecto Se aprobó la suspensión, y en discusión el aro de ley' por la cual se abre un crédito adicional al tículo, el Diputado Rodríguez hizo algunas ob- Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.'" servaciones y pidió se votara por partes, seña- La impugnaron los Diputados Espinosa y lfol­lando al efecto cada Circunscripción. Tomaron guÍn y Caro, y la sustentó el proponente. Se parte en su discusión los Diputados Mesa, quien neg6, y á continuación el Diputado Llorente so­hizo leer el artículo 14 del Acto legislativo refor- licitó Y obtuvo permiso para retirar su modifi­matorio de la Constitución, Guerrero y Holguín caci6n. y Caro, quien modificó así: Se adoptaron en seguida las partes cuarta, " Para la elección de Senadores se establecen quinta, sexta, séptima y octava de la modificación las siguientes Circunscripciones: del Diputado Holguín y Caro. "Antioquia, compuesta de los Departamentos Continuada la discusi6n del artículo propuesto de Antioquia y Caldas, con cabecera en Me- por el Diputado Rodríguez en la sesi6n del 27 deUrn; de Septiembre, sobre Circunscripciones para Re­" Bolívar, compuesta de los Departan1entos de presentantes, el cual había quedado en suspenso Bolívar, Atlántico y Magdalena, con cabecera en hasta que fuese sancionado el Acto legislativo, el Cartagena; mismo Diputado Rodríguez solicit6 y obtuvo per-. "aoyacá, compuesta del Departamento de miso para retirar el inciso final de tal artículo. Boyacá, con cabecera en Tunja ; En discusi6n el primer inciso del mismo artículo, "Cauca, compuesta de los Departamentos del el Diputado Espinosa propuso lo siguiente: Cauca, Nariño y el Valle, con cabecera en "Suspéndase lo que se discute hasta la sesión Popayán; de mañana, con el objeto de que sea conocido por "Cundinamarca, compuesta del Departamen- la Asamblea el Decreto número 167 de 4 de to de CUhdinamarca, con cabecera en Bogotá; Marzo de 1910, á que se refiere el artículo." "Panamá, compuesta del Departamento de Impugl16 esta rPoci6n el Diputado Rodríguez, Panamá, con cabecera en Panamá; yen seguida el Diputado Espinosa solicit6 y ob- " antander, compuesta de los Departamentos tuvo permiso para retirarla. d Santander y Norte de Santander, con cabece- Nuevamente en discusión el citado artículo, 103 ra en Bucaramanga, y "Tolima, compuesta de los Departamentos de Di~utados Lombana Barreneche y Carbonell pro- Tolima y Huila, con cabecera en Ibagué." pUSIeron: S e aprob o', y para a d op t arse, e1 DI' puta d o C 0- • Su• spté ndase lo que se disc. ute y considéres_e lo -Hazos soliéitó 'se hiCiera 'por la Asamblea; p'o~ pa~-' sIguIen e:, .. . tes, señalando como parte cada circunscripción. ." Autonzase al Poder EJecu~~vo para. ql~e dI­El Diputado Rodríguez modificó aditivamente VIda cada una de las a~tuales CIrCUnSCripCIOneS agregando este inciso final : Electoral~s en dos, tenIendo en. cuenta la base " PI' dI" 1 de poblacI6n para que sean elegIdos tres Repre-ara e comp~to .e quorunt constltucIona sentantes por cada Circunscripción." del Senado no se mclUIrán los Senadores corres- S b6 la . , , 1 1 h' t pondientes á la Cir u scri ción d P á e apro . suspe~slOn, a a c~a IZO cons .ar . tr h 1 c ~" 11' " e anam, su voto negatIVO el DIputado Espmosa, y en dls-mlen a~ no se. aga e eC~I~~ a 1. cusión el artículo, 10 explic6 el Diputado Carbo- .EI mIsmo D!putado pId.lO lu~?o y obtuvo p~r- nell y lo impugnó el Diputado Espinosa. mISO para retIrar su modIficaclOn, y en segUIda En seguida el Diputado Lombana Barreneche se adoptaron la primera, segunda y tercera par- lo modificó así: tes de la modificación del Diputado Holguín. Para adoptarse la cuarta, el Diputado Lloren­te la modificó así: "Circunscripción Senatorial de Pasto, capital Pasto, compuesta de los Departamentos de Na. riño y Cauca." La explicó su autor y la impugnó el Diputado Holguín y Caro. En seguida el Diputado Colla­zos propuso: "Suspéndase lo que se discute y considérese lo siguiente: "Las Circunscripciones Electorales creadas ' por el Decreto Ejecutivo número 1 67 de 4 de' Marzo de 1 9 1 o, servirán de base para la elección de Representantes; pero el Poder Ejecutivo di­vidirá en dos cada una de ellas." La impugnó el Diputado Holguín y Caro, y la sustentó el Diputado Lombana Barreneche. Se negó, y el Diputado Holguín y Caro propuso esta otra modificación: "Las Circunscripciones Electorales creadas por el Decreto Ejecutivo número 167 de 4 de MarzQ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 696 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL de 1910, servirán de base para la elección de Re- Fue modificado por el Diputado Pinzón así: presentantes; pero el Poder Ejecutivo queda au- "De toda acusación y juicio en materia elec-torizado para que divida en dos cada una de toral conocerán los Jueces ordinarios, cuyas sen­ellas." tencias serán apelables en todo caso ante el su- Hizo algunas observaciones el Diputado Espi- perior respectivo." nasa, y la sustentó el Diputado Holguín y Caro. Lo explicó el proponente, y lo impugnaron los Se aprobó, y para adoptarse, el Diputado Mesa Diputados Holguín y Caro, García Herreros y solicitó se hiciese por partes, y señaló como pri- Hernández. mera hasta donde dice "elección de Represen- El Diputado Olarte propuso: tantes," y como segunda 10 restante. "Suspéndase lo que se discute y considérese 10 U na y otra partes fueron adoptadas, é hicieron siguiente: constar sus votos negativos á la segunda los Di- "De las causas de responsabibilidad y por de .. putados Samper y Espinosa. litas comunes cometidos en asuntos electorales Se aprobó luégo el siguiente artículo nuevo, conocerán los Jueces de Circuito, salvo los casos propuesto por Jos Diputados Rodríguez y Espi - en que por ley corresponde el conocimiento á nosa, explicado por el primero y al cual hizo los Jueces Superiores. Los juicios en que con­constar su voto negativo el Diputado Gurcía He - forme á las leyes de la materia conocían los J ue­rreros : ces de Escrutinio, serán del conocimiento de los " Sólo son causa de nulidad de las elecciones ó Jueces de Circuito." de. los regis~ros electorales, respectivamente, la Se aprobó la suspensión. y en discusión el ar­primera, segunda y cuarta del artículo 108 de la tículo, lo modificó el Diputado Pinzón en la for­Ley 7~ de 1888 Y la primera y quinta del 109 de ma que se transcribe, en la cual se aprobó y la misma Ley. adoptó, después de impugnarlo el Diputado Gar-le Los que dieren lugar á las demás causales de cía Herreros: nulidad de elecciones 6 registros electorales que " De las causas de responsabilidad y de cua­establece la Ley citada, serán castigados con pena lesquiera otros delitos cometidos en asuntos elec­de multa de cien á quinientos pesos." torales, conocerán los Jueces de Circuito, salvo Se aprobó igualmente este otro artículo, pro- l
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 87

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 103 al 106

Por: | Fecha: 13/01/1911

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACI~NAL Serie única ~ Bogotá, Enero 13 de 1911 ~ Nros. 103 á 106 OONTENZ:OO Acta de clausua de las sesiones extraordinarias de 1910. • •• . .• Discurso del señor Ministro de Gobierno al cerrar las sesiones de la Págs. 817 Se aprobó luégo en tercer debate el citado pro· yecto. v Asamblea Nacional...... . ____ .•.• .• ••• 818 Se leyó el informe de la Comisión de Negocios 818 Civiles y Judiciales, sobre rehabilitación de los de· Inventario del archivo de la A ,amblea Nacional en sus sesiones E'X-traordinarias de 1910 ........... .. =================== rechos políticos de Ramón Vásquez Calle, y fue ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 ACTA DE CLAUSURA DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DE 1910 (Presidencia del Diputado Perilla V.). 1 A las diez y veinte minutos de la mañana del miércoles 30 de Noviembre de 1910 se Bam6 lista, á la cual contestaron los Diputados Arango Ra· món"Arbeláez, Carbonell, Collazos, COTlataÍn, Del Corral, Dulcey, Escobar, Esguerra, Espinosa, Gal'~ cía Herreros, Gómez, Guerrero, Hernández, H,)l­guín y Caro, Lombana Barl'eneche, Llorente, Mar· tínez, Mesa, Olarte, Pérez, Perilla, Pinzón, Restre­po Sáenz, Rodríguez, Rosas, Saiz, Samper, Sego­via, Torrente, Vengoechea y Ferrero. Previamente se habían excusado de asistir los Diputados Márquez y Valderrama. 11 Leída y aprobada el acta de la sesión anterior, se dio cuenta del orden del día y de un oficio del doctor Miguel Abadía Méndez, en el cual da las gracias por el nombramiento que le hizo la Asam­blea de miembro del Gran Consejo Electora1, y manifiesta que acepta tal nombramiento. 111 Se aprobó en tercer debate el proyecto de ley u sobre administración y explotación de las minas de Muzo y Coscuez." IV Abierto el tercer debate del proyecto de ley" en desarrollo del Acto Legislativo número 3 de 1910," el Diputado Holguin y Caro propuso la siguiente moci6n, que fue aprobada: el Prescindase de la lectura del presente proyec­to para tercer debate." aprobado el proyecto de resolución por veinte baM lotas blancas contra tres negras, según escrutinio hecho por los Diputados Vengoechea y GÓmez. Dicho proyecto de resolución está concebido así: "L1\ Asamblea rehabilita á Ramón V ásq uez Calle en el goce de los derechos políticos, de que fue privado por sentencias del Juez 2.° Superior del Distrito Judicial de Medellín y del Tribunal Superior de Antioquia, de fechas 26 de Marzo y 20 de Abril de 1893. VI Se leyó en seguida el informe de la misma Comi· si6n obre las peticiones de Trino Congote y Ma· nuel Eraso Fl6rez, y se puso en consideración el siguiente proyecto de resolución: l, No hay lugar á conceder la gracia de la reha· bilitación en el goce de los derechos políticos, pe­dida á la Asamblea Nacional por Trino Congote, vecino de Medellín, y por Manuel Eraso Flórez, vecino de Pasto." El Diputado Arango Ram6n hizo algunas ob·-­servaciones y propuso esta modificación: "La Asamblea rehalibita á Trino Congote, veci. no de Medellín, en el goce de los derechos polít.i. coso No ha lugar á conceder la misma gracia res­pecto de Manuel Eraso Flórez, vecino de Pasto." Sustent6 esta modificación el Diputado Del Co· rra], y el Diputado Arango Ramón solicitó y ob· tuvo permiso para retirarla. En seguida el Dipu­tado Guerrero propuso y explic6 esta otra modi­ficación: " Rehabilítase á Trino Congo te, vecino de Mede­Bín, y á Manuel Eraso Flórez, vecino de Pasto, en el goce de los derechos políticos. "Comuníquese y publíquese." En votación secreta fue aprobada esta modifica· ci6n por catorce balotas blancas contra nueve ne", gras, según escrutinio hecho por los Diputados Olarte y Baiz. El Diputado Pinzón solicitó constara en el acta que se habían concedido las dos últimas rehabili· taciones, porque los Diputados Arango Ramón y I " Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 818 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Guerrero habían manifestado que les constaba que suradas las presentes sesiones de la Asamblea Na­Trino Congote y Manuel Eraso Flórez habían cional. El señor Presidente de la corporación COG-cu mplido sus condenas. testó el discurso del se,ñol' Ministro de Gobierno. VII Se procedió á la elección del octavo suplente de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, después de leerse el mensaje del Poder Ejecutivo, remisi vo de las ternas. Los Diputados Escobar y Hernández¡ nombra­dos escrutadores, informaron que los veintitrés votos recogidos se habían distribuido así: Por el señor Luis Rubio Saiz, diez y siete votos; Por el señor Aquilino Matiz Gaitán, seis votos. La Asamblea declaró electo suplente al doctor Luis Rubio Saiz. VIII A las once y veinte minutos del día se suspen­dió la sesión, durante la cual fueron devueltos los siguientes asuntos: Por el Diputado Restrepo Sáenz, la escrituras y otros documentos relacionados con el contrato celebrado por el Gobierno sobre arrendamiento de las minas de Supía y Marmato ; Por el Diputado Constaín, un oficio de la Muni. cipalidad de Timaná; Por el Diputado Martínez, un memorial del se· ñor Buenaventura Medina Gaapar, y Por el Diputado Arango Ramón, un memorial del señor Isidro Galindo B., y otro de los señores F. Lozano, Miguel Vargas, RodoHo Danies y otros estudiantes. IX A las tres y veinte minutos de la tarde se re­anudó la sesión. El señor Presidente hizo leer el artículo 325 del Reglamento, y de acuerd.o con él, nombró á lus Di· putados Arbeláez y Lombnna Barreneche p~ra que pusieran en conocimiento del señor Presidente de la República que en este día se clausuraban las se· siones de la Asamblea. X Se leyeron tres mensajes del Poder Ejecutivo, con los cuales devolvió sancionadas las Leyes 84, 85 Y 87, " reformatoria del procedimiento judicial en materia de apertura de testamentos cerrados otorgados en el extranjero," "sobre asuntos fisca­les" y " sobre administración y explotación de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez." XI A las tres y treinta minutos de la tarde se pre· sentaron al recinto de la Asamblea los señores Ministros de Gobierno, Hacienda, Instrucción Púo blica y Obras Públicas; y el primero de ellos, en l'epresentación del Poder Ejeoutivo, declaró clau- XII Leída y aprobada la presente acta sin observa­ción alguna, se levantó la sesión. El Presidente, J ESUS PERILLA V. El Secretario, Manuel María G6mez P. DISOURRO del señor Ministro de Gobierno al cerrar las sesiones de la Asamblea Nacioaal. Señor Presidente de la Asamblea, honorables Diputados. En cumplimiento de un deber constitucional, en nombre del Gobierno y en representación del se· fior Presidente de la República, me cabe el honor de dirigiros por última vez la palabra en el seno de esta Asamblea. Ruda y penosa ha sido vuestra labor; pero los actos constitucionales y legislativos que habéis dic tado atestiguan que no han sido estériles vuestras deliberaciones, y sobre todo, que ellas se han ins ­pirado en el bien de Oolombia. Examinando serenamente las cosas, vuestra la bor no ha sido de larga duración. La reconstruc ción de un país no es obra de pocos días. Preciso os ha sido, para que en todos los diferentes asun tos domine y aliente el espíritu de la Nación, escla recer doctrinas, allegar datos, rastrear anteceden tes históricos y aunar por el convencimiento las voluntades de todos, ofuscadas pn veces por pasio­nes de partido, jamás por in tereses bastardos. Vuestra obra tiene bases amplias y sanas para el bienestar de la Patria; toca á los futuros legi~ ­lado res que se haya de dar la República, perfeccio­narlas y continuar el edificio de nuestro social en­grandecimiento. Os felicito, pues, honorables Diputados por la labor cumplida, y declaro terminadas, por hoy y para siempre, las funciones de esta Asamblea N a · cional, á que fuisteis convocados á petición y por elección de las mayorías de los Consejos Municipa les del país. He dicho. INVENTARIO elel archivo de la Asamblea Nacional en sus sesiones extraordinariail de 1910. LEGA.JO A ( A ato8 Legislativos). Acto Legislativo número 1 (Mayo 28), "por el cual se interpreta el artículo 6.° del Acto Legislativo número 9 de 17 de Abril de 1905." Acto Legislativo número 2 (Junio 6), "reformatorio de la Oonstitución Nacional." Acto Legislativo' nftmero 3 (Octubre 31), "reformato· rio de la Oonstitución Nacional." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 819 LEGAJO B crédi~o adicional al Presupuesto de Gastos de 1910 (De· partamento de Fomento)." Ley número 32 (Agost.o 6), " por la cual se aprueba un contrato sobre sostenimiento del Colegio de San Barto· (Leyes). Ley número 1 (Junio 1.0), "por la cual se otorga una lomé." condonación." Ley número 33 (Agosto 12), "que autoriza una cesión Ley. ndmero 2 (Junio 2), "por la cual se hace la con. en favor de un establecimiento de beneficencia." donaCIón de una multa." Ley número 34 (Agosto 12), "sobre auxilio á un in· Ley número 3 (Junio 7), "por la cual se concede una vento colombiano." autorización." Ley número 35 (Agosto 12), "por la cual se concede Ley n~mer~ 4 (Junio 9), "por la cual se autoriza al una autorización y se deroga una ley." Poder EjecutIvo para nombrar un Agente Fiscal en el Ley número 36 (Agosto 23), "por la cual se concede Exterior." una autorización al Gobierno (rebaja de pena)." L~y núme~o 5 (Junio 9), "por la cual se prohibe al ~~y ndmero .3? (Agosto 23), " que abre varios créditos GobIerno estIpular exenciones de impuestos de aduaua." adICIonales (MlDIsterio de Gobierno)." · Ley I!-úmero 6 (Junio 11), por la cual se autorb.a la Ley número 38 (Agosto 26), "por la cual se crea un CIrculaCIón de monedas de níquel." empleo y se apropia partida para pagarlo." · Ley I!-~mero 7 (Junio 13), "porla cual se abre un cré. Ley número 39 (Septiembre 5), " por la cual se da una dltO adICIOnal al Presupuesto de Gastos de 1910." autorización al Gobierno." L~y número 8 .(Jut;lio 1~), "por la cual se legaliza un Ley número 40 (Septiembre 5), "adicional á la núme· crédIto extraordmarIO abierto al Presupuesto Nacional ro 25 de 1910, que orea el Departamento del Norte de de Gastos de 1910, y se dispone adicionar el de Rentas." Santander." L~y número 9 (Junio 18), "por la cual se legaliza un . Ley número 41 (Septiembre 5), "sobre oréditos adi· crédito suplemental abierto al Departamento de Guerra." monales al Presupuesto de Gastos de 1910." Ley ~úmero 10 (Junio 18), "por la cual se legaliza Ley número 42 (Septiembre 5), " por la cual se manda un orédIto extraordinario abierto al Departamento de estableoer una Escuela de Agricultura y una Secoión de Guerra." Mecánioa en la Universidad del Oauca." Ley número 11 (Junio 18), "sobre Gendarmería Na. Ley número 43 (Septiembre 9), " sobre apertura y con· cional." servación de dos vías públicas." Ley número 12 (Junio 18), "por la cual se da una fa Ley número 44 (Septiembre 12), "por la cual se adop cuItad á los Síndicos de los Lazaretos." tan algunas disposiciones sobre la explotación de las Ley número 13 (Julio 1.0), "por la cual se abre un Salinas y se fijan los precios de la saL" c~édito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigen. Ley ndmero 45 (Septiembre 13), "por la cual se abre CIa en curso." nn crédito adicional al Presupuesto vigente imputable Ley número 14 (Julio 7) "por la cual se autoriza al al Departamento de Obras públioas." , Gobierno para comprar la c~sa en que nació Antonio Ri. Ley número 46 (Septiembre 13), "por la cual se aprue· caurte, en la Villa de I../eiva." 1 ba una Oonvención." · Ley número 15 (Julio 7), "por la cual se vota UD cré . Ley número. 47 (~eptiembre 15), "por la cual se lega. dlto suplemental al Presupuesto de Gastos de 1910." I h~a~ do~ créditos abIertos al Presupuesto de Gastos del Ley númer 16 (Julio 12), "por la cual se señala 1" 1 M~msterlO de Instrucción Pública en la vigencia econó· feoha de la VIgencia de otra ley." mICa de 1910." . Ley número 17 (Julio 12), sobre créditos adicionales Ley número 48 (SeptIembre 15), "por la cual se refor. al Presupuesto de Gastos de 1910." ma la Ley 36 de'191O." Ley número 18 (Julio 12), "por la cual Se declaran al. . Ley número 49 (Septiembre 17), "sobre créditos adi· gunos días de fiesta nacional." monales al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Ins _ Ley número 19 (Julio 1.3), "por la. cual se aprueba un trucción Pública para la vigencia e!l curso." contrato." Ley número 50 (Septiembre 21), "sobre vías de comu· · L ey númer? 20,(Julio 13), "por la cual se abre un cré m.c aCI' 6n." . dIto ~xtraordlDarIO al Presupuesto de Gastos de la vi. . Ley número 51 (SeptIembre 21), "sobre créditos adi. genCIa económica de 1910." monales al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Ley número 21 (Julio 14), "que restablece el Depar Instrucción Pública para la vigencia en curso." tamento del Atlántico." Ley número 52 (Septiembre 21), "por la cual se supri- Ley número 22 (Julio 14) "por la cual se abren varios men los derechos de exportación del ganado vacuno y créditos adicionales al Pre'supuesto Nacional de Gastos del caucho." para 1910." Ley número 53 (Septiembre 21), "por la cual se abre Ley número 23 (Julio 14), "sobre créditos adicionales un crédito adicional al Presupuesto de Gastos del D­al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Instrucción partamento de Guerra." Pública para la vigencia en curso." Ley número 54 (Septiembre 23) "por la cual se corri· Ley número 24 (Julio 14) "por la cual se crea una ge el texto de otra." Comisaría Judicial especial e~ el Territorio del Oaquetá." Ley n.úmero 55 (Septiembre 26), "por la oual se abre Ley número 25 (Julio 14), "por la cual se crea un De un crédIto al Presupue~to de Gastos de 1910." parta mento." Ley número 56 (Septiembre 27), "por la cual se inter· Ley número 26 (Julio 19), " por la cual se declaran dos preta la número 31 ~e 1910 y se abre un crédito adicio· fiestas nacionales." naI al Presupuesto VIgente." Ley número 27 (Julio 19), "adicional y reformatoria Ley número?7 (Septiembre 29), "sobre celebraoión de la 37 de 1909 'por la curu se crea una Oomisión' de un centenano." (asunto de Panan:á)." Ley ll:úmer??8 (Septiembre 29), " por la cual S8 abre Ley número 28 (Julio 27), "por la cual se ordena la un .c~édIt? adIClOna.l al Presupuesto de Gastos de 1910 erección de una estatua." (MIDlsterlO de Goblerno)." Ley número 29 (Julio 30), "por la cual se abre un cré Ley número 59 (Septiembre 30), "por la cual se da dito adicional al Presupuesto de Gastos de 1910." una autorización al Gobierno." Ley número 30 (Agosto 3), "por la cual se deroga el Ley número 60 (Septiembre 30), "por la cual se abre articulo 3.° de la Ley 42 de 1905." un orédito extraordinario al Presupuesto de Gastos de Ley número 31 (Agosto 6), "por la cual se abre un 1910, imputable al Departamento de Fomento." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 822 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL solicitan sea esa ciudad capital del Departamento de Oundinamarca. 15. Una petición de los vecinos de Payandé, para que se restablezca dicho Municipio por los límites que tenía en 1885. 16. Una petición de la Municipalidad de Quetame, para que se determinen los límites de ese Municipio. 17. Una petición de la Municipalidad de Guadalupe, para que se reconsidere el Decreto número 372 de Abril últi IIlO. 18. Un telegrama de Buenaventura, en el cual protes tan contra la reintegración del Oauca y piden la autono mía provincial y que se conserve la actual división del Oauca. 19. Dos telegramas de Pereira y Puerto Berrío, en los cuales piden la autonomía municipal. 20. Un telegrama de SaR Pedro, en el cual solicitan la reintegración y autonomía del Departamento de Buga. 21. Telegrama de los vecinos de Quibdó, en el cual protestan contra la probable anexión del Ohocó á An· tioquia. 22. Dos telegramas del Presidente del Oonsejo Muni· cipal y vecinos de Sahagún, en los cuales solicitan la creación de un nuevo Distrito Judicial. 23. Un oficio del señor Ministro de Gobierno, al cual acompatla un telegrama del Gobernador de Manizales, sobre. los límites de Filandia y Oartago. 24. Telegrama de los vecinos de Oáchira, en el cual solicitan se apruebe la Ordenanza número 31 de 1896. 20. Telegrama del Oonsejo Municipal de Salazar, en el cual suplica se abstenga la Asamblea de acceder á una solicitud. 26. Telegrama de algunos vecinos de Málaga, .en el cual piden la reintegración de la Provincia de García Rovira. 27. Solicitud de los vecinos de Vetas, para que se eri· ja ese Oorregimiento en Municipio. 28. Onatro peticiones de las Municipalidades de Tas · co, Socha, Pisva, para que se conserve y complemente la Provincia de Valderrama. 29. Petioión de la Municipalidad de M . .lfgarita, par~ que se apruebe el Decreto número 157 de la Goberna· ción del Tolima. 30. Solicitud de la Municipalidad de Soledad, so bre anexión al Departamento del Tolima de unos Muuicipi03. 31. Oficio del Presidente del Oonsejo Municipal de Ambalema, remisorio de una proposición de dicha corpo ración. 32. Oficio de la Municipalidad de Lérida, en el cual solicita se restauren ocho Municipios al Departamento del Tolima. 33. Resolución del Oonsejo Municipal de Purificación, sobre división territorial. 34. Petición del Alcalde y Municipalidades de Funza, etc., para qne se señale la línea divisoria de esos Muni­cipios. 35. Un oficio del Ministro de Gobierno, remisorio de varias solicitudes sobre expedioión de un Acto legisla tivo. 36. Solicitud de los vecinos de Victoria, en la cual piden se conserve la capital de la Provincia de Manza nares. 37. Solicitud de la Municipalidad de Tibacuy, para que se vuelva á ese Municipio el territorio del Ohocho. 38. Solicitud de la Municipalidad de Girardot, para que al segregarse de ese Oircuito los Muuicipios de Mel. gar,Oarmen, Ounday, Santa Rosa y Sucre, se le agre · guen los de Toca.ima, Viotá y Jerusalén. 39. Solicitud do la Municipalidad de Melgar, para que no se acceda á la petición de los vecinos de Ohimbí. 40. Oficio del Persúnero Municipa,} de Sucre. 41. Solicitud del Oonsejo Municipal de Sucre. 42. Petición documentada de 108 vecinos de Oomoro, para que se erija en Municipio ese oaserfo. 43. Tres peticiones de las Municipalidades de ~pi~le8, Iles y Oontadero, para que se anexen á la ProvmCla de Ipiales ]as regiones oriental y occidental del Putumayo y Barbacoas. 44. Oficio del Presidente de la Municipalidad de Nun· chía, remisorio de una petición de los vecinos de Morco· te, para que se les agregue á Nunchía. . . 45. Oficio de la Municipalidad de Puerres, .re.~IsorlO de una proposición de dicho Ooncejo, sobre dIVISIón te· rritori&.l. 46. Petición de los vecinos de Nimaima, para que no se elimine ese Municipio. 47. Petición de la Municipalidad y vecinos de El P~a yón, para que se les reintegre á la Provincia de Ocana. 48. Petición del Alcalde y Municipalidad de ~u.n~a, para que se le señale la linea divisoria á ese MUlllC1pIO. 49. Petición de los vecinos de Oarlosama, para que se restablezca allí la capital del Distrito que se trasladó á Pastás. 50. Telegrama del Oonsejo Municipal de .Nunchia, en el cual se solicita que ese lugar sea la capItal de Oasa· nare. 51. Dos proposiciones de las Municipalidades de Gua­chincá, en las cuales piden se derogue ó reforme la Ley 89 de 1890. 52. Solicitud del Oorregimiento de Icononzo. . 53. Petición de los vecinos de Sucre, para qne se eh· mine ese Municipio y se agregue ese territorio á Purifi· cación. . 54. Oficio del Ministro de Gobierno, con el cual reml· te una solicitud de los vecinos de Topaipí. 55. Oficio de la Municipalidad de Lérida, en el cual solicita se derogue el Decreto número 10 de 1908, sobre jurisdicción de ese Municipio. 56. Memorial de los vecinos de Utica, para que se au· mente el radio de ese vecindario. 57. Petición de los vecinos de Tenjo, para que se de· vuelva á ese Municipio un territorio que le pertenecía. 58. Oficio de la Municipalidad de Nimaima, en el cual pide uo sea eliminado ese Municipio. . 59. Peticióu de los vecinos de VeneCIa, p",ra que se elimine ese Distr.ito. 60. Proposición 11e la Municipalidad de Salamina, en la cual solicita no se anexe la isla del Toro á otro Depar tamento. 61. Petición de los vecinos de La Oeja, pa a que se .re. integren á ese Municipio los Corregimientos de la Umón y Mesopotamia. . 62. Proposición de la Municipalidad de lplales, en la cllal pide la anexión á la Provincia de Obando de los territorios montañosos limítrofes con Puerres y otros Distritos. 63. Telegrama de algunos vecinos de Guayabal, para que se forme de nuevo ese Distrito. 64. Telegrama del Guamo, en el cual piden la reinte gración á ese Municipio de la fracción del Yucal. 65. Petición de la Municipalidai de Tocancipá para que ese Municipio se segregue de la Provincia de Gua· tavlta. 66. Solicitud de los vecinos de Molagavita, para que se reintegre dicho Municipio á la Provincia de García Rovira. 67. Petición de ]a Municipalidad de Ituango, para que se agregue ese Mnnici pio á la Provincia de Yarumal. 68. Telegrama del Oonsejo Municipal de Guaduas, en el cua.l se protesta contra la segregación de seis Muni· cipios. 69. Informe de la Municipalidad de Usm6, sobre mul tas de régimen legal. 70. Petición de la Municipalidad de San Pedro, para que no se erija en Municipio (ll Oorregimiento de Oá· chira. 71. Peti..üón del señor E. Moyano O., para que se res pete el Oorregimiento de Jericó. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. F ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 823 72. Telegrama y solicitud de los vecino~ de Sucre. 6.° Petición de las señoras Dolores y Mercedes Vale- 73. Oficio del Visitador de Rentas del Oírculo de Hon· ra y .Martínez, para que como descendientes de próceres da, para que la Provincia de Manizales haga parte del se les conceds'pensión. Departamento del Tolima. 7~o Oficio del señor Ministro del Tesoro, para que se 74. Telegrama del Oonsejo Municipal de Honda, sobre legisle sobre los hechos que dan lugar á pensiones, re­reintegración de la Provincia de Manzanares al Depar- compensas y jubilaciones. Recomienda como acreedora tamento del ToJima. de tal gracia á la señorita Elena León GÓmez. 75. Petición de la Municipalidad de Ooyaima, para 8.0 Petición del señor Jacobo Moreno para que se le que se reintegren al Tolima los Municipios de Marulan- condone la multa de $ 500 oro. da, Manzanares y Victoria. 9.° Memorial del señor Samuel D. Moreno, para que 76. Petición de los vecinos de El Fresno. se le proteja en sus derechos de propiedad . . 77. Telegrama del Oonsejo Municipal de Ohima, en ellO. Dos peticiones de la Municipalidad y vecinos de cual se pide la conservación de fsa Provincia. Madrid, para que se ceda á ese Distrito, con destino á 78. Oficio del Gobernador de Nariño, remisivo de una la instrucción pública, un lote de la Nación. resolución del Oonsejo Mnnicipal. 11. Memorial presentado por Miguel Oastro, en el cual 79. Oficio de la Municipalidad de Timbiquí, en el cual solicita una indemnización por la muerte de su hijo B. hace una solicitud. Oastro, trabajador de una obra nacional. 80. Oficio del Oonsejo Municipal de Guapi y una pro- 12. Solicitud del Ouerpo de Inválidos, para. que se posición del mismo Ooncejo. vote una partida p~ra pagarles sus medios sueldos. 81. Telegrama del Presideute del Consejo Municipal 13. Memorial del señor Benigno Rodríguez. de Nunchía. 14. Oficio de la Gobernación de Santander y una 82. Telegrama de Orocué, en el cual se pide el restable- solicitud que hacen varios vecinos de Rionegro, sobre cimiento de la Intendencia de Oasanare. fundación de un baLoo hipotecario. 83. Dos resoluciones de las Municipalidades de Dolo 15. Memorial documentado del señor Luia Vengoe-res y PaMa. chea, en el cual solicita se le haga devolver una multa. 8i. Proposición del Oonsejo Municipal de Popayán. 16. Petición de los alumnos del Instituto Tundama, 85. Telegrama de La Pradera (Oauea), en el cual se para que se conceda un auxilio á ese plantel. solicita la conservación del Departamento del Valle. 17. Memorial de Benito Nieto, para que se le rebaje 86. Oficio del Ministro de Gobierno, remisivo de va- una pena. rias solicitudes de las Municipalidades de Mutiscua, 18 Petición del señor Anselmo Mantilla, sobre otor· Silos, Ohitagá, etc., sobre creación oe un Departli mNlto gamiento de una jubilación. en el Norte de Santander. 19. Memorial del señor Bloy Porto, eu el cual solicita 87. Memorial del señor Luis José B a rro~, y muchos una recompensa por sus servicios como empleado duran· documentos sobre división terri torial del D ~parta m e nto te muchos años. del Magdalena. ~ O. Petición de F . de P. Santander, pa,ra que se le 88. Oficio del Oonsejo Municipal de San Gil, sobre reMt ablezca la pensión que se ]e rebaió por la Ley 37 restablecimiento del Depar trHnellto del mi ID Dorubr _ de 1904. 89. Memorial del señor J U,\1l B. Londofio, pa ra que se I 21. Petición de la sañora E vangelina Perilla, para restablezcan los Distri tos que existían el 30 de Abril úl, que se le conceda indemnización por la muerte de su timo (Antioquia). esposo. 90. Varios documentos de la Gobernación del Depar 22. Solicitud de Ríosucio, para que se expida una ley tamento ~e_ Sonsón. _ ~ que dé á ese Municipio el nombre de Sevilla. 91. SohCltn~ documentada del senor Genera l, J esús 23. Resolucióu de la MunicÍ1)alidad de San MarUn 0'3 M. Sosa, rela~lOnada c~n el Departamento de J erIcó. Loba, en la cual solicita un auxilio. 92. Mem~~l,al del senor José Torral?o, y.?tros docn, 24. Peticióu de la señora Maria Luisa Perri de Gua meutos re1atl.vos al Departílmento ~e Smcelejo.. _ ' lín, para que se le couceuit üña jubilación. 93. Memorial documentado, relatIVO al restablemmlen 25. Solioitud de la Municipalidad de Betulia. to del Departamento de Mompós. 26 Memorial del señor Alonso Brand en el cual soli- 94. Telegrama. de Buga, en el cual se solicita se divi· cita 'como hijo de prócer se le aumente ¿l sueldo de que da en tres el antIguo Departamento del Oauca. dIsfruta ' 95. Proposición del Oonsf\jo Municipal de Victoria, 27. S¿licitud de Jacoba R. de Gnillén, Soledad, Eme· para que se conserve el Departamento del Valle como Hna, Lucrecia, María de Jesús Lara Baraya, Mercedes se halla actualme~te. . V. de Racines, y otra de Lastenia Parra de AbelIo. 96. DocumentaClón ~ompleta relaClonada con el De 28. Solicitud de )a señora Emilia Ferrero de Riaño, partamento del A~lántlCo.. para que se le conceda una recompensa. 97. DocumentaCIón completa relaClonada cou el De· 29. Solicitud del Oura Párroco de La Veracruz. partamento de Oú~uta. _ 30. Oficio del Personero Municipal de Santa Oatalina, 98. Document~CIón ~ompleta relaCIonada con el De- en el cual solicita un auxilio para la Junta de Oaminos. partamento de SrnceleJo. 31. Memorial del General Antonio Estévez, en el cua! LEGAJO J solicita se cumpla. )a Ley 16 de 1870, sobre honores al Oontiene todo lo relativo á la Oomisión de Peticiones y Recompensas. 1.0 Telegrama de Medellín, en el cual se pide se reba­jen los impuestos de aduana ó se supriman totalmente. 2.° Memorial del señor Demetrio Riberos, en el cual pide una beca en la Universidad. 3.° Solicitud de la Municipalidad de Uuateque, para que se le de un auxilio. 4.0 Petición de la Junta P atriótica de l\Iompós, en la cual pide un auxilio de $ 2,000 oro. 5.° Memorial del señor Juan de la O. Oaicedo, en el oual hace una exposición de las desgraciasJde su familia y hace un ss peticiones. General Antonio Obando, 32. Petición de la Junta del Hospital de Sonsón. 33. Solicitud de la Municipalidad de Guacarí, para que se nacionalice y se haga obligatoria la instrucción pública. 34. Solicitud de la señora Apuleya L. de Moreno, para que se le conceda una pensión. 35. Oficio del señor Ministro del Tesoro, al cual acom· paña nna solicitud del señor Benjamín Oamacho. 36. Petición de la Municipalidad de Tausa, para que se ceda á ese Municipio, con destino á la instrucción públi. ca, uno de los edificios qne la Nación tiene allí. 37. Oficio del Ministro de Instrucción Pública, remi­sivo de un memorial del señor Oésar Sánchez Núñez, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ., '. 824 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL sobre el pago que deba hacer el Tesoro al señor S. Ore­juela. 38. Petición de las señoritas María de Jesús y Petro· nila Martínez R. 39. Telegrama del Obispo de Ríohacha, para que fun· den tres orfelinatos más en La Goajira. 40. Petición de varios descendientes de pr6ceres, para que se vote una cantidad y se distribuya entre ellos. 41. Solicitud de la Municipalidad de Amalfi, para que se r~stablezca un servicio postal entre Barranquilla y Zaragoza. 42. Solicitud de la señorita Ooncepción Maldonado, para que se le pague una pensión acordada por ]a Oor· t~ Suprema. 43. Petición de la sefiorita Oarmen Estévez, para que se aumenten las pensiones de los nietos de militares de la Independencia. 44. Proposición del Consejo Municipal de Pamplona, en la cual solicita. un auxilio. 45. Petición de los enfermos de Agua de Dios. 46. Petición del señor Benjamín Posada, para que se le conceda una recompensa. 47. Memorial de la señora Mercedes Sánchez, para que se le conceda una pensión. 48. Petición de la Junta de Beneficencia de Facatati· vá, sobre un auxilio. 49. Petición de las señoritas Oleopatra y Octavia Olano. 50. Telegrama de Santa Ana, en el cual ~ suplica á la Asamblea tenga en cnenta la falta que la Oompañía arrendataria hace á esa población. 51. Oficio del Ministro de Gobierno, en el cual somete á la consideración de la Asamblea una petición de los empleados del Telégrafo. 52. Petición de la Municipalidad de Ricaurte. 53. Oficio del Ministro de Hacienda, remisivo de uno que le ha dirigido el Superintendente del Ferrocarril de la Sabana, sobre una solicitud de la Municíplllidad de Madrid. 54. Memorial presentado por Jos seilores José V. y Jorge Nariño, en el cual solicitan una pensión como des· c ndientes del General Antonio Narifio. q5. olicitud de la señora María de. J. R. de Díaz, para que S8 la conceda pensión. 56. Solioitud del seilor J. M. Ruiz. 57. Memorial del señor Ramón Oabral de Melo, en el cual solicita una. indemnización. 58. Petici6n de la señora Elena Mac Oormic de Nieto, para que se deolare el derecho que tiene á nna pensión. 59. Oficio del Presidente del Oonsejo Municipal de Mogotes, en el cual solicita un auxilio para el alumbra· do el éctrico. 60. Telegrama de Antioquia, en el cnal se solicita un auxilio para el orfelina.to de esa oiudad. 61. Memorial del señor M. M. Fajardo, para que se le pague al señor E. Ordóñez V. una expropiación. 62. Solicitud de los vecinos de Dolores, para que se les conceda un anxilio. 63. Memorial de los vecinos de Jamundí, en el cual solioitan se haga una expropiación. 64. Petición del Oura Párroco de Ohapinero. 65. Memorial de las señoritas M. de la P. y R. García, sobre una petición. 66. Solicitud de la Municipalidad de Puerres, para que se le conceda un auxilio. 67. Petición de la Municipalidad del Rosario, para que se le dé un auxilio. 68. Memorial de las señoritas Estévez, por medio del oual retiran el que elevaron en solicitud de aumento de pensión. 69. Petición del sefior Jesús M. Molano, para que se le conceda un auxilio para la terminación de un parque en Palmira. 70. Petioión de las señoras Raquel P. de VilIegas y Matilde Piedrahita, para que se subvencione un Oolegio en Manizales. 71. Memorial del sefior Pedro Mondragón, en el cnal hace una petición á nombre de su hiio Felipe Mon­dragón. 72. Memorial de Nieves Ricaurte, para que se le con ceda una pensión. 73. Memorial de los señores F. Lozano, Miguel Varo gas, etc., en el cual solicitan se disponga la publicación de los índices de la Biblioteca Pineda. 74. Memorial del señor F. J. Vergara y V., en el cual solicita un auxilio para la publicación de uu atlas. 75. Memorial del señor Isidro Galindo P., en el cual solicita, á nombre de su padre, se haga efectivo el pago de una expropiación hecha en la carrilera del Ferrocarril de Girardot. 76. Telegrama de Ooncepción, para que se reglamente la Ley 52, sobre Oaja de Recompensas del Ramo Tele· gráfico. 77. Solicitud del señor J. de D. Rodríguez, para que se le conceda una recompensa. 78. Telegrama de Quibdó, en el cual se pide un auxilio. 79. Petición del General Vioente S. Maestre. 80. Telegrama de Ttíquerres, en el cual se pide un auxilio para el mercado. 81. Oficio del Oonsejo Municipal de Guaduas, en el cual se pide la cesión de terrenos y enseres de la fábrica de licores de propiedad nacional. 82. Telegrama de la Junta Departamental de Bucara· manga, en el cual se pide un auxilio para unos festejos. 83. 008 telegramas de Tadó é Istmina, en los cuales piden un auxilio. 84. Telegrama de las sefioritas Dolores y Sara Oastri· lIón, sobre nna recompensa. 85. Solicitud do S. An.lrade. 86. Solicitud de la señora Julia A. de Pizarro. 87. Telegrama de Palmira, en el cual se transcribe otro de Agua de Dios, sobre un auxilio. 88. Telegramas de los enfermos de Oontratación. 89. Telegramas de los enfermos de Agua de Dios. 90. Telegrama de los enfermos de Agua de Dios, sobre una petición. 91. Telegrama del doctor Gabriel Oamargo. 92. Solicitud de 108 enfermos de Agua de Dios. 93. Telegrama de la Gobernación de Neiva, en el cual pide se sancionen los acuerdos que apropiarou sumas para la celebración del Oentenario. LEGAJO K Oo,~tien6 lo relat'ivo á división territorial judicial. 1.0 Un telegrama de Guaca y dos de San Andrés, en los cuales solicitan la conservación del Distrito Jndicial de San Andrés. 2.° Te1egrama del seÍÍor Eliseo Gómez J., en el oual solicita el restablecimiento de un Juzgado. 3.° Tres telegramas, en los cuales se solicita la con servación del Juzgado de Aguadas. 4.° Telegrama del señor Rubén S.Olarte, sobre la creación de otro Juzgado en Ttíqnerres. 5.° Telegrama de la Municipalidad de Santa Rosa, sobre la creación de un Oircuito Judicial. 6.° Telegrama del Prefecto de Frontino, para que se divida el Juzgado de ese Oircuito. 7.° Telegrama de Neiva, sobre creación de un nuevo Juzgado. 8.0 Telegrama de Girardota, sobre conservación de ese Oircuito. 9.° Telegrama del señor O. M. TroncoBo, sobre reCOD . sideraoión del artículo 3.° de la Ley 30 de 1888. 10. Telegrama de Málaga, sobre restablecimiento del Juzgado 2.° de ese Oircuito. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 825 11. Telegrama de la .Gobernación de Bucaramanga, sobre creación y supresión de Juzgados. 12. Documentos remitidos por el Ministro de Gobier no, sobre reorganización del Tribunal Superior de Popa yán, etc. 13. Memorial de los vecinos de Sincé, para que se ex· pida la ley iniciada en el Oongreso pasado, sobre resta­blecimiento del Juzgado 2.0 del Oircuito de Sincelejo. 14. Solicitud de la Municipalidad de la Oeja, sobre creación de un Juzgado de Oircuito. 15. Petición de los vecinos de Vílleta, sobre restableci· miento de un Juzgado de Circuito. 16. Telegrama de Roldanillo, sobre restablecimiento de un Juzgado. 17. Telegrama de Popayán, sobre creación de un Juz gado de Oircuito en Oaldas. 18. Oficio del Gobernador del Uauca, sobre una soli citud del Oonsejo Municipal de Bolívar, para que se cree un Juzgado 2.0 en Oaldas. 19. Oficio del Juez del Oircuito de Tuluá, sobre divi sión de tal Juzgado. 20. Solicitud de la. Municipalidad de Villeta, sobre restablecimiento de un Juzgado de Oircuito. 21. Oficio del Ministro de Gobierno, remisivo de dos telegramas sobre creación de unos Juzgados de Oircuito en Medellín. 22. Telegrama de La Plata, en solicitud de que no se traslade á otra Provincia la capital del Juzgado de Oircuito. 23. Memorial jia, para que se dIcte una ley sobre cuestión monetaria. 88. Oficio del Ministro de Obras Públicas, remisivo de las copias de los contratos celebrados con el señor L. E • Torres, sobre caminos. 89. Solicitud del sefior Tomás SeBés, sobre curación de la lepra, etc. 90. Petición de los seilores S. Rojas, A. Moreno, etc. 91. Documentos del señor S. Oárdenas, sobre pago de sus sueldos. 92. Memorial del señor Tomás Quintero. 93. Memorial de los vecinos del Valle. 94. Memorial del señor L. Romero. 95: ~olicitud de los vecinos de Ooncepoión, sobre esta bleClmlento de una Oolonia Agrícola. 96. Solicitud del Archivero del Oongreso para que se le cubra un sueldo. 97. Memorial de L. Barriga Echeverría. 98. Oficio del Gobernador de Boyacá, remisivo de un memorial de l. Páez. 99. Memorial del señor B. Medina, sobre indígenas . 100. Memorial de los señores R. Otero y L. H. Parra. 101. Oficio y telegrama sobre división territorial judi· cial (Oomisión especial). 102. Solicitud de los vecinos de Purificación, sobre restablecimiento de un Distrito Judicial. 103. Petición de los señores V. González y O. Mur· gueítio. 104. Telegrama de varios comerciantes de Medellín. 105. Telegrama de Medellín, sobre Junta de Oonver· sión. 106. Telegrama del señor R. Santodomingo Vila, so' bre el Oentenario. 107. Telegrama de Medellfn, sobre reforma judicial. 108. Telegrama del Ministro de Oolombia en Qllito. 109. Telegrama del Gobernador de Medellín, sobre supresión del impuesto predial. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAIUBLEA NACIONAL ,829 110. Telegrama de Duitama, sobre recousideración .de la Ley 60. 1,11. Telegrama d~ los vecinos de El Guamo, sobre res tablecimiento de unos Juzgados de Oircuito. 112. Telegrama de unos vecinos de San Pablo, sobre creación de un Juzgado de Oircuito. 113. Telegrama de Yarumal, sobre restablecimiento de un Juzgado segundo. 114. Telegrama de Bucaramanga, en el cual piden se allanen los compromisos que contrajo el Departamento de Santander antes de la separación del de Oúcuta. 115. Telegrama de la Gobernación de Bucaramanga, sobre creación de un Cuerpo para escolta de correos. 116. Treinta y siete telegramas de los Telegrafistas de Soacha y otros Municipios, sobre rebaja de sueldos. 117. Ocho telegramas de distintos Telegrafistas~ sobre el mismo asunto. 118. Oiento siete telegramas de varios Telegrafistas, so bre lo mismo. 119. Diez y nueve telegramas sobre lo mismo. 120. Diez y seis telegramas de Telegrafistas, sobre el mismo asunto. 121. Oinco telegramas de Oalifornia, etc., sobre apla. zamiento de la inauguración del Departamento del Norte de Santander. 122. Telegrama del Gobernador de Bucaramanga, en el cual da Tarios datos sobre lo prematuro del restd.ble cimiento del Departamento de Santander. 12a. Telegrama de los presos de la. cárcel de Bucara manga, sobre rebaja de pena. . 124. Telegrama de Puente Nacional, sobre aprobac!ón de un contrato (Brochon). 125. Telegrama de varios vecinos de Quibdó, sobre minas. 126. Telegrama de Tumaco, sobre apropiación de una partida para la defensa de ese puerto. 127. Telegrama de los vI,3cinos de Mompós, sobre una subvención al Oolegio Pinillos. 128. Telegrama del Oonsejo Municipal de Lorica. 129. Telegrama de Málaga~ ~obr~ pago de sueldos atrasados. 130. S~is telegram"s de Santa M()¡rta. en los cuales se pide no se exonere á la Oompañía del Ferrocarril de h.~ obligación de llevarlo hasta ~l río Magdalena. Llí;,GAJO N Oontiene todo lo relativo á rég'imen municJ'ipal. 1.0 Informe que presentó la Oomi8ión á cuyo estut.lio pasó el proyecto de ley sobre régimen municipal. 2.0 Proyecto de ley sobre régimen municipal. 3.° Modificaciones al proyecto de ley sobre régimen municipal. 4.° Oficios é informe referentes al proyecto de ley sobre régimen municipal. 5.° Telegrama de Santiago (Cúcut.a), sobre autonomía municipal. 6.° Telegrama de Santander (Oauca), sobre autonomía \lel Departamento del Valle. 7.° Solicitud de la Mnnicipalidad de Sogamoso, para que se expida la ley sobre autonomía municipal. 8.° Memorial de varios vecinos de Bogotá (Delega.dos de las Municipalidades), sobre autonomía municipal. 9.° Memorial de los Delegados de las Municipalidades, ~n ignal sentido. 10. Telegrama de San Roque, sobre lo mismo. 11. Dos telegramas de Ituango y San Andrés, sobre lo mismo. 12. Telegrama de Honda, sobre lo mismo. 13. Dos telegramas de Concordia y Oopacabana, sobre lo mismo. 14. Telegrama del señor R. Galvis, .3obre lo mismo. 15. Tres telegramas de Uorinto, Nunchía. S Lorica, SObre lo mismo. 16. Dos telegramas de San Andrés y Villeta, sobre ]0 mismo. . 17. Oinco telegramas de Oaramanta yotras poblacio nes, sobre lo mismo. lB. Ocho telegramas de distintos Municipios, sobre lo mismo. 19. Petición de la Municipalidad del Banco, sobr~ lo mismo. 20. Telegrama de Támesi~, sobre lo mismo. 21. Dos solicitudes de Oalarcá. y PeñólI, sobre lo mismo. 22. Ouatro solicitudes de las Municipalidades de Gó · mez Plata, Giraldo, etc., sobre 10 mismo. 23. Oficio del Gobernador de Pasto, acom pañado de un informe, sobre a~xilio para un camino. . 2!. Memorial del Personero Municipal de Bojacá, so­bre autonomía de la instrucción pública. 25. Oficio del Presidente del Consejo Municipal de Girardot, sobre régimen municipal. 26. Oficio de la Gobernacióu de Nariño, remisivo de una resolución del Oonsejo Municipal de Tumaco. 27. Oficio de la Municipalidad de Giróo, sobre auto nomía municipal. 28. Solicitud de la, Municipalidad ue San A.ndrés, para que se expida una ley sob¡'e ]a renta de los Muni· cipios. 29. Solicitu(l de la Muuicipalidad de Yarumal, para que se restablezcan las A sambleas Departamentales y sobre autonomía municipal. 30. Solicitud de la Municipalidad del Banco, sobre autonomía municipal. 31. Solicitad de la Municipalidad de Santo Domingo, sobro 10 mismo. 32. Solicitud de la Municipalidad de Barbosa, sobre lo mismo. 33. Solicitutl de la Municipalidad de Güepsa, sobre lo mismo. 34. Solicitud de la Municipalidad de Oaramanta, so­bre lo mismo. 35. Solicitu(l del señor A. Ro lríguez, para que s.e nOID bren Visitadores Fiscales. 36. Peticióll de la Munillipalidad de Tumaco, en la cual se pide la. autonomía municipal. 37. Oficio del Ministro del Te~:wro, remisivo de un me­worial de la 8eñora A. García o. - ..38. -N{)ta del Secpeti:uio de ~a - Gomistón -Legislativa; remisiva de un oficio del Uonsejo MuniCipal de Urrao. 39. Oficio de los veciuos de Jambaló. 4U. Solicitud de la Muuicip"lidad de Timaná. 41. Memorial de la Municipalidad de Buenaventura, sobre autonomía municipal. 42. Oficio del Personero de Málaga. ola. Petición de la Municipalidad de Espejuelo. 44. Nota del Ministro de Gobierno, remisiva de un te-legrama de Huila. . 45. Petición de la Municipalidad de Buenos Aires, sobre autonomía municipal. 46. Oficio del Oonsejo Municipal de La Plata, sobre lo mismo. 47. Oficio de la Municipalidad del Socorro, sobre lo mismo. LEGAJO Ñ Oontiene todos los oficios del Poder Ejecutivo. 1.0 Mensajes del Podt3r Ejecuti vo dirigidos á la. Asam· blea Nacional de 1910 (de] 20 de Mayo al 26 de Noviem· bre de 1910). 2.° Oficios de la Secretaría Ud lil Presidencia de la República dirigidos ¿jI la Presidencia y á la Secretaría. de la Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 10 de Agosto a115 de Noviembre de 1910). 3.0 Notas del Ministerio de Gobierno dirigid.a. s á la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 830 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 16 de Mayo al 30 de Noviembre de 1910). 4.° Notas del Ministerio de Relaciones Exteriores di· rigidas á la Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 16 de Mayo al 8.de Agosto de 1910) . . 5.° Notas del Ministerio de Guerra dirigidas á la Asamblea. Nacional en sus sesiones de 1910 (del 28 de Mayo al 22 de Octu bre de 1910). 6.° Notas del Ministerio de Hacienda dirigidas á la Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 7 de Ju· nio al 1.0 de Diciembre de 1910). 7.° Notas del Ministerio del Tesoro dirigidas á la Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 18 de Mayo al 3 de Noviembre de 1910). 8.0 Notas del Ministerio de Instrucción Pública diri· gidas á la Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 18 de Mayo al 4 de Octubre de 1910). 9.0 Notas del Ministerio de Obras Públicas dirigidas á la. Asamblea Nacional en sus sesiones de 1910 (del 17 de Mayo al 30 de Noviembre de 1910). LEGAJO O LEGAJO S e ontiene los borradores de las actas de las 8esiones de la .A8amblea Nacional de 1910. 1.° Actas correspondientes al mes de Mayo. 2.° Actas correspondientes al mes de Junio. 3.° Actas correspondientes al mes de Julio. 4. ° Actas correspondientes al mes de Agosto. 5.° Actas correspondientes al mes de Septiembre. 6.° Actas correspondientes al mes de Octubre. 7.° Actas correspondientes al mes de Noviembre. LEGAJO T Oontiene los órdenes de] día de las sesiones de 13 Asamblea Nacional de 1910. LEGAJO U Libro8. . " 1 1.0 Libro de actas número 1.0, con 400 fojas útiles. 1.0 Notas del Procurador General de la NaCIón dIrI· 2.0 Libro de actas número 2.0, con 233 fojas útiles. gidas ~ la As imblea Nacional en sus sesioned de 1910 3. o Libro de actas secretas. (del 7 (le Mayo al 18 de OJtubre de 19 lO). I 4 o Libro de recibos de Oomisiones número 1.0 con 199 2.~ Notas del Pod~r Judicial dirigidas á la Asamblea foj~s útiles. " NaCloD~l en BUS SeSlOl!eS de t910 (del 17 de Mayo al 24 5.0 Libro de recibos de Oomisiones, número 2.0, con 33 de NovIembre de 19~O). . . ... . . fojas útiles. 3.° Notas de la Oomlsión L~glslatlva dIrIgIdas á la 6.0 Libro índice de los libros de recibos de Oomisiones, Asamblea. _ Naciou~l en sus seflIOnes de 1910 (del 31 de con 99 fojas útiles. Mayo al 10 de J~~I~ de 1910). . . I 7.0 Libro de registro de telegramas, con 53 fojas útiles. 4.0 Esquelas dlflg~das á 103 Pre:n~entes y SecretarIOS ¡ 8.° Libro índice del libro de registro de telegramas, de la Asa mblea Naclo~al en sus seSIOnes de 1910 (del 13 con 99 fojas útiles. (ll~ Mayo 3:1 2~ de NovIembr~ d~ 1910). .. . 9.0 Libro copiador de créditos adicionales para 1910, 5 () VarIOS lDfor~es de dI8tlD~S comISIOnes rendIdos con 63 fojas útiles. á la Asamb ea NaCIOnal en 19lH. . . . . . 10. Libro c'lpiador de contracrédi ~os para 1911, con 6.° Notas de. varios emplea~os púbhcos dlrtglda~ á la 7 fojas útiles. Asambltla NaCIonal en sus seSIOnes de 1910. 11. Libro de registro de leyes y substl\~ciacióo Ile LEGAJO P Oontiene val'Ío¡;¡ me llorialel'l y telegramas, en los cuales se pide In, elección de l 81:'ñor Gell üral Guillermo Quintero Oalderón para Prefl Ílleute de la República L.HHJO Q ()ontitme vfuios memoriales y telegramas, en los cua· Jes s ~ pide la elección del señor doctor José Vicente Oon· cha. para. Presidente de la República. LEGAJO R Oontiene: proyectos de ley, con 93 fojas útiles. 12. Libro íudice del libro (le regí t['o de leyes, con 93 fojas útiles. 13. Libro de proposiciones de la Asambl~fl Naoional de 1910, con 28l fojas útiles. 14. Li uro de resoluciones de la Uomisión de la Mesa. 15. Libro copiador de la Presidenci,. de la A sam blea Nacional de 1910 (mensajes, oficios y te:egr ama8). 00118' ta de 277 fojas útiles. 16. Libro número 1.0 copiador de oficios y telegramas de la Secretaría de la Asamblea Nacional. Oonsta de 406 fojas útiles. 17. Libro número 2.0 copiador jo oficios y telegramas de la Secretaría de la Asamblea Nacional. 18. Libro de recibos de correspondencia oficial de la Asamblea Nacional. 1.0 Oficios dirigidos por particulares Nacional en sus sesiones de 1910. 19. Ouaderno de recibos de los documentos 1,ue la á la Asamblea Secretaría de la Asamblea Nacional ha entregado á h.lt:! interesados. Oonsta de 9 fojas útiles. 2.° Memoriales dirigidos á la Asamblea Nacional en sus tiesiones de 1910, sobre varios asuntos. 3.° Telegramas dirigidos á la Asamblea Nacional en el mes de Mayo de 1910, sobre asuntos varios. 4.0 Telegramas dirigidos á lli Asam.blea Nacional en el mes de Junio de 1910, sobre asuntos varios. 5. o Telegramas dirigidos á la Asamblea Nacional en el mes de Julio de 1910, sobre asuntos varios. 6.° Telegramas dirigidos á la Asamblea Nacional en el mes de Agosto de 1910, ~obre asuntos varios. 7.0 Telegramas dirigidos á la Asamblea Nacional en el mes de Septiembre de 1910, sobre asuntos varios. 8.0 Telegramas dirigidos á la Asamblea Nacional en el mes de Octubre de 1910, sobre asuntos varios. 9.0 Telegramas dirigidos á la Asamblea. Nacional en el mes de Noviembre de 1910, sobre asuntos varios. Bogotá, 23 de Diciembre de 1910. El Secretario, Manuel María Gómez P. República de Oolombia-Archivo del Gobierno-Bogotá. Recibí. El Archivero, Pompe1JO Garcra 11 V Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE ALFABETICO de todos los asuntos publicados en los H Anales de la Asamblea Nacional" de 1910 A Páginas. Páginas. Acta de la sesión del jueves 16 de Junio de 1910.. 133 A..samblea Nacional de 1910 (Decreto de convoca· Acta de la sesión del viernes 17 de Junio de 1910.. 137 ción) ...•........... . . _......... ........ 1 Acta de la sesión del sábado 18 de Junio de 1910.. 145 A cta de instalación de la Asamblea Nacional de Atropellos al preso Belisario Rojas J. . . . . ......... 152 1910 ......... . ...... _.. 4 Acta de la sesión del lunes 20 de Junio de 1910..... 153 A.samblea Nacional de 1910. (Acta de instalación). 4 Acta de la sesión del martes 21 de Junio de 1910... 155 Arango Oarmelo. (Discurso) ..... , .... .. . .... ... . 9 Acta de la sesión del miércoles 22 de Junio de 1910 161 Acta de la sesión del lunes 16 de Mayo de 1910... 10 Acta ne la sesión del jueves 23 de Junio de 1910... 162 A cta de la sesión del martes 17 de Mayo de 1910.. 12 Acta de la sesión del viernes 24 de Junio de 1910. 163 A tlántico. (Departamento del) .... , . . .... .. . . .... 16 Arbeláez Juan O. (Discurso).................. ... 165 Arquidiócesis de Bogotá (Nota al Presidente de Acta do la sesión del sábado 25 de Junio de 1910.. 169 la Asamblea) ...................... , .. 16 Acta de la sesión del lunes 27 de Junio de 1910.... 177 A zobispo de Bogotá (Notas)..................... 16 Acta de la sesión del martes 28 de Julio de 1910.. 179 Acta de instalación (Oorrección)........ .. .... ... 16 Acta de la sesión del jueves 30 de Junio de 1910.. 181 Acta de la sesión del miércoles 18 de Mayo de 1910 17 Acta de la sesión del viernes 1.0 de Julio tIe 1910. 185 Acta de la sesión del jueves 19 de Mayo de 1910.. 18 Acta. de la sesión del sábado 2 de Julio de 1910. .... 193 Acta de la sesión del viernes 20 de Mayo de 1910.. 18 Acta de la sesión del lunes 4 de Julio del 1910.. . . . 201 Acta de la sesión del sábado 21 de Mayo de 1910.. 20 Acta de la sesión del martes 5 tIe Julio de 1910 ... 210 Acta de la sesión del lunes 2:l de Mayo de 1910. .. 25 Acta tIe la sesión del miércoles 6 de Julio de 1910. 211 Acto Legislativo número 1 de 1910 (Funciones Acta de la sesión del jueves 7 de .Tulio de 1910..... 217 que ejercerá la Asamblea en vez del lJongreso) 33 Acta de la sesión del viernes 8 de Julio de 1910 ... 225 Acta de la sesión del martes 24 de Mayo de 1910 . J3 Acta de la sesión del sábado 9 de Julio de 1910... 228 Acta de la sesión del miércoles 25 de Mayo do 1910 34 Aprobación del contrato de ¡; 50,000. . .... .... . .. 233 Acta de la sesión del viernes 27 tIe Mayo de 1910.. 35 Auta de la sesión del lunes 11 de Julio tIe 1910.... 235 Autorizaciones al <+obierno (para contratar un em Acta de la sesión del martes 12 de Julio de 1910· .. 241 préstito)...... ...... ...... .... .. .... 39 Asamblea Nacional. (Prórroga por treinta días).... 243 Acta de la sesión del sábado 28 ele Mayo de 1910.. 41 Arango Ramón. (Discurso) ... ... .. . .. ... 245 Acta de la 8e 1ón del luues 30 de Mayo de 1910.... 42 I .dtlántlco. (Departamento del)....... . ... .. ... . 249 A cantuz. (Puente uacional de) . . .. ~t6 ¡ Aduanas. (Oróditos)............ .... ..... .... 249 A tOrIzaciones para a!Jli ar UlI auxilio. 46 AdmÍL'istradore~ de Hacienda Nacional. (Oréditos Aduana. (Prohibición de cOfjced~r exenciones le I adicionales) .. .... ... ......... oo.. 249 derechos).. . .. " .. . . 46 Acta de la. sesión del miércolt's 13 de Julio de 1910. 252 Autorización. (Mou '~da de níquel) . " 47 Acta de la t:ie Ión del jneve 14 ele Julio de 1910.... 257 Agente Flscal. (Se autoriza su nombramiento)... . 47 Acta de la sflsión del viernes 15 de Julio de 1910 261 AutorizaciólJ (para nombrr\r un Ageute Fiscal).. 47 Actd. tIe la sesión del sábado 16 eJe Julio dt' 1910.. 261 Aclo LegislHtivo número 1 do 19to. (FuJ1cione~ Acta de la sesión del miércoles 20 d€' Julio ele 1910 ~65 . qu~ tendrá la ' a.m.blea, su.b tÍtUCiÓlL deLOo¡1 - - - Acta-de tarsesh)n del lunes 25-de 3ñ1ió ilé rgro -.: .- -266- - - - - - - gret.'lo) ............ .. .. oo ... ..... . ·.. 49 Arbeláez Juan Olímaco. (Discurso)............... 293 Acta de la sesión del martes 31 de Mayo de 1910 .. 49 Acta de la se~i6n del marttS 26 de Julio de J 910... 297 Atláutico (Departamento del). ., ......... 51 acta. de la sesión del miércol~s 27 de Julio de 1910. 299 Acta de )a sesión del miércoles 1.0 de Junio de 1910 51 Acta de la sesión tIel jueves 28 de Julio de 1910.... 300 Acto Legislativo número 2 de 1910, reformatorio 1 Asamblea Nacional. (Prórroga de las sesiones).... 301 de ]80 Oonstitución.. ........... ... . .. .. . 65 Acta de la sesión del 30 de Julio de 1910 ..•.. . . 309 Acta de la sesión del jueves 2 de Junio de 1910.. . . 66 Acta de la sesión tIel lunes 1.0 de Agosto de 19 LO.. 309 .. \cta de la sesión del viernes 3 de Junio de 1910... 67 Agua. (Se cede un derecho al Orfelinato de San Att· Acta de la sesión del sábado 4 de Junio de 1910. .. 73 tonio) ...... . . oo.. • ••• • ....... _.......... •• 314 Acta de la sesión del lunes 6 de Junio de 1910.... 81 Aserrío. (Se cede en propiedad el derechos del agua) 314 Acta de la sesión del martes 7 de Junio de 1910... 83 Auxilio de $ 2,000 para. invento de una máquina de Agente Fiscal en el Exterior .. ................. 89 escribir. . . . . . . . . . .. .. . ........... . . "..... 314 Autorizaciones al Poder Ejecutivo. (Agente Fiscal Acta de la sesión dol martes 2 de Agosto de 1910.. 315 en el Exterior) ..... , .. ............ ....... 89 Acta de la sesión del miércoles 3 de Agosto de 1910 317 Aduanas. (Prohibición para conceder exención de Alcantuz ó Puente nacional...... . ..........•.. 321 derechos)... ... ... . .. . . .... . .. .... ..... . . .. 89 Autorizaciones al Ministro de Obras Públicas..... 321 Autorización para poner en circulación monedas de Acta de la sesión matinal del jueves 4 de Agosto níquel. . . . .. . . . . .. ........... ... . .... 89 de 1910...... ••• • •• • • • • •• . . . . . . . • . . . • . • . • • • 321 Acta de la sesión del miércoles 8 de Junio de 1910. 90 Acta de la sesión de la tarde del jueves 4: de Agos· Acta de la sesión del jueves 9 de Junio de 1910... . 97 to de 1910 """ .... . ........... 323 Acta de la sesión del viernes 10 de Junio de 1910.. 106 Acta de )80 sesión del viernes 5 de Agosto de 1910. 325 Acta de la sesión del sábado 11 de Junio de 1910.. 121 Acta de la sesión del sábado 6 de Agosto de 1910.. 329 Arango Ramón. (Discurso) . ............ . , ... 125 Acta d ~ la. sesión del lunes 8 de Agosto de 1910.... 329 Autorizaciones á los Síndicos de los Lazaretos.... 129 Acta de la sesión del martes 9 de Agosto de 1910. 330 Acta de la sesión del lunes 13 de Junio de 1910.... 129 Asignaciones civiles.... . . . ...... . .......... 354 Acta de la sesión del martes 14 de Junio de 1910.. 131 Acta de la sesión del jueves 11 Je Agosto de 1910. 369 Acta de la sesión del miércoles 15 de Junio de 1910 132 Acta de la sesión del viernes 12 de Agosto de 1910 371 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. II IN DICE Arbeláez Juan Clímaco. (Discurso) Páginas. 373 377 379 381 Acta de la sesión del sábado 13 de Agosto de 1910. A cta de la sesión del martes 16 de Agosto de 1910. Arbeláez Juan O. (Discurso) .................... . Páginas Acta de la sesión del miércoles 28 de Septiem b e de 1910.... . . . . . . . . .. . ..... . . .... .. . ' . , . 538 Acta de la sesión del jueves 29 de Septiembr e 1910 .... . ..................... _ ....... _ ...•.. _ . 540 Acta de la sC8ión del miércoles 17 de Agosto de 1910 . __ .. ..... . ... ................... " Acta de la sesión del jueves 18~de Agosto de 1910. Acta de la sesión del viernes 19 de Agosto de 1910. Acta de la sesión del sábado 20 de Agosto de 1910 Acta de la sesión del lunes 22 de Agosto de 1910 .. Acta de la sesión del martes 23 de Agosto de 1910. Ac~a de !a sesión del miércoles 24 de Agosto de 1910 ....... __ ... _ ... _ .. . .......... -... . . Acta de la sesión del jueves 25 do A gosto de 1910 .. Arbeláf'z Juan O. (Discurso) . . . -... . . . . .... _ .... Autorizaciones al Gobierno para habili tar el puer· to de Guapi . ....... , .... . ... .. .. .. .... . Aduana,. (A.utorización para establecer la de Guapi) Agricultura (Escuela de) .. . .. - . ...... . . . ..... . Agricultura (créditos adicionales) (Ley 41 de 1910) Acta de la sesión del viernes 26 de Agosto de 1910 Acta de la sesión del sábado 27 de Agosto de 1910. Acta de la ses ión del lunes 29 de Agosto de 1910 .. Acta de la sesión del martes 30 Agosto de 1910 ... . Aeta de.la ~esión del miércoles 31 de Agosto de 1910 ...... . . . .. .. Acta de 1:1 sesión del jueves 1.0 de Septiembre do 1910. . . .. . . ... . . .... . .. . . . • . . . . Acta de la sesión del viernes 2 de Septiembro de 1910 .. . . . ' . . . . . . .... . . . '" Acta de la sesión del sábado 3 de Septiembre de' 1910 ..... . ...................... . Acta de la sesión del lunes 5 do Septtem bre de 1910 Acta de la sesión del martes 6 de Septiembre de 1910 .... . . .. ........ .. .......... , . ... •. ... Acta de la sesión del miercoles ¡ de Septiembre de 191U .. . . . . .. . ... . ' . Acta de la sesióIJ del vierneH 9 de Septiembre de 1910 . .. . . . . . .. .. . Acta de la sesión ¡tel sábaclo 10 de Septiem bre de 1910.. .. . ... . ... . . .. ......... . .. . ADta de la sbsión del IUlIe. 12 d~ Septiembre de 1910.. ... . . . Acta de la sesión (lel martes 13 de Septiemb!'e de 1910...... -.... .. . . .. .. .. . . Acta .te l~ e~ iótJ del miércoles 14 de Septiembre de 1910 . . .... ..... .... .. . Acta de la. sesión d el jueves 1& tIe Septi"mbre de 1910 ...•. . ... . . . ... . . ..... ... . Acta de la sesión del viernes 16 de Septiembre tIe 1910 ..... , .... ... ................ . ... . .... . Acta de la sesión del sábado 17 de Septiembre de 1910 ...... " .. . . ... . ..... . ...... .. .. . .. . Acta de la sesión del lunes 19 de Septiembre de 1910 Acta de la sesión del martes 20 de Septiembre de 1910. . ... ...... . .. . . . .......... . .... .. Acta de la sesión del miércoles 21 de Septiembre de 1910 .. _ ........ -_ - ........ " ........... . Arbeláez Juan O. (Dibcurso) ......... . ' ........ .. Artículo 33 de la Ley 59 de 1905. (Oarece de fuerza oblig1\toria)... . " ..... ... . .... ...... Acta de la sesión del jueves 22 de Septiembre de 1910........ . .. .. ... .... . .......... ... . Acciones del Ferrocarril de la Sabana pertenecíen tes al Departamento de Cundinamarca ..... . .. Acta de la sesión del vi~rnes 23 de Septiembre de 1~10...... . ...... . _ . ..... . ........ . Acta de la sesión del sábado 24 de Septiembre de 1910 . . .. . . . . ......... . Autorizaciones al Poder Ejecutivo. (Ley 59) ...... . \cta de la sesión del lanes 26 de Septiembre de 1910 . . • . _ .. . .... . ... • •... . ....... Acta de la sesión del martes 27 de Septiembre de 1910 ••.•. . ••...•.... .... • ......•..........•• Acta de la sesión del viernes 30 de Septiembr do 385 1910 .• lO' •• '. •• ••• •••• •• •••• • .............. -. . 545 386 Acta de la sesión del sábado 1.° de Octubre de 1910 546 393 Acta de la sesión del lunes 3 de Octubre de 19 O.. 554 394 Arbeláez Juan O. (Discurso) ................... _. 557 396 Acta de la sesión del 29 de Septiembre. (Oorrec 409 ción) .... _ . . .. .• ... ... . .. ......... ....•.. _ . 560 Acta de la sesión del martes 4 de Octubre de 1 10 561 410 Acta de la sesión del miércoles 5 de Octubre de 411 1910. . • • • • • . . . •. . .. . ... ... , .......... __ _ . 561 413 Arango Ramón. (Discurso) ..............• , ... _. 564 Acta de la sesión del jueves 6 de Octubre de 191 . 560 417 Agua potable para ]as guarniciones de Oartag na, 417 Bucaramanga y Ocaña. (Ley 68) ...... _ .•.• _. 578 418 Acta de la sesión del viernes 7 de Octubre de 1910 593 418 Arbeláez Juan O. (Discurso). . ...... ........• . . 599 418 Arango Ramón. (Discurso). _. ..• . .......•• _. ••• 599 419 Acta de la sesión del sábado 8 de Octubre de 1910. 602 421 Acta de la sesión del lunes 10 de Octubre de 191(,). 609 425 Acta de la sesión del martes 11 de Octubre de 1910 612 Acta de la sesión del jueves 13 de Octubre de 1910 617 428 Acta de la sesión del viernes 14 de Octubre de 1910 618 Acta de la sesión del sábado 15 de Octubre de 1910 625 434 Acta de la sesión del lunes 17 de Octubre de 1910. 633 Acta de la sesión del martes 18 de Octubre de 1910 634 436 Acta de la sesión del miércoles 19 de Octubr de 1910 .... _ . . ....... _ . .• ., _.. ...••. . . . . . . .. . 636 441 Acta de la sesión del jueves 20 de Octubre de 1910 644 442 Acta de la sesión del viernes 21 de Octubre de 1910 643 Arbeláez Juan O. (Discurso) .... . ... . ... ' .. .. r' 646 442 Abonos, papel sin cola, tinta de imprenta. (Ley 71) 6"9 Acta de la sesión del lunes 24 de Octubre de 1910. 649 449 Acta de la sesión dtl martes 25 de Octubre de 1910 GlH Acta de la sesióu del miércoles 26 de Octubr de 452 191U. . . . ... . .. ... . .. . . . ...... ... . ... . ... . , 651 Acta de la sesión lleljueves 27 de Octubre de 1910 659 457 AJocuciÓ ,1 del Presidente de l~ Repú blica al an· . ciouar las reformas eonstitncionaJes.. . . . . . . . . . 665 459 Acto Legislativo número 3 de 1910, reforruac río de la Constitución NacionaL . . . ... .. .... .. . ' 666 462 Arango Ramón. (Discurso) .. -. . . .. ... .•• 671 AraDgo Ramón. (Discurso). . . . . . .•.....•. . ..•• 612 465 Acta de la sesión del viernes 28 de Octllbro de 1910 673 Acta d~ la sE'sión del sábado 29 de Octubre de 1910 675 466 Arbeláez Juan Olfmaco. (Discurso)......... 617 Antecedentes. (Ley 73, sobre prensa) ...••• . . oo. 68 t 467 Acta de la sesión del lunes 31 de Octubre de 1 10. 687 Aniversario Oartagena. (Proposición) ..........• 689 474 Acta de la sesión del miércoles 2 de Noviembre de 476 lUlO. .. . . . . •.. . •. .• .••• . .. ..•..•..• • 690 483 Acta. de la sesión del jueves 3 de Noviembr de 1910. . ........ . ....... __ ... . _. ., ... .. • ... 692 Acta de la sesión del viernes 4: de Noviem bre de 489 1910. . ...................... _ ...... __ . . 693 490 Acta de la sesión del sábado ó de Noviembre de 1910 ............. _ • . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . . 698 49. Acta de la sesión del lunes 7 de Noviembre de 1910 700 Acuñación é introducción de monedas de plata.... 702 505 Aduanas. (Sueldos eventuales, Ley 79) •••••• .. _ ... 706 Administración de Hacienda de Facatativá. (Ley 79) 706 513 Academia Oolombiana de la Lengua. (Ley 79 auxi· lio) . . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . ..... _ . _. . . . • • . . . 706 514 Acta de la sesión del martes 8 do Noviembre de 1910 .... . . .. . .. _ . . . . .. .,. . . _ ..... _ ... _ .. , 707 516 Acta de la sesión del miércoles 9 de Noviembre de 522 1910 ......... _ .. . . . ............... oo • ••••• 713 Acta de la sesión de1 jueves 10 de Noviembre de 523 1910.. . .. . •••.• _. .•• . .. ........... _ •.. _ . 714 Acta de la sesión del VIernes 11 de Noviembre de 529 1910 , ... " ....••••••.. _~ ••.. _. . • . • . • . . ... • 721 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE ItI Páginas Abad P-tulino (Rehabilitación de derechos políticos) 791 Acta de la sesión del sábado 12 de Noviembre de Ptigiuas Cali. Oómo debe q uedllr el Depat·tamen to. . . .. . . 46 Oali. Departamento de. Se restablece. Proyecto 1910. . . . .. . . . . .. . . . ... __ . .. .. . ........ 729 Acta de la sesiól1 del lunes 14 de Noviembre de de Ley .. .. _ . ... ...... .. 1910 ...... 1'. _ • • • • . •• • • . "... • • •• . •••• .. • 738 Acta, e la ses{ón del msrtes 15 de Noviembre de Oali. Oentenario de.. . .. ...... ... . ........ . _ ...... Oamacho Manuel. Niégasele la rehabilitación. . .. Cam bao. Oarretera, crédito adicional (Ley 78) . . Oámara de Uomercio de Bogotá. Sueldo, (Ley 79) . Oamino de Oharalá á Paipa por Oiba y Doitama .. Oamino de Poncet. (Oamino Liévano). ......• '" 19\ O. I '" .... ... . .......... , .. 745 Act~~ ~ /.~~i~n. ~~~ .~~~~~~le,s. ~~ ~~ ~ ~:i.e~ ~.r~. ~~ 753 A.cta d , a sesión 'del jueves 17 de Noviembre de 19 ........ , . .. .... ........ 754 Act· dt la sesión del viernes 18 de Noviembre de Oaminos de Moscopán y Micay. (Ley número 43) .. . Oaminos. (Ley 50) . , .. . .......... . ... ....... . 19 O.. . ••• .. .. _ . .....•.... _ .•••• cta e la sesión del sábado 19 de Noviembre de Oapitolio, caminos, etc. (Ley 78 de 1910) . ....... . 761 Oaquetá y Putumayo. Partida para establecer co 1910 ... '" .. , ..... " . ..• . . ...• .. ....•.... 763 lonias agrícolas ........ . .. . . . . . .. . . . . .. ' .. Oaquetá. Oréase una Comisaría. Judioial. ....... .. Acta de la sesión del lunes 21 de Noviembre de Oarbonell Abel. Discurso .. ... . ..... 1910 .. .. ~ . . .. ....... . ... .......... . .. 769 Oarbonell Abe!. Discnrso ..... . .. . Acta de la sesión del martes 22 de Noviembre de 1910 . ......••. ...... ..•••• ... .. . . . . . . . .. 770 Oarbonell Abel. Discurso .. ....... ... ... . .. .. Oarboneras del Departamento del Magdalena. Oon Acta de la sesión del miércoles 23 de DIciembre de trato .........•• ... . ... ..... . 1910. . . . . ... . .... ... .... .. . . ... .. . . . .... 772 Act\ de la sesión del jueves 24 de Noviembre de Oartagena. Oelébrd.s~ su cent~uario (Ley' 57) ~: ~:. ~ Cartagena. PropOSICIón relatIva á su independen . 1910. ....•.... ... ..... ....•• '" ..... Actt de la s~sión del viernes 25 de Noviembre de 777 cia. . .. . .. _ . . . . . . • . . . •. _. . .. ..... . 1910.. . . . . .' . . .. .. ......•......•.. .. ... 780 Act\ de la sesión del sábado 26 de Noviembre de Oarreño Pedr~ M. Proyecto de Acto Legislativo reformatorIo, etc. ... .. .... ....... . .. ...... .. . 1910 ... . . . . . . . . . . . ......... ... ••• '" 785 Oarreño Pedro María. Discurso .. . .... . Oarreño Pedro M. Discurso...... .......... '" Actt de la sesión del lunes 28 de Noviembre e 1910 ................. .............. ... ... 787 Ach de la sesión del martes 29 de Noviembre de Oarreño Pedro M. Discur~o ' . :. o. .. ........... . Oarreño Pedro M. Discurso. . . .......•..... 1910 ............................. . . . .... 997 Actt de la se&ión del miércoles 30 de Noviemb Oarreño Pedro M. Discurso. .. .. . ....... . Oarrefio Petlro M. Discur o. . •. ........... . ... . de1910 ...........•.........••. . . ........ Act\ de clausura de la Asamblea ... . . ... . . . . Act'l3 de la Oomisión de Orédito Público ..... . .. . Aü 3I'dos municipale . (Ley a8 de 1910). . ....... . Adniuistración. (Minas de Muzo y Ooscuez, Ley 87 le 1910) . ....•..••.... .... ...... . . .......... Almldes. (Ley 88 de 1910).. .. .. ... . . ...... .. Ata lgo Ramou. (Discurso) .. ........ ........... . Araj~o Ramón. (Discurso sobre empréstito} ... ... . At'cnvo de la Asamblea. Inveutario deL ......... . AlóIanblea Nacional de 1910. Acta de clausura ... . .. Asanbleas Departamentales. (Ley 88 de 1910) .... . _ Aliult~S }i.~c~les. (!J~ _85 ellllt·ncia. Auxilio. ..... . 318 Oentenario de la. Independencia. Se declaran al. ~17 gunos días de fiesta U~l ,10Ila1. .. . .... .. ••• 801 Centenario de Oartageoa. S()bre su celebración ~ 'Z9~ .. .. j (Je'y 57) .. . _ "" . ~ _ ._ . ... ___ .. . _. _.,. .•• _. Oeutenario de la IndependeoCla. Orédito adicional 794 (Ley 66) - . ... . . . . ... -'" ............ . 79ij Oigarrillos. 1m ¡mesto de. Inft>rme. . . .. ..•.. . .. .• Oigarrillos. Se suprime el impuesto sobre. (Ley 69) Olausura de la -\ sambleH. Acta de. . . ..... . .. 742 Oódigo Judicial. Proyecto de ley de adiciones ...... . 191 Oódigo Judicial. Nueva e·lición.. . . ... ... , Colonias agrícolas. $ UO,OOO para establecerlas .... . 455 Colegio de San Bartolomé '" . . . . . . ...... 222 Y Oolombian Emerald Company. Pagv á T"'e. (Ley 85). 575 Oollazos Joaquín A. Discurso . ....... .. . . ....... . 51 Qollazos Joaquín A. Discurso . ...... ..... . ...•.. 126 Oollazos Joaquín A. Discurso. _ ..........•..•• 187 Oollazos Joaquín A. Discurso . ............. . ... . 188 Collazos Joaquín A. Discurso . ................ . 196 Oollazos Joaquín A. Discurso .................... . 219 Oollazos Joaquín A. Discurso. . ..... . .. .•....... 148 Oomisiones. Ouadro de... ... ....... .... . 32 Oomisión InvestigaJora de los asuntos de Panamá. 816 Oomisión Legislativa ........................ ... . Comisaría Judicial. Oaquetá... . .............. . Oomercio y explotación del platino. (Ley 72) ..• _ ••• Oomitiión Legislativa. Relación de dehates. . . .. . 474 Oomisión Legislativa de Orédito Público. Actas 150 de sus trabajos ........... . ............... ,. .. Oompa-ía de Jesús. Sostenimiellto del Oolegio de 125 Sa Bartolomé.. . .... . . •••. . . . . . . • . . . .. . .... Condo lción. En favor de José J. Molina .....•. 639 Oontrato Brochon. Ferrería de Pacho ....... . 816 160 471 705 706 522 759 425 481 705 209 250 53 1~6 146 782 521 689 12 31 51 86 102 190 288 555 56 150 303 513 482 64 474: 160 97 233 521 - - - - - - 577 53~ 601 817 148 339 209 313 795 520 710 715 723 374 740 800 21 47 70 250 657 740 749 351 57 163 , -~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , IV INDICE Páginas Páginalas Oontrato da empréstito. ;S; 50.100..... . . . ....... . 233 Deoreto Ejecutivo por el cual se prorrogan las t se Oontrato. Relativo al Oolegiode San Bartolomé... 314 siones de la Asamblea...... ....... .' 24113 Oontrato sobre establecimienb de cuatro boyas de Decreto Ejecutivo. Prórroga de l as sesiones de la luz. . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . 418 Asamblea. . . . . . . . ....... . ... ' . , ,.... 30')7 Oontrato sobre acuilación é iltroducción de mone. Defensa de los intereses de la Nación. ,Auto Í3za· das de plata...... ..... ..... . . . 702 ciones (Ley 83). . . .. ...... . ...... . ... Oontrato Liévano. (Oamino dI Poncet).... . .. . ..... 759 Degüello, Renta de licores. Se legaliza un c(éd itto. Oonstain Eudoxio. Discurso .... ,. .. .. . . . 732 Del Oorral JesÍls. Discurso ... . ....... '\' .... . Constitución Nacional. Proylcto de reforma,..... 6 De León Luis M. Oompra de un l:ibro ........ : .,. OOllstitnción Nacional. Proyelto de reforma..... ... 12 Delgado Oarlos J., Ministro de Obras Públi o' s. I ~oo8ti tuciólI N aciona!. Pl'oye~to ((e reforma... ' " 22 Discurso. . . . . .. ........... . . ... . . Constitución Naoional. Proytcto de reforma..... . 45 Delgado O. Manuel. Niégasele la rehabilitació 7994 417 2445 2339 Uoovocación de la AsamblHl. Naoional de 1910. Delgado O. Manuel. Se le niega la rehabilita Decreto sobre . .. . . . . . 1 de dereohos . . . . . .. ......... .... . . 4417' Oonvención de arbitraJe entn Colombia y Francia. 434 Departamento del Atlántico. Proyecto de ley q:¡ue Oougote Trino. Se le rehabilib en sus derE.'chos poli. 10 restablece .••. . .. ,.. . ..... ... . ticos....... . .... .. . . ........ oo .•.. 792 Departamento de Buga ........... oo Oousejos Municipales (Ley 8E (le 1910). 801 Departamento de Oali..... .. . . . ......... . .. .. . Oorte Suprema de Justicia.. . .. .......... ...... 43 Departamento del Valle....... . ............ .. Curte Suprema de Justicia.. ecurso de casación. Departamento del Atlántico .. . ........ . . . .... . (Ley 81) ................ . ....... oo.... 737 Departamento del Norte de Santaudt'r .... .. ..... . Córdoba José M. Estatua . . . .... __ . ..... 281 Departamento de Oúcuta ... . .. . .. .. Oorte Suprema de Justicia l'elioi~acióo á la Asam Departamento de Sincelejo. rnfor'me. . .. .. blea.. . . .. . . ~.. . ... .. .. .. . . ... 312 Departamento de Barranquilla. . . ... . . ..... . , . . Gorrea A. Sinforiaoo. OoodOlacióo ~u favor de. 54 Departamento del Atlántico. (Se restablece) Oorrea Uribe Eduardo. Emp'éstito ;f; 50,000. 233 Departameuto del Norte de Santamder. Se crea ..... U6 4116 446 446 551 553 559 1444 1991 24'9 2441 Oorrección. .. •. . .......... " . . . . . 21 Departamento del Norte d . Santa.nder. Se adiciloDoa Corrección á la Ley 20 de 19 .... ...... ... . .. . .. 529 la Ley 25 de 1910..... .......... . . ... .... 411 7 Oorrf cción á la Ley 51 de 19 1' .. '" . .... .. ... . ... . 537 Departamento de Oundinamarca. Acciones em el Oorrección al aota ue 29 de feptiembrc ... .. .. .. 560 Ferrooarril de la Sabana... . . .... .. . . .... 5113 001'1'('cción á la Ley 50 de 19iO . ' .. . . . . . . . . . . 601 Departamento d~l Magdalena. O~rbonerRs. .. . . ...... 7882 ('OITeos y telé~rafos. Oréditol adiciouales (Ley 58). 521 Departamentos. (Ley 88) ..... ... ' . .. .. .. ... . . . . . 8001 Oorreos y telégrafos. Orédito iup]emeutal (Ley 63). 553 Departamento de Oali. Se restabllece.. . ..... .. . . 8116 Oréditos adicioua.les .. ... . ... .. .. . , •. 40 Departamento de Buga. Se restamlece ... ... ... . 8116 Ulédito adil,ional extraordiuu·io. Se leg·t1jz~.. .• • 47 Dereohos d~ aduana. Prohibiciión de ooucfeoder Oréllito. Le~Rlización d ", UIH para pagar uu cré. E?xención de dereohos ...... , .. .. - . . . , . . .. . 446 dito...... . .. . ..... .. ... . . _.... . ... . ... 54 Derephos de aduana. Prohibici ón de cODcfeoder O,éuitos atliciont.I~",. Hac.Henta.. ...... ........ .. 54 ~xenciones............ .... .. . .... . . ... .. . .. 89 OréJitos adicionales. Re/aciOl 8 Extt~ L'iorcs..... . 55 Derqgatoria de la .L~y 3.1l de 1910 .. ........... .. .. 3221 Ored(JucialeK de los Diputa.:lleli y ex r 'JI'dioal'ios Gobler Naoional, al instalarse dicha corporaoióu del Diputado José A. Llort3nte . . . . . , Discurrs(O del Diputado Abel Oarbonell .. , .... Discurrso del Diputado Benjamín Herrera. DiscurrsID del Diputado Jesús Perilla V.. . Discurrsco del Diputado José A. LIorente .. , .. .. DiscurrsID del Diputado Oarlos ~Tosé Espinosa ., .. Di!lcurrsID del Diputado Lácides Segovia. . .. , .. . Páginas 52 53 59 60 60 61 61 Di:o\l)urrsfr> del Diputado Juan Pinzón ........... . Discurf8ID del Diputado Rernando Holguín y Oa.ro .. Discurrso> del Diputado Augusto Martioez . ...... . Discuresc> del Diputado Bernando Holguín y Oaro .. Discuresm del Diputodo Eloy Pareja G . . . .. ' . Discuresw elel Diputado Rernando Holguín y Oaro .. Discurrs del Diputado Olemente Salazar. . ..... . D!scurrs(o del Diputado Aquilino Villegas .. DIscurfs del Diputado Pedro M. Oarreño . ...... . . Discurrs(o del Diputado Enrique Olaya Herrera .. Discurcs(o del Diputado Jesús Perilla V ... . . Discurrs(o del Diputado Enrique Olaya Herrera . , Discu) I seo del Diputado Bartolomé Rodríguez ., .. DiscOrl'S(O del Ministro del Tesoro (A. J. Oadavid) .. Discurrs del Diputado Abel Oa.rbonell. ... . Discur@so) del Diputado José M. Lombaua B ... ' " . Discursso> del Diputado Eloy Pareja G ..... . Discursso) del Diputa.do Juan O. Arbeláez ... . _ Djs~u!sso> del Diputado Luis E. Bonilla. .' .' ' . 0 ;. ' DJscursso> "tel Diputado Olemeute Salazar M . .. . Dis·,urssoo del Diputado Luis E. Bonilla. .......... . Discurt:lso> del Diputado Aquilino Villegas . .. .. , Discursao) del Diputado Holgufn y Caro .... ..... , . D~scursso) del Diputado Holguín y Oaro .. , . . o •• D~scurBso) del Diputado Villegas . • ••••• D~scursao) del Diputado VilIegas ... o •• O~sCUr8S0) de1 Diputado Oarreño Pedro M... ... .., D~scursao) del :->iputado Bartolomé Rodríguez P .' D~soursaO) del Diputado Juan Pinzón . .. .... . . D~BOUrSSO) del Diputado Juan Pinzón ..... .. . . ... D~sCUrS80) del Ministro de Grlerra (MedinaOalderón) DIsCUrSao) del Diputado Bonilla. . . .......... . D~sCUrS80) del Diputado Lombana B . . .. ' " .. .. .. . D~scursao) del Diputado Espinosa Oarlos José .. D~scurRRo) del Diputado Espinosa Oarlos José. . . D~sCUrS80) del Diputado Luis E. Bonilla. .. ....... . D~scursao) del Diputado Holguín y Oaro. . . . . . . D~Bcurs(0) del Diputado Bolguín y Oaro . . ...... o. o D~scursoo ) del Diputado Bartolomé Rodríguez ..... . D~scursoo del Diputado Olemente Salazar. . . . o.' D~scnrsoo del Diputado Olemente Salazar ....... . D~scursOo t del Diputado Aquilino Villegas ......... . D~BCUrSOO ) del Diputado Juan Pinzón ... • . . ....• D~scurs(0 ) del Diputado .Espinosa Oarlos JORé .....• D~scurBoo ) del Diputado Lombana Barreneche .....• D~BCQrS(0 ) del Diputado Juan Pinzón . ... .. ..•....• l>IscUfS(0) del Diput~dQ ~alazar ~ ...•• , . , 61 61 68 69 69 84: 84 84 85 86 86 86 87 87 87 88 88 99 100 102 103 1413 123 124 125 125 125 126 126 126 126 127 127 128 146 147 155 165 187 187 188 188 188 189 l89 19u 1\;0 191 196 197 196 196 197 197 200 219 219 220 219 219 220 220 221 231 239 244 24:5 Discurso del Diputado Anngo Ramón . . .. . Disourso del Diputado Dd Oorral Jesús .. . o', ••• Disourso del Diputado Lanbana B .... .. .. .... . Discursos del Diputado L>mbana Barreneche ...... . Discurso del Diputado Hdguín y Caro ..... . Discurso del Diputado Hdguín y Oaro o •• •• •• •• Discurso del Diputado Pelro M. Oarreño .. .. DiscurRO del Diputado Be1jamín Guerrero .. . .. . . Discurso del Diputado Lanbana B . .. ,' ... . . Discurso del Diputado Lonbana B ....... .. ... . Discurso del Diputado Bdguín y Oaro . .. . Discurso del Diputado Hdgnin y O.uo .......... . Discurso del Diputado Ohya Herrera .... ' . . . Discurso del Diputado Se~ovia Lácides ...... . .. . Discurso del Diputado Oa'reño Discurso del Diputado Vilegas ... ..... .. . . Discurso del Diputado R5trepo Sáeuz ..... o ... Discurso del Diputado 080 bonel!. .. , ., .......... . Discurso del Diputado W\lIis Discurso del Diputado Pe'ilIa... . ........ .. Discurso del Diputado AJOeláez ........•...... _. Discurso del Minh~tro de Obras Públioas, Delgado. Discurso del Diputado Ol(mente Salazar M ....... . Discurso del Presidente di la Asamblea ......... . Discurso del doctor (Jarlo! E. R~strepo, Presidente de la República ......... o •• • " •• Dit-cnrso del Diputado Grbriel Rosas .. Discurso del Diputado GOIz;1,lo Pérez. . ....... . .• Discurso del Diputado Ju'n Pinzón .... ' ... " . Discurso t1el Diputado Beljl4mín Guerrero Discurso del Diput.\,lo Oa'lOB José Espino~a ... . . Discurso del DiputlHlo Otlmetlte Salazar Discurso del Dilmtado Ollmente Salnzar .. '. .. Diseurso del Diputado AmelRE:\z .. .. . , Dh~curso del Diputado Colazo~ Dik\curso del Diputado EslÍuotlli .. . Di 'cur o del Diputado A )&Iá .... ~ ...... . Discur~o del Diputado Fe rero Di¡.¡curso d~1 Diputado Lllrente ..... Discur~o del Diputarlo Aneláez Dia mrso del Diputado JUHl Pinzón . . ....... . Discursv del Diputado Clnnente Sal~zar M. Discurso del Millistro de (bras Públicas, sobre es· meraldas.... .... .' .. ........... . Discurso uel Diputarlo Looballa Barl'ene ~he .... . Discul't3o del Ministro elel re8oro. . . .. . ., Discurso' del Diputado Gantel Rosas .-. . .. . .... ~ Discurso del Diputado Joé Gregol'io Hernáudez. Discurso del Diputa. 10 JpttÍs Perilla V ... .. . . . • Discurso del Diputad() JefÚs P~tilli. V . . .. . .... . Discurso del Diputado Gan'jel RIIS::tH ' .' • . •••• Uiscurrso d l·l Diputa.do JulO Pinzóu .. ' .. .... . Discurso del Diputado Sa \Z9.l' Olemente .. Discurso del Diputado Tonás Quev8110 Alvarez .. . Discurso del Diputado Ga)riel Rosas .. . .. . Discurtlo del Diputado JOfé Gregorio Heruálltlez .. . Discurso del Diputado Jl1io M. Escobar ........ . . Discurso del Diputado JU¡U O. Arbeláez. . . ... ., Discurso del Diputado Boguill y Caro. . . ... . Discurso del DIputado Hoguín y Oaro ". . ....... . Discurso del Diputado JOlquíu A. Ooll~zoo; Discurso del Diputado Jesís Perilla V .• - ..... . Discurso del Diputado OImente SalaztU' M . . .. . Discurso del Diputado Jos A. Llorente ... Discurso del Diputado Roguíu y Oaro. Discurso del Diputa.do Joé A Llorente .. Dirscurso del Diputado Nie>lás Olarte ... . . . DIscurso del Diputadu Jum O. Arbeláez .. .. , .. . Discurstj del Diputado Ranón Arango ........... . Discurso del Diputado Peeuda departamental de Santander - _.. .. . _ .. - .... .. - - - Informe de Oomisión. Presupuestos nacionales Informe de Oomisión. Rebajas de penas .. Informe de Oomisión. Oréditos adicionales. Ha· cienda .... - . . , . - -' ...... . ....... . Informe de Oomisión. Oamino de Moscopáll y Mi· cay .. .' - -_ .. , ., . ' . , . " ..... . . Informe de Oomisión. Oonvención entre FraneÍa 479 487 492 493 494 y Colombia... , . .... .... . . . . ..... ..... 494 Informe de Oomisión. Oarretera del Norte. Obras públic3N. .., _. . - . 495 Iuforme de la Oomisión que estudió las obj eciones á la Ley 54 de 1910 ............ _ ........ ' ...... , 5(10 Informe de Comisión sobre el ferrocarril de Santa Marta _. . ..... _ .. _. _ _ .... -. .. ....... . 502 Informe dl' Oomisión. Supresión de la Secretaría General de la Presidencia de la República.. . .. 504 Informe de Comisión. Mi:Jas de platino.. ... . 509 Informe de Oomisión. Legalización de oréditos de Instrucción Pública .' .. . - _. . - - - - . 512 Informe de Oomisión. Orédito NacionaL ... - - .... 520 Informe de Oomisión. Orédito suplementa), 00 rreos y Telégrafos. -.. - . . .. 528 Informe de Oomisión. Orédito adicional. Política interior, correos, etc.. . . . .•. . .. ~ .•. . - - .. . . _. 528 Informe de Comisión. Impuesto de cigarrillos. . . . . 539 Informe de Oomisión. Empréstito de J!, 500,000... 572 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. número 24 de 19~O. cíal en el Caque .... • . .., y número 25 e 19J O. Norte de SantaD er ................ . y número 26 de 19 O. Declara dos fiestas nalas . . .............. . número 27 de 19 o. Oomisión Investigar Panamá .... . n úrnero 28 de 1 10. Estatua del Gelf María Córdoba. . • . ... . . . . . ..... Ley número 29 d 910 Fabricación de cionales.. . .. . .. . .. . _. ~ .. ... Ley númHO 31 d la Ley 42 de . .......... . Ley 42 de 1905. erógase artículo 3.°: .. Ley DÚ~el'O 31 Públicas. Ley ~~~!r~a 3~s.~. iD' o: O¿I'e~i'o' d~' s~ ·s Ley número 33 'e 1910. Orfelinato de B . Ley núme~o 34 le 1 10. Invento COlOlI1 Ley númeto 35. Oauetera del Porce clonal ...... ... . . . ... .. .... .... ., Ley númer 3 e 19tO. Es deroga.da del mis aBo .•••....... Ley número 3 de 1910. Rebaja de Ley 48 1 1910)... . . . . Ley número r de 191 . Policía Nacio Orédito dicionales. .... . ~ -. ...~... . Ley número d 1910. Mé lico de la P h oional •• ~ •.•••.• oo •••••••• _. ... • úme . a Hitación Puerto GnApl \úmer de 1910. Adicional á la 25 \0 ano e creó el Departamento del orte de ntan r . . .. . . . . .. .••...... . . . " .. _ .. m r 1 d 1910. Hacienda. Oréditol. adicio· les 4~ d~ ·uiió. E~l;l~t~~ió~ ·S~ i~~ 4> de 1910. Oréditos adici na d~ Obras Públicas ......... . p 46 de 1910. Oonvención de a 1!~~i\'e' i910: 'i~8t'r~~'ció~' I:6bÜ n de ima Pedro N-el Discu!' o. .. . , . . ..•. 645 Presupuestos Nacionales. Informe de Comisión.... 481 Proced.imiento Judicial. Testamentos cerrados .. , 655 p Procedimieoto para el recurso erüll a Jems. Discurso ....... . .. . ...... . eriillaJeb'ús. Diseurso ... . .... . . . .. . ........... . ~eri Il J esós. Discurso ....... .. .. . ... .. . .. .. eri'll JfiSÚS. Discurso.. .•. . . . _.. . . .. . . .... . eri IJ J8 ús. Di~curso .. .... . . . ..... o' . •• • • eri 11 t esú . Discurso ... .. .. . . .• o •••• o •••• o •.. 'eri.!J Jesús. Discur 'o. . . ........ o • o • • • • • • ••• •• >etr,óleo. Refinerías de . . . _ . o o ....... . etró ec· Oontrato 8obr~ explotación de .. .. ... o. etr·óleo. ExplotaCIón de. Libertad de refinarlo ... . inl!ld . Soledad O de. . . . . .. . . . '" JDz·óu Juau. Discurso........ . . ... . ... .. .. ... . inz.()[J Juan. Discur~o.... ... ...... . 'inz,ón Juan. Discurso ... . ................. . inz~ Juan. Discurso - .-. 0- ' :: . -. - . • - • ••• . •• - . . . ;>inz.ón Juan. Discurso.......... .. . . . •. __ .... . Pinz,óu Juan. Discurso ...... o . ..
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 103 al 106

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.Argos de la Nueva Granada - Extraordinario Semestre IV N. 14

Por: | Fecha: 21/11/1815

\ 'l \ 608 A E'XTRAO~~~, j,il_·luflA .llw·lcs 2 1 ile .JVo7Jicmb J•c de 181 5. NU~I E RO 14 .. SEMESTRE 4.0 . . ~j~J F~J~~JJJJJJJJ~~J~JJJ~~JJ..rJ r'JJ~JJJJJJJJJJJJfJJJj;-JJJJJJJJ~JJJJ/JJJJJJ~ Q UAERERE <:ONST I1 U IT , SOC II SC(.UE EXACTA REF E R R E • ..,....r..r ..r..r..r ..r..rJ ,._,. .r..r..r..r.r...r..r..r..r..r..r..rJ ..r .r.r..r...A.r..r..r..r..r...r..r ..r.r..r...rJ-../'./' J ...r ..r..r..r..r..r .r..r ...r ..r.r..r..r...r.r..r..r..rJ .r ..r.rJ ..r..r J ..r J ...r...r ..r ..r .XOTICIAS DEL J. TRRIOR. Un m:!itar conocido que lw escapado de ¡lf om­J'ox !1 lle,vado ?z Oraña, lw lnc:lw al Xife de lJrr;'·ru.'u Sanln11 tCI" Ir: e.r/Jo sicion r¡ue i,rrue, y e te co/JilllllCa de r!Jit:tO al Gobierno canfe­c/ w 4. e! e:! corriente. El C: pitan V icente Sanchez el e:- Lima, con 150 E-. 1) tle u11a ]ic·¡_n eh fusa ft:C!on clurot lC~ os, :1 \"UI<·IO en ~ . m nno del enemigo lo X ft <> R vvn . Ama - rlc-r, lo'\ Ca¡,itane.,; Cardi! <>j Ükro, i\1.¡Jricl, .1\-Ltr tinez y ctros f,Ub y ca ~ g.11nu1 t0 . - _ l<: el ~.lío por 1\langue , r \ ino a i\btr.ro x, en donde h .• bin \' Í­' ¡,lo rnu ch > t:ernpo v d c~p u c s ele t res día~ pa o a Tiqu ícin, cle.tll!.' 3uro 1, y lu ego,;_. l orales,dc '.nde lo h:t remitido el Corn:mclnntc Ia c!r icl . uc n l\lom¡,(n h·1y 500 espanuk s, fuera del c. c: •;t~1Cé\ mt 1110 dt l Danco, pt ;;:s doc.: ie1 .tos habí an . , hclo en Sttien1brc· para el T.tcaqun. Que en T1qnício wp' < ue el 20 del pa<.ado fué ata­c. u\) , n ~Lc!Jl. por clocir· ntos 1:-,p;.iíok s y 1. t' lH ¡' <. ... ,}t guu ra ,el 1\ 11Ít 1.1.t c~d1 1 J h o, que Se h albb;wli i con una partida dt gm:rrilb, y r¡ue fue Jllli( rto t·ste, pel·dtLndu G. StJld .chs muett por el ; 1af,.:_-d,:kna: que c.:! :\lcaldc de 1\L•j 1gu.d le dixo le h·1bian pedido los <.:1 cmi­gos ~e~ prú\ i-. ion e p;¡t,\ lncer su marcha, y de-b ian col -, isw· l n HJO r <:':>C\ , 30. ce rd os, 12 . b o­t :i ,., de n!! ¡ardiente 12 . fatwg·1s d~ arro z , 8 . f<{lll:g u; dt; .. b·,n:~ cllsunb:.tc .. rt;n l n S:li)<\i l l ll l al l1líll do de ?\lo1 illo, ) que eh: p"so l.t ck :..t.L•bicr .1 l'' ·l' el l''l l>lo clt' 1 ~.!lc..n·,[)l¡ m 1Lron l o~ It•c!!,,· ~~ •. e pú i nc~, de <¡uc r<.:~u !t 'J h !Jt> ich :llf{ 1' •los m uchu':> de ::.u:, \'t t ínos. Cxu t.: d GL,,' 1-tÍ P.d,:­CIOS, que~ <.: rltÍ1 o ·le -;\L. nr 1 ¿ ~ 1 1 :) l!• •\,,1. ~n , hatio á los uKn,igo~ lll Ter n . r <~ , .1 U!"t1 o, s .m lc.:-Cruz , Ic.h .. tcs , y lT< yo LcJtHio, l\,í!!.ll l­d olcs 4 cail one ·, ; rn at·llldolt!> '00 i HJ ndn~. '-: rrJc al mi~ m o t il'mpu c:l 1 \ ¡; :u~te C (;;·c- tK! L ':>tll<•l d battó otra div is ton l't~en,i~·, , qu'.: t!icr: t'~a ::lan. dada por clllll !-:.rno i\Iori llu, en el puc·b,r¡ de ~ : ll\­ta CutalÍilsa ron con c!e...,tino á P a11am ::t: gue en c. l U r~ ·ant in < c ogió t.tlíl corre ponckt c ia c!d G t"n< ral 'f<>ri llo al GdJit:rno E~ t)~¡fl c l l n que <\\"Í'>aba h<1 b<. rse le cli ~ m i 1iclo u <. x pt dicic•n de l OS hombres con el incend io d t:l "'i0 S •. n P L·<.h o, las d rrotas t.k \ \n<.Zml.l, y con las q ue hah ia sufrido en Ca1l:1g-rnn, ,. CJUC creia no ade­la ntar nacl,1 con ti a lo:, i 1~surgt·~' ks del Ht·yno , ..,¡_ no rendia á la plaza cl:cha ~o n lo CJUC le queda ­ba: Que (. i n t' I al P . la ioc; tenia 1,500 hom­bres en la l>opa, y en _ civia: que d QuMtd G eneral de lo!> enemigo esta < n S:mtn Tomas de V íllnnuevn: U ti ene -po en T~nb.1co, y otro ccrr; di:' P ..1sa ·c; h : que e-ti el Z. pote c xí'~ te otro LH rro enemigo : y q ue en Sta 1 iar­t :l hay 700 Vl nezob 10. el,: f.., U< rni ci on. A n•trlo.: d id10 sarg ·n ~o !1,~bl r sido he" ho pri­sione ro en el C orozul el Tell i .: . •t~.: oro,lll S. t­vac\ or C ex 1 ~ lL n uO -· <~ rn­chinos: que el Corond l -rmu,l<.:L.. lkgu el Car- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tagen:ol: que el Gencrnl C:1stilfo envio un bo~uc carn..·., aclo de vi vl res .y licores al G en · rall\Ionllo, para de mentir las voces CJUC corrían de estar p ereciendo la plaza : que l V 1rey l\'Iont'\l vo est~ en el Quartel G n<:ral y otras cosas pequdias dice tambicn, que aqui se sabían por otros cou. dueto . · Q Gartd General de Oca na Nov iembre ~ de 1815 .-S an t~\ nckr. Aiíadc que en .Mahatcs hay 600 espailo- 609 les en los hospitale la Ig-lesia de Tur: b uco. Que en Mom de Octubre hubo u na gran pelea entre lo~ cspai\0les y Chirigtm­neros de (lue re~ultaron algtlllo~ apui1aleado:-. de unos y úlros : c¡L1e b ma_!or parte de los 1\tlrJtn· pox in os andall t:sconci idos p nr can() nq;ro: que en 1\Iompox se <.lixo h<~bia {'1\trado en Ocaiía con 2,DOú hombr s el Gcner· 1 Urdaneta: que los 4. buq ues, C}UC tienen en .i.\lompox ::.e est<:ban carennndo. --------------------------- S N1'AFE-Imjl1"enra del Es-tado: j1or el C• .1¡. lvf. R ios, Imj1ruw ele/ Co11grese de las PP. ,fJU. de la N . (; 1 ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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.Argos de la Nueva Granada - Extraordinario Semestre IV N. 14

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 31

Por: | Fecha: 05/06/1907

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie VI ~ Bogotá, Junio 5 de 1907 ~ Núm.ero 31 COJSTTEJSTX:DC> Acta de la sesi6n tlel día 23 de Mayo de 1907 ................ . ......... . Francisco Tello fue rehabilitado en el goce de Págs. sus derechos políticos en votación secreta, por trein· 241 ta y cinco balotas bláncas contra una negra, que 244 escrutaron los honorables Diputados Franco y Ma \ téus. =====-================ Leído el informe de la Comisi6n que estudió Al Relaci6n do debates de la sesi6n del día 9 de Mayo de 1907 .. .. .. .. _. ACTA DE LA SESIÓN DEL DíA 23 DE MAYO DE 1907 (Presidencil del hcnorable Diputado Mutis). .. I Llamada la lista á la una y cincuenta y cinco minutos de la tarde, dejaron de contestar á ella, debidamente excusados, los honorables Diputados Camacho y Salazar. En seguida se dio lectura al acta, que fue apI'O bada sin discusión. II El Excmo. Sr. Presidente de la República devol­vió, con la sanción ejecutiva, las siguientes Leyes: 24 de 1907, "por la cual se aprueba un Tra· tado; " 25 de 1907, por" la cual se dan autorizaciones al Poder Ejecutivo sobre Escuelas Normales; " 26 de 1907, "por la cual se aprueba el contrato de construcción del ferrocarril de Amagá." III El Secretario dio cuenta de los negocios sustan· ciados por la Presidencia en la fecha, IV Devuelto con informe por la Comisión de Régi men Político 'y Municipal el memorial elevado por el Sr. David Matiz, en el cual solicita se le resta blezca en el goce de sus derechos civiles, fue apro bado el proyecto de resolución, en el cual se le con cede dicha gracia, por unanimidad en votación secreta, de que dieron cuenta los honorables Dipu tados García (Rogelío) y Abello. Al dar lectura al memorial del Sr. Pedro Luis Duque y lo que sobre el particular manifestó el Sr. Ministro de Gobierno, el honorable Diputado Pu lecio pidió la lectura del artículo 98 de la Consti tución. La Presidencia pasó este negocio á la Oo· misión de Régimen Politico y Municipal, con cua renta y ocho horas de término para informar. memorial del Sr. Rafael Baquero, se aprobó el proyecto do resolución con que termina, por mo­dio del cual se orden '1. pasal el asunto al Ministe rio de Hacienda y Tesoro para los fines á que haya lugar. v Aprobado en tercer debate el proyecto de ley " por la cual se declaran prescritas ciertas penas," la Asamblea dispuso que pasara á ser Ley de la República. VI Se puso en consideración la proposlclOn con que termina el informe de la mayoría de la Comi. sión que estudió para segundo debate el proyecto de ley "sobre estadístIca nacional." La Presidencia declaró inadmisible el proyecto de resoludón, por irreglamentario, puesto que sus· tituye por un solo artículo el proyecto entero. En tal vÍl'tud se leyó el informe de la minoría, y apI'o bada la proposición con que termina, se abrió el segundo debate. El artículo 1. o original. que text.ualmente dice: "Art. 1. o Autorizase al Gobierno para organi· zar la e",tadística nacional en los términos de la presen te Ley." Fue aprobado sin modificación. El artículo segundo original, que está concebi­do así: " Art. 2. o La Oficina central creada por Decreto ejecutivo número 1298 d~ 25 de Octubre de 1906, con el nombre de Dirección gene1'al de Estadística de la República, depeudiente del Ministel'Ío de Hacienda y Tesoro, continuará en ejercicio de ~us funciones en el Distrito Capital. "La Dirección general de Estadística tiene auto ­ridad propia y derecho coercitivo para exigir y ad quirir de las corporaciones, empleados ó funciona­rios públicos, de las corporaciones y sociedades d viles y de los particulares los datos de interés ge· neral que Decesite, relacionados con asuntos que son del resorte de la estadística." Fue modificado por la Comi~ión dejando la par · te primera como está en el original, y la segunda como artículo nuevo con una modificación, así: "Artículo. El Director general de la Estadística tiene autoridad propia y derecho coercitivo para Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 242 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL eXIgIr y adquirir de las corporaciones, empleados "n) Ejército; y funcionarios publicos, de las sociedades civiles y "ñ) Gendarmería; de los particulares los datos de interés general que "Art. 9. o Las investigaciones económicas enco· necesite para sus labores estadísticas, y sólo para mendadas por el artículo anterior apareceráu en ellas. un libro que la Dirección general publicará anual- "Parágrafo. El Director general de Estadísticamente con el tílulo de Estadística general de la puede imponer multas hasta de' veinte pesos á los República de Colombia, y servirá de apéndice á la empleados ó funcionarios públicos que no suminis- memoria ó informe que debe presentar al Congre tren los datos que se les pidan, que los den falsos so el Ministro de Hacienda y Tesoro. Oada cinco ó que no lo hagan de acuerdo con los modelos que años se publicará un anuario estadístico de la Re se les suministren." pública, en que aparecerán reunidos los datos más A su vez fue submodificado por el honorable Di· importantes coleccionados en el qninquenio. putado Gutiérrez, como sigue:' " La impresión de estos trabajos deberá hacerse "Artículo. El Director general de la Estadística en la Imprenta Nacional, por orden del Ministerio; tiene autoridad propia para solicitar de las cor pero si por causa del acopio de trabajo en ella hu· poraciones, empleados ó funcionarios públieos, de biere de demorarse la publicación, el Ministerio de las sociedades civiles y de los particulares los da Hacienda y Tesoro podrá contratarla en otra im· tos de interés general que necesite para sU8labores prenta, observando para ello las prescripciones estadísticas, y s6lo para ellas. legales. " "Parágrafo. El Director general de la Estadís· Fueron el primero aprobado; en el segundo, vo-tica puede imponer multas, previa autorización tado por partes á petición del honorable Diputado del Ministerio de Hacienda y Tesoro, hasta de García Medina, fue aprobada la primera, quinque veinte pesos á 108 empleados ó funcionarios públi, nio, negándose la segunda. cos que no suministren los datos que se les pidan, El artículo 10 original, que decía: que los den falsos ó que no lo hagan de acuerdo "Art. 10. Po l' el Ministerio se fijará la suma con los modelos que se les suministren." que habrá de investirse en la impresión de formu-y así se aprobó y adoptó definitivamente. lados para el servicio de la estadística nacional." Los artículos 3. o, 4.°, 5.°, 6. o y 7. 0 originales Fue negado. del proyecto fue de conc~pto la Oomisión que se El artículo 11 lo presentó la Oomisión modifi-suprimieran, lo cual fue aceptado por la Asamblea. cado así: Los artículos 8. 0 y 9.°, que dicen: "Art. 11. La Oficina de la Dirección general de "Art. 8. o Es de cargo de la Dirección general Estadística tendrá el siguiflnte personal: un Direc­la fOl'macÍón de estadísticas anualeE' sobre las si tor general, con ciento ochenta pesos mensuales; guientes mat~rias: un Subjefe y un Secretario, cada uno con ciento "a) El territorio; veinte pesos mensuales; un Oficial Mayor, con "b) Oomercio de exportación, de importación, de cien pesos menslllales; un Oficial primero, con cabotaje costanero, interno y movimiento maríti - ochenta pesos mensuales; dos Oficiales segundoE', mo y fluvial de 108 puertos de la República; con setenta pesos mensuales cada uno, y un Por­" e) Oorreos, telégrafos, teléfonos, ferrocarriles, tero Escribiente, con cuarenta pesos mensuales. tranvías y demás vías de comunicación terrestres "§ 1. o Habrá en cada capital de Departa-y fluviales de la República; mento una Oficina nacional de Estadística de· "d) Industrias agrícola y pecuda, minera y fa- pendiente de la Dirección general, con eete perso-bril; nal: un Director, con setenta pesos mensuales, y un "e) Deuda hipotecaria y transmisión de la pro- Oficial Escribiente con cuarenta pesos mensuales. piedad raíz; "§ 2. 0 La Dirección general pedirá directamen- "f) Movimiento económico, que comprenderá te á las autoridades respectivas los datos que de · las operaciones bursátiles, el catastro de la propio· ban obtenerse de las Intendencias." dad raíz, los gravámenes de la misma, las fuentes La Asamblea lo negó, y en su lugar se puso en naturales de riqueza, tales como terrenos baldíos, consideración el original del proyecto, redacta­salinas y demás minas de toda especie, productos do así: espontáneos de los bosques sabanas, y ríos, tanto "Art. 1L La Oficina de la Direción general de vegetales como animales; Estadística tendrá el siguiente personal: "g) Los · presupuestos, cálculos de recursos tis · "Un Director general, con doscientos pesos cales de los Departamentos, Provincias y Mu mensuales; un Subdirector, con ciento veinte pe­nicipios; sos mensuales; un Secretario, con ciento veinte pe­" h) Oenso de población y movimiento del esta· sos mensuales; dos Jefes de Sección, con noventa do civil de las personas, de la inmigración y emi· pesos cada uno en el mes; dos Oficiales primeros, gración; con ochenta pesos cada uno en el mes; dos Oficia· "i) Beneficencia; les segundos, setenta pesos cada uno en el mes; "j) Instrucción pública y privada, institutos cuatro Oficiales terceros, con sesenta pesos cada especiales, bibliotecas, museos y producciones bi· uno en el mes, y un Portero Escribiente, con train-bliográficaE; ta pesos mensuales. "k) Religión y cultos; "Parágrafo 1.0 Habrá en cada capital de De · "l) Oriminalidad y establecimientos de castigo; partamento una Oficina nacional de Estadística "m) Estadística judicial en el Ramo civil; dependiente de la Dirección general, también con Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 243 derecho coercitivo y con el siguiente personal: un Director, un Oficial primero y uno .segundo. Di· chos empleados gozarán de las siguientes asigna ciones mensuales: los Directores de los Departa · mentos de Antioquia y Oauca, á cien pesos; los de Bolívar y Santarlder, á ochenta pesos; los de Bo­yacá, Oundinamarca, Galán, Nariño, Quesada y Tolima, á setenta pesos; los de Oaldas, Huila, Magdalena, Tundama y el Distrito Capital, á se­senta y cinco pesos; los Oficiales primeros, á cua renta pesos, y los segundos, á treinta pesos. " Parágrafo 2. o En cada una de las Intenden­cias habrá también una Oficina de Estadística de­pendiente de la Dirección general, con el mismo derecho coercitivo de las departamentales, y con el siguiente personal: un Director, con cuarenta y cinco pesos mensuales de sueldo, y un Escribiente, con treinta pesos mensuales. " Parágrafo 3. o Los nombramientos de los em pleados de que tratan los dos parágrafos anterio res se harán por el Ministt'O de Hacienda y Tesoro. " Parágrafo 4. o Los gastos de escl'itorio de las Direcciones departamentales y de las Intenden cías serán fijados por el Ministro de Hacienda y Tesor·o." Ell onorable Diputado García Medina pidió que se v otara por partes, r,eñalando con primera has ta dOlnde dice un portero escribiente con treinta pesos mensualt's; fue aprobada. La segunda la mo­dificó el honorable Diputado Gutiérrez ea el sen t ido die introducir el Departamento del Atlántico en la enumeración de que trata el parágrafo 1.0 del ar·tículo. Así se aprobó, y al adoptarse, el ho· norablle Diputado Reyes propuso se suprimieran las pallabras también con derecho cOe1·citivo. El ho ­norabtle Diputado Orduz submodificó el parágrafo 1. o aSlÍ: ......... " ........ Los de Bolívar, Santan· del' y' Galán, á ochenta pesos;" ambas modificacio· nes ftueron aprobadas y adoptadas. La Asamblea aceptó la supresión de los articu los 12>', 13, 14, 15, 16 Y 17. FuE.e aprobado el artículo 18 original, en la fol" ma sifguiente: "Art. 18. Cuando las autoridades nacionales, depar·tamentales ó provinciales soliciten datos de que dHspone la Oficina, la Dirección general los su minis3trará con la amplitud que sea posible. Lo pro pico hará cuando los empleados diplomáticos ó conSUllares acreditados en el país soliciten esta cla se de datos. Esto último no podrá verificarlo sin previto permiso del Ministerio de H¡:¡.cienda y Te soro.'" LofS artículos 19 y 20 se suprimieron con anuen­cia dre la Asamblea. El '21 lo presentó la Comisión modificado así: "Artículo. Para el solo efecto ae obtenee con la mm..1or exactitud posible los datos referentes al movÍlmiento del estado civil de las personas, y sin que lo dispuesto en esta Ley envuelva derogación ó mOldificación de lo que estatuyen el título 1. o del Códirgo Civil, los artículos 22 de la Ley 57 y 79 de la L6ly 153, ambas de 1887, y el artículo 22 de la Convrención adicional del Ooncordato de 31 de Di ciem.bre de 1887, los Alcaldes municipales llevarán un rl8gistro de nacimientos, matrimonios y defun - ciones de acuel'do con los modelos que para ello les suministrará el Director general. "Los avisos que deben dar los jefes de familia y las demás personas indiGadas en las disposicio­nes aquí citadas en el artículo 2.0 de la Ley 95 de 1890, los darán también á los Alcaldes municipa· les para los efectos de la estadística." Se aprobó y adoptó, lo mismo que los artículos 22 y 23 originales, que dicen: " Art. 22 Copia dl:l las partidas anotadas duran­te el mes en cada uno de los tres registros que lle­varán los Alcaldes municipales será remitida por estos á la Dirección departamental de que son in· mediatos agentes, en loe:; diez primeros días del mes siguiente al de la inscripción. l' Los registros de estado civil que llevarán los Alcaldes deberán estal' foliados en tierie numérica continua de uno en adelante, y en la primera pá gina se extenderá una nota que indique el núme· ro de folios que contiene el registro. Esta nota será firmada por el Alcalde y el Secretario al tiempo de abrir el registro. El día l. o de Enero del año si· guiente al del registro extenderá. el Alcalde otra diligencia al pie de la última inscripción, en que deje constancia del número de inscripciones que contiene el registro y de las fojas que de él se uti ­lizaron. Hecho esto, el Alcalde enviará por el in· mediato correo dichos registros al N otario del res· pectivo Circuito para su custodia eu el archivo de la Notaría; y si el Alcalde reside en el mismo lu· gar con el Notario, la remisión se hará antes del día tres de Enero. Dichas inscripciones podrán servir de pruebas supletorias del estado civil, á fal­ta de las principales reconocidas como tales por la ley. " Art. 23. Los bancos y demás compafiías anó' nimas existentes en el territorio de la República enviarán á la Dirección general de Estadística un ejemplar de los estatutos y de sus balances anua­les ó semestrales que presenten á las Asambleas generales de accionistas; y los bancos indicarán además cuál es el tipo del interés que cobran y pagan en sus operaciones." El 24 se aprobó y adoptó con una modificación de los honorables Diputados Gutiért'ez y Orduz. El original dice: l' Art. 24. Los Gobernadores visitarán mensual · mente las oficinas de las Direcciones departamenta­les de Estadistica, á fin de cerciorarse de que los trabajos se ejecutan en oportunidad y con la ~~. bida corrección; extenderán una acta de la dlh­gencia, y copia de ella enviarán á la Dirección ge ­neral por el inmediato coueo. "Los Gobernadores prestarán eficaz apoyo á los Directores departamentales de Estadística, á efecto de que sus órdenes sean cumplidas y sus trabajos no se interrumpan por culpa de los agen­tes provinciales y municipales." La modificación está concebida así: "Artículo. Los Gobernadores, por sí ó por me dio de sus Secretarios de Gobierno ó generales y los Intendentes, visitarán mensualmenttl las res­pectivas oficinas de las Direcciones de la Estadís-tica á fin ........ -......... " ................. . '1 Las autoridades prestarán eficaz apoyo á los Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 244 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Directores departamentales de Estadística, á efec­to de que sus órdenes sean cumplidas y sus tra­bajos no se interrumpan por culpa de los agentes provinciales y municipales. " La visita á la Dirección general de la Estadís­tica nacional corresponde al Ministerio de Hacien­da y Tesoro." Suprimidos los artículos 25 y 26, con anuencia de la corporación, fueron aprobados originales los ar­ticulos 27, 28, 29 Y 30, redactados así: incorporará en ese proyecto las disposiciones apro­badas ya del referente á cuantías, y presentará todo en un solo cuerpo con la debida separación de materias para el efecto de cerrar el segundo debate." Quedó pendiente la votación, por no haber quorum. A las cinco de la tarde se levantó la sesión. El Presidente, "Art. 27. La partida necesaria para atender al AURELIO MUTIS gasto que ocasione la ejeeución de la presente Ley El Secretario, se considerará incluida en el Presupuesto de gas- Gerardo Arrubla tos para la vigencia en curso. "Art. 28. El Gobierno, en uso de la facultad que le concede el inciso 3.° del artículo 120 de la Oonstitución, y de lo que dispone el artículo 10 de esta Ley, expedirá los decretos, órdenes y resol u ciones que estime convenientes para el mejor des RELAClON DE DEBATES DE LA SESIÓN DEL DíA 9 DE MAYO DE 1907 arrollo y cumplida ejecución de ella. Al tratarse del proyecto de ley referente al Ban- " Art. 29. Esta Ley empezará á regir desde su co Oentral, el honorable Diputado N. Oamacho publicación en el Dim'io Oficial. dijo: "Art. 30. Quedan derogadas las Leyes 107 de "S P 'd t 1892 Y 151 de 1896." r. reSI en e: A probado el título sin modificación el honora- " Se vieue á discutir un proyecto de ley por me· ble Diputado Restrepo propuso se rec~nsiderara el dio del cual se autoriza al Banco Oentral para mo­articulo 2.°, pero en seguida retiró la proposición. dificar las_ bases de ~u organizaci?n .. Oomo G~rente Acto seguido se cerró el segundo debatü y el que he sIdo de dIcho establecImIento estImo de proyecto paGó á tercero. grande importancia el dar á conocer el origen y Hicieron uso de la IJalabra en el curso de la dis" desarrollo del Bay?co Oentral, para que d~ esta ma­cusión los honorables Diputados Franco, García ner~ pueda aprecIarse en verdad lo que VIene á dis ­Medina, Gutiérrez, Restrepo, Oarvajal, Torres cutuse. Elicechea, Jiménez, Reyes, Orduz, Rueda Gómez, ." Ea el mes d~ Febrero d~ ~ 905 se dirigió el Go­Uribe Toledo y Manrique y el Sr. Ministro de blerno, por medIO de sus MIlllstros de Hacienda y Hacienda y Tesoro.' de Tesoro,:á los Bancos establecidos en esta ciudad, El proyecto pasó en comisión de revisión al ho- haci~ndoles las proposicione~ que están contenidas norable Diputado García Medina. en cIrcular de fecha 23 de dICho mes. De esta cir­cular me permitiré leeros los siguientes apartes: VII El honorable Diputado AbeBo hizo la siguiente proposición, que fue aprobada. " Altérese el orden del día y considérese lo si­guiente: " La Asamblea Nacional Oonstituyente y Le­gislativa, como homenaje al Redentor del "Mundo, resuelve hacerse representar por una Comisión plural nombrada por el Presidente de ella, en las solemnidades religiusas que se efectuarán en la Oatedral Primada de Oolombia con motivo de la festividad del Corpus Christi, que celebra la Igle sia católica el día 30 del presente mes. " Oomuníquese al Ilmo. y Revdmo. Sr. Arzobis­po Primado." En cumplimiento de lo resuelto la Presidencia nombró miembros de la comisión á los honorables Diputados Rueda Gómez, Abello y Angulo. VIII • •• .. •••••••••••••• s ................... • ••••••• 'Oomo es de pública notoriedad, porq ue el Go­bierno no ha hecho de ello un misterio, y además consta en 108 presupuestos de la vigencia actual, el déficit da éstos es de más $ 11.000,000 en oro en el bienio, quo se ha llenado, como puede verse allí, con la creación de nuevas rentas que no gra­van sino el vicio y en lo general no perjudican sino á los contrabandistas, como son las de bran­dy y cigarrillos, artículos que entran al país la mayor parte de C<1ntrabando. ................... ....... , .................. . , Oree el Gobierno que si se obtiene de los Bancos un crédito en descubierto, por una suma relativa pequeña en relación con el producto y bondad de las rentas que les ofrece en garantía y de la ga­nancia que pueden obtener por su administración, podría conjurar la mala situación fiscal que lo amenaza, podría influir eficazmente en la baja de la rata del interés y podría ayudar á dominar la Los honorables Diputados Neira, García (Roge- crisis monetaria, denunciada ya por algunos lio), Restrepo y Gnecco Laborde presentaron esta bancos. otra: ' Para conseguir estos resultados, proponemos "Oontinúe alterado el orden del día y considé- á los bancos: rese lo siguiente: '1.0 Entregarles la administración de las rentas " La Oomisión nombrada para la revisión del ya citadas, por un término de cinco años; darles proyecto de ley "sobre división territorial judicial" toda clase de apoyo y garantía para la recauda- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 245 ción, y pagarles un 10 por 100 del producto de di­chas rentas como comisión. , ... El Gobierno permitía á los Bancos, previo examen de su presente situación y reglamentos muy bien estudiados y severos para asegurar la regularidad de esta delicada operación, á emitir sobre su capital en oro, ó su equivalente, igual suma en billetes bancarios, cambiables á presenta­ción y que no serían de curso forzoso. , 4." El Gobierno consignará á los Bancos, para servir el descubierto que le hacen, todas las su­mas que produzcan sus otras rentas, y les carga­ría un interés del 6 por 100 anua1.' " De lo pertinente de esta circular que acabo de leeros se deduce la oferta espontánea del Gobier· no á los Bancos establecidos en Bogotá, de darles en administración algunas de sus rentas; de pa garles por esta administración ellO por 100 del producto de ellas; de permitirles la emisión de bi­llete bancario convertible á su presentación en oro; de consignar en cuenta corriente en dichos Ban­cos todas las sumas que provengan de las rentas generales de la Nación, y la apertura de un crédi · to en descubierto por cierta cantidad de que po­li ría disponer el Gobierno durante cierto tiempo. " Sabido es de todo el mundo que los B3.ncos no aceptaron las proposiciones del Gobierno, ó á lo menos no correspondieron al llamamiento de éste imnediamente, como el Gobierno lo deseaba. Con estos antecedentes, un grupo de ciudadanos se di· rigió al Gobierno manifestándole que estaba dis­puesto á entrar en alguna negociación de la natu­raleza á que hacía referencia la circular precita da; y acogida por el Gobierno dicha proposición, se discutieron las bases del contrato de administra­ción de rentas que sirvió de fundamento á la crea­ción de] Banco Central. En este contrato se deter­minaron con precisión las obligaciones y derechos de las partes, y una de estas obligaciones para la parte que cóntrataba con el Gobierno es la conte­nida en la cláusula décimaséptima de dicho con· trato, que dice: 'Décimaséptima. La CompafHa se obliga á 10 siguiente: 'I. A organizar inmediatamente un Banco, de cuyos estatutos hará parte integrante el decreto que se expida sobre autorizaciones para. fundarlo, suscribiendo del capital del Banco el 60 por J 00 de sus acciones. 'II. A ceder el presente contrato en todas sus partes á ]a Compañia anónima ó Banco que pro­mete organizar, de' acuerdo con la anterior estipu­lación. 'III. A abrir al Gobierno en el Banco en refe­rencia un crédito flotante por un millón de pesos en oro en el primer semestre de la administración de las rentas, de dos millones en el segundo se­mestre, y de ahí en adelante por lo que quedare del saldo líquido del producto de las rentas, des· pués de deducir en el año de 1906 el veinticinco por ciento y del afio de 1907 en adelante el cincuenta por ciento; veinticinco y cincuenta por ciento des­tinados para la amortización del billete nacional.' " Como para cumplir la primera de las obliga­ciones que dejó indicadas se hacía indispensable el que se dictara el decreto que autorizaba la crea­ción del Banco, por exigirlo así el artículo 54 de la Ley 57 de 1887, el Gobierno dictó el preindica­do decreto, por medio del cual se señalaron algu­nas bases de organización de la Compafiía anóni­ma y se le dieron además al Banco los privilegios y concesiones de que trata el artículo 3. o de dicho decreto. "El Gobierno, al dar estas concesiones y privi­legios, que constan en el decreto aludido, no pro· cedió sin consultar anteced~ntes de nuestra legis­lación, pues al estudiar ésta se encuentra la Ley 27 de 13 de Mayo de 1864, expedida por el Con · greso de los Estados Unidos de Colombia y sancio­nada por el Presidente Sr. Dr. Manuel Murillo To­ro, Ley de la cual me pel'mitiré leeros los siguien­tes artículos: 'Art. 1. 0 Autorizase al Poder Ejeüutivo para conceder privilegio exclusivo á los Sres. William Thomas Morrison, A, C. Jones, Frederik Harri­son, J. Marshall, James L. Hart, W. Cargill y W. A.. J ones, de Londres, para establecer un Banco nacional de depósito, giro y descuento, con resi · dencia principal en la ciudad de Bogotá. 'Art. 2. o Al hacer la concesión del pri vilegio el Poder Ejecutivo deberá sujetarse á las siglJien tes bases: '1. Que el Banco tenga el derecho exclusivo de emitir billetes al portador, admisibles como dine­ro en todos los negocios propios del Gobierno na· cional; 'II Que el Banco recibirá en depósito todas las sumas pertenecientes al Tesoro nacional, cuya cus todia deba hacerse en la capital de la Unión y en los demás puntos donde se establezca sucursal, pudiendo encargarse de hacer efecti vo::! por la vía comercial, ó sea como simple cobrador y pagador, los créditos activos y pasivos del Gobierno gene· ral, en todo ó en parte, mediante comisión de co· bro y pago que no exceda del uno por ciento de los valores cobrados ó pagados, y practicando las demás operaciones de Tesorería que expresamente se estipulen con el Poder Ejecutivo. ............................. e •••• ' ••••••••••••• 'V. Que el Banco sea fundado conforme á las reglas de una Compañía anónima, pudiendo tomar el Gobierno nacional acciones hasta por la suma de doscientos mil pesos; 'VI. Que el capital fundamental del Banco no baje de un millón de pesos; 'VII. Que no pueda mantener en circulación un valor en billetes al portador superior al doble de los fondos mantenidos en caja; 'VIII. Que el Poder Ejecutivo pueda cercio­rarse, siempre que lo estime conveniente, por me· dio de un agente ó comisionado al efecto, de que los fondos en oro y plata depositados en el Banco están en la propol'ción indicada en el inciso ante­rior, respecto de los billetes puestos en circulación; 'IX. Que los derechos del Banco sean asimila· dos á Jos del Fisco, pero sin prelación sobre éste para el efecto de hacer eficaces sus acciones, pu · diendo us~r de los mismos recursos y procedimien- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 246 ANALES DE · LA ASAMBLEA NACIONAL tos que se usan para el cobro y percibo de las reno tas nacionales; .......................... ....... ........ f ••• •• ..... •• 'XIII. Los billetes que se emitan serán distri· buidos á la par y recibidos como equivalentes á dinero sonante, siendo obligatorio su recibo en el pago de los derechos é impuestos nacionales; ••••••••••••••••••• ••• • ••• l •••••••••••••••• • lO" 'XV. Que el Gobierno contl'Íbuirá por su par· te á prestar al Banco la custodia militar, ó la se· guridad que pueda necesitar; 'XVI. Que el Banco conservará siempl'e su po· sición neutral, y en caso de gnerra será considera· do como un establecimiento extranjero; y 'XVII. Que el Banco pueda exigir hasta un medio por ciento anual de comisión sobre los fono dos que se le confíen para su segura custodia so· lamente, no estando obligado á pagar interés por 'lae sumas depositadas en cuenta corriente, ni cal'· gar comisión alguna en cuentas de este carácter.' " Como se ve, de la parte que dejo leída se de· duce la concesión otorgada por el Gobierno á una Compafiía extranjera, á la cual se le daba el pri ­vilegio exclusivo de emitir billete bancario con ver· tibIe en oro á su presentación, billete que sería de forzoso recibo por el Gobierno en el pago que se le hiciera de contribuciones púb)icas. Por dicha Ley también se autorizaba para concedel' al Banco que se asimilaran sus derechos á los que tiene el Fisco para el cobro de sus contribuciones, es decir, se le otorgaba jurisdicción ooactiva á más d la multitud de concesiones que envuelven los artícu · los que dejo leidos. "También puedo citar el contrato celebrado por el Estado Soberano de Cundinamarca con el Ban­co de Bogotá, contrato del cual se deduce, entre otras muchas prerrogativas que le otorgaba al banco indicado, la que determine la cláusula cual'­tá de dicho contrato, que dice: , Los documentos de crédito á favor del Banco tendrán valor de escritura pública en los casos de graduación de acreedores, además de las prelacio. nes que reconoce el artículo 2.°, base 9.~ de la Ley del 8 de Febrero de 1865.' "Tomados en cuenta estos antecedentes, el Go" bierno creyó practicable el otorgar al Banco Ceno tral privilegios, no de la amplitud de los que en­vuelven los precedentes que dejo citados, aun cuando sí algunos de la propia clase; le otorgó al Banco Central el privilegio exclusivo de emitir billete bancario convertible en oro sin que este bi­llete sea de forzoso recibo en el pago de contribu­ciones públicasj le otorgó franquicia telegráfica y postal para los negocios de su ramo, y también la exención de derechos de aduana para la introduc· ción de sus billetes, muebles y útiles de escritorio. Fuéra de estas concesiones no le fueron dadas otras que pudil1ran implicar una excepción en fa" VOl' del Banco. ' " Fue la Asamblea Constituyente y Legislativa de Colombia la que, por medio de la Ley 14 de 1905, que vino á ratificar el Decreto de carácter legislativo número 47 de aquel año, considerando deficientes las prerrogativas dadas al Banco para su seguridad, le otorgó la prelación á que hacen -x.---- referencia los artículos 3. ° Y 4. o de dicha Ley, que dicen: , Art. 3. ° Los pagarés otorgados á favor del Banco tienen fuerza de escritura pública para to dos los efectos legales. , Art. 4. o Los documentos privados otorgados á favor del Banco tienen prelación sobre los de la misma clase otorgados entre particulares . 'Parágrafo. Las escritUl"a3 públicaa coudervarán siempre la prelación "de fechas señalada en el Códi· go Civil.' " Bien será hacel' constar que estos dos artícu los no envuelven la jurisdicción coactiva que por la Ley del afio 1864, que dejo citada, se concedía á cierto grupo de extranjeros que vinieran á fun · dar su Banco, para la eficacia de sus acciones; por la Ley que aquí analizamos sólo se le dio á los pa· garés otorgados á favor del Banco Central el va· 101' de escritura pública, y á los documentos pri­vados prelación sobre los de la misma clase otor· gados entre p!:l.rticulares. " y si estas concesiones y privilegios tenían an tecedentes en nuestra legislación, para nosotros tenían también sus antecedentes en la oferta he cha por el Gobierno á los Bancos establecidos en esta ciudad, pues de la circular que me permití leeros antes aparece que el Gobierno prometió á los Bancos particulares con quienes " deseaba cou­tratar el otorgamiento del privilegio de emisión, la retribución del 10 por 100 en la recaudación de las rentas, la colocación de todos los fondos na­cionales en la cuenta de crédito fiotante que se abriera, etc. etc. De manera que podemos deducir como conclusión clara que no se le dieron al Ban· co Central privilegios ó concesiones de orden di· ferente de las ofrecidas en épocas anteriores á grupos extranjeros que se deseaba vinieran al país á establecer Banco de emisión, giros y descuentos, ni de las que se ofrecieron á los Bancos particula­res existentes en la capital cuando el Gobierno les propuso el contrato de administración de rentas nacionales de que vengo hacienoo mérito; y si aparece en el respectivo Decreto de carácter legis . lativo de que estoy tratando el otorgamiento de alguna concesión que no figure en la circular á que antes ha aludido, esta es una consecuencia clara de toda negociación que jamás concluye en las mismas circuns~ncias en que se inicia, pues en los contratos las partes tienen facultades de dis­cutir, de aceptar y de convenir. Por ello, cuando nos presentámos al Gobierno tomando en conside· ración la oferta que no se le había aceptado por bancos particulares, exigimos para entrar en la negociación algunas condiciones que fueron lar· gamente discutidas y qU,e en parte vinieron á ser bases de nuestroR contratos, y por ello principio de la organización del Banco Central. " Cuando el Banco celebró el contrato número 1. ° de 6 de Marzo de 1905, sobre administración de algunas rentas nacionales, esas rentas estaban crea· das, y tan cierto es ello, que la cláusula primera de dicho contrato dice: 'El Gobierno da y confiere á la Compafiía la ad· ministración de las siguientes rentas nacionales: la de Licores, la de Pieles, la de Tabaco y Cigarri. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 24'1 1Ios y la de Fósforos, ó sean las rentas creadas y para el Gobierno de $ 129,279-72t oro. Las sali­determinadas en el Decreto legislativo número 41 nas marítimas, que habían dado un rendimiento nel afio en curso.' medio de $ 51,000 anuales desde 1887 hasta 1904, " Hago esta advertencia para demostrar que no han producido desde que las tomó el Banco un ha sido el Banco Oentral el creador de las rentas ó .rendimimiento anual no menor de $ 200,000 oro. de los monopolios en que estaban constituidas las "Igual cosa podría deciros, honorables Diputa­que dejo citadas, rentas que fueron erigidas en mo- dos, de todas las rentas que el Banco administra, y nopolio3 por medio de Decretos de carácter legis si no lo hago ahora es por no tener estos datos so· lativo anteriores á la celebración del primer con bre el pupitre. Pero aseguro que las condiciones en trato del Banco con el Gobierno, Decreto que fue que el Banco Oentral está administrando las rentas suscrito por el Sr. Presidente de la República y por son superiores á las que cualquiera otra persona sus Ministros, que lo eran entonces el Sr. Dr. Olí podría ofrecer, pues aun en la administraeión de maco Calderón, Dr. Pedro Antonio Malina, Dr. Bo- las minas de Muzo el Banco se ha comprometido, nifacio Vélez, Oarlos Ouervo Márquez y Modesto por contrato legalmente celebrado con el Gobierno, Garcés. á que las administrará desde el día en que termine "También es bueno advertir que este Decreto el presente contrato de administración del Sindica que erigió en monopolio nacional estas rentas fue to de Muzo, con sólo un 5 por 100 del producto lí­ratificado ó confirmado en todas sus partes por la quido de dichas minas, es decir, reduciendo á la Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa cuarta parte la suma que hoy se le paga á dicho de 1905 por medio de la Ley número 15 del mis Sindicato por sus servicios. IDO afio. "De.,de luégo que en manera alguua quiero foro " ASí pues que conste que el Banco Oentral no mular ninguna clase de cargos contra el Sindicato fue el creador de los monopolios, y que antes bien, de Muzo, al que respeto por su altísima honorabili­los e.sfuer os del Banco Oentral se dirigieron en el dad y por la maestría con que ha sabido manejar sentIdo de convertir alguno de aquellos monopolios estas valiosas minas de la Nación. El Sindicato ce­que pudieran ser inconvenientes para la Nación lebró un contrato que ha cumplido estricta y rigu­en renta libres, lo cual hizo previo un estudio rosamente y que ha dado magníficos resultados para detenid? que le permitió manifestar al Gobierno la la Naci6n. De manera que no quiero amenguar en convemencia de derogar el monopolio y dejar las nada los valiosos servicios del Sindicato de Muzo, rentas como industria libre. Y en esta parte no sino declarar pura y simplemeute que cuando dicho alego honores para el Banco, y en cambio sí para contrato del Sindicato de Muzo expire, el Banco el Gobie,.no, que al convencerse, por el estudio de está obligado á continuar en la administración de tenido y las razones que el Banco le presentó, de aquellat! minas devengando solamente un 5 por 100 los inconvenientes de ciertos monopolios, como el del producto líquido en ellas, Así consta en contra­de fosfóros, el de cigarrilloe, el de tabaco y el de to celebrado en el mes de Julio de 1905 entre el licores extranjeros, estimó ser más conveniente Gobierno y el Banco Oentral, contrato modificado para la Nación el que dichas rentas permanecieran en 28 de Enero del presente afio. libres que el que continuaran en la forma de mono "El Banco se obliga, por contrato celebrado con polios. Así fue como el Gobierno derogó la disposi el Gobierno, á rendir las cuentas á la Oorte del Ramo ción anterior que había craado el monopolio de á fin de cada semestre; no obstante esta. condición tales l'entas y la sustituyó por la industria libre clara del contrato, de la práctica establecida duo con gravamen en las Aduanas y libertad en todo rante los dos primeros semestres de administración, lo demás. el Gobierno consideró que era más conveniente á "Por lo que respecta á la Administración de sus intereses el que las cuentas se llevaran por el rentas que el Banco ha venido desempefiando, puedo sistema de contabilidad oficial y que se rindieran asegurar que ha obtenido un resultado altamente mes por mes. El Banco no tuvo inconveniente en satisfact rio para el Gobierno, tanto por el escrú acceder á este deseo del Gobierno, y se ha puesto pulo en la recaudación como por la economía en los en práctica el sistema de contabilidad oficial y la gastos. Si pudiera compararse la producción an- rendición de cuentas mensualmente. Todas las terior de estas rentas que administra el Banco con cuentas por la administración de bienes y rentas el producto durante la administración de él, se nacionales las ha rendido el Banco con estricta vería con claridad el aumento progresivo de los puntualidad, como puede verse del certificado ex­rendimientos que, me atrevo á ásegurar, han al- pedido por la Corte de Cuentas, d"31 cual me per­canzado el décuplo en algunas de estas rentas y en mito leeros una parte: la "q uTe menos, se ha. tripl1ic ad1o Fó cuadru. p-1l idc ad1o . S , R epu'b l' del b' e t d e t cr " ~ca e o om ~a- or e e uen aS-jJev· e~emos, J?or eJemp o, e errOCalrI ~ a_a· '6 ~ a_B ta Abril ~~ de 1907. bana, bIén naCIOnal que antes no figuraba SIqUIera , _ c~ n . _ ogo., " a en los Presupuestos de rentas y gastos, y que hoy El ~n~l'ascrIto MagIstrado .de la SecClOn ~. , ~n ya figura con partida de alguna importancia, Este cumphmIento del auto anterIor de la,-E~resIdenCla Ferrocarril dio un rendimiento total desde el afio de esta Oorte, y de acuerdo con lo solIcItado en el de 1904 hasta el 31 de Julio de 1905, es decir, en memorial que antecede del Sr. Gerente del Banco diez afios y medio, un total de $ 158,587-44 oro, y Oentral, en diez y siete meses de administración del Banco Oentral, ó sea de 1. o de Agosto de 1905 hasta el 31 de Dici mbre de 1906, dio un producto líquido , INFORMA: 'Que el Banco Oentral rindió su primera cuenta por la administración general de rentas naciona- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 248 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL les reorganizadas, referente al tiempo comprendi. do del 15 de Abril á Septiembre de 1905, en opor­tunidad, y de acuerdo con el contrato número 1. o de Marzo de 1905, la cual fue fenecida el16 de Mar­zo de 1906 por auto número 178; la del segundo semestre, ó sea de Octubre de 1905 á Marzo de 1906, fenecida por auto número 206 de 19 de Julio de 1906; la del tercer semestre, ó sea de Abril á Septiembre de 1906, fenecida por auto número 289 de 16 de Abril de 1907. Las cuentas de Octubre á Diciembre de 1906 fueron rendidas mensualmente á virtud de disposición especial de la Superintenden­cia de Rentas, de acuerdo con el Banco, y fene· cidas así: por autos números 290, 291 Y 292, de fechas 16, 17 Y 17 de Abril de 1907, respect iva­mente. Las cuentas de Ener\) y Febrero del co­rriente afio fueron rendidas en 11 y 13 del presen­te mes, por conducto de la Superintendencia de Ren· tas, por el sistema de contabilidad oficial, de con­formidad con las últimas disposiciones sobre la materia, las que han venido debidamente arregla· das y se encuentrcln al estudio. , FRANCISCO G ARCíA RICO , El Secretario, Cándido Pontón.' " y debo agregaros, en adición á este certificado expedido en 22 de Abril, que las cuentas de admi­nistración correspondientes á Enero, Febrero y Marzo del corrien te afio ha n sido ya aprobadas por la Corte del Ramo. De manera que puedo asegu rar que en esta materia el Banco va con el dia, pues que no tiene cuenta pendiente alguna por arreglar~ " y no fue solamente en lo referente á la rendi· ción de cuentas donde el Banco accedió á los de· seos del Gobierno: también en lo referente á comi­siones estipuladas por contratos vigentes, fijadas como retribución al Banco por el servicio de ad ­ministración de rentas, hizo éste al Gobierno la concesión de reducirlas á la mitad, ó sea sólo al 5 por 100 en aquellas en que cobraba ellO; al 1 por 100 en aquellas en que cobraba el 2, y así en todas las demás. " Esta concesión que hizo el Banco no fue debi da á falta de cumplimiento en sus contratos, sino sencillamente al deseo patriótico de colaborar en la presente Administración pública por lo que res · pecta á un máximum de economía que debe ha­cer el Tesoro para logrf\r los mejores resultados en una Administración de paz y de progreso, " En cuanto á la regularización del tipo de in terés del diuero, es un hecho palpable que á nadie se ocultará, pues que cuando el Banco Central abrió sus oficinas en 1905 el tipo corriente de los intereses era el 3 por 100, en tanto que hoy ya no liquida en ninguna parte á uno mayor del 1t por 100 mensual, siendo la liquidación actual del Ban­co solamente 1 por 100 en papel moneda. " No menos puedo deciros al respecto de la ven· ta de giros sobre el Exterior, capítulo en que ano tes se especulaba mucho en todo el país, habiendo fluctuaciones bruscas en el intermedio de dos co· rreos; ahora, en cambio tiene el Banco á la dispo· sición del público en sus oficinas una venta per-manente de tanto oro como se le solicite, á un tipo perfectamente estable é invariable; y os aseguro, honorables Diputados, que esta cotización del Ban­co se mantendrá firme en cuanto no se presente alguna perturbación de aquellas que trastornan completamente la marcha económica de los países, únicas que serían capaces de poder modificar nues­tro propósito de mantener el cambio sobre el Ex­terior al tipo que actualmente tenemos fijado en nuestras oficinas. "Para concluir debo manifestar que el Banco es una entidad autónoma, libre é independiente de acción oficial; que no es, como se le ha creído, Banco nacional ú oficial, pues que no tiene más relaciones con el Gobierno que las determinadas en sus contratos, t odos los cuales han sido publi­cados en el Diario Oficial. El capital del Banco S6 ha formado con el concurso de capitalistas parti­culares, que se han llevado á sus cajas en la misma forma que t:!e han fundado y establecido todos los Bancos del país. "Que también sirvan estas aclaraciones para demostrar que soy Gerente de un Banco particular que no tiene parte alguna oficial, y que por lo mis· mo el carácter con que he venido concurriendo á esta Asamblea es el de un ciudadano que obra li­bremente, y que en tal condición deposita siempre sus votos con la independencia de criterio con que ha sabido proceder en todos los actos de su vida. " He dicho, Sr. Presidente." LIBROS DE VENTA AL DETAL EN LA IMPRENTA NAOIONAL Leyes de 1896, á $ 20. Leyes de 1903, á $ 60. Leyes de 1904, á $ 40. Constitución política de Oolombia, Actos legis­lativos que la reforman y Leyes de 1905, $ 200. Ley número 32 de 1905, sobre timbre nacional, $ 40. . Leyes números 20, 63 Y 67 de 1877 y decretos dictados por el Poder Ejecutivo en ejecución de ellas, $ 5. Codificación de Decretos legislativos de 1899 á 1903, $ 50. Decretos legislativos de 1904: y ] 905, $ 60. Código Civil colombiano, última edición, $ 200. Oódigo Fiscal, $ 200. Código de Aduanas, por Enrique Arboleda O., $ 100. Código de Policía, $ 100. Jurisprudencia colombiana, pOt' el Relator de la Corte Suprema, $ 100. Constitución de 1886, $ 10. Recopilación de las leyes y disposiciones vigen. tes sobre tierras baldías, á $ 10. Tarifa de Aduanas, edición de 1905, á $ 50. Directorio general de Colombia, por Lisímaco Paláu, $ 10. La Patria Boba, $ 100. IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 31

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 67

Por: | Fecha: 07/10/1910

REPUBLICA DE COLOMBtA . .. .#, , ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL· Serie única ~ Bogotá, Octubre 7 de 1910 . OON"TElN"X:OO Págs. Ley námero 20 de 1910, por la cual se abre un crédito Extraordina-rio al Presupuesto de Gastos de la yigencia económica de 1910. 529 Acta de la sesión del martes 27 de Septiembre de 1910........ ....... 529 Relación de debates ..• ............ .... .......... ............ __ . ..... 531 Informe de una Comisi6n ••••• _... ..... ..... . • .•. . _. __ ~. 532 ACTA DE LA SESION DEL MARTES 27 DE SEPTIEM­BRE DE 1910 (Presidencia del Diputado Mesa). 1 535 Con el q'llorum reglamentario principió la sesi6n 536 de este día Q, las diez de la mañana. Proyecto de ley por la cual se restablece el derecho de factura sobre las encomiendas postales ••••••• ____ • • .......... • ••••• ••• •.. . . . Proyecto de ley por la cual se introducen algunas reformas en la Ta-lifa de Aduanas . ... _. __ •... .. ... . .......... ..... . Proyecto de ley reformatoria del Código de Minas. .. .... . Nota. _ •• . •• _.. .•••••••• •.••• ••• . •••••••••••••••• ••• ASAMBLEA NACIONAL DE 1 10 LEY NUMERO 20 DE 1910 (*) (13 DE JULIO) 536 536 por la cual se abre un crédito extraordinario al Presu· puesto de Gastos de la vigencia económica de 1910. La Asamblea Nacional de Colombia DECRETA : Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gas­tos de la vigencia econ6mica de 1910 un crédito extraordinario por ]a suma de dos Inil quinientos pesos ($ 2,500), con la siguiente imputación: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLIOAS Oapítulo 99. Gastos nriolil. Artículo 533 Á. Para composici6n y conlpra de muebles para oficinas nacionales y para repara· ció n del mueblaje del Teatro Cristóbal Col6n, dos mil quinientos pesos ........•.........•... $ 2,500 Dada en Bogotá, á trece de ~ Julio de mil nove· cientos diez. El Presidente, J OSE A. LLOREN TE El Secretario, MalJ'oelino Uribe AIJ'ango .Poder Ejeoutivo-Bogotá, Jutío 13 de 1910. Publíquese y . ejecútese. (L. S.) RAMO~ GONZALEZ VALENCIA El Ministro de Obras Públicas, F CARLOS J. DELGADO I¡----- (.) Se reproduce esta Ley por baberse publicado con un error, consistente en que el artículo de la imputación salió 553 A en el número 30 de los Anales, debiendo ser ó33 A, como boy aparece. 11 Leída, aprobada y firmada sin observación al· guna el acta de la sesión anterior, el Diputado Perilla hizo constar que en el original remitido á. Palacio de la Ley 50, no se incluyó un artículo aprobado, por el cual -se disponía que tal Ley en· trara en vigencia el 1.0 de Febrero de 1911. 111 Se dio cuenta del orden del día, y de acuerdo con él, se aprobó en tercer debate, después de 8U8· tentarlo el Diputado Rosas, el proyecto de ley " sobre celebraci6n de un centenario," por veinti· cinco balotas blancas contra nueve negras, 8egún escrutinio de que dieron cuenta los Diputfldos Co­llazos y Valrlerl'ama. IV A bierto el tercer debate del proyecto de "Acto legislativo reformatorio de ]a Constitución Nacio­nal," el Diputado Pérez propuso lo siguiente: " Vuelva este proyecto á segundo debate, para el solo objeto de reconsiderar los artículos 1'1, 12, 13, 14 Y 15, Y ciérrese en seguida el segundo
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