Saltar navegación e ir al contenido principal
Biblioteca digital de Bogotá
Logo BibloRed
Cargando contenido
¿Qué estás buscando?
  • Escribe palabras clave como el título de un contenido, un autor o un tema que te interese.

  • Búsqueda avanzada

Seleccionar

Contenidos y Experiencias Digitales

Filtrar

Formatos de Contenido
Tipo de colección
Género
Idioma
Derechos de uso

Selecciona contenidos según las condiciones legales para su uso y distribución.

Estás filtrando por

Cargando contenido

Se encontraron 21344 resultados en recursos

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional - N. 2

Anales de la Asamblea Nacional - N. 2

Por: | Fecha: 24/03/1905

REPUBLICA DE COLOMBiA ANALB~ DE LA ASAMBLBA NACIONAL Serie 1 Bogotá, Marzo 24 de 1905 Número Q COlSTTEN'XDC> Proyecto d~ Ley sobre residellcla dd Jefe el el Poder Ej~cutivo .. .. . . Proyecto de Ley por el cual se da cumplimiento á la Ley 26 de 1898 (8 de Noviembre) qno ordena la ere(!ci6n de un monumento.. , rentas y gastos naciona1es el crédito suficiente Págs, para llevar á efecto el monumento que debe eri· 9 girse en la Iglesia Catedral Primada de Colombia, 9 de acuerdo con lo dispuesto en la 'Ley 26 de 1898 (8 de Noviembre). por la cual se rinde homenaje l~ á Jesucristo. Proyecto de Ley nCimero de 1911.), por el cual se ratifican alglmo~ decreto8 de carácter legislativo ..... , .. . .......... .. . ... • ... . Acta de lit sesi6n del día 17 de Marzo de 19u5. .. .. ............ . .. Acta de 1& !lesión del día 18 ue Mal zo de 1905.. ... .. . . .• ....• . .. . Acta ue la fcsi6n del día 21) de Marzo de 1905.. .. . .. ...... • ..• 11 Dada, etc. g Presentado á I Honorable Asamblea Nacional l~ por el infr'8SCl'ito Ministro del Tesoro, en ]a sesión ~! de hoy. Extrllcto de los Jcbáte~ de la 5e~i611 del día 211 ele ~lalze de 1905 ,. Acta de la sesión del día 21 ele Marzo de 1905. ......... ... .. . ... .., lnfonne de una COlni!>i6n ........ .. ...... oo... . . .... , ............... .. Notas y telegl amas . ... . .. .,. . ....... , .... . ... .. . , '" PROYECTO DE IlEY ~obre residencia tlel Jefe del Poder Ejecutivo. La, A sarnolea. Nacl:onal de Colomln'a DEORE1'A: Art. 1.0 RI Presidente de Ix Rep(lblica podrá ejercel' en todo tiempo íHlS funcione.; en cualquier puuto dt'1 territorio de la Nación. Parágrafo. Cuando el Presidente ejerza SllS fU !l­ciones fuel'a de Bogotá, los asunto, urgentes po­el rán sel' despachados por el Ministro ó Mi nistros que él dp.signe en la capital de la República. AI,t. 2·° Quedan derogados la Ley 12 de 1892 y el nrtíeulo fl5 del Código Polítieo y Municipa1. DadR, etc. Propuesto <.1 la Asamblea Na 'ional en 21 de MilI" zo de 1905, pOI' el inf,'ascrito Ministro de Gobierno, BONIFACIO VÉLEZ. Secretaría de la A.~a7nblea-B(}gotá, Ma'l'zo 21 de 1905. El anterior proyecto sllfrió primer debate en la sesión de la fecha, y Me destinó en comisión á la de R{,gimen Político y Municipal, con ocho días de término, Cópiese, regístrese y pll blíquese. I./lás llelipe Angulo. --+-- PROYECTO DE LEY por la cual se da cumpli lIiento á la Ley :l6 ue 1898 (8 de Novit'mhre), que (.ruella la el'el'ci6 .1 de un monumento. La .i1salnblea Naoional de Colombia DECRE1'A: Artículo único. El Poder Ejecutivo queda 1\"\ltO­l'izado para abril' en el respectivo Presupuesto de GUILLERlI0 TORREa. Bogotá, Marzo 20 de 1905. 8ec'I'etatría de la .Asamblea Nacional - Bogotá, Ma'l'zo 20 de 1905. En esta fecha fue aprobado en primel' debate el an teri'Jl' proyecto, y pasó en comisión, con dos dím~.tI J término, á la de Obras públicas y Benefi­cenC ·ln. D. R1tbio París. --+-- PROYECTO DE LEY NUMERO IH; 1905 por el (ual lIe ratifican algunos necretul de carácter legisl ativo. La A.sarnblea .Nacional de Oolombia, En UBO de las facultades de que está investida. DEO RETA : Artículo único. Ratíficanse con el carácter de de leyes permanentes de la República de Colom bia los siguientes Decretos legislativos expedidos por el Gobierno en uso de la facultad que le con. cede el artículo 121 de la. Constitución: 1.0 Decreto legislativo número 11 de 1905 (23 de Enero), por el cual se declara caducada la Ley 108 de 1888; 2,° Decreto legislativo número 34 de 1905 (10 de .Febrero), sobre autorizaciones al Poder Eje. cutIvo; 3.° Decreto legislativo ?,úmero 40 de 1905 (28 de Febrero), sobre desecaclOn de lagunas, ciénegas y pantanos; . 4,° Decreto legislativo número 42 de 1905 (3 de Marzo), por el cual se deroga el mal'cado con el númel'o 1842 de 1902; 5.0 Decreto legislativo número 48 de 1905 (n d~ Marzo), sobre demarcación y arrendamiento de mInas; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 10 ANAtES DE LA ASAMBLEA ' ACIONAt 6.° Decreto legislativo número 52 de 1905 ( 1 de Marzo), por el cual se adiciona y reforma el marcado con el número 11 de 23 de Enero pró i­roo pasado, q tle declara cad ucada la Ler 108 de 1888. En consecuencia, las disposiciones contenidas en lo~ Decl'et'ls citados, tendrán la fuerza de ley y continuarán observándose en el territorio de la e· pública. Dada en Bogotá, etc. Presentado á la Asamblea Nacional en su sesión del día 20 de Marzo de 1905, por el infrascrito Mi­nistro de Obras Públicas. MODESTO GARO S. Secretar·Í(J de la Asamblea-Bogotá, Mar30 20 de 1905. En esta fecha se ap obó el anterior proye to en primer debate, y pasó en comisión, con oc o días de término, á la de Obras Públicas. Cópiese, regístrese. D. Rubio París. -*-- ACTA DE LA :5ESION DEL DI! 17 DE I!RZO DE 190 ( Ptelidenci. del Diputado Rlltrepo Garcfa). 1 A la una y treinta minutos de la tarde se abrió la sesión, presidida por el Diputado Angulo, segun· do Vicepresidente, en ausencia ele los Sres. Presi· dente y primer Vicepresidente. Se llamó la lista y contestaron á ella los Sres. Angulo Felipe, Angulo Fernando, Carvajal, V 8- lencia, Cuervo Márquez, Delgado, Espriella, Fr n .. co, Gutiérrez Rufino, Gutiérrez Dllniel, Herrera Luciano, Insignares S., J iménez, M anriq ue, Pifieros, Pulecio, Quijano Wallis, Sanín Cano y U ribe To· ledo, con los cuales había número suficiente para llenar el quorum legal, y el Sr. Presidente declaró abierta la sesión. Leída el acta de la sesión anterior, fue aprobada sin otra modificación que la de hacer ' constar, á petición del Diputado Herrera Luciano, que él no es General como erradamente se dice en ella. 11 En seguida informó .el Secretario que estaban en ~l recinto de ]a Asamblea los Sres. Daniel Gu tié­rrez Arango, Diputado suplente por el Departa­mento de Antioquia y Francisco J. Insignares S., Diputado principal por el Departamento de] Mag­dalena, y el Sr. Presidente les recibió la promesa reglamentaria. 'Luégo fueron leídos @endos telegramas de los Sres. Obispos del Socorro y de Ctlsanare; de los Sres. Secretarios encargados de las Gobernaciones de Santander y Tolima. y de algunos particulares, en los cuales felicitan á la Asamblea por su insta· lación. El Sr. Presidente manifestó luégo Que habién­dose anunciado los Sres. Ministros del Despacho, suspendía la sesión mientras llegaban. Cinco minutos después y ya presidida la sesión por el Sr. Presidente de la Asamblea, que había entrado en el intervalo, así, como los Sres. Diputa­dos Ceballos, Camacho, Gnecco, Herrera Benja. mín, ~Ianotas, Martínez Silva, Neira y Pérez, con­tinuó la 8esión por haber llegado los Sres. Minis­tros de Gobierno, Hacienda, Instrucci6n Pública, Tesoro y de Obras Públicas. El Sr. Presidente hizo leer los ordinales 97 y 98 del Reglamento, sobre comisiones permanentes, y de acuerdo con ellos declaró que la Comisión de la Mesa había repartido tale~ comisiones así: Re/m'mas constitucionales. Geral'do Pulecio. JBenjamín I1errera. Felipe Angulo. Obras públicas y Benefl,cencia. Juan E. Manl'iq ue. Luis Mal'tinez Silva. Francisco Insignares S. Gobierno'!l Régimen PoUtico '!I Municipal. José Maria Quijano Wallis. Luis Felipe Uribe Toledo. Maximiliano N eira. Ot'8d6nciales, Organizaci6n judicial y Revisi6n. Severo Ce ballos. José Gnecco Coronado. Gerardo Pulecio. Relaciones Exteriores. Rutino Gutiérrez. Francisco de P. Manotas. Luciano I1errera. Hacienda. Dionisio Jiménez. Rafael Ca macho. Ignacio L. Piñeros. Gu~rra. Salvador Franco. Bernardo de la Espriella. Daniel Gu tiérrez A. IntJt1'ucción pública. Luis Cuervo Márquez. Alejandro Pérez. Samuel Jorge Delgado. Tesoro y Cuentas. ~'ernando Angulo. B. Sanín Cano. Manuel Carvajal V. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 11 En seguida ordenó el Sr. Presidente se leyera el artículo 99 del Reglamento, que pl'ovée el nom­bramiento, por elección de la Comisión de J u Mticia interior, y dispuso se procediera á ella; verificada ésta, dieron cuenta de su resultado los Sres. Sao nín Cano y Herrera Luciano, escrutadores nombra­dos al efecto, así: Por el Sr. Alejandro Pérez, 6 vot"8. POI' el Sr. Rufino Gutiérrez, 5 votos. Por el Sr. Maximiliano N eira, 4 votos. Por el Sr. Luis MartÍnez Silva, 2 votos. Por el Sr. B. de la Espriella,2 votos; y uno vo· to por cada uno de los Diputados Benjamín He­n'era, Juan E. Manrique, ~L Carvajal V., Felipe Angulo, Luciano Herrera, Sal \Tadol' Franco, Luis Tesoro y Cuentas, y que el Sr. Baldomero Sanín Cano, 'lue formaba pal'te de ésta, lo reemplazanl en la primera. Este camhio se hizo á petición de los Diputados menciotlsdos. No habiendo presentado los Sres. Ministros nin­gún otro asunto, ni habiendo propuesto nada los Diputados, se levantó la sesión á las dos y cuaren· ta mio utos de la tarde. El Presidente, ENRIQUE RESTREPO GARCÍA. El Secretario, Rafael Espinosa (}uzm,án --*-- ACTA DE T,A SE ION DEl DIA 18 DE MARZO DE 1905 Cuervo Márquez, y un voto en blanco. (Presidencia del Diplltndo Re~trepo GUC{JII). Como obtuvieron la mayoría reglamentaria los El Sr. Presidente declaró abierta la sesión de Diputados Pérez, Gutiél'rez y N eira, la Asamblea este día, con el quorum, reglamentario, á la UDa y los declaró electos. veinte minutos de la tal'de. El Sr. Mini tro de Gobierno presentó un men- Ll mada ft li' tu, dejaron de contestar á ella Jos suje del Presidente de la República, en q'l solicita 're. Diputado Herl'el'a Luciano, Mllnrique, Mar· la aprobación de varios Decretos de carác el' legis. tíoez Silva y Quijano Wnllis. lativo. Seguidl\mente el Secretario dio lectura al acta El mismo Sr. Ministro de Gobierno presentó del día anterior, y como 10R Sres. Diputados no tu un proyecto de ley por la cual e aprueban varios vieran observación alguna que introducirle, hicie­Decretos de carácter legislativo. ron constnl' su voluntad de que fuese aprobada en ne abrió primer debat.e á este proyec o; fue todas sus partes. aprobado y pasó en Comisión á la de Régimen Acto continuo se dio lectura al orrien del día de político y Municipal, con cuatro dias de tél'minn' l ln Asamblea Nncional; A los negocios sustancia· El r. Ministro de Hacienda sometió á la con· I dos en la fecha pOI' In. Pr esidencia, y á varias comu· sideración de la Asamblea un proyecto de ley nicncÍones de los Gohernndores y otros altos fun­" por la cual se ratifican algunos Decretos de ca· I cionarios en las cuales manifiestl\D quedar enterados rácter legislativo," el cual fue nprobado en primer de]a instalación de la Asamblea Nacional Cons· debate y pasó á. Ja Comisión de Hacienda, con tituyente y Legislativa y de la elección de sus ocho días de térmIno. Di!!natarios. Aprobado en primer debate, pasó á la Comisión Como alIn no se hubiese yencido el término para de Instrucción pública eon sels día~ de término, dar evasión á Jos proyectos repartidos en comisión, el proyecto de ley por la "cual se ratIfican los De- é informara el Secretario á solicitud del Sr. Pre· cr~t?s l~gislativos que. ~ han te~id?, origen en el sidente, q\le no quedab~ sobre la mesa ning~n MlnIstel'lo de In~tl:ucC1on PúblIca, proyecto pre· asunto para la discusión, éste le~antó .]os trabaJOS sentado por el MInIstro del ramo. del día siendo las dos menos (hez mInutos de la El Ministro del Tesoro present,ó un proyecto de tarde. ' ley" por la cual se aprueban varios Decretos de En el curso de )a sesión los Sres. Diputados carácter legislat!v.o." Se aprobó e~ primer debate Manrique, Martínez Silva y Quijano Wallis se y pasó á la Ú.omlslón de Tesoro y Cuentas, con ocho acercaron á la Secretal'Ía para hacer constar que días de térmIno. habían llegado pocos momentos después de pasada El Ministro de Obras Públicas entregó los De- la lista, cretos legislativos original'ios de ese Ministerio, los cuales pasaron por disposición presidencial á la Comisión de Obras públicas y Beneficencia. I El Sr. Pulecio hizo la siguiente propo-ición, que I fue aprobada: El Presidente, ENRIQUE RESTREJJO GAROtA El Secretario, Luis Felipe Angulo. -t-te Pasen los documentos presentados PO}' el Sr. I Ministro de Instrucción Pública á la Comi:-ión AC1'A DE LA SES ION DEL DI! 20 DE MARZO DE 1905 I'especti va, á la cual pasará también el proyt:cto I de ley correspondiente, cuando lo presente el Sr. I Ministro." ¡ (Presidencia de) Diputado Hutrepo Garet.). 1 La Presidencia dispuso que el Sr. Alejandro A la sesión de este día, que el Sr. Presidente de Pérez, que figuraba en la Comisión reglamentaria I clar6 abierta á la una y treinta minutos de la taro de Instrucción pública pasará á la Comisión del de, concurrieron todos los Sres. Diputados, á excep· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 12 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL ción del Sr. General Benjamín Hel'l'era, qUIen se "El Presidente de IR, Asamblea dirigirá al Sr. había excusado previamente. Presidente de ]a República un mensaje en el ("lIn] El Secretario dio lectura: le manifestará, á nombre <.le ]n Corpol ación lo si- Al acta de la sesión anterior, la cual fue aproba- glliente: da sin observación alguna, y á varios telegrama "1.0 La Asamblea Naciona] ha leído con el en los cuales el Sr. Gobernado!' del Cauca, los interés y la atención que tan importante docn­Ilustrísimos Arzobispos de Cartagena y Popayán, mento mel'ece, la exposición q 11~ le dirige p1 Sr. y los Obispos de Santa Marta y de Ibagué felici- Presidente de la República sobre IR8 ]ahoJ'e~ aomi­tan á la Asamblea I 111' su instalación y hacen vo- nistl,tttivas del Gobierno formuladas en los proyec­tos por que sus labores sean fl'uctuosas y benéficas tos presentados á la consideración de la Asnmblea, para la Patria. " 2.° Inspil'aoa la Asamblea en patrióticos senti- El Sr. Diputado Herrera Luciano pidió la pala- mientos para pl'ocura)' el bien general, ofrece nI bra, y una vez que le fue concedida, suscribió y Sr. Presidente de In República su más lea l y solí­sostuvo la siguiente proposición, que fue aprobada cito COIWUl'SO en la revisión de los proyectos que á por 21 votos, en virtud de la verificación p~ did a su consideración ha sometido, y de los q ue en lo fu­por el Diputado 81'. Dr. Francisco de P . Manotas: I tnro le pl'esent~ sobre asu ntos constitucionales y "El extracto de 108 debates de la Asamblea se lle- I administrntivos, rigiéndose pat'a estas labores úni­vará por uno de los Secretarios de la Corporación, I camente por el sentimiento de sus altos deberes y designado por la Presidencia. Dicho e -tracto se pu- I por el amor á In Patria; blicará á continuación de las actas, en el peri6dico I (( 3.° Y, poI' último, la Asamblea acionnl Jeda­oficinJ respectivo." l'a que colabol'al'á eficazmente en la grande ohrn En cumplimiento de la proposición anterior, el nacional de l'ealizar una aludable transformación Sr. Presidente nombró al Sr. Rafael Espinosa general cri stalizada pn la concordia socia1, la paz Guzmán para el desempeño de las funciones en política y el progreso nacional; ella establecidas. 1 " 4.° Con el mensaje remítase al Sr. Presidente I de la República copia del informe de la Comisión, PI' d 1 C· como una manifestación de que la Asamblea . ~esente en e reCln~o e a ol'pOraClón el r· aprueba y acoge en sus rasgos generales los con. MInIstro del Tes~ro, hI~O uso de la palabra para ceptcs en este docmuento contenidos; someter á ~a conSIderacIón de la Asat:r;lb~ea un pro- " 5.° Publíql1ese en el periódico oficial, en hojas yecto de ley "por la cual se da c~~ ph mlento á la I volante ó en folleto, Hegún lo e time más conv 26 de 1898, que .ordena la ere~Clon de un mom~. I niente el Presidente de la Asamblea." mento en la I~lesla Catedral, sl!llbolo de la gratl- En atención á esta última parte, el 1'. Presidente ~ucn~to en cuestión, que promete de mil blea Reis proyectos de reí 'rOlas constitucionales y ner~ clara y terminallte proveer las Cátedra~ de uno de ley. las Facultades U niveJ'sitarias por medio del slste- D1ulos al debate, fueron aprobados uno á uno y ma de COIlCUl'bO. . IIRsaron tm comisión, con ocho oías de término, á 11 la de Refol'l~a~ consti,t~cionales l~s .seis prime~os y I - El Decreto número 45 se explica y se defiende, á l~ ?e Rég~m~n poht1co y mUDlC1pal, con Igual I si defensa requiriera, con el noro hre ilustre del peno té. mlDo, el ultImo. .. sionado de la República, Dr. Lihorio Zerda, cuya Los proyectus son los sIguIen~es : ,. ' larga vida de merecimientos deja huella fecunda . Proyecto ~e .a~~o reformatorIO d.e l~ Uonstltu- luminosa t'll el campo de las ciencias y de la in-cIón, sobre eh VISlOlJ geueral del terrItoJ'lo; dY t" 1 mbl' 0nas p 1 I . 1 '1 68 us 111\ CO o c. • l royecto. pOI: e cua se sustlt~ye e artlCu o I Las naciones no tienen derecho á ser ingratas, y He la. COllStltucl~ll de,la Repúbh~a ; . ' I rneno~ c~n qui~nes. dedi~an su vida á]a l~boJ' sel'e P.oye_cto pOI ,el cu.al ~~ refol man los a~ tlC~llos na de la lDYt'stlgaC1óll. cIentífica, fuente lndestruc. 147 y 105 de Ja OonstltuClOl1 de la Rep~bhca , tible del engrandecimIento de un pueblo. Proyecto por el cual se reforma el articulo 204 de la misma ; III Proy~cto por el ella1 se sustituye el artículo 209 ! El Decreto número 49 reforma el Presupuesto de ;a mIsma; . . ., nacional de esta vigencia, contracleditando dos 1 r.oyecto pOI e! c~HI se ehml.nan la VICepl'esl. partidas y fijando Rue]dos de algunos empleadOR dencla de la Repubhca y la Deslgnatura y se pro· en el ramo de Instl ucción pública. vee el modo de llenar .las faltas temporal~s 6 la V ue tl'a Comisión no ve inconveniente, y sí ven­falta absoluta del PresIdente .de la. RepúblIca; y I tajas, tanto l ara el Fisco como para la instrucción, Proyecto de lty sobre reSIdenCIa del Jefe del en su ratificación. Poder Ejecutivo. I Teniendo en cuenta el anterior breve estudio A las cu.atro p. ~. se levant6 la sesión. vuestra C?misión os pl'opone el siguiente proyect~ El PresIdente, ENRIQUE RESTREPo GAROíA. I de resolucIón: .. Dése segundo debate al proyecto de ley" por el El cretarlO, Ln~s Fehpe Angulo. cual se ratifican lo Decretos legislativos que han -*- INFORME DE UNA COMISION Bree. miembro8 de la Asamblea Nacional : Son los siguientes lo:; Decretos legislativos que nos han sido pasauos en comisión ¡.>ara su estudio: Decreto número 3.°, Enero 5 de 1905,!¡ pOi' el cual se dispon~ que los Profesores de la Universi­dad nacional son de libre nombramiento y remo. ción del Pode)' Ejecutivo." Decreto número 45, Marzo 6, " por el cual se con cede una pensión vitalicia de ju bilación;" y Decreto número 49, Marzo 9, " por el cual se re­forma el Presu puesto nacional de gastos para la presente vigencia de 1905 y 1906." I El Decreto número 3.°, á más de 11\ base legal rlel artículo 120 de la Constitución, contó para ser dictado con opinión anterior favorable del Conse­jo U nivel'situl'io y de las Cámaras del Senado y de Representantes. La inamovilidad de loe Profesores puede ser be­néfica para la institución universitaria cuando las cátedJ'~s se proveen por oposición ó concurso cientí· fico; pero cuando la provisión de carácter inamovi­ble Se hace directamente por el Gobierno, se corre el riesgo de hacer permanente un mal que en otro casu sería transitorio y fácilmente corregible. tenido origen en el Ministerio ele Instrucción Pú­blica. " Vuestra Comisión. Bogotá, Marzo 22 de 1 905. LUIS CUERVO MÁRQUEZ-SAMUEL JORGE DELGA· Do-BALD01tlERO SANfN CANO. -*­NOTAS Y TELEGRAMAS República de Colomóia-Telég'rajo8 nacwnales­Villavicenoio, 16 de Ma'l'zo de 1905. Enrique Reatrepo Gareía-Presidente Asamblea Legislativa. Recibido telegl'ama de usted en el cual se digna comunicar ha sido designado como Presidente de la Asamblea Nacional; como primero y segunrlo Vicepresidentes, el Sr. General Benjamín Herrera y el Sr. Feli pe A ngu lo, y para Secretarios los Sres, Luis Felipe Angulo, Rafael Espinosa Guzmán y Daniel Rubio París. La Intendencia que presido se encuentra gozosa por el fausto acontecimiento de la reunión de Hnn Asamblea enteramente nacional, que tiene en su seno patriotas de todos los colores políticos y que .han sabido nombrar sus dignataTioB con acierto digno de encomio. Mucho espera el país de la obra redentora que deba acometer la Asamblea, afian­zando en primer término la paz de la República y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. A AtES DE LA ASAMBtEA NACIONAL 15 consolidando la reforma política y administrativa RepúbÍica de Colornb·ia-Oficial-.Dióce8?·s-80co-iniciadu por actual Gobierno. t¡'ro, 16 de Marzo de 1905. ~ervidoJ', Presidente de la Asamblea nacional. MAROELIANO ANZOLA. Auténtico, .Medina. Me he impuesto con agrado en su tlten to tele grama de ayer, por el cual me informa que el Sr. Presidente de la República inauguró los trabajos de la Asamblea Nacional y que ésta nombró ytl Asamblea Nacional-Mat¡'zo 11. sus dignatarios. Por todo lo hecho me congratulo Dése cuenta J publíquese en los Anales. con la Naci6n y .h~go c,ordiales vot~)S por que las labores de esa dlstIngulda CorporaCIón estén á la RESTREPO GAR01A.1 altura de su deber, como Poder Legislativo, y se -- insph'en en el bien de Colombia. R epu'b Z'l' Ca d6 (J lb' m l1. •. f • 1 I Dios guarde á usted, ° om 'la -.L e tigra; os naC'lona es- B'Ucaramanga, 16 de Marzo de 1905. + EVARISTO Preaid.nte de la Allmblea Nacional. He tenido el hOllor de recibir vuestro telegrama por el cual me anunciáis la instalación de la A~am· bIea acional y la elección de sus Dignatarios. En nombre del laborioso y patriota pueblo de Santander saludo respetuosamente á esa augusta Corporación. Colombia confia en que esa Honorable Asam· blea, interpretando el espíritu y el sentimiento nacional de la épocn presente, cerrará para siem· pre con sus acertadas delibel'ficione la éra de las agitaciones y revueltas. A ten to sel'\< idor, Obispo dE'l Socorro República de (}olomln:a--Telé{ll'a¡os nacionale-­OlÍ1' cet - Rucara'manga, 18 Marzo. Pre8idente Asamblea Nacional. Evidenciados fines patri6ticos de ésa, solicita­mos en justicia medida salvadora para los que su· frimos prisión consecuenci guel'l'a, cárceles repú. blica, Mayor parte de nosotl'OH hallámonos presos hace tres años, sin ser \"encidos juicio. DETENIDO. Auténtico, Re t'J'tpo. SANTIAGO RIZO L. República de Colombia-Asamblea Nacional Gon.~· tituyente y Legislativa-P'J'esidencia-Bogotá, República de Oolomoia-Telégrafos nacionales­Medellín, 21 de Ma1'zo de 1905. Sr. Prc.idente A.amble.- Nacion/ll Conatituy.nte. Con suma complacencia recibi impol'bmte tele­grama en que se digna r.omllllicRrme instalación respp-table Asamblea y designación dignatarios. Con Clero hago votos por feliz éxito trabajos y fe· Jicito ti usted por merecido honor. VíOTOR EsCOBAR L., Vicario capitular, Presid8'1lcia de la Asamblea-Bogotá, Marzo 22 de 1905. Dése cuenta y publíque e. RESTREPO G ARCI A. Repüólica de Colombia-Telégrafos nacionales­Cali, 14 de Ma1'zo de 1905. Presiclente Alllllnblea nacional. Como colombiano amante de la paz y del trabajo tmvío á usted mi saludo patl'iótico y deseo que Dios ilumine esa augusta Corporación para obte­ner la salud y bienestal' de Colombia. General, TRIANA. Auténtico, MU1'Ulo. Ma1'zo 22 de 1905. Dése cuenta y pubHque8e, RESTREPO GARetA. República de Oolombia-Telégrafos nacionale -­Pasto, 18 de Ma?'zo de 1905. Pre:o.idente Aumblea Nacional. Con grande complacencia he recibido el aviso de de haberse instalado Asamblea Nacional que ha designado para su Presidente al Dr. Enrique l~es­trepo García, á los Sres. General Benjamín He­rrera y Dr. Felipe Angulo, para primer y segun do Vicepresidentes. Pláceme saber que los Sres. Luis Felipe Angu lo, Rafael Espinosa Guzmán y Daniel Ru bio París han sido designados Secretarios. En nombre del Departamento, en el de mis co­legas y en el propio mío, dirijo respetuoso saludo á la Asamblea Nacional y á sus dignatarios, y hago votos por que todos los actO!i ue esa Corporación, inspirados por el patriotismo levantado, contribu­yan eficazmente á consolidar la paz y á recons­truír convenientemente los diferentes ramos del Gobierno. Ojalá que la Asamblea Nacional de 1905 siente las bases de la prosperidad futura de Colombia. JUSTO GUERRA. Auténtico,8ánchez. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. i6 AN"ALES DE tA A8AMBLEA NACtONAL Pt¡'esidenéia de la Asarnblea-Bogotá, Mar¿o 22 dente de Ja. Asamblea Nacional: hago presente mi d~ 1905. ardiente deseo por que Dios Nuestro 8eñol' dirija Dése cueuta y l'ublíque P. las Jnbol'es de dicha Asamblea en bien de la Igle- R G i sia Católica y de la Patria. ESTREPO ARe A. I Afe ct íS'I mo seguro Sel'VI'd 01', República de Oolombia - Telég1'ajos naoionalés, Gobernao¡ón-Nitrn~ro 242-T1w,ja, 16 de .J1.a'J'· zo de 1905. Dr. Enrique n.e~tr~po Gareía. Con mucho gusto be teniJo conocimiento de que la Asamblea Nacional eligió á usteu Presidente, primer y segundo Vicepresidentes á los Sl'e~, General Benjamín Herrera y DI'. Felipe Anglllo, y Secretarios á lo. Sres, Luis Fe ipe Angulo, Ra­fael Espinosa Guzmán y Daniel Ru bio Parí. 'fado Jos colom binnos tienen fincndns sus es pe· I'anz 18 en b acert da y patriótica solución que la amblen 1 aci nal dé á los asulItos económicos, fiscales y monetarios que t¿ln hondamente han conmovido la República. Quiera Dios guiar ti todos los Constituyentes parH que prescindiendo de intereses políticos se d.e diquen á SHIV81' ]a Nación de ]a ruina , con solio cItud y energía, securH.lflndo las miras que para convocnr la A amhlen tuvo el r. Presidente de la República. Afectísimo. El Secretario ele Gobitll'llo bernaci6n, ' encargado de la Go- AHISTJDE RODRt UEZ. RepúóUca de Cblo1nbia-Telég)lafo naoionales­Palnplona, 17 de Marzo de 1905 Sr. Presidente Asamhlea Naeiollll. ,Por vuestro muy ,~lto telegrama del 15 del co­rrIente, me be impuesto de la il~augl1l'ación de los trabajos de e a honorable Coq)(ll'ación y de la elección de sus Dignntnl'ios tlntI'e Jos cuales habéis , 1 ' teolüo el honor de ser designado como su Presi-dente. Quiera la Divina Providencia enviar sobre Colombia la bendición de lo alto y hacel' fructuo­sas t,odas las obras que sus hijo emprenden en el s~~tldo del bien, guiados por el espíritu de la jus. tICIa y del verdadero patriotismo. .Tllle1'i son Jos voto~ que, junto con mi agradeci­mIento, tengo el honor de transmitilos. Auténtico-Gó?nez. + IGNACIO ANTONIO Obispo. JACINTO MESA. Au téntico.-Gómez, RepúbUOfl de Golombia-1elégl'afos Naoionales. Ooaña, 16 de Ma'l'~o de 1905. Pre5idente AsambleA N IIcional. Quedamos enterados de inauguración de Asam­blea Nacional hecha ayer por Presidente Repú­blica y designación de Dignatarios, (lue juzgamos son segura garantía de que tl'abajos Asamblea serán fructuosos. Pedimos á Dios envíe luces á. ilustres miembros de tan augusto Cuerpo que tra­baJan por el bien y engrandecimiento de la Patria. Afectísimo y Capellán, + FRANCISCO M., Obispo de Santa Marta. P'J'esidenoia de la Asa?nblea. Dése cueotn y pu blíq uese. RESTREPO G AROf~ • Repitblioa de Oolombia-Telégrafos naoionale - Cal'tagena, 18 de' Mm'zo de 1905. Enrique ltestrepo GardA, Presidente A alllble/l. Me es muy gl'ata la noticia de haber ido inau· gurados los tra bajos en la Asamblea Nacional y haberle t.ocado á usted el bonOl' de presid i!'la. Deseo ardientemente qne todos los nctos de ~sa Honorable Corporación lleven el sello de la más estricta justicia y contribuya con eficncia al hier. ­estar de la Nación. Dios guarde á usted. Auténtico, RestTepo. + PEDRO ADAN, Arzobispo. P1'es1,'denoia de la Asamblea-Ma'J'zo 20 Dése cuenta y pu blíquese. RESTREPO GARCfA Rep{/¡bUoa de Oolombia-Núme1'o 189-Gobm'na- Asamblea Nam:onal-Pt¡'esiderwia oión-Ofioial-Popayán, 17 de Ma1'zo de 1905, Dé~e cuenta y publíquese. RESTREPO GARCíA Enrique Restrepo G. __ Felicito sinceramente al ilustrado, benévolo y Repúblioa de Colombia-Telégrafos naoionales, ¡ digno primer Presidente de la Asamblea ' aciona!. 71,unja, 16 de Ma'J'zo de 1905. Amigo, Dr. Enrique Rest repo Garefa. j GUILLERMO VALENCIA. Al acusar ti usted recibo del telegrama en que se sirve comunicarme que ba sido elegido Presi-1 TlIPRBNTA NAOIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional - N. 2

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 1

Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 1

Por: | Fecha: 14/09/1877

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. J ESTADO'! U:¡¡DOS D!: CaLOr,I~IA.-ESTADO SOIlERAr,O DE ANTIOQUI.\. =",-~- . ,,..,' - ,., Ul\ 11. U !Jlli ulll1Lll\¡.lDuU 11 I.JU!'iLlIIJ U 1 tJlH lli Ubu ibLl IllUU. l 1\L-t'ch . ]Hn~ 1 i de S(" ( L.!"H~:H· (' eh" 1 :--;77 . ) ~~~~~-------- ._--~¡ ----- In 'ahr,"n <1 l.. C"m,­do -u ") .'e I ¡ ;, . . c.: () X T E .:-q J -L • TA , !l '" 1\0 t dd E t lo. -Se iQn <1\ oli,,~O . ...... ... .. ... ... ........ .. . ... .. .. .. . . o •• '.] ' ",Zld' . ' ¡",h-\ 7 .... .. ....... . .. . .... .... . .. .. . f' ., ,: I ,r ~2 ,\ ',) ,1, I 1 .... o •• • • • • • ••• • ••••• ••• o • • • ••• 0" 0 • • o ••• t> o" 1,li,,2~," ,'<1"1.7 ... .. . .. . . . . . . . . . . ... ........ .... .. . .. . . . A(~O' ", '!" l cuto ,,,,, :;,,,,," IL'l'h ,n , 1 .. l'!"O,'u.oMamp nteclG .H.r-no, LIE.~.I" . ... . ... ... . . .. ........ . ..... . ....... .. . ....... . . . ... . . . . :-.'CQ <,_ lOS D ' l':F Os. n:5Ctlrr.o I,."""n, h]o "O~ .. I "tct I ;0) <> ,,1 tj ,_ rnpo ,,~r.' nt r ,1 ~I,,, ,j~" 1 Jde "';nl ¡ Mili ar ,hl ¡ • ~,:u nute 1 .. (;un", n'. "COI"" t i' ,,·nt.' .... .. .. .. ....... . . ... .. ........... .. . .. .. ... . .. .. ...... ... . . en n .. . .. .. ... ... .. . . . ...... . . ..... . . · · ········ ·· · ·· . ... ...... ... . .... ,,' 1 ,1 no";n,,",,! 1 ,U"j,Ju Il ,r 1. Con ,,:,,11 d .. ¡ 1; tQ, lu al Ciu.!;¡ nticnda, In listn de los DipllLndos princinales i Sll ­plen~ 8 1\ la COO\'cnrion constituyente; i \'~r¡ficado el quorum eonstitllcionn1 con los ci~dndflnos Diplltados prese n~c8, d\'spues do lIumada la IISt[l., dcclar6 abicrtas las seSlvncs de csta COl'porncion, UT. Al "erificar la. eleccion de Prcsident" el cil!d~dallo Barrera hizo la biguiente prollosicioll: J (. rhhill}I!O l l'rn¡: nnl! 1) il .. j I,!; cl11l' lI'.\I1 ''; pül,lil' \4 dd Edml ll, pN' \'irtml de la l"l' ll nion \Ie 1.\ C om'''n~ i ''!l. i r¡U"'¡¡nlll Hi n \' f\lor ni l.fI:c!O las l l'y l'~ ! ·:,i~t(, ll t('.~ , I ,¡­la ('3l1"H\ ánh's !\ llIlnl nda, la UOl!\'t.' IH.: ioll Jlllo!,h pnra fl l réjilt)c)1 i¡¡ tl'r ior el B.cglamcn to Cjne existi ;¡ ¡nna h L, - jisl,\tura (le ¿\nli o qu i ¡ ~ d c· l ano lIt! 1869, pr e \' i a~ , ;\S al­terneiones de nOIlH'llclatura qlle aqllella i esth exij'lu" . P ll(';¡ta (' 11 d iHc llli ion, el c iudadano Uel>"trepo f.:, la modifi cÍJ ­rior & .• " SIJl\Jotida do este modo a di:;;cllsionJ tomarou parte ('11 esta, stlc('si\'amen te, los ciudadanos Aldnn!l, 11arnyn, lhrr·.nl, ]i;¡;lrnfla, Jaramillo, Llano i lll'St ll'pO S .• 'l..cto Sl'¡';l1ido, d ciudadnno R wayn, pro puso : " Su;¡p"·nda<:.~ lo q uo se discu te i proc(;llasl' a \. rir­c~ r la <, Icceian de los cmplcntlos de la Conn'lld, n " ; mas huuo tIe re tirar c;¡ta mocioll ('on el n flc l1tirui ~ ll to \1 ,' la Junta d('spm ~ do HU c(,rto dd.mtc. Luego el ti\llla­dan,) J ;¡r ciutlantl" tjll!) so hallaball en el ¡; nl on de la s s('s ionr ~, no t l'llilln 11 'le­cho 11(1\"a dar su \'oto. 8 1 ciudadano P¡es id('ute bOl JI lit, a In. c Q ll s id ~ lII cio n do la.J lI ntn.la obsen'llcion n·fl'¡ i la; i como nillgulI Di pu Lndo p ropusiera lo que dchia ha' r ('n tal ca"o, el 1"'rcshhmto rl:15old ó que los ciudad IIl~J 'l\'norio i lIóyos 0, teninn dCl"{'C'ho a , otar. De esta rt'solncion apeló el ciudadano TIn.ITC¡TI, i In Junta en \'o tacion nominal, ped idn 1101' ('1 cimbt:lll1o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2 XYALES DE LA CONVENUION. Iragorri, l'E'voc61a rcsoJueiOll pl'o!oiidcl!cial por I;rece \'0- D'lrre¡·II,-Sánt.os Jaramillo J, P etlro D. Es1.rndn, R0-4 tos nfirmativOS contra ocho negatin,s. nigno Ul'strf'po S, Láz'lm -F. Linct', Aureli.'\llo r(]~adn, llllprobaron IOd ciudar!fl\'\Os Ihraya, Jhrrcrn., Pos:\- J\[ltnllc! Uribe A, Bmnlio Mnchn.uo, JLWl1 B. 11ulz i drt, Lince, Vélez S, Restl'epo R, lúendm,l\, Estradrt, Jorj(' K Delgado, qlle dicl' a~í: g('strepo Imlrtlccio, Uribe A, Lotltloño Machll:, cial." ~!lr e1 c!,uladrmo l\.Iallll~l Ul'lhe Aojel,. onco -votos, 11 Los cilJ(lilf1f1.110S l\!ftnur1 de ,J, BiU"f(>l'fl. R,lllt(,S ,]fl- 10\: e ciudadano AntoniO J\l<:.ndoza, sIC.te votns. 'ramillo .J, Ptl ab.soluta el clU,dada- jnr\Jn la ~igl\iellto pro]losicion~ no VI"I~Ú AnJe\' la Jnnti\ preyarfl.tona, lo declaro t'l~c·1 "LI Cou\'el1C'i0n dell~>;ta,lo f)obel"illlo de Antior¡nia to 1 !"I.lsldent.e tl~ ]¡t Con.\'C'lIClOl: constltnrell~u del ~s. c\lmpll: COIl U'U rlt'lJl'1" tic ju~ticill i P;I'f\.tilnd, t.riblltando tndo',Act? segludo el mls~o .eltluac~~.n o UI.·lhe ~n)eI al hent'lI1crito Jl'iwrn.l Julinn Tl"lIji!lo, i a sns cJ¡~nos i 1,rcsto ('1 Jl~ral!leutn de ~'sl¡]o, 1 lo ex.I.J16 al mlslllotleUl- (fflc(,ji{\!JS com¡milél'o:::; del F.jcn.:ilo¡ las mas entllsiruitas po de los cllub.clanos Dlplltauos presentes, f,'licitaciones por Sil c0m¡Jorbulliento heróico i dcollda- VI. do, i por-hal>t>r lraido L::L libertad a est;\ tierra tan tlig. Se procedió ti la elecciol1 de primer Vice-plcsidentc, lila d? ~IIHt SII'l'rt.e verlmosfl., . . . i verificaua la, votaci(lil i becho el escruLlnio pOi los cil! ' ,. hl'conoce I ¡:¡gril~lec0 los ln\pnrtf\ntm:¡ sen'ICIO!'! que uncl:.t.tlllS Lince i Rniz Quintero, dió el SIguiente rl?sul- n el ciudadano Jef~ Civil i Militflr In prestado al Esta· tado: Ul) en los l'rillwrns (li:ls de su r{'organi7.11Ci0!l: 1,1 tino rulministratil'o i la h01 .. radcz i n:ctitl\ll 00 intenciones Por ciudadano José Maria Baraya __ 15 votos con q1l0 en esta \'ez, como en tOdll~ los n.ct0S dI' su "ida Por el ciudadano Danipl AILlaniL._. ~3 id 1 · l,úbliclt, se ha, hecho digno de la ndmimcion do los pue- P or 01 ciududuutl Aveliuo A~lldelo__ id. bIas. Por c\ cillc1adauo Láznl'') F, Lince... 1 ilL "Un:-\. comisioJn do ires miembros del sell0 de Cl'ita EI1 blanco .• .- ___ ._ • • ~ ___ : __ .... _. 1 id. Cotp0J"at'ioll pondr(~ 1.'11 cotlocimiento del emil\f'nll~ Je- La Convencl.en d~clar6 a~ cl\Hladano Barayn electo, neml 'rl'ujillo esta propolicioo, pnlíl. r¡l1a él a su ve? se rol' hu~er obtellldo la.ll1ayona flb~oluta, . I sirva tt'aHmitil'la, ellla pnrtecon'(,f;pondientc, n los lca· "ycnficúse eu sep-Ulda In elecclOu do segunuo VICe· h.';' repnuliclll1'IH i unlientcs def"llsores oe h libNtncl pre~ld~llteJ en la. mISIlH\ fúrmn. dt:l anterior i se obtuvo 11 que componeo la gloL"iosa fa.lanje I'}-ue la Nacioll conoce t'l slgUlente resultaJo: con el nOlllbm de Ejército Unido. POI' el ciudadano TcodolUiro -Llano ___ .10 votos, " Publífl tll'se en él pcriórlico oficial." Por el ciudadano Pedro D, Estrada .. v 8 id. 1 Puesta en lliscllsion, el cindallano Agudelo la adicio- I'or' el c~udadano .kur~li<1!lo Posada. _ _ l ' ~d. nó agregf\l1tl,O ,les(lues del seguUllo periodo lo signiente: Por el Clndadnuo Dame! AldamL.___ 1 1<1. uBcconoCt'se Iguil1mente que los H .mombles Secre- En ·blanc'.). ___ ..... ___ ...• _._.~v __ 1 id. I Larios del C~l\dadnno Jefe Civil i j)Iilitar Lan llenado No hau¡elldo obtenido 11\ muyoda absoluta, ningu- a satjsí:accio~ del pu~?lo autioqueiio los debcres de sus no de los ciu clac1,lllos espreslldos, el ciudadano Pl'esi- '\ respectn·os encargos. _,. dente dispuso que se concretllraln votacion a 10R DiplIv Eu ;ste a~to se pr~scnta\"On los seuo!·es Sec,Z'etan08 tados Llano i Estrada. En conse'cucncil\ se- verificó ele da Hl1cJ(>ud¡\ 1 de G)?ICrnO, Con htl mot.'vo.'d CllldaUIL-nuevo 'In. eleccion i hecho el escruti"nio, resultó asi: no ~e~gad? propuso I fué np~·obado.lo !;l~lllente: P I O · I d 'r d . I I ' 11 t '·Suspend¡lSe lo que se dIscute 1 reClb'l.se a los TIo- ·or e lIH u ¡lUO ea omll"O ,j anov - va us. bl S t "os" "P l· él d P d D E t d 10 '1 nora es ecre "'1"1 , al" Ei Clu.a ano e 1"0 . S J"U fL_ IC. El seiiol" Secretario de Gobierno tomú la palabra i Habiendo obtenido la mayoriaabsoluta el ciudada- en térmiuos fulecuo.dos i precisos felicitó a nombre del no Diputado Tcodomiro Llano) la Convencioo lo de· Ciud:ulano Jefe Civil i Milita\", a h\ COtll't'uclQn Consti­claró electo segundo Vicepresidente de el-la. tnyente por Sil feliz instalacion, i puso 01 Mt'nsllj'} del En seguida. se procedi6 a la olcccioo de Socretario Honoraule Jefo del GobiE'rno en manos rlel Uiudadano i esta. resultó: Preriidente de la Convencinn quien, :il:lllH\::i. E: cilldadano Presidente design(l a los Diputados Terminllda la ,rccopcion ele los seiiGl'efJ SeCl"l'ta¡-jos, BIl'rayn i Llano pura que pusiescn en conocimiento del continuó la discllsion, i en seguido. se n.proh6 por una­Ciudadano Jefe Oivil i Militar del Es-tado, Iu, ¡UI.tala· uilllidad de yotos h~ proposicion insert:-\., con h~ adicion cion de lo. Com·encion Oonstituyente. int.roducida por el ciudadano AglHlelo. Acto continuo se diú lectura fI. lasigniente proposi. En esta virtud, el ciudadano Presidente nombró en ,.ion que prnto dispuso que se T'I'oecdiera HnLiémlose prt)se-ntado el Diputado suplente señor a ,'crificar b ('leccicn d,' Pre"idento Pro\'i siünal del Adolfo 'l'vnorio, en v irtud d<;1 llamamiento quc so ItJ Estado; n:cojidos 103 voto~ i 11('('ho ti escrutinio rcsnl- hizo, cl Ciudadanv Prcsidente le exijió el jmawcntoJ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 (' 1,\ 'i't1t'ioll,tl tIc tleC:C1Ul't·ií:u· fielnwnt,! los d,~b~'r,s qlll' 1,_ 11: :1, 1 p1 car.,.) p:1W '¡Ile [u (' dejiJo. S ,li".l ('{m.l nI nch tI,> b fR'Sioll nnt~r;()r. h f¡lle J . ,1.u1. .... ¡JI 1U.¡l-i 01 ('n;~eiu lI fine b fiLie lIit,'j el I ,¡'II .IL\o1 n Irl" ,n, (' m el, objl'lo de qne se !'l'ctitl'l"tJ II I"t (; .lllhl '111 lu;~,j al r- 'C'ljl'r.'iI' lo~ voto:,; ('ll h elcc..:ioll · 1.'1. ¡ti :II.an 2~ \'otos, 8ien,]o , illtlllll; IJil'lI-t ~,l{¡s parr\ qllo tlal,ajC', dentro del tl\ell Or t I'millo 1'0- 1';1111('. In tll 11Y l.dudl' (),)J]sLitllcinn del B ... t:lIln." · El cinJadallO He~tn'PQ Benigno la mo¡}illcó cam­J illIHlo ('] n:"nn('J'f) tre::! pUl' cinco i el Cild.ldnll') Ald:ll1n h Ildit:iunó n!!l'l'''rfÍ.ndolo la f"m,e "1l01' b ASfl.llIulcl\" , .' n • (a':.pll!!I d(· la jlrdnbra " nó'UUIl""C." · .\ í lllmlilicatb, i iHliciona .. l:lJ fué arrob;d,l. En tal '11 \1111, ¡;P procNho a hacel' la (,Il'cc;on d. lOS ci,h:O Di!¡1l1 .ins l}llt' d~Ll!n formar la C,)misi'lIl. i l'] j'(' :llta- 1.1t1,) dt' la Yuj.u·ion fnl" el :-ignil'ntl', ~i.'lld'J l':;; 1',~latlo ­n's lo'l ciudad IIlO~ )h:ii.~ i Hniz ~UiIltl1",/: p ,)" el Cilld.Ht:1Il0 11, ni _,no lt trcpo Ilil'z i ,i~ \'otos. Id. 'reod,,:niro T.lan;J Ir~cc \'ut .s. 111. 1bni,,1 .\lllaua trece \"Jt (,,~ , Jd. Jo,',é )l.- Ihra\"l\ once y:t ;1, Id. Frn.nci!\co ::\Iarlllanola uneve ':atos, Lt. Cíirlos y élt':l ti, llIH"\'e ,', tos, ld. Ah'j '1.IH1ro )h'ji<\ ocho " 0¡O~, Id, ),,\'l'lillO Agmielo ocho votloJ. 1,1. Lá::uro Lillce ocho vot, ):-, hl. R'intos Jarnmillo seis \'>Jt\-;. II\. Benjamin ralacio cinco n tm\, Id. l'edro D. E~tradu. tres \'lllos. Id. Jlllm D, Lomloiio tl'l'S \,¡Ln~. I ~l. Manuel UriJ..¡e Anjel dos \'otos. ] I1ID por cada. uno de los DiplltaJo~ !tuiz Quiu­telu, DL'lga¡,lo, ] I'Ilgorri ¡Barrera, COlLlO tan solo obtuvieron la mayoría t'lbSl)lllta los C:llt],ldanos ltesll'l'pO Benigno, Llano i Aldaon, so ¡¡m­e, di,', :\ IlHcl>r In l'It:ccion de los otros dos mie:ubros de Ja G()lUi~ion, (',mcmttimlose In. \'otacion o. los cill(laJ.a­! l('lS lhrayn, l\Iarnlnnda i Yclez, qU60bttwieron la ma­~- otía rc\;üi\'a, i al ciudadano Ag;mlt'lc. a quicn lo co- 1T'_':o-pundiú la SUl'lte cnlrt: 108 que obtuvieron ióllUI nú­JUN,) do \·oto~. En e::lla n'sultt, lo siguiente, escrutada por los mis­mos sellares Hui? Quintero i ;ilt'ji;1.: I\Jr ti ciudauuno llarnyn. \,t!iulilltl ,·ot05. id, Y(olez cinco votos. 1\1. A~\Id,'lo cinco ,"otos, id, :r,landanda trece votos, (¡lJtm'iNon mo)'oli<\ nb'loluttt Ins CilHlad;l~o~ Darll." ya i )Jrllulnndn., i en com:ccueu<.:Ía In. COIl\'PIH'ioll los 11,,(,1:\['\, electosJ f\o;i como n. I"s cimlauanmi ncstrepo D¡'ni"no, 1.ll\n,).i B 1H:'!)'I\, mil.'1ll1)1'os de b Comi ... i"n 1 nm ~'cdL~ctnl' ,·1 I'ro:"cl.:lo du Conñlitucion lid I~stnll(), El cilldad:1."o ltniz Juan~, lllS!) f'n m:l.llli:;; 11,,1 Ciu­tllldauo Prusilkllt UI1 proyecto dc Id que tiene por tltuln: c. Drcreto (,olict'dirOllo iJ"luulto" i en srguiJa l'ropu­" O i' apr{llJú lo ¡;j~llil'lltl" hU.:,,,., "rim 't' ddJat~ nI rroyecto rre~c~tado por el (~". &u:-.nib.'." f..: cliú plim l' d(·u t n. (-st, 1'1"') "1,, i nl'\'I ',1 • ql\l' ;úé ('11 "01.1(';00 JlI)minnl, d (;ill:tr.1. {h'cidil' ¡;.,hrc pr ,­po «i('i Il de :ll1mi tb (1 in tu1t,') i (\ b I'arte prillliti~a tic didlO !lI tlC'1I10 (lile dice-: ",,\.xl. 2J1. L :\ \'otaci,)O Ilf'l',i. .. en:1 L - - ~ - - ~ - " 1:1 CiIHlil,l¡I!lQ rn~ i 1"lIte 111 mif ':.tó qw' C"l.lpr n-tli, 1lI'1" ' ! !lIJj t) con 'll\t' h 11);'1 s )¡il,U,t,¡ la t., ! n. ti., di h) in,'i:-. l, i ... ¡ 1l1,)jll~t,L i fllll,b,h 11\ "i 11 1"\',\' i ,n, ~,l rt ,l\'ia 111l 1;\ t.:,; ,11 tlJ p"'}'~dl) dlL,l\(;ia Ll fu - fl(! , 'h l.', ¡;n t. 1 dl'lll,l \' rifi,',') d~' (> tfl ITlllt'r:l i fu" pn. 1¡,\11,) p(,r \'eint, uuh~ hlllllr.a· (' ,nlra CH ¡tru III '1'11:;- 111\1) l·rtlt'\rllll los Cillll,ulallos LilH i ~l,ji:\. ~,' 1m ,') t'n CJll)isiou el pm)'l!ct) al cilhlaJan J J.\­ml: 1 i 11, /. El mi~mQ cilHI(\.llo.no fijó b s;,;ui('utc propusicio]J qtH' filO mgada: I'J>(, I! ¡"ctllll\:\1 i'lf.mur. 'll\fl el ~('rr{'lt:\lin 11" (;o­Li< JI'n,) )11'I.'S ":110 ni ,Jd~~l!i\'il i milil0- millgl)), Huiz (.Juan :::::'), H.ui/. (~, Tenori'l, Uliw A . i Vel!'/., ~(' II'y6 i 1\}1l'llbú el acta de ¡" scsion anturiul' i se firmó 11\ dd dil\ 20, Durnnla l¡\ ll'ctllrfl. ocuparon sus 8::liento! 109 ciudn­dan[ l!1 Agudelo, lb rnyn, E:strada, ';\larulnml:t i \"e!('!/:, PUl'sto ('11 cono(.:imi~nto de 1/\ Atiluabll'1\ 01 únlt'l\ de'I , (~in, el ciuuarhmo Agllddo Sl'ntó 1,\ Riguicuto 11m­po,':;¡ CHJu: "Alllcs I.!o entrar c!:. el úr.!('[1 del diu, coushl':'rese 11) ";~Uil'lItl': "La COIl ,"~'n cio:l Cvntitl1yente dd E.lallo rcaueI~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. j\ N .\TJE'; rm LA CJOKVEXOroX 5 '"LO Que e1 f':h'Crt.:U\\io ponga en el JibrorcspecLivo, Y Ot.ltl.1S sllcesiva\U{'ntc la submodificacion In 000- tlCR{lU(,S dú ln's dinfl do aprolmdus, i pal";"l. JI] finU I\ del «ificacion i la proposicion prim itivl\, fuoron n~~adas. l:rc;;il~oJlIlt·, la.,; netas do las sc~ioncs de esta Corpora- ,1 qouLinnó Jo. d¡SCll~irn. ~ to de 18 16 I ante:; del.) d I.' ahl'll último," por esta: ~n nulor por Si'j.{llIHh vez pu!'a 8ost('I~erla, el cl utlafluno "DJsdú el 8 do agosto do 1876, h'l~tl\ al G de ahril úl- 13urrcl'{l. l'l'c!am(, ('1 (u'dclI i pidió so ley(''I\~ PQr el 8,'crc- timo inclll'iive." tario !·1 ¡neis'l l." d~l artículo 10.; tIel n gll\llhmt') quo El ciudíul;mo B,lrt\yn. adicionó el pnr6.grnfo de rli­dice: "1.0 sulll~ J¡~ propo"icion para. \'n.ril\r cl órUCIJ df'l I eh!') articulo, ag" 'cg:~ndolo al fin osta" pnlubrils : " homi­dia:" i 11I'>~, No.) pn,lní. h 1bl,,:,s(' mas ti·, un.\ \",¿.'! nCllnmiuuto." "Ell l'~tc c~t:Hl,), el cimtld.mJ ImgllTi la modificó Sll votó es tfL ndicion del ciudadauo Barayn. en vo-as!: Lncion secreta, i fué 1H!g'I\Ua por 16 bolas. negras contra "~II .. pénJ¡lso lo que se dis.::ulo i eon:;idérOi;e lo si- 10 hlancí\s, gnicnt(·: ~ D..: la mism'l. manel'f\ fu6 negada la modificacioo c'~lI~titú.rcsc el arLiculo 53 del Reglt\mento con el ¡ del ciu lhdarn Liuco, pvl' 18 bolas negra!! contra 8 sigllit'nt L> : hlancf\s, '·.\rtlCulo 58. L'\ sC' ... iondl1raní.cuntrohoms CJUC se ~ En Ambas vi1taeioncs fu eron escrutadores los eiu-eontur: í.n d ~> ~,l c Il1s on cl~ hl\8ta ln'J LI'''s de la tarrlc," dadallOS J¡tnunilJo i Delgado, I'w·st,\ c,ta m'lJificncion en con<¡idt'mciOIl lh: la I El eiurladano A.ldana hizo la siguiente proposicion A<;l\mblt,>ll, e\ cillllad \lW P!'('sillente rcwlvió qlll! dl·bia que fuó nlll'obad!\: C,)ll'.'l'·'t·\r", ,,, h iliscl1sion a la part" que cllcnL"za 11\ 1'1'v- "Sup6ndaso In di scusioll do este proy.::cto hasta la llO,jici,m, '11lú diCt': "A-nt\'s dtj cnlrM en el únicn (h.,1 tlia aesi oll clt·1 dia 23 i cite"o n.1 seiior Secrelal'io de Gobier-cv! lsid(rtse lo si~l,i\·lltt' ." no para que concl1rra a ella." l,-.;la part.> fut! \'olada í llen·.lda, El ciudadano Presidente dispuso que por la Secre- :3' auri ,) ~I segun lú tli'bnt: al proyecto de decreto tarín. se hi ciese saber esta prollOSicioll al teüor Secreta­con..: ·(ti l·l1lv indulto, lJl'c\'ia I cclur;~ ud infol'lue de la rio de GobiC'l"Oo, comisioll Ij lle dice: En seguiua 80 di6 lectura a los siguientes documen- "Hul1oraull's Diputados a 111 Convcñeion cons!;itu- tos: yentl' ,IeI K,~ :ldo, l." Al contl'at<'l eelebrndo por olseüor Secretnrio dI) '·El 1)\'·Jyl~ct() prei!entndo en la ses ion de anocho, 11 Gobiel'llo con 01 selior Pedro V. Londoüo para la colo­por .el ht)I~~1'lI b¡e Diputado Ruíz, t'H, en mi opinion.' .con- efLoion de cincuenta. alumno~, por euent~ del E s tn~o , "COIl'nte 1 Justo, Las rilzones qUll en su f;.\\"or uuhlan, en el Colejio que ha. establocldo en esta cLUdad el SOllor est,~n al alcnuco uo tQdo el Uluur.lo; pero los términos Londoiio, en quo se ha presenLado d~bell sur \'nriados pan que I Stl ortlcn6 pOI' la Presid.mcia que pasara en comi­la idea cRnlillll1 que el proyecto enciorra. quede pum i sion n.1 cimladano P osada, coa cnat.ro diru; do t6rmino, sea ~:'I~cralml!'~te accptad,a.. , . para que informe, 1 ur eso, l eo CtllUpllllueoto de la COllllSlOU que I'le 2,0 A una nota (Iel sciíor Presidente do la Asam-mo ba coufiado,?s prol.JOngo: DéS? segundo debato al blea loj idlaLiva dol Estado Soberano de Santandor, fe­] oroY,ltcto ?o'lcet!H:II~l~ mdulto, lenlendo en cltcnt:~, las chada en el SOCOI'I'O ellO Je oetuhro del aüo do 1876, Ul,)ÚI.fi.cac::lU~S 1 adU::lOlles que so presentan en phego troscribienllo una proposicioll aprobada por aquella sep¡ulIdo, ," I Corpomcion "sobre reforllla del articulo 92 dc la Cocs-lIonorablC's DIputados. titucion IlI\CiOllUI"; i PuC'sto en dicusion el articulo 1,° con Ins modifica- 3,° A una nota del mismo, fechada igunltnonto en ciolles introdncidas por In comi~ion, el ciUlh\(lano Rníz el Socon'o, el 30 de setiembre del aüo anterior, tmscri­( Juan ~.) autor del proyecto, agreg6 como finl&l del biC'uuo In proposicion ncorcladn por la Leji::;lnLul'a, en Im.rágrnfo estas po.lnbrns: "i alzamilllllo can caudales la que so dÚo HU voto de nprobaciou al acto lojislati .... o lHJblicos", Qacional que derogó In Ici sobro órflen público de 1867, Dt>sJlues de un largo d(lhate en el cual tomaron la I El ciudadano Presidonte dispuso que so consorv(>n !)alabra los ciudadanos llal'rem., F.strndn, Barayn, Uri- dichas notas paro. que IL Sil deuiuo tiempo sean cocsi­> e A. e lragorri, 01 ciuuadano Uriuc A, fij6 e~l[l. pro- deradas pOl' la Convencion. llOsicion: Se hizo por cl ciudaclnuo Daraya esta proposicion "Suspl!ndasela discnsion do esto proyecto de lei i que fué aprobada: J1úmbl'eRe por fa COD\'f'ndon UUlL comision compuesta "La Com'encion Constituyente asumo el carácter de dos de sus miembros lmm que informe denLro dol de Asamblea Leji slnti\'n para. oeupnrse de los nsuntos t6rmino de quince di,ls acere:, del número. de .inr.li\'i- que son propios de esta Asn'?t;I~a." .. duos que cIeLon ser comprcndlllolS en ulla lel de wdulto El ciudadallo Aldalla solIcltu que so htCIOra con!- concedida. por 16 Const.ituyente", tnr su \'oto negativo. Puestf'. en <1iscusion fué modificada 1'01' el ciududa- Se nprúw la pl'opo~ioion hecha por. el ciudadano uo AguJelo en E'alos t6rminos: Ruiz Quintero) conceblUl\ en estos térffimos: "Suspéndase 11\ discl1sion de esle proyecto de leiJ i "Póngase on disc uS¡Ol~ In prop~sicion introducida. n6mbl'cse por In Con\'enciou unn. comisivll cOlUpnesta do por el ciudadano Irngorn eu la pnmora hora de osta. dos llc sus lllicmbros7 pnra que dentro del término de acsion", s~is dias llfopons" lo coo\'enic:nle ell el asunto," En conseouencia se somelió a discusion i se a~robó; En scguiut\ fne Bulllnodificruln por d ciudadano poro habi endo solicitado el cilluadnno Delga~o n lec­Londoiio) sU~'rimiüudolc esta f'l'a::ic: "por la Com'cn- tllra dol articulo 241 del Heglam?nto, e! CIUdadano cion" i cmubinndo la que dico "do dos r.1~ sus miem. Presideote dispuso quo eo )¡~ prú"ama S0810n so lo dé bl'OS", por esla: cede dos wiembros do la Couvencioa", ~ segundo dcbate o. In pr01)OS10100 CltlldR. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. G .\~~LES DE L.\. CO~YE"(,l()0!. El ciudadano l\Inchado puso ('n manos d.·l eitl!H.\dn­no l'rt..' .. idente un proyecto ¡jo lei "cuucedieuuo un rtll­silio," ::-ií'udo lns dos i Illcd if\ de tn tanle ('1 cindntllll)o Presidente levantó In. ~'~ion, ]~I Presidente, M,u;ut:1. UIHi3t: A.-EI Secrotnrio, lsidvro Silva, SE~ ) ON DF.L DL\ 23 DE .\GOSTO DE 1877. I'RE~tDt;)<;Cl_\ l,t:L CllliltJ.\'\O t;I:IlJl: .1. A las diez i mt·din. dI! la m:utrllH\ :;;e Humó la li h do1(¡s DiJHlt,ulos i cnnl!,.,lnrOtl a ella ¡\)s ciuJa,lnllos Agmll'lo, Earnya, Rllrt't'm, D"I!!'\d,\, I mg-"ni, Lim'l" l\Iat'ulaodstó que lo hacia por llaber pcrtenecido ni .Ejé rcito dt'l Hur, al cua.l se refie­ren los honorps sobre que '-CI SIl el proyecto. f:.e pa:-;ó en comi~ion al ciullndnuo Llano para su exálDen i pa­ra. que prC8ente el respectivo informe para segundo dc­ba. to, Continuó el órden del dia., i, en tal virtud, se leye­ron los siguientes document os: 1,° La nota del CittdluJano Presid ente pro\'i ¡;ional del EstnJo, en la que acusn. recibo de la que se le di­rijjó con fL'Cha 20 dd presente. número 3, :E:I Ciudadano rresideute tlisllUSO queestasearchi­ve i que una i otra sean lJUbHcul as ('n el periódico ofi­cial. 2.° Se repitió la lectura. elo las notas dírijidns por el Presidente dt, la Asamhlea L ej islntiva. del Estado Ro­berano de Santander, que se mencionan en el lleta anteM rior, El sei'ior Presidente dispuso que se acuse recibo do ellas i se manifieste que In Uon"encion soocupnní. opor­tunamente do reso¡""cr soure 6':.\ contenido, para lo cual se conscrraráu cuidadosnmente en el arehi\,o de la Se· crctaria, El Ciudadano T enorio reclamó de la resolucion de lo. Pres idencia) para fijar la proposicion siguicntl': c1Al'ch¡vese indefinidameute la. nota. del rn'sidente de la Asamb!l'a L ('j islatim del F,¡.;tado Sobel'Iu10 de Sllntlllld(>r, de 10 dI! octubre de 1876, i déso la contes­tncion lUanifestando quo la Asamhlea, con profunda pena, no accedió a In solicitud de aquello. Honornblc COl'porncio:l." rÚSO!le ('sta en dibcusion i en seguida el Ciudadano Rcstn'po Benigno prOI,t1~o: "Sn,¡¡,élldaso 11\ ,ti clt!lioll de esta. pr'\pos i,:i J!l 1 eoo­sid6rl'sc In. que sigue : "p,\S \., 11,)11\ cl\' r¡I1C so tmh n !lila l' 1I 1'111 nombr,uL\ l'0l" J;\ PII !! I!': '1'\\' ~~. 11'11\ 1\ jtlo, 1 r, t~s tl(' la L, ;ishtlll"a tI ,1 1~~I\d(j:-) lh I III " ular.- rHfien' [l~\ ."11 en cumjsioll a ¡"s C¡lill.~,I!\Il')8 L iL)~ ce i 1\1, jh J" \\11:\, i 11\ fJlr;~ n. "'s l'illll ~d,IU'JS ,Jamlllill) " ImgulTi~ n fin tll' ' PII' d" IlÍlo de h'r, ']'o) dh ¡o)', ~ 'nlt'U lus pl'n.Y"d"s til' 1'l'1'"IIlt'i( Il 'Itl, jll¡;';UV!l {' nl't'ni 111,,;, El C'in.k¡,l:Luu )indlndn solicitó el 11 l d\ la 1.'d,l­bra i dCI't},;i!" /'n m:lllm¡ dl'] ('illliluhllfl PI' i,1 IH , pn­r, l ftUl' se Il' de (,1 (,lHIÓ') rl',glam"nta!Í'\, Illl 1'1',". ,t,) ,lt, lei "D~n'A:al1dtl I¡~ l 3.t ue !J de n~l)sto dl,1S(j~, • "lIsCl'i­t ,) pt.r el Ciu,la,]an,) {lile lo pre~t ut ó i pOI' l o~ D,PlItu­dos Jnn\lni lln i )!t',iH\ Jf. I 3. 0 Un IU l'tnorial (1\10 \'arios ]'('clllsQB dilij, n f1. 1t~ COll\'ellcj 'lIl K"lil'itamlo se lt,~ rebaje 11\ llt'ua a '111ú hall ¡;ido eO:Hlctl:Hloli. Se re:;olviú nor In Pl'csí,lenein sn<;lH'ntlt'r In ctll'si J!~ ­racion de ('I lrls't 'l que se .,. pa el rcsultl\do dtl proyectil que eU I',;!l aetmalmcnlo f>ollre iudulto, 4,0 Una nota d,·1 Cimladall) ,Jel\(,1':l1 ~Iar.\I1'1 X;l­\' arrNe ('11 qlle mllnilil'stn 'lile le (!s impo!.ihle t'oneu­nir a las s~'siolH'!I do 111 Conv('ucion (>11 lo¡,J pl'imNos di,\s; pero Cllll' lo hIU{L Inn pronto como df's l1l'ar('zellu los iuconH'llil'ntl's que hoi ti{'ne, Cou bl 1IJ0th'o el Ciudaun.no Ruiz Qllil;h'rv hizq la eigllientc propo~i c i o n: "Gollcédc,se 1\1 sl'ñur Mnnud N!1vllrr. 't! ~ I J~ li('<'ncjo. que solicita pam no concurri r n las SI'SiOllt'!I de la Con­" cncion pOI' el tit:lllpo que el juzgue COIl\'dlit'nte," A prolmua que fué, el CiuducJnno Presidente dispu­so que se le comullicase esta resolucioll al sellor Jcne­mi Na"nrr('te 5,° 1.a nota del s(>ñor Preside~te de la Sociedad de­mocrática de Sopl:hnll, f 1:1 reuunciA 1']110 hace el IOr .\\'elillo Góll]ez ~Id 11l'"tiuo <1(' Fiscnl uel eh '!lito JI.' ~:lntn.­R Oi"n." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -----------------A-N-A-T-iE-R- DE Y,A CONV¡';-;-"( TO'f. 7 1'0 ... Ia n lli'lClIl';iou, fuó modificadn por (,1 eiudn­~ 1:11l,1 Ira,.!;. ¡ti a~l: '·Pa.-{·",' In Ilota del seiinr 1;"j",c.l1 0(,1 Circúito de H:\llll-1~,~~\ al !!'iior Sccrl'I!\l io icillll nutcriúL 1:11 ¡·sl .. " ¡n"I111'ntml l'l" pn>$('nt{, ('1 ciluladnno PI'­liro n "ln'pI) U. a O{;lIprn ('1 pue.;;tn 'lIJo' k COITPsponfh, t'll 1 \ A~;\lllhl("l, ('omo ~lIpll'ntej i el ciudadano rr .. si­¡ lo-n{¡' 11' ¡'xiiit'J i n cibió eljnmmento constitucionnl d.., (\ J Q/")rr '~p I!ul,~ rcs\);\'cr aCl'l"(',\ d{' l'1l0~. para Jo c1I.11 di(, 1111 \ It'\·" infurrn .... sobre';\I cI,ntenido. 'l'ltlll­bien pr.. "'1'11 \ ,j el i n :~)rme del "eiinr Secro'tario Ile ti' Olll t'll- 10; i b,('U~Ú :.1 t','ilor Secretario de' llnein'ld:l por no hall·r 1·n. .... \lin aún {'I inf,'rme de e>lliln, l~ ("lOcecllcncin. dI' h·leer mai pn('C) tiempo que e(' ha l'n ·PI¡..;:n,¡,) Jl'l J)cs- 1 ·ho. i m.lllifl'st:\n·.lo que dCIl~ro dI;: 1 ,co. ., ; dias llcua­r.~ e~t" li,.JJf>:. R" abrió d f;egullll0 d ebate dd prnyC'cto de lo.:i 50- hre intl111to. L ,i,j . .., ,·1 infnrtnc ,le la eomision, ,<;r' pll .,) ('11 con~i­tio.' r:l.ci oll dl' la A~(\\Ublea el arlÍculo J . mOllificado por 1.\ COll!isjulJ. El <;ciiol' hccrctnrio ,le UoLil'rno d<:¡'IISO d!'tcnidn- I llIf'nh~ los eoncC'ptos del Poder EjeellLi\"o saorl' este asutlto i 50 n·tirÓ. El Cimhdaii<) Rní? Ql1inlero n,lici<)1\ó el arllcule) a~r('~¡í[}dole al lindd paragrnfoest!ls pnlahras: "ral ... ifi­cacion, hurto e11ya cuantía puse de n,.'inticiuco p('so __ , Ilf'ri¡Ja~ en ritill., hurto i IOt\IVCJ·SUDiou :\ hni. Art, 3." La Convcneíon procedCl'á a nombrar hoi mismo, pOI' llIayol'íft al.Holub de \-oto~, el Pre­sidente oel Estaoo, quien 1;C eneargar{L inmedia­tam ente dcl Podul' Ejecutivo, intel'in se posesio­na ülqlle haya. dc nombrar':ie a virtud dc la. Cons­tiLucion quc va.n. e:-;pe-jü·sc. .A.l't. L° Los demas funcionarios en los De­parbLlllonLos de Gobicl'llo, continuarán ejercien­uo hasta que Cüsell en sus fUlleiones por ministe­rio de I:\s disposicion.~s vijeutos o de las que van a cspedirse por la Con\'cncioll. Art. 5·° La elcccion para Presidente de la Union, se hará. por In. COllveneion el primor do­mingo de setiembre entrante. Pill'agrn.fo. La presente Iei será publicada hoi mí!)U10 en la. capitnl del E :;tado í se comunicará sin dctencion a los dist1'itos. Dado en l\Icdclliu, a 20 de agosto de lSiT. E..l Presidente, MANUEL UItIIlJ<: A.-EI l,cr Vi­ccpl'csidcntcr Josí~ j'\L~RíA BAHA.{A.-Et 2.0 Vicc­El Ciudauano Yélez lomó la plllabl'll. para pro po- prcsidcnlc,'TEODOMIltO Lr.ANO.-, El Diputa.do, Ave­ner; pero habiendo introducido un artículo nuevo, st' n'soldó que era inaceptablo reglamentariamente, pOI lillo Agudelo.-EI Diputado, n. Alt/ana.-EL Di­no C.'llar volad" aún la modificacioll anterior. Igual putado, Manuel deJo Barl'cl'lt.-Ei Diputado, Jor- Rllcrte tuvo h lllodificncioD proJ,uesta. por el Cindndn- E. no Hcstrupo Dunigno. l/e E. Dclgetdo.-El Diputado, Pcd,'o D. '8tr~da .- En volnciOll secreta'flló ncgadl\ In OIodificacion por El Dipntado, Fernundo IragoJ'l'i.-EI Diputado, ·diez i nwve Lulas negras i ocho Llancas que cscrutn- Súnto8 ,Taramillo J.-El Diputado, Lázaro P. Lill-ron los Ciuuadanos Machado i Aguuelo. ce.-EI Diputauo,-Tulln B.Lo/llloi/'o,- EI Diputado, El Ciudadano i\lejía propuso: BI'aulio ..llI uclwdo,-EI Diputado, Antonio Jlfclldoza,- '~KlI~pl'rl!laso la discusion lle este proyecto i Vllolm El Diputado, All'jwllll'O J1ejút.-E I Diputado, Au­n la ce,mi:·;jon de revision pnra que f"Sln lo modiuqu{', si ~o u;tilll'\ cOlwcnicnte, en el sentido ~Ie las argumenta- Teliluv} Posada.-EI Diputado, Eemf¡no R C.'ib·cpo S.­- cion,:!! aduciJas en t'!'ta discusioo." El Di putado, 11lllctlccio Rcs{rcpo.-EI Diputado, Ro leyó el informe doJa comisiou 1\ CTOR, )lAIH¡EL DB 1, B.\ItlIBR4
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 1

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional - N. 18

Anales de la Asamblea Nacional - N. 18

Por: | Fecha: 04/05/1905

lU!PUBLiCA DÉ COLOMBiA' -e r-· ANALES "' OH LA. ASAMBLEA NACIONAL Kerie 1 Bogotá, Mayo 4 de 1905 Número 18 · OON"TElNX::oC::> milítares del Ejército Nacional ó de las fuerzas Págs. 'revolucionarias, durante la guerra pasada, si se hu bieren hallado en la fecha dp su perpetración, 137 en servicio activo ó en comisión militar. Ado legislativo námero 6, p'or el cual se sustituye el artículo 32 ele la Constituci6n nacional .... . ... ...... .. . oo.. • • ' . ' . .... .. , . ... .. n6m,:ro 26 de 1905, por h cual se reforman algoolUl dü posicio-nea del C6digo Militar • • . .... _ . ..... . ... . ... .. ~ ••• oo. o .. . Ley Iltlmero 21 de )906, por lit cual se cOllcelle Uila autorizaciÓn ¡ti Poder Ejecutivo ... . o 0_" ...... . • .. .. ...... . .. . .. .. . ... .. .. . ... . . Ley ntilllero 28 de 1905, 'IIobre CléditQS atl~ cionl\le:, pua h vigenci fl econ6mica de 1905 á 1906 .. .... .... .. . . .. .. ~ : . ... .... . . ... . . .. A~ta de la sesi6n del dh 7 de Abril de 1905 .. oo ... .. . .. ... .... ___ . Proyecto de Ley sob. e pensioncll civile8 y jubil"ciónel! .. ... ~ . . . .. Proyecto de ley en relación con el culto católico y la ~)ellefi c en ci a" ... Proyecto de ley por Ja ,cual se prorroga la vigencia de los P resup ues-tos nltcionales (lorre8pondie~ tes al bienio de 1901 Y 1902 hasta el 31 de Diciembre de 1905· ...... ... ... ;.; ..... . ..... .. ... ........ . N otaa y telegrarnall... . ... .. . .. . .. .., ... ... oo ..... , .. . . . . ... . . .. . . . .... . . .. oo ACTO' LEGISLATIVO' NUMERO 6 por el cual se lustit!lye el Artículo 32 ¡le la Constituci6n N aci .l llnl. Art. 2.° Los delitos de. que trata el ArMcu 138 '10 1.0 serán juzgados poi' Consejos de Gúerra ordi­narios . I de Oficiales Generales, en el · lugar que ~~~ determine el Ministerio dA GnelTa y de acuerdo 141 c?n .las formalidades prescl'itas por el Código Mi- 142 IItal'. 187 P1lrágl'afo. En consecuencia, cesará todo pl:oce. 142 d' . 142 . 1mIento en los juicios que se sigan ante los jueces y Tribunales ordinarios por tales delitos, y los expedientes respectivos pasarán á la oficina que designe dicho Ministerio, para que se les "Ié el La Asamblla Nacional (}onstitu'!le.nf,e y Leg-islativo. curso que les corl'esponda. ' Art. 3.° Los indivi(luos que bubiel'en sido DEORETA: juzgados pOlo deiitos comunes, políticos ó militares Artículo único. En tiempo de paz nadie podl'á cometidos durante la última guerra, tendrán del'€­s~ r rn~ivado de su propiedad, en todo ni en parte, cho á que se Jes juzgue de nuevo, Ri ellos lo soli­sino en los casos siguientes, cOll arreglo á leyeF! citan, ó á pedimento de cualquier cluda.dano en expresas: caso de que éstos no 10 hicieren, por la jUl'isdic- Por contribución gelH~l'AI; ción militar competente, nunqne bubiel'en sido Por motivos de 'tltilidad pública, definidos por condenados y aunque los _respectivos juicios ó su· el legislador, pl'evia i'ndemnizllcióu, salvo el caso marios se hallen pendientes ante lo~ jueces 'co, de la apel'turR y construcción do vías (le comuni- munes. cación, en el cual se supone que el beneficio que Art. 4,° La sentencia de un C\)nsejo de Gue· derivan los predios atravesados es eqüivalente al rra será consultada con el General ó Coman­precio de la faja de tei'reno necesaria para la vía; dante en Jefe respectivo, y confirmada, reformada pero si se comprohare que vale más dicha faja, la ó revocada pOJ ' el Presiden-te de la República, el diferencia será pagada. -cual únicamente puede mandarla ejecutar bajo su Dada en Bogotá, á cuatro de Abril de mil no- responsabilidad. . vecientos cinco. Parágrafo. El Presid.ente de la República pue- El Presidente, ENRIQUE RESTREPO, GAROfA: de delegar la facultad que le confiere el artículo ,anterior á los Jefes de Ejército respectivo, salvo el El Secretario, Luls Felipe Angulo. caso de pena de muer'te, del cual s6lo conocerá el Poder EjeouUvo- Bogotrí, Abril 5 de 1905.­Pqbliquese y ejecútese. R. REYES. El Ministro de Gobie'r'no, BONJ FAOIO VELEZ. -"'.f- LEY NUMERO 26 DE 1905 por la cual se rét'orman algunas disposiciones del C6digo Militar ~ Asamblea Naoional Oónstituyente y Legi8lativa DEORETA: :Art. 1.° 80n-de competencia de las autori­eB~' nlilitares los delitos comunes cometidos por Presidente de la Repúblic¿t. Art. 5.° .Quedan reformados los Artículos 1,360, 1,365, 1,366, 1,533 Y 1,673 ', lel Código Militar. Dada en Bogotá, á diez y siete de Abril de mil novecien tos cinco. ~~l Presidente, ENRIQUE. RESTREPO GARctA. Fl Secretario, Rafael' Espinosa G. Podm' Ejec'u,tivo-Qogotá A.bril 23 de 1905. Publíquese y ejecútese. R. REYES .. : El Ministro de Guerra, D. A. DE CASTRO.' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 138 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL LEY NUMERO .27 DE 1905 ... llor la cual se concede una autoriuci6n al Poder Ejecutivo • . La. A.8amblea Naoiona,l (/onstituyente y Lf!-gJ~s.{ativa - ~ , 1905 Á 1906--MINISTERIO DE GOBIERNO DEPARTAMENTO DE POLíTIOA INTERIOR­aapít~ tlo B.o-Material d~ varia.s· Oficinas. OONSIDERANDO : Poder Ejecutivo Nacional. Qlle para impulsar las vías féneas en el p~ís es necesario que el Gobierno pueda, como mejor con­venga, ci.~mpral· los fenocalTiles existentes' y ven· del' 6 hipotecar los que la Nación posea, y que hay necesidad dt~ que el Gobierno pueda fomentar Art. 21. Para, útiles de escritorio en el Despacho del Presidente de la Re-pública ..... - ......... $ 240 . § 2. o Parasosteñimien. to de los caballos y re· - las industrias fabriles en -el pa-ís~ bien su bvencio­paración del coche del nándola-s ó tomando acciones en ellas, Presidente de la Repú- 'blica ......••......... ISO 420 DEORÉTA: Art. 1.0 Autorizase al Poder Ejecutivo para vender ó hipotecar, como mejor convenga y con el fin de desarrollar las vías fél'reas, los ferrocarriles de propie~ad de la Nación ó de Jos Departamen­tos, procediendo en este último caso de acuerdo con ellos. Art. 2.0 Facúltase al Poder' Ejecutivo para com­prar con igual fin los ferrocarriles existentes en el pais. ' . Consejo de Estado. Art. 22 . .. Para útiles de escritorio yalumbra­do del Oonsejo de Es tado ...••••• _ ••••.••.. Ministerio de Gobierno. Art. 23. Para útiles de escritorio y alumbra~ do del Ministerio ...•.. SO 1,000 1,0SO. Art. 3.°' Facúltase al Gobi~rno para fomentar' las fábricas de tejidos, de refinería de azúcar' y cualesquiera otras industrias que á su juicio se encuentren en estado de ser impulsadas con pro- Oapítulo 10-Gastos varios. vecho. . Art. 25. Para gastos de personal y ma­terialde la Imprenta Nacional .. $ 30,000 Art. 27. Para gastos imprevis- . Este auxilio puede S,el' de su bvenciones directas en dinero, 6 tomando accipneil, ó garantizando un interés sobre el capital invertido ú utor'gnndú pli mas, de ~xportación á sus productos. tos del Ministerio de Gobierno. . 1,000 Art. 30. Para levantar el ceno so general de la República (Ley S'. a de 1904) ... _ ~ . _ . . . . . . . . . . . 5,000 Dada en Bogotá, á diez y ócho de A bril de mil novecientos cinco. .... DEPARTAMENTO DE CORREOS Y TE­LÉGRAFOS El Presideote, E 1 Secretario, ... Capítulo 11-Gastos generales. ENRIQUE RESTREPO G AROfA. Arto 39. Para devolver á los JJaniel Rub'l'o Pa'l'i8 destinatarios de encomiendas que se extravían estando bajo la ga- Poder Bjeóutlvo - -Bw¡otá, Ab1'il 22 de 1905. . rantia del Gobierno y mientras se practican las diligencias judi­ciales conducentes para obtener Publíquese y ejecútese. el que sea reintegrado su valor El Ministro de Obras Públicas, H,. REYES. por el enlpleado Ó agente que re­sulte responsable, hasta. " .... $5 MODESTO GAKOÉS. --*-- LEY NUMERO 28 DE 1905 DEPARTAMEMTO DE JUSTICIA Capít'lJ,lo 13-Poder Judicial y Ministerio Público. \ sobre crtiditos adicionales para la vigencia eeon6micn de 1905 á 1906. Corte Suprema de Justicia. La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa . Al't. 41. Para gastos de es- CONSIDERANDO: critorio y alUlnbrado de la Oor- 509. Que v~ria~ partidas-fijadas en la liquidación de te Suprema de Justicia........ 40 los Presupuestos '. nacionales pal'a el bienio econó Tribunales, Juzgados Superiores mico ~~ 1905·á 1906 son del todo' insuficiente~, y de Circuito , DECRETA: ¡ Art. 4·2. Para gastos de 'mate· Artículo único_ Abrense al Poder Ejecutivo los \ rial y arrendamiento de estas siguientes créditos adicionales que afecten el Pre- Oficinas............ .......... 5,000 supuesto de .Gastos de 1~05 á 1906, .con la siguien - te imputación: . Pasan ................. $ 1,500 86,000 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES JYE LA ASAMBLEA NACIONAL 139 Vienen ...•............ $ Procuraduría general de la Nación Art, 43. Para útiles de escri· tcorio de la Procuraduría general dEe la Nación. •. . ............ , Fiscalías. 40 43,040 la Secretaría y tIel orden del día de la. COI'pol'a. ción, entró á considel':lr en tercer oebate el pro­yecto de ley sobre "llsignaciones de :dgllOOS eru pleados nacionales." Sin observación-alguna fue aprobado, y]a Asam .• blea expresó Sil voluntad de que el proyecto I'Hsa fa á ser ley de la República. 11 Los Sres. Ministros de Ifacienda y de Rel~wip­nes Exteriores presentaron res¡..>ectivamente los Art. 44. Para útiles de escri· tcorio, arrendamiento de locales, ettc., de las Fiscalías de los Tri· b unales, Juzgados Superiores y Jtuzgados de Circuito ...... , .. . 1 Oapitulo ~1-Gastos varios de Justicia. 200 proyectos de ley" sobre asuntos fiscales y mOIl(·ta· 240 ríos"'y el de ley "pOI' la cual se concede una pensión." El Diputado Sr. Carvajal Valencia propuso lo siguiente, en lo cual convino la Asamblea: Art. 197. Para los gastos que occasionen los establecimientos de c8astigo de los Departamentos, en personal y material, con excep-ci ¡ón del de Cundillamarca ..... . 1,000 " Altérese el orden del día y dése primer debate á los proyectos de ley' sobre asuntos fiscales y mo­netarios' y , pOto III cual se concede una pensión,' pl'es ntados pOI' los -'res. Ministros de Hacienda 1,000 Y de Relaciones gxt~l'iol'es) le" pecti vmnente." Abierto en consecuencia el primel' (lebate del pl'oyecto "sohl'e asuntos fiscales y monetarios," fue aprobado sin observación a1guna y pasó al estudio Art. 198. Para atendel' al pago q\ue demande el servicio del Pa· n<óptico de la capital de la Repú· bllica, inclusive el sueldo del Ca· del Diputado Sr. Restl'epo Gal'cía, con término de p~eJ1án . . . • . . . . . . . . . . . . . . .. . . .. 100,000 3 días. Art. 199. Para continuar la olbra del Panóptico de Bogotá, hasta ....................... . POI' 16 balotas blancas y 7 negras escrn tadas por los Sres. !-Ierrera Luciano y Delgado, se npt'o· 8,000 108,000 bó en primel' debate el proyecto de ley .c por la cual -------- se concede una pensióu de $ 100 oro mensuales á Total de los tres Departamell- la ~ra. viuda é hijos del Dr . .Ricardo Becerra." toos ............ .... . , . . . . .. . . 152,280 Debe informal' pura segundo debate, con el mismo Dada en Bogotá, á. catoree de Abril de mil no. término que el anterior, el Diputado S1·. I-Ienera v€ecientos cinco. I Luciano. El Presidente, La Presidencia dispuso que se publicara iume El Secretario, ENRIQUE RESTREPO GARCíA. diatamente en hoja volante el primero de estos proyectos, por haberlo solicitado así algunos de Daniel Rubio Pa-rís. los señores Diputados. Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril1d~ de 1905. Publiquese y ejecútese. H. REYES. El Ministro de Hacienda y r¡'esoro, PEDRO AN'l'ONIO MOLINA. -*~..-- ACTA DE LA SESIÓN DEL utA 7 DE ABRIL DE 1905 (Presidencia del Diputado Restt"epo Garcfa). 1 Con el quorum l'equel'ido, el 81'. President.e de­charó abierta la sesión á la 1 y 30 minutos de la talrde. Previamente excusados dejaron de concurrir á {ella los Diputados Sres. Angulo Fernando y Ji· m énez Dionisio. Impuesta la Asamblea del curso dado por la P residencia á los negocios entrados en la fecha á III ~Jl Secretario dio en seguida lectura á los men­sajes con que el Sr. Presidente de la República devolviú saucionadas las siguientes leyes de este año: La número 5, ,\ pOl-Ia cual se aprueban vados De· cretos de carácter legislativo dictados por el ór­gano del Ministerio de Gobierno." La número 6, " por la cual se ratifican algunos DecI'etos de carácter legislativo que han tenido origen en el lVlinistel'io de Obras Públicas." La número 7, " por la cual se da cumplimiento á la Ley 26 de 1898 (8 de Noviembre) que ordena la erección de un monumento." La número 9, " por la cual se incluye á los esta· blecimientos de instt'ucción pública y de beneficen· cia en las concesiones hechas por la Ley 29 de 1904 (15 de Noviembre)." La número 10, "por la cual se autoriza al Gobiel' no para adquirir una casa destinada á servir de residencia al Represelltante de la Santa Sede;" y # Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 140 ANALES DE' LA ASAMBLEA NACIONAL El acto legislativo "por el cual se sustituye el artículo 32 de la Constitución nacional." IV Se discutió y aprobó en primer debate el pro· yecto de ley u sobre reconocimiento y pago de cré­ditos de militares en servicio por exacciones en la última guerra/' originario del Ministerio de Hacien­da. Pasó al estudio de la Comisión del Tesoro y Cuentas, con término de 3 días. V Leído el informe de la Comisión de Obras Pú­blicas y Beneficencia relativo al proyecto de ley H por la cual se aprueba un contrato," se abrió el segundo debate de este proyecto. En discusión el artículo 1.0, los Sres. Quijano Wallis, Mal'tínez Sil va é I nsignarcs propusieron lo siguiente, que se aprobó: " Suspéndase In discusi6n de este proyecto en 2.° deoate y cítese para continuarla al Sr. Ministro de Obras Públicas." VI Previa lectura del informe co que fue devuel· to por el Diputado Dr. Gutiérrez Arango, se abl'ió el sesando debate del proyecto de ley h por la cual se dIctan algunas disposiciones sobre Escuelas normales. ') En discusi6n los artículos 1.0 y 2.° modificados por )a Comisión, fueron aprobados y adoptados. Están redactados así: "Art. 1.0 Del pl'óximo año escolar en adelante el Gobierno organizará en la capital de]n Repú­hlica una Escuela Normal superior de varones, con becas que se distribuirán entre los Departamentos en proporción de uua por cada 50,000 habitantes, y que serán adjudicadas por los Consejos de Go· bierno de los respectivos Departamentos. "~La proporción de una beca por cada 50,000 ha· bitantes puede ser modificada con el objeto de aumentar el número de ellas, cuando el }i~jecutivo 10 juzgare conveniente. " Art. 2. 0 U na vez creada la Escuela NOl'mal su· pedor de varones, sólo serán de cargo de ]a Nación en los Departamentos las Escuelas Normales de mujeres, las cuales organizará el Gobierno en las capitales departamentales que estime conveniente, consultando las ªondiciones de clima, de elementos instruccionistas y de centros de población. Pero los locales en que funcionen esta3 Escuelas seráll de cargo de los Departamentos. " Para la provisión de las becas en el año escolar próximo, los Gobernadores de los Departamentos en donde haya Escuelas Normales costeadas por la Nación tendrán en cuenta las aptitudes de los alumnos que ya hubieren ganado parte de ]os cur­sos, y serán preferidos entre éstos los que estuvie· ren más avanzados y presenten mejores certifica­dos, en caso que el Depal'tamento no resolviere seguir costeando la respectiva Escuela Normal coro sus propios fondos." Igualmente se aprobaron el artículo 3.° original" el nuevo propuesto por la Comisión para despué del anterior, y el último origina), que dice: "Art. 2.° Las disposiciones anteriores no se opo nen á que los Departamentos que estén en capaci­dad de hacerlo funden sus Escuelas Normalt:'s d~ varones, ó ias de mujeres aquéllos en }ús cl1aleSJ no se organizaren por 'cuenta de la Nación. Per tanto las unas como las otras se regirán por los re· glamentos de las nacionales, y el Gobierno ejercerá en ellas la su prerna vigilancia é inspección. " Artículo nuevo. Para provisión de cátedras en la Escuela Normal el Gobierno preferirá, siendo unns rnismaR las condiciones de idoneidad, á los profesores colombianos. "Art. 4.° Quedan en estos términos reformados los artículos 13 y 14 de la Ley 39 de 1903." Tel minada la discusión sob¡'e la parte (lispositi. va, se leyó y aprobó el título. Cerrado ~l segundo debate, la Asamblea expresó su voluntad de que pasara á tercero el proyecto. VII El Diputado Dr. Quijano Wallis propuso lo si guiente, que se aprobó: " Cítese al Sr. Ministro de Hacienda para la se· sión de Inafinna, á fin de que asista á la discusión del proyecto de ley sobre Bancos hipotecarios." Acto continuo el Diputado Dr. Carvajal Va· lencia suscl'Íbió esta otra moción que fue también aprobada por la Asamblea: " Cítese al Sr. Millistro de Gobierno para la se· sión de mafianli, con el objeto de que concurra á la discusión del proyecto de ley sobre ti ivisión te­rritorial. VIII El Diputado Cuervo Mál'quez presentó, con des · tino .á la Comisión que estudia el proyecto sobl'e división territorial, val'io~ telegramas que le han llegado á In Diputación poI' Santander, referentes al proyecto sobre división de aquel Departamento, y pidió se dejara constancia de que todos los que se habían recibido, tanto favorables como adversos al proyecto, habían sido entregados á 11\ Comisión citada. Por úl timo, leído el informe favorable de ]a Co­misión de Obras Públicas y Beneficencia, relativo al proyecto de ley "por la cual se concede una pensión vitalicia de jubilaci6n," se abrió el segun­do debate de este proyecto. Púsose en discusión el artículo único, que dice: "Artículo único. Reconócense los importantes servicios que en el Ramo telegráfico ha prestado al país la Srita. D.a Enriqueta Gonzalez Borda por el espacio de treinta y cuatro años, y se le concede una pensión vitalicia de jubilación de $ 25 oro mensua· les, que se imputarán al Departamento de Pensiones Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 141 del respectivo Presupuesto de gastos nacionales de cada vigencia." Sometido á votación secreta y verificada ésta, Jos t-scrutadores Sres. Insignares y Ceballo informa­ron que había sido negado por 15 halotas negras con tra 9 blancas. En tal virtud ]a Presidencia declaró virtual­tlle~ te negados el preámbulo y el título. Como el Secretario informara que se hallaba agotRdo el orden del día, el Sr. Presidente levautó la sesión. Eran las 3 y 5 minutos de la tarde. En el curso de ella fuelou devueltos cou los in· formeR reglamentarios los siguientes proyectos: POI' el Diputado Uribe Toledo, ell nombre de la Comisi6n respectiva, el u sobre división general de tenitol'io "; y Por el l)ipu tado Ur. Quijano -\Vallie, el " (101' la eual se fomenta el establecimiento de Bancus hi­potecario ." .EI Pl'esident;e, ENRIQUE R ES'l'REPO GARCÍA El Secretario, Luis Felipe Angulo -+- PROYEC'rO DE LEY r.obre pen siones civile .. y jubilac inne ~ La A 8amblea Nacional de Colornbia DEORETA: Art. 1.0 Lo Magi8tl'ado pl'incipalc de la COt'· te Suprema <.le Justicia mayore de e euta años que no fueren nombrados con aquel carácter para el período que principia elLo de Mayo del co· rriente año gozarán de una pensión vitalicia de ochenta pesos oro ($ 80) mensuales, que se con· siderarán incluidos en ell'espectivo Pl'e~LJ puesto de gastos nacionales de cada vigencia. Al't. 2.° Los empleados civiles que hayan des­empeñado destinos públicos pot' tl'einta años ten­drán clel'echo como pensión de jubilación á la mitad del sueldo del último empleo que hubieren ejercido. Art. 3.° Para gozar de e~ta gracia deberán como probar lo siguiente: 1.0 Que en los destinos que han desempeñ'ado se han conducido con honradez y consagración; 2.° Que carecen de medios de su bsistencia ; 3.0 Que no han recibido pensión ó recompensa ni están en el goce de ella; 4.° Que observan buena cunducta; 5.0 Que han cu mplido sesenta años; y 6. o Que como empleados de manejo est.án á paz y sal vo con el Tesoro nacional. Parágrafo. Las pruebas consistirán en docu meno tos auténticos y declaraciones de cinco testigos idóneos recibidas ante un Juez de Circuito, con citación del respectivo Agente oel Ministerio Público. Art. 4.° Los servicios que puedan justificar una pensión {) jubilación podrán contarse desde cual· quiera época Huteriol' á la presente Ley. Art. 5.° Para completar los treinta arios d~ ser· vicio requeridos por el artículo 2.0 podrán 19uaJ. mente comput~H'8e servici08 prestados en diversas épocas y en distintos ramos civiles. . . Art. 6.° Las hij?s y ui.etas de empleados c~vlles de la IndependencIa naclOnal que ror adhes.l~n á estn sufrieron confiscaci6n de sus bIenes;, prISIÓn, destierro, muerte ó cualquiera de estos males, ten· dr'án derecho á la pensión señalada en el artículu 4.° de la Ley l49 de 1896, siempre que observen buena cond lleta y se hallen solteras ó viudas y en suma !,obreza. Parágrllfo. Para los efectos de e ta concesión lo padres ó abuelos de 10 agraciados se cODsi~e­rarán asimilado á COl'onclc. del Ejército nacIO· nal ; se tend)'á por peri( do e la ndepcndencia el tiempo tl't nscurrido d 1810 1821 inclusive, y se presentarán las pruebas que exige la citada Ley 149. Art. 7.° La demanda y pruebas eobrt" jubilacio­nes se present.arán ante la Corte Suprema de J us- I ticia, qnip,n, ('on udiel cía del Procur dor gener~l de la Nación y COIl fncultad de disponer ~a práctl­ca de las diligencias que estime necesarIas, l'e~ol­vel'a si el interesado es ncreedor 6 no á la pensl6n civil 6 ju hilación solicitada. Art. 8.° Dictada ]a re olución de que t.rata ,) artículo anterior, la Corte pnsará copia .de la Hen· tencia al Ministerio uel Tesoru para los efectos del pago. Art. 9.° IJas hijas y nietas de los próceres ó ser· vidores de la causa. de la Independencia nacional que hayau perdido su derecho á pensión por ha berla capitalizado, continualán en el goce .de ella en la proporción de un 50 por 100. Para fiJ.al' este 50 1'01' 100 se computará en 01'0 la pensión de que gozaban cuando se hizo In eapitalización. Art. 10. Las peusiones y jubilaciones de que tra ta esta Ley son personales é intransmisibles, y se pierde el derecho á goza l' de ellas por cualquiera de est,as causas: 1.a Si el agraciado observa conducta notoria­mente jnmol'al , Ó ha sido condenado á reclusión 6 presidio; 2.a Si toma armas contra el Gobierno; 3.a Si tiene un capital que le produzca una ren­ta mensual mayor de cincuenta pesos en oro. Corresponde al Gobierno declarar la cesación de la gracia por los mot.i vos mencionados. Artículo. No quedan comprendidos en la Ley 37 de 1904 las personas indicadas en los dos artí­culos primeros de la prel;ente Ley; pero respecto de las segundas y de las demáB personas agraciadas regirá lo prescrito en el artículo 3.° de la citada Ley 37 de 1904, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 142 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL A rt. 12, El goce de pensión es incompatible con el ejercicio ele cualquier empleo remunerado del Tesoro nacional. A rt, 13. Esta Ley em pezará á regir desde su sanción. PROYECTO DE LEY por la cual se prorroga la vigencia de 10& Presupuestos nacionales corru­pondientes al bienio de 1901 Y J 902 hn!\ta el 31 de Diciembre d6 190;;, La Asamblea Nacional DECRE'l'A: Dada, etc, Articulo único, Prorrógase hasta el 31 de .Di· Pr() 1 le t í 1 A bl N' 1 C t't ciembre de 1905 el período de vigencia de Jos PJ'e-rH S o; a sam ea aClona ons 1 uyen· t . 1 ) d 1 b' , te Y L '1 t' eO'lsa lva d e Co Io m b'l a en 10 d e Ah 1'1'1 (i e sorues 'o s naClOna eR ( e rentas)7 gastos e lemo 1905 1:) l' f ' \1" d" b' económICO de 1901 y 1902, para los efectos ele que , pOI' e In raSiCrlto . llllstro e Go lerno, t t 1 t' 1 20 d 1 L 33 d 1892 I ra a e al' ICU o e tl ey e , BONIFACIO VELEZ, Bogotá, Abril 27 ,Ifl 1905, Presentado á la Asamblea Nacional en In sesión de esta fecha por el iufrascJ'ito Ministro ue Ha­Secretaria de la A sarJ'¿bte a-Bogotá, Ab'l'ill1 cienda y Tesoro, de 1905. PE])RO ANTONIO MOLIN A. En la fecha se aprobó el proyecto arriba copia. do, y se destin6 en comisión A la de Obras públi. cas y Beneficencia, con plazo de dos días. Cópiese, regfstr 8 etc. Luis Felipe Angulo' . _-*-- PROYECTO DE LEY en relación con el culto cat61ico y la beneficencia A8amblea Nacional-·8ecl'dat¡'ía-Ab1'il27 de 1905. En esta fecha se aprobó el 8uteriol' proyecto en primer debate, En comisión, con veinticuatro ho· ras. al Diputado DI', Herrera Luciano, Regístrese, publíquese y repártase . J). Rubio Pa'l'Í8. -+- La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa I NOT AS Y TELEGRAMAS DEORETA: Repúblit'a de OoI01nb'l'a-Telég1~afo8 nacionale6-- Sahagún, 28 de Ma1'zo de 1905, Artículo. ~l Gobierno POdl'á ordenar la devo]u­ci6n de los derechos de Aduana que se hayan pa­gado por 10 objetos destinados directa é indir'ec· tamente, :i juicio del Gobierno, para el servicio público del culto católico. Articulo. t\ utorÍzase al Gobierno para que pue· da fomentar' y auxiliar los institutos dedicados á la beneficencia pública, cediéndoles el uso de los edificios que puedan ser aplicados al servicio in­medi~ üo de aquéllos y que no estén destinados á otro servicio ofi(~ial, 6 vendiém].oselos en condicio· nes equitativ1\s ~lue consulten la necesidad y con­veniencia d el ramo de Beneficencia, I )ada, etc. Presentado á la Asamblea Nacional por el in· {l'ascrito Ministro de Hacienda y Tesoro, hoy 26 de Abril de 1905. PEDRO ANTONIO MOLINA, SeC1'etaría de la Asamblea-Bogotá, Abril 27 de 1905. En la fecha se dio primer debate al anterior proyecto, y fue aprobado_ En comisión, con 24 horas de término, al Diputado Dr. Piñeros. Regístrese, cópiese, pu blíq uese y repártase. D. Rubio Paris. Prc5idcntes Rep1ihlica y A8amblea Nacional, Honor transcribirles: "El Consejo m.unicipal de Sahagún " CONSIDERANDO: "Que el día 15 ue los corrientes reunióse Asam­blea Nacional, compuesta de varones de todos los matices políticos y aquilatado patriotismo; "Que ciudadano Presidente de la República hll establecido con altas miras y temple espartano una poJitica ampliamente benéfica que hace olvi­dar odiosidades de partido para ceñirnos ni fiel cumplimiento de su hermoso programa de concor­dia, paz y trabajo, convocando una Convención ha satisfecho anhelos del país, que finca en ésta y en el Ejecutivo, empapados en nobles ideales, la es­peranza de su renacimiento, "RESUELVE: " L.0 Comunicar al ciudadano Presidente de la República la viva complacencia que experimenta Corporación municipal viendo congregada Asam­blea Nacional, y que al par felicitarlo efusivamen· te por acto tan trascendental~ envía votos de ad· hesión y simpatía á su política -concitiador1\, pro­gresista. " 2.0 Felicitar al ciudadano Presidente Asamblea Nacional y á todos dignísimos miembros augus­ta Corporación, de quienes aguárdanse labores fecundas en bienes para Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANAI..,ES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 143 , "3.° Esta resolución será firmada por todos los preRentes en Sahagún. " Marzo 23 de 1905. "El Presidente del Concejú, ALBERTO BULA-El Vicepresidente, TOMÁS LÓPEz-Eugenio Lozano, José lJaustino Ossa, Rarnón L6pez, SanUago Ola· ya, José L. Bojo, Secretario-A. de La Esp1'Í6lla. El Personero municipal, ]lufr·a8io Bula-Tesore- 1'0, Gab1'iel Albán-Alcnlde, VIOENTE ROMÁN." Compatriota, ALBERTO BULA. gistrador, Rafael Romero V.-El Vicepresidente de la Juntn de Caminos de Lfi Unión, BERNARDO B. MARTÍNEZ-EI Apoderado genel'al del Munici. pio, Aparioio Sabogal-El Secl'etal'in TflsoJ'el'o de la Junta de Caminos, Aloides Ollbide8--EI Admi­nistrador de Hacienda, Leovigildo Otálo1'a _._ ~I Tesorero municipal, Salvador Roias--José Abdón Rey, Salustiano Sabogal, Enr'ie¡ ue Castillo, Lui~ S. García, Gregorio Rey, Gratiniano Romel'o R. Mauricio Pardo, Macario Romero, Simón Piñel'os' Benigno S. Carrillo. ' Asamblea Naoional-P'I·6sidenoia. I Dése cuenta y publíquese. RESTREPO G AROÍA. Asamblea Naoio nal-P1·esidenoia. Dése cuenta y pubJíquese. Repúblioa de Colo'lnbia-Telégrafos 7¡a01:onales- Repúblioa de Colornbia-Telégrrajo~ nllciollalf8- Ca~'am,anta, 8 de Ahril de 1905. Ohooontá, 7 de Ab1'il de 1905. Presidente de In Asamblea Nacional. De una manera particular me adhiero con entu· siasmo á la ieJea que entraña telegrama de esta fecha, á esa Honol'able Corporación, firmado pOI' Consejo municipal y pOI' pel'sonas connotadas de este Distrito. Aguárdase flludadamente el cumpli· miento de la verdlH,ier~l reconstrucción nel país. F. A. M ONTOY A !{ENNEDY. Repúblioa de Oolom,bia-Telégrflfos naoionales­Consejo 'ltunioipal-Fórneque, 10 de Abril de 1905. Prelideute de la Asamblea Naciollld. El Consejo municipal de Fómeque, fiel intér. prete de Jos spntimientos de sus habitantes, da un voto dt' aplauso á 108 actos legislativos lanzados pOI' esa Honorable Asamblea, y se congr'atula al ver que ese ilustl'ado Cuerpo, animado por los sen· timientos patrióticos, trata de salvar la República del inmenso caos en que había quedado después de la fraticida contienda civil que desoló nuestra amada Patria. Que el Todopoueroso siga iluminan· do á todos sus miembJ'os para que continúen en la labor ya emprendida~ que da gloJ'ia á Colombia y pa~ á sus hijos. FRANOISOO GUTIÉRREZ. Repwlioa (le OolO1nbia-Telégrafos naoiona les­Alcaldia- Fórneqne, 7 de Abril de 1905. ~hes. Presidentes de la Reptiblica y de b Al!nmblea Naciollal. Tenemos la honra dirigirnos á ustedes para nprobar y felicitnrlos pOI' las impol'tnntes refol'mas constitucionales verificadas por el Honol'able Cuero po Legislativo, .Y pedimos al Altísimo los ilumine en la continuación de la reeonstrucción de nuestra q uel'ida Patl'ia. El Alcalde, RAFAEl. LEÓN PARDO-El Secreta· rio, Ramón Rome'l'o Rqjas-El Inspector local de Instrucción pública, JAOOB G6MEz-El Notario, Rafael B. Galvi~-EI Juez municipal, JUAN DE D. DtAz-El Secretario, J01'ge Otálora R.-El Re- Presillente-A!lí\mblea Nacional. Reíol'mas Constitución, cuya necesidnd impo­níase, votadas por esa Corporación, llevarán sill dudn aplauso mayoría colombianos queremos 01'. den y prosperidad Repúhlica El Prefecto, RAMÓM AOEBEDO P.-Roherto Rozo Adriauo M. Pardo, Pablo Flechas, Marco A Wan: durraga, Ju n Antoni G: ni( o~ Al'isttdes PiñeJ'os R., ~am~n Vásque~, Juan Ramíl'ez, José Cupel'ti no Castaneda, LUCl81l0 Tobar, Peuro E. Jiméuez G., Pastor' López, Celso Forero, Wauislao Carnero Luis E .. Pél'ez, Pliuio G, Rojas, Alipio FOI'ero T.; BernardlDú ,Feruánuez G, Ramón Gómez G" Me­dardo Martmez, J. de Carmen Monteuegl'o J uJio Gómez, Julio Ortega 'r., Julio Oaldel'ón, A1Jl'llham Guerrero B., Rafael A. Muñoz, Juan Ponas, J. M. Calderón T., Marco A. Benavides, A. González, Carlos González C., Ernesto Forero L., CarJos Roa L" Santiago Gómez, Ed uardo L. Rodl'ÍO'uez Julio Cortés, Ismael Forero, Aquilino Nnval~ete' Artu­ro Roa L., Miguel Castro, Eustasio MedeIlín Ci. priano Maldonado, Macabeo Tones, f)em~tl'Ío Moreno. Asam~lea N aoional-Presidenoia . Dése cuenta y publiquese. RESTREPO GAROfA. Repitblioa de Oolombia - Telégrrafos naoionales­pIJ'esidenoia Oons(fJo rnunioipal- Villeta 7 de Abril de 1905. ' Presidentes RepGbJica y Asamblea Nacional. E~ Consejo municipal de este lugar, que hoy presId?, fehzmente a~lande como acto de justicia y gratItud tareas sabIas y laboriosas desinteresa­dament~ emprendidas PO!' General Rafael Reyes, I?a~a. bl~nestar eterno CIudadanos República, y !ehClta SInCe!amente ~samblea Nacional por su Justa y admIrable rectItud en sus leyes expedidas hasta hoy, que no dudamos, terminada su labor , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 144 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL cOl'l'espondiendo á nuestro Presidente, colmará éste su~ deseos de que está inspirado parH la Pntrin, 108 (~lIales impulsamos ofreciendo lluestro hllllli:de y decidido H poyo, ~n llomhJ't! de este l't1phlo, á tan célebre y mel'itol'io goberoantp. El Pl'eRidente del Concejo, AJ,F.JANDRO M. LEÓN. RepUblicfl de OolO1nbia-Asarnblea Nacional Cons· titnyente y Legistativa-l!l'esidfmcia. Dése cu~nt:l y publíquese RESTREPO GAROÍA. Rep(¡};lica de Colombia- Telégraf()~ nacionales­Santa Rosa de Vite1'bo, 8 de 1 ó'1,il de 1905. EXClllo Sr. Pre:.i(lente de 1 [teplíbl i,:a, General n.a fil el Rey e~, A!lllmblea Nal'ional y J nnta Gobur nadort' depalt:\llIent:t lell- Bog. tá. I~I SU Cl'ito, A lcalde
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional - N. 18

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 20

Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 20

Por: | Fecha: 13/05/1907

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie V Bogotá, Mayo 13 de 1907 ~ Número 20 Carmen Morales de Wilson, viuda del DI". Her mógenes Wilson, seten ta y einc0 peRORo Dolores CuevaR de LemuR, viuda del DI'. Zellón OON'TEN"X:O C> púg>. Ley nlímero 18 de 1907 (Abril 30), .. sobre pensiones ........ . Acta de la sesi6n elel día 4 de Mayo ele 1907.... .. .. . .. 153 Fahio Lernllf', Retenta y cinco pesos. 155 Juana Aceberlo de F. de Soto, viuda del DI'. 157 b 158 A raham }1'. de Soto, . etenta \' eineo peRORo RelacilÍn y Tún>R:t Uribl' Rf'Rtn' po, vilH1a é hija., l'(~!lreetivamAllt,e, lIt"/ Dr. Joc:é Maria Urilw, Retenta y cinco P(lHOR cada una. Rosa C~ rvajal de Paláu, viuda del DI'. Emigdio Paláu, tr illt,a pesos. Rosa Avilés de Fal'fas, viuda del GHueml Felipe Farías, v inte pesos. Manueld Núfiez de Mercado, viuila opl DI'. An­tonio Mer:ailn, treinta pesoA. Mercedes Vanegas de Sáuchez é hijaR, viuda del Dr. Camilo Sánchez, treinta pesos. Luisa J ramillo Walkel' de Arango, viuda del General Silvel'io A. Arango, cincuenta pesos. Sinfol'osa Cuenca de Leal, hija del Dr. Tomás Cuenca, veinte pesos. Matilde lsaza de García, viuda del Goneral Luis Fernando García, treinta peeos. Al General Miguel María VilIota, herido en la batalla de Tulcán é inválido, cincuenta peso~. Ana Montúfar, hija del General Manuel D. Mon­túfar, veinte pesos. Próspel'() Uribe, Giudadano benemérito de la Pa· tria, octogenario hoy, cuarenta pesos. Felisa González de Isaacs é hijas, cincuenta pesos. Cecilia Mallarino de Ol'tiz, Ilieta del Dr. Manuel María Mallarino, treinta pesos. Fe1iciana y Emeteria Zambeano, hijas del Capi­tán de la independencia Luciano Zambrano, vein te pesos á cada una. Amelía Salas, viuda de Millá n, Juana Salas, viuda de Cleves y Catalina Salas, viuda de Matiz, descendientes del Teniente Coronel Bellit,o Salas, mártir de la Independencia, veinte pesosá cada una. Concepción Gallo, hija del Coronel de la Inde· pendencia José Domingo Gallo, veinte pesos. Herminia Gómez de Abadía, hija del General Manuel Gómez M., treinta pesos. Bibiana Robledo de Caballero, hija del Coronel de la Independencia Bibiano Robledo, veinte pesos. Julia, Margarita y Josefa UCl'ÓS, hijas del Coro nel de la Independencia José de D. Ucrós, veinte pesos cada una. , Margarita, Elena y Ana María Ucrós Sarabia, y lo!{ menores Luis y José U crós Sarabia, nietos del precitaélo Coronel José de D. Ucrós, vein­te pesos cada uno. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 154 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Oarmen Gutiérrez, viuda de Osario, y sus her­manas \icenta y Manuela Gutiérrez, descendientes de los próceres de la Independencia Pantaleón y José Gregario Gutiérrez, veinte pesos, á cada una. Oarolina Márquez de Cuervo, hija del Dr. J. I. de Márquez, ex-Presidente de la República, etc. etc., cien pesos. de el día primero (1. o) del mes siguiente al de su sanción. Dada en Bogotá, á tl'eirita de Abril de mil no · vecientos siete. Hortensia Vanegas, hija del Ooronel de la Inde pendencia Vicente Vanegas, veinte pesos. Mercedes Vernaza Plaza, biznieta del General Simón Ambrosio de Plaza, treinta pesos. Paulina Byrue de Holguín,. nieta del Ooronel de la Independencia Francisco Picón, treinta pesos. El Presidente, 'El Secretario, DIONISIO JIMÉNEZ A u1'elio Rueda A. Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril 30 de 1907. Publíquese y ejecútese_ (L. S.) R. REYES El Ministro de Hacienda y Tesoro, Nicolasa Herrera de Pifie res, desceudiente de próceres de la Independencia, sesenta pesos, trans­misibles á sus hijas solteras. Ana Pamba de Arroyo, deRcendiente de próce· I res de la Independencia, treinta pesos, transmisi- I bIes á sus hijas solteras. TOBíAS V ALENZUELA -*-- Oarmen, María Josefa y María Estévez y Norie­ga, hijas del Coronel Estévez, de la Independen ­cia, quince pesos á cada una. Oorina Páez, viuda, y descendiente del invicto General Páez, quince pesos. Anto,nia Manzano, descendiente de un militar dA la Independencia, quince pesos. Francisco Borja, soldado de la Independencia (héroe de A\'acucho), veinte pesos. María de Jesús A. de Torres é hija, á veinte pe­sos, y Mercedes, Silvia, Teresa y.María Torres B., veinte pesos cada una. Pastora Giralda, hija del Oomandante de la In­dependencia Francisco Giralda, tl'einta pesos. Eli8a, Josefina, Paulina, Magdalena y Ana Ma ría Ortega Peña, descendientes del prócer de la In dependencia Sr. Mariano Ortega Narifío, quince pesos cada una. María, Paulina y Alejaudrina Tapia, nietas del Oapitán Francisco Tapia, prócer de la Independen · cia, veinte pesos cada una. Resurrección Vásquez, viuda del {leneral Luis Vásquez, veinte pesos. ' Art. 7. o EIévase á cien pesos mensuales la pen ­sión del Dr. Igaacio Vargas; á veinticinco la de la Sra. Dolores Vanegas, hija del pl'ócet' de la Independencia Vicente Vanegas, y á veinte la de cada una de las Sritas. M'1I'ia del Rosario, Ana Maria, Tl'inidad y Mel'cedes Ol'tiz Malo, nie tas del prócer de la Independencia DI'. José Joa­quín Nagle. Art. 8. 0 Traspásase á la sefíora viuda é hijas solteras del General Alejandro Restrepo R., por iguales partes, la pensión de sesenta pesos men suales que le asignó el Decreto legislativo núme­ro 15 de 17 de Febrero de 1906. Este traspaso se hará desde la fecha de AU fallecimiento. Al't. 9. 0 Las mujeres disfrutarán de la pensión mientras permanezcan soltet'as, y los menores Ucrós S'arabia hasta su mayor edad_ Art. 10. Qneda reformada en los términos de esta Ley la 37 de 1904. Art. 11. La presente Ley empezará á regir des - ACTA DE LA SESIÓN DEL DíA 4: DE MAYO DE 1907 (Pre~idencia del honorable Diputado Mutis). 1 A la una y cuarenta minutos se llamó la lista. Dejaron de concurrir debidamente excusados los honorables Diputados Oalderón y Franco. Después de aprobada el acta, sin observación alguna, fue firmada la de la sesión del dfa dos ante la honorable Asamblea, por los dignatarios de la corporación_ Se dio cuenta de los negocios sustanciados por la Presidencia y del orden del día. Se recibieron sancioaadas por el Excmo. St'. Presidente de la República: La Ley 12, " por la cual se conceden varias pen­siones de jubilación y se reforma la 29 de 1905;" y La Ley 13, "sobre pensiones." II El honorable Diputado Rueda Gómez propu~o : "Antes de entrar en el orden del día considére­se lo siguiente: " Visto el telegrama del Sr. Gobernador de Ga­lán, como Presidente del Oonsejo administrativo de aquel Departamento, en que determina que es el Sr. D. Luis Felipe Torres Elicechea el suplen­te que debe reomplazar al Diputado principal Sr. Oésar Oastro, llámese á dicho Dr. Torres E., por cond.ucto del Sr. Ministt·o de Gobierno, á ejercer las funciones de Diputado de aquel Departamento_" El Sr. Ministro de Gobierno manifestó que ha­bía recibido la nota de la Presidencia pidiendo so llamara al suplente del Sr. Oastro, y que en tal virtud serIa atendida la comunicación_ Explicó que las diferencias observadas en las listas de los honorables Diputados que se habían publicado en el Diario Oficial dependían de las renuncias que presentaron algunos de los nombrados. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 155 Después de esto fue negada la proposición. III El honorable Diputado Pinto presentó la si­guiente moción, que fue aprobada: "Antes de entrar en el ol'tlen del día cont3idére· se lo siguiente: " La ilsa1nblea N aoional Oonstituyente y Legi8lativa " RESUELVE: " Consignar en el acta del día de hoy la expre sión de su pena por la muerte del distinguido ciu· dadano Dr. Jacobo de la Parra, acaecida en la ciu­dad de Sogamoso, Departamento de Tundama, el día de ayer; reconoce los importantes servicios prestados por el Dr. de la Parra al país, como Go bernador de Boyacá, Presidente de la Asamblea del mismo Departamento y Tesorero general de la República, y presenta á sus deudos la expresión de su condolencia, especialmente al Sr. DI'_ Pablo Garda Medina, distinguido miembro de la Asam­blea." IV Se dio tercer debate y pasó á ser ley de la Re pública el proyecto de ley" por la cual se conce· de una autorización al Poder Ejecutivo," en vota ción secreta, por mayoría de treinta y ocho balotas blancas contra una negra, que escrutaron los ho nOI'ables Diputados Lozano y Neira. V El honorable Diputado Salazar presentó la si guiente proposición, que sustentó: • , Reconsidérese el artículo 1. o de este proyecto." En !:leguida el mismo Diputado proponente pi dió se votara por partes, con el objeto de que fue ra negado el aparte 4. ° del artículo citado_ Toma ron parte en esta discusión el autor y los honora bIes Diputados Restrepo y Vélez. El Sr. Ministro de Gobierno modificó el artículo mencionado, que dice: .. Art. 1. o Siendo de imperiosa necesidad recons tl'uir y levantar la carrera militar en el país, pro· cédase á formar el escalafón militar de la Repú· blica inscribiendo en él los nombres y graduación de los militares que figuran en el de la Memoria de Guerra ó documentos de aquel Ministerio en 1896 que se tomen por base, y además lús de los Geuerales, Jefes y Oficiales cuyos grados conferi­dos antes ó después. de aquella fecha llenen los 6i­guientes requisitos y sean l'evaliilados !:ln los tér­minos de la presente Ley; " Que el grado hayl;l sido conferido conforme á las disposiciones del Código Militar; " Que para los ascensos posteriores hayan con­currido las condiciones exigidas por los artículot'l S3, 95, 97 Y 98 del Código citado; y " Que los grados de Teniente Ooronel para arri. ba hayan sido aprobados por el Senado de la Re pública, según la atribución 5.', artículo 98 de la Constitución. " Hizo la siguiente explicación que se hace constar á solicitud dellionorable Diputado Salazar: "Más que en el fondo creo que en la forma en que está redactado el parágrafo 4. o del artículo que se reconsidera consiste la dificultad á que ha aludido el honorable Diputado Salazar. Si en lu· gar de haber empleado una conjunción conjuntiva se hubiera puesto una disyuntiva, no existiría tal dificultad. " Los ascensos los da en su caso el General en Jefe ó el Gobierno, y después viene la aprobación del Senado. De manera que en el parágrafo, con­forme está redactado, hay una confusión de i~ea8 y una colocación in versa al poner como últlm.a condición la que pudiera considerarse como PrI­mera." Considero pues que hay un fondo de justicia en las observaciones que acaba de exponer el Sr. Salazar, y como es potestativo del Senado apro bar ó improbar los grados que conceda el Ejecuti­vo, así como los que otorgue el General en Jefe en campafia, diciendo el artículo cuya reconsidera­ción se ha solicitado, que se hayan llenado las condiciones de los cuatro primeros incisos, ó el del quinto, queda perfectamente definida la pres­cripción colocando la conjunción disyuntiva ó, puesto que ese parágrafo viene á corroborar lo que haya hecho el Ejecutivo ó el General en Jefe del Ejército en campaña. En tal virtud los apartes 3.° y 4.° quedan unidos por la conjunción disyun · tiva Ó, en vez de la copulativa y. El artículo 17 quedó aprobado así: " .Art. 17. Para la calificación de los títulos que acrediten los grados militares, créase un Tribunal de calificación compuesto del Ministro de Guerra, que lo presidirá, y de tres miembros que nombrará la Asamblea Nacional y tres que nombt'ará el Po­der Ejecutivo . El artíeulo 18. nuevo, que dice: " Artículo. Ante el Tribunal de calificación mi­litar presentarán sus peticiones documentada!> los individuos que pretendan se les incluya en el esca­lafón militar." Fue aprobado y adoptado, después de una expli· cación del honorable Diputado Salazar . Cerrado el debate sobre la parte dispositiva, y puesto en discusión el titulo, fue aprobado, lOjn modificación, detipués de)o eual el proyecto pasó á tercer debate. VI El honorable Diputado Arango presentó, con in forme el proyecto de ley "por la cual se declaran prescritas cif.:rtas penas," proyecto que elaboró como resultado de la solicitud 'elevada por algunos presos del Panóptico, la cual se ~abía pasa~o en comisión á la de Gobierno y Régimen PolitlCO y' Municipal. El Sr. Presidente ordenó se le diera el curso re glamentario. VII Leído el informe de la Comisión que estudió el proyecto de ley "sobre extracción del platino,~' se aprobó el proyecto de resolución con que termma, y se abrió en consecuencia el segundo debate. El artículo 1. o, modificado por la Oomisión, que dice: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 156 ANALE~... V~ LA A~AMBLEA NACIONAL " A rt. 1. o Declál'aHe la ven ta y exportación del \lletal llamado platillo objeto reservado exclusiva Illeut.e al Gohierno, salvo derechos legítimamente adquiridos" Fue aprobado con la siguiell te modificación que propusieron los honora bies Dipu tados Pinto y Manrique: ,\ Declárase la ve" ta y exportación de los meta les llamados platino, paladio, iridio, osmio y ruthenium, y todos 10B minerales radioactivos, oh jeto reHervado exclusivamente al Gobiel'llo, salvo derechos legítimametl te adquiridos." Tomaron parte en la rliscusión de este artículo los honorables Diputados Pinto, Manrique y An gulo. El artículo 2. o original, redactado así: "Art. 2. 0 El Gobieruo queda ampliamente au· torizado para oHtahlecol' el monopolio df" la expln tacióll ó dB la exportación y ven ta del platino, Biempre yue lo crea conveuiellte y útil para la Na cióll, y sin pel'juit;io de los derochos adquiridos en virtud de concesiones ó por cualquier otro título anterivr á la fecha de esta Ley." Lo t;ut;tituyó la Oomisión COil el t;iguiente: "Artículo. El Poder Fjecutivo se abstendrá en lo sucesivo de otorgar adjudicaciones de minas en las cuales el platino sea el metal dominante, y de permitir por nuevas concesiones la explotación ó dragaje de los ríos en cuyo lecho se encuentra este metal, y procedot'á á hacer levantar' un pa­drón de las minas ó yacimientos que contengan platino, que se hallen en explotación, así como de las descubierta!:! que 00 estén en actividad." Después de una discusión en que tomaron varte los honorables Diputados Restrepo y Gutiérrez y el Sr. Ministro de Obras PúblicaH, el primero de los nombrados propuso la modifi<:ación que sigue, con la cual se aprobó y adoptó el artículo: " El Poder Ejecutivo podrá abstenerse. . . . . .. "Parágrafo. Queda autorizado el Poder Ejecu tivo para otorgar recompensas ba!:1tantes á los des· CUbl ido res de minaB de el:lta clase." El articulo 3. o original concebido así: "Artículo. La presente Ley regirá desd\? su sanción ejet:utiva, y quedan derogadas tod~s las disposicionef.> que á ella sean contrarias." Lo sustituyó la Oomisión con este otro: "Articulo. Autorizase ampliamente al Gobier no para establecer la explotación de las minas ó yadmientos en que se hallen aquellos metales, y á que se refiere el artículo anterior, que no estén trabajándo8e actualmente." El cual fue aprobado y adoptado. Para articulo 4. o prOplll:lO la Oomisión el si­guiente: "Art. 4. 0 AutorIzase igualmente al Gobierno para entenderse con log que beneficien dicho me· tal, á fin de hacer y reglamentar de la manera más conveniente la explotación de ellos en pro del Tesoro y sin menoscabo de derechos adquiridos." El cual fue también adotado por la corporación. El honorable Diputado Pinto presentó este otro artículo nuevo: , "Arttculo. Autorizase al Gobierno para gustituir, uJlJ1.do lq s r,e~ t:qnyen!ente1 el Pano n de sesent a - v. mil pesos oro por año, de que habla el artículo 2. o de la Ley 40 de 1905, por otro impuesto, que será el diez por ciento del producto bruto de cada cuenta de venta de las esmeraldas que se explo· tel"l por empresas ó individuos particulal'esj pero la exportación y la venta de esmeraldas se harán conforme á lo dispuesto en el artículo 3. o de la Cl tada Ley 40 de 1905." Que fue modificado por el honorable Diputado Restrepo así: " .. ____ " • _ .. por otro impuesto que puede ser hasta .... en vez de que será." y así se aprobó y adoptó, El siguiente artículo nuevo del honorable Di· putado Pinto se aprobó y adoptó sin modificación alguna: "Artículo, El Gobierno ejercerá en la explota­ción y administración de toda mina de esmeraldas la inspección necesaria para cerciorarse y poder percibir lo que le conesponde como impuesto. " En los témlinos de los dos artículos anteriores queda reformado el artículo 2. 0 de la citada Ley marcada con el número 40 de 1905." El mismo honorable Diputado propuso eflte otro: "Habiendo adquirido la Nación por el inciso 2. 0 del artículo 202 de la Oonstitución todas las minas que pertenecían á los antiguos Estados, adquirió las de cobre que eran de propiedad de dichos Es tados, y por tanto son aplicables á dichas minas el artículo 2. o de la Ley 38 de 1887 y todas las dis posicion<~s concordantes. " Parágrafo. La present disposición se aplica­rá como interpretación legal." Modificado por el honorable Diputado Restrepo, quedó adoptado así: " Artículo. Son aplicables á las minas de cobre el artículo 2. o de la Ley 38 de 1887 y todas las disposiciones concordanies con él j esto es, que son denunciables estas minas como las de oro y plata, Concédese el plazo de un afio impt'Orrogabl á los dueños actuales de terrenos que contengan minas de cobre para denunciadas y solicitar los títulos correspondientes conforme á las leyes generales sobre minas." Igualmente se aprobó el que sigue del honora· blp, Diputado Pinto. " Artículo. Las minas de cobre sólo pagarán la mitad de 10R derechos que pagan las de metales preciosos. " El último artículo del proyecto original redac· tado en la forma siguiente, fue negado. "Artículo. La presente Ley regirá desde BU sanción ejecutiva, y quedan derogadas todas las disposiciones que á ellas sean contrarias. No teniendo más artículos la partA dispositiva de este proyecto, y no proponiéndose otros nue· vos, se puso en disCUSIÓJl el titulo, que en el ori· ginal decía "sobre extracción del platino." Los honorables Diputados Pinto y Restrepo lo modifi· caron en la forma que sigue, en la cual fue apro­bado. " Proyecto de ley sobre minas." Antes de cerrarse el 2.° debate la Presidencia lo pasó en comisión de revisión, con veinticuatro boras de término, al honorable Diputad~ Lozano. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 157 VIII augusto recinto por algunos miembres de la Di- _. _ putación libera1. Ellos, con conocimiento pleno de En el curso de la seSlOn el honorable DIputado 1 h- t - lT dI' el valor civil q~ue Jiménez devolvió COD informe el pl'Oyecto de ley a IS orla po 1 lCa e pUl S, ?on (- . n es í- " sobre monedas," que se le habia pasado en co l?s enaltece y coloca en un. J~sto medIO, co p misión. rItu verdaderamente patnótlCo y secundando el . '.' programa salvador del Excmo. Sr. Gene!al Rey~s, A l.as CInco y .dI~z m]~'!tos de la tarde el Sr. nos manifiestan en síntesis: que la Patl'la neceSIta PresIdente termmo la seSlOn. hoy como nunca proscribir las revlleltas arma- El Presidente, das 'entre herman~s para emprender por medio de El Secretario, AURELIQ MUTIS la paz las conquistas del progreso; que la co~cor· dia entre los colombianos no es ya un enuncIado Gerardo Arrubla utópico sino una tangible realidad; que si.n. re­nunciar á sus creencias políticas apoyan decIdIda­mente el movimiento avasallador de la mayoda RELAOION DE DEBATES DE LA SESIÓN DEL DíA 12 DE ABRIL DE 1907 ~n discu";lón en segundo dehatp el proyecto de Acto legislativo que sUHtituye el Aeto legislntivo número 2 Je 1\)05, el hllnorable Diplltado ReyeH dijo: "Sr. Presidente, honorableH Diputados: "Con el recelo propio de quien por primera vez hace seutir su voz en 10í\ ámbitos del tem plo que la República ha consagrado á la Representa· ción nacional, vengo, honorables Diputados, á too mur parte en el asunto de más importancia que acaso debamos tratar en las actuales sesiones de la Asamblea Constituyente y Legislativíl, cual es el de la expedición de un acto reformatorio que aplace la época fijada para la convocatoria á elec­ciones populares y consiguiente reunióu del Con· greso. ,¡ Vespués de los luminosos discursos pronun­ciados aquí por varios de mis honol'ables colegas, liberales unos, conservadores otros, bien poco po­dré agregar acerca· del proyecto en discusión, que no se califique de redundante, y por tanto me concretaré á poneros de manifiesto en esta breve oración las ideas que mi propio criterio y los dis , cursos á que aludo me han sugerido. Como si fueran organismos vivos, los partidos políticos nacen, viven, desaparecen y sufren tl'ansformaciú' nes más ó menos sustanciales en su decurso evo­lutivo, según las condicioned de tiempo y lugar de los individuos que los preconizan, pero obede­ciendo siempre á leyes sociológicas de carácter universal. Tanto por esta reflexión filosófica como porque hoy el Excmo. Sr. General Reyes ha di· cho al país: "no quiero ser Jefe de partido algu­no sino de la Nación colombiana," juzgo extra· cuestión, en los tiempofi que alcanzamos, toda manifestación que tienda á resucitar el sectarismo político y las dejas escuelas de doctrina. ¡, Sentadas estas premisas, voy á cumplir con un deber de justicia al encomiar, como efectiva, mente lo hago, la franca exposición que encarna el sentido de los discursos pronunciados en este en el sentido de ahogar lHS insanas pasiones de partido, y por ültimo, que colombianos antes de liberales, buscan el campo ayer desolado ?e la Patria, el oasis de reconciliación que el tflcolor nacional cubre con sus pliegueA de si!l1uólicas es-peranzas á los buenos hijos de ColombIa. . "Bellas conclusiones 80n éstas, honorableH DI­putados, que llenan el alma nacional de las más dulces fruiciones y que señalarán el derrotero de una vida civilizada, derrotero que si antes se cono­ció, fue considerado como planta exótica en nues­tro suelo. "Honol'ables Diputados: por cerca de una cen­turia Colombia ha sido presa de laH luchas :fra­tricidas que han postrado el ' ella todo elemento de progreso y civilización, y á tal punto llegó su aniquilamiento, que bien poco faltó para qu~ el fantasma aterrador de su desilusi6n como na~Ión independiente y soberana destacara )su .Homb.rs para un porvenir no lejano; pero la I l'OvlJenClft, solícita porque de la dindema de la virgen l\mé. rica meridional no desapareciese su más pl'eClads joya, plugo libertar á eeta Patria de las féJ'rens cadenas del yugo invasor que ya tenía preparadas para destrozarla en ut! todo, y envió ~l efecto una aurora de renacimiento que, desvaneClendo el cao.s en que se hallaba sumergida, la pusiese en c~n~l~­cioues de escalar la cúspÍlle gloriosa de la CIVIlI­zación á que por sobrados títulos tiene dere~ho. Tales designios, Sr. Presidente, se está? cu.m.p~len­do con el advenimiento de UDa nueva era, IDIClada por el Gobierno que preside el Excmo. Sr. Gene· ral Reyes; éra en la cual se acata y 1'~8peta la opinión pública como elemento que vlvlfica el organismo político; él'a en la cual ~e reco.nocen y garantizan los derechos de los aSOCIados Slll excep­ciones odiosas de partidos; éra en la cual se tra­baja sin tregua para obtener el adelanto moral y material del país en el Interior, el ~'espeto á qne es acreedor por parte del Extranjero, y en la cual se llama á la aran familia colombiana á enju· gar las lágrimas ~Ie la Patria, mutilada por la traición de espíritus menguados. . "Sr. Presidente: doy mi voto a~l'm~tl;o .al pro­yecto que se discute, con la conClenCIa mtlma de que cumplo con un sagrado deber, porque anhelo • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 158 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL poner una piedra más para solidificar el edificio social y político de la Patria rediviva; lo hago en ombre del Departamento de Nariño, que inme­recidamente me ha confiado su representación; en nombre de ese pueblo laborioso y altivo que en­cierra el mar Pacífico y nuestro rico cuanto ex­tenso tel'J'it~rio oriental; en nombre de ese pueblo que en días aciagos para la Patria, y cuando el toque de secesión se hizo sentir á nuestras puertas, tomó como baluarte la solitaria cima de los An· des, cabe la bandera nacional para defender hasta morir su Dios, su Patria eolombiana r su derecho,' Itl honorable Diputado Neira dijo: ,e Sr. Presiuente: "Agotados los temas tí que da lugar este 1110 yecto por Jos illlstrados oradorés que me han ¡¡re cedido tn el uso de la palabra, voy á dar en térmi­nos sencillos la razón de mi voto en la importante cuestión que nos ocupa. " Uon el objeto de evitar apreciaciones políticas que miren al pasado y que puedan herir la sus­ceptibilidad de uno ó varios grupos de mis hono­l'ables colega!'!, me servil'é de apuntaciones escritas que sirvan á la vez para concretar mejor mis ideas. "Bsta misma Asamblea, con personal menos numeroso que el actual, pero compuesta como lo está hoy por ciudadanos de todos los matices po· líticos, aceptó y sancionó en el año de 1905 las instituciones de 1886, cou las modificacioues que le intl'odujo por medio de once act.os ¡'eformato­rios de la Constitución y de sesenta y cuatro le­yes que llevaron casi siempre el sello de la unani­midad de votos. " Desde entonces, y bajo la egida del esclareci­do Jefe de la Nación, quedaron aeeptadas gene­ralmente en Colombia unas mismas ideas de orden y de paz y desaparecieron, en 10 sustancial, mu­chas de las asperezas y extravagancias que divi· dían á los bandos políticos. " Facilitósele así al Presidente de la República la misi6n que él se impuso desde el día de su po­sesión, de gobern~l' con todos los colombianos, de ser sólo administrador de los intereses públicos y no Jefe de ninguna secta ó parcialidad. " Echadas de este modo las bases de la concor­dia nacional, en Luena hora iniciada por el ilustre Magistrado, el país ha venido en marcha triunfal, recibiendo impulso vigoroso por medio de un des· arrollo moral y material que está á la vista de todos nuestros conciudadanos y de nosotros mIsmos. "Coadyuvar, por tanto, á la continuación de ese es liado de cosas es, desde luégo, nuestro pri­mer deber no sólo como legisladores sino como hijos de un país combatido hasta ayer no más por el infortunio. " y hoy, cuando hay sosiego en los espíritus y tranquilidad en los ánimos, sería insensatez de nuestra parte el no diferir lo que el tecnicismo le· gal denomina elecciones popula?'f3s, y que entre nosotros ha sido casi siempre zambras democráti­cas, fuente de desórdenes y motivo 6 pretexto de nuestras guerras civiles. " Cierto es que nuestros próceres, al darnos Pa­tria y libertad, nos legaron el régimen repu blicano; pero también lo es que nosotros, aleccionados por una dolorosa experiencia, no debemos continuar abusando de ese legado y debatirnos más frecuen · temente de 10 necesario dentro del campo mismo de ~cci6n que ha sido origen de nuestras des· graCIas. "Aplacemos, en consecuencia, la época de llues­tl" OS disturbios y pongamos en mallOS del Jefe del Estado las autorizaciones bastantes para que pue· da continuat' llevando la nave de la República por la senda de la paz, de la tl'anquilidad y (Iel engrandecimiento. " POI' lo excepcionales c ond icione ~, repito, merece que se confíe en él y que se le deposi te toda la suma de poder necesario para hacer el bieu, . " Más al1.n: si, como lo creo, las espentnzal:! de! patriotismo son satisfechas, deber de los colom· Lianos será no permitir que aquel varón fuerte y abnegado se separe dUl'llnte su vida del ejercicio del poder público, y que la Nación, U1~a vez eu grandecida y próspera, perpetúe-despues en bron· ce la memoria de quien la levantó al nivel de los demás países civilizados del orbe." + INFORMES DE COMISIONES Honorables Diput1dos : Con especial agrado pasamos á informaros para segundo debate sobre el proyecto de ley "por la cua) se concede una pensión" (al Sr. General D. M:l-celiano Vélez "). En principio somos enemigos de que el Cuerpo Legislativo decrete pensiones á favor de servido­res de la. República, porque esa función debe estar encomendada á un Tribunal que califique las prue. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. aNALES DJ!; LA ASAMBLEA NACIONAL 159 bas y reconozca, no como gracia sino como obli­gación sagrada de la República, el derecho de to­do ciudadano que se encuentre dentro de los tér­minos de la ley. Así se distribuye la justicia entre todos sin distinción de clases y conforme á los más preciosos principios de la democracia. En efecto, tal es nuestra legislación actual, la que prudentemente ha fijado campo á los casos excep· cionales, en que no es un individuo ni una fami­lia sino el sentimiento nacional quien reclama de los Representantes de la Nación que por modo au­téntieo y con toda la majestad de la ley, dejen constancia del homenaje público rendido á los grandes corazones y á las gmndes virtudes_ Tal es el caso del modesto General Marceliano Vélez, quien en medio de la pobreza y ya en el invierno de la vida, nada pide á la Nación, nada pide á SUR conciudadanos, sino que lo dejen aca bar tranquilo su existencia en Ull apartado rin eón, donde 8US brazos buscan el sustento de su hogar en las labor~s campestres. A ese rincón va á buscarlo el Cuerpo Legislati vo de la Nación para decirle que Colombia sabe honral' las canas de quien habiendo pasado l)Or las más altaR posiciones sociales y políticas, se acerca al sepulcro con las manos y el corazón lim­pios de todo fraude, de toda violencia, de toda iniquidad. Es raro y rarísimo que habiendo sido el General V élez Jefe de Ej I3rci tos y Jefe de partido, y ha ­biendo tomado parte en 108 acontecimientos poli ticos más notablef:! de la época, no haya ni siquie­ra un fanático, un sectario que no proclame muy alto su honradez, su magnanimidad y su elevado republicanismo_ En estos tiempos de insaciable codicia preciso es proponer á la generación que se levanta altos ejemplos de civismo y desprendimiento, para que los hombres modestos, pero de gran corazón, de gl'ande amor á la Patria, no rehusen el sacrificio por un país qlle tanto ha sufddo y que los necesi­ta para asegurar su porvenir y salvar los princi pi os de la democracia. Con la ley que se proyecta lleva.remos algún ca 101' al hogar de un dudada no modesto; pero eso es lo secundario; lo principal es dar una satisfac ­ción al sentimiento público que palpita en el pe­cho de todo colombiano, sin distinción de partidos; porque en este país, en medio de sus veleidades y desgracias, anaiga profundamente el amor á la justicia y el homenaje á la virtud_ Para que el acto revista jos cal'acteres de un veredicto nacional; es circunstancia plausible que en la Asamblea estén represeutados todos los pal' tidos políticos. El voto afirmativo que demos al proyecto equi­valdrá á una declaración solemne de que de hoy en adelante no se juzgará á los hombres POl' las opiniones que profesen, sino por el amor y pureza con que hayan sabido servir á la Patria. No dudando de que la unanimidad que tuvo el pi'oyecto en el primel' debate la tendrá en el se­gundo, cábenos el honor y la satisfacción de pro­poneros el siguiente proyecto de resolución: Dése segundo debate al proyecto de ley á que este informe se refiere. Honorables Diputados. Bogotá, Abril 24 de L907. A. J. RES'l'REPO-MARCELINO ARANGO -RUFINO GUTIÉRREZ. Honorable¡ Diputados. La comisión que la Presidencia de esta honora­ble corporación nos ha hecho el honor de confe rirnos con el fin de informar para, segundo debate sobre el proyecto de ley " por el cual se da una au torizacióo al Poder Ejecutivo," viene á llenar di· cho encargo, sometiendo á vuestro elevado criterio algunas breves consideraciones. El día 11 de Febrero de lS85 el Gobierno del Es tado Soberano del Cauca, á la sazón en Guerra, dictó un decreto por el cual se ordenaba la confis cación de los bienes y propiedades de las casas co merciales de Gaviria é Hijos y Cerruti & Compa fiJa, providencia que sin demora alguna fue He vada á cabo por intermedio de las fuerzas del Gobiemo acantonadas en la ciudad de Cali. Los Sres. Gaviria é Hijos habían logrado acn mular en los largos afios de trabajo laborioso y honrado, una muy respetable fortuna que vino á quedar pulverizada en pocas horas debido al tur­bión producido por aquella desoladora guerra civiL Un respetable súbdito alemán, el Sr. D_ Carlos H. Simmonds, entró en negociaciones con la casa comercial de los Sres. Gwiria é Hijos, con el obje to de amparar y proteger los valiosos intereses de aquellos colombianos, en peligro siempre que la anormalidad ha sustituido el orden y la tranquili­dad públicos. De aquellas operaciones surgió como natural consecuencia la venta que hizo la casa al Sr Simmonds de todos los efectos que poseía en las ciudades de Cali, Buenaventura y Córdoba del extinguido Estado del Cauca. Dicha negociación fue llevada á cabo con anterioridad al decreto de expropiación dictado por aquel Gobierno seccional, y Simmonds, en uso del derecho que le confería la ley, intentó varias gestiones en demanda del reco­nocimiento y pago por parte de la Nación de los bienes que habían sido materia de aquella confis­ción. Dichos bienes, pertenecientes al Sr. Simmonds por la venta que le hicieron Gaviria é Hijos, fue ­ron considerados de pertenencia de éstos; yen con­secuencia fue íntegramente despojado de ellos el Sr. Simmonds, quedando, por lo mismo, en absolu­ta incapacidad de pagarles á Gaviria é Hijos el pre· cio de la venta de esos bienes, viniendo á ser éstos los sacrificados indirectamente por aquella con/ls­cacióll. De ahí las persistentes gest~ones del Sr. Simmonds, su desastrosa infecundidad y la cesión que de sus claroC!. derechos se vio precisado á hacer á favor de Gaviria é Hijos, quienes en la persona del socio Juan de la Cruz Gaviria, represeutan hoy los derechos de aquel súbdito extranjero, siendo el objeto del proyecto de ley cuyo estudio se nos ha Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 160 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL encargado, el abrir la puerta á uua reparación, aunque tardía, justa y clamorosamente reclamada. La inutilidad de las gestiones intentadas ante diversos funcionarios del orden judicial obligaron al Sr. Juan de la Cruz Gaviria, cesionario de Sim monds y socio liquidador de la casa de Gaviria é Hijos, á pedi r al Oongreso de 1894: la expedició!l de un acto legislativo que lo reparara de las pérdI' das sufridas durante la guerra de 1885. El Con· greso atendió aquella muy justa solicitud y dictó la Ley 9 de ese afio, reconociendo el crédito y au torizando al Gobierno nacional para verificar el pago. La Oomisión de Suminist ros, Empréstitos y Ex propiaciones, á ]a cual se atribuyó por medio de una disposición ejecutiva el arreglo de la reclama· ción, condenó al Tesoro público á pagar en bonos colombianos una suma, como equivalente al valor de los bjpnes confiscados, y el Consejo de Estarlo, en VIrtud (le una l'azonada apelación interpuesta por el Sr. Gaviria, elevó aquella cantidad á la suma de $ 150,000, pagadera en honos, que aún conser· va el agl'aciado porque la efectividad de ellos, dada la depreciación de nuestra moneda, no alcanzaría á suplir siq uiera los gastos verificados en veintidós a~os de rlivet'sas gestiones intentadas. Las consideracioues jurídicas y de estricta justi cia aducidas por el Sr. Subsecretario de Guerra, Dr. Olímaco Losada, en el extenso informe sorne· tido al eE'tlldio del Oonsejo do Minis t ros y muchos otros que juzgamos innecosarios en un documento de esta índole, han llevado á nuestro ánimo la ín· tima convicción de que se trata de reparar uno de esos ataques á la propiedad de los hombres labo riosos, víctimas de la pasión política en el venda· val de IlUoRtras encarnizadas guerras civiles. Por las razones e.x:puesta8 tenemos el honor de someter á vuestra aprobación la siguiente propo­sición: " Dése seguudo deba te al proyecto de ley pt'e sentado por el Sr. Minist ro de Hacienda y Tesoro y por el cual Re confiere u na a utol'Ízación al Poder Ejecutivo. " Vuestra Comisión . EVARISTO LXARCíA-JORGE VÉLEZ - JOSÉ MARíA RUIZ-MAXIMILIANO NEIRA-RAFAEr" ANTONIO OR DUZ. Bogotá, Abril 29 de 1907. Excmo. Sr. Pre.itlente, honorables Diplltados. Estudiado atentamente el memorial dirigido á la Asamblea Nacioual con fecha 10 de Abril del pre­sente, en que los leprosos del Lazareto de Agua de Dios hacen presentes sus necesidades, apuntan al · gunas medidas t eudientes á su mejoramiento y ha cen varias solicitudes, consignamo~ el informe que nos corresponde en los siguientes términos: 1. o ~n la ley sobre lazaretos, que está para ex· pedirse y que en lo posible regula la m.ateri~,. esta corporación ha consignado ya las dISposIcIOnes que son de su incumbencia eu relación con los asuntos de que trata el citado memorial. 2.° En los puntos rolativos á la reglamentación de los lazaretos, que sólo competen al Poder Eje cutivo la Asamblea debe dejar su solución al celo é inte;és que en particular animan al Gobierno. 3. o La solicitud sobre aumento de la ración dia· ria de cada enfermo nos ha merecido particular atención. Aunque J'econocemos los ingentes gas tos que actualmente hace el Teaoro público para el sosteuimiento de los lazaretos, suministrando á Jos enfermos l oca h~s, medicinas, vestuarios y cuan· to es posible para proveer á su comodidad, somos sin embargo de opinión que se aumente por ahora siquiera á veinte centavo!'! la raeiótl ele cada le· proso. Si la que hoy I'eciben sería algo menos que escasa par'a un individuo 00 01 completo goce de su Balud, eon mayor razón li> es para. aquellos cuyo desgaste físico va cada. día debilitano.o sus fuerzas y abatiendo HU espiritu. Esto fnéra de que la ca · ridad nos impone compensar, ann cuando sea con bienestar material, los sufrimientos morales de los desdichao.os hermanos á quiene::; nos vemos obli. gados á sepat'al' de sus familias en obediencia al sagrado debel' de mirar por la seguridad social. Mas comoquiera que también el asunto á que nos refol'Ímos es de la eompateneia del Gobierno, vues· tra Oomisióu 8e limita á oXpl'eSal' us más vehe­mentes deseos á fin de que, en tanto que lo per· mita la situación fiscal, sea aumentada de quince á veinte centavos la I!uota diaria que recibe cada leproso. En consecuencia vuestra Comisión os presenta el siguiente proyecto de resolucióu: Pásese al Sr. Ministro de Gobierno el memorial que con fecha 10 de Abril dirigier.on los lepr~sos de Agu.a de Dios á la Asamblea NaCIOnal ConstItu yente y Legislativa, para lo que ese alto funciona· rio tenga á bien resol ver respecto del aumento de la ración de los enfermos y demás quejas y peti ciones que en él se consignan. Bogotá, Abt'il 23 de 1907. Vuestro Oomisión, JUAN E. MANRIQUE-EUGENIO UMAÑA-RAFAEL ANTONIO ORDUZ-CÉSAR CASTRO-GABRIEL SOLA­NO- OELIANO DUSSÁN. Secretaría de la Asamblea Nacional Constitl.l,yen­te y Legislativa-Bogotá, Abril ~3 de 1907. El la sesión de la fecha se apt"Obó la resolución con que termina el informe anterior. Oon nota de atención pásese al Sr. Ministro de Gobierno. Arrubla IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 20

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie IV N. 4

Anales de la Asamblea Nacional -Serie IV N. 4

Por: | Fecha: 23/01/1906

RE PUBLICA DE COLOMBIA == ANALES DE LA ASAMBLBA NA ONAL aria IV ~ Bogotá, Enero 23 de 1906 ~ NÚInaro 4 OONTEN'X:OO de la Ley ~1 de 1904 sobre recmpensas militares." Quedó encargado de informal' fra segundo debate Págs. la ('omisi6n de Obras pública con tres días. Act. a de la sesi6n del día S de Enero do 1906.. ............ ••••• • 25 I Act a de claulura.. •••••••.••••••••••• ............ •••••• ....... 27 Mel1n •• je para la clausura temporal de la Asamblea Nacional... •.•.• 28 111 Info'orme de la Comilión sobre el proyecto de Acto legislativo namero ~ de 1906 11 por el cual le reforma el Acto legislativo namero 2 dl'e 190~.".. •••••• ••••.•• .................. ........... ••••••.• 29 InCoorme de la Comisión ql1e estudi6 el proyecto de Acto legislativo " reformatorio de los artículos 206 y 208 de la Constitución na ci iOI al.". .......... ......................................................... 29 Mel'morial 80br pt:ticlón de peo i6n' Jl1 enidor p6b:ico ••••• .... 30 le orial de alguno Tecino. de Chiquinquir' ............. ,... ...... 31 lermorial de algunos individl101 del «remio de destiladores, en el qtue solicitan les sean amortizados unos bonos..... ••••... ....... 81 Teltegrama ................................................... ' ... 32 Err ata .............. ~. .... ................. .............................. 82 ACTA DE LA SESIÓN DEL DíA 5 DE ENERO DE 1906 (Presidencia del Diputado Dr. PulecioJ. 1 Diose lectura al informe de comisi6n de Re· formas constitucionales l'elati v al proyecto de Acto legislati ) nÚnlel'O _ de 06" reform t-orio del Título XVIII de la Con titt i ~D," y, sPlobada su parte resolutiva, Re abrió 1 egundo debate de este proyecto. Sin observación algllna se arobaron, en la foro ma reglamentaria, los artículos e que consta, que dicen: " PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVOTUMERO .. DE 1906 " ( ..... DE ENERO .. rrformatorio del Título XVIII de ConstituciÓn. " La ..4.8amblea N acional OonBtitu~te y Legislativo "DECRETA: Oon la concurrencia de todos los Sres. Diputa­dOS1, excepto la de los Sres. Iguarán y Sanín (Jano, quilenes se excusaron previamente y la del Dipu· tad o Sorzano, que aún no ha tomado posesión, el " Art. 1.0 La ley podrá variar autorizar nuevas Sr. Presidente declaró abierta la sesi6n á la 1 y 30 divisiones territoriales para la dministraci6n d~­mi utos de la tarde. partamental y municipal; y estblecerá los requl' 'e dio lectura al acta de la sesi6n anterior, que I sitos necesarios para crear y swrimir Distritos y fue aprobada sin cambio alguno; al extracto de para segregar y agregar término unicipales. los negocios sustanciados en la fecha por la Pre· "Art. 2.° Podrá también swrimir las Asam· sidemcia, y al orden del día de la Corporación. bleas departamentales, adscribioelo sus funciones F;l Diputado Dr. Pulecio, como Presidente ele la á otros empleados 6 corporaciona administrativas. Co isi6n de Reformas constitucionales, devolvi6, " Art. 3.° Los bienes, derechos valores, acciones con los informes reglamentarios, los proyectos si· y obligaciones que por leyes, ópor decretos del gui(~ntes: el de Acto legislativo número ...• de Gobierno nacional, 6 por cualqui€'a otro título per- 1906 "reformatorio del Título XVlII de la Consti· tenezcan á los Departamentos, s adjudicarán á la tudón"; el de Acto legislativo u por el cual se entidad que determine la ley, en el caso de nuevas reform3 el Acto legislativo número 2 de 1905 " ; y divisiones territoriales 6 reforma administrativas, el de Acto legislativo" reformatorio de los arUcu· y le pertenecerán mientras ten~ existencia legal. . los ~06 y 208 de la Constituci6n," "Parágrafo. Exceptúanse los nmuebles que se . especifican en el artículo 202 dI la Constituci6n. 11 " Art. 4.G Quedan reformadoslos artículos 182, 183 Y 188, Y sustituido el 186 dll Título xvm de El Sr. Ministro de Hacienda y .Tesoro presen t6 la Constitución." los siguientes proyectos, que fueron discutidos y apr )bados en primer debate: El de ley de "Presupuestos nacionales de Ren· tas y Gastos para el año económico de 1906," que pasO ~ la Comisi6n de Hacienda con cinco días de térnuno ; y El de ley" por la cual se 8uspenden 108 efectos Terminada la discusión sobrt la parte disposi­tiva, se consideró y aprob6 el tí lo, y, cerrado el segundo debate, la Asamblea mmifest6 su volun­tad de que el proyecto pasara á ercero. Aprobado ~l proyecto de reg>luci6n con que termina el informe la misma comsión, referente al ANCO OF Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 26 ANALE~ DE LA ASAMBLEA NACIONAL proyecto de Acto lesislativo " por el cual se refor- "Art. Cnando por motivo de perturbación e del ma el Acto legislativo número 2 de 1905," la Pre orden público ó de fuerza mayor no se hiciiere sidencia declaró abi .rto el seO'undo debate. elección en las fechas señaladas por la ley p)a ra Sin cambio a]guro se apl'oobaron los articulos 1.0 renovar el personal del Congreso, llenarán las ffu n· y 2.°, redactados aSj: ciones de dicha Corporación en el año corresp)O n- "~o Ar~. 1.0 Las Cánaras Legislativas se reu.nirán diente al período de q. .u e se tra~e, ,~os miemb)r'os OrdInarIamente cada. año, por derecho propIO, en I del Congreso en el perIOdo anterIor. la capital ?e la Re?ública, el día que designe la I El Diputado Pulecio propuso lo siguiente, e­gado. Sin observación alguna Íue aprobado el artíículo 3.° original del proyecto, que dice: " Art. 3.0 Quedan sustituidos los artículos 1. o y 2.° del Acto legislativo número 2 de 1905." Terminada la discusión sobre la parte disp,ositi­va, se aprobó el título, y el proyecto pasó á tlel cer debate. IV El Diputado Delgado suscribió entoncets un proyecto de resolución por ]a cual se fijan los un­tos principales á que dehe encaminarse la i ita que ha de practicarse en el Banco Central por co­misión d e la Asamblea. Dado al debate y después de SUf:ltental' lo 811 autor, lo impugnaron ]os Diputados Sres. asos, Angulo, Camacho, Pinto y Borda. Entonces el Diputado Posada propuso ]0 si· guiente: "Suspéndase lo que se discute y considérese lo siguiente: La comisión designada por la Asam­blea para verificar en el Banco Central la i spec­ción indicada por el Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro, informará detalladamente sobre el cum­plimiento que hayan tenido las disposiciones del Decreto legislativo número 47 de 1905." Abierto el debate, fue explicada esta proposi. ción por su autor y aprobada en ]a forma regla­mentaria por la Corporación. V El Diputado Cuervo Márquez inÍorm6 á la P~e. sidencia que en asocio del Diputado Núñez ha­bían cumplido el honroso encargo de poner en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 27 malnos de la Sra. viuda de Samper la proposición de condolencia aprobada por la Asamblea, y que aqtUélla les había manifestado su profundo agra· de(cimiento. encareciéndoles lo significaran así al Cuterpo legislativo. a Presidencia dio las gracias á la Oomisión en nOJmbl'e de la Asamblea. mpuesta la Corporación del informe con que 1 Comisión de Reformas constitucionales devol­viÓ> con modificaciones el proyecto de Acto legis­latiivo reformatorio de los artículos 206 y 208 de la Constitución, dio su venia á la parte resolutiv :y reQtr6 á considerarlo e~ segundo debate. Uno á unQ fueron aprobados los ignientes al'· t ....c ulos originales del proyecto: ", Art. Cada Hnisterio fo mará cada nño el pr( upuesto de ga tos d su sel'vicio y lo p sal'á al d 1 Tesoro, por el cual será redactado el eD fl­ral e la Nacion y sometido ~ la apl'obaci6n del OOlngreso, junto con el tIe Rentas, eu el que se 1'1'< pondrán los medioR necesarios para cu bl'ir las ob,ligaciones. ,( CURndo el Oongl'e~() no vote la ley de Presu· pu1: 19 6 (Pret;idencia del Diputaco Pulecio). En Bogotá, á 8 ele Enero de 1906, . iendo la 1 y 30 minutos de la tarde, se reunió la Asamblea N aciona} Constituyente y Le ,i~lR.ti va en el loc&.l de costumbre. Se llamó li t , :i la eual nte tal'on 1 ti res. o ;,llo, B: 1'1'0 ,BUI' a , Cam eh De)g do, Guféll'ez, Holguín, . IJl'tado, errer Luciano, Herrera Benjamín, Iguarán, Jiméuez, Manotas, Manrique, Núñez, eira, Pasos, Pórez, Pinto, Pulecio Posada, Sanío, Salazal' y U maña. Dej6 de contestar el Diputado Cuervo Már· quez, quien no asistió con excusa legal. Como hubiese el QU01'U1(¿ l'eglamentario, el Sr. Presidente declaró abierta la sesión e tando pre· sentes los Sres. Ministros de Hohiel'no, Relaciones Extetiores, Hacienda y Te~OJ'u, GueITa, Instruc ci6n Pública y Obras Públicn . Se dio lectura al acta de b sesión anterior, la cual fue aprobada. En segUIda, comose halláse presente el Dr. Fran­cisco Sorzano, Diputado á la Asa blea por el De­partamento de Santander, el Sr. Presidente le re· cibió el juramento legal, que prestó en la forma reglamentaria. Se dio cuenta de algunos de los negocios HUS' tanciados en la fecha por la Presidencia, y en tre ellos el de un memorial del Sr. M. A. Caro, que la Presidencia ordenó pu bIicar; y antes de leerse el orden del día, el Sr. Miuistro de Gobierno, en nombre del Excmo. Sr. Presidente de la Repúbli· ca, presentó un mensaje de aquel alto Magistl'ado~ en el cu8.1 manifiesta que, por diversos motivos que ~numera, retira todos los proyectos que habían El artículo 3.0 original fue aprobado, se halla sido presentados por los Sres. M.inistros del Des· re actado así: pacho. Concluye el manifiesto dando gracias á los miembros·de la Asamblea por su acuciosidad y " Art. 3.0 Quedan reformados en estos términos patriotismo. los artículos 206 y 208 de la Constitución na- Leido dicho mensaje, el Sr. Presidente de la cional." Asamblea dispuso que la Secretaría devolviera Terminada la discusión de la parte dispositiva, por 6rgano de los lespectivos Ministerios lús di­y aprobado que fue el título, la Presidencia decla· versos proyectos sometidos á la consideración de r6 oorrado el segundo debate, y el proyecto pas6 á la Asam blea. tercero por voluntad expresa de la Asamblea. El Sr. Ministl'o de Hacienda y Tesoro pidió]a Se firmó por el Sr. Secretnrio, en el libro res-j palabra y sentó la siguiente proposición, que fue pectJ.vo, el act~ del día anterior. aprobad~: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 28 ANALES D~ LA ASAMBLEA NACIONAL "La Asamblea Nacional, al clausur:ar sus se· siones en virtud de lo expuesto en él memsaje que acaba de leerse, resuelve que la Comhsión nom­brada para el examen del Banco Centra 1 cumpla su cometido y publique el informe morrespon­diente." El Diputado Núñez propuso luégo : "Eximese al Diputado N úñez de formar parte de la Comisión que ha de practicar un e)xamen en el Banco Central." Sometida esta proposición á la Asamb)lea, el Di· putado Iguarán la adicionó asf : " y elíjase el Diputado que debe reenuplazarlo." Así adicionada, fue aprobada por a Corpora-ción. - En seguida. el Diputad 8nnln Cano sentó la siguiente proposición: "Exímase de formar parte de a Co is'ón q e ha e visitar el Banco Centr J al Diput do B. Sa­nín Cano, y nómbrese al Diputado (que deba reemplazarlo." Sostenida. por su RU tOlo, fue ndicion ada pOI' el Diputado Posada, y aprobada en lo siguientes términos: " Eximase de formar parte de la Comisión que ha. de visitar el Banco Central al Diput do Sanín Cano, y nómbrese por ]a Presidencia el Diputado que debe reemplazarlo." El Presidente de la Asamblea design al Dipu­tado Manotas en lugar del Diputado S nín Cano para miembro de la Comisión que debe visitar el Banco Central, y dispuso que se procediera á ele­gir el Diputado que deba l'eemplazar en ella al Diputado Núñez. Verificada la votaci6n, el Sr, Presidente nombró escrutadores á. los Diputados Sres. Pinto V. y Pé­rez, y éste informó que el resultado de 1 votación habia sido el siguiente: Por el Diputado Camach0 L., 14 votos; uno por cada uno de los Diputados Manl'ique, Neira y Pérez, y 9 en blanco. Como hubiese obtenido la mayoría a bsolu ta el Diputado Camacho L., la Asamblea lo declar6 electo miembro de la aludida Comisi6n. En este estado, o] Sr. Presideute hizo lee!' el ar­ticulo 356 del Reglamento; declaró clausul'adas estas sesiones extraordinarias rle la Asamblea, y suspendió la sesión mientl'as se redactaba la pre sente acta. Reanudada aquélla á las 3 y 25 de la tarde, se dio lectura á esta acta, la que fue aprobada fir­mándose en presencia de la Asamblea, después de lo cual se levantó la sesión. El Presiden te, GERARDO PULECIO MENSAJE para la clausura temporal de la Aaamblea Nacioual. Honorables Miembros de la Asamblea Nacional Constituyente y Legil at- va. Como es del dominio del público, reina p z y tranquilidad en toda la República, Sólo en esta ca· pital, en donde se fraguó y se'iba á ejecutar la. ne­fanda conspiración del 19 del pasado, que no ten ía ramificación en los Departamentos y cuyo objeto principal era suprimir el Presidente y derrocar el Gobierno, hay, como es natural, alguna excitación que, si se au~entara, podría extenderse al resto del país y ser perjudicial para la paz y para el juz­gamiento de los conspiradores, Los discursos pronun ados en vuestra última sesión sobre cuestiones políticas, extrañas á los asuntos que el Gobierno ha sometido á vue a consideración, hacen temer, con fund mento, q e se en, ble una discusión política y ac lorada, 1'­judicial á a paz y á la tranquilidad púb icas, qu el Gobierno tiene la obligación de conservar como la primera necesidad nacional. Los proyectos que el Gobierno ha sometido á vuestra consideración son: el de reforma consti­tucional que ordene los presupuestoq anuales, la. supresión de los créditos uplementales y extl'aor­dinarios y, como ~onsecuencia obligada, el Con­greso anual para votar los presupuestos; el de di visión territorial, los de reformas en ciertas leyes en des~rrollo de, este último proyecto y otro de menor ImportanCia, Pidió también el Gobierno á la Asamblea que nombrara, como lo ha hecho, una comisión para que estudie los contratos celebrados por él con el Banco Central, visite oficinas de éste é infol'me so­bre la manera como dicho establecimiento ha cumplido sus obligaciones. De estos asuntos no es de apremiante urgencia sino el último, para que los accionistas y el pú­blico que no tiene interés directo en el Banco sean informados por el Cuerpo Legislativo acerca del manejo de los valiosos intereses que se le han con­fiado al Banco. Para obtener este resultado, el Go· bierno os pide que resolváis que la comisión nom­brada por vosotros al efecto cumpla su cometido y publique su informe. Por las razones expuestas, el Gobierno ha 1'e suelto retirar de vuestra consideración los proyec­tos que os ha presentado; se reserva convocaros en próxima ocasión, más propicia, para vol ver á someterlos á vuestro estudio, y os da las gracias por el patriotismo con que habéis concurrido al llamamiento que os hizo para tratar los asuntos indicados, Honorables Diputados, R. REYES Bogotá, Enero 8 de 1906. .El Secretario, El Ministro de Gobierno, BONIFACIO VÉLEZ­DANIEL RUBIO PARís El Ministro de Relaciones Exteriores, CLÍMACO . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASA..MBLEA NACIONAL 29 CALDERÓN -El Ministro de Hacienda y Tesoro, FÉLIX SALAZAR J.-El Ministro de Guerra, D. EUCLIDES DE ANGULO-El Ministro de Instruc­ción Pública, OARLOS CUERVO MARQUEZ-El Mi­nistro de Obras Públicas, MODESTO GARCÉS. Asamblea Naoional--P'1'esidenoia-Bogotá, 8 de Enero de 1906. Dése cuenta y publíquese. ERARDO PULECIO + INFOHME DE LA COMISION lIobre el proyecto de .Acto legislativo n time ro " de 1906, u por el cual le reforma el Acto legisl ativo n6mero 2 d. 1906." res. Diputados: Despu S de concienz do es udi el proyect de Acto legislativo ntimero 4 de 1906, " por el cual se reforma el Acto legislativo número 2 de 1905," vuestra Comisión conceptúa. que la reunión anual del Congreso satisface los anhelos de la generali. dad de los colombianos sobre el particular, y res­ponde á un.a . urge.~te ~ ~ositiva necesidad de la mejor admlDlstraClon publIca. Cree vuestra Comisión que la fiscalización de los actos ele los funcionario; públicos, la enmienda ó reforma ó abrogación oportuna de las disposicio· nes legales que en la práctica no se compadezcan con los verdaderos intereseR de ]a República, así como la expedición también oportuna de leyes que sirvan dichos intereses, y la necesidad de los Presu­puestos .de rentas '! gastos anu:11e~, son razones que justIfican amplIamente la reunIón anual del Cuerpo Legislativo, máxime si se tiene en cuenta la necesidad de poner fin á la apel'tura de créditos suplementales y extraordinarios, que han ocasio­nado siempre la anarquía de los Presupuestos. En consecuencia vuestra Comisión os propone: Dése segundo debate al proyecto de Acto legis. lativo número 4," por el cual se reforma el Acto legislativo número 2 de 1905," presentado á la Honorable Asamblea por el Sr. Ministro d~ Go· bierno en la se~ión del día 2 del presente. V uestl'a Comisión. GERARDO PULECIO - B. HERRERA - LUIS M. HOLGuíN. INFORME DE LA COMISION que tatudió el proyecto de Acto legislativo 11 reformatorio de los artículos 206 y 208 de la Constitución nacional." Sres, Diputados: La Comisión reglamentaria de Heformas Consti· tucionales ha estudiado el proyecto de Acto legis­lati vo reforma torio de los artículos 206 y 208 de la Constitución nacio al, presentado por el Sr. Miinistro de Hacienda y Tesoro y aprobado en priimer debate en la ~esión del día 2 de Jos c(}­rriientes, y tiene el h nor de devolverlo para su comsideración en segundo debate, con el siguiente infÍorme: El Título XIX de la 00nstitución, que trata" de la Hacienda," estn blece reglas generales sobre prresupuestos y gastos, siendo la principal de ellas la contenida en el artículo 206, que á la 1etra dice : , 'Art. 206. Cada M:nistro formal á cada dos añcos el Presupuesto de gastos de su servicio y lo paEBará al del Tesoro, per el cual ser'á redactado el gemeral de la Nación y 3Ometido á la aprobación del Congreso junto COL el de rentas, en que se prmpondrán los medios necesarios para cubrir las obl igaciones. '" Cuando el Congre no vote Ley de Presu· pu~esto para e cOJ'I'espo diente bienio económico, con ti uará ige t . el Pre. u p le to d 1 bienio n· teri or ." lEI proyecto q ne motiva este informe sustituye el a rtículo copiado por otro concebido en iguales térrminos, con la sola variaci6n de ]as palabras cada dos años del inciso p imero poI' las palabras cada añm, y en consecuencia n el inciso segunqo año eoomómwo en vez de bienio anterior. ~~óta.se desde luégo que el pl'oyecto reformato· rio no introd uce no,'-edad alguna substancial que afeete el sistema con titucional de formación y exp,edición de los Presu puestos nacionales; límita­se l.a reforma á )a duración del servicio económico de na vigeocia, 6 si se quiere, del ejercicio del Prelsupuesto, que se reduce á períodos anuales en vez de períodos bienales. 01' demás está observar que encontrándose en la Constituci6n como artículos concordantes del 206, de cuya reforma se tr'ata, Jos artículos '76, or­dio 1 11, segundo inciso y 118, ordinal 4.°, que con agran respectivamente los principios de que en eada legislatura se votará el Presupuesto gene­ral de rentas y gastos, y de que corresponde al Presidente de la República enviar al principio de cad Legislatura á la Cámara de Representantes el Presupuesto de rentas y gastos, el orden lógi­co exige que antes de reformar el artículo 206 se reforme el Acto legislativo número 2 de 1905, que sust:ituyó el artículo 68 de la Constitución, en el sentido de que las reuniones ordinarias ue las Cá­mar · s Legislativas, por derecho propio, tengan lu­gar cada año y no cada dos afios. Materia es ésta de otro proyecto que también devolvemos hoy con informe separado. • Para juzgar sobre la conveniencia de la reforma propuesta, basta tener en consideración que toda ley de Presupuestos, por su naturaleza y por su carácter especial, más que ninguna otra, requiere cierta previsión, tanto más difícil de alcanzarse cuanto más largo sea el término á que se extienda; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 80 LES DE L ASAMBLEA NACIONAL que los err01'es en los Pre)U)uestos son fuente de las más graves y tl'asc6.1xpondl'emos 30mel'amente algunos ante­cedentes legales de la cuestión: El Decreto legislati número 41 de H de Mar­zo ~ 1905, fundam(ntaI d~l monopolio, esta· bleció: 1.0 Que los particu lHe que tuviesen estable­cimientos de producci 'n de las materias monopo­lizadas, serian indemn zados p"eviamente de su valor (artículo 12); Y 2. o Que está indemrización se haría en bonos amortizables hasta con el cincuenta por éiento del producto de las reotas (artículo 13). El Decreto ejecuti~o número 631, fechado el 13 de Junio de 1905, cuando ya estaba en pleno vigor el monopolio de licores, sin que los indus" triales hu bieran sido aún indemnizados, dispone: 1.0 Que los bonos se amortizarán con el veinti­cinco por ciento del pJod ucto de la ReD ta (artfcu­lo 15) ; 2. o Que esta amorti~aci6n se hará por sorteo mensual riguroso, hast& agotar el fondo ~xistente para ello, e~ cada caso (artículo 18); Y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~ ALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL -. , 8.° Que el veinticinco pr ciento uestinado á la miseria; vosotros sabéis que sin capital no es amortización empezará á tcmarse de la cuota co posible el trabajo, y sin trabajo es vano el empe rrespúndiente ~ I m;s de u io de 1905, y que las ño de engrandecer, de dar paz y seguridad al cantidades destInadas á 6t,~ servicio no ingresa- país, por el cual estáis obligados á velar; por eso ran. á la Ca.ja ue fondos cmlnes, sino que perma- á vosotros nos dirigimos en nombre de estos sen­neCIeran sIempre en der5s to para verificar los timientos, apelando á la justici~ de nuestro recIa· sorteos (artículo 23). mo é invocando los sentimierl tos de humanidad Es de o~st'rv~l:se, Honcraoles Sres. Diputados, de que, como hombres que sois, estáis dotados, que esta dIS.poslC1ón no h. s do derogada por nin· para que os sirváis dictar una providencia que guna posterIor. ordenando se nos amorticen de una vez nuestros El Decreto número 14'3 de 15 de Diciembre bonos, nos devuelva un capital que con tánta jus­~ 1timo, dispone que no sea;oortice mensualmente ticia nos pertenece, y DOS permita así dedic~rDos sIno la tercera parte de o .. bonos circulantes en de nuevo al trabajo y atender al porvemr de la fecha del sorteo, siempe que el fondo de amor· nuestras ffl milias. tización alcance para ello (artículos 4.° y 6.°). Bogotá, Enero 3 de 1906. Ante todo, Honol'~ble's 8t'e8. Diputados, hare-m~ s notar que e.l slstena de sorteos adoptado Neftalí González, José de la. Cruz Her;era, deJa nuestra prOPIedad á merced de un juego de .Aníbal J. Machado, León M. Oijuentes,. hut8 M. suerte y azar, de un ju o de lotería' cosa bien Molina. Como cesionario de Gonzalo Glrón, Au· dura I!ara quien ha luchalo e roo buet{o á fin de I reUo Franco R.,. Ce1'oeleón jJinzón, Abran·a1n conquistarse un honroso T modesto vivir. Y aun· Nleto N., María Josifa Rod1'iguez, ESpinosa que n? estuviésemos al aZ\r de un sorteo y se nos Obando, V'wtor E. Peña. pag~se .mensualmente pOI medio de un prorrateo Presidencia de la Asamblea-Enero 8. ~q.u~tatlvo, todA!í~ sería ncalculable nuestro pero JUICIO, pues reCibIendo aunas ínfimas periódica. mente, éstas se convertHan en din6'1'o de bolsillo, Dése cuenta y pase al Ministerio de Hacienda y no nos .sería .dado acoueter empresa alguna; y y Tesoro para los fines consiguientes. esta conSIderaCIón sube. ~ e punto si se observa PULECIO + TELEGRAMA que conf~rme con la últIua disposición citada, no se amortizará cada mes 3ino la tercera par te de los .bonos circulantes ~l día del sorteo, lo que equlv~ldría. á una serIe indefinida de éstos, que haría 1Iu.sorla nuestra in ernnización. Los agiotis. ta~ á qUI~nea nos veríam03 obligados á vender á República de Oolomb'ia - Oficina telegráfica cen. baJO preCIO nuestros créd tos si esto no se modifi- tral-Bucaramanga, 2 de Enero de 1906. _ ca, serían los únic.os que s~ ap;'ovecharían del fruto d Presidente Asamblea Nacional-Bog{,tá. e nuestro trabaJo; y e verdad que todo lo ex-puesto n08 hace ver cIaran elnte que muchos agen tes subalternos del Gobier'no están interesados en que esto último suceda PUl). hacer su agosto. . A hora bien: según da¡oa del Ministerio de Ha­CIenda, los bonos que actlalmente circulan np pa. san de $ 50,000 en oro ; y según el dato del Sr. Gerente de Rentas, el fo do de amortización, too mado desde J ul.io d~l. }ñO próximo pasado, de a~uerdo con la dISPOSICIOl citada no derogada por nlDguna otra, alcanza ya i $ 150,000 en oro. Esta suma, según el artículo 23 del Decreto número 631 de 1905, no puede hab rse invertido en ningún otro gasto; luego existe un fondo de amortización tres veces mayor que la cantidad de bonos amor­tizables. l Porqué, pues, no se amortizan de una vez y se nos saca de la situación de extrema pobreza en que nos ha d6ja.do el monopolio ~ H~norables Sres. ,.Diputados: Vosotros repre. sentáIS al país, estals en contacto íntimo con él, sabéis sus necesidades y Qonocéis de un modo in. mediato el estado en que nos encontramos los p~o~uc~o~es de. l~c~r~s, .á . quienes el monopolio nos ha cortado nuestra industria y dejado en la Comunico á esa honorable Corporación que, en cumplimiento ley, celebróse ayer de manera digna y lucida festividad de añonuevo, y á medio día se cantó Te ])eum como acci6n de gracias especial por conservación paz y la vida y salud del.Excmo. Sr. Presidente República. Servidor, ALEJANDRO PERA S. ERRATA En el acta de la sesión del dfa 4, publicada en el número 3 de estos Anales, se hizo figurar al ~r. Diputado Neira en vez del Sr. Diputado General Herrera, como que había hecho co~st~r. su voto negativo al proyecto de ley "sobre IndIVIduos va· gos y perniciosos." Quienes hicieron constar así su voto fueron únicamente los Diputados Herrerll, Manrique, Carnacho y Núñez. IMPRENTA NAOIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional -Serie IV N. 4

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 6

Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 6

Por: | Fecha: 17/04/1907

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALBS DBLA ASAMBLBA NACIONAL Serie V Bogotá, Abril 17 de 1907 NÚlll.ero 6 miento de la pl'esente Ley se considerarán incluí das en los respectivos Presupuestos de GaAtos. Dada en Bogotá, á nueve de Abril de mil nove Págs. I cientos siete. Ley nlímero 1 de 1907, .. por la cual se concede un" pensi6n ......... 41 1 El Presidente, Ley nlímero 2 de 1907 (Abril I?), "por la cual se conceue una in. ¡ demnizaci6n á los Departamentos de Boyacá y Tundarn" " •• . .•. .¡, 1 DIONISIa J IMÉN EZ Acto legislativo nlímero I de 1907 (Abrillli)," por el ena! Re Sll~titllyt· I El SAcretal'io, el Acto legislativo n(írnero 2 de 1906 ...... ...... .• ........ t2 Gerardo A'rrubla. Acta de la sesiÓn del dfa 11 de Abril de 1907...... '" . . •••• .• .. 42 Acta de la sesi6n del dfa 12 de Abril de 1907 .......... '. ..... ... ..•• 43 A.cta de la sesi6n del día 13 de Abril de 1907...... .. •.. . ... .. .... ... 16 Rela()i6n de debates de 1ft sesi6n del d!a 11 de Abril de 1907. .. .•.• 45 Informe de una Comisión...... .. •• . .. ...... . . ... .... .. , 4; Pode?' Ejecut'tvo-Bogotd, Abril 10 de 1907, Nota del Ministerio de Guerra ............. ........ .. _...... ...... 48 Telegramas ..... ..... ••••• .... ....... ............ .. ... ....... 48 LEY NUMERO 1 DE 1907 por la enal se concede una l>ensi6n La 11sam.blea Nacional Oonstittlyente y Legislat'iva, Por cuanto el Sr. General Ramón Santodomigo Vila ha prestado al país importantes servicios du rante más de cincuenta afios y desempefiado con dignidad y desinterés ejemplares elevados cargos de Estado en los Ramos Ejecutivo, Legislativo y Militar; Por cuanto como Ministro Residente, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Oo· lombia ante varias naciones extranjeras ha exhibi do dotes nada comunes y alcanzado sefialados mé ritos, y como militar se ha distinguido por su valor, pericia y lealtad, habiendo quedado radu cid o á la invalidez á causa de una herida que re cibió al salvar la vida de notables p.risioneroA po· l1ticos, entre quienes se encontraba un distinguido prócer de la Independencia, y en atención á que actualmente se halla, además de inválido, en la ancianidad y en la pobreza, DECRETA: Art. 1. o Ooncédese al Sr. General Ramón Santo. domingo Vila una pensión de doscientos pesos oro ($ 200) mensuales, que le serán pagados del Te soro nacional. Parágrafo. Al fallecimiento del expresado Gene· ralla mitad de dicha pensión la gozará su hija, la Srita. D~ María Santodomingo VéJez, mientras permanezca sol tera. Art. 2.0 Las erogaciones que cause el cllmpli. Publíquese y ejecútese. R. REYES El Ministro de Hacienda y Tesoro, TOBlAS V ALENZUELA LEY NUMERO 2 DE 1901l' (ABRIL 12) por la anal se concede una indemnización 'Io~ Departamentos de l'Joyacá 1 Tundama. .La 11samblea Nacional Constituyente y Legislativa DECRETA: Artículo único. Ooncédese á favor de los Depar tamentos de Boyacá y Tundama, como indemniza· ción por la Renta que derivaba el antiguo Estado de Boyacá de las minas de esmeraldas de Muzo y Oos· cuez, la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000) anua les en favor de Boyacá, y la de sesenta mil ($ 60,000) anuales en favor de Tnndama, que se pagarán del Tesoro nacional mientras estas minas den el pro· ducto que actualmente están dando. Estas sumas se rebajarán en la proporción que disminuya el producto de las minas; y los Departamentos así fa,.. vqrecidos no tendrán derecho á intervenir en la ad · ministración ni en la contabilidad de dichas minas. Parágrafo. La anterior distribución obedece á la circunstan'cia df\ que al liquidar los derechos y obligaciones para la organización de los nuevos Departamentos de Boyacá y Tundama quedó este último sin los recursos indispensables para su pro· pia administración. Parágrafo. La suma que corresponde al Depar­tamento de Boyacá se destinará para la construc- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 42 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL J ción del acueducto de Tunja, y después para la instrucción pública. El Gobiel'llo nacional arre· glará con la Gobernación de Tundama la manera más conveniente de invertir la suma que corres· ponde á este Departamento. Dada en Bogotá, á once de Abril de mil npve­cientos siete. El Presidente, DIONISIO J IMtNEz El Secretario, Aurelio Rueda A. Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril lt de 1907. Publ1quese y ejecútese. R. REYES I El linistl'o de Hacienda y Tesoro, I TOBíAS V AL11lNZUELA 1 ACTO LEGISLATIVO NUMERO 1 DE 1907 (ABBIL 15) por el cual se snstituye el Acto legislativo número :1 de 11106. La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa DECRETA: Art. 1.0 En lo sucesivo las Oámaras Legislativas se reunirán por derecho propio cada dos afios, el día 1. o de Febrero, en la capital de la República. Art. 2. o Las sesiones ordinarias durarán noven ta días, pasados los cuales el Gobierno podrá de clarar las Cámaras en receso. Art. 3. o La fecha inicial para la reunión del primer Congreso constitucional será elLo de Fe ­brero de 1910. sin perjuicio de que el Poder Ej,e cutivo pueda anticiparl{'l, ó la Asamblea-por me· dio de una ley-retardada, si así lo exige u las con veniencias públicas. Parágrafo. El Decreto que convoca á elecciones pat'a miembros del Congreso ]0 expedirá el Go­bierno con la anticipación debida, para que las Oámaras puedan reunirse en la fe~ha sefialada en el articulo 1.. I tituido el Acto legislativo número 2 de 1905 y el articulo 68 de la Constitución. Dado en Bogotá, á trece de Abril de mil nove· cientos siete. El Presidente, DIONISIO J IMÉNEZ El Secretario, Ge1'ardo A1'1"ubla El Secretario, A 1trelio Rueda A. Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril 15 de 1907. Publíquese y ejecútese. R. REYES El Ministro de Gobierno, D. EUCLIDES DE ANGU r~O 1 -*­ACTA DE LA SESIÓN DEL DíA 11 DE ABRIL DE 1907 (Pr~ 'dencia del honorable Diputado Jiméuez). 1 Con el quoru1n reglamentario se abrió la sesión de este dta á la una y cuarenta minutos de la tar­de. Debidamente excusado dejó de concurrir á. ella el honorable Diputado Matéus. I Leída por el Secretario el acta de la sesión ante· rior, el honorable Diputado Pulecio hizo uso de la palabra pal'a hacer algunas observaciones sobre el negociado de las minas de Muzo y Coscuez, como respuesta á lo manifestado el día anterior en el mismo asunto por el honorable Diputado Restre­po; aquél, con la lectura de varios documentos, puso de presente que no era responsable el Gobier­no del 81'. Marroquín del contrato cfllebrado coo el Sindicato. El honorable Diputado Restrepo repli · có diciendo que no retiraba ninguna de las aseve· raciones hechas en el particular, pero que él uo acusaba á la Administración Marroquín por el con ­trato de las minas, pues únicamente había afirma· que éste se celebró durante tal Administración, la cual, á su juicio, no tenía responsabilidad en el asunto en cuestión. Después de esto se apl'Obó sin observación alguna el acta que se discutía. Se impuso la corporación de los negocios sustan · ciados por la Presidencia y del orden del día fijado por la Comisión de la mesa. II Art. 4. 0 (Transitorio). Mientras se reúne el pri ­mer Congreso de que habla el articulo anterior, la Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa con tinuará ejerciendo las funciones legislativas que por la Constitución corresponden en sesiones extraordinarias al Congreso, y separadamente al Senado y á la Cámara de Representantes, y las de Constituyente que sefiala el artículo 8. o del Acto De acuerdo con éste se consideró en tercer de - reformatorio número 9 de 190b. bate el proyecto de ley " por la cual se concede Parágrafo. El Poder Ejecutivo pod¡'á convocar una indemnización á los Departamentos de Boya· la Asamblea á se,;iones extraordinarias cada vez cá y Tundama." que lo esti.me conveniente. I Verificada la votación secreta, la Presidencia Art, 5.U En los .términos del presen te queda sus· designó como escrutadores á los honorables Dipu- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 43 tados Pinto y Gómez, quienes iuformaron que la i de 1905," y tomaron la palabra en su apoyo los Asamblea había expresado su voluntad de que el ' honorables Diputados Matéus, Neira, Reyes y proyecto pasara á ser ley de la República, por 42 Abello, después de lo cual fueron aprobados con­balotas blancas contra 2 negras. secutivamente los cinco artículos de que consta y III Diosa lectura por el Secretario al informe l'elati vo al proyecto de Acto legislativo "por el cual se sustituye el Acto legislativo número 2 de 1905," y la Asamblea aprobó el proyecto de resolución que finaliza dicho informe, por el cual se dispone que se dé segundo debate al proyecto. Abierta la discusión, se trajo al debate el artícu lo 1.0 Hicieron uso de la palabra 108 honorables Dipu­tados Herrera, Angulo y Aldana para sostener el proyecto. Aprobado el articulo 1.0 por la Asamblea, 10 fue igualmente, en la forma reglamentaria, el 2.°; y al discutirse el 3. o, los honorables Diputados Pino to, Cuervo Mál'quez y Restrepo pidieron la pala ­bra para sustentarlo. Siendo las cuatro y cinco minutos de la tarde, el Sr. Presidente levantó la sesión. que á la letra dicen: "Art. 1. o En lo sucesivo las Cámaras Legislati­vas se reunirán por derecho propio cada dos años, el día 1. o de Febrero, en la capital de la República. " Art. 2. 0 Las sesiones ordinarias durarán no· venta días, pasados los cuales el Gobierno podrá declarar las Cámaras en receso. "Art. 3. o La fecha inicial para la reunión del primer Congreso constitucional será el 1. o de Fe­brero de 1910, sin perjuicio de que el Poder Eje­cutivo pueda anticiparla ó la Asamblea, por medio de una ley, retardarla si así lo exigen las conve­nienciae públicas. "Parágrafo. El decreto que convoca á eleccio· net:l para miembros del Congreso lo expedirá el Go· bierno con la anticipación debida, para que las Cá· maras puedan reunirse en la fecha sefíalada en el artículo 1. o "Art. 4. 0 (Transitorio). Mientras se reúne el pri· mer Congreso de que habla el articulo anterior, la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa El Presidente, continuará ejerciendo las funciones legislativas El Secretario, DIONISIO JIMÉNEZ que por la Constitución corresponden en sesiones extraordinarias al Congrego, y separadamente al Aurelio Rueda A. Senado y á la Cámara de Representantes, y las de Constituyente que seftala el artículo 8. ° del Acto Get'ardo Arrubla reformatorio número 9 de 1905. "Parágrafo. El Poder Ejecutivo podrá convocar El Secretario, --~~- ACTA DE LA SESIÓN DEL DtA 12 DE ABRIL DE 1907 (PI e:,iden["3 riel honorable DIputado J irn énez). 1 Con el número reglamentario de Diputados el SI'. Presidente abrió la sesión á la 1 y 45 minutos de la tarde. Fue aprobada el acta del día anterior, y se dio cuenta de los asuntos despachados por la Presi dencia y de los sustanciados por la misma. II El hOl1orable Diputado Manrique devolvió elln informe, proyecto de resolución y pliego de modio ficaciones el de ley "por la cual se reglamenta· el servicio de la industria pública de transportes. ,. El Sr. Ministro de Relaciones Exteriores presen· tó á la consideración de la honorable Asamblea el proyecto de ley" aprobatorio del Tratado de amis· tad, comercio y navegación celebrado con la Re pública del Ecuador." El Excmo. Sr. Presidente de la República devol· vió con el mensaje respectivo sancionada la ley " por la cual se concede una. pensión al Sr. Gene· ral Santodomingo Vila." III Continuó el segundo debate del proyecto de Acto legislativo" por el cual se sustituye el número 2 la Asamblea á sesiones extraordinarias cada vez que lo est ime conveniente. '1 Art. 5. o En los términos del presente queda sustituido el Acto legislativo númoro 2 de 1905 y él artículo 68 de la Constitución." Aprobado el título sin modificación alguna, se cerró el segundo debate del proyecto, y la A~am · blea manifestó su voluntad de que pasara á terce· ro en votación nominal. Llamada la lista, el Se­cretál'Ío anunció que el proyecto había pasado por unanimidad de votos de los miembros presentes. IV Se dio lectura al informe de la Comisión que es tudió el proyecto de ley "por la cual se establece la forma de pago y amortización .de la deuda de Tesorería"; y aprobado el proyecto de resolución con que termina, se abrió el segundo debate de este proyecto, y fueron aprobados después de sus· tentarlos el Sr. Ministro de Hacienda y el honora· ble Diputado Gerlein, los artículos 1.0 y 2. o con dos de los incisos de éste, y que dicen así : "Art. 1.0 La deuda de Tesorería por créditos pendientes el 31 de ~icie~bl'e de 1904, registra~a en virtud de resolUClOll numero 26 de 18 de Julio de 1906 del Ministerio de Hacienda y Tesoro, se convertirá en documentos de crédito al portador, que se denominará.n Vales de Tesorería." - " Art. 2.0 Para la emisión de dichos vales se observarán las reglas siguientes: "1.' Los tenedores de los documentos registrados los presentarán al Ministerio de Hacienda y Teso· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 44 ANAL.h:t.') j)~ LA ASAMBLEA NACIONAL • ('O con un memodal en que soliciten la conversi,ón é indiquen la clase y valor de loe doclllnent,os; " 2." El Ministerio hará un estudio detenido de los documentos presentados, y dictará una resolu · ción reconociendo á favor del poseedor actual el derecho á cobrar del Tesoro nacional, en vales de Tesorería, la suma en oro equivalente al valor de los documentos que llenen los requisitos legales, y rechazando lós que no estén en debida forma." El honorable Diputado Aldana modificó el inci· so 3. o, que dice así: ., 3.° Los documentos que representen papel moneda se computarán al diez mil por ciento, y los que representen moneda de plata., al doscientos cincuenta por ciento con I elación al oro, en la forma siguiente: " Todos los documentos de crédito que tengan relación con la presente ley se cumputarán al diez mil por cien to." Pero la honorable Asamblea le negó su aproba ción después de sustentarla su autol, y de expli­car el parágrafo original el honorable Diputado Gerlein, y en seguida fue aprobado. Al discutirse el indso 4. o del a,'ticulo 2. o men­cionado, concebido así: "4. o Los documentos rechazados por carecer de alguna formalidad legal podrán completarse y presentarse nuevamente á la conversión, siempre que hayan sido registrados oportunamente en vil" tud de la resolución citada en el artículo 1.0 de de esta Ley," el honorable Diputado Manrique lo modificó así: "Los documentos rechazados por carecer de alguna formalidad legal podrán completarse y presentarse nuevamente á la conversión, hasta un afio después, siempre que hayan sido registrados oportunamente en virtud de la resolución citada en el artículo 1. o de esta Ley. " y asi se aprobó y adoptó el inciso en cuestión, después de impugnarla el honorable Diputado Ud be Toledo, y de sustentar el inciso original. Los incisos 5. o y 6. o del al'tí<:ulo 2. o, propuestos en la forma siguiente, fueron aprobados: " 5. o Fundados en la resolución de reconoci­miento, los tenedores de documentos presentarán las respectivas cuentas de cobro, y el Ministro de Hacienda y Tesoro girará la orden de pago corres· pondiente que cubrirá la Tesorería general en va­les de Tesorería. " 6. o Los documentos reconocidos quedarán al" chivados en la respectiva Sección del Ministerio de Hacienda y Tesoro, debidamente cancelados." Los artículos 3. o, con su parágrafo, y 4. o fueron aprobados sin modificación. Dicen así: . " Los vales de Tesorería serán semejante!:! á los emitidos para el pago de recompensas militares, y de valor de oien perlos, cincuenta pesos, diez pesos, cinco pesos y un peso (oro), en las proporciones que que el Gobierno juzgue necesario. Parágrafo. En las resoluciones sobre reconoci· miento de estos créditos se prescindirá de las frac­ciones de peso. Art, 4.0 La deuda de Tesorería pendiente en 31 de Diciembre en 1904 que no haya sido registrada en virtud de las diversas disposiciones dictadas con tal objeto, se declara definitivamente sin valor. El honorable Diputado Sanín Cano propuso el siguiente parágrafo nuevo: "Sefiálese el t·érmino de seis meses, contados desde la fecha de la'promulgación de esta Ley, para que se presenten al Ministerio de Hacienda y 're­soro los documentos registrados para los fines que determina el inciso 2. 0 del artículo 2. 0 de la pre· sente Ley. Después de este término se considera que los tenedores de ese papel registrado renuncian al derecho de convertirlo." El honorable Diputado Salazar lo impugnó; pero explicado por su autor, fue aprobado, yal adoptar se el honorable Diputado Camacho lo modificó en la forma siguiente: "Los documentos registl'ados que no se presenten para su conversión en vales de Tesorería seis me· ses después de promulgada esta Ley, quedarán sin ningún valor." El autor y el honorable Diputado Salazal' sus­ten taron la modificación, y así se adoptó. El artículo 5. 0 , que dice: " Los vales de Tesorería se amortizarán desde J u lio próximo, por el sistema de remates mensuales, en la forma y fechas adoptadas para los vales de las guerras de 1895 y 1899 de recompensas milita res, con un fondo de mil quinientos pe80s mensua les. " Lo modificó y sustentó el honorable Diputado Rueda Gómez, en el sentido de asignar tres mil pe· sos mensuales en vez de quinientos; pero como se negase la Asamblea á aprobar tal modificación, se aprobó el artículo original. Hablaron acerca de esta modificación los honorables Diputados Oama­cho y Herrera. El mismo honorable Diputado Rueda Gómez presentó el siguiente parágrafo nuevo al artícu­lo 5. o: " El Gobierno queda autorizado para aumentar el fondo de amortización en atención á la cuantía de la deuda registrada, en relación con la suma circulante en pagarés del Tesoro." La Presidencia lo declaró inadmisible. El artículo 6. o, redactado así: " En el presupuesto especial de Crédito público se apropiará partida para la emisión de los vales á que se refiere esta Ley; y en el de gastos ·se hará la traslación de la suma necesaria para el pago de los remates que deben verificarse en el presente afio." Fue aprobado sin modificación. No teniendo más artículos la parte dispositiva de este proyecto, y no presentándose nuevos, la '\ Presidencia la declaró cerrada y dispuso pasara en comisión de revisión al honorable Diputado Pule· cio, con veinticuatro horas de término. V Los honorables Diputados Ruiz y Camacho pre­sentaron la siguiente proposición, que fue negada después de haber hablado en contra de ella el ho ­norable Diputado Manrique: "La Asamblea Nacional Constituyente y Legis­lativa, teniendo en cuenta el tiempo muy limitado de que dispone para dar evasión á los asuntos que ( Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DJi~ LA ASAMBLEA NACIONAL Mí ~============================================================== ,se han sometido á su estudio, resuelve reunirse en sesión nocturna, de las ocho y media á las diez p. m. de todos los días, para considerar exclusiva mente lo relacionado con el Presupuesto de rentas y gastos y reformas constitucionales." A las cuatro y veinte minutos de la tarde se le vantó la se ióu. .H~l Presidente, DIONISIO J IMÉNEZ 1m Secretario, Aurelio Rueda A, -+- ACTA DE L.\ SESIÓN DEL DíA 13 DE ABRIL D,E 1907 ( Presidencia del honorKble Diputado Jim6uez ). 1 Llamada la li!:\ta ¡JOI' el Sec('etal'Ío, á la cual cou testaron todo!' los honorable!> Diputados, el Pre· sidente dee1aró abierta la sesión a las dos y cinco minutos de la tarde. La Asamblea aprobó sin obsel'vaeión algulJa el acta de la sesión anterior, Oomo el Secretario informara que se hallaba presente en el recinto el Sr. Dr, Antonio R. Blan­co, Diputado principal por el Departamento de Bolívar, el Sr. Presidente le exigió el juramento legal, que prestó e1l la forma reglamentaria. El Sr, Ministro de Relaciones Exteriores hizo uso de la palabra para presentar los proyectos de ley aprobatorias de los Tratados celebl'ado ~: por el Gobierno de la Repúhlica con el del Perú" sobre arbitraje general" y de " arbitraje sobl'e límites." Impuesta la corporación del resulDen de los ne gocios sustanciados en la fecha por la Presidencia y del Ol-den del día, se consideró y aprobó en ter cel' debate el proyecto de Acto legislativo "por el cual se sustituye el Acto legislativo llúmero 2 de 1905." II El honorable Diputado Gnl3cco Luburde pl'O­puso: "Altérese el orden del día y considérese lo si· guiente: " Nómbrese por la Presidencia una comisión de tres miembt'os para que redacte una exposición concisa de los motivos que han inducido á la Asam blea á posponer la época en que deben verificarse las elecciones para miembr'oH del Oongreso na cional. " Esta exposición será tr,aducida al francés, in. glés y alemán, y publicada en algunos diarios de Francia, Alemania, Inglaterra y Estados Unidos de América. " El honorable Diputado Franco pidió explicación al honorable Diputado proponente sobre los fines que había tenido en cuenta para hacer esta mo· ción, y aquél hizo en seguida la explicaci6n del ,caso, .La Asamblea no convIno en la alteración del 01" den del día. Al abrirse el primer debate del pro­yecto de ley "sobré aprobaci6n de un tratado," el Sr. Presidente dispuso que la Asamblea se cons­tituyera en sesión secreta. Eran las dos y veinticinco minutos de la tarde. El Presidente, DIONISIO JIMÉNEZ El Secretario, Germ'do An'ubla RELAClON DE DEBATES DE LA SESIÓN DEL DíA 11 DE ABRIL DE 1907 En discusión el acta del día 10 de Abril, el hono rabIe Diputado Pulecio dijo: "Movido por un sentimiento de justicia deseo que conste en la relaci6n taquigráfica de este d1a una ligera explicación que voy á dar, respecto á una de las apreciaciones que mi honorable colega el Dr. Restrepo hizo con relación á las minas de Muzo y de Coscuez. ¡¡ Esto no es una rectificación, ni mucho menos provocar discusión sobre un asunto que poco me interesa en cuanto al fondo; pero el Sr. Dr. Res trepo, cuya levantada instrucción y versación par lamentada admiro siempre, ha manifestado un hecho tan descarnado y en forma tan escueta, que el dejarlo sin explicación ninguna podría eu el público dar lugar á apreciaciones acaso indecoro sas con respecto á la Administración pasada. " Dijo que se habia hecho un contrato leonino, e~ {lecir, perjudicial á los intereses públicos, y que se había hecho con la. Administración Marroquín. Son dos hechos éstos que, dichos así, para el púo blico que no conoce los antecedentes viene á equj· valer á esta explicación: la Administración Ma­rroquín hizo un contrato leonino en perjuicio de los intereses del país; luego esa Administración faltó á la probidad. " No sé si el honorable Dr. Restrepo conoce los antecedentes de ese contrato; pero sí quiero que tanto la honorable Asamblea como el público ten · gan conocimiento de los antecedentes del contra­to, para lo cual me voy A permitir dar lectura á. unas pocas piezas c0nducentes á ese objeto: "La Ley 33 de 1903 dijo en su artículo 5. e lo siguiente: ' Art. 5. 0 Oréase una Junta que se llamará Junta Nacional de Amortización, compuesta de cinco individuos, nombl'ados dos por eJ Senado, dos por la Oámara de Representantes y uno por el Poder Ejecutivo, escogidos entre lo más distingui do del comercio y las industrias por su rectitud y competencia, Cada uno de los miembros de esta Junta tendrá dos suplentes nombrados del mismo modo.' " Oomo se ve aquí, la ley entró hasta en un deta· lle nimio de condiciones morales y mercantiles que debieran tener los individuos que formasen esa Jun· tao Oonsecuente el Gobierno con las disposiciones de esa ley, procedió á constituir la Junta, previos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 46 ANALES DE IiA ASAMBLEA NACIONAL los nombramientos hechas por las entidades res gocios de ninguna cla.se, no porque crea que nego · pe~tivas, y los nombramientos recayeron en l~ s.i, I ciar con los ~obiernos es llD: deJit?, ,n~ mucho gmente forma: la Oámara de Representantes ehglO meuos; el GobIerno es una entIdad JundlCa capaz á los Sres. Dr. Rafael Rocha Oastilla y Luis Mal' I de negociar como toda otra persona jurídica Ó na tínez Silva; el Senado eligió á los Sres. Nicolás Es- tural. Pero ni aun esa circunstancia hay; tampoco guerra y José Oamacho, y el Presidente de la Re I tengo relaciones de amistad ni de saludo con nin pública designó á José Manuel Restrepo Sáenz. guno de los señores que formaron el Siudicato de "Oomo se ve, tanto la O~mara de Representan~es ¡la Junt~ de .Am.o:tización; es purame~te ,;m deber como el Senado y el PreSIdente de la RepúblIca de estrIcta JustIcIa lo que me mueve a dejar cons· eligieron no sólo personas de la más alta represen tancia de que si este contrato fue celebrado por la tación comercial é industrial, sino de la mejor so- Junta de Amortización, ni de él, ni de su validez ciedad de Bogotá; de 'modo que la Junta quedó es responsable el Gobierno del Sr. Marroquín." constituida de acuerdo con el querer de la ley. " Después de varios incidentes, que no es del caso referir, vino el contrato con el Sindicato, y yo de· seo que la Asamblea y el público sepan cuáles son la~ personas que formaron ese Sindicato, porque á mI modo de ver revisten la misma honorabilidad de los señores miembros de la J unta de Amortiz< - ción que celebraron 1 contrato. Este wntrato fue celebrado con los Sres. LaureaBo García Ortiz, Manuel Antonio Angel, Julio Silva, Enrique Silva Silva, Si!vestre Samper Ul'ibe, Bernardo Pizano E., EnrIque Oortés, NicoláR Ca margo, Aurelio Uribe B., Manuel María Madero, José María Saénz P., Francisco Saénz P., Wenceslao Parede!:!, Luis Patifio Orrantia, Andrés Vargas V., Enrique J. Escobar, Miguel S. Uribe Holguín y Juan de D. Mendoza. Estos datos los tomo del informe qne la Junta Nacional de Amortización pasó al Oongreso de 1904:, al Poder Ejecutivo y al público. "Respecto á la ilegalidad é incou vemencia del contrato, la Junta lo pasó previamente á personas también sumamente respetables. La casa de Gu­tIérrez y Escobar estudió el contrato y concluyó su mforme con estos 'onceptos: , No terminaremos sta nota sill cumplir el de ber de manifesta\' que todo lo que vimos y oímos durante nuestra limitada intervención en eHte asunto, nos ha confirmado en la absoluta confian· za-que ya de antemano teníamos-en la capaci dad y rectitud de la J unta y en su acennrado celo por los intereses públicos. . Nos complacemos en dar público testimonio de Uo. ' " y el Dr. Santiago Oepina A., á quien con el lUismo objeto se le pasó el contrato, llegó también á esta conclusión: 'Por todo lo expuesto creo que el contmto á que se refiere la consulta de usted y que consta en la citada escritura número 357, de 27 de Febrero último, otorgada en la Notaría 2. a de este Oil cuito, es plenamente legal, está celebrado por la Junta dentro de los límites de su mandato y no adolece de ninguno de los vicios que conforme á la ley hubieran de causar su invalidación.' " Esta explicación, como he tenido el honor de decirlo al principio, uo tiene más objeto que poner á cubierto el honor de la Administración Ma· rroquín en lo referente á este contrato. Ella no hizo sino cumplir la ley, en las mejores condicio· nes posibles, tal como estaba escrita. "Debo advertir que yo, ni con el Gobierno del Sr. Marroquín, ni con ningún Gobierno de los ha­bidos en el país desde 1885 para acá, he tenido neo Al discutirse el proyecto de 1 eforma constl tucional, el honorable Diputad·) Ouervo Márquez dijo: "St". Presidente: " Ruego á mis honorables col gas se ~ i l' van e cusal' que dé la explicación de mi voto en este de bate trascendental, porque, aunque afirmativo, no está precisamente de acuerdo con las causas que 10 han motivado en algunos ne mis honorables co legas. "Yono le terno á los Oongresos, Sr. Pretlidente. " Si bien es cierto que en algunos de ellos se ha amado la libertad con tan ardiente amor que se la ha prostituido en vileciéndola, en otros se ha le­vantado la noción del derecho y de la dignidad humana con elocuencia digna de los tiempos de Pel'Ícles y de Solón! " Yo no reniego, ni renegar podría, del Oongre so que en 1821 fue presidido por Camilo Torres, eee gigante de verbo divino y de intelig ncia po derosa, que supo interprotar los agravios y ~SpE' ranzas de un contmente en diez generacione ! "¡Yo no reniego, ni renegar podría, delOon· greso que en Angostura vació el mold en que Re fundió la Gran Oolombia! " ¡ Yo no reniego del Congreso de Oúcuta, esa mole inmensa de intelectualidad, no igualada en la Amédca del Sur! En las tibias noches silencio sas, por las ojivas del derruido templo que sirvió de asilo á los que sí fneron Padres de la Patria, se escapa aún el eco de esas oraciones porten tosas dignas de Demóstenes ó Oicerón, y por sus na ves solitarias cruzan 'sombras de alto ejemplo.' " ¡ Admiro el Congreso de 1823, que en medio del fragor de los combates hizo triunfar la pluma sobre la espada y sentó las bases de nuestra vida constitucional! " ¡ La misma Oonvención de Ocaña! Aún la Historia no ha dicho su última palabra, y aún se ignora quién fue la víctima y quiénes los victima­rios. " El Congreso de Ibagué, asilo de la legitimi­dad proscrita primero, triunfante despnés. " Los Oongresos en Oolombia han sido fiel ima· gen del estado del país y del medio en que han vivido: ingenuo en los primeros tiempos de la vida independiente, crece con portentosa grandeza en Angostura, llega á lo sublime en Cúcuta cuan­do la idea republicana se condensa en medio con· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 47 tinente con la organizacIOn de una poder09a na· cionalidad, se torna sereno y pensador cuando se dicta la Oonstitución de Oolombia la Grande, tur­bulento cuando ve inevitable la disolución de la República, y luégo, de manera fatal é ineludible, ha segu,ido todas las oscilaciones de nuestras tiur­bulentas democracias, encauzándolas muchas ve ­ces, siendo víctima de ellas en otras ocasiones. " Tampoco doy mi voto afirmativo por compla­cencia con el Ejecutivo, porque ni veo cómo un Oongreso pudiera perturbar el impulso vigoroso dado á la Nación por su actual ilustre .Tefe, ni por­que creo que haya quien sea osado á pensal' que el Ejecutivo haya deseado la supresión del Ouerpo Soberano. " Este proyecto, Sr. Presidente, y recordémoslo bien, ha surgido espontáneo y vigoroso en la Na· ción entera: el Ejecutivo no ha tenido en él otra ingerencia que la natural de cortesía parlamenta­ria de enviarnos las peticiones que conjuntanlente cou él le han sido dirigidas á la Asamblea, y la de autorizar á este augusto Ouerpo para que resuelva lo que estime más conveniente para bien de la Na ción. "Densa nube sangrienta, en cuyo seno, cual hambrieutos buitres, anidaban las más feroces pa siones, cubría el cielo de Oolombia en las postri merías del siglo pasado y en los albores del presen­te siglo. A la mágica voz de concordia, pronuncia da por el que es hoy Jefe de la N ación, se desgarró el tupido velo, y amplios horizontes yel mismo sol alumbró para los colombianos todos. Fue recibida por los pueblos desangrados como lo fue la idea cristiana por el pueblo antes rey, después esclavo. " Es en nombre de esa mágica palabra que doy mi voto afirmativo al proyecto que se discute: las elecciones políticas en los momentos presentes destruirían de modo irremediable su obra reden­tora. " Ouando en época ya lejana me fue dado prac ticar la concordia en ese rico jirón de la tierra co­lombiana donde, tinto en sangre, corrió por largos días el cristalino Peralonso; donde de la fatídica colina de Palo negro brotó la muerte y el extermi­nio, y la sangre con el barro cual lava de volcán en erupción; donde el viajero solitario oye aún el choque del acero al entrecruzarse las bayonetas en las formidables cargas de Enciso: en ese jirón con· vertido por Oaín en circo ó lugar de cita para pe leal' sus batallas infernales, la practiqué en mi ca ­rácter de filósofo cristiano y de conservador con vencido é irrevocable; la practiqué declarando que ella no implicaba fusión de ideas ni abdicación de principios, y no se le exigió al partido vencido ayer, hoy igual, la más ligera transacción en sus iqeas, ni la más leve retractación de su credo. " Al dar su voto afirmativo á este pl'oyecto na· die hace sacrificio de ninguna convicción, porque la ¡.¡rimera convicción es el cumplimiento del deber, y el primer deber jurado fue el bien de la Patriá! " Hoy estamos en pleno renacimiento; renaci­miento que será para Colombia má:3 trascendental que lo fue para el mundo el portentoso renacimien ­to italiano. " Renac~n las artes con la el'eaeión de las es· cuelas de música, declamación, escul~ura, pintu ­ra, grabado; renacen las ciencias con la reorgani­zación de escuelas superiores y la protección dada á los estudios experimentales; renace la industria con la protección dada á la pro.ducción de las ma­terias primas; renace el comercio con el Impulso vigoroso dado á las vías de comunicación; renace? la.s finanzas y el crédito con el orden en la Adln1' nistración; y, por sobre todo ello, nace la paz y la confianza inspiradas, más que impuestas á la Na­ción, por su ilustre Presiden te. " Oual de su penacho blanco Enrique IV, el Jefe de la Nación puede decir: "Si en la dura lucha en que estamos empefiados os extra viareis, buscad en lo alto las insignias de la Patria, que enarbolo: ellas os sefialarán el camino del Deber y del Ho­nor!" + INFORME DE UNA ODMISION Honorables Diputados. Oon el interés y atención que la importancia del asunto exigía hornos estudiado el proyecto de Acto legislativo " por el cual se sustituye el Acto legislativo número 2 de 1905," y en desempefio de la comisión que nos ha sido confiada os presen· tamos la siguiente breve exposición: El objeto de la reforma constitucional propuesta en el proyecto de que se trata es el de diferir hasta 1910 la reunión del Oongreso que debiera reunirse en 1908. Este proyecto, originado con anuencia del Eje­cutivo en el seno mismo de la Asamblea, surgió espontáneamente en toda la Nación y lleva el sello indiscutible de la mayor autenticidad plebiscitaria, como lo demuestran las uumerosas solicitudes que de todo el país han sido recibidas, las peticiones elevadas por la gran mayoría de las Municipalida­des; por muchas corporacio~e~ y entidad~s de todo orden; por ciudadanos de dlstmtos gremIOS y cla­ses sociales; por la opinión de la prensa entera del país, y el voto unánime con que esta aug~sta COI'· poración acogió el proyecto á su presentaCIón. En apoyo de esas solicitudes se han aducido las razones de orden muy elevado de necesidad de no intentar un ensayo, peligroso por lo prematuro, que puede alterar en un próximo debate ele~ciona ­rio la paz y la calma de que actualmente dll:lÍl'uta la Nación, y la cordial armonía que felizmente reina entre los colombianos de buena voluntad, y que en 108 actuales momentos es el elemento fun ­damental del engrandecimiento de la Patria. Vuestra Oomisión estima como deber patriótico atender las manifestaciones de la opinión pública; los muy altos conceptos de ll;l. Oomisión que pre ­sentó el proyecto; las poderosas r~zones con que algunos de nuestros honorables colegas lo han sus­tentado en el recinto de esta Asamblea, y os pro ­pone el siguiente proyecto de resolución: Dése segundo debate al proyecto de Acto re- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 48 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL formatorio " por el cual se sustituye el Acto legis- otro tanto respecto creación nuevo Oircuito aquí, lativo número 2 de 1905." solicitada oportunamente. Bogotá, Abril 10 de 1907 . Vuestra Comisión. JUSTO VARGAS-LUIS CUERVO MÁRQUEZ-NE-Oonsejo 1nunicipa,l, Om'a Pár1'oco ,-- MESIO CAMACHO-LuCIANO RERRERA-D. ALDANA. República de Oolombia-Oficina telegráfica cen tral-Pasto, 9 de Abril de 1907. --4-- NOTA DEL MINISTERIO DE GUERRA República de Oolombia-Ministe1'io de Guerra­Sección.' j a-Nümero 87-Bogotá, Abril 19 de 1907. ~r. Secretario
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 6

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Argos de la Nueva Granada - Semestre IV N. 87

Argos de la Nueva Granada - Semestre IV N. 87

Por: | Fecha: 20/08/1815

437 ARGOS ) DE LA NUEVA GRANADA Domilrgo 20 de Jlgosto ele 1815. NU:MERO 87 . SEMESTRE 4!'. .,.,...., ., ..,. .r ~J"J'\.1'\J"\.r..r..F ...,....,.....,. J'IJ"..r"""".,.. J"'J"J"J"-J' .,..,....,.,..,. .,..,....,. J"V"".,...,..,...,._..,..,...,.. .I'J" .,...,....,.. ..r -...,. ..r ..r..r J'J'J' .r..r..r .,..,..,.. , .,...,...,._..1\6' Q U A E B E R E CO S 1 I TUI T, S O e II S c~_u E E X A e T A R E F E R RE, ~J~~~J'J~J'JJJJ..rJJrJrJ..r~..r~~~..r..r..r..r..r~..r~..r..r..r~'.r..r..r.r..r...r..r..r~...r..r..r..r..rjJJ~J..r~..r...r..r.J'~..r..rl JVOTICIAS EXTRANGERAS. Continuacion de la marcha de Btmaparte, El 15 llego a Autun donde durmio, y el 16 salio de A utun y fue a dormir a _vallan. En d tran::;ilo eneo11tro lo::; mi.smos e11 ti mien­tos que en las montanas dt' l O !finado. To. ,.. dos los funcion:1rios c¡nt h.!bi..Jn sido remo­\ idos por habtr eonlrÍI>Lllcl) a la ckfcr-1bU ele la patr ia conlrct lo::; ex t1 angeros, fm:ron rt' btio tu idos á su .,; pu .,tos. L ns h.tbit mtes de Chi­fily hlbian SJUo u1 par ticuku el objelo de las ¡.t'rsccuciont s ck un fi .rurilla ::;ub.pnfecto de •' ·mur, ¡.or huLcr tomado las ar mab contra lo ::. em n.igos de rmc: ra patria. El Emptra­cu · 11l <~'1clo s. un gr.mad ·n> de Gend..Jnnas á prct e r · c. te sub ¡ rdi:cto y conducirlo á, la car~.- -.: l ele A ~ a!lon. 1'1 L n 1• rncJrJ;· ~;e d es::~ yuno el 17 en Ver. man,on · \ Íno i .. ux: c. rn: donde Gamot el J n.fc: cto ·h •. b:a pt rn-:·1 nec ido fi el t'n su empleo. E l br, 'o regin •;Lnto 14. h.Jbia pisoteado la cu. cu a bl,tnc t. El E mpr raclor !:>upo que el lG l¡¡¡ zc: ros h:.b ra il"uc. IIT' c·nte alzctdo la trico­y se avanzó sc>brc l\Iontercal!l para ast>­g urar el pu ente cc;ntra un cltstacamento del r ut rp de g u, rdias que e~taba n sobre el pun. to de 'o!.tr'u. E~:.te cu{"rpo bisono no estan­do é:lr ú ::>tundJr.~ do o~l ataque de las lanzas, em. p r~ ~d t o la fuga y dos de ellos quedaron pn::.Jont ros. En .Auxf'rre el mayor general conde I3ertra r.d d ió ordenes para reco gér todos los bútcs, cm ardu d exercito, que ya montaba á r 1 at ·o c1' . rs iones, y con~u cirlo aquella mis· ll ':: lllCfH.: a Fas ard ¡, fm de que pudtera lk g~, r ror la manana á Fontenebleau. ( Se cnutimtará. ) .\'07 !Cl JS DEL INTERIOR. ARTICULO OFICiAL. ...._ El G( bierno General de las P roYincías-Uni. nielas de la - ue~a Granada. -Considerando que uno de los medios que mas freqüente­rnente emplean los enc·mig·os de nuestra inde­pendencia, es el ele corromper la opinion de los Pueblos por medio de la intrrga y la seduccion, alucinando a los incauto.,; C•>n ame­nazas o promesas que j .,má::. se vuan n.·a­liz aclas para aumentar MI partido e ÍllflllldÍr ílt>~:.a l i<::nto u1 l o~ dL-fcna res dl" la P •. tn.1; y d<:: eando evitar los fum -..to::. d ecto!:> c¡ue pue­d en resultar de se m· j nt~ s telltativas, clt creta en uso ele ~us Ütcu tadcs extraorclmari.t!:> lo siguiente. 1.e Se prohibe toda comunicacion de pa­labra, o por sc rito de qu.!lquH. r<~ clase o naturaleza que se. ,, con las Prov1nciab ú Pue­blos ocupaclob por las tropa-.. de la N .1L' tOl1 E:,pan ola, b-txu pena ele la vida que se apli­can\ ir r~ rni -> i bk 111l'Pte a los CCJI1tr· ven ton S de CJ Ualquier futro CJII <" fu esen, ju ~t ifi c,t rlo C']Ue sea d hecl ,, sumari arnente por lo!:> Cqnun­clnntes d~ los pu tstos militares; cuya p•·na cr>mprende no solo á los que escriban cqr. tas o avi l:>OS, sino tatnbien a lus con lL!Ctor s, como que e ~.to por r udos que l.'an, no puc. den dejar ele sd)tT 'quales sor) los lu g;:trcs que ocupan los m· igos. 2.0 E11 co11sc c¡Ü ~.' I J CTJ de e ta prol ,ibi cion, lo<> h a bit :~n tts d::: l 1 N ue-va C ranaclé1 c¡ue re. cibiercn cHrta_, im Prc::.n5, ti C1tros p. pe ks de las Pro ÍJ.lc. ia<> o PuL b!os cup::~ d arrnas en el término de veinte y quatro hora., por el Comand.tn te militar que los aprl henda . 4.0 I-1os Jtwccs civiles y Comancl ant· !> 1 1i . litar s zelar~n con toda act1v idaJ qt.<:: no b · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. introduzcan en las Provincias Unidas emisa. rio~. t' ptas, y corre pnndencia de los lugares ocupadus por los enl'migos; y á fin de r¡ue se d ~cubran ma -facilmente, el GclJicrno Ge. neral ofr ce la grattf1cacion d ' ~i<. n pesos al que Jos dcmtncta~c dt: un modo auté11Ltco. 5.0 L o::. conductorc de carta::. o paptles, bien sea d t lo · nc mtgos para las Pro vín­Cia -Unida::., o ck t~t.ls p.Lra agu<.tlo::., ~¡ se du ur.cit~s<. () a i mt mo::. voluntariamente, y entregasen lm. ¡n.pck~ al Juez civil o Coman­dante mil tar, mkm:b de ser pLrdt.nados de la pena impuesta por este decreto, recibir · n lambitn la gratificaciolll dt· cien p e~os. . 6 .0 Igua OH ntc s<.ran pt rcknados los cmt­sarios o espias r¡ue se dcnunctasefl del mi.,mo modo; pero e tomarán con ellos hs cor­respot dientes pre€aucionn p .~ra fru':!trar l t) m alo~ fines C.!J!l que al.~unos ptH.:tbn h,l<;cdo. 7.Q Los que suptc.-rcn CJdl' se intro c' .tccn en las Provt Clls-Ulllda . es¡)l.lS, mi~:mrio s, a ' 'ecinos de los lugan:s ocup<.dt)~ por lo~ c:nenn­gos, cart·¡s ó p fi·ollttrizas, y ~e fixará en los par. ~LS acustumlm~do:., á fin de que nitt un pu dd al·g, 1:-.''· '"'lct.: . Comun u :-.::: á lo~ Go ernaclores tl ln c; P rn' incia'> GLiltrÍ· de nte e 1..!., PP. UU. de l1 N . G.- J 1se !\1"guel P e) .- C n-.antcJ Val nzucl,1, supkt - t<:.- Andre!> R odrigut:z, S1 io. inl. de Guerra. C rn ft ha 16 d el corriente com uica t 1 Go­b<. rll, rlor de 1\briquita á la Secr, taria de:: Guer­ra del Go bie rno G L·ntral lo que <>Ígue. "Et ofiei<~ l que conduct d Correo ~se­gura haber batido d General P alacio en Y rnÍgc's Cit l\Jompox, <]Ue en numero consiclerabk <;t chrlgicron á atacarlo, y una car­ta e&c rita por < 1 C nldad ti-.t~ad o con d nombre dt· Re publica11o, es un cm ntigo de la causa de la Atlll nca, y un agL·ntc dd Gobierno E ~pailo l. Por c¡uL ¿ c¡uc mas poclria lnber he­cho una esp1a btttt pagarla f]UC lo que V . hace? V. desacredita ~11 Gubi rno y MI'> gobernantes, siembra las di cor<11 .., t ntre las Pr ov inci a~ . re. nueva las ribalicl.tdt ,, ~· p qu-.· el Conf;/L'>O y G~Jbi erno Gtnerc:l pudieran ~ • .: .. r p tr~t lll:tlentado::., \ uy á h.rccr !.1. manif.: tacion SI[ , ,lnt..... u . Pre sci ncliul.!o d.: loe; ~;rand('S rccmsos de <1 t-ncro, armas, y munici'ltJt<:>, r¡ue en los quatro anos ameriorr · han ~alilo p.r:¡ la .-lcrn l co . mun, ele las cax w h eh rrot • e!~ 1 tan:i.n <1. V. lo impolitico y perjudicial de l::l Pl:::za de Ct{rt~tg 'l la. de su pi1p¿d que yo me contento con clcscng-aíiar L o sueldos del Gobierno Gt:.ncral, y sus Se~ ~1 put:blo con In demostracion que he hecho, y cretarias. ' e perar que V. me ocupe como á su servidor. Los de los Diputados. d todas las ProvÍll· Q. n. S.M.--José 8anz de Santa JJ.lana. cias en el C ongr so, y ~u ~ecret<:~ria. ----- L os de la Alta Corte de J u!:>ticia. Credite: 11on ludo. L os de la Contaduría General de Hacienda. S. D. D. A. R. : ¿con que vuelve V. so. ·La Guardia de honor, en la qual son inte- bre sus pasos, y de la demencia filosofica re ·adas toda las ProYincia ·; como que la coro- que le babia extraviado hasla aqui? Será cs. pon n oficiales, y sold.1dos de <.lla!:>; y para cuyo te un lucido intervalo? Una conversion sin. m~mtcnimicnto, y v stu.,rio solo lM contnbu1Jo c e r.-1, o un arrepentimiento excitado por La- S,mtnfe. zo o por :Morillo? Sea de sto lo que fue. Los restos del xercito libertad or, a cuyos re; V. acaba ele dar un exemplo dicaz, y oficialec; s le han ido p •. ~-m clo su::. suclJo~, y esto bata; tanto mas quanto en mi concep-ho pit:1licl: des y otras d ·u la que eh jo. to, y el de todo buen espan ol, ha sido V . uno El B 1tallon d l Socorro que ha estado en de aquellos in!:>urgente::, mus frtl éticos que guarnicion . ha atizado el fuego de la rebdion. E · preci- E! de Tunja, á quien su Provincia no quizo so decirlo, ni como podíamos hctber juzga - sq:~ui r 1xwando cle!:>de que \ ·ino a servir alGo. do de otro modo en vista de lc;s pnmcras b iLrno ncral. proclamas re oh1cionarias de V. , y del uccio E t .. - sun ;1 s se lnn p:oo·,,c] de los fondos sac rifi cio c¡uc hizo ele los jove-nLs Cadena y de ola 11 Pro\ incia de r"un llll .marca, sin que Rosillo? Quando hemos vi ::,to los tr,m•portes n SUS C t."d ha} i1 llltradu Ul1 :>OJO real delas de:. de :..te pUL blo fur ioso, que para ~r Junnizar mas Pro\'incias. su triu11fo lo saca :t V. de la prision, y ofre- Los P al.Jcios magníficos que V. ha formado ce Ln !:IIK'ct¡kulo al publico, como la vieti. en sn !maginac10n, y los inmensos hastos c¡ue mn del Gol)l(:·rno c:spunol, y el c orif~o de !:>U st pot~e, t st.m reduc;Jo · i ht:ch·u· abuxo un tabi. insurreccicn? Quanclo no ig1.oramos la:; s..tn-quc de la sala, r en su lu !!;ar pon~:-r dos columnas gllinarias im,tig.tciones ele V . centra nue=-tr:t Yi ej01s dd cksu..l10 de la ...:.ttt:dr11, d arle:> de _-c~o , C'XI!.ttncla; ni olvidamos sus d~::,curc;o., cau,;- y Ui .; cuyo ulquil·r en e<-te Lr cio ticoc, en lo-; fun r d<:s de l\Irltis y cntr"da ele n 1 se n e ha p<1;:!', 1,o, por c¡ue el dincto se ha in- Bolivar, ni l .~c, re p eticl c~'> d iatribas incendia- \ frticlo e.n ·n~;a r h t. >¡>a del, 'ocrq ro c¡.Ie h 1 .,;e- rins en qtw V. h:1 e:.ec rudo á l0s memora. guido para el Sur, ,- la ele Tunj·1 que se halla , bies Rl1ic s d ~ C astilla, Búves, SLaz )las ~;:c .; ac¡u i de guJ,,1icic n. Tanpc.co :se han rng"1do las y d Lclamado contra la d pendenciÍa!:>t icos que proteginn la inmumcbd dd l~ii de mas Pro v!ncias a S mt:1fé , y II.lga unn j u i- Clero y us te5oros: sus votos colmado de Closa comparac10n entre ella, y las demas, calcu. illjurins in"u ltantes contra los R eyes, vindi-l. tndo en qu nto tiempo darán ella5 al Gouicrno cando procbm:15 cen!:>ur 1d::ts de im pía'> y he- ~cn<.ral los auxilios c¡ue esta ha dado en ocho rcticas por un zelos timorato , á quit·n V. meses. Deseng-aficsc V.: lo Pueblos no e~t a n impropera c.~ n los :,;a rcasmos ele extravag;an-ele~ contc:-t os c'(;n el Gobierno General: al contra- te, delirante, f1n&tico y oh curo? En d~~cto, rio lo aprecian, y respetan principalmente el ele oc; ,. otro furores de V. le habian mar- C u¡ ,di n11m.:-~a. Los descontentos son quatro cado con el se-llo ig-n o¡;11inio5o de r belde, y D t:mngorros de las Provincias, que no han podido puc!>t n la li t 1 ck 1 JS pro5criptos. .I\1as lognn- judicatu ra~S de die zmos, y contadurías ge- aunque tare! , ha conocido V. su crro rLs, y ncr.,ks, o que no se les ha aumentado el swddo trata ele cnmcnd •rlos. E l <.~trc\'ido dic;curso, en en ~nr.; empleos pro inciales, como pretendían, que ha tLn iclo V. b intn·l'icléz de santificar, a o qn•. se les In tt·atndo de cobrar por el Gobierno p rcsenci:l de los indl'pcndicntes, la enquista dC! lrJ el' lC adeudan al Tesoro Puulico. •Estos son esta5 infidcs y bárbnra r c,·iones, es sin Ju. los <¡llc." critican bs operaciones ckl G0b4erno. Es. da un tC"stirn.m1Í bril!:tnte de su tran forma . criba V . con m·1s meditacion v tmo ~ no abuse cion. Ih cl:waclo e l puíial en lo mas ck la impn nta que ron el objtto tÍi:'ilustrar los vivo á Jos insurgente , y procurado d e!:>qui. pud;lcc; dejo pre~tad,l el v11greso, no sea que ciar la basa fun ch11nu1t ¡J de su emancipncion. se la quiten como se le quita a un loco la C!:!pada Pero escuche Y. bs acus~ciones amargas que- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 440 le hacen, y las respuestas que penetrado de les print:ipio~ 1 V . : t. h-.: dado a su numbre. Ello~ dH t n, , u V por complacer ~ en. gar á los Rt .d i·,t,ts tle la ~ ingr.ttas verclndes jo d optracl o, una rap:mdia dig·na de la ig-Poran­cÍ; t grosu u del s1glo 15, .\ cll'l corazon ft.roz y ~'UJ¡; uin :...r io del "' tl'(lpof<•go B.dverde.-Como ::,j fuera inclccoro5t) m .• mf·:.tar publicament:c su opinion, ~o~le:1er un p;1rtido pobre y abaíido, ni pudiera un Cura de la mi ernbk l\lonlJJOX C0mpantr<;c CQn una dignidad capitul.ir, n1 me­recer sus r<'puba:.. Antckn qLie; es ne~u-~~:l'ia toda la in..,< 11~1bllid acl de un Ncron, v l.t ftroz alma dt' Ca! I g·u~U L 6 J in f:111H:. .\ upP:s JI .-C·JitJO ::,i C ,}" o,., f rU ., Cuu(.,, ol ...:hl ¡¡¡ !Jl'1 ~ ..• :<.1. tlll l'C-tr ..:r .. c· n h1t 01 1)'c, ni el 1\lini .... t l n 1 ~ c~e~1 :;ti · ...: o e ! J i <- ~t ten< r cnnsitler· ,. jotW'> ~- Ín'>U• ge¡ ,. · · s11berant>S. Se escandaliz..Jn k ll!f' un 1 1i- ' tr1> el J ::; ndwi~to, que 110 qwere que se rn np(> la r-a "'a fi·ágil, ni se aíjague la mecha. C' • ' ''· In. l e a; de c; , rid ~· d y 11. · 1¡, , .. q: h' en us mi _, ion~ s n;)o~tolt - ... :(> 1 t v nir á sus c!Jcipulos, 110 1/e ... v '·' 1l f' r mas ,¡~ sr' r-¡ ·¡fu·fiasPn en lwcerse n·ci · [., r /,..s f;ue01fls ur lo rr 1 ,,.la/m • , · . l•, , ~~ m zn eo 1;0 ma · .. ,. s t. ' nfi ecer/r.1· Ir fJfl "Z", '/ vrrdad{' r'z / (·!l-e, 1 S' que r~,,:sr-n ( .. 0"/JOS r1e r>t'!r~ y ~u I 1o.. 1 ,. \ "'.\' .1.CE PT JR Lo~ i q• .t un r· cl~c¡as ­t: • L'' \" el 1>·L ll ::;i1 ÍC•> c•c lt11d gu•- rra de e.·? r(' r i() ' ' d templo nnto, el' ~1 a~ylo de 1" ., : en~eiíe que se p Jede prop:::gar la l P 1 C: 'tolica, con el punal en J. una m;:.,¡,, . Evangelio en la otra, del 1ni smo. moclr, r¡ut· P'•rlria obligar á recíhir un dici­ptlc d· ~l h " ma u11 R,~ ¡¡_ gioso el invento~ de la pólvora, y un Obi:..po d e las bomlias, un Capuchino de la'> espias de pol icía , y 1.111 Canonigo el apologi.:;ta del tormento. Preguntan si V. ignora, que e '"· bio clomimc.wo Sotn oraculo del Cot H.;¡ • de Tre11to, no encoutro 4 pc::sar de SU!'> ... xtu·.:. ::os un ::,olo tltulo en que apoyár el domimo de la C nronu de <:;asti lla s0bre Ameri~a ; y que la obra insensata dd C anónigo Gmes de Sc­pu\~¡ e@a, ,(kfendiendn la jlls ticia de la guerra que hacian los R eves do E spa iía contra los In­ ·dios fue rebatida delante: uel Con~Ljo por d VIrtuoso e ilustrado L as c a~ns. Cvo~h·.·.d :t por ·las Universid· tener la g! oria y b · conqu,..,t,:::¡ tJ, 1 mismo Atila. Tales son las ck cl a macion t.:~ de los in­smgentes contrn V. i ·. a o, yo es pero que V. con ma~ firmeza que 1~, '{ ll L' In mo~,trado en Hts errores anr n or c~ .,,d >rá tk prcci
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Argos de la Nueva Granada - Semestre IV N. 87

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 19

Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 19

Por: | Fecha: 20/12/1877

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA,- ESTADO SOBERANO DE ANTIOQUIA, ~===- ANALES DE LA CONVENCION. UllG A:lO llE tri. coxnmL',\ I:O;¡S1'l'l'l l!i;\n: llEL ~:s'I'AnO, S(:HII:: 1. C ONTBN I DO. "'1, S<.>Aion M l d i" 2G de no .. i~mbro .l e 1817.-iCond".lon¡ ••••••.•• o •• • , IU Seo<,on 'lQ(!!""'_ ,Id di ... 21} de n""leTnb~e de 18,7 •• • ••••••.••.......•.•• • •••. H~ &-crul:\lbs Jlor los mismos c iudmlauos tlo lo ant~ri01". Oomisioll al ciu­dndanQ l\Il.l\uo;/'(\, 7.° E l de dcc rt'to por d clml SA manda pngar uuo. de uda. COlllision a l ciwladallo Toro. S.- E l dll df'cnJto llor el cual ¡.¡o It!bajn una penn (¡L F ernando l'ul'rtl\). V otacion RtlCr,,'t;\ pür '1 uincc h\,ln~ blnllcus i cuatro np""m~. Ef1C l'llLl\dorr~ los ~ilHlndanos E ,¡trml f\ i Lond ollu c J lInu 13. COll1i~iou ni cillduunuo Rcstrepo Benignu: i Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 146 ANALES DE LA CONVE:NCION. 9.° El oe dec\'cfo por el cllal se honm la memol'iA, de Antonio l\I.~ Rodrígllez. Yotlldon secrcla (1scrlltaua por los ('iud;\clan(ll~ Restl'0pO Bl>lIi~uo i Linr.c, ql\ienes lHtllnron dipz i ocho bolaR blancas idos Iwgras. Comi­sion ni ciudauano B.estrepo P..:Uro. So abl iú el segundo t.1ulmte al prornC'lto de lei sobre }H'Pi>1I1PUI':'';\os dfl \~entas i gAstos para el hi('oio económi­co df> 1878 j 1879. Fueron aprobados todos sus artícu­los si 11 llIas modificncion ~!lIe la propnest a ¡Jor el ciuda­clanoBravo a los artlculns 6.° i JO, agregllllLlo despues de las palabrtls-inrlcbida'1llcnteexificlos-esta frase: o por alcances liquidos (:'ll favor ue 108 responsables del Era­r io, al 6.0 1 ul10 agregarle ul fin este periodo: aon las escepcioncs que establczcan leyes especiales. Dichas modificaciones fueron adoptadas. tfambicn so aprobó un nl'~ículo nuevo propuesto por el ciudadano Lince i formulado as!: "Arl;. Para 101'1 gastos de valor impre~'isto por nu­torizacionrs al Potle!' Ejecutivo i mand~).tos de la ASIln1- bien L~jislativflJ el Cons~io del Estado fijará por apro­xilllacíon dicho \·alor, a fin de que sea incl(lido en la li­qnidacion del presupuesto de gastos." Eu segnida se consideró el pormenor oe las rentas i conLribllciones para el mismo bicnio i rué igualmente flprobado, rlsl como tambien los capítlllos 1.0 i 2.0 del pormenOr del presupuesto de ga¡,tos, s1lspendiéndose ahi el debate por ser llegada la hora i haber levantado la ses ion el ciudadano Presidente. El ciudadano Bm\'o present.ú para que se le dé el curso reglamelLtario UD proyecto de lei por la cual f1e fija el pié de fuel'zl\ paro. el próximo bienio de 1878 i 1879. . ]1;1 Presidente, MANUEL UnIRE A.-El Secretario, Isidm'o Silva L. SESJON DEL DIA 27 DE NOV!E)!BRE. PRESIDENCIA DEL CIUDADANO URJaE A. En Uedellin, fI llls 01lce del dia Ycintisiete de no~ viembre tle mil ochocientos setentot i si~te, se I1nmó In listn de los Diputustrcpo .Pedro, Ruiz J lIan S, Rniz Qnintol'O, Tenorío, '1'01'0, U ribe H , Uribe A. i Vélez. En tal virtud se abrió la sesion, titl­tando a ella los cilldadauos Gómt'íI, Lince, Londoño P edro i Relltrepo José Domingo. Aprobada el flcta de In antel'iol" i leido el únlcn del din, se dió cuentA. con los negociof! Stlstanciados por In. Pl'e¡.:iuencill, ordenáudose que la.'! not.as dirijidas pOI' el señol' Presidente de la Asamblea Lejislativa del Esta­do Sobernno de Slllltoncler, de fuchas 17 i 31 de octu­bre último, números 30 i G5, paRasen en comisil1ll, l'es­pectivam" ntc, parA que informen, a los c.iudadanos To­llorio i Ruiz Juan S. Su aprob6 la proposicion que fijó el ciudadullo Ba­Puesta en discnsion 1ft resolncion cilndH. el mismo ciuda(lano B,¡llestel'Os h modificó en estOR términos: IILR Asamblea LE'jislrtl.iva dol 8sLado Soberano do Ant,ioquia, haciendo uso de la faclIlbd q ne le conGe\'O el nrllculü 25 de la Oonslittlcion nacional, da un voto de Ilulidad al [ti'ticulo 3.° dc lo. lei 51 i al decn>to del Podcl' l~jCCHtivú de la Un ion, número 330 de 1877, por juzgar qne dichos ~.ctOfl \·iolao lo!'! Llerechos individlUI­les de que lllLblfl.n los incisos 5 i 10 del nrtículo 15 de la mislu!). Constitncion . ntrrnscribase esta proposicion nI señor Pre¡,¡ü!poto de la Corte Suprema Federal, pfl,rfI. los eíectos del in. ciso 1'.1, articulo 71 ele la Constitucion on.ciorHt.l, i fl, los comerciant.es de esta capital que firmaron la solicitud de octubre último." So negó esta modi CicacioD e imnedintamente eo Il pro­b6 la resolllcion reconsiderada. Se trajo de nuevo El. primer debate el proyecto de decl'e~o por el Cllal !:lO auxilia la etlllcacion de un jóven, i fuó aprobllclo Plh;\1LíÍO \"0 eomidOl. al eindaJau', Lon­( loño Juan 13. El pormeuor del presupuesto de gastos pam el bie­nio de 1878 i 187D fue aprobaüo on todas sus partesJ i en seguida !le consideraron varios artículos nue\'os quo se insertan, los cuales tuvieron el resultado que se C X~ ¡Il'esnnt: El ciudadano l\[~jia propuso : ArUcnlo nuevo, p a ro, la pane sus~unti va del proyecto. °Pl'lrl\ lit liqnidacion del presupuesto de gn.stosJ el Poder EjecuLivo telltlrá en Clle!!tf\, lle prr,f('!'cocia n. cualquiera otrll, la lei de asigllaciones civiles que debe expedirse en las V\'t>sentcs 9t'9 ion8S." Se negó éste, i se tornó en consideracioo este otro propue1ito poI' el cindadano Loncloiio Juan B, el cual fné aprvbado, haciendo constar su voto negMivo~ 1 ciu­dadano Rlliz J uao S: HEI P oder Ejecutivo al liquidar el presupuesto ten­drá presentes todos i cada lIno de los gastos dec rettulosJ tod,\s ¡cada \lna de las alterac iones bechas en los snol· dOR, todas i cnda Hoa de 1ns Iluturizacioncs concedidas al Poder E.iecuti \'o, i en fin, todas i cnda oou. de las rentas creadas por virtud de los decretos i leyes espe­didos por la Convcncion i }lor la Asamblea lejislativa en SIlS sesiones de este año." E.l ciudadano I rngorri, como crédito adicional nI respE:ctivo CapItulo i Departamento. ¡¡Pam el sost~nilllicnto de la fne t'Zn públicll del Estado, unsb.. ___ ____ _____ __ _ ____ $ 100,000" El ciLHl¡nlaoo Aldana lo modificó ll!l nieodo $ 2°°1°00 en \,l'·Z do $ 100,000. Se adopt6 la modificacion i se nprobó el articul o. El ciudadano l\Iejin, COIllO crédito adicional. "Pal'l\,el nUlllen~o del aueldo del Jefo de seccion de la l~fOcllrnduriu. ____ _____________ ___ 8240 "Pnra aumento del sueldo del oficial es-cribieute do 11\ tUisllln __ _ _ ___ __ ___ _ ~ ____ $ 96" llesterus, que dice: ce A!ltes de pasar al úrdcn del dia oonsi(lél'ese lo si- Fué negado. gniente: El ciudadano Ruíz Quintero propuso: "Rf.'considél'ese la resolucion r¡oe op1'ohó la Asam- DepalÜtmcnf;o ele la Deuda Pública. bIen Ll>jislativa en Sf'sion de 22 de octubre último, por CAPJ'rULO 1 .<> la ona1 se solicita dl:ll Congreso DIlCiorlal la rebaja de 1 - J A U . los dt'redlOfI ;lsignac!ns a Ins mprcrtncías estraDkr:ls por "Articulo. Para pal?'i P~l' la cual se concede un auxilio al jó- Negndo este a.J'~iculo, el mIsmo clUuadano R ufz yen José A. Arallgo P:' Quilltero, propuso este otro: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DRLA UONVEN('JON. H7 "Artic ulo. P arn. ¡UlA'fl\' 1\1 Bofio r J cnal'v A. Upc~l1i lo <]11(' el 1;: -;tl'u10 le (\ph(' i le rué r C'collocido por In A¡;:lIubleu1 I!l'~llll In. r esolucio u de 9 d e 1m; c(lrril'ntNI, hn¡;t" • ___________________________ $ 4715-371" R,· u ('gú tnmbit·¡} l'ste i el quo e n 8\.'fTLlid\\ l)rOpllllO el ciudadauo .Aldulla, formu lad o asl; ::> Dt.pat·lu Ulcnlo de OuclTa. CAPtTUI.O 1. 0 HArU culo. Pt\l'f~ ¡!;llstos improvistos, hnstn S 8000" El ciudadano Rnl/': Quinloro fijó csta m oc ioll: uRl"consillt:!rc!'!o In prop<'E4ilJio n cid infrnscri to refe-rente n h\ cantidad qUIj 110 llJ d obe alSl:iio r Upegu i." En prinH'nL votacion r esu ltó 6tn¡mt!\(la i so fil'l"Obó en la 8cgulllln, p oniénd ose por tlm to e n di sC II Sio ll el IlttlClI[O n que e lla so refiere, el cual 80 vot6 ' j fuéo.pro­bad o. Siendo IIr~l\da la horfl, el ciudadano ]C\'o,otó la sesion. Pres idente El P¡,<.'sidcnte, I sidoro Silva. L. MANUEL Unl8F. A.-EI S ecl'otnri o, SESION NOC'fUHNADEL 27 DE NOVIEMnRE. l'IU ~S Il)E NC I '¡\ 1)":1, CIUDA I)A!\O UIUBE A. En l\lL· \lollm, n IIIs ¡.,i~,to de II~ n oc h e d el \' c inti!'\iete elo no\·ieliJbre d e mil ochocientos setenta i sido >ie abrió la scsion de la A¡;nlll!Jl c!l. L{'j h;lati\'Il, a. lo. cual COIl(~ \I­rri e ron los Cill,hulHflO!l Agml l'lo, 13ll1'rcnl, Dra\'o, Ha­II cste r oll, Uel¡.{ado, j';cIIlJ"cni, Irngo rri, Jaramill n, Lin· 11 c<.', L ondoiio Juan B, L lano, M\'j la, l\I cmlozll, P osada, Hl>str epo lmlalecio, H.uiz ,J,mn :::;, Rui7. Quinter.), T e­norio, '1'01'0, Uribe 11 , Ul'ibc A. i V 6I,-7" i lidtaron l os ciudlldanos AldlUHl, Estrada, GÓll1 CZ, J,nn¡](l!1O !lc dro V, H. ,~t ropo Honigno, Uestro(>o Pedl'O, i R l.'l'I tr('po Jo­! ·t D, mill.!o ...,'" iey\J el a ... tl~ l.o.,: la {\,tIICI¡OI I iuenprobndl\ s illob­ser" nciollt·~. So aprobó ('n lodnli sus parit's lIin modifironcioll al ­gnna ('1 proyl'cto dI' h·i \,ur la cual ~e fOIlH'utall vnrialJ imlllktdu'l, cl·IT¡í.mlmiO l,1 '¡"¡.';lllldn ¡Iehnle. 1':1 ciudadano '1\:lIo.-io i'n'~t'lItú lIn pmyccto do lci quo t'klllbl\~ce tre!'! grados t'O 01 t. i tlllv llu ,) l·lwml. A utl'S de Cl'rI">InH~ el M'!.\'UIH!U debl\tc al ¡>ruy..-eto do 1ei Hobrc MiglHl{'inul's ci\,11('I:I, Sd PlOIHHlil'ron IU:i ¡dlul'Cl,­cioues quo adelanto so esprl'sun: n~:l'AnTAMENTO DE lNSTUUC'CI0N rÚULICA. Ool(,Jio del Estado, El Superintendento d o inst.mccion públi-ca, mil doscientos pesos nnuaks. ___ ___ _____ $ El Visitndor de iuslrllccion pública. ____ _ Biblioteca del Bbtado. El Bibliotecario anexo a la U nh·orsidad .. _ S DEI' AIt'I'AlIENTO J)I~ H ACIENDA. COi'J'COS i T cU'Jl'Ofos. Cada uno d e IOij tel(\gmfistas de Hiolll.'gro Sahuuina. ____ • ______________ _ . __ _ ~ ___ S 1200 ~60 360 480 El ciud"dano Huiz Juan S. modificó eijta inciso in· c1llr<.'mlo AntioC[uia. on ijegu ida. de Snlllmina; modiO­cneion q 111) se ml optó. Cada uno dc los demas telegrafistas cfllllblecidos i que l:le establezClln e n 0 1 Estado, hnsta 360, Gasa de M oneda. El Administrador Contador d o la CaSI\ de l\Ioneda _____ . ____ •• , _______________ • ___ $ El 'r('s')rt>ro dd la Cmm de Mllneda. ____ _ El Fi ol fundi d or ___ __ __ __ • __ • _______ _ ] ~ I El Ensarndol'. _. ___ ._-. -- - - - -- _ -- ---- T e nedor d o libl'os ___ ____ _ __ • _____ _ _ DEPAItTAJIEXTO n¡,; OUEnItA, P al·f]ltcs. Cado. uno de los Gnurd''1l1lrqucs estableci • 960 720 600 600 600 d o!; i Iluos\' c~tahlczcun c n 01 E"tn'¡o _ __ __ __ S 600 1 susti t. uir e l arUculo !LG por 01 siguiente: El eiudlldano Ul'ibe JI. fijó la mocion quo so ill sor­ta, In cllul se Iljln"Jó: "De hoi l.:1l :ulelllllle i miélllms tCl'minll1l la!'\ pre­scnh's S~SiOllt~S, In. AS;\Ill/¡lca rt'fl ueh'o no Ocuplllsa el e otros I'royPCtf'S quo do los que Cl:lt¡'w 1\ su estlldio, i Mio ndmitil'n olros nuü"oll cuando serIO de illlt'I'l'!j j eneml i estos se presentell con c:lni.ett'rdc grn\'edlld i nlj ,~nc ia," HArt. Quedan llel'('Igado~ los d('crclOH i leycs Robro I Ilsi g naoiollt' s civiles, en In. pUlte q\W sean contmdos 8 la prt> SL' lltu lei." (Joutiuuó 13 1 segundo d elmto al pMmcllIlr det pr .. s u· puesto de gH~t08 pam el próximo bie nio económico, i el ciud¡ld¡tllo Lineo propnso un arLl c ulo nUln'lJ como cre­dito ndicional, a ¡-¡abl' r: Pura pagur t\ Ez; equicl :\l cza como g mtifi- caciOIl. ______________ • ____ ___ _ ____ ______ S 100 Con lo cunl so cerró el tH'gunclo d e bato el e este pro­yecto, pr6\' ia8 In !:! fonnnlidudl'S n'glnlUentarias, En s<.'~uido. pl'OpllSO el ciudadano Ruiz Quintero: .. A lt6rcf:ie el órdCII de la kesioll i ciélTt'Se el Ill'gundo debate del proyecto de ¡',i sohre IlsigniH'iolll.'s eivitl's; i dél'o se"lI utlo d\,\¡:'\tu al que abro.: Ull cro}dito Impll'lUl.lll- • d' ,. tul 0.1 preSUptH'8to O rentas I gastos eu curso. El cimllldnoo Bra\'o la modificó agrt'g-ándolo d es­pu es dc I!L palahm ses ion t'slc pl'rllltlO: "GonsidC¡'t'n~o 1"1 pro)'<.'cto dt,ll'¡ que fij!\ el pié lh~ fllol':l.a; el d o Il'i pOI' In cI1111 so fOlllcnhul "mins industrias; vllélvulic a ~egulI­do (h:batc el Vl'oyecto do Ici q tlO refol'mu el Código ei­' Vil." _ Adoptlldn llllUod ifi ca cion i arrohada la propoflic in ll, 8e cOlIl'lide~'6 Ol.l prilU e!' dO~Hl.to i f~IÚ npro~l\do el ~H' O­recto d o lel p or lo. cual so fiJa e l ¡>t6 de JUl'rza, 1 asó Cll cowision a los ciudadanos Toro i AlthHla. ']'Ot!ns l'fituH modificflc iones fuero n flprobn dns habién­dose cOlIsid\!rado cad¡1 \IIUl por scparado. Propu!'io el cimladnllo Lill co: f!'!t' riIJi e llttl nltc\'nlllcl.llf' cl't'nclo en 01 circ,'lÍto tltl Autioquia ___ ___ _ _ • ______ • __ S 300 T ,uulh'lI f:e n.pl'ohu'.lU ~lIc(',.¡i\·IHnCQte In" dos pro­pO'i¡ ciollc~ del einuadlLno H.ui ... (¿uintt!ro, forUlullldf\s a~l: u 1.. Recoll~ill~reso lo. partida yolrula para sueldo del JcJo d l1 partlllUuotl\! dd Ul!ntro." 2 ,· El Prefecto d ~l U Cpfu t.- dd Centro __ S 1200 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AYALE" DE LA U02: mina el informe dI' II~ comisioll (pIe {'xltm inó III !lolici- "Arlo Autmiz;lsc ni 1)0<11'1' Ejecutivo para ~Ilpri- !ud dol s('lior Anrdinno Ortn, !l1.: allrouú, i eliet' U.,!: mil' 1'1 ¡J(',,1;1I0 dl' "ficial ('sel'iLicnlc clt, t OllA" o ele ulgu- "Pu! fllllOh6 en sc>g\l!ulo debal!' ~l pmyccloc\o lt'i p or re!acioll el)!l pi [!;stndlldo Antiolluia. la cual so ablC nn Clédito sllplemcllt/U'io nI POtl l'¡ I~.il'· ¡ "Ell'odC'J' gjt!c utíVII Jará cucnta a In p\'óximn. Lc­cuth'o para la pl't!St'nte \'ijPllcin eco nómica, el1 la forma) jislaturI\ dC'1 Estado qne d~bo reunirse, del resultado de en que lo 11I'csl'ntó la comisiono osto I]egocio." I .os ciudadf1IlC'ls Ruiz Quintl.'!'o i J~ in ec prpsc nllll'(l1l Considcmd() en prime!' debate nI proyecto de leí por un proyecto de Il'i por la clIlIl se crea (,1 ,\('stino de Bi- la cual su c()llccd(\n ciNta!! f'XenCiOIli"R, prt>stJlltndo ('n blioh'cnrio. Se apl'ohó en primer debate i pasó en co- la sE's¡on por el ciluladnno Restrep() Benigno, S6 aprobó mi¡;:i()n nI cilldadn no .Jammillo. pasó en comision ni cilldadllll() Po~nda. El seiior St'cl't'-tario de ll'omento devolvió ell noOl- S(~ aprobó en Rt'gu n,lo debate el de lei 1101' la cual bre del Poder E jecutivo, siu objeciones, los pro)'(.'ct03 se ~onced~ \In auxilio [\ los distritos de Santa Hosa i de lei por la cual se o rdena la rdilccio!l del edificio 'l\l{, Nt'II·n. sin'e de Cfírcol en el distl'i to de :Merh'llin, i el de leí por Leido. la nota d('1 Reiior 1\Janllol S. Naranjo pOI- me- 10. cunl se OI'dena la conslrnccion de una Ilt·nitencinria. dio de In cual nUlnifi csln que nI) ncepta el defltioo de So les dió tercer debate i pasaron a sel' ICyl.'ij del Es- Fiscal d t'- l Circúito <1(. Sant(¡dolllinglJ pnm el cllal ha bulo. sido nOlllbnulo, In ASamblefl. nCl'pt6 estt\ renullcii\. 'l'amhien devoh'ió dehillnmrnle snncionados 109 de- Voh·jcl1llo al órdcn d ('! din !le consi¡J",raroll 00'1\ primer cl'etos nÚIlH'ros XXV i XX VII quo lt(lVIIIl por título debato i fueron npro!;:tllos estos jll'Oycctos: "pOI' el cllal so I'elmja l\m~ pena." El de lei adicional 1\ In de cllminos. Pasó en comi ... A las DUe\'e de la noche se levant6 la se"ion. sion ,\1 cilldl\dano Ruiz Quintero. El Pn'sidcnt(', ilIANUEL URlBE A.-El Secretario las ~.lin(~rCI~~~:~\::~~I:! ~1~allns:R~~l~~~aD~I~~:!;ld~:ae~~ I sido,'o Silva L. ' t.ras ill!~titllto1'lls el ~obre-stleldo de S 3 mensuales. En RESTON DEL DIA 28 DE NOVIEMBRF. DE 1877. pm:SIOE:"CIA DEL CIUO_\OAXO unmr. A. En i\ledellin, a vcintiocho de noviembre de mil oehocit'otos sdenta i siete, ~'J ahrió la Rt'siou de la ASllmblea L cjis lali\'ll, sh'lHll) las ooce de la mañann, estando IlZ'esl'nte:-¡ los ciudadl\nos Aglldl'lo, AloIanll, B f~- 1'1'{'!,{\, 13alll'strJ'C)s, Delgado, E cheven i, E ~trada , Irn~o­ni, Jnrnmill o, Lince, L ondoiío Juan 13, Londoño P e­dro, Llano, il1t'mloza, ilh'.jlll, l)osada, RI'strepo B .. nig­no, U('st rl.'po lndalecio, ntliz Juan S, rtlliz Quintero, 'l'enado, '1'01'0, Uribe 1[, Urille A. i Vél \'z, i tilltando sin escusa los ci \ldlldnl1 o~ Bravo, GÓlllez, Heslrepo Pe­dro i R f'strepo ,J osé Do m;u~o. Aprobada el ncla de 111 nntf'l'ior, ~c clió Jectnm nI únh'lI del tlill, i se tomó en cOlls;dCl'!l.ciOIl ifL propo~ i c iou pn'>iplltada por 01 ciudnclsl.llo Balles teros, quo dice: HAntes de cntrar al órdcn dd dia cOllsidérese lo si­g uiente: "Coneédese licencia al Diputado BnllE'steros para df'jf\r dI.' asistir n las sesiones de la ASl\mblea Lejislu­ti\' a, d(>sde el primClo d('1 entrante UH-'I." Aprobada. In nltrt'llcion d(>1 ól'den del lIia, el cilHla-dano 1..1 ano esta bleci6 ('sta modi ficncion '1 In' filé ncgada. "lo. los Diputndos Llnno e 1mgotTi ." La proposicion primitivll se a¡Jroh6. l:lro¡mso el cilldndano Mencloza.: ".Altérese el Ól'dt> 1I del dia i considérese la solicitud dol señor AlH'olia!lo Orta, en la que "ide 111 impl'esion de tilla obra." El ciudadnno JnramiJlo lo. modificú ngr'-!gándole ('s­to pel'ioclo: "li:1 proyecto de lei que concede 1111 auxilio n los di stritos de Santn R osa i ~cirn, el de le; por la cnul se conceden cit'rlas exenciones; i l'eco ll~i(lél'c'",(> el 1l011l­lm\ llliento hl'cho para Fiscl11 d~l cil'cúito de Santodo- ml.l l¡;o. " A pedimento del ciudadano RlIiz JUlln S, !le votó por partes, siendo la (primera ha.sta la palabra e..cen­Ci O/U!8, que se aprooo, i In sE'guncla el resto. Estl\ fuó negada, comiRioll ni ciudad lino Bcheyen-i; i El de l¡·i pOI' In cunl ee conceuen ciertos (l.ut.oriza­cion'-! s 01 roder Ejocuti\'o. En comi¡úon al ciudadano 1\lt'jia. Se ccrr6 01 segllml0 debtlte del proyecto d.} decreto sobre JIl!Óltruccioll pllUlicfl, dí:'spl1tJs (le Ilegndo el pará­grafo del nrtlculo ],0 orijinnl, el articulo 14 i In sl'gnn­dn parto dcl17, d<'sdo donde dice así como tambien, de los pro pLIf'stos por In comisioll de re\'ision, i do hn­berse aprobado los articulos 8.°, 14, l.· pArte del 17 i el 18, propl1estos por In misllla comisiono Tllllluien se consideraron en aegllnc10 debate, f!n la I forma regl!ltneutat'Ín, i fueron aprobados los proyectos que ~n s l'~ lIidl\ se mencionan: El de lei que declara un Cllmino público del Esta­do, con 1.'1 nrticulo DIlOVO introducido por el eiudndano Ruiz JIIIIIl S, que se ¡nSNta: I'Declarase igualmente camino público del Estado el quo ¡¡nl·tiendo de If\ ciud"d de Antioqnia ¡pasando por IIJs distritos de Jimldo, Uaül\!lgordas i Fl'ontino, tf'rmille en alg-lloo d~ los puotos donde senn navega­bl(' s los riclS afluentes tIel Rio Sucio, o en cualquiera fltm de los que deang(lan directllmente en el golfo de Urabá." 1 con la 11I0dificacion elel titulo por el ciudadano AgudHlo, poniendo: "Proyecto de lei por la cunl se declamn públicos del E!itndo dos caminos." El de lei por la cllal se auxilia h\ apertl1l'a de UDa. vía de COllllllllcacion. El de lei por la cual se derogn la 171 do 1871, que designl\ un dif\ de accioo de grncias annalmente; 1 el de dE'creto Aobre indulto. Se aprobó RtI nrtfcu­lo único, mOllificado por el cilldndano JllmmiJlo, en vo­taciol1 Sl'crcta por 18 uolus blallcns contra dos negras, escrutada!! por 108 ciudadanos Ruiz Quintero i Hestre­po Benigno. Ln modificacion consiste en incluir :\ Tos signientes inuividuos, i en agregar el Ilfl.ní.grafo que se ho.llo. o. coo· tinuo.ciou: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. __~ . __________}: ;:\..:.:.1::"::.:1..:,~¡.;~::;~]:.:):~¡.;:·~ LA CA) "" V EN OrON. 1111 J'~Rtinillno l\[or,(lno, do Ho p('lm n. CJ¡u u!ir> r incda, de Rlo llt'g r o. L !lC IO l\lru'in, J UI\ t1 G H7111n n ¡Fruto !lh~l co. de Cnfinsgonlas. I ~IU\{:io () íl\~ , do P aipn. An­tOniO i\l a rh\ Br,I\·(l. del Rdiru. Allllcl,·to l'cblcz, de (t're¡\nnia. II ¡l!ll io l'n tifi n, d{1 Abl'l(llTfll. V icl' nlo Ta­b orda , .) n8l' [\)¡nia ( h'oU I('1. i I,Ü¡lIll!\¡-O P ()~n du . § .• l{ehabil il m.o t'n el g'oce d tllt)l'\(!t'I"l'ch,¡s políticos. p o ~ ha h~ rsoJl'H s uspl'nd h h, pOI" 15I'n h 'u cill j ud ic in 1, u I,uia l\h'J fn , .Junll C. Alvlllez, :Jli¡,,;: ul"l Uri bt·, .Ju au Hamirez, FrRllcisco B ,Hrf'IIl'che i J Ofl'luin l{nmlrez. El ciudadano Huiz J lIa ll S. pro p\U!o como nrtlc ulo nll e \'O ('¡d e: H .¡.\ r t. I mil'tltn6t! ig unlnH'nte n lns muj ft re~ s umari n­dll S, pro('('slld ns o cOIHJennrl!\s por (h,Jitos cometido.'! hast a u1 13 de octuble ú ltimo, i que mOI't')\cnn o Iwyun merecido pe no. corporaL" } i'né modifi clldo por 01 cluda dllno L ince, cnmbian­do la fmse l! Nlde d omlo diuc: i q ue mC1'czccm : po r es ta.: con esce pcion do aqut· l l a ~ cIlya ¡ICna !!cn. O ¡IIlS,-' de ocho nños de presidio o r .. c lu~ion , Atlopltuln In l1l 11difi c¡I ('ion so a probó el art íc ulo, ce­rrÁ. IUlose e l ¡; .. g und(1 deba to d e l proyecto. El cimla ll uno l{ \.'.I\lrC' po D ' nig no prC'!I(, llló un pro­yecto de I .. i udi c i()llal n. Ins de r c nt a~, i Re co ns illeró i n~rou ó en primer Ilelmte, pasando en c01llis ion nI c iu­Ilud n llO Ag-uclclo. A las dos i veinte lUinutos se ICVilfl t(, la ses ion por fldtn do quol·um. [ ¡ll\llllula la li sta 111.' halló 'lile I¡\lla­han los c imladlUlos HlLl"rem , Bnwo, D~lg l\d o, E Hl rnda, GÓI1WZ, Llano, l\Iendnza, Re!i tl"(~Jlo Btluigno. Rl'sLro po l~clho . UL'stn'po José Domingo i Uribe H. Los c iuda­danos f.ontl oiio J llan B. i llüll t's t"I"l)S S I) hallaban des­cmpc ·ii lulIlo unn cOlUi"i ou cprcn dt'1 l'oder EjL't.: nt.ivo i el ciududano P O Bnd l ~ se hllbi l~ rctirndlJ CO Il aMc n:!l\. El Pre8idonte, M .\NUEI. Untn~~ .\..-EI Se~ .. et[l,rio, Isidoro Silva L. SESlON NOC'fUltNA D1~L 28 DE NOVlE~rBRE . PItES IIH]NCIA DEL C IUDADANO un lUE A. En Mcdcllin, fl 1118 sie te de la noche dell veintioc ho de noviembre de mil och oci ¡'ntos IH' ten!R i s ie te, se abrió In sellion do III Asnmblen r. t~i s ll\tiva. c.:onc urri (' ron a ello. 1011 c iudnclnn os Agndel0, Aldl'lIla, R a r rcm , 13ullcs­tf'r08, Bravo. Delg-iIllo, Echen ' rri, G!'ltnulfl. Irngorri , Jnrnmillo. Lince. LOlldoiio Junn D, L lano, Mpndoza, R estropo Beuigno, U.es trepo lndfllpcio, I{niz JWUl S, Ruiz Quiotero, 'L'eno rio, UriLo n, Uribe A i V~ I ('z ; ­i faltaron los c iudndlu lOS G ómez, Lomloiio Pedro, l\[c­jj¡~, f{L's trepo Pedro, j{t:stropo J v~é Domingo i 'l'oro. L eida el I1 c tl\ do In ses íon ant{'J"ior, 1>0 aprobó sin mas ob servn(' ioll que lit que hizo e l ciud ndano Dm vo, con \JI obje to de quo se hici ese COllMtar que el motivo porq uo 110 conclU"rió n III ses ion do este d in, fuO el de estllr oCl1plldo en In elaborac ioo dol proycc to sobre crédito público. So nf'gó In proPQl!icion de allemcion del {¡nlon de In sea ion qllú hizO el ciud!\dono Jnmmillo ; i d t.'R IHW!I de leido el informo do I!l comi. .. io n a que PORÓ la soli citud del se ii or l\Iflllue l Viconto de la Hoche i In. !lolicituu mismn, se abrió el primer lbbnto nI proyec to do lüi qm' recayú a elln. Se aprobó i pliSÓ cn comision al ciuda­dUllO U riho JI. PllcstO )lam. PI ¡mer debate el proyecto do "I (>i que cstablf'ce tres grados en el ULulo de J encrnl " , el cilll.la­dano Uribc H. roclam6 de:esta disposicion, por cuanto que en In. sl:8ioo nocturna unterior se aprobó una }11"0- J>o8icion en el sentido do quo no so ocuparin In Asum­blea en lo 8lh::esivo sino de proyectos de interes j en eruI. Lit P n~!'I id(' II <:i" rf'~ ol v iú que no so jl ll .. i,"crl'fo por 01 cual H ' r.onct'dc una rl'ClJm pt'nau" se 0llltl hó el .utfculo pri nwl"o tJ n votacioll secrd a, I:or t1oco J¡"las h lanc!ls ¡ c uatro nt.'g rtls, c.~Cl"ll tnd!\s por lo!! ciud adonos I mgolTi i Londoiio. Los dunas artlculos fU Cl"C111 apro­lmdo!! l'n \'otacion ordinaria. El c ilHlatlano .\ Idnnn propuso como a r tfculo u ll e~ vo c~tc: " A r tíc u lo. '.rotln!:l las l"(compen,¡ns d{'crptndns .. n 1863 por lu Lt'jisl!ltllrfl. dI' o.qllul nlio, !le 1' " g"I\I"f't1l del '1\'1)0l'0 d,,1 K., tallo tan Im'go como la situncion fiscal del E'ltailo ] lí'l"lIlit!\ hacer tlll{'s pugos." File adic iOIl:lllo por 1;'1 c iHLla duno lrago n-i con esto ImrÁ.~mfo: "§. E l nrtlc ulonntNior nocompr('nd(' o. Rllll C'llos in­di viduos que hlln sido fll\'tll"l'cido por leyes eS i' ec ia l~s I ('lI pedi dull por I(~ pn'Hl' ntt> A ¡mm hll'I ~ ." A ped imento d el ciudndllllO Alllll nn se d i\'idit', cn tl"1'5 IlIlrtes para la \' oltu:i on: 1. ~ Ju sta las ]la tll bnl 'l 1'e ~ soro del ¡'.1stado: 2.- ¡/(Ista !taccr c.~t os pagos; i ti ... rf't' TI\ el pnnigrafo. :;~ nprnh(, la prinll'r;¡. i-; ~ Tl('g;ú In St'''UU- :Ia. i '11\cd6 virlualmpnto l\t'~'Hlu In l('I"c('l"I\. g P ropuso 01 Cillll"dHno B ra vo olnrh culo n uevo que se i n¡.;erta: "A los hercdernl'l Il·jít imol! de 1m; indiv iuuos mll e l"~ tos el! IldclI$(l. do I¡l c!maa. constitucional (' ti l'l ];: ~t l1t10, dumn lo los !Il t'Sl'S do tliciemhrtl rlo L863 i (\IlCl"o tlu 1864 i n los inv{did os en d ichas luchas, so l e~ reconocC'rtl i p ng¡t n~ igual rCCOJl)I' r> lIsa n hls dt.'C rpta d(l.!'I por el nc to lejis la ti \'o de 18 de jul io de 1863. segun sus l es ]l cc t i ~ \"68 g-rlUlnncioll l's." Q UNló p<, ndi t'lltc la dil'lc ll sion por ser pn~(l.(l a la ho­ra i Im ber le vlllllndo la sesion e l ciudndano P rl';¡ itll'n tc. I~os ci lllhulnnns 'L\'Il(lrio i Jjoncluiio J U!\ II D, prp;c n­taron u t! Jlroy~'cto ti !.! "Iei por In CU I\1 se concede Ulla 1\\1 - toriz,Icion al P oder EjecuLivo". E l l' !"('<;icl cnte, M ANUEL U lt llH: A .-b:1 Secrctario, l sido)'o S ilva L . SESroN JJle¡.; DL\ 29 DE NOVI8MBRE DE 1875. I PIt ES IIlF.X-CI A DEL CIUllADANO unun: A. En lHedollitl, a Ills onco del dia veintinueve do n o~ vi l'mure de mi l oc h oc i c n to~ IIetenlta i s il'te se abrió la Al'sion d!.! la Asam bll'll L ejislnt iv l\, con 1" conc UI"rt'ncia do snlol lll i<' lll broM Ag- lld elo, Ald ana. ll nrrern, Hra \'o Ba- Iles toroR, Delgado, Ecl18wni, g stmellL, l rn gorri, J ara­millo, Li nco. L ondllíio J uan n, Londoiio P t'dro V. Llnno, 1'lfrj ia, l\Iendnza, P osndu, Hf'stn' pt) B l' ll i ~l1o) H.eli tre po fndn lpcin, I{,lliz J Ull n ~, H. ni;r, Qui n t<'Tn, 'L'o­Ilori o, Tom, U l iod IL, Ur ih,' A. i Vl·lt'z. l<'!lltaron Eli n eSCH,m los c; lIl!tulnDos Gó/Ucz, Ucstr<,po J osó Domingo i R C!l trop'J P t·llro. El a c· a d o In auterior flló aprobAda sin obser vacio­Des. Ro dió ('uenta con el órd oll elol dio. i so tomó en con­s idernc iou la mociOIl que fijó 01 ciudadano J arawillo fOl"lUllladt\ Asf: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 150 "Alt.6resn el ónlcll del diu. i reconsidél'e::wel proyeo­t o soure hOllore~." Aprobada l'sta 111l)cioll, S0 P!l>lt) C\1 disell:;illTI pI pl'O­: recto que ella mClleinnn, i en \'otllciou 61:t:rt..'ta fué apro­uado en Prlllll'l' d\'hate por \'pintillllfl holas bJ,lllcas contnt dns llogrnH C>lcrutar1¡¡s por los Uill(In.!\llIlOS Ingo­ni i Plisada. l 'asó en ()(¡lIli¡;ion al citluad.ll\o LO!Hlouo Pl'dl'O V. I.a cnm¡sion encargada de ex,lIuinar !.\s objeciones hcch!\s por el Poder Ejeclltiro 111 p!'Oyado de f'lei por la cual se eximo de cierta ¡,espollMlbilidlld n. "arios ill­dividllOS, preselltó 8\1 i nfMl1le i ('1 proyecto Ill otl ifioado en el st'lltido de las oLjeciool.'s. Fue aprouado en se­gundo delm.te. El Poder gjecuti'i'o devoh·j6 por con CltlCto del sc­iíor Secretario de Hacienda. dvbitlnmentu R!~llU i onados la lei l11'lmero XY'I sobre rentns ¡contribuciones i los decret.(j~ nt'lt11tHO XXXII, sobn' arbitrio:; fi scales, II Ú­meto XXXIV, por el enal se manda png,H una deuda, nlUnel'O XL por el cual se condonan nuna multas, nú­mero XLI, por el cual se h'lIlrll III I"PI'mulla de Anto­nio 1\[.~ Rodrígu e;,;, i llúmero XXXVI por el cual se concado un auxilio ti. dos InstiLutor11.f:l del Estado; con objeciones el de lei por ll~ cn:\l se ct'lIa la prol'iedflcl de Ull edificio, i siu (~l1as el do decreto por el cual se aprueba In com pl'a de na retrato i el de lei sr¡brc cróditos adicionales al IHCSlI]llIesto d~' gl\stos en cun;o, 'rarubien devolvió /Jor eonducLo de la Secl'C'tadn. tic GubienlOnd­juntos u la nola do esta f'ecll!~, 11l1\1'cada con el lltlUl el'O 46, el (le lei por la Clml se concede Ull auxilio a las v1c­timas uel temporal de CuraQao i el de decl't:'to por 01 cual se cODcelle un f\.uxil io al di:-;trito de Mnnizáles. En cumplim iento de la I'f'SOlllCiou dictllda ]1or In Asamblea en su sesian noct1lrua del 27 dd }lrespnte, pum, que los IJI'oycctos qtW e'Fit6n para terCl'r deLato sean considerados de pref..::rclL i:~ a ot! o~ asunto::;, se consilk\'fll'on en tercer debate lus CU1~,rc) pr(l"·,,do.~ úl­tiOJ¡ llueuLe l'elaci,mn~lo", i fueron Ui,:',)h:Hl ,..; r ,"'la,ln " ser leyes del E~tado. Con ti nuó el segundo debate al proyocto do decroto p or el cual se coucede una rocompensa, i ¡;e f~prou6 el articulo uue\'o del ciudadano Bmvo. dt!l'lpuC's de mlop­tnda la ll1odi(icncion proput'stn. por el ciudadano Rui;,; J uall S, cambiando la palabrA. ltúentl P')1' constitucio­na. l. El ciudad:'lno Jam.millo 1}l'o!'l1s0 ot ro artículo nue­vo i tambien fué apl'Obu\.lo: dicB así: "Autorizase igualmentE' al Poder E jecutivo pnxa conceder recompensas en los términos anteriores, a los antioqueüos invalidado" i a la::; f¡~lU ilias de los muertos en la próxima pnsu.cla 11Icll!\ defendiendo el Gobierno i lüs instibucioncs nacional es, "§. E sceptüase de lo dispuesto en Jus urtic\llos an­teriores aquellos individnos a cuyo flvor so hny::m de­creLado recompensas por actos esppciah>s." El título fué modificado por el cÍll(Jatlano Bravo en estos términos: "I.ei 80bltl recompen:;as" , con lo cual se carró el segundo debate de este proyecto. Aprobóse lasiglliente pl'Opm;icion del ciudadano AI­dana: "Alterase tll ónIen del dia i considercse el infor­me de la comisioll a que- pas6 el memorial del ciudada- 110 J eneral l\Ioslluera," Se consid(·r6 en !>eguuIlo o último deh:\te el proyec­to de resoiucion gua a tal prticion recay ó. Prest'nt6 el cilldadano V('Iez HU proyecto de lei que fomenta la creacion de llO Baoco popular, suscrito por los ciudad1Hl0s l\1endoza, 'roro, L Olllloiio P edro V, Ag nc1elo, lragol'ri, E strada, P osada, Aldaua i Restre­' PO B enigno, i al mismo tiempo fijó esta mocioll que fué aprobada: "AHÁll'eH,j el ól'llen del dia i con1>iclol'C'se el proyecto de lei C'!llP fo!nenta la cre!\ciol1 de Hn Bunco pO)l l\IDl' i el adicional a la (le r('nla~." En tal virtud Se' cntl:;iáe¡,ó PO pt'inll\r d ebl~tc el pri­JUera (lc I's!ns l'l'oyl"ctos; rué 11.¡1J'ohado i IH\SÓ en cO llli­SiO ll al r:,iudl\(lnllo Restl'e¡lo B erligno, i en :;e~1I1Hlf) 01 de lei ulliciulllll 8. las dB reutlls, (,1 ou1\1 se uprobó sin otra 1l1odific,LCioll q\l ~ la que proplltio el ciudtl(lano Agudeln para el titulo, Jloniendo éste : "lei por 1/\ cual se ex imen períodos. Aprolmda la primera, el ciudadano Ul'iLe A, pro­puso como acli ciO ll a ella lo siglliunto: "'Igual cosa so e~tablece resllecLo de todo¡=¡ 108 do­mas I'ios lturif'el'os d ul Estado." Se neg6 esla i se aprubó la qua propuso 61 ciuda­dallo 1 h~no, n. f"l~Jer : , , ! '1 ,11 ' 11,,: "': n!" ·· !"T" \'.) '::'::1 ~lt;: o.l!:.O COliJ,Uól sieIn pre q Lte los eSI)lotac1orcs no s~ ofendan ¡¡nos a otros, a cuyo eft l'os de los cultos n. qllien('s se les hubiere rctimdo e l, )((/~c para. Cj<-'I'CCL' su mi­nisterio, scntn espulsados <.Id tCITitol'io d e l E::;ta- d do , pOI' e l tél'miuo de cun t ro aiios, o su frirán una 11 pcnn. d e l'cc lu sion pOI' igual ticlll!>n J si practicaron de a lgulI m o Jo funciollcs I'chtiyas n su mismo ministerio. CC)'jO de (' ... ta, clel Con~ejo lid E,.;tado, puede 80- pnl::n 'e (Id ('jcl'cieio de 6HH fUllf'innl'H lw.t:l. por tn'llll:L nJ('S('~, cl':I;Lnrlo 1.'11 :-:u lllga!' al /''II:"itituto (ple ('II11f(JI'IlIC a la Con~tit.lI('iun t.h:hc l'(!clllpla~ zarln. §, Qu(',h a í 1'('f,)!'ll1illlo el !\rtieulo 64 clel Código politir'o i llllllli('ip \ 1. J)1L<1a, ('11 i\Icddlin, n. diez i nueve de Hoviem­bl'c de mil (lchociellto~ I"et('uta i siele. Ji;l PI'('~it1cnl(', :\l.\¡,u¡,a. UnirtE: A.-EI Secre­tario, hido 'o ¡,,'¡1m L, Podc}' J)'eculit·() dcl1.~<;taJo,-.Jlcd{;Il¡1I1 noviembre 21 dc l S¡j, PuUIír¡I l(·,>.;c i cjec([te~c, r(/l' iru rJed:lllluto elel Pl'c,>.liclt"ntc', elI'roclll'a­lb .. uel 1-. f.l.dO J .TOSÍ' D. LÓPJCZ. El Secreta.rio de Gobicrno, .r osf: ~I.'" ll.\lU YA . DECRETO :s'mJERO XLfX Cm: ~7 DI: S'O\'lnmll~: 111: J ~¡7), l,or .. 1 cllol ~ .. mnn'l'I 1'~I!"r ,,"n douoh. A,·t. 2.° '1'000 fJlllcioml"i o político o nomilliR- L.\ .\,PIJlL¡ \ Ll:JISL\TI\".\ 111:1, 1:S1.\1I0 1UBl:~\)O DE UflOQ II,\, trntivo en el E stado c:-; competente pal'n, ('ompl'o- DECRET.A.: bar e imponer las penas establecidas en el al'ti- Art. ],e RccolIGcc:,;c n. cargo dC'l TcsOI'o del culo 1,° Es!:ulo i a. f:l\'OI' del sellor l-'rot'l~io Trujillo la. A I,t. 3.° La rcsoluciol1 que dicte lrt. auto6dnd d e uda de quinientos pesos de plttzo cumplido. admini,-;ll'a tiva ¡'::C' n otific31'Ú al milli~tl'o ar.usado, Art. ~,u En el l)l'c'<;lIpue~to para. el bicnio conforlllc n. las lcycp. de polid:lo, para que den tro económico próximo sc inclllir:~ b pal'tiua COI'l'e~­d e l término ue v c inli cllflÍl'o hnm:-:; ~alga del tcrl'i- pondiente lJllI'a. que C1lC pago ~c haga sin pén.li­torio o comiencc hL l'cclusio n de que habla C:ita. da dc tielllJlo. l ei, Dado 0 11 McdC'llin, n. vcintiseis de noviembrc Art, 4." T od:\ l'e soll1 c ion refc l'entC' n. cRta mn- I de mil ochocientos sdentn i s iete. leda ~cní con :-:; ult:Hla. con e l Enca q;ndo del Podc r Ell>I'cl'idcnte, l\J Ui'UEL URlBE A,-El Sccl'e- Ejecutivo, para s u reforllla i aprobacion, t . J·d , .. , L , 1. . I arIO, 81 oro ~l t'a ~. Art. 5." E~tl'áüas o por ( lez afios del tCI'l'lto- _ río del E s t:u.1o a los Vi('nrio,o¡ de Meclc!lin i An-tioquillo in. lo:! ~cfiol'es l\1n,riano O .-' piIHL R od ríguez, 11 P ode}: J'l/C('lftwo (~'~ hs/adl},-J./edellitl¡ 27 de no- Recarcdo do Villa, Silvel'io Aml1,go, D Ol11 inp;o t'lcmbl'e l/e 181 f. L ICapil.\ Cosme .M1tI~tl1and !~ i ~ uall Pablo Gó~n eZ'11 P llblíqllc~e i cjccúte::e, Dada,.on .l\Ied,ellll1, n dIez 1 ~u?\'e de nO\'lem~ (1.., ::S.) JULIAN '.rn UJILLO. bl'e de 1Il:1 ?choclcntos .Í'ie tclll::t I ~Ietc. ; , ,1 El Secretario do Hacienda, El Plesldcllto, .M . \ ~UE L Unlllh A,- El Secl c, JO.AQUlN ECUEVERIU, tal'io, I sidoro Si/m L. - P ode}' 1;¡ecu/il'O del E slfldo, -JIedelliJl, 21 de 1/0 - Z-lt.'IIlÓ,'C de 1877, Puuliquel'c i cjecútcl'ie. (L. S.) Jl' LIAN TRUJlLLO. El Rccl'etario d~ GolJict'llo, ,JO I>l: l\lAníA !.L\n,\YA. (nI; :.'t'l IIE :\0\ I ~III DE l~ii)J por In ('uRI e di 1"'''<'' I~ (', '\ueei"u ti" un". Jlnl"nt('~ i ~o eon('(',le UUI\ (1\1 ~CIO 11.1 1'n 1 .. 1 l~ nI 'o, L\ .\SIIIi:LE\ LUI\L .\TII \ DI. L [milO S. DI: \lfIUQll.\, DECRET.A.: LEI N (fl\lE RO XLYlII A I·t, 1," Dcstl1l:l~C del 'rCROl'O d~l Estado I llo (ru~ 21 Die: NOVn;)mm: DE It)ii) Cfllltiducl dl' L'1I:\tI'O mil pp"o ,fllle el Porlel' }~ic-por 11l f'Uf\1 ,(' Ul"tl\l'IlIinR IR durRrinn d,' IUUI Iic{,Tlcin, cutivo dt'} E~trl(l(J ponuní ~L dl!'lpOl'il..'iOIl llt'l del L\ .\S.\J llLI:\ U:JISL.\TI\'.\ UI:L [SHIIO ~UIltr.UU DI; .\\TWQlI \ Calle,l., por tnl'n,,"aliuade~ do a do~cicllto!i pc:-:os, DECRETA.: pan\ que l;"to l os invil'!'tllo e:-:clusin\.llll.'ute en la. Articulo (¡nico . El Pl'(:.sidl'ntc del Estado, prc- COII:"itl't1<' 'ion de cicda:i obl'.t~ públic:a.l:l, ell la. fol'~ vio l)o nnil:lo de la. A~atnblea h :ji:;l:ti i\' :l., i (;11 re- U nm sigUiente j Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 102 ANALEt' J)lc LA OüNVl<:i'\OlON. -I.U Trc)) mil peso:. para. b con<;tnH'eion de dol'l puente!', el lino :-;01)1'0 el do "C:LTnpo-alcgre" ell l'¡ clImino quo jira. de Villa. Marít~ a Snnt:t­no:-: a, i el otro :-;01>1'0 el rio uUlnrü" ('litre San JlI­li, lIl i el Castillo, ell el call1ino ue Mnl'Ía. 2.u Alil pe:-:os para. la, mejora del antiguo ca­mino naciollal quo de l\Iulli:mlcs conduce a Lél'i­ua, ¡Jasando por el Ituil., en In. p:Lrlc (It1C a.travie­S!~ territorio entlcano. §. E~ttl. suma ¡;.crá yoütua eu b lei de Pl'esu­p\ lesto que nt a cspcdil'se. Art. 2.U ]~ l Poder Ejecutivo del Estado harí~ los arreglos convcnientcs eOIl el del Ua,uC!t, a fin ue que la. cantidllCl votada.!'e inyicrla en las obras públicas de quc habla. c~t:1. lei. Art. 3.0 AlIlorízase al Poder Ejecutivo del Estado para. que pl'Opong:l un ~\lTeglo al Gobior­lIU de la Union o al del Estado Sobera.no del Cau­en, 1\ fin de ohtener el establecimiento de una lí­llCn. tclcgní.ficn. do l\laniz,tles a endago. §. Sea cLUd fuere el a.rreglo, no ncce~i tn. do la aprolmcion d~' hL A~atUhlea pal'fl. h:tcc1'lo efectivo. ) D:Lda en MCllellin , a, \-einti:.:eis de noviembre de mil ochocicntos setenta j siete. El PreRidclllc, l\l.l.NUEI. UltlBE A.-El Secre­tario, Isidoro Silva L. Por/tI' Rjecutil'o del E8lado.-JIcdcUiIl1 l1ol'icmorc 28 de 1877. l)ublíquese i ejecútese. JULIAN TRUJILLO. El Secretario de Fomento, NICOLAS ]'. VU.LA. LISTA. d6lo~ candidntO"11arn Ju~Cts de llecho del Clrcuilo de Amalfl. p(!.ISClrIoL~S. 1 Aguilar Saludar. 1 2 Aguilor Alejandro. 3 Hoto ro Andrl'9 Maria. 4 CUlllpuzano \VcucodlIlO. I 5 Ehool,¡ar Dalli('l. 6 E~oobar :Manul'l.\.ntonio. 7 Efloobar Zoiw Maria. 1 8 Henao _Fcdorioo. 9 llellao 1.uill Muría. 10 Jurllwillo B. J Oa!luiu. 1 II JlIraluillo illnl\Ucl Aut.­l:! ].Iallo Emilinno. 13 Llnno P"dl'ríoo. 1 }-I Jaramillo Ilipólito. 15 Chic. ~1áJ:iUlO. 16 fllcrino Pasoual. ] 7 !ll criuo Daniol. l S l\Iuiioz Félix. 19 Villa lle¡iodoro, SCPI.ESTU. 1 Vélct Jo~é María. ~ S"lltllmadn .lhnuel. :.1 C:\.rJcllas U"ulistn. '1 EchcVl'rri Jrsus Mariu. 5 GÓllItz J esulI M. (Corouol) 6 Mejia Anjul ~Iaríll. 7 Pórcz ~Innu(ll S. R Hico Evnnjelista. O Hondon ]?,·rnnudo. JO CnlléjllB Alvaro, jI Corr.,1l Grcgorio. I~ Corroa. N.cinnccDo. 13 Fcrnándpz Cuostautino. 1 J l)ioilln Ignaoio. 15 ltoldan J\lojo. 16 RCBtropo j)cdro A. ]7 'l'lujillo A. Antonio. 1H Uribe F'crnlludo. 10 Arbéll1c; lbfao!. l' ItI NCll' lo 1, L:I. !\l'l'f.&NT&8. :20 Aguilu AntOnio ~btla. 120 Bctanrurt lL Josó i\I.- 21 H"t,ro AlltouioJ(\~é. ~I Borna Luill ~I~rili. ~~ CnmpU1:atlfl I~1. Juun P. 1:22 Bntc,(J lud .. lceio. ~~j I':~,){!bn [-:U\'Cl'o. 2:~ ll ,tcro Hr.ulio. ~.J g~l'ob,\r Juho. ~J B''''<'ro Ui onicio. :!;j E~~'oblr S"II:rinoo. 1 :!t:i E"bcvcni n. J Y~é :'llana. :!6 lI luau Emiliauo. :W ¡':lItradn Agustin. 2i Jafl.millo 1\1 ,roo AI.t." 2i Llano 'l'omns ;\Ialin. ~H hrnmillo Hómulo A, 1')8 1\Ioreno PuLID. 29 O,pinl' ~lurhno 1';. :3'9 0 R Ojal! i\hriauo. :30 'lontup .. Antonio M.O POMida )tl'BcnJo. 31 JnrullJillo L' ~'llHlrO. 131 Gtllll('Z EmeteJÍo. 32 RodriglHZ Fabrici'I1O. 32 C'JblLllos Vi rcnto. 33 C!lrJen,ll; ;\lanu~1 S. 33 Escobar Jcn~r o. 3-1 M óUt~H Antonio ;\1. 131 Corren. BcniJio. o;) Jiméll cf, ~LHlud J o~é, 35 Corrllll Jel;Ud !\Iarlll. :¡(j Pnlul'io Autouio .\. 36 CorrlJn Apoliuur. :17 Sllntnm:11 h ]. uis, 137 l ' pllgui Nieanor. 3R Hold(,u Antonio :1hlÍu. 38 F.lrlu\ndl'Z ~lanuol. :lO Hendol> ¡Si(·olas. 39 Arbél .. ez D. Jo é l\lada. 40 Ro.l, i~lI~z r.;'uiliuno. 1",0, ]Iotcro J. FrllUci~c o do P. ·11 Huiz Alh'·rto. . Ahrul"nd,~ JC~U9, ·1:2 Sánebtz .Ioll.)úin N. 4:2 Hi o~ Vie<'utc. 4:] Suárcz ltuimundo. I":i 1';~tl"lIdn Cc{·ilio. 41 Sui!.r('z "'Ianucl S. -1-1- Estrado Vioentc. M> Cl'btil103 /'IlanueI A. 45 1':~ lT>lda Pedro. IU Uribo P.Wenct'sln.o. 14G SII~rcz Justo. '17 Uribc l!~. '\'o:nceslao. ·Ii Móntes M. Antullio. 18 Vélc1. Ar,olinnr. 48 MI'. EWlln Ju~é Ml1rh. -H) ViJlégnli hidoto. I.JQ Suarcz JUln B. 50 Correa Bonito. 50 TobuD J usé 'l'orihio. 51 Pal:l(·jo 1II11nu('1 S. 51 Moreno U. J~uiB ;\hría. 5~ Pórcz B Pcdro AlltOlliO'152 i\!uii oz l\lanu ol .1hrfa. 53 Hobludo Juan P. f>J Ol .. no Pa~tor. [lo! Ih'strepo lllas i\larÍl. 5·1 Pérc1. Juan B. 55 HivHa l~ ul; (!bio Mad1. 155 Pl'rcz R Pedro i)Jr,.rh. 56 Rnir. lIon orío. 56 I'éroz H. Pablu Emilio. f)7 Vil1ég ~1I Nepo!llucl'no. 57 Pért'z It. Rafael. f)8 Yóll'Z ilJurco AlltOllio. I f>l:I Péru jo;ujanio. 59 Viltég;os lIlauuel. 59 PIlIIlCio NOTI'orto, 60 Yillóea.~ Justiuinuo. (jI) Pércz E. Pablo Emilio. 61 Vill ég,ls S"\'tlro. 166~_' Vél!'z Fabriciano. 6:2 y éh,z \'. 1{af .01. J Ilramillo Enril¡IIf1. 63 Sltllt.omar!a B. ~lnnllel. 163 Puerta Euri'luc. 61 neta.no.:ur~ Jm"luir.. 6·} Alvarcz Jo,¡ó .dhrl, F. 65 C:.rfaslluilla Fo.:durico. f 65 Ruiz Arcadio. 66 Villégo8 Justo. 166 Hico MIlDuel Antonio. 67 Villégus J.uis l\1arh,. 6i Camblls Jo~Ó ilhximo. 68 Vitlégll8 Viccnte. 16'3 Merino José ;\hrh. 69 VéIez .l!:vliriBlO. 09 l\leriuo Luis Muia.. 70 Vélez Lisliudro. 70 U,¡piua Leonidaa. 71 Calle B'!rnardo. 1 Z,~ Llluo Uipólito. 72 C .. lltrillon Luis Maria. '" C&btrillon Ramon A. 73 Velásqllt'Z S~ll'ador. 73 Botoro NaciaOlleno. 74 Cadavid ;\htildo. 174 Rioa Pablo. 75 Trujillo I~miro. 75 1o;¡trlda Luci.no. 76 Callo PeJro Maria. 76 Callo Bautista. 77 C,¡najal Cecilio. > 77 Suarez Dauicl. 7:0; lbul'vo Antoniuo. 78 ,\[om Autcuiuo. 79 Róju SimOIl. 79 Hio!! Vicente. bO Jaramillo Lisaodro. 80 Villéga8 Martiniano. Amalfi, 25 de ogosto do ]~i7. El Presidoote, i\JAlttANO E. Ú8PI:'·A.-EI Secretario, Fe­derico JImQo. Stcrtlaría d~ la COIlt'e1/cioll_.31~dtll¡lI, 'Iori~mb" 21 de 1871 Adoptada en la se.iou do hoi lIio aItoraoioD alguna. Sih'(I L. 1111'Rl:NTA DEL ElITADO.-DIRJ::CTOD, DIEGO LiStE,
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Convención: órgano de la Asamblea Constituyente del Estado - N. 19

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 39

Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 39

Por: | Fecha: 18/06/1907

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie VI ~ Bogotá, Junio 18 de 1907 ~ Núm.ero 39 o C>lSTTElSTX:DC> Acta de 1. 1icos defender la religión católica, y como violatoria del Concordato en su artículo 11, que citó. " Aunque no pretendo presentar proposición al­guna sobre el particular, examinaré la tesis del Sr. Ministro, que considero desposeída de fundamen to sólido. "Impedir que los extranjeros se apoderen por medio de la ensefianza primaria del corazón de nuestros nifios es una cosa tan lejana de la reli gión y á ella tan extraña, que llO comprendo cómo pueda afirmarse que se roce con la religión y á la religión pueda perturbar. No comprendo qué tenga que ver la Religión 'católica con que las puertas de Colombia se abran ó dejen de abri l'se á maestros extranjeros. " El honorable Diputado Camargo: "El Sr. Mi nistro se refería á que pretendiera prohibirse que congregaciones I'eligiosas extranjeras dictaran en sefianza. " El orador: " Aun suponiéndolo aRf, honorable Diputado; aun suponiendo que la ley no se refiera simplemente á los extranjeros, e-ino á las Congre­gaciones religiosas extranjeras, todavía al impedir á éstas la ensefianza nf) violaríamos el precepto constitucional, desde luégo que esa prohibición no impediría que los maestros y el clero colombianos dieran en las escuelas enseñanzas religiosas. " El artículo del Concordato citado por &1 SI'. Ministro, dice así : 'La Santa Sede prestará apoyo y cooperación al Gobierno para que se establezcan en Colombia institutos religiosos que se dediquen con preferen ­cia al ejercicio de la caridad, á las misiones, á la educación de la juventud, á la ensefianza en gene­ral y otras obras de pública utilidad y beneficencia.' "A la luz ge este artículo nada violaríamos nosotros si decretásemos la prohibición á los ex tranjeros de dirigir nuestras escuelas, aunque entre tales extranjeros se encontral'an determina­das congregaciones religiosas." El honorable Diputado Vélez: "Sí se violaría el Concordato, porque el artículo 13 dice: 'por cou­siguiente en dichos centros de enseñanza los res pectivos ordinarios diocesanos, ya pOl' si, ya por medio de delegados especiales, ejercerán el dere cho, en lo que se refiere á la religión y á la moral, de inspección y revisión de textos .... ' y al no permitir á las congregaciones religiosas la en se fianza no habría diocesanos que hicieran aquella inspección." El orador: "Estaría bien la objeción del hono rabIe Diputado si él pudiera demostrarme que en Colombia no hay diocesanos nacionales, ó que no pueden organizarse congregaciones religiosas na­cionales. "Decía, sefiores, que á la luz del artículo 11 del Concordato nada violaríamos al impedir que con gregaciones reliosas extranjeras se ocupasen en dirigir nuestras escuelas, ilesde luégo que ese al' tículo impone obligaciones á la San ta Sede, no las impone á nuestro Gobierno. Si éste desea traer congregaciones religiosas, la Santa Sede tiene obli· gación de prestarle apoyo; pero si nuestro Gobier· no no 10 desea, nada tiene que reclamar la Santa Sede. Para la Santa Sede ese articulo impone una obligación; para nuestt'O Gobierno es una simple disposición potestativa. Ese artículo podría aleo. garse en Roma; ese artículo no puede alegarse ante el Poder Legislativo de Colombia. " Sr. Presidente. DemoBtrado queda, me parece, que esos viejos.asuntos de la enseñanza obligatoria y de la enseñanza laica no han sido, nó, el en gendro de un partido; no han sido, uó, oprobio ó gloria de determinada escuela política en Colombia. " Al error ó al acierto de esas disposiciones van unidas, inexorablemente unidas, las dos grandes colectividades políticas que por casi un siglo se han disputado el predominio de s us ideas en este 8uel o. " Pues bien: á pesa!' de es to, la eseuela laica y la euseñanza obliga tot'ia fn~ron un día ocasión de lucha ardiente que conmovió los cimientos mismos de la Patria; que alzó sobre el manto verde de n uestras campiñas el lago rojo de la sangre hu­mana; que esparció sobre el ter rito rio nacional, como monumentos cinerarios, los deepojos blancos de nuestros her'manos sa.::l'Íficados en la lucha. " Tan ciego, tan absurdo, tan fuerte ha sido así el poder de la obsesión política en esta infortunada tierra. " y hé aquí porqué, sefiores, las generaciones del porvenir no podrán jamás pagar debidamente eu deuda de gratitud hacia los hombres de buena voluntad que di l'Ígidos por el actual Presidente ile la República procuran hacer de este yermo de la muerte un campo de vida; de este turbión de las pasiones un remanso de la paz; de este delirio del odio una explosión del amor á la Patria. Ha cia los hombres de buena voluntad q\le van á legar á esas generacioneH una Patria fuerte y regene­rada por la unión, por la concordia, por la tr3.nsi­gencia; una Patria grande, digna por 'sus virtudes de que sobre sus pampas, sobl'e sus oteros y sobl'e sus montañas repita el eco, de t:lÍglo en siglo, el hermoso grito del Libel'tador cit:\do por el Sr Mi ­nÍ!, tt'O de Instrucción Pública: 'viva el Dios de Colombia l' " He dicho." ----.============================= LIBROS DE VENTA AL DETAL EN LA IMPRENTA NACIONAL Leyes de 1896, á $ 20. Leyes de 1903, á $ 60. Leyes de 1904, á $ 40. Constitución política de Colombia, Actos legis­lativos que la reforman y Leyes de 1905, $ 200. Ley número 32 de 1905, sobre timbre nacional, $ 40. Leyes números 20, 63 Y 67 de 1877 y decretos dictados por el Poder Ejecu ti vo en ejecución de ellas, $ 5. Codificación de Decretos legislativos de 1899 á 1903, $ 50. IMPREN'fA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 39

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 17 y 18

Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 17 y 18

Por: | Fecha: 17/08/1908

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie VII ~ Bogotá, Agosto 17 de 1908 ~ Nros.1?' -viS P'«I. A6ts de la sesión del d(a 12 de AgOBto de 1908 . ., ...................... 129 Proy~oto de ley que adioiona y reforma el Código de Minas y las Le,lYes 38 y 292 de 1871 y 1875 ...................................... ...... 134 Proyeoto de ley por la cual se aprueba un oontrato ..... ............. 136 Infor:rnes de Comisiones ................. '0' •••••• • o , ................ o • _ •• 136 RelaClión de debates de la sesión del 31 de Julio de 1908 ............. lag Telegramas sobre división territorial ...................................... 142 ACTA E LA. SESI6N DEL DÍA 12 DE AGOSTO DE 1908 (Presidenoia del honorable Diputado Vázquez Oobo). 1 Con el quorum reglamentario el Sr. Presidente decl aró abierta la sesión á la una y cuarenta y cin­co inutos de la tarde. Debidamente excusado dejé» de concurrir á el18, el honorable Diputado Loz no. Leída el acta de la sesión anterior, el honorable Dip tado GutiÁrrez Rutino le hizo alguna ligera obs~rvación, después d~ lo cual fue aprobada. L:.>s honorables Diputados Salazar, Vélez y Ma· téus, en nombre de las diversas Comisiones y con los informes I't'glamentarios, devolvieron, respecti­vamente, los siguientes proyectos: ~ rman el carácter ·colombiano. Pero sin entrar en quieren afrentarlo, haciendo de la conspiración y eSJta tarea, que sería inútil, sí he ~e sostener aquí del asesinato una nueva faz de la vida nacional. qwe el pueblo colombiano es hidalgo y leal, que la. ." Hé aquí, señores, la génesis de este proy~cto altevoaía y la traición no son características de su de ley, que es preciso explicar para que la historIa la idliosincrasia. comente luégo con acierto. Este proyecto no es una " Latinos por excelencia, hemos sido un pueblo explosión de odios de los de arriba para los de aba­a~ itado y turbulento, fácil de impresionar, listo á jo; no es una tentativa cruel de los que ejercen el la.ts grandes impresiones del sentimentalismo. Hé poder. Es una necesidad de la propia defensa; es aq¡ui porqué en su menor edad política el pueblo una imposición-dolorosa, es cierto, pero necesa co>lombiano ha vivido en constante agitación pero ria-de las circunstancias. twrbadora de la paz. ' "Quien ba serttido tan de cerca el plomo asesi- " Pero esas mismas condiciones que hnpelen al no; quien ha palpado que ese plomo no respeta si co)lombiano á marchar con rara facilidad y á pecho quiera el pecho albo de una mujer inocente, y dEascubierto á la contienda armada, le retraen de quien por otra parte tiene el deber de velar por la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 140 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL seguridad social, ese individuo, eee Magistrado faltaría á su deber si no procurase la expedición de leyes tendientes á extirpar la conspiración y el asesinato. " y nosotros, como legisladores colombianos, te­nemos también el deber de secundar esos propósi o tos. Sólo que nuestro deber es múltiple. Múltiple, porque si de un lado aquella es nuestra obligación, de otro debemos esforzarnos por que la ley en su empeño de castigar al criminal no vaya á herir al inocente. "y es que la sociedad, de la c.ual somos represen· tan tes, si tiene el deber de reprimir el crimen, tiene también la obligación de amparar á la inocencia. "El legislador, cuya nlisión primordial es dictar Jeyes que afiancen la seguridad de los asociados, debe tener honda previsión para no vulnerar las leyes eternas de la justicia. c, Demos á Dios lo que es de Dios y al César lo que es del Oésar. Demos al Gobierno facultades bastantes para defenderse y defender á la sociedad de los malhechores que conspiran y asesinan; de­mos también á la sociedad los medios bastantes para defenderse de los malhechores que persiguen y calumniau. "¡ Entre el asesino y el calumniador, señores, yo no acertaré á decir quién es más vil, más despre­ciable, nlás criminal! " Juzgo pues que este proyecto de ley debe mo dificarse para obtener estos resultados: "Que si bien lo ataques contra la vida ó la li· bertad del Presidente deben considerarse como asaltos de cuadrillas de malhechores y caer bajo la pena que para tales casos establece la Oonstitu­ción, cuando se dé muerte á otros empleados púo blicos ese delito sólo se castigue con la pena ca pital en el caso de que conforme al derecho co mún revista caracteres de asesinato; " Que haya amplios medios de defensa para los acusados, y sea, en los casos graves en que ha de aplicarse la pena capital, la Oorte Suprema de Jus· ticia el Tribunal que en última instancia revise los procesos. A este respecto la Oomisión ha c~mbia · do con acierto la prueba suficiente de que habla­ba el proyecto primitivo, por la prueba plena que . sefiala en sus modificaciones; " Que haya severidad inexorable en el castigo de quienes imputen falsamente á otros faltas ó de· litos contra el orden público. "Modificado y complementado así este proyec­to, creo que expediríamos una ley sabia y justa, egida por igual del ciudadano y riel Gobierno; de­fensora del derecho en toda su amplitud, desde el derecho del primer Magistrado hasta el derecho del individuo más humilde; portadora de grandes bie­nes para el futuro del país, como que ella sería sustentáculo poderoso de la paz; de la paz, que es nuestra necesidad más vehemente, y que para ser estable y fecunda ha de basarse en la justic.ia." El honorable Diputado Lozano replica: "Sr. Presidente: " Tengo necesidad de continuar en este debate con ocasión del discurso que acaba de pronunciar mi respetado. amigo el Sr. Dr. Matéus. " Niega este honorable Diputado su voto á esta parte del proyecto porque por convicciones filosó· ficas es enemjgo de la pena de muerte. "Tampoco soy yo amigo de esa pena: por tem­peramento y por reflexión soy enemigo de la pena. capital, y en ocasiones solemnes de mi vida he demostrado, aun con grave peIigr~, la conformi­dad de mis opiniones á este respecto con mis he­chos. En la última guerra civil, cuando las pasio­nes políticas dominaban para el mal á casi todos los espíritus, en hora de sangre y de matanza, yo alcé mi protesta enérgica contra los que iban á fusilar, como fusilaron, á varios de mis conciuda­danos en la lucha, ardorosos sectarios, pero no cri­minales. "Soy, como el Sr. Dr. Matéus, enemigo de la pena de muerte, que considero inútil en muchos casos, que juzgo brote de la soberbia humana, que en lo general sólo sirve para ser ocasión de tre­mendas é irreparables injusticias. A los casos so· ñalados por el orador podría yo agregar much09, podría con ellos hacer un libro en el que aparecie­ra cómo yerra más frecuentemente de lo que se cree la justicia humana, cómo con lamentable frecuencia se somete á los hombres al horrible do · lor de verse irremediablemente perdidos, sin ser delincuentes. " Si aquí se trataOra de establecer' Ó nó la pena de mnerte en la Oonstitución, no tendría en contra de ella el honorable Diputado Matéus un compa· ñl3l'O más constante y decidido que el que habla. " Pero no se trata de opiniones filosóficas, ni de crear ó dejar de crear e a pena. Ella existe en la Oonstitución; allí está como castigo pal'a determi­nados delitos, y al votarla en esta Ley no hacemos otra cosa que someternos á lo que ha decretado la Oonstitucióo. " El artículo 32 de la Oonstitución dice así: 'Sólo iOlpondrá el legislador la pena capital para castigar en los casos que se definan como más graves, los siguientes delitos jurídicamente com­probados, á saber: traición á la Patria en guerra extranjera, parricidio, asesinato, incendio, asalto en cuadrilla de malhechores, piratería y ciertos de­litos militares definidos por las leyes del Ejército . 'En ningún tiempo podrá aplicarse la pena ca­pital fuéra de los casos en este artículo .previstos.' " Si pues uno ó varios individuos asesinan al Presidente de la República, la Constitución los condena á muerte, desde luégo que esta es la pena que ella establece para castigar·á los asesinos. " Si se intenta privar al Presidente de su liber­tad y del ejercicio de sus funciones, si se intenta· secuestrarIo, esto será hecho siempre por una pan­dilla, que ante la ley penal es preciso considerar como cuadrilla de malhechores. Y para castigar á estos cuadrilleros la Oonstitución establece la pena capital. En el proyecto que se discute se estable­ce la pena de muerte para los casos más graves de ataque á la vida ó á la libertad del Presidente. Esos casos no pueden ser otros que los contem· pIados por la Constitución como generadores de la I pena de muerte para quienes de ellos se hacen res­ponsables. Luego esta Ley no inventa la pena de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 141 muerte; ella no la crea: apenas sigue la doctrina cons ti tucional. "No vengo pues á defender el patíbulo; no puedo aceptar que mi act~tud en este debate se interprete como aceptación filosófica de la pena de muerte. "Sucede en el presente caso algo muy análogo á lo que ocurre con la institución del Jurado. Imagínese el Sr. Dr. Matéus desempefiando las funciones de Jurado y que del proceso aparece la culpabilidad del acusado como responsable del de­lito de asesinato. Pues el Sr. Dr. Matéus, para cumplir el juramento que le impone el deber de contestar si en su conciencia se ha formado la cer­tidumbre de la verdad de 108 hechos que se impu­tan al procesado, contestará afirmativamente el cuestionario del Juez. Este aplica luégo la ley, y el delincuente acaba su vida en un patíbulo. ¿Po dría alguien sostener que es el Sr. Dr. Matéus el autor de esa pena de muerte? Pues tampoco po­drá nadie sostener con justicia que los que opi­namos que debe votarse afirmativamente el punto que se discute estamos creando la pena capital. "Por otra parte es evidente que como lo ha dicho el honorable Diputado Pulecio este punto es el primordial del proyecto de ley que se discute, porque hay necesidad apremiante de defender en lo posible la persona del Presidente Reyes de nue­vas tentativas de asesinato. Alrededor de él giran los más grandes intereses nacionales; su desapari­ción violenta en estos momentos entrafiaría el caos, la anarquía, acaso la disolución del país. " ¿ Será correcto que abandonemos la suerte del país al azar de las conspit'aciones, á la voluntad de personajes fatídicos que se agitan en las encruci­jadas del asesinato? " Mejor sería ir á la guerra civil, en donde ha y casi siempre nobles ideales, generosos anhelos. Pero la conspiración, ¡jamás! ¿ Qué sería de la Patria si la abandonásemos á ser presa de conspi­radores cuyo programa de Gobierno no se conoce; de conspiradores que no demostraron en el ejerci­cio del Gobierno ser capaces de servir al país por la implantación de sistemas administrativos y po­lfticos, justicieros y avanzados? " Si el país cayera en poder de tales' hombres, entonces sí veríamos segar cabezas sin misericor­dia. ¡ Yo sé, yo he visto cómo siegan sin piedad vidas humanas algunos de esos que hoy se llaman defensores del Derecho! "Sostenedor constante de los fuer09 de la ino­cencia, he sido el primero en pedir aquí que se modifique este proyecto de ley en cuanto estable­ce la pena capital para los responsables de la muerte de empleados públicos-distintos del Jefe de la Nación-y que sólo sea aplicable en casos de asesinato. " He pedido también, el primero, que las causas que terminen por sentencia de muerte se sometan á la revisión de la Corte Suprema de Justicia. " Esta revisión es necesaria para rodear de ma­yores seguridades á los procesados. Los legislado­res deben contemplar el porvenir: si hoy la con­dición magnánima y justiciera del Presidente y de sus Ministros inspira fe sobre la corrección de los fallos del Consejo de Ministros, nadie podría predecir lo que ocurra 1uégo, cuando otros hom­bres sean el poder. Y para esa contingencia debe adoptarse la modificación que he iniciado y que en su oportunidad habré de sostene!', porque, re­pito, si deseo la defensa del Gobierno, también deseo la de mis conciudadanos, que bastante de· recho tienen á que se les ampare en todo caso de inocencia. " El honorable Diputado Palecio dijo: " Este artículo, puede decirse, es todo el proyec­to; lo demás es de muy poca significación. Me per­mito desde luégo llamar la atención de la Asam­blea acerca de la importancia que tiene el artículo que se discute, y al ocuparme en este asunto tengo que expresarme con toda claridad. " Lo que la ley se propone por medio de esta dis­posición es hacer inviolable la persona del Presi· dente de la República, y se propone hacerlo por­que la unidad nacional, porque lo~ grandes intere­ses del país, porque la continuación de la paz están vinculados en la vida del Presidente de la Repúbli· ca, y porque contra esa vida y contra esa persona­lidad especialmente es como se preparan tentativas por los enemigos del orden público. No se trata-y hablo así porque tengo conocimiento de datos ín­timos- de hac~r revoluciones armadas como otras veces, y de irse á los desiertos en busca de armas para tratar de derrocar al Gobierno mediante una serie de batallas; se trata de salir de la persona del Presidente de la República para poder cambiar el régimen político por medio de atentados que empe­zarían por la muerte del Presidente y acabarían por la pérdida de la nacionalidad colombiana. Y si vamos á decir que los atentados contra la vida del Presidente de la República serán cuando se le ata­que de manera brusca, ¿ qué sucederá? Que deja­mos en pie el principio de todas las conspiraciones, el principio de todos los atentados contra la vida del Jefe de la Nación, y no llegará el caso de que los individuos que se confabulen para asesinarlo sean tan cándidos que vayan á decir que se les sa­lió el tiro del revólver, pero que su objeto era lle­var á cabo un simple secuestro. Además, el que va á secuestrar en cuadrilla de malhechores al Jefe de la Nación va dispuesto aun á matarlo si hay ne­cesidad de ello. " Por otra parte, si esta Ley no se aprobara en esas condiciones, además de inútil sería perjudi· cial, porque vendría á resultar que dependería del éxito del atentado: si éste se consumaba, era pro­bable que el nuevo orden de cosas que surgiera del movimiento revolucionario, con el que estaría co­nexionado el atentado, no fusilaría á sus autores, y si no t3e consumaba el atentado sino el secuestro, era más que probable que los individuos que toma­ran parte en este hecho se dijesen: si este sefior ocupa otra vez su puesto nos fusila, luégo es mejor asesinarlo. "En los siguientes incisos del artículo que se discute se ha previsto el caso propuesto por el Di­putado Sr. Restrepo, de manera que no podrán imponerse las mismas penas para delitos distintos en atención 8 su gravedad. Además el Diputado Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 142 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Sr. Montafia parece que va á presentar un artícu­lo, en el que se definirán los casos más ó me­nos graves, siendo de advertir que esta no es una teoría novísinla, porque en nuestro Código Penal existen ,arios artículos sin esas definiciones. Al tratar ele los homicidios se califican en casos gra­ves, menos graves y leves, rlejando su aplicación al criterio del juzgador. "Estos casos se van á juzgar por Jurados, como son los Consejos de guerra, conforme á las disposi ciones del Código Militar, quienes obran como J ue ces de derecho, y más tarde el Ministerio de Gue 1'ra y luégo el Consejo de Ministros definen la gra­vedad en cada caso. N o se va pues á imponer la pena de muerte por cualquier delito; se apreciará en cada caso la gravedad del delito y se aplicará la sanción, teniendo en cuenta lo que en la filosofía del derecho penal se establece: la relación entre la cuantía de la pena con la gravedad del delito, }Jal'a que haya justicia conmutativa. "'Repito que el objeto de esta Leyes prevenir todo atentado en cualquier fonna, para llegar á la in ­vio1abilidad del Jefe de la Nación. ~ -tX:<-- TELEGRAMAS SOBRE DIVISION TERRITORIAL Calamar, 8 Ago to 1908 Asamblea, Pouer Ejecutivo. Aplaudimos y felicitamos cordialmente con esta sincera manifestación actos de vosotros sobre te ­rritorio. Por saludables termocauterios que paz, concordia fecundaron para cicatriz úlceras po­líticas. Esteban A. Mier, R. Villarraga V., J. V. En­ríquez ue A., Gabl'iel A. Miel' L.. Esteban Míer, Evaristo Pérez, Manuel J. Llach, Germán Miel' S., .Tosé María Mier, Manuel A. Mier, Atilano Mier, Guillernlo Mier. Consejo 1nunicipal-Buenos Aires, 8 Agosto 1908. Asamblea N acion a\. Deseosa Municipalidad pertenecer Departameut\) cuya capital sea Cali, apoya solicit ud que sobre este asunto dirigió á esa honorable corporación Consejo municipal Santandel'. Leopoldo Narváez, Ramón Maul'Íque, Azuel Vi ­llamarln, .T uall C. Figueroa, Nicanor Cobo, Froi­tán Charria, Gabino rvlanrique; Al alde, Alfonso Manrique. Pert>ir , 8 .\gosto 1908 Presidellte Asamblea. Encarecémo~le, y por Sil honorable conu u ,to á todos los miembros de la Asamblea, refornlar pro yecto división territorial en sentido formar Depar­tamento Pereira, compuesto Provincia Robledo y pueblos hoya Quind10, quedando Departamento Cartago con resto Quindío y Provincia Marmato. Estos Departamen tos formados así reúnen cada uno los elementos necesarios para su progreso. Con pueblos hoya Quindio únennos vínculos comercia~ lea y de familia. • Valentín Deaza, Valeriano Marulanda, Antero Angel, Carlos Gutiérrez, Sixto Ospina, J. Oampu · zano, Celio Gonzálf\z, Jesús Cano, Roberto Mal'll landa. San Calixto; Teoram~, 8 Agosto 1908 H onorables miembros Asamblea. Concejo este Municipio encarecidamente os pide sea erigida Ocaña capital nuevo Departamento. Como colombianos confiamos hagáis en favor lluéstro vuestros esfuerzos patrióticos. Presidente, Damián Alsina Vargas; Vicepresi , dente, Urbano Portilla; Vocale9: Antonio Obregón, Patricio Ranjel, José Navarro; el Secretario, Noé de T. Mena. Presidente honorable Asamblea. Caloto, 8 Agosto 1908 Pocas veces hemos elevado nuestra débil voz al Cuerpo más respetable de la Nación; mas impeli­dos hoy por la conveniencia de esta Provincia cuanto á comercio, agricultura y situación topo gráfica respecto de Cali, representamos muy res­petuosamente y pedimos por vuestro conducto á honorable Asamblea que según Ley que discútese ella, división República, pertenezca Provincia Ca­milo Torres Departamento Cali, cuya necesidad para nosotros no escApase honorable Cuerpo que presidís. Si Ley división territorial tiende engran , decimiento patrio, como creemos con Gobierno, esperamos ser favorecidas con ella perteneciendo O~li. Amigos, Rafael J aramillo, Antonio Mufioz, Marcelo Herrán, Isaac Tobar, Elías Herrán, Ra­món Moreno, Manuel Cuadros, Uladislao Romero, Aníbal Valderrama, Eusebio Borrero, Cupertino Pafia, Noel Navia, Guillermo Valencia, CarloR An gel Tobar, M. M. Sendoya. Presidente Asamblea-Bogotá. Quibd6, 1.0 Agosto 1908 Complacidos proyecto nuev'a división territorial. Al erigirse Intendencia en Departamento anhela­mos que lleve el nombre de Departamento Reyes en honor ilustre mandatario que ha propendido al progreso de esta región hasta ponerla al nivel de los demás pueblos de la República, con atención digna de nuestra gratitud. Estos pueblos donde Excmo. General Reyes no tiene un solo desafecto, mirarAn como un favor especial el que honorable Asamblea atienda á solicitud. Manuel1\1aria Lozano, César Valdés, Luis Padi Ha, José Maria Cafíadas, Luis Duríer, Manuel Ma­ría Arcos, Sergio Villa, Manuel G. Salazar, Elías Arce, Elíseo Arango, Leoncio Ferrer, Rafael Ur­daneta Q., Oar10s A. Orrego, Heliodoro Rodríguez, Ramón de Diego, Eduardo Ferrer, Florentino Gon­zález ' Tillota, Enrique Ferrer, Clodomiro Moreno, Gregorio Sánchez, Gregorio García H., Ricardo Ayala, Lisandro Mosquera, V. Díaz R., Ricardo Valencia, Abigaíl Garcés, Leonte Castro, Manuel A. Santacoloma, Fausto Domínguez, Ricardo Fe­rrer, Federico Valdés, Vicente Torrijos, Julio Zú­ñiga, Marco A. López A., M. Ruiz, Heliodoro F. González, Rodolfo Castro, E. Ferrer C" Domingo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 14:3 L. Salge, Alcibíades V. Garcés, Cicerón Angel, An­gel A. Amunátegi, Leonte Castro N., Juan Garcés, Ricardo Coutin, Abraham Perea, Federico Durier, Agustín Valencia, J. C. Díaz, Camilo A, Echeve­rría, Julio M. Glen, B. Tejada Córdoba, Luis E. P. Otero, Juan P. Bula, Benito Padilla, José A. Otero, Rodolfo Morales, Luis M. Perdomo, Eligio A. Huertas, Eufrasio Bula, Joaquín P. Salgado, José Manueluparela, José A. Gámez. Calderón Flórez, Angel H. Otálvaro, Basiliso Gar- Momp63,8 Agosto 1908 cés, Marco Ferrer, Guillermo Hoyos, Jorge Valen . AS:lmblea Nacional. • . • '. cia, Adán An'iaga, Miguel A. Domínguez, Carlos : A?ep~ad voto aplaus? por prll~el'a Ley (hVlSlOn Astié, MalIuk Hermanos, Pedro A. An'iaga, Emi I terrItorIal, con benefiCIO Repúbhca. liano Rey B., Carlos Astié (hiJO), Luis María Cam- I Oiro A. Pupo, Pantaleón G. Ribón, A. G. Pifie· puzano, José Angel Rivas, César A n'iaga, Carlos res, M. Antonio Lengua, Andrés Ribón, Manuel A. Ferrer, Félix Malluk, Víctor Manuel García B., Ribón P., Enrique R. Ruiz, O. A. Trepala.cios Paz, Pedro M. Jaramillo J., Francisco Realpe, Joaquín Manuel Rojas, Miguel Martínez Pifieros, Eusebio Ruiz, Lisandro Pineda U., Gonzalo T. García, Ma- Morales, Pantaleón G. Ribón(hijo), Miguel Ruiz R., nuel Antonio Arriaga, Carlos Medina C., L. M. Ló Juan M. de la Hoz, Luis G. Riból1, Manuel Carlos pez, Deofanor Valencia, Pedro V. Ferrer, Abra Rosales, Pablo E. Pareja, Manuel Germán Ribón, ham Cudsy, Angel An'iaga, Federico de Porras, Manuel :Herrera V., Simón Herrera Ribón, Cayo Ruperto Perea, Francisco A. Arango, José F. Ren- G. Ribón, Manuel D. Martínez, A. L. Palomino, gifo, Erasmo Rengifo, Leonidas Asprilla, Alejan E. L. Ferreira, M. A. Mendoza, Julio S. Roja~. dI'O Moreno, Joaquín Esguerra, E. García Correa, Marcial Vivas, Rafael Páez, Manuel Rentería, Ju- Cartagena,8 Agosto 1908 lio Sánchez, Emiliano Vivas, Benigno Sánchez, Presidc!nte Asamblea Nacional. Felicindo Mena, Carlos Rumié, Ramón Marín, Por conducto respetable de usted felicito osa alta Aquileo Arriaga, José Ignacio Cañadas, Pedro Lu~ corporación por expedición leyes di visión territo· que, Deogracia~ García, Julián Rivas, Manuel A. Tial y orden público. Perea, Olimpo Castillo, Oecilio M. Arango, Clima· Servidor, José Ulises Osorio co Andrade, Gabriel Quintero, Eladio Chaverra, Calixto Bernal, Leonidas Valencia, Eliseo Cuesta, Jesús Rodríguez, Pedro Varela, Eladio Mena, Er­nesto Zúfiiga, Trifón Coock, Assad M. Malluk, Ma· nuel Uribe, Víctor Chaux, Eduardo Coutin.· Tliquerres, H A g OS l tl UWS Excmo. Presidente República, Presidente Asamhlea. Entusiasmados habitantes Provincia envían efu­sivo agradecimiento haberse designado esta ciu dad capital Departamento. Adhesión Gobierllo, , in celej o, 8 Ago to 1908 fraternidad pueblos formarán nueva entidad, y es - Presidente Asamblea. fuerzos SU futuro progresO' serán pruebas Oler cel' Expedición Ley divisióu territorial cáusanos I honr~90 beneficio. . , justa complacencia, satisfácenos altamente. Nues . LUIS Guerr.el'o, ~lcal'do Garzon, ~eopoldo Gar tl'O aplauso honorable Asarnblea vuestro conducto. zon. Eus~oJ'gl(~ P~tlfio, Césa~, Benavl~es, .Gon~al(} Bustillo, Olavijo Perusierra, Vergarave, Enrí. I de Guzman, Slmon Maya, Dlogenes yIteJ'la, SJxto quez, Atamara, Folíaco, Avelezo, Patrón, Beoues. ) R~dríguez, ~afael P~z, Hernand.o VIlla,. Joaquín cobar, Mariustillo, Deluys, Trujillo, Harazo, Asea- i Arteaga, ~ ose An~on~o Alava, Ehseo ?seJo, S~gun. Ion, Alcocer, Cásseres, Ruiz, GOllzález, Lucasas, \ do Cabrera, ..;\pohnar Martínez, Malcos MOl a, I s· Vergarache" Mendoza Rodríguez Otero, Merla. I martínez, Ehseo Bravo. nobé. (Siguen muchas firnlas). - I Tulcán, 1.0 Agosto 1908 I General Reyell y Asamblea Nscional-BogoU Sahllglin,8 Agosto 1908 Los suscritos enaltecen idea de Gobierno y Excmo. General Rt:yes y Presidente Asamblea. Asamblea Nacional sobre división terl'i todal de N ueva Ley división territorial llena vehenlent6s República: Suplicárnosles acepten 11 uestra íntegra aspiraciones pueblos ansiosos conquistarse autono· adhesión. Esta sociedad ruega téngase en cuenta mfa para trabajar por propio engrandecimiento. capital Provincia Obando, fronteriza al Ecuador, Supresión Provincias es acertadísima medida des- rica en comercio, industria y población. A.grade ­truye el mecanismo en~ida:l inútil, costosa. Co.r- ceriamos se nos acuse recibo. po raciones que dictan salvadoras leyes esta talla y Ipiales, 1.0 de Agosto de 1908. gobernantes que sanció~anlas merecen. ~ratitud José Benjamín Arteaga (Presbítero), Marco A. eterna, eficaz apoyo conCludadal!0s. ReCl!Hd p:xes \ Guerrero, Carlos A. Ortega, Briceño Coral, Da· nuestros calurosos aplausos y SInceras slmpatlas. niel Rueda, C. Burbano S., Segundo Castro y C., Adictos compatriotas, A. de la Espriella, An- Adonaí Arteaga, Antonio Arellapo, Manuel Sa­drés Rodríguez D., Francisco Muskus, Néstor Brun, lazar, Gabriel Córdoba, Luis Rodríguez, César Juan B. Lyus, Marcial Aldana, Gabriel Aldana, Sánchez N., Maximino Pérez, Julio César Vela, Rafael Otero P., Alfredo Caro, Oscar Otero, Ar- Jesús M. Chaves, Fidel Martínez, ~fjcono Monte quimedes Solano, Juvenal Coron, Julio Quintero, negro, .José Antonio Asejo, C. Burbano M., Mel Julio Hoyos, Atilano Hoyos S., Rómulo Solano, chor Alvarado, José F. Pérez, Enrique Maya, Gregorio Flórez a., Tomás A. Ovidio, Casimiro Francisco Velanavar, J. Robelo, Rosendo Chaves, Vega, Juan Quintero Aldana, Eufrasio Bula Díaz, Julio Sánchez, V. R, Montenegro, Florentino Cas· J osé de los Angeles Hoyos, Máximo Tinoco, Juan tro, Luis B. Luna, Avelino Terán, S. Miranda Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 144 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIO~AL Castro, Azael F. Rebeolo, Peregrino Riascos,. Julio Miranda, Francisco Pozo, S. Pío Burbano, Aníbal Córdoba, Rafael García, Jeremías S. Espinosa, J. M. Espinosa, Sixto ]~nI'Íquez Martínez, Wenceslao Ruiz, Adolfo Bolaños, Melchor Gustin, Julio Bo­lafios, Angel Arciniegas, Elíseo Morillo, Floresmi lo Burbano. Urno, 8 Agosto 1908 Presidente Asamble:l Naciona1.-Bogotá. Oreación nuevo Departamento capital Antio· quia era medida que reclamaban · la justicia é in­tereses materiales de tan importante territorio. Felicitamos por ello á esa elevada corporación, y le pedimos respetuosamente creación Oircuito ju­dicial, cabecera U rrao, con respecto al cual tántas promesas oficiales hemos recibido. Antonio J. Luján; Presidente Ooncejo, Francis­co Maza; Jorge L. White, José M. González, Oura; Benjamín Restrepo R., Demetrio Gómez, Juan Oartagena N., Manuel F. Hoyos, Rafael ~oyos, David Arroyave E., Francisco Javier Montoya, Joaquín M. Urán U., Ismael Cartagena, Eliseo Arroyave, Pedro J. Durango, Angel J. Ruiz, Fé­lix Antonio V élez, Ramón A. V élez R. Cartagena, 8 Agosto 19013 Presidente Asamble3.. Expedición por esa honorable corporación de importantes Leyes división terri¿''''1:'ial y orden pú-blico es prueba la mejor de sus dist .. _ ~ os mieJn bros y titulo de patriotismo que la re<.- da al aplauso nacional. Yo se lo envío con ent", mo por el digno órgano de usted. M. JlII. Torralbo Presidente Asamblea. Sincé, 8 Agosto 1908 Nuestros votos aplauso por aproqución Ley divi sión territorial que conservará entidad Municipios. José M. U crós, Donaldo Porto, Demetrio Mufioz, Pedro P. Ucrós R., Andrés Alarcón T., F. Romero Acosta, Carvilio Guzmán, Pedro P. Espinosa, Juan B. Navarro, J. A. Benavides, Nicolás Valest, J. B. Espinosa, Tobías Montoya R., Agustín de la Ossa, Sebastián Espinosa, Miguel D. Granados, Luciano Montoya R. Cartagena, 8 Agosto 1908 Excmos. Presidentes de la Repliblica y de ) a Asamblea Nacional. Justo y merecido mi aplauso á los poderes coleo gisladores de Oolombia por su obra de redenci
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 17 y 18

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones

¿Deseas limpiar los términos de la búsqueda avanzada?

Vas a limpiar los términos que has aplicado hasta el momento para poder rehacer tu búsqueda.

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones