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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 102

Por: | Fecha: 15/03/1891

DEPARTAMENTO DE B 01 1 V A R. GA.CETA JUDICIAL. ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEP ARTAl\IENTO. Alto v. } Cartagena, (J)orningo J.5 de j'J.arzo de 1891. RtrllEBOloa Bate periódico le publica los días 15 y ~ltimo de cada mel. Elección de Presidente y Vice-Presidente. El Tribunal Superior, en Acuerdo del día 5 del mes en CUI'SO, eligió á 108 Sres. Dres. Juan An­tonio Araújo y Pablo J. Bustillo, Presidente y Vice-Presidente, respectivamente, para el nuevo período que empezó el 1 ? de Febrero último. El Secretario, ANTONIO M. RODRíGUEZ. CONTENIDO. ti6n ninguna en esta segunda instAncia, ni fund o ("o manera alguDa su apeJaci6n, el Tribun.lJ, adm~ni rando justicia en nombre de la Hepúblic8 y pcr autonda de la ley, declara que no tiene facultad legal para censl~a~ la sentencia a¡.'elada, por no ser el apelarte parte l~lt¡ma ni ballarse en ninguno de los casos de 1< artículos 890.y 863 del Código Judíciai, quedando, en onsecuenC9, sm valor ni efecto alguno, el auto que otoreó el recurs:>o . Pásese aviso al Administrador de Hacienda r(spect¡­vo para que cobre del apelante el doble valor del papel co­mún invertido, estimándolo como sellado. Notifíquese y devuélvase el expedi~nte. PABLO J. BUSTILLO.-EI Secretario, Antonio M. Ro­dríguez. En diez y nueve de Enero en cura á las t~e3 de la tarde, se fija un edicto para notificar á todo los ltteresa­do& en estos autos. El Secretario, Rodríguez. S.COION D. LO ClvlL.-Juieio de lueelióo joteltada de la fioada Sra. - Matilde Fuentes.-Solieituc1 del Sr. Ger6aimo Maduro S., apodera- Solicitud del Sr. Dr. Jerónimo Maduro S .• apod ado de 108 rederos do de JOI herederos de JOl6 Roa, para que le verifique la entrega del Sr. J08é Roa, para que se verifique la entrega de los b.eoes de de 101 bienel de dieha 8uoesión. dicha sucesi6n. SaCCloN 1hounalSuperior del Distrt'to Judicz'al dl.Bolivar.-Carttl~ DE LO CRllIflNAL.---Cauea lIeguida contra Bruno Arciria hi- h - t jo, por amenazas y resisteQcia á la autoridad.-Causa 8eguida con- gena, catorce de Febrero de mil oc oaent03 novm a y tra Manuel OYiedo (a) Chacá, por 1\1 delito de maltratamiento de uno_ obra. AUTOS y BDICTOS BMPLAZATORIOS. SECCIOI DE LO CIVIL Vistos: Según el artÍcnlo 863 del 06digo Jtdicial: "Todo aquel á quien puede perjudicar 6 aprovecbu. una sentencia, aunque no sea parte en el jui\!io, puede lDter­venir en él sin neeesidad de citación, ccadyuvando Y de· fendiendo la causa que le interese". Y conforme al ar­tículo 828 del mil!Jmo Código: "Las pa:abrss auto y sen-tencia tienen una mism& significación "'. .. , Juicio de suce8ión intestada de la finada Sra. Matilde Fuentes. Autorizada Fidela Ledesma por la dlSpO~JC!Ot legal citada, presentó memorial en 31 de Octlbre últlm), ante Trlbunal ~u'perior dellJütrito Judicial de BoUvar.- Cartage- el Juez 1.0 del Circuito de Barranquilla, pidiendo! an mé· na, d'lcZ y Set's de Enero de mil ochoc~-entos noventa rito de los fundamentos que adujo, la revocatorIa de la y uno. . providencia judicial del día anterior, que desde l~ag~ re· clamaba en la cual se había sefialado el 3 del SI Ulente Vistos: El apelante en este negocio, es estrafio á él, Noviembre á las 10 de la mañana, para entregar á J08 h~­desde 'lue se presenta con el carácter de acreedor, impug- red eros de la sucesión intestada de José Ros, por 801101- nando la declaratoria de heredero. tud de éstos, una ca3a que, según manifestación d~ la re· . Para que se le reconociera el derecho de alzarse de c)amante, estaba en BU poder y en el de su hermaJa Ig­tal dec]aratoria selfa necesario que, según lo expresa el nacia Ledesma, con derecho de domio=o, por co~pra en ~rtí~ulo 890 del C6digo Judicial, hubiera resultado per- la sum~ de cuatrocientos pesos; derech que coosderaba JudlCado con tal resoluci6n, y que ella tuviera el carácter lesionado por dicha providencia. ." de sentenoia definitiva, y ni esto es a8Í, ni perjudica á un El Juez, haciéndose cargo de la rec'amaClon, "evoco, acreedor, cuyos derecbos tienen prelación sobre los del por contrario imperio, su auto de 30 de Oct?bre pcr e~ de heredero, la declaratoria que se haga en favor de éste. 6 de Noviembre, en el cual declaró que Nlcolasa 9ulño- Por ]a misma razón antes dicha, no ha podido fun" nes de Roa V sus hijos Guillermo, Teresa y EudoCla Ro~ darse el Juez para conceder el reClUSO, en el artículo 863 no son poseedores regulares de la finc8, cuya eo"rega o ibidem, di~posición que requiere además, que el que io· tenencia habían 80licltado; y que carecen de derecho pa~ tervenga 810 ser parte, porque juzgue que ha de aprove· ra pedirla. De ese segundo auto se ha alzado el apode­charle la sentencia ó perjudicnrlo, lo haga, n6 por razón rado de los representantes de la sucesión; y otorgad? el de una nueva acción, sino coadyuvando 6 defendiendo la recurso en el efecto ~u8pensivo, ha venido el expadlente causa de alguna de las partes qur ya figuran en el juicio á esta Superioridad. _ según su interés. Para resolver el punto controvertido, que es objeto Por tanto, y no habiendo el Sr. Dr. Malo hecho gea- de la alzada, basta atender á lo prescrito eo el artículo 20 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 412 G A e E T A J V D 1 tJ 1 A L. de la ley 30 de 1888, que es reproducción del 256 de la ley 153 ne 1887, aclarando el 1.268 del Código Judicial. El nrtÍculo citado dice así: "En los inventarios de biene3 <1e perSOEU muerta, se expresarán por separado, los que se hallen en manos de tercer poseedor; y el Juez DO los mandará entregar á los herederos ó legatarios mientras no se compruebe sumariamente que pertenecen á la be· rencia, y oído el tenedor de ellos. Si este se denegare á entregarlos, alegando razón legal suficiente, no se renova­rá la orden de entrega mientras no se decida el punto ju­dicialmente ".' Bajo cualquiera forma en que se hayan nracticado los inventarios de les bienes de la sucesión in­téstada ne Jmé Roa; la preinsérta disposiCIón ' legSll, que guarda mirámiento á lo que exista en poder de un tercer poseedor, dbbe ser acatada y cumplida, Declárase, por ' ta'nto: administrando j llsticía en nom­bre de la República y por ad\oridad de la ley, que la ca­so.¡ e~istente eh poder de las tio~ hermanas Ledesma (Fi­del ' é I,.gnacia), no debe ser entregada á 'los herederos del fiilad'o José Roa, múeito intest'ádo, mieótras n0 se lhay.a c6tnprobado con .los' requisitos 'de 'dereúlib,' que pertenece á la suceSión. Eh estos tér'mi'nos se'reforma el auto ape­lado. No hay coirtlenaói6n en costas: JUAN ANTONIO AIU'ÚJo.-El Secretario, A l1tonío M, Rodtíguez. - IDn 'diez y seis del mismo m-es (ayer ' feriado) notifico al señor Fiscal del Tribunal, en su ofioina, á las dos p: m. FÉLIZ.-ffil Secretario, Rodríguez, En la 'misma fecha al Sr. Dr. Eloy Pareja G., en el local de la Secreta lÍa, á. las dos y media p. m.-Pareja G.-EI SecretarIo, Rodnguez. IDa' seguida al Sr. Dr. A ve l:i n o M~ Dotas: en el m ¡s'mo local, á las dos'y ·mediá :p. m.-!o. Manotas.-ElIJ Secretorio, Rodríguez. SECCION Uf lO C~IMINU. C~t.iea seguida cdntra Bmno Arciria, hijo, por amenazas y resistencia á la autoridad. TribunaZ Super~'or del Distrito ,Judicial de Bolívar.-Carta­gena, sez's de' Novz'embre de mil ochocientos noventa. . Vistos: Bruno Aroiria, hijo, que había tomado al , gunos tragos' de licor, reñIa á las ' trompadas, en esta-do de embriague.z no aosol.uto, con Nieves Castaño en el Distrito de Montería, el'día 1.0 de Julio de 1889, ya de tarde. El Aloalde observandoAlo que acontecía y para evitar los males más ó menos graves que podían resultar de un delito, mandó á ambos á la «árce1l correccionalmen­te. Castaño laé dócíl y obédeció l~ órden, pero Arciria no se sometió á cumplirla, y forééJéába por desssirse del Comisario que lo conducía. Al fin, fué asegurado, sepa rándolo de Castaño, como tenía que' hacerse para estorbar que allí volvieran á agarrarse y á repetirse las recíprocas trompadas. , Arciria, en su terquedad, había antes des· acatado al Alcalde, con improperios denuestos yamena· zas, hasta darle 1\1 na manotoda que le tumbó al suelo los anteojos. ' El Jaez del Circuito de Lorica, por flutO de 24 de Mayo del afio en curso, una vez acredi tado el carácter de .A!lcalde que an tiago Canabal investÍ
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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 102

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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 111

Por: | Fecha: 31/07/1891

D E PAR T A M E N T O D E BOL 1 V A R. GAC r A JU _CIAL. OffiGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO. AS o v. } Gartagena, Viérnes 31 de Julio de 1891. { RUIIERO 111 B'etlte periódiCO 8e pubhca 108 dial 15 Y último de cada mee. CONTENIDO. ACUJEIERDO N ÚMBKO 36. S_C(CIOION DB LO CIVIL.-Jui('io de pos~si6n de lo~ terrenos Bombrados ' " 'La Doctrina," intentado por el senor FranCISco C. Ramos, apo­deierado de Enristo Ortega. SECor maltratamiento de obra. __ ~t1UTOS y EDICTOS BMPLAZÁTORI08. - A.cuerdo número 36. J En la ciudad de Cartagen8 á los diez y ,eis días del mes d de Julio de 1891, reunidos en Sala de Acuerdo Jos eei'1mrtrp.s Magistrados del Tribunal Superi~r uel };>istrito J udiicicial d~ Bolívar, doctores J uao Antonio A rauJo, Pa· blo ,J.J. Bustillo, Manuel C. Bello y Juan N. Pombo, y presfer ... nte el infra. crito Secretario, se di6 principio hl acto Mfl2istrndos del Tribunal Superior del Di~trito J udi...ial de Bolívar, y presente:el infrascrito Secretario, Se aprobó el proyecto de resoluci6n del Magis­trado doctor Bustillo, en la solicitud de Jos senores Vélez Danies & o.a., para que se suspenda la Oráenanza número 88, expedida por la Asamblea Departamental en sus sesiones del ailo pr6ximo pasado, el cual dice así: Vistos: Los seí10res Vélez Danies & C.a. de esta ciu­dad, por medio del memorial de 6 de Junio último que encabeza este expediente, han ocurrido al Tribunal, pi­diendo la 8\lspensi6n del ordinal 20, artículo 2.0 de la Or-den~ nza Departamental número 88 ' "sobre rentas y oo.n· tribuciones municipales," por cu.anto dicho ordinal 20 tien­de á hacer nugatorio el artículo 210 de la ley 149 de 1888, y se haila por lo mismo comprendido en el begundo de los casos previstos por el artículo 142 de la citada ley. El Tribunal, previos la tramitaci6n legal y un eEtu­dio detenido de los fundamentos en que St; apoya la so­licitud, pasa á dictar su re.:!oluci6n, haciendo antes las siguientes consideraciones: Ante todo, conviene insertar aquí la disposici6n, cu­ya 8uspensl6n se pide, y aquella que esta tiende á hacer nugatoria, en concepto de loe ocunente9, para determiDar si ee está en el caso de la suspensi6n: coa 1 lectura y aprobaci6n d~1 acta anteri.or: EEn seguida se aprobo por unanumdad de votos la "Art. 2.0 (Ordenanza número 38-1890). También dis-pondrán las mismas entidades (los Concejos Municipales) con arreglo á las respect~'vas disposiciones nacl,01¡ales y De. prop)olosición que sigue: 1Teniendo conocimIento el Tribunal que la noche del día (Ca~atorce del mes en curso falleció en esta ciudad el Sr. DI" . . BBenjamín Baena, víctima de un41 aguda enfermedad que 1 a ciencia médica no pudo combatir; Que el Sr. Dr. Baena supo l 'evar con lucimiento el tít )(0 de abogado de la República, debido no solo á sus cualiiddades personales, que eran excelentes, sino á BU mu­cha iiltlustraci6n y gran versaci6n en Ja ciencia del Derecho; Que fué sin duda por tan recomendables condicio­nes, qque desempei16 por mas de doce afias consecutivos la plla~za de Magistrado del Tribunal de este extinguido Es 8(ddo, en donde se hizo notar Aiem pre por el recto crite­rio e OD O que decidía las cuestiones judiciales, e,un las más cOID[pblicadas. AAcuerda consignar, como consigna, en esta acta una exprreffsi6n de sentida condolencia por semejante lamenta­ble 8lU ceso, pues que con la muerte del Sr. Dr. Benjamín Baemaa ha sufrido el cuerpo de jurisconsultos colombia· no UJDZla pérdida bien difícil de reparar. tU'if\, plle de los tes­brdo un fuerte golpe en la cabez·l que tal vez le Cfltisa- tlgos presenti, dn~ COn eie objeto, señores Riclrdo Silgado ría la muerte. lniciadb el sumario cOlTéspondienté fué y JO.fl-é ele la C. Petanli,:1 pt'imel'l) \6XpU o no haber pre­reconocido el expt'esado VItoln por lOA peritos seB.órelil senClad(l el Iteüho, y pi ultimo UD dec/:lI·Ó por hallarse au· J o<::é María del RISCO y Pedro A. González, quie:1es ex- seote, pusieron en diez de Junio del clt¡tdo CIño; que 1 recono- , ~a ca usa h tl veniJo al Tri una:, á vilt LlJ de apel . cimiento tuvo lugar al 'sexto dí ..
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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 111

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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 204

Por: | Fecha: 15/05/1896

DEPARTAMENTO DE BOLIVAR = '&.0 x. Cal·tagena, l Tiernf's 15 de Mayo de 1 :--98. Este periódico se publica los días 15 .y último de cad:. mes. OON'rEN:IDO. quedó sufici~ntemente comprobada la existencia • cuerpo de] delito de hr:ridas por el cual fué llamado=' responder en juicio Francisco Domíngue2'í, en auto d& f~cba veintidos de Enero de] ~fio último. Con estos elementos, robustecidos con li coñfeií4A ~CC16I'lDE 10 CRIMINAL,- C~usa s~guida contra Francisco Don¡in~uez del procesado, la cual concuerda en todaR y cada 11 _ (~) Mazamorra, por el ·d .. ¡¡lo de heridas.-Causa contra el e1,TI!~o. 8?S partes co~ el dicho unftnime ~~¡ los ·testlgQs . ..pre&IeB­r~~ o del distrito de Sincelejo, señor Juan N, Ruiz V,. por u;u~pa claté!:! enunciados, el Sr. Juez de ]a cau¡::a . ~onform~B clOn de c~udales de la Hacienda pública.- ausa contra Pedro Polo, ""t por,el .<1Cllto de estafa.-S'Umario centra Manuel Núliu por bo' 10 pedido por el Sr. Fiscal respectivo, y con :apl~a~ ' micidio, ' ' . 'Q del artículo 648 en arriloníll coulo pre Dominguez (a) Mazamora, por el de heridas. Para que un hecho dado sea legalmente lJunible ro­mo delito, es preciso que tal hechosea . re8ult~do aU~Rti­delito co de In intpneión maliciosa del agente; y por eso nlle.­tro Código Penal en su artículo 1.<>, defint el delito di­ciendo: que es la voluntaria y maliciosa violación de la ley, por la cual se incurre en alguna pe:la. Pribunal Super'l'or del Disl1'1'tO Judicial de Bol;var,-Ca.r· tagena, duz y se¡'s dt- Ab"il de mil ochociento$ novtmta 1/ !e'i.~. Consecuente con esta doctrina, que es la ,doétñna -eg.. rrecta, ei legi lador ha establecido excepcione en cnante Vi~tos: El cuatro de Octubre del afio próximo pn· á la respon, a billdad criminal, y al efecto .ha deterrril.n • • ~do el Sr. J u~z del Cir~uito de Corozal profirió senten-. expr~salJlente los casos en que la violación de la 1ey~ . ' -al ,~e Sipcel~j,o. , ' "'.>ersona en el.acto nusmO\ .Y slem.pre que no haya otros De:i p 11 es. de comprobad;) lel caracter ' oficial de Juan inedios de, Tec~azaf .ta agr~i?n ó d,e impedir e.i d~rio. . N., Ruiz v.. ,.com? re~mre~o ~.' el dis~rit~~~el ~ u~z ~~l _Cir. En !mérito de. esta& conslrl~raclOnes y ,de acuerd? ,en . CUlto, d,e .S! n~eleJ()! PO: ~uto !~e 19 ~eo !lImo '~e ~~9D,.lo todo con el concepto del Sr ~Iscal, el .Tortbunal S~e~l?r llamo a JU.loClO ordm:!l'Io de responsabtl'i"dado' por e'l ,de~lto g.el .Distrito J udiciai de Bohvar, adm1nlstrando JustIcia de uSUrpa?lOn de lU8 caudales de la HaCIenda pubhca, eb."~dmbre de la ltépú~lica de Colombia y por. autorid~d c?mprendldo e~. ~,1 1t~tulo noveI,lo,o libro segundo del C6· de la Ley revoca la se¡i~~ncia arelada, declarando, en con· dIgo Penal,; y ~a.~Hlnd? nombrado Defensor, continuo el ~~ueJ;lcia' absuelto á Francisco Domínguez (a) Mazamo- cu~~o del pr?ceso, hastoa terminar fJor sentencia ab'solú­r l d~1 c~rgo que-ha:· motivado.la proesenot~ causa ~bi~!ta t?~l~, pl·OIlU!l_col.~?a ~~.l1. qutnc~ de Octubre úttim~1. 1a cual ~tra él r~;y' como quiera -que M~nuel ~ ~ez (a) l\lono ha :slda c?ns?!~da a es~e-~rlbúnal .... - . ....... : ... -. NMiez; -:apareoe como pr' l»l'tbJíquese, no~ifíq.uese y cóplese, y luégo devuél· . en el caso ue la di~po:;ición gea~rah .nó de alguna de las. ase ~l pl;'oceso, " excepciones. ,:). AUGUSTO N, SAMP.ER. -JUAN ANTONIO ARAUJO. . .El hecho que ha sido materia de esta causa, ósea It. .I...TQNIO, M ~RUDRiGtJE'Z. w. El S0cretario interino, Luü el cuerpo del 'deHtO, ,st;l plenamE'nte pl'Obad(}; y tambiéri n.1 j'" ¡: ' " • .• ' " , . _ ~ , Obran como elr 'unstancias atenuantes, la sencillez En 1 ~ fec~a .. uotifico al sei'íor Fiscal. ' o del reo, y ser d prim r d ,lito, . habiendo sido constanteo mente buena ~u cono ueta-anterioF - Por tajes fundatnento~; de 3cuerdo con el S'r, FiscaÍ d~l ~ribunal, admilli,.;tnuid9 ji1sticia en notribre de Já Re~ pubhca y pm' autorillau ,le la ley, se revoca la sentencia ~unsultaJa. y previa e'n lificac\6n del delito en tet'eér grao <10, ~e condella al'ex-'reoolorero .Juán'N. Rui'Z V a )sufrir lad sig~ieutes jJcna . I'/"I vación de empleo. que por ha· NOGUER.A.,-E~ ~ecr~taIjo interino, Vergara 8. E~ seg'~id~ al 'señor doctor Pedro Féliz como de· iensor. . ' " ". Feliz.-EI Secretario interino, Vel'garl.l. " e,r deJad~ de t~l1e lo, ..,e convierte en veinte pesos de állsa contra eh x-Tesorero del Distrito . de SincelejCl Sr. Juan N mllltn, éomol !? ,dispone el artículo 77 del Código Pena~f Rui~ v., p del ~ref~ct? d~ ~a ~I'(Ívincia, se traosladó. en asocio {>a.g~ de" cost~s pro('e !:1le : todo,' c(\~, aplicación del a-rt,í· i el ~ef~o~eró mUDlclpal y del, S~cretarIo de la Alcaldía, ! cul() cu~troC1.é~t?S ° ,henta, en relat!lOn c0!l. 108 artícQlo8 )a opcma. d~l Tésoréro ~el distrIto Juan No Raiz. Vo ~u~tr()Clento~ cmcuentl 'y 'nueve Y"~1iatroClentos sesenta ~on el To~jéto de 'pas~r la visita ofieialordinaria; é impues~ lDClS{)'primero, ' ti~1 . rticulo' tóchél1t~yl ~eig · del 00di~ W d~ q ~e ,no se habla pasado en los meses anteriores de . Penal. .... ( . (" ", : ! o .' ., ;.1 ~~~ afio, la extendi.6 ,á. ellos. ' I ' Publíql1ese n(')tif' ' . 1 'o El. Tesorero visitado present6 los libros de la oficina Acto cont)nu~ dev,J·étq.aese IY C')Pdos e te presente falo l 'hallándose en el de cajs,l constancia de la exi~tencja l ' o - ' '! vase e ~x~p., ~eno~e. ~~ ~IÍ supe~~yit 4e !Das de cU,atroc;ientos pesos, ei Alcal' ¡ JUAN AN';ON~O ARAUJO. - A;fANUEL c. BET.LO • . (f~ .1í1terr090 al Te$6rerO, ¿ C6fnO era que habiendo tal I AUGUsTO:N SAM,L>ER..!.....,E1 SecreM~i(j¡ interin~ o Lld;~·')·tJf. ~~iS. tencia,. n6 habíp'podido pagarse á los empleados del Pergara ;.I~: .,0 • '. , 1 ,. 'I\d :'f~.P I ,)(. '.1:' ) ;' , ·,h "¡'Ai . l~tríro ¡(us suettJ~s 'f.lev6ngados? EI ,resorero Juan'N.1 'L'ErL · . . d UI~ ~ .. con·test<5! (', QMo poI" circunsta,ncias "oienas 'de su I ;1{ "" F.o, vellllt~ y sle.te . e Abrj,l !ayer ,~eri~dQ) not~Ml) ~l u J" J'- .er ·8 J.~'. id . • .... , d J ' d' " o seUO.lJ 18ca. ., o " , " • . ' , o W(~ W;" '! e. ~o,ery . ¡prec~wn ~ ,,?~r ese m.ero 'P I ?),- " . ". ••• . 1iffl~n~~1'd oalt:metú~ ~ su:1(tf(¿1,l~a, P11:e6 eI ':.nüit.¿¿i n. óven?a:v r ~~ . ~~ .V.; . en. ~1 tiempo que estuvo' fqn.! $~1$. ,) ., !" ,1/, , 'o"', tI,. >J . "Ji .. '·,. I N).l[ . ~a f'o :. ,":/~~ ·~1~Em?,-.~~tjl, ·el~.2? ~'e ~.alo ~~ : t~io8.: J..p~.e He la Rruz Arroyo vecino dy Cié - ü1+- an~at(f). ~ .1P\~~~It°' ~~~ult{> s~r Qiua~toc~p~Ó8 g~.f-M!9~o; ~ry. !ne~0rl'ál' ae:~~qlia ,c;tia,t~o 'ije .'t>~t~Gte n~e __ ran0 "V .... ., _ ..... :liI. .. .. o " ",.., ,,~w o" "..!" o ).~ . , . ! ·, . ;J. v .) d 1 U \ l J '1 ti ¡ff¡- .. ~ .. lfJ oJ ."'Jp CI'\,." •• " .... ., o,. . . .. . . ~, -.. .- ... . ,. .. ... , '#' ... Y") ~ lo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~~~~~~~~~~~~~~G~A~C~E~T~, 4~~J~U~D~IC==I~A~L~.~~====~======~~8~@~l!~• . 1~~3, denunció al Alcald~ del rlistritp d~ ~ontería que 'lo con~tjtuya yer~tadero. ladrón, flll~ariQ, 6 T,~O ,d,e, otro, P~dro Polo, residente en lós "Garzones", había cometid9 ' delito espeui¡il, ~ufrirá la pen~ oe q1linee, días á tre~ "le· , el ~elito, de estafa, ,como 10 compro~aba. con el documen- ' Bes de arresto, si ,el ,valor dQ lo ~~~afa?o . ~~, e~\,}~(,here de to que acompañó á. dwho memorial, documen~o en el ditt~ pe~os. . . . ' 1 cunl, expresa Polo haber r~ci, bido d~l denunciante la ~egún eJ, 8~1, si eJ. valor de Jo esUlfado pasare d,e c:intIdad de 's'eiscieútos pe~os $ 600,00) pará pagá'rselos diez pe,~os ~in_ exced~r d~ ciento, la pel~a S~I:~, de ,u,n mes con cincuenta y siete novillos que tenía en la "boca de á l1:n año de reclusión. " ~ I ,Betancí", según, dijo,: de los que no 'había recibido uno É.¡ta últim;¡ p~n¡i se manda aumentar propor~iOIi~l~ 8010; y que por tanto~ era responsable el indicado Polo mente, por el artículo 822 del mi~mo Qqdigo, cl¡lando él de la expresada cantida t y perjuicios consiguientes, y valor de lo estafa~o , pasare.,de ,ci~n pesos co~o s,uced~ el¡¡, ,debía ser castigado -conforme al Código Penal. este_ caso., h~dta tre,s mes~s ,de reclu~jó~ púr cada c~en 'P?; , Acojido el denuncio por ' el , referido funcionario y 80S más. . , , ratificado el denunciante, el sindicado Peoro Polo, en 10 ' . E~ el ~s~do p'lenario [frj~ 13] José de la Cru~ A ­có1ldücente de-su declaración --indagatori-a-;- -expuso: que rroyo, i n,terrQg~d() por lA defensa, dijo: q~e 'el cleclarante había quedado mal en el contrato que conten~a el referí· 1 no recibió ~ Pea\~ , polo las -e,sBftcies qu~ 'se indica~.) e.~':~l : do do(~u,tnerito, pero que pensaba pagar el dlDero, que I proceso por dO~,Cle.ntos ~etet:lt~ y do~, s~,'l0 por, dOSClelÍto~ cuando llegó á Betancí ya el amo de los cincuenta y siete ve,inte.v dOS.pes0s, porqu~ l~ yegua e_n ci1\Guenta pesqs, 1l6vi1los, ,loS había vendido; que la mayor parte de. la re- no la recibi6, que sí reci~i6 de polo unil canoa por cirio feria a suma l~ 'distr,ibuyó entre BUS acr~edores Sres. Al· cuenta pes,?s; Y que también , r~cibió d~ 108 Sres.' A1fr~· freq() Sn Ión, Ra 1 uell Pdla y otros, y e¡ resto lo tomó el de· do Saló~, Luis Saldafe~s J tRamón ~errocal la 'mitád de clarante. las sumas que á cáda uno de ellos pagó el acusa:lo; de " I Después el mi~mo Pedr.o Polo cuando fpé interrog~· I modo q'ue deducléndose de los seiscientas pesoS expresa· ,­do nuevamente, p0r el Sr. Juez del Circuito de LOMca, I dos en el documento que contiene la obliga(jión contraída, . vara ampliar su declaración dIjo que la venta del ganado por el reo, la suma tot~d de cuatrocientos cuaren~ y cua­- á q.ue aquí se alude la hizo por recomendación del Sr. tro pesos que recibió José de la Cruz Arroyo, queda re· Manuel ES001:)ar que era .el duelio de los expresados no· 1 ducido el valor de 10 estafad9 á ciento cincue~ta y seis villos. " pesos; y por consiguiente, correspon~le al reo la' pena fi· El referido Escobar' [fojas 25 vuelta á 26] dijo: que jada en los artículos 821 y 822 ya citado. ' :no era cierto que el declarante autorizara á Pedro Polo I El delito de estafa, cometido por P~dro Polo, resul· \para que hiciera la' v:enta'de los cineuenta y siete novillos ta plenamente comprob~do con el documento que el de­que diého Polo hizo á José de la Cruz Arroyo, que la ex-I nunciañte acompalió al memorial en que denunci6 el he· l>.resada venta la haria ei mendonado Polo de su cuenta y ch?, plle~~o qU~7 ~n d~ch? ~QCu11)e~tlnado en CuS, pago de las deudas de Polo; que este había obtenido per- 1 naga de Oro, convinieron en qúe iría á Montería para, ir miso del Gobierno del Depártamento para labrar las ma- I á la ".aoca de BetancÍ", á fin de ver sí las ' reses eataban, d~ras ~~, una f~ja ?e t~~.r~nf) q ~e. ,e~t:\, Qe~r~ d~ M.o~tero , en la cond~cj6n del ~ontrato, para lb 'cual citaro~ ut;l tIla., ' Y"'(}a\'\H~li~(); p~~rrtlS,Ó c~~ q ':le s~gun dic{} el d~{eusor.t p~. ¡ y que ba?lendo llegadq el 'exponente con el tl~ lndicado· do, bªher ~bteDJdp el reo una, SUI1lS mayor que la q ~e de· á Mont~na, encontró á Polo que 'iba 'de Monten. para los, bía á suS' aoree(lotes;'y que Polo 'habí~ " verificado vJiHÓ?4- I G.arzóneR~ y h"blándole del negocio; , le dijó Potó que si· ~?'l~~'/ahJ3 I~~~~ ,f~!t~~. ja~ás, ~ 1~)UgrcQ~,Rf9mis~l, 'y ileg9c~~ao ~~iera ~ B~tancí y. -lo espérara. :a1lí , has~ : ~l vierDe~ ql\$- I co,n ,cr~~iW y ofuíefvad , p~~a , con~jJ~~ ,,' Ilrla él SI? falta; que el eXp'onénte' a.( flfi"'hlZ'O., h~bleruio , . ' ' p~spu~ ·tled~ ,ce}.eb~acl?D ! ~el )~lCtO ,el ~~'. Juez l ~~ 1 llega~o a .Ia ~ Boca de Bet~ncí~ ¡ 'solicitado porl,et 'S-: F." la primera m~tanqla dlCt\) 11.\ senteijcla'absQlutO(la d~ jimiento del PIé de la Popa el qUlnce de Mayo del afio último, á las seis y media p m. que la carreta de la cual era conductor Manuel Nútiez, nabíu a­tropellado al nifio de cuatro afios de edad, Juvenal Agui. Jar, procedió á practicar la~ di!igencias correspondielltes para averiguar el hecho referido, y cuando creyó termina­dü la averiguuci()n, remitió el expediente al setlor Juez En seguida notifico el auto anterior al sefíor Fiscal. NOGUER '.-- El Secretario interino, Vergal'a S. EDICTOS. El Juez Superior del Distrito Judz'cial de Bolíva1', Por el presente I ita, llama y emplaza á José S. Viloria, mayor de edad. soltero, natural de Barranquilla. vecillo de e .. ta ciu.lad. her tro J católico. para que comparezca ante este: Despacho, en el término d .• ble de la distancia, y quince días m '5. á estar á derecho.n la causa qu~ se le si¡ue por el de lit· . de fuerza y violencia. Se rt:<:uenJa á t. ·das las autoridades del orden político y judicial e cieber en que están de capturar al reo; y á lo!> habit:mtes de la Reoú­hlica la obligación de denullciar su paradero, iO pena de ser consIdera dos como encub~idore~ ó auxi liaJ.ores del delito porque se le juz¡a. Dado en Cartagena, ~ cuatro de ~hyo de mil I·chocientos ne· venta y seis. en la ~ala del Despacho y en el Palacio de JusticIa. MARCIAL BLANCO .. _ E I Secretario, Lttú Cano Aluare%": El Juez del CÚ'cuitl) de Oorozal, Por el Pr. ente cita. llama y emplaza á José Garda Baldovino, par que se pre-;tnte á estar derecho en la causa que tIene a.bierta en est~ Juz~ado por hurto. con la advertencia de que si asf no lo verifica dentrc del férmino de tres días mas el doble de la di stancia, le parará el per JU cio consi~iente St" hace pr t:se"t,. á las aUloridade .. del orden político del D, p'lrta­ment y de fuera de él, el deber en que están de providenciar lo necesa­riO s b e la captura del mt"nd. nado reo, y á los duúadanus la obli¡aciól'l qUe ti. nen de uenunc ar \l par aJero, so pena de ser con ¡derad .S COQl< en~ubriuores. Corozal, Mayo 7 de 1896. IIORACIO MOR'" C. REQUI~ITORIA. Repúhlica d~ Colombt'a -DflJartam~rtto de Bolívar.-EI JUtZ del Oircuito de Ghin lí., A las autoriJades del orden político y judicial de la República, COMUNICA: segundo de este Circuito, quien las pasó al señor Juez Superior. E te último funcionario aprehendi6 el conoci· miento del asunto y dictó el auto de sobreseimiento de cinco de Agosto del año próximo pasado que revveó egte Tribunal Superior en diez y seis de Septiembre del mismo año,á fill d~ que se }:.Ieríeccionase el sumario,y practicadas las diligencias ordenadas eu el auto últimamente citaJo, vol­vió ti Bu'Jl'eSeer en la actuación el sei'lor Juez del conoci­miento y remitió nuevamente el proceso á e~ta Superio­ridad en consulta del auto del veiute y seis de M~HZO del d é d . d 1 Que en este Juzgado tienen caus~ criminal pendiente, por los delitos silo en curso; y espu s e sustanma a a consulta en la de fUerz.! y vio ien¡;la cOlltra la autoriJau. FranlÍsco Tuirán. Euf ado forma ltgal, se JJrocede á. dictar la decisión r' speetiva. M lel lO, J"sé An~C'1 lIt:rnández, Jo .. é del Carmen . He.nández Natalio FUllJa el tíltimo auk> de sobreseimiento e: señor J uez H.~r!lán
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 204

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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 97

Por: | Fecha: 31/12/1890

DEPARTAMENTO DE B 011 V A R. . * e A • T I I ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO. dO I V. ~ Ca-rtagetLaJ j1diércoles 31 de Diciembre de .1890. {NUMERO 97. Eate periódico ae public_l08 días llS y último de cada m~8. CONTENIDO. DILIG~ClA de posesión del Gobernador del Depftrtamento. SBCCION DI!: LO CIVlL.-.. D~manda iDtentlla~ por José BIas Vergara con­tra ~ T88 Hermano8, P(lf 8uma de pesos. AUTO/!! y EDICTOS EMPLAZATORIOS. Dj igeocia de posesión del Gobernador del Depart4'mento- En la ciudad de Cartagenn, el díf\ 20 de Diciembre <1 1890, s'endo IH8 dos de la tHrde, . e constituy6 el Tri buna] Superic r del Di. trito Judicial de Bolí var en A udlenciu públicll con el objeto de recibir el juramento legal al se· Bar D. nrique L. Román, para que elltre en el ejercicio de u 'ullci ne como Gobernador del Departamento, en virtu le llombrami nto hecho en él por el Supr mI) Go­bierno de la República pnla terminar el período en curso, CUJO ncto e v rificll en ob ervancia de lo que dispone el artícu lo 294 de la 1 ,y 149 del élño de 1888, B bre régimen político y municipal. Con tituido ad 1 Tribunal, con flsistencia del infras­crito S cretado, se dirigió por medio de una nota verbal al serior Romáll ¡.>articipándúle que podía presentarse á prestnr el jurHmento de estilo. En este estado las ca. as, fué comisiunado el Magistrado doctor Pablo J. Bustillo, para introdu cir en In Sllla de AudieG(;ia al relerido señor Román, quien ocup6 su a~iento á la derecha del Magi~tra. do Presidente. Eu seg uida, poniéndose de pié este úl ti­mo, así como los demás Magistrados y el sefior Román, procedi6 á reCIbirse la promesa legal al nuevo Gobernador en los siguiente. términos: "jura usted por Dios Todopn­den ~o y promett;l s(,lemnemente á la Patria cumplIr la Co n~ti tución y las leyes y Ilenflr fielmente á 8U leal "aber y elltend r la. fll Hciones de su empleoll1 El señor Ro· m~n COllte tó : 'si lo juro", á lo cual leplicó el 3 fiar Ma­gi$ trado .i>residente: "Si así lo hiciere, Dios y la Patria se lo premien; J Eli no, Jljl y E lla se lo demanden ." Pl'e tada la promesa del mo 10 qlle 80aba de expre' sarse, el s ñor Pr sidente dtl Tnbunalle dirigió]a palabra al nuevo Gobernador en términos adecuados al acto, cuya peroraci6n fué cante tadd inmediatamente por el señor Román de una maner~ muy expresiva y c6nsona con el estfldo de tr::w jc:óo polÍtica en que se halla 11:1 República. Con lo cual se di6 por terminado el acto de ]a pose­si6n, y pnra con tancia se e~tiende la presente diligencia que firm:m los cuatro Mngi trado8 del '¡'¡ibun'l, y el !'e· fiar don Hennque L. Román, por anle el infrascri~o ~~re: tario de la Corporaoión. MANUJtL O. BELLo.··-JuAN N. POMBo.-JqA.,N 4.N· ToNto ARA U.1O. - PABLO J. BUSTILLO.-HENRIQUX L. ROMAN.-Ei Seoretario. Á.nton'io M. Rodríguez, SECCION OE LO CIVIL Demanda inteutada por!José BIas Vel'garllo contra Navas H~rman(\s, PO( suma de pesos. Tr'L'bunal Supen:01' deZ Distrito Jud~'c~'al de Bolivar.-Carw.­gena, d1.ez y nueve de Noviembre de mil ochoc¡entos no­venta. Vi8tOS: En memorilll de ítoha pri mero de M· yo del BJiO paQadose dirigió el señor José Bias Vergara vecino del di trit~) de S~l mpué.::¡, al señor Juez del Cir~uito de Sineelejo, proponiendo demallda en vía ordinaria contra. los sefiores NavJls Hermanos, del vecindario y cOlnelcio de Sincelejo, por la cantidad de once mil pesos el'} moneda de 0,835, má 108 i ctere.ses de demora, costss y perju icíos que l· demanda le oonslOnare, funda ndo la llcción pro. pue ta en lo siguientes hechos: 10 En babel' aceptado los. eñoreg Nava Hermano!:! y desempeñado la comisión que les di6 el eñor Vel'oara para reclamar del señor J unu U. S~even on, vecino de Cojón, la deuda que éste -tenía pertdlCJlte con aquel; 20 En que el s fior Mi auel Navas C')Il o ocio de la Casa Navas Hermanos, nneoa16 con ei r fendo 8€-ñor Steven"on la ueuda €'xpre_ada, en Virtud de cuyo arreglo lecibió el señor Miguel Navas tres mil pesos en. m nelia de 0,835 y otorg6 el deudor hipoteca por ocho q'1I1 pe. os sobre una casa de su propiedad u blcada en la ciudad de Colóo, en garantía de la ooligaci6n que contra­jo de pagar los ocho mil pesos restante por men"ualida. des de doscientos cincuenta pesos, en la clase de moneda ya mencionada, y 30 En que los señores Navas Herma- 1}0s no h~n producido la cuenta de cobro de la suma que J~s entregó el señor Juao C. StevenQon, y por cuya falta ~e le ha ocasionado graves perjuicios al demandante señor Yergara. Est~ acompafi6 á su libelo de demanda cuatro cartas dirigida~ á él por los sefiores Navas Hermanos con fechas 26 de Febrero, 27 de ese mismo mes, 18 de M8YO y 27 de Abril, tod~s cuatro correspondiente ~l aÍÍo de 1887. De la demanda a,í i nsta,urada c;:e corrió traslado al de­mandadp por el término legal,y lo señores Navns Herma­no lo cOllte tarull negando eu absoluto las afirmaciones del dema ndan te, pero á la vez manifestaron que en Febre. ro de 1887 I graron tener una entrevista con el Sr. Vergara eo la casa habitación del señor José Ualazans CabHs, del dornlc¡ lio de Chinú, y vl lí acordaron de un modo d finiti· va el cobro de COlóD, y se convino en que si 1 señor Ste. v~ nf..lon pagaba, lo que éste diera lo dejaría el señor Verga ~ ra á bU&UI\ cuenta de lo que por lutere es debía á la Oasa de Navas Hermar,o, previa deducción de los gua tos de cobro y oel 12·~ por ciento que pagaría por los oficios que pre tara á este respecto el señor Miguel Navas; que éste se f?é ~,y( l lQn, y después de una g~sti6n IDboriosí~ima con. 81gUlO arreglGl r el asunto con el señor St.even on por onoe, mil pesos, de los cuales di6 tr~s mil al contado y le otor. .. gó hipoteqa.por ~I ~esto que debía paga~ For m(}nsualida­des de dosclentos CIncuenta pesos, dando éuenta del resul-, tJtdp de su comisióq al ~eñor Vergara apenns ~egr.esó del ~strr..o, en cartas de fecha ocho y diez de J unío da lS87! D~ tal cpntestnci6n se 1 re~ rido .. eñol' V efIara, m R la cos­tas y perjuicios que la dem}lrIcta le ocasionare. urtil.da de su ad­ministración como mundatario en la comi ~ ión de cobro á Stevenson por cuenta y rie_go de Vergar'l, haciendo en­trega del balance que re13l1lte á su car~o, declaratoria que, como s~ hn visto, no fué pedida por el seÍÍor Ver~sra en su e crlto de demanda . Segunda. Probad\.) como e balla en los autos que el señor Mi­guel Navas recibió del señor Juan C. Stcvenson, en su calidad de mat,datario del señor Jo é BIas Vel'gal'a, ia cantidad de OChO mil quinientqs cuarenta y ocho pesos, moneda de 0,835 á. buena cuenta de la suma adeudada por el señor Stevenson, y cuya ~uma retienen en su poder los eñores Navas Hermano sin derecho ni raz5n alguna, COn detrimento de 108 intereses del legítimo dueño de ese di· nero, no queda la menor duda de que el demandan te ha estado en su perfecto elerecho para exigir la entrega de la urna expresada, al tenor de 10 que disponen )os artículos 2443, 2444 y 2445 del CóJigo Civil Bolivarense, bajo cu- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA JUDICAL. 393 yo impe~io tuvo lugar el convenio de Ohioú entre los se- ,puede enriquecerse con perjuicio de otro, sino porq ue co­nores Mlguel~ Nava~ Y, José BIas Verglua para el cobro de mo ya se ha dicho, el mandatario está oblig1do ú d ar la suma que a Este ul tImo estaba adeudando el señor Juan cuenta de iU administración. . C, St.evens~on, ~ cuya~s disposiciones dicen ésto~ ." El ~~an· ~s en mérito ,de las c?nsideraciones que prccellen que datano e,sta o.bllgado a dar cuenta de su admlOlstraClon. el TrIbun al 'SuperIOr, admlni'iltl'al~do justicia en Domble de Las p~rtldas Importantes de su cuenta serán documenta- h Repúhlica y por autoridarl. de la ley declara que 1 d.as, SI el mandar.te no le hubieoo relevado de esta obliga- señore:! Navas Hermanos e hallan en la' precisa obliaac'?S C16n. L~ relevación de rendir cuentas no exonera al de pagar al señor José BIas Veraara la suma de och; lO,~ maudatar~o de los ca.rgos que contra él justi.fi9ue el man- ' quinie~t~s.. . cuarenta y ocho peso; que el s€ñot' Miguel ;~­?~ nte. El ~andatano debe al mandante bs .Intereses co- vas reclblO del señor Juan C. SLevenson en desem peño del In~ntes de. ~lrlerOSlde .éste emplead?s vor el ml.smo manda- mandato que le confirió el señor Vergara, con mas 103 in­tallO en utllJd~d propIa. Debe aSl,mlsmo los Intereses del tereses corriente~ computad03 desde las fechas en que el saldo gue de J~~ c,nentas resulte ell contra suy~ de.3de que Sr. Stevenson hlz) los respectivos abono~, y las costas cau­h~ ya SIdo const~tuldo en m~r~. El mandataIlo es respon· sadaA en esta He~unda instancia, dejándole su derecho á sa1- sable tanto de lo que ha reCIbIdo de terceros en raz6n del vo sI Sr. José BIas Vel'gara para que reclame del deudor mandato (uuo c~ando ello !lo se deba al m~,ndante), como Sr. S,eveosoo.el saldo de su cuenta que está pendiente. de lo que h~ dejado de reCIbIr por su culpa. En estos térmmos queda reformada la¡ sentencia apelada. Tercera. A foja!:! 31 y 32 del cuaderno de pruebas producidas por las partes en esta segunda instlincia, Re halla la decla­ración rendirla por el señor Juan C. Stevellson, á solicitud del apoderado de los setiores Navas Hermano~, en los si · guientes términos: • "Es cierto que á principios del año de mil ochocientos ochenta y siete estuvo en esta ci udad (Colón) don Miguel Navas, y entonce~ le cobró al decla· rante la deuda exigible que tenía pendiente con don José BIas Vergl:lfa. Es cierto que para hacerle el cobro el se­fior Miguel Navas trajo Y present6 al cleclarante todos 108 documentos privados que Antonio Oowan, como apodera· do del declarante había otorgado á favor de José BIas Vergara. Que la 8uma que el declarallte adeudaba al se­ñor J o"é n:as Vergara era de trece mi 1 doscientos sesenta ,Y dos pesos ocheuta centavos; que el declarante no tiene los documentos en que constaba la deuda, pues le pareúe que fueron destruidos cuando vi no el Heffor Navas; que no recuerda el mouo como fueron endo8~dos los documen­tos, pero que los recibos que tiene dado pnr los seriores Navns Hermanos expresan que recibhlll por cuenta Jel señor José BIas Vergara. Que es cierto que el declaran­te se entendi6 con el señor Miguel Navas en el año antes mencionado, haciendo con él el arreglo siguiente: darle en dinero, en mOlleda de O,83é, la 8uma de tres anl pesos, y en otorgar la escritura pública número ochenta y siete, de cinco de Mayo del mismo affo, en la cual confes6 deber ]a suma de ocho mil pesos pagadera en contados mensuales de doscientos cincuen ta pesos, pero que el de· clarante no recuerda si en la escritura se confesó deudor de los señores Navas Hermanos 6 del señor José Bias Vergara, aunque sí observa que el declarante en sus libr08 DO le ha abierto cuenta á los señores Navas Hermanos, y ]os pagos Que á estos ha be.Jho se los ha cargado al señor José Bias Verga.r-a. Que es cierto que el declarante no ha cumplido en parle el convenio que celebr6 con el sefi:>l' Miguel Navas; que no puede precisar los contados que ha pagado desde la fecha de la escritura pública. ya reterida, ha~t8. el presente, pero que sí puede precisar que la suma que ha pagado por cuenta de la dcuda que tenía con el sefior JOEé Blas Vergara, que montaba á la suma de trece mil doscientos sesenta y dos pesos ochenta centavos, la su' • ma de ocho mil quiniento$ cuarenta y ocho pesos. U na declaración de i~ual natnraleza dada por el deu· dor á pedimento de los señores Navas Hermanos, hace a· brigar la persuación de que el señor Miguel Na vas recibió del señor Stevenson en ~iecuci6o del mandato ~ue le con­firi6 el sefior José Bias Vergara, la suma de ocho mil qui· nientos cuarenta Y ocho pesos á buena cuenta de la deuda que el selior Stevenson tenía pendiente con el referido se­fior Vergara, y siendo esto así es i ncueationable el deber en que se halla constituido el mandatario sefior Miguel Navas de entregar á su mandante el dinero recibido, no Bolo pOlque es principio de legislaci6n universal que nadie Notifíquese, copiése y devuélvase el expediente al Juzgado de su procedeacia. MANUEL C. BELLO.-JUAN N. POlf:BO.-JUAN AN­ToNIO ARAUJo.-El Secretario, Antonio M. Rodríguez. Conste: que en la audiencia de ayer que se acabó de copiar la sentencia anterior, se ha publicado conforme á la ley.-Cartagenu, Noviembre veinte y uno de milo ho­cientos noventa.-EI Secretario, Antont'o M. Rodríguez. En veinte J dos de Noviembre notifico al señ0r FIS­cal del Tribunal Superior, en su oficina, á la.~ tres p. m.­FÉLlZ.- Bil Secretario, Rodríguez. En seguida al señor doctor Avelin Manotas, en el lo­cal de la Secretaría, á las tres p. m.-Manotas.-El Secre­tario, Rodríguez. En la misma fecha al eñor doctor Sim6n, Bossa, ea el mi mo local á las tre p. m. y dijo: que pre~el1tará escri· to- Bossa.-~l Secretario, Rodríguez. Luego ni señ r doctor Eloy Pareja G., en el local-Par!'ja G.-illl Secretario, Rodrígaez. mImo Al escrito presenLado por el Sr. doctor Simón BOSS9, recayó el auto siguiente: Prtbunal Superior del Dz'strito Judicial de BoUvar.- Oa1'ÚLge­na, Noviembre veinte y siete de mil ochoá'entos noventa. La demanda propuesta por el señor José BIas Verga­ra lo fué contra 103 señores Navas Hermanos, por haber sido el señor Miguel Navas, socio sobreviviente de esa Casa, q men acept6 y nesempeñó en representación de ella, el mandato ci vil que le confiri6 el expresado señor Verga. ra para que cobrara del señor Juan C. Stevenson, de Colón, una suma de dinero que él le adeudaba; de modo que la sentencia no puede sino hace~ .resp'J,nsable á los referidos Navas Hermanos de la admInIstraCI6n del mano dato en cuestión. Ver1ad es que la sentencia de primera instancia fué apelada por ambas partes, pero también es un hecho que en la segunda j nstancia es donde má3 se ha puesto de ma­nifiesto, con la declaraci6n del deudor SI'. Stevenson, la te· meridad con que han procedido los Sres. Navas Hermano~ al negarse á entregar al mandante señor Vergara el dine· ro que como ;:nandatarios recibieron del señor Stevenson; y siendo potestativo del Juez que dicta la sentencia e3tl­mar inj usta ó no la pretensi6n en la acción sostenida, el Tribuna} no ha podido sino califi ar como notoriamente injnsta la conducta á este respecto de los mandatarios se­liores Navas Hermanos, y por eso los ha condenado al pa­go de las costas causadas en esta segunda instancia. Qu~da en estos térrptnos aclarada la sentencia aludi- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 394 G A e E T A J U D 1 lJ 1 A L. ! da-por la cual se reformó y no !:e revocó-como lo ::lse' vera el eOol' dcctor Bo~sa, la de la primera instlilnr.ia. BELLO.-POMBO-ARA UJo.-El Secrethrio, Antom'o M. Rod'l·íguez. . En la misma fecha notifico al Eeñor Fi~cal del Tribu ' nsl-FxLIZ.-El Secretario, R()d1"1gue~. Luego al señor doctor A velioo Manotas.-Manotas.-· El Secreta rio, Rodi1guez. En seguida al Eeñor doctor B!oy Parfja G.-Pa're ja Q.-~I Secretaríot Rodríguez. Luego al sefíor doctor Simón B088B. --Bossa.-El Se­cretario, Rodríguez. AUTOS Y EDICTOS EMPliAZATOR10S. El Juez único del C~'rcuito de Lorica, HAOE SABER: Que en el juicio Bucascrio intesta-do de la nnada E­eunrda Hernánd z se ha dictado el auto siguiente: "Juzgado único del Circuito.-Ilorica, Abril diez y nueve de mil ochocientos noventa. :'Vjsto~: 00n8ta de estas diligencias que Eduarda Hernández, falleció en esta ciudad el diez y siete de Agos­to_ de 1885, sin que hubiera dejado testamento, y no ba­biéndose preqentado haota hoy heredero alguno compro­bando l:!U deH.cho. Este J lJzgado, de acuerdo con el concepto del sfñor FiSCAl, administrando justicia en nom bre de la RepúLlica y pOI' autoridad de la ley, declara ya­cente la herencia d jada por la defunción de Eduardfl Heroándezj y ordena: Nombrar curador de ella á Martina ZúIiigu. Preveuir que se fijen los edictos del ca. o, llamando y emplazando por treinta días, á todo el que se crea con algún derecho á la sucejón~ para que ocurra á ejecutarlo. Ordéna!:e, C3S0 de haber dejado testamento la difun· to, que 10 presente á este Juzgado el que lo tuviere. y publíql1e~e ste auto por tres veces en el periódico oficial. Notifíque~e." MAXI MO M. MARTELO M.-José TOf'l'a7vo, Secrt3tario_ (3 vs.- 3) , 4 Seaetaria del Juzgado Municipal de Sahagún. En el juicio ejecutivo intentado por el seí:1or Atilano HOJ s R., contra la señora María Cecilia Ricardo de Sán­cbez, se ban embar~ado )as dos tincas. siguientes de pro· piedad de la sociedad con~ugHl de la dicha ",eñora con el sefior Ildefonso Sáoohez: una casa de madera y palma, habitación de In ejecut.ada, y otra más que le está contigua de madera y palúla UlmbJén, ambas en un mi mo solarJ presentada esta por la ejecutada y denunciada aqudla por el ejecutnIlte, situadas en esta cabecera y colindantes jun­tas como stlÍ!): calle de por medio, con easas y solares de jos sEfiOl es Ricardo Bru.D, Juan Yanes, Dolored Calle y María 'Ni8perusa, por la derecba, con casa y solar del se­ílor Francisco Nisperusa y por la i-zquierda y fondo con casas y solares de Jos señores Diego Espinosa R. y Nica. Dor V ergara. y para lo !"'fectus del artÍ(;ulo li de la ley 135 de 1888, se :fija el pl.eE!tm te en lugar público de esta Secretaría hoy 23 de Julio de 1890 á. las 'cuatro de la tarde. U'rbanQ Hoyos H, Se.cret.ario iJ~terino. (3 vs--2.) Al Jua dtl Circuito de Mflgangué, P()r c;l presente cita, lh\ma y emplaza por el término de tleinta dfas, contados desde la fecba, á lo~ que se creau con derecho, yu como herederos, ya como acreedores, á Jos bielles de 111 sucesión teBtamentaria dtl finado señor J oeje Delgajo, cuyo juicio sucesorio e halla rndicRdo en este J uZfJádo; entendido que se les administrará justicia, y si no hicieren el reclamo á que tienen derecbo, en el téllllino s ñulado, les parnrá el perjuicio á que baya lugar. Maga.ogué, Julio 26 de 1890. 1'IANuEL GAROíA GORDÓN.-EI S ecreta r io en propie· dad, Juan N. P eña redon da¡ , (3 vs.-3] E l Juez unico del Circuito de LOr'tca 1 HAOE SABER: Que en el juicio sucesorio intestado de José Malía Fernett S., se ha dictado el auto siguien te: "J uzgado único del Circuito.-Lonca, Scptiern bre vejnte y siete de mil ochocientos noventa. "Vistos: comprobado como está que J mé Ma Pernett S.: f(illeci6 en el retiro de Higal,jurisdicci6oUdel di trito óe Cereté el 19 de lQS corientes, y el parentezco legítimo del finado con el menor Jo é Ma. Pernett Martínez, cuyos de­reohos ha hecho valer el apoderado de la sd10ra T ( mflsn Gulfo S., quien tiene á u cargo j cuidado al ref riJo me­llar uesde Ja edad de ]8 mese8i y no constando de autos que el finado haya otorgado te1ftamento, el J u:r.gado, de. acuerdo C(ln el concepto del ~eñor Fisc31, adrninistrancfo ju ticia en nombre de la República y por autoridad de la ley, sin declarar yacente esta herencia, por haber e presen­tado heredero, comprobando que lo ee, abre desde hoy el pre ente ju icio sucesorio ab-intestato; y declara heredero al menor José MalÍa Pernett Martínez, sin peljUlcio de tercero y en la proporción que le corresponde según la ley. Nómbrase curadora de la herencia á la sefiora To· masa Gulfo S. Fíjense y publíquense los edictos del ca o, llamando y emplazando á lo que se crean con algún derecho á la sucesión, bien como berederos ó con,o acreedores, pOI' el término de treinta días. Pre~énten Ee á este Juzgado el teswmento por quien lo tuviere caso de que el finado lo hubiere dejado. y publíquese e~te auto por tres v.eces en el peri6dico oficial respecti va. MAXIMO M. MARTEL@ M.-José T01"l'alvo, Secret~rio. (3 vs.-2.) El Juez 2.° del Circuito de Mompox, Por el resent.e Citfl, llama y emplaza á Gustavo Torres para que dentro del perentorio tétmino de l ~ distancia y tres días más, se preflente á este Juzgado á e tar á derecho en la causa que se le ba abierto por el delito de maltrato in­ferido á Fra ncisco Crespo; seguro de que se le vi! á .v ad, mjnistrará la justiciR que le asista, de lo contl'lnio le pa­lará el perj u icio á que haya lugar segúll la ley. Se recuerda á 108 Bol ivarenses el deber en que e ,tán de denunciaT el paradero oel mencionarlo reo, y á la au, toridades del orden polí tico y j.udicial el de perseg-'li r y aprehender á uicho reo, poméndo-lo á disF>osjoión d.e este Juzgado. La~' señale8 que di tinguen al precitado reo no se Óa.n por no constar en los autos. I>mlo en la ala de audienci!l del Juzgado 2-0 d~l Cir' cuito de Mompox, á los 18 qías del mes. de Oetu bre de 1890. MANUEL B. ROJAS --El SecretariQ, Francis{)() P" Vi­llanuevll, [3 'VrS--2.] ¡ TIP. DE AR.lUJO L., Á CARGo DE O'BYRNE. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 97

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Por: | Fecha: 31/01/1891

D E PAR T A M E N T O D E B O 1 1 V A R. l T I ~ . ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEPARrrAMENTO. Ca-rtagerLa} Sd.bado 31 d e En,ero d e.18 91. {NUMERO 99 Jilateperiódico se publica los días 15 y 1iltimo de cada mes. CONTENIDO .. SECCION DE LO ClvIL.-Demauda intentada por Francisco Palomo, José Ortf'ga y otros, contra José Manuel Díaz, por p rturbación de posesión de unos terl'enos.-Solioitud de los heredel'os de la Reñora Manuela P. de Byme, para que se le conceda licencia pa­ra formar extrajudioialmente los iuventarios V avaluos de Jos bie­neiJ 'de la sucesión de la dicha s llora. SECC~ON DE LO CRJ1\IINAL.---Causa seguida contra' Ramón B. Sal· cedo por el delito de hurto.-Causl\ seguirla á. Vioente y Salomé Martínez y Anselmo Rodríguez, pOI' _el delito de:hul'to. AUTOS y EDICTOS lI:MPLAZATORIOS. SECCION DE lO CIVIL DemandaJntentada por Francisco Palomo, Jos Ortega y otro., contra ,José Manuel Díaz, por perturbación de posesión de uno! terrenos- Tribunal Superior del Distrito Judict'al de Bolívar.- Ca1'tage­na, quince de Diciemb"e de mil ochocientos noventa. Vistos. Con fecha 20 de Enero del [lño que está al terminar, José Ortega, Jo é Trinidad Sandón, Catalino Palomo y Francisco Palomo, del vecindario de Lorica, presentaron memorial unte el Juez del Circuito, Máximo M. Martelo, corrigienuo, en uso del derecho otorgado por el artículo 268 del Có igo Judicial, la demanda que nntes babían intentndo contra José Manuel Díaz del mis­mo domicilio, por perturbación de po e.sión de unos terre­nos ubicados dentro le1 ámbito del Circuito; corrección consistente en reemplazarla, por la acción ordinaria de reivindicación de los en u nciados terrenOE; con la ad ver­tencia final al Juez, de que estaba en el ca o de eXCU8f1l'Se de conocer en el juicio por la circunstancia de ser dicho Juez Martelo dueño de una bacienda limítrofe con los in- ¡dicndos terrenos, según el contexto de uno de los adjun­tos documentos; puesto que él ha bí:l de ser, por semejan­te razón, interesado cuando Ilegarn b portu nid ¡ld de no­tincarle la providencia que recayese. , En au~o del sigui en te día 21 de ji~nero, á la [ ja 39, manifestó el Juez, "que como no se había solicitado des­linde del terreno, ni intentádose acción alguna en q ue bu­b- era precisión de tOC~H con los col ind antes, él no se ba­bía excusado de conocer en el a unto, pero que, indical)do los autores del memorial, corrigiendo la uemancl primi­tiya, que habrá que notitlcár ele cuando II gue el cn '0. y que .por tanto, se eucuentra en In necesidad de eXCLl al". e, él debiera peclararse im pedido de cOllocer en el asunto. Pero que antes de verificarlo, ponía ell c nocimie~to :le las partes la circunstnncia npuntadfl, ~ara q ne munlfestu­sen si la allanu uan ó nó"_ Notificado!; que fUErun de Lill autn, 0 1't gn, Sandóll y los dos Palomos, Oatalino y Francisco, xpre ar n al pie de la diligencia, que DO allanabao el impedimento. _ _ Di ó~ e ~uenta p~r el ecretal'io el\ 30 ue Enero, y al slgulente dl~ prov,eyl) f,l J u z, tI ue no ¡labicndo las partes allanado ellmpedllll rilO In ' nilest'Hlo por él, pasara el ne­goco al J llez respcct VO, e n C lnoci rn ien to de los in te­res" dos. El ci tado 30 de ~~ne ro, lo: rcf~ riJ 'ls cuiltro i nteresa­dos confiriero ll, ante el .Jl1 b prillci~ .tl poder especial á ~~ y.etano d~1 C. GHm l'gll, p I\'cl ()U C- I()~ repre ~cntal'a enJel JUICIO. 3_lud\{~o, ?on,'lardo ti :weptnción del apoderado co 3tltUldo, a q Ulen el J uez Martel aumitió como tal por providencia de 3 L tiel lli In ~nero. l En 4 ue Febrero dió c terlta el Secret:lI io al Juez 2.° suJIente, por _ bai lar au e te el suplente 1.0; y en 6 del mI mo, resolVIÓ aq~e, que volvioran los autos al despa­clíe del Juez princIpa l, por 110 haber dejndo todavía de ser competente. ~h h'l.Liénclosc reclamado cn tiempo esa providencia por el pod )'[Ido de los demandantes, fué revocada por la de 12 de Febrero en el senlido de diferir su J.ecisión acerca del iJn~cJi!llent() para cuando el de­Ola dado Jo .. é Manu 1 Dí z hubiera ielo notificado del au o de 21 de Enero del Ju z [Hil1ci~:lJ, que á e te corre _ pondía hncer cumpli!. ~n eleclo, Jo>:é Manuel Díaz ex· pu.o al fict? de I,n notifi a:ióo, el} 24 dc nI. rz , que no all naba el I[DpedtmelltJ 1I.anifestado por el Juez princi­pa l Máximo M. Martelo: y de pué, el Juez 2.0 suplente pOI auto de veinte y ocho 'e Marzo último, al reverso de la foja 50, aprehen ió el conocimiento, declarándoae C01':.l peten te. Desde luego se observ , que la manifeslnci6u de im~ pe imento hecha por el JUEZ Martelo, no rué dcci iva y ter:ninante, c-Jmo debió ser Sin embargo, es incuestio· na le que, a í vaga é indeci"fI, produjo pleno efecto. La dechtratoria sobre er ó nó legal el impedimento manifestado, debió preceder á la rCEpuesta. tocante á su albnamient0; de modo q e la respnesta no precedida de arpella declaratoria vinoá ser intempe ' tiv'l. El al'lÍculo 153 el Cáligo dc organización Judicial estatuye: que "La jurisdicción se suspende en una ó más CIlU as etermi nada: 1. rol' impe li rn 611 to del Juez pa:n conocer en una eau' DESDE QUE SE DECLARE POR Jrnz COMPETENTE QUE EL a.IPEDIMENTO ES ADMISIBLE, btHta que las partes prorroguen la jnrisdicci6n-. ¡ •• " El il11lJedimento ebe entenderse que es admisible CT.:ANDO SE DECLARA LEGAL, según lo prevenido en el Ul'­tí lo 11 de la Ley 135 de 1888. Así, aunque e J uez uplente 110 declaró de una m1l1era explícita, C0ll10 debió haeerlo en su auto de 28 d Malzo de 1890, la le oa1 dad del impedilllento uel Juez prncioal; uebe co nsiderarse ill1plíeitamente hecha .!tal dtel ratoría, por la ~ nsiguient'j aprehensión del con~i. m en to, declarándose co'n peten te. Si el Juez pri ei ):1 ubiera conocido en el asunto h pué de tener el-l u p nso la jurisdicción, Ó si el su­plente hnbi ra entrado á conocer ántes de adquirirla, eví · dtllttmente se habría inc lrrid) en nulidad: mns eso no hl su.cedido, por que; bt biéndose negado anticip .. tdamen­te la prorrogación de jUli 'dicción) el mencionado auto de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 400 GACETA 28 de Marzo último puso término á las funciones del uno, .Y dió principio á las del otro, cn lo su~tancinl de la lítis promovida. ( Por lo demás, es pr~oiw tener en cuentn que las irregularidades no emanantes de verdndera en rencÍ;l dG' jurisdicción y que causan nu:idad según la Ley, son en corto número, y esfán bien determinaoa . En cuanto á haber flctundo el Juez l'll1plellte ce n un Secretario ad hoc; está demostrndo que por la trfl~bci6n iel Juez principal, que se estimó necesaria, n: distrit oJndencia de los hechos. Por otra parte, los exposi· torefB (del dereebo estiman este indicio, siempre que el reo no dlieere razón del modo ó título como adquirió)a cosa hurttac.da. Mas adn, ell estos casos no es suficiente pUl' sí 8010 (>para]a condenación, por haber resultado casos fala· ces w n en los indicios más vehementes; 41.° Que Ramón B. Salzedo ha dado razón del modo corneo Jlegó á su poder]a encomienda hurtada, pues ase· gura que se la depositó un hombre de la clase jornalenJ, á qutieen no conocía. Casos de estos se ban visto en que un homlb:>re cualquiera, en virtud de la familia á que pe rte· nezc~a un sujeto, buenas apariencias y del:cargo que se ]e vea (d4esempefiando en una Casa respetable, hacen de él la mejeorr confianza, por que es evidente que el que tiene buem posición y e51lá á la sombra de Jae buenas gentes, insp>irra siempre la mayor confianza. De manera, pues, que hlabiendo Salzedo dado raz6n clara del modo como lleg(6 la encomienda hurtada :\ su poder, hace que )a grao ve p:>rresunci6n pierda más su natural fuerza probatoria, y se dtebbilite hasta el grado de venir á Aer un indicio equí. voceo 6 dudoso. E6.0 Que Salzedo como dependiente de la C:1sa Ló, pez y Navarro, sabía de una manera posiLiva que la en­comli€ enda aludida se había perdido, y el cargo que razo­nab leamente pudiera hacérsele, seda el de encubridor del jorDl811ero que 16 confió el depósito; pel'o este cargo se des· vanteece si se atiende á que Salzedo creía que la encomien· da ¡neardida había parecido, desde luego que sus teneuores no ~ooJvieron á tratar mas sobre e) asunto, circun!:ltancia quel eestá probada con plenitud por las declaraciones de )08 .seef1ores López y Navarro, en que el primero exijió si· ]enmico y si~ilo del segundo y de Genaro Vides, con el fin de mO.Jjer mejor al ladrón; , {6.0 Que desvanecido el cargo de ser autor y encu· bridlOlr del delito de hurto Ramór. B. Sa/zedo, encontra­mO! B que Jonfiesa babel' dispuesto de parte del depó3ito de JJ81 encomienda burtada que Je confió el jornalero, por ]0 CJlUle se haría reo del delito de abuso de cOD'fianza, pe· nad O) por el artículo 656 del Código Penal, que dice así: "EH ue habiendo recibido un depósito se lo apropiare, lo mallvfersare ó lo negare maliciosamente, sufrirá una reclu· si6m ¡por dos á cinco añoQ, si el valor del depógito pasare de veeinte pesos". Mas este cargo formidable, también cae yy se desmorona si se atiende á que no puede haber aprueJe un. lar para e tim 'ulo cri­minal. cómpllcej y á AIl 'ell1lo R ll l,ís'l ' 7.0 un 1\0 en !Ilb i 101' Jd mellCIOl1:ldl) dclito dl! Ilurto: los cna le l qu ed 111 enteramell' te ~ b, ti e Il o ' . 01'11111 hO:-l trall. l! l1rli \0 ha"I:) h Iy nuev-:! tnn~ " " (le~I I , · el 2 ti' Abril de l 90, en q Ile 1).:) pll)Ce.;:¡, I J." fu ~' nI! re­duci d,,' á 1\ Cárc ~ púb liC~l: He Udll1p 'lt I e'e li,~tnP'1 como parte
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El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 408

Por: | Fecha: 17/11/1926

PE LA TARDE Furldado en 1918. ¡ dlllol'. ,J, 1.( ¡; U t'Ul:H \ ----- =====- -======-- SERIE 4 ANO 8 Honda. - República de Colombia - Miercoles 17 de nI" viernbre ce 926, m Ik IIcl'aclio ~r'i~e ~rilJe y l GIIIS O a a, tomizacion del 'partidc, Liberal y {Jurque vielJe como .1- lJi/Ju ,U apdo, ¡Jllb/itJII­IJJO,~ el ,sif.(/lirm t(, m'­fiel/ lo (¡Uf' COTltl'/l el ci­I'ilt. w}() s1I8('ribe, ei DI', J{ol':wlio lhibe Urjo/J, herJllano dL,J (.(('111'1';/ 1 " rlr' dOIl TOltUí.'J UJ'iÍJ". llJ-iin', E t.os \.oopet'Bcic)/Jjstas a ui' tr'OIl%fl. que no retroceden ni uímdoles COIJ la puerta en las na­¡' i!!'>,. e illSit:t l'll cu eoluf::;e ti don. <1t' no han siuo llamados. ni gerán H,mcn otl'll t ) 'a que hl1é::4peJes ir.trus s, 8011 11I1O~ hombres t~· ¡'¡'íhles, D ?l'l'(1 t ado1i ea el as el io lJll pUl'liel'On al IIlJe\'O lJl'(~~ideu- 1 p / hnn in ,'('dado uLlOm )0 qllt~ Ilnman la f(!(l meión libf'l'al, l'sto m;;, Ifl d h'¡slóu en ('a tor'ce "TI1I)();­[ quincl', ~i pasa el pl'Oye ·to del difltl'ito capiL;nll, pal'f.!. fabricarse ('ad, direct,orio del.Hl.l'tauwntal un feudo propio mI donde pueda .fl'(,f'('!' all'Nlpectiro g'ohcl'Iladol' 1 b 'nelieio. Ilunca l>a~taIlte ala­) do, de la. .'~opel'eciúu Iib(,f·al. e cibldo directorio I'cchar,a la dirección n'efleral q 11l' 10R libel'ales no pUl' d~n "otal' por eonscrvadore', In la misma tan Ctll:a.I'üada. (;(tl'~t de invit.t1cilÍn ,lel dodor Abadía .\léudcz uo tiene vaLor alguno o tiene, pue', hl. GuIpa el geueml Bu. tamBnte de que el pl'o}'ec to d ~ cooperad ~ n no hubiera (:wzjn. do. l'~Il el fondo lo qO\! ha hlihillo PS una bUI'fa, que no SUI·:t JI\ úl­t, imH. ('limO uo hH f;irlo la. prime­l'd., La po 'ti .1'~.;tJctllbilidl:ld del purtido lib 'j d, n. quioll se htl su· jl'tildo l' t >r]lt l'la:it! ch, u.frentHi-I, !ole debe a e. to ~ ')bsecu.(]o:-; alqni. Indnt'l'H dB f;el'\rieio~ uo 8olit:it~1· dOI"3 de bncna jt\ ni d(':sead(J~ pOI' \lUA. I'lv:6n obvÍl-t, son muchu!') COIllPlIsllle en \lila lUesa hustoll­i~ pobl'c ~e d~ lA. COllllulidau, a un g'o' bwrno del eualllo Be puede vatio eiU!U' lo que sp.ni. sobre todo eu mu t " l'Í1l de iuteg'l'id.ad del país, tall umenazaua l or t,Odl:J8 pal'teH Eso mi~mo suqedíó <:on la. ad­minist'l'u<: iún pa ada, n pesar de, (¡lle maY0l'l'toI agl'u,vios no pudo I'edbir p] purt,ido HlJel'lLL E! ~e' lle:'El1 U¡..¡pinu. puede UfallflJ'.'e de 1~!llllq~iel' eO:iti, e'l:epto de llaher 'Ido 1.11dalgo con él. Hasta (llti. tl hora eon:-:enú ~n:~lI~ puestos u lo" que hablan derl'Rlllrtdo sun· "'l'!~ liberal al pie de las Ul'llflS, }; 1I suugl'e dalllu, ju~ticiu. en Me. dt:'mn, en Dal'l'll.q uillu, en ~t()ll t·e. l'Ía, Un.ln.mar r otl'RS ciududus C(~ll 01 bombo ¡fe las obm" plí, hhC:/Is el'tlcqae todo Se hH ol\·ifln· do, ,Y ci(lrtament;e IIOy JibHraleli que btÜCIl el ineell U,l'ío 8()lo p{lr e"o. 'j'amhién 108 IJre:;ideutes lí· hHI·ule¡.:¡, r.Oll pobrísimos medios hieicl'OlI lo (JllH pudif'l'Oll ~1llrilLo instal() 108 telégl'll fos; ~aH tos Ac()~t,a fuud6 la Iluive.r' '¡dad na. dOllal: Aquileo Parra iniei6 e] telTo<:art'il de UH.f'a.¡'i.! y c;.oníl,álu:t. hi~. o en d 'l'ulil)}tl lo (iue no han hecbo ~us 8UCCSOl'l!tI, Siu mnbar' ¡.!;( , 013pina lo h iw touo. (fu :';ot, de qlW.IitÍ' P,,/} (, j ngcl' XI 1 /'/1 ~ 't'J',~ .A v~c iI11/mnit{í: . t Jlalhp.rbe, n, lla.cllll !)r('/O/'(!l" l'lJeojJ!JiJe. /<.:t /l. cÍIU]IJU11 t fiu 7'1'¡¡,o;S/' A trmt ¡'vr de I'izgiie. Ell)lvido de. llue:st.ro~ ~~I'aIldeti hombres, entre los cutdes dp81:11 ('. Hlln tigurus eg'l'cgias d ig-lHlti dt Plntur(:o y, :iot>re tOrlll, t'1 oh'ido dl~l credo ¡¡bel'H.), qu 110 11ft rHllel' tu. que no pUCllt· mOI'h', sou los 4U llevH.n al desel'éllito j' alllle­nospl'ecilJ a \.11\ p~U'tid(j qne ha. eSf'r'i LO páginu.~ glol'io~H8, n:st eu la g'uel'l'H (:0/110 elllu. paz: y que aún t'~ ('npÍlz de escl'ihirlas: ~i 110 8e le .~nHrC]ui7.ll, rn¡'ü; en esta ho. rA infOI'll1llfHlll .. Jo; I gene!'1I 1 Ospills de lerrti~. ti ·Ilpa· l'üdol'¿::4 de minas: acupal'odor:; ue l:oueesiolw8 oHeit.1les t.ll :G pu· J~auul'e' del podel' f'le<:ciullu 'jo, del ~lH.lel' jlld jeja!. (h~1 pode!' Je­g- ii::lll ti \"().y del poder ejIJ(:tl ti \"0, Hctlparadol't~s do monopulio, de \'Í\'~l'et-l y de toda especie d{~ gTunjel'Ías, ll.CUpUI'il.dOl'eR de lOH llancas, de la dil'ecciúu de hUi o· h I'n fi públiea . y de la cons('cucióJl y maJlPjo de e~~lpréstito~, H.etlpa­[' adore, Hi p\HI1el'a.ll, del aire y de 1 1 : .. ~ qolA.l', y do la artiliciol MOl} d ll,'iios hRee t.iempo. ;\ e~e !Iafllitmiento ac;udidráll ll1\H:hotoi Jihl'1 1l1¡" , pOl' uql1~llo que d{!cÍn. ('\'dl'I'¡" " de la \"cg'a c:s nlr>jOI' flel' luunillu quP. ,\'l/lUluP. Y ,obr'í! esta de 'rción e insi"te eu lle," ('O,YlllIt r Huí::; el pal't,itlo COJlYel'· tido ('/1 Ill1e\'O ~(nzzeppu.! ('ero el pOI'\'eniJ' es de tu ir. ' qllit'l'llli, a.unquo E~l momento pl'e. ~e nto Itn.ra hecho pel'uer H IIIU· ('!lo ... la fé y la. Aspel'aUza, IlcJ'udiL.o UH l B. E ('RIBE .. MA , Viaj e del Sr. Blanco El ~enor Blanco llegó a La D o ~ rada él boroo de! vapor "Magda­le 1a ", CifyO capitan y contador SOll los S e iiOfC:i Aquilino Anwris y F. PolO, res pectivamen te. Venia como adiu nto ad-ho!l oren del contador,'él fin de punerse prác­tico en el, rodaje de este puesto para hacer su segundo viaje en cal idad d tal. Los motivos de la tragedia El sefior Blanco. en ~1I carácter de ayudan te del cünt(ldor, senor Pol o, se ellcontraba desca rgando el buqu ' y haciendo pllr consi­guiente la::; entregas respectiva ' al [)\ degllcro de la Compaflia Ele Edll,m10 L. Gcrl cin , so,: ll or Téofi­lo Hoyos, Al (~ ntr c ga r un lote de sal, 11 0- yos le advirth.'l a Blanco 4ue 0- lo 1:1 aceptaría onlándola d ~t lIi­damellte, pues en otri" m USCAD UN REMEDIO El'ICAZ y LO HALLAREIS , los me j 1 es ele me 1 t o os p rod uce ; ~ ~o:a~". ~:. ~~~,:Irr.l· J Y ,}1~81~ItV AS-- $ 2'847.96800 '1" CAPITAL PAGADO Y RESERVAS [, 7.140,000 9.t Todé' ~ <. se . W de operaciol es 13aucarias *'" CASA 111ATRIZ; 6, 7 Y 8 10lcen !lOuse Yard, Londres, E, O. /. : AGENCIAS; Manchester, Bradfo rd y lVew York. ; t J bl'(~CI() ~ 'OMEI)U Al 11 ., t ; "" Efabiecido en Belgíca, Francia, Portugal Argi!ntida, Uruguay ~ U.;¡ :.t .1 ~ J.-. acc pres anlOS a % Brasil Chile y Paraguay. ~ ~ HO días al 9 °[0 de intorés anual. '" UCUR;,ALES EN COLOMBIA: Bogotá Mede/lin, y ¡Huniza/es. i ~{~ Al II ~ en depósi tos a tó 'lnino: IIfI Agenvia en Barrmzquilla. Agente. ell todas, partes del mUlldo ! Ítt A ;] m ,je .. el4 por cie/7to de inl"'res anual itt Se encarga de toda c/as' de operaclOllc"', banc aria.>. éW CAPiTAL Y RESERVAS EN COLOMBIA =: ~ A (;' lT1 ses e/5 por ciellfo de interés anual I 1. 93 707-68 • .AJ A j meses el6 por ciento de interés anual ; Se reciben depósitos a la vi~ta en Caja de Ahorros y a plazo fijo. Afilia o al .. A 24 meses el7 por ciento de mlerés anual ; L10yds Bank Limi tedJt , que tll~nc 1,600 ~:Icursalcs en la Gra~ Brefal'¡¡ y cuyo .. I ~ ~ apital y foado tic reServa pasan de 3H millones de libras I:sterllJlas. ~ \ En cuenta, cur: 'ztas abona el 4 por cielito anual sobre saldos t ..,,~"'.... ~1l"'(!.:'""'~&:~~ ",r.S.IIHI'iI::''' .".. -!f,: " ...... "~""""i(l~t~:S ... H.,.", , diarios mayores de $ 2 .000 ' $ i~~ JOI()i'" f I>orrEUAltIA-Préstanlos a lar- ~ ~ go pazo oon alTIortizaeión gradual. ~ ~ SECC,I( ~ I1 f)UGIARIA. - 1'idcic01l1ÍSOS Y ~ tw . J. i1 istr4 ción de bielles en general. ~~ E ex '1 HIte, ~ ~ ~~ ~ '(.. .. ~ '.'- __ ro" n~W~ ""Wlt:..":"·~~ ...; ~~~ " .~ éOMI)A).·IA l~ 1 ILAD08 y rr.B~J ID()D I)E CALDAS AGENCIA'"' DE BOGorrA 0al'rera 8. .N o. 284 L·~., lnnj( rol.; telas del )at. .. ond"'\, San or ."n""') y _íbanot Compran p rr ... 1 enteme te C~fr y pie: j • (,,(, res a lu'" nH:jo 'es DL: LA PLAZA. , Agentes en !-Ionda - T. AMA YA l~ Cia. .. -...... .-.' ..... , .. , ........... -, . ~_·w_ ................... ,., ..... ... ....... --_ .. ,..u ..... ... _ •• ."" ......... _ .... _~~ •• . ___ • - .¡,; • Construcuión sobre esferas dé~acero. {Jor eso e la máR suave; (id q llO ¡Jfoduue uscritura I n). Ojalü que el ~eñor Alcalde lome nota e imponga la sanción del caso a un encargado de la seguri­dad pública que no cnmplc con su deber. F'erías en Honda! Ocasión única! ! El Gladiador La Jabor dei Sr. Alcalde El seCor Alcalde de la ciu­dad, ha dictado v:.ria:-; dispo­~ :cioncs relt.:. :l/!lada"~ ":011 el mercado de víveres. Ha dis­puesto que todos estos artícu­los deban entrar a la plaza de mercado. !..a medida tomada por el señur Polanco, es ad­mirable; el municipio, se be­neficia puesto que las rentas le aumentan y el pueblo ob­tiene precio~ relativamente bajos. Los acap~radoresJ han su­frido uro golpe mortal; el~os, indudablemente tratarán de buscar el medio de asaltar a los mercaderes que proveen a Honda, p líO tdmpdCO les quedará fácil; el señor Polan­en hará selltir su mano sin Cúntcmplacione~ de ninguna na lur'lleza. Ahora, toca iniciar la partt ~ricg(j: pesas y medidas. En esta cuestión, tildo cuanto ha­gan nuestra~ autoridades sf>rá poco; pero COIllO digimo:, lo impurUwte es arrojar de la plaza a todos aquellos ele­mentos :.}UC ~c les comprue.be estar escamoteando en eSÜt forma. El señor Alcalqe, debe cs- - Llegó nllCl'a remesa de Taboll{/~ en Pectrra!. Agencia, O. KING - Honda, nI 1'11) lA J.\'O{JJ.'''''() !1 .• r- ('í;/,. Por motivo de I'iaje se vel1de el Pum la prt :¡mus FUl'iU!04 est,íU'll ¡ uhicrl0 este msg-nífico E-HÜl bleci- movil ario del antigllo V bien situa­miento. d(l te Holel Edison ", y se vende la •• ucs1 ru . u 1 {,Í1'U lo 'OH im POl'tff" d08 diJ'peblll1Cnte de las 1l1PjOl'l!S ('j,\S9R fauril:antC' del 1ll\1l1l1u. _ casa o se aff ¡elida por poco tiem- _ __ _ _ _ po.: Entenderse alli mismo eOIl CARNAVALES! ! Regina Rubio e hijos. Molinos lV1ascoia, Gallo y Corolla Vestidos" ~láscaras y Gorras Calle de San Mateo, ¡r('lit. tl la B. BOTERO R. y Cla. Igle~ia del Carmen, [l'ier"lda l~L ~OL -- -~--- --- Crespol/ de seda e'n todos ('%res. A. & M. ELASMAR Brandy - \\'hU,v - Lh(lu~pll· Utl. - Vinos - Cp'I·\~e7.a B. no'!' EHO II oS: ('ía DA VI/) lA h\'/)().\"() 1'. & ('íl!. lll't.ido de Almacén "VIL TOR" -lIonda - PtrlllWICllfc )' escogido ~lIriit¡v de Viclro(lls, Discos y Agujas .C''l'() Dir cdún: PUENTE LOPEZ. -.---- HtT/amientas, jabonf!s, Especies. B. BOTERO R. Y Cía, :==='-"---" --- f{aiae I Zorrillo V. Vende .,u ra a de. baflOreque y .lil1e, _ ituada en la Plaza de San Lorenzo, /;'/ mejor [JI nto para co­mercio. Dirigirse a BOgo/á, ~¡JtlL' /9 número 29 A. .J. R I 5 & GI l. (tgellt~5 he la \flnpres, Vapor~5 b~l J)iqll~. -' a es r--""'--- --~------­I r---------------------------- ~ \ L~ \ \ ? ( Sur~ido com~leto de mercancías ~ l \ \ E pecialidadu:; AH tdaR de \ \ lventas por lnayOl' )r nI deta.L a \ \ \ precios o~peciale para las F'er·as. \ \ \.._~ .. __ .. --. ..,.-.-------J J '---~-_ .. _--------/ tar plelldll nte :.: JI1 ·cnci(. J de que Cl -nta con (1 ~ pi yo y el H>:>pald de tod¡ \~ lo - \'t.d­no!) Ti (: ad rná!) la l ~y qp\.! lo autoriza; el Cllart) poder que lo :.:-ecunda y la ~:I atitud del pueblo. Por ahora nos limítJI.ws a dar nue. tros a~rá.dccirJlie·lltG:-¡ a la prime a autoridád r',li­tica por la atención qUe ,''1, está prestando. Honda, ',l nc sita hombres de la talla d·j señor Polanco: rcsp ltuoso~ ) leales cumplidQres del deber. Un telegrama de Ja señorita Cano Venadillo, 13 de Núv. Sindicato Obrero, «Gladia­dor » - Honda. Créase F .d~raujón radica­da esa. Ha~'e resllelto bsten­ción integral übrerismo co­lombiano futuros deba es po­líticos. La adUélciúl1 del rah:roso Delegado J"cllpc Mora, es )fi¡\(~ntísima. Sorprcndid mi espíritu ante renacimiento le­crendario pueblo Tolima. dcs­tácase todo acto justificabl:! reveldía, Matiana 'eguircmns Piedras, Ibagué. María Callo, directora debate. I.a idea de ab."tención, pre­conizada por la señorita Ca­, O(), en el telegrama que se sir ve dirigir al Sindicato d~ estJ dudad y a «El Gladiador», es inusitada e inconv lJiente. Los obreros; no pueden ni CAI~NA VALES! ! Co nj'e lis , Serpenlll1as '1'1 K '1> .. \ EL SOL Confites, RarlcllO, Licores. B. dOTP.RO It y Cia. ( '1'atificaoiün ~p hall )Jl'ldido una 1I8\'('~ t'n lllla 'HIt l'ita ('(¡II/I·ndo. (¿lien l!l~ elltl'cp;n a la ofkinu, de I':tl' Hin 1'10, :-;1"\'¡-1 (J I tA'l'IFI e A DO. Pú/l'os Coty, Pc/fume. Narciso Negr'O. IJ.L l' {/) ].().\'/H J.' () J'. ,l~ (';:1. J<;",trilmu~ pal'l 1'1 ('¡¡,il' l1ll P:¡'j Il Sl1l'tido el ~()[ ¡[n ,1'0 Uell.l'o lHll'B. Sdl()I'll • LIl~l último' 110 ·cdádp8. deben abandonar las nrnas electoral' . Le de" vinculaciól de é~tús del i,b_ (lIsmo, e~ [10 rror muy gr ndt\ es un I jr rate que le.; redl nda ~Jl SI: propio p rjuj( io. El libcra­¡ i~,/1lO. e la fllerza que puede 11 . var a lo o H' ro.) hacia un t: :unfo completu. /1 que se eJta ca, se corr ¡Je; 105 partidos como el Ji {al de-cen estar en COI tí el lucha y {11 permanente IfhJvimiento. Confiam)') en ti ¡{' esta" : eas lanzadas al . Ir l' de un esceptisism1 que no 11 gamos a comp~l1der, cambien de un todo r f' Id Plf.:nte de la Hga obrera-de Colon bia. Se clausuró anoche el CONGRESO COR {ESPONSAL G. 1"IN(j Honda· COltlpra pides de res a lor;. más al­tos precios de la plaz(1, A Pí~ECIOS MUY BA¡OS' (:aca(J callcallo, Arl'oz, Mallteca americana y del país, /zarinas, pe­tates, sal, pe/túleo ctc. etc. Venden G. KING - f1r¡nda. Trapiches, Avena, Hilo, Pahilo. B. ROTE RO R. y Cia. Se edita ell la Impren etatos, Zinc, Alanlbl'o do p'l aR f la·1 l>.~e 1i 'O, ~1Ul ición, (Jia vos do horl'ar PUB r 11: \ ~: lderos ... lolino', et(~o oteo r redog BAJ lIuú PiiRMAI 'El 'TE Solici e cotilélciGn a' i 1 JI1d 4- 1 • 1 ollda - Cartag na Ap'cntes del Banco ~k. Colomhia - Bog· til - 1 ':rranquilla B:lllCO Franeé, e Italiano para la Aj\Jédca del Sud - Bogot.1- Kunhardt & en Ine. lew York - Rumie HeT!l'álio ~ BarranquiHa. . Compra Café, eneros Taryua. 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Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 408

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El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 414

Por: | Fecha: 24/11/1926

DlIUXYrOR PROpmT. mo APARTADO DE CORREOS No. 52, SERIE l~ ANO 8 Honda, - República de Colombia - Miércoles 24 de noviembre de 1926, DE LA TARDE Fur.dado en 1918_1 Adm~~H(:¡'~, Gumw -::I ~~ Número 414 c:- 1'= - - ---. -=....-:::.. -~";;.~.-- ."":-=-----=--=-~--... -- - -""-----=~ --- - = La Administradión del se­ñor General don Pedro Nel Ospina, que en sus albore se mostró partidarista y denigró jnmotivadamcnto al liberalis­mo en Colombia, hubo de caracterizarse después por el cspiritu progresista q'!e infor­mó todos sus actos, y fué fal ese empuje que ya en las pos­trimerias de él y ya preparán­dose para hacer entrega ofi­cial a su sucesor, obsesiona­do con el frenesí de las ill'au­guracioncs recorrió con su ac­tivo J\1inistro de Obras Públi­cas de un extremo a atro el territorio de la Patria impul­sando con su presencia las a­I ras queya estaban iniciadas, Encargado de Id presiden-ia el Dr. Migul Abadía Mén­dez en envi iables condicio­nes de tranquilidad y sin com­promisos politícos de ningún O'énero, creímos que el nom­bramiento de sus agentes in­mediatos, los Gobernadores, sería punto ya acordado y que dichas desígnaciones se harían tan luego como él to­mó las riendas del mando. Pero contra toda previsión se tomó el Ejecutivo un tiembo considerable para pensar quie­nes habían de ser sus inmé­diatos colaboradores, tal manera que todavía hay mu­chos de éllos que no se han posesionado, . Este sistema que puede ser muy cómodo para el gober­nante porque está de acuerdo \:on sus aficiones y con el tem peramento calmado de que ha dado siempre mu~str~s, causa perjuicios inconmensu­rables al país, Por muy hon­rados que sean los agentc~ de la administración pitblica en los departamentos, éllos esperan ser reemplazado!) des de el día 7 de Agosto y en ese intervalo se limitan a dar curso a los a untos urg ntes, esquivando resolver o afron­tar nqueIlo que teng:¡ trascen­dencia o importancia, o que siendo provechosa para la entidad, no alcanza a solucio­narse en el corto tiempo que le resta al frente del Gobier­no. Casi puede decirce que queda paralizada la adminis­radOn pública desde la po­sesión del nuevo gobernante hasta el nombramiento de sus agentes inmediatos. y esta irregularidad, este molondrismo voluntario se cumple de idéntica manera respecto de los municipios por que los Alcaldes no asu­men la plenitud de sus pod - res, ni abordan d~ lleno el cumplimiento del deber que tien.! por que se sienten des­pedidos con el advénimiento de) nuevo magistrado, lntertanto las entidades municipales permanecen al margen del progreso local; los in.:otivenicntes de policía no encuentran sólución inme­diata y necesariamente esta paralización va en directo perjuicio d:! la entidad mun­cipal y por ende de los aso .. ciados, En nuestro concepto, tanto e) señor Presidente de la Re­pública como los s~ñores 00- bemadores deberán preparar roon antelación el rol de sus nombramientos para no dejar paralizado el país por mero capricho o por el im'eterado inconveniente de designar sus agentes inmediatos cuando les viene en gana Sit1 parar 'l'pnemoR qué dpc1arar Cine en el Cuerpo de Poli 'í!L c .. 'i tnn A~ell tes competRntes • h(Hlorflblt>.; pero alIado de e~~)s ~el'\'id( p leHlcs y COl'rrct,os, (' mlcuontrnn indi"iduos que (;nl'eCl~n de todu. o.ut.ol'i':6n Y todl1 10. jn ,ticill EI(\ ¡>strl,- 11a ('orltrA la ine·pt,itml ue un Al­caide qUA 110 oye, p.l clamoren 1Ir. la. prell 11, lTU lUll'Cional'io que pI' .. 'inde dd CUtlI'to Poder, est.ii fl'nr:sBiHlo, E 'e, debe l'ecoger BUS lJelHs y €'II iOTa!' a otro~ .. it.hJS dOIll~e la iglloráncia lo .:;:pa má~ propicia, En e tu l. bol'. no cederemos mientes en el mal que causan C01110 lo dejamos e.xplicado. Nuestro actual Akald , se­fíol' M~rcelino PoJanco L., que ha dado muestras de ser un funcionario diligente, que se interesa por el progreso de la localidad y que tiende con eficacia toda indicaciún bien intencionada, nos parece r - nuentc a atender las reitera­das solicitudes quc desde es­ta tribuna diaria se le han he­cho a fin de depurar el cuer­po de polida Mutlici a{, pa­ra atender a la higi~ne y sa­lubridad públtca, dando im­portancia al aseo de la du­dad. En el mi5mo caso están las inSinuaciones que hemos he­cho para Hhertar al pueblo a la clase desvalida de los altos precios a qLle tiene que acep­tar la carne y los víveres de neccsario consumo cuyos pre dos pudier 1n regularizarse con acertadas y enérgicas medidas del señor Alcalde, Ojalá que el señor doctor Reina y su Secretario del ra­mo corten cuanto antes el nu­do gordiano haciendo sin pérdida de tiempo léS nom­bra lienfos de Alcaldes en el Departamento, e Con el scftor PolanGo S ... ¡¡or J lcaltle, p1 ('AnO de pri. si6tl P. iudi"l (>11 '[ b (l, fl. uI'g~nte, ~f; neCeSftl'HI. fo;"!'ú, po Ible '? .~eíiot' Ale ldt:j IOH ucaparndo­rp~ contil1úan huc'ielldo Sil ogo - to: han \'uelto n viol r In di pOHi«ione dictt dn en su último })¡!cr to sobro yÍ\·erus, I • ~ I'it facti­ble JI8CE'r cumplir la Ley" def 11- der' 1 plwblCJ Qons midot'! 1'1', .\1cnlcle, en las tit'IHla~ de la Plaza d me.cado con tiulÍall \,pudiemlo eOIl JW a13 y medi lns fa lEla 1'4, • \ .rá posible castiga r e~­tu irr g'111al'idád p ll? Con el señor Valdés • 'eiiol' In pector, erá posible itnpC'dit' qm (lB la. Plaza d'1 tnf'f· ('ndo cOllt,inúen en vol\'i~mr1o aro t,í( \1)0.., de comer ~;'1 papf'1t;!8 11" l'jO"'. impt'pgnado de paat,a de heL't-(l~rllro'! H('flOl' In, pectiOr, , el'lí factible olim1tI' l' lo!'; l' ónas de nninwln 1']11:> e estocionan en el call1ljf>n u la tra npat; -;.' en la calle del 'euor Clemente A, \'Tiana, .' iíor In¡:1pecTcH', U'{¡' '{wil ha· Ger lilllpial' un mulada¡' que axis· tf:' a e 'pal,las del ellifi 'io C;ue o· Cn~)Fm lo ñot'es.1. y, ,\logo· 110n , .... \ Jfüb d 1 omereill . Abora ton ambos • flor. lcalda, seiior Jnspec­tnr, serú po ihle que se se!til'cio­nc y r:orl'ijll el actual Cuerpu de policía '? señor Alccldn !~ 111ISpl'ctOI': &!l'(t posible que 'Ust de defiendan ('1 honol' dI' Honda, l'odeandobe el RE::l'Yidore honurable en el CUN­po de Policía. ': un punto '.1:'1' mos mú' pnérgi. c ra lA dfa, P r de pnés de todo; eremos i el eiio!' Gob '1'­llAdor ha,f' 1 o no hace que se eUIll lla, 1ft le.r. I~i uoC'tor B.pina l de· be ('ompl'~ndel' '1U Honda lwce­sita \llncioutll'io 'que 'o in pil'l!ll ('~ 111g:o q ~P, re llude ell u pro. (no benefiCIo, Alcalde timorll­tO: i, pu ilAmines y e hardC:ls, no enu!han al t~Jllpel'alUeIlto de una dudad comO Honda, DI ANOCHE ocurrieron algu-nos daños en e1 servicio de alumbrado. Por este motivo quedaron varias casas sin luz y se nos informa que apesar de haber solicité1do repetidas veces un empicado para res­tablecerla no se consiguib. Confiamoc en que el señor Ad mmi~tr(ldor de la Empr 5a to marA not:i d ~ estas deficien­cias para poneries correctivo. J unta protectora de anim.:ales El Presidente de esta Jun­ta que es el apreciable caba­ilero y amigo nue~tro, doctor Carlos A, Posada, parece que se propone solicitar el auxiHo de la Autoridad afín de impo­ner la sandón que mer cen algunos barbaros, dueños de animales, Las esce!1as (1l1e hemos presenciado en la calle son demasiado crueles, La P~,licia niw 'ápnleba todas est' s .­niquidades in que se atreva a castigar psos in:;tinto. cri­minales, Pueda ser que el se­fior Presidente de e ta soci - dad, logre moral:zar a esa turha de gentes que no tienen consideraciones para con SU:; propios animale~. Sr. Alcalde o Sr. Personero ,~ll1 ".. d0 eable flería q Lle 11 trdl'!Il t'heran HU pe eo p r el c.lllf'iún q~}(' q.\1e 1ll'IH l'e lo c!t~a8 d 'bR­lJltaer(:~ de h film 'has di, don Ang'el IO:'1'e y B '['ua rdo •• a\ra­rro. y n .'rín lo' muros qu ob~­tI' !J'e~l In calle .v quo nd~tnlÍ ~ l!()nq,lt,lly~llllna Ilota d> ontie . te i\;llI,,!~' fl , iucomodirlad paro. eJ luíbhco ,}.~ P)'~C! . o tOIllOl' ulla r soln­Clon o' Cl ¡ya ptna C'ol'rrgir eSl)~ dete to' qu' reclaman 1 intrer veneIón de In a tu['idad " mmumumm, mlllM ni n.umUl mllll "11111111 1 mmmmtmllm~l' nnU'1U nm Ñ C©i}p)lllt@ll J ~~~~lfWtID~ t 2~ ~ TI (0)0 (0)(0)(0) .. ., . e~sa eenW~~~~' "1, ~ , "'\ .i • , . ~ , .~ ~ .~ I 00 lPA:TIA. l)J~ IIJLAJ)OS y 1'EtlIDOS ~ ~ ~ ,~ DE O,A.LDAS ~ AGENOIA ])E BOGO'fA 'Jarrera 8. Ñ o. 284 ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ Las nlojor eR ir··la.::; d(} l ' país. í " s·~.c. ... s. ~·!il'5~ ~~'l'i:¡;;S:;.5' ...... -t 'lt2"'C:-"·IO' of":lrrrr.""" ... f.:rt-........ f. .. a:-c · ........ .,.(.4... 4' ~ . ~ ~ ; aoco de Londres y america del sud i ! CAPITAL PAGADO Y . RESERVAS (, 7.140,000 ! : CASA MATRIZ: 6, 7 Y 8 Token house Yard, Londres, E. O. J. ~ ~ AGENCIAS; Manchester, Bradfo rd y lvew York. i ~ Etablecido en Be/gica, Francia, Portugal Argefltída, Uruguay t ; Bra.'-J'í/, Chile y Paraouay. ; UCURSALES EN "COLOMBIA: Bogotá Medellin, y Jvlanizales. : ; Agencia ell Barranquilla. Agentes ell todas partes del mundo ; : Se cncarga de loda clase de operaciones, banc aria s. \lo ~ CAPITAL Y RESERVAS EN COLOMBIA ; ~ 1> 1. 9a 707-68 : ~ Se reciben depósitos a la vista en Caja de Ahorros y a plazo fijo. Afiliado al ~ ; Lloyds Bflnk Limi ted», que tiene 1 600 s:.lcursales en ' ,a Oran Bretaña y cuyo; ~ apital y fo nd') de reserva pasan de 39 millones de libras t:sterlillas. ; • ~~~~~ ~ ~. ~; ~~5~& ~~~~~ ~ .~~·~ ~~~.~~O~~~@~ •• ~ .~~~.j~~~~~~~~ .. ~ .. ~ o s TRATAMIENTO . ESPEC'JFICOS·:VEOEiALES .. - ...-..-- • -","11- .. • - .,.... - • _J~ .f\gentes en !-londa ~ rr. AMA y Al¡& Ciu. -_.-..................... ~, ...... ~-.-.~_ ................................... ~"' .. _.. ............... _.. . -..... -~-_ .... ,.. . -_ ...... ~-.. ,.~-." ......... ,_ ... _-=-- • Oonstrucuión sobre e do aeoi·o. ~~_íii¡¡¡¡_~~m~'fa. ,.. 1.>01' eso ~~ la 111ás suave; f la que produco <3scritura ' .>1 ~ , ;'~ . ~ unís níLida; la Inás fuerte ~~~~'iII ~ ~~~. ~:\i( .,' "'~:;'L' ~¡:lr ~W~"';~i~" ~ "~.!!. : ·,>X,.l ~t·i'!I:. 'i_;..'!I-" I.~~. " .. '~ ~'lfv.~,: ;. y durable. , ;~ " ~ -;.",.' ~_ .. / ~ ):- \" ,h,-:$i\ ~""~",=~~ . ~, ~ J~: r 1'. . ~ .. "r. /x\-.~.,. ,,"~~ ,,~Í' ,~ ,~~ , . R. HOi ,da, San Lorenzo y Llbanof Compran tJermalicntemente Café y Pieles úe res él los mejores precios DE LA PLAZA. ubiria, Jiménez & Cia, Agentes Calle 13 Nos. 190. 192 Bogotá Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. El Gladiador -------'-~--~-----;--;------=--- ---.-------:--:-:-"'------------'---- ~----- ----- Lá reotificaci ,. ' f' I Antiguo local de B. Botero R. & , Cía. I ~rall surtido en machetes y peinillas «A QUILA», Tijeras niqueladas, 'Alambre de púas, Alambre galvanizado liso, Oxido rojo para techos, Blanco de zinc, Hilo en carretas marca «CADNA» I Hilo en ovillos "ANCL.4a y en cartan aROBya, Espeoies, Cemento en barriles de " 180 kilos y muchos otros artículos ~ de primera calidad a I [ OS PRECIOS ,MAS, BAJOS DEL COMERCIO. I t ? Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. El Gladiador a á . Capital enteramente pagado $ 24.400,000 Fondo de reserva 24.400,000 Capital y reservas para Colombia 1.500,000 STTOlJRSAL.ES I~N OOLOMBIA BoO'otá, l\iedellín, Barrallquilla, Girardot, Oartage 1 a, Gali Manizales. E acup E TOO OPERACION BANCARIA CAJA DIG AHOl:{ROS ~ abona el 5 por 100 de interés anual y se reci­ben dopósitos desde $ 5.00. • Surtid) completo de Rancho, licores', loza peder­na 1, porcelana, hierro eSfllaltado y abarrotes en general. os precios .. más b jos y las mejores calidades ~----- ---~--~~=~.==~·~K~============~LL~'~,l IMPO TADOR y EXPORTA OR Barranquilla y HONDA Telegralnas, "L1JI-tIDUQUE" Ventas al por 111aJo1' do harinas, Arroz, Azúcar, l\1.anteca, Oacao, Jabón, Galletas, Whiski, Oigarri­llos extranjoros y del país, Vinos, Sardinas, Sal­món, Atún, Especies, Espermas, P~t.róleo, ~-'ósfo­ros Avena, Mantequilla, Petates, ZInc, Alambre -e púas Alalnbre liso, M.unición, Olavos de herrar Puntillfl8, Ohlderos Molinos, etc. ete. Precios BAJOS. Surtido ERMANENTE Solicite cotización a Honda 4-1 f .. vi . y e . IIonda Cartagena Agente::> del Banco de Co!ombia - Bogota - Barranquilla Banco Francés e Italiano para la América del Sud- Bogotá- Kunhardt & Co Inc. New York ~. l~urlli e Herm,tnos Barranquilla. Compra Café, Cueros, y Tagu . Venden teja metálica, alan bl'e de púas, Harind «Ancla de Uro», maicena, papel de envolver, arroz americano y sardinas cemento, manteca am ricana. A¡;elltes exclusivos del «JASON ARJONA» .... "'" ............................................................ _._-~ .. J30gotcl Girardot y Honda .L~lm a cen en Honda contiguo al del Sr .ALF REDO LOPEZ M I Venden pcrmanent mente artículos de prinlera calidad a los mejores precios de la plaza - Importación directa. .Alambl'C <1(> pú a . '[ rapiehes, Herramientas, Rancho, Licores, Lúminas corrng-n .815 parn tec!Jo~ , Hierro rl'oondo .y en platinas Especies, Jlachetcs Agui1aa .JabÓn del País, Papel pura envol\' f, Lámina de {:obre, Hilos, Galleta. , Drogas Salsas para. mf'_a. EI'pertna l', Cup ulas }Jura revo]Y(II', escopet.os yrifiel'3, Escopetas Ingle 1M J E. pafio as .. Hitle' U(- • al(¡u,Cemeuto Duué~, A \ enu, Cacuo de Tumaeo, Mol . • 08 pam mab marCll1il .1tH:iCOtU: U ullo J Coronu, Wlúi 1:.J marcn .J ohIln iu ,y lllk91'l luctizaod. OP 0-4 Está al servicio del público contiguo a la Alcaldía, este Gabinete de Optica. Tiene sus maquinarias y todos los elementos indispen­sables para tallar y adaptar lentes cientificarnente, indispensable esto para 110 Dañar la Vista Además cuenta con Operario autorizado por la Optica Alemana de Bogotá y con estudios de la Spcncer O~tical Co. d~ Nueva. York. Allí mismo consíguese tod' clase de anteoJos para negocIO, a precIos de COMPETENCIA . CO S S. - Contiguo a la Alcaldía. ~ e Para Haciendas y l11unicipios pequeños. Motore de petróleo para trilladoras y trapiches. Proyec­tos presupuestos. Sección Técnica . J. E. NEIRA - Bogotá Calle Florián N° 461 Honda, . Empresa Energia Eléctrica ~ _ ................. . ......... ............ .............. . . .. . _ .......... ....... <\ .... . ......... . ....... , . . . . ..................... _ • •• •••• _ •• _ • • • 1 ...... .. ..... •• • • o Están recibiendo gran surtido en licores, galletas rancho, confites, escopetas, camas de hierro, mue­bles de viena, cristalería, vajillas de porcelana y pedernal, tertnos, azúoar sincerin, jabón la palma, esperma, de 4, de 6, de ~en libra y de 650 v las en caja. Honda Noviembre de 1926 CéalIITffin@ml W n~llnnfr©1 de 2 y 3 Toneladas Suprema fortaleza, Rey de las Oarreteras AGENTES: Unión Exportadora Americana. Sociedad' nóniIna de Seguros contra 1 N e E N DIO. Agente en Honda7 - Eduard J. ughes- - - I QUIERE UD comprar Dro~as frescas y • BARA rAS . Vaya a la FarIl1acia y Droguerfa de fa. UT &. d Los que han dado mejor resllltado en las carreteras de mustro pai~ . Tallto por su eco­nomia, resistencia, potencia V durabilidad. A/ltes de comprar. acérquese a nuestra oficina en l/onda donde se le darán de/alles y pormdnores. ENRIQUE Y NESTOR LL~L\NO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 416

Por: | Fecha: 26/11/1926

lHJU'JJ<. . ' v . 'W~~~~~: ··' 1lft:~ :/ ~~~;,; ~,.;. ~". " '" ~~~~ , ~ I OOMPAÑIA DE HILADOS Y TEJIDOS I ~ . ~ I)I~ OAl~DAS · • • I l.: ' AGENCIA DE BOGOTA I.,~.:. I•~ Garrera 8. No. 284 ~ Las mejores telas del país. ~ ' ~ " ' \1,;"'" ( ',~' ~lMJ.~:O:;N{ ~:; . ~ #~ ~ ,.:t} (~# .. ~ ~ .~~.~~, n , él ~ 8: 60. S. 1\. Honda, San Lorenzo y Llbano, (ompran permanentemente Café y Pieles de r s a los mejores precios DE LA PLAZA. ; ••• ~~ .. ~~.,.,~ ... .,t .. f;" .... f;~~.'t., ..... f;.:t't~ ••• ., ... 'I ..................... 4'it ... " ; ¡ Banco de Londres y america del sud ! ; ; i CAPITAL PAGADO Y RESERVAS L 7.140,000 ¡ .., CASA MATRIZ: 6, 7 Y 8 Token house Yard, Londres, E. O. l. ; ~ AGENCIAS; Manchester, Bradfo rd y Ñew York. ~ * Etablecido en Belgica, Frallcia, portugal A rgentída, Uruguay ~ : Brasilj Chile y Paraguay. • : UCURSALES EN COLOMBIA: Bogotá Medellin,y Manizales. * . Agencia ell Barranqllilla .Agentes en fodas partes del mund o = : Se encarga de toda clase de operaciones, banc arias. : ; CAPITAL Y RESERVAS EN COLO MBIA ~ ; " 1. 9:~ 707-68 : ; Se reciben depósitos a la vista en Caja de Ahorros y a plazo fijo. Afiliado al ¡ ~ L1?yds BaJ~k Limi ted-, que tiene 1.600 s:.tcursales en la Gran Bretana y cuyo; ~ a pltal y fondo de re erva pasan de 39 millones de libras csterli nas. ~ ~ :.. ... .,.,'I ........ ., ................. ~~. &'. Cín,. gstamos para reeibir nn gl'au surtido de Bombrul'OH fieltro para ~e-úol'll::'l. Lal:l óltimat; novedttdüs. -~----- - ---- Polvos Coty, Perfumes Narciso Negro. A. &, M. ELASMAR =======- Galletas de todas clases B, BOTEHU lt Cia -------~--- !:'-falinos jV1ascota, Gallo y Corona B. BOTERO R. Y Cia. ,.... -.:---. -- - ~--_.- CARNA VALES! ! Confetis, Serpenttnas Tll~~I)"\ ~L SOL C;onfites, Rancho, Licores. 3. BOTEr{O H. y Cía. Trapiches, A vena, flilo, Pabilo. B. BOTERO R, Y Cía. ------- Herramientas, jabones, Especies. B. BOTERO R. Y Cía, ----- - -- ------ Se edita en la lmprenia Comercial • calle 4n• casa número 32 y 34. Almacén "VIL TOR',' - Honda- Permanellte y ('~;:ogido surtido de ViGirolas, Discos y Agujas VICrr'OR Dirección: PUENTE LOPIiL LTu neg-ro estaba medio agaza­pudo en eH el muelle de la ·B¿j,¡·­celoneta_ Las piernas ie pendílotIl all'a~ del ttgua, la cabeza la. te­nía apoyada. en una gran arO'o- 11a, y al costado tenía un cubo todo lleno de carbón de piedra.. Era UH negro negrísimo, largo como un día negro: tlaco y hue­sudo, y por toda vestimenta lle­vaba unos p aotalones de hilo y uua chamarreta azul que, abier­ta por el pecho. dejaba ver las l'ostill1l81111/l. pOI' UUA. I ,os que VHII a 11lUIludo al mue llo \'dan todo el dia al negro ron Jaudo por en tremediu8 de 10l:! fal'tltk, de las paca s de algodón, de lcl'l lUolltones de trigo y de las IHltiUs de petl'61eo; al medi') día, mlOl'llllt:ldo a la sombra de Ullll UUITanc(l, o de una machina. Al cacr la tarde se le veía ha­denJo eses tambaleándose como un bareo, yendo de una taberna. a otra. con el cubo de (;8.rb6n que jaiuás abnndt,naba. Por la noche. vaya UHted a Ra.b(~l· dónde dormiría .. ~ o mo viéllllose, I'omo 110 se illu da. del puesto, pur~cÍa q lIe al • gún barco !:le le había dejado aIH eu el muelle o que había llejado andundo, o que se había perdi. do, o que nu l!abíad6nde estaba. Siu oticio, el modo de ganarse la ilot'rastrada vida era nadar r,allluullúndose hasta el hondó~ de aquellas agu8Et, hasta lecho de iumundicias y rang'o a donde sólo lleg'au la!!! dragas, v sacar d~ allí carbón de piedra: A ca.dtl zambullidf\ no sacaba más que un tizoncejo J' muchal!l vac,,!; ni eso; en cada viaje sub­marino, Hi estaba de ~uerte, ga· nuba dos o tres cén timos, V al llegul' la noche, si había llenado bien el cubo, i pobre negro! O'a-naba cinco o seis reolee, ,., Aquel día lo había. llenado con colmo y lo tenía al lado; y co­rno yt'l. e!'a al anochecer y no ha· " El Gladiador bía sido ag'ua 10 que babía bebí­d. o, e~taba medio ag'uzapado, 8lD poaer ya con el C1lUCJ, ruan'.lo vi lo siguiente: Pasó una mujer peinada cun bandolina y bls nq neada. la cara: y viendo al negr'o horracho. q ui. so darle Ulla brOllltt. Primero le • dio un puntapié, y se edló a reír. F.:l negro quiso alM,rae, y no pudo de ninguna manera. Después le ti1'6 de los cabellos .. y venga a refr mientras el otro se defendía. y por úLtimo. se le ocnrrió la. gran idea. Ve aquel cubo, a.quel montón de sudores. de Hngustias y (lp. pe­ligro~. único capital d~ aquél in­fe1Íz borracho, y 1, qlJé haee? le agarra. y le tira al mu r ... J' ven ga tllllOl'irse risa.- El ne~ro, no pudiendo lllover· ~e, no sé qué dijo en la lengua de su tir.l'1'a: por último, ~e levantó, quiso echar mano del cubo. y url'811CÓ del pecho un sollozo tan hondo qlJe a las misInwi ag1l8~ antel'uecía. Pero ella, ríe ¡Jiaciores de pape/japonés, calidad ex­tra, De 500 y 1.000 hojas. Trallscribo pedidos. Joaquín rrello G. --- - - --------"--- Llegó Il11Cl'a remesa de Tabol1rl-eo Pectoral. Agencia, G. KING - Honda. DA VID LONlJOi¡O P. &. (Jiu. Nllf'st.T'OR arMeuIos son importa­( los dIrectamente de las mejorE'.1 casa 9 fa l))'ieRntes del mundo. OJO Antes de:h~cer su~ conlpr as consulte usted los precIos y calidades en el Almacén de II"-NIJEL .JOSR BONILJJJl. Antiguo local de B. 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Venden teja metálica, alambre d~ púas, Harina «Ancla de Oro», maicena, papel de envolver, arroz amencano y sardinas cemento, manteca americana. A~('ntes exclusivos del «JABON ARJ0!'JA~ ........... .. .. '" .. ...... oo ___ oo .. oo_oo_ .................. oo_ ........... oo........... .. .. _oo .... _ .... oo_ ...... __ ......... .. .. .. .. -_ .... --- ...... "' ............ _ ............. _ .. _ ... oo. B. Botero &- Cia Bogotá - Girardot y Honda Almacen en Honda contiguo al del Sr ALF REDO LOPEZ M Venden permanentemente artículos de primera calidad a los mejores precios de la plaza - Importación directa. " .Alambre de pÚI~, 'I'I'/ipiehe!:i, IIp.rram ie~ tR , I~al1('h.o. Licores, Lámin~R corl'u~n cal! para techo!l HI9n'o 1'edondo y en platlllus, h~peClE'8, M/lchetes AgUlluH .J abon cel País Papel para. 1'11 volver, L{tmina de cobre, Hilos, Galletas. Drogas Halsas paro. m~sn , ~J pprmn~, Capsulus pnl'H revolver, ef'COpetAs ~'rifle8, Escopetas Ingle la8 11~s)Jn ilo1ns; HiUes de sa161l ,~elnen t o, Dnnps, A ,;e~a, Cacao de rl'n~aco,.Mol i aOI para mafz ma.rca.s Mascota, (Jallo y tOI' nn "h18 Ky tntHCa .Tohnme Walker ¡arau¡i1.aod, OPTI A . Está al servicio del público contiguo a la Alcaldía, este Gabinete de Optica. Tiene sus maquinarias y todos los elementos indispen­sables para tallar y adaptar lentes cicntificamente, indispensable esto para 110 l)"lñar la Vista Además cuenta con Opcíario autorizado por la Optica Alemana de Bogotá y con estudios de la Spencer 0ptical CO. de Nueva York. Allí mismo con síguesE' t~ d t clase de antcc jos para negocio, a precios de COMPETENC~A E. O • _. Contíguo a la Alcaldía. .P. tas "' éct l• eas Para Haciendas y municipios pequeños. Motorei de petrólet ) para trilladoras y trapiches. Proyec­tos presupuesto. Sección rrécnica. J. E. NEIRA - Bogotá Calle florián N° 461 'londa, Empresa Ener' ria Eléctrica b ... ' ''~ '' •• ' ''''.'' •• ''.'''' ••• ~.'U ................................................. --..... .... ......... • ....... '\.... oo. ... •••• •• n ... _ _ J.F Ho S nd l• a. . Están recibiendo gran su"rtido en licores, gallota rancho, confites, escopetas, camas de hierro, Inue­bies de viena, cristalería, vajillas de por ce lana y pedernal, tertno~, azúcar sincerin, jabón la palma, esperma, de 4, de 6, de 8 en libra y de 650 velas en caja. . Honda Noviembre de 1926 _ ...:....-_--- -....". ,.,........---~--- _ .. _~ _ ..... _~----- C©lrnruU@fffi Wncdhlulté§1 de 2 y 3 Toneladas Suprema fortaleza, Rey de las Carreteras ,AGENTES: IJnión E/"portadora Alnericana. --i - 11-------- ,-----,,-- Sociedad \.uónima do Sügur os contra 1 N O F.~ N J) O. Agente en Ho! da, - Eduard J. Hughes Q U 1 E RE U D. comprar B~R~~~sS. frescas y I 1I Vaya a la Farlnacia y Droguería de . ~ ~~~~~~A~~A~~~C_(_a.~' A IV O V __________ 8 t~. &. d Los q1le han dado mejor reslIltado ell las carreteras de nuestro pals. Tanto por su ~c,­nomia, resistencia, potencia V durabilidad. Antes de comp' al'. acérquese a Iluestra oficina en HOllda donde se le darán detalles y pormdnores. I~~NI{IQUE y NESTOR LLANO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 417

Por: | Fecha: 27/11/1926

DlIuw'roR PUOpmT.\RrO rRAN~~~~ ~A~TR~ I APARTADO DE GORREOS ~o. 52. ,/ DI~~I~ A TARDE j I Fl. r,dado en 1918. ¡ ....:~.::..:~~w¡.; (i l '/,.H IL\ I ===================================== ===============~==========~~==~=-====~~ SERIE 4 - AÑO 8 ~.c::;¡ Honda, - República de Colombia - Sábado 27 de novien)bre de 1926. -!::-:::-::7_~_ N ú m e ro 4 t 7 ., ,. ==~~=========================== =========~====~===r-==~~- -=~. . Con el r. in·str e Obras P." . ., • Diputados o. la ..L n.n.ble ,no 8e puede lanza.r todl) , h~ niug'(m concepto debido n. que el:ito co · rresponde decidi rlo a lo!' eOll "eu· cionistas que 8e l'euuit'án Vró,Xi. mamente en olluga.r que indique 01 Directorio IJel' t\,rtamen t al. ---4_ ........' .. ..- -- leas ---~ . .---- Con relación al Puente Na­varro, hemos ya expuesto nuestros puntos de vista; di­gimos que la Ley 17 del pte. año, autoriza al Ejecutivo pa­ra comprar los puentes de propiedad particular y adver­timos igualmente el yugo que constituye para los hondanos el que. se tiende sobre el rio magdalena para unÍr al Toli­ma con Cundinamarca. Ese puente, cuyos dueños son los herederos de Dn, Bernardo Navarro ( q. e, p. d.) es para la ciudad de las pal­mlS un casti~u, Pero afor­tunadamente la ley expedi­da por el Congreso de este año, nos salvará definitiva­mente de seguirle pagando el pontazgo a los propietarios del citado puente, da. Actualmente nO pasan veículos por alH, sencillamen­te porque se cobra un crecido impuesto, el cnnj se evitarla si l~ vía fuese pública, Nosotros desearíamos que el f-eñor Ministro, nO$ dijese si es posible o no es po~ible entrar en esta negociación. Las gentes que trácn viveres para el mercado de Honda, se heneficiarán igualmente, pues ya no tendrían que con­signarse ante las arcas del apreciable amigo don Bernar­do . . la ciudad entera, agrade· cerá al jóvcn Ministro lo que en el particular haga, y noso­tros le anticipamos igualmen­te el testimonio de gratitud por esta gesti0n en beneficio del municipio más importante El señor Ministro de O­del Toli!l1a. bras Públicas, que es hom­bre de grandes iniciativas y Potifica conservadora acaso uno de los mejores e· lementos en el gabinete eje­cutivo, seguramente nos aten­Las opiniones de don Ernesto Polanco derá en esta solicitud rcspe- Tu rimo oportuuida,i da ha. tuosa y absolutamente justa. blar hoy con el distiug"llido jó. Que venga el avalúo pericial; ven con..,er\'sdor don Ernesto Polanco quien interrogad e) por que se haga el puente Na va- uo. otrOt:lllU polfticll no~ f'on tfos:. rro una via nacional de libre t6 jo siguiente: transito y que se liberte a '" -: (Jl~é ,o~Jina usted ,~e .',q _1 .~)lítjr..1 Honda de Ullcl ignominia -e- / PlIM] rtl~d,!rIl del 'lO/1I111i • . . ~ La, pohtlca con el'\' Hlhmt en e) mejantc que ha vemdo sufnen _. (Irte del Tolirua, e t :i lJe r f~tn. do ya por muchos años. In nü! quiet~ en lo f ~ ¡ !08 m ' Confiamos en que el Dr. ll.ll'nto. debIdo a qU( 1 Ot" ,!";' O . P 1"10 Depurtamentlll Ji rl ~ h.1 ' \. spma érez, atenderá las l'h0 sobre la loanerl1 \.t1B10 (léU¡¡ insinuaciones que hacemos a 'uudnci¡"'e el pr6:il lO debf1.tf1 este respecto y que muy l"1,·rtoral ~. los C_otHi~(jt'H munici· Pronto veremos rcalizaoo un ln le se hüt; ab~t\;'n}(lo de orga· , , . . ¡Jllar trahAJo esperando que be anhelo y una a5plraClón a que Ip 1'11.1'¡flq\l~ sus (,l'edeneialp~ o tenemos derecho. que .,n hagal) los nOlllbrHmien. El puente t 'avarro es un t08 de n,uevo Comitl>es. . f d ' - Quf, Opllla. u~te'¡ de los clwrh-actor po eros~ : p~ra el desa- dRtos para IR. ASllIllb/lJa ~ rrollo alltomovlllano de Hon- He~pectoO " /1 candidato pal'6 - y de los nl)mhrfl~ de los docto­res OJi :'Os J' Calderón, (¡u{J opin a'! Cou relación 8. eHtOtS Dmu breM 010 puM o decirle~ que ii uucnan­< Jo tienen mél'itoB y eapacidades, es preciso esperar ql.e los CODven cionistas relmel \o'un en defilliti­\' 0. los· renglones porque hayau de votar el Norte. Aderná, e ~ doetor Olivo, ha mauifelStado no mezclarse en poUtica; y Cal­derón parece . qm~ tiene alguna resistencia. p01' parte dti \'0 ríos copal·tiJario~. - Pero se dIce qlJe usted tambjc1lJ ~en~ cwuiidllto, (Jup b l-l.~· ril' cier·to "? Es la primera llot,icifl que ten. go soure (;'1 particular, .Y como UO conoz<.:o la, opinión de la Gir­cuuscripción ni a tuí se ma hu, consultado naJa en esta luate. ria, les repitu lu que dije au te~ (:<.lD respecto a UlivoM y UnIde­rÓll; que ea wuy VI~matUl"a y <.jue ~t!to lo decichl'á la voluntad 1'11 t'~tt\ chilla tl ll rormidll ole n~llu<:(m) (,llllS'llld o ,tl'llgO~ PIl ~ 1 oti l'rio de Han Cd tltb:ll. ) :el'¡'>c1EH'Oll \'U 1'1St' per::!o­nu. c1 l?blllo n J t;l.~ lUlludaeioue '. l:lia madre eOIl doe hijos ílU' n­nolh do pol' l a'H agua de la el't'­dente, E/Ji '8, t8.do dI.' CO IJH~r"¡o CQll IJ! g('11ttdor. Los d iarios de Quito, conti. núan editoril'l HZ81100 flobX't' el Tra tndo de cOlUfJreio con Colom­hill)' ~Iog ian /, lOA (:olombiu.llos que opu 'ieron A la d uuncia ti PoI 'l'ra tado. La pl't!n~ ll del Ecuo d ür ostiene la lmeortallcia. y d b(Juefido que reeioE> Columbia , pues e fI (h'ipt~ q I~I~ 1 pueblo de uquella lIa ció n, cousumo mucho~ al'tír.lllo de f'/it.e puíl:i. ('( RR 1:. PO. '~A r. ~.:.....==-:-:~--...:::- .... -::-. - :... F tán llll idoli en la genprnlidoti: existe un reducido gl npo que '~ titulll ci\'i listía; t a IHre-e; 'ión ·a· eiounl rIel p:u,tido e ·tá 1'(> palde. da pOl' el puehlo. LOR en'i1iatas, pa rece que piensa'u s ~llír lo. i ~ ea acollspjada pOJ' l () ~ con s~ I "\'lldo· re de Janz6r una. Ii 'to corsa.ria, gn todo caeo, o elem(lnto, riill derrotados, La política. de d OIl ('Il rlo~' Vas­q lW7, L utorl'o La rorrientl r011 el'\';] 0 1'8 ('n, cllbeztidn por don Cl1rlo '1aA­quez Lll ro dI' ( ornl'i Plíbli. I 'tl~ ell ¡·p\'l"e¡.¡ep t 1l t·i ( ,1\ d l'l Gobi. 1- no,.v io· 1't'lIO l"l> .1 01'" H~8tl'('I'() (ti rel'u .,. ,\1 :¡';: lld L 61H'l. 1'11 11 Htrt'· jo ('H 1"1'1)('(' 11IH '\f'iún 'le 1ft ~ Elll­' pl'/) UH f nnnil>:-; ~I' lIegll Ii. '(·1' al ajo 1 il'1l t" He 1 'I'do: 1.11 t ,rifu lJa lll el blt,io mag·da. 1('1Iu erH. In. ig;ull'1l 1, ... : lo !:!irllo¡,,; pu I a Ju ('a¡·r.:fi oñ('iHl, dos (.'l'utn"(,A con di llTl l­Ir ·~iOlul" . La tl tfJ riftHi ¡LH'P goa· lJ dos ¡.H\. lj l'i pndn111 fi'r au­mnl (d:-l por 1(,-. H Vll '(] t.H~. tI!, '111lll ('itlf~lH'ntlt pOI" (' tll1t(,. L s ¡'('HlpflÍlÍnl- fl\! i:dp . ¡.:e hu.t ('(1m}'! H11rt ido a p lrR lA cdr~a otlcia l l'IllI t ir.8 11· do :on todfí lu~ U1lil tldl'H lle t,ra.llspo¡ t , 1 237(- dE> "11. _ ('HpO . l.)·n All1w('rzo :11 ('() l'OTJ(l j' ,1 ni".! mi­llo. Ho . Of l' ciC'l"on un f' l eg- /111 1,~ ul­Ill m~rzo u~ \ oronl>} .1anricio J a. ramHlo, Dil' '¡;!Ol' ñt) la }lolítit'tl li. bern,i pn ('\ T o11Jlltf, lo d ll rt·Ol~· Darío Echnnd ín, .l oe> .Joll qu ín Caieedo Cfi8tilla. l' ~d .. o León Hihr611, :on1 Hnlllíl'n .. Juán Pa· b6n Pl·1 á/"7. , Ho 'elu lo \{ nll1lreZ \. otro ... (11 t lllgllido" ¡'ubuller ):-3 •• lA horll del hnllrl i"" () '1'~(" I/; lA. Clnl ¡lp,l¡¡n el Dr. b 'llall'l í ,1 Y eu Alo.!l1 nt fl p·tla1) ra ' /JH t Ató 1 CorO[ t ,Ju.rrrAL y 1~.I1~~1~l{V AS--- $ 2'847.9f800 ~ 10da elase do operaciones BUllüal'ias I SIWCION OC MER.OIAL.-·If'aeo préstalnos a ~. . no días al n °10 d(1 in teró.. anual. , ... bona en depósitos a tÓl' lnino: tm ~ A :J meSfS el 4 por efe¡do de in/eres anual m1 A 6 meses (JI 5 por ciellfo de interés allual 11 /2 meses el 6 por ciento de interés anual r 24 me~es eI7 por cien/u de interés allual En cllenta~ ¿'orricnles abona el 4 por cien/o anual sobre saldos I diarios may~,.es de $ 2.0UO I 81~~C (JI(J~ [] IP{yrEUAI{l A-PréstanlOS a lar· g plazo cun anl0rtizaciün gradual. I HE( U0?)f ~. !IJlTCIAIUA. - Fiddüomisos y l. ~ attlllinistl'uciúll do bienes t:Hl genol al. lW I~l (jürellte, ~ L I NOl~~ ~ ~ ~ I':~ \ ~ GOMI AFIA DE CAJ.JDAS ..... l\GI~NCrA DE B()GOTA , :Vfll'r era 8. ~o. 2·84 TJas 11lo.ior0R Lelas dtJ pu.ís. , Honda, San Lorenzo y Llbano, Compran permanentemente Café y Pieles ce res (J los mejores p r e~i ol~ DE LA PLAZA. 11 * ~ * ~ ' * -1 Cl~~ . L)E CEMENTO SA MPER * ~ * .; 155 CARRERA 17 t ~., '"t& TLU:FONONOS: 5140, 5141 , 5142 .: 4545 ~~ ~ * ~ Apartado 1033 - Telégrafo: "CEMENTO" •• t ~~~.¡, .• ~ ~ . ~~.. ip ••• ~~~ •• " •••• * Anuncio ustod, en "~~l Gladiador" IU· ....... O:l't't tt .......... tt-t., .......... ,.:it~ .... -t .. -t ••• (.; .... f-...... " ....... 'J .. ~ ... 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ECIP.,.I COS '.11 EOETALES '. .. ~ Agent(~ s en l-londa : - T. Al\1A Y A & Cia. -. • ..,...·"'·_'""'Vt' ••• ~ I ..... _ .,.,...,._._...,..h._ ................. h __ '. __ ... _.~ .... _~ ... _ ........ ___ ........ _ • c . "­OOllstrucuiün sobre esfüras do acoro. ~~;¡¡¡¡i;¡_~~~ ~ I~()r oso es la lllás suavo­la qlH·~ prO(tucH 6Rcritur~ .. ~I ! 1; I n ~ . Il itl .Hl; 1'1 lnát5 fuerte , .v' durab1e . Subiría, Jimenez & Cia, Agen tes Calle 13 Nos. 190. 192 ,.: Bogotü Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. €I barco Mira lo. soledad del mar. nnn. línea impcnotrable la. cierra. too cando al ciclo por todas ¡Jt\rtes menos aquella en que el Hmitc es la plAya. Un lmt'co, ufano el por. te, Be a leja, con palpitacióJl fui. dosa, do la or'illa. Sol declinAnte: brisa que dice ¡; VlilUOS ": mano sas nubes. El barco s u.delanta, dejando una bu ella negra en el uire, una huella blHuca en el mar. A ,·anzU'l u vanzu, <¡obre las ondas ijosegallus, Lleg6 a la li­nea donde el mar y 1'1 cielo se tocan. Baje, por elln. Ya S(l}O el allio mástil aparece; ya se disipa esta última apariencia del bar. CO. i CuÍl.n In ist€riuFiIi yuel ve Il quedar ahora la línen impelje. trable! l, Quién !lO lu. creycl'll, allí donde e tR, trrrnino real, borde de abhnno '? Pero U'IiS ella se dilata el mar, el mar in· IUenso; y lllás hondo, roáR hao· rio, el mal' inmenso aún; Y luego 11 ~. tlerras que limitun, por el opuesto extremo, otros mares; y nuevas tierras, y otras más, que pint,u el sol de 108 distintos climas.Y donde alimentan varia· das castas de hombres: la, estu­pcmla extensi6n de las tie!'ras pobladas'y desiertas, la redon­dez sublilUO del mundo, Dentro de esta. inmensidad, hállase el punto pal'[\, donde el barco ha. partido. Qlli",ó,s, llegado "' él too me después caminos diferentes entre otro' puntos de e e eampo infinito, y ya 110 vuelva núnca, cual si la misteriosa Unea ~ue pa 86 fuése de verúR el vacio en don· ele todo acaba. Pero hé aquí que, un día, consuLto.ndo la mis­ma línea misteriosa, ve levan· t.arse nn ~irún fl.otunte de humo, DA l'/D LONlJOSO p, & Cítl. Estamos puro, recibir un gran lurtido de somht'el'os fieltro oara seúof.l_lS.- La-s úl-tim-a-s nov-edád-es, Polvos Coty, Perfumes Narciso Negro. A. & M. ELASMAR ---- :;:======== Galletas de todas clases B. B01'l'~ltu 1\ Cta ------------------------ Molinos Mascotal Gallo)' Corona B, BOTERO R. Y Cia. L-ARNA VALES! ! COllletis, Serpenttnas 'l'IE,: DA lt:.L SOL --- ----- ... - - C;onfites, Rancho, Licore~, B. BOTERO R. Y Cía. Trapiches, A vena, Hilo, Pabilo. B. BOTERO R. Y Cía. _ .-~ -- ------ -------- -.....,... Herramientas, jabolles, Especies. B. BOTERO R. Y Cia. ~---- - ---- Se edita en la Imprenta COlllcrciill calle 41\. casa número r j2 )' 3 . - - --- - - -- Almacén "VIL TOR" -, Honda- Permanente y e!.lcogido surtido de Vit:!rolas, Discos y Agujas VIOTOR Dirección: PUENTE LOPtiZ. ulla bandera, un 1l1ástil. un cas­('( 1 de 1l":J>ceto (;oIIlJcido ... j Es tI barco que vuelVe! Vu"lve co­IUO 1'1 <:a bano fiel 11 la deh l';:,a., .. \I·n¡;:~) mi¡~ pohre y tevfI qUé al :\~1't11'; ht:A,:O herido ¡JOl'la pertí­d~~ tle la onua, pero acaso taro­bwn, Haoo y colmado de precio. sas coséchas. Talvez, como en alforjas de su potent€ lomo trae el tributo de los climas a;dien. tPH; a.romas deleitablf'!oI, dulces nal'8njIl8. piedras qna lucen co· mu el 801. o piele!; 811aveR j "i . to"us. Tal vez. u trueque de las qne ~levabu, tí'ue gentes de m(¡,s El Gladiador ciutlatl a la vecin::I publacióll . de Méndez, está perf~ctamer.­te intránsitable. Conveniente sería que los señoreH Miém­bros de la J unta Municipal de Caminos, dispongan lo nece­sario para rehacer el camino deshecho. De . Ambalema El liberalismo de ' Am­balema no votará por civilistas. De ~tariquitd Los concejales de fVla­riquita trabajan por el municipio. Ac tividades de 'a politica liberal lvlariquita, noviembre 26 «Gladiador» enclllo cornz61l. de voluntad Honda-más recia y brazos mús robus­to~. i Glorin. y nmturn. al barco! Tu h'ez, ~i de más industriosa parte proeedo. trae lo!:! forjados hierros que arman para el tra· bajo IR. mano de 108 hombres' la tejid It lann; el metal rico' en 'la!t redondas piezas que son el actea· te del Lll\llldo; tal ver trozo~ sS ¡ Gloria~ glorlU y venturu, al barco! Ambalema, noviember 26 «Gladiador,. Honda. El liberalismo de estas re­giones continúa organizan· dose bajo la disciplil"a del Qi- • rectorio Departamental. Los electores de este municipio, siguen irrestrictamente esa política y no acéptan combi­nadones con el adversario, tal como está sucediendo en el campo civilist(l. El ~on~ejo L\1.unidpal de esta CIudad, trabaja itlcansa­bl~ mcnte por el engrandeci­I mtento de esta tierra. Los vecinos todos, aplaud~J1 las iniciativas de los señorc:.- edi­les. Aquí, no hay 'd('sunión COSAS DEL OlA ISo Jlbuso Los voceadores de este diario, fueron sacados ayer de ma nera violenta de la Pla~ za de Mercado, por el Ad­ministrador de ella, señor En­rique Valencia. Desearíamos saber con que derecho se atreve dicho em­pleado a cometer este abuso, que no podemos pasar inad­vertido. Con la Junta de Caminos La vla que conduce de esta El Coronel Manuel Víctor Urueña, trabaja infatigable­mente por la organización del debate venidero. El . Co­ronel Urueña, es unidad im­portantísima de la corriente directorista y será uno de los candidatos. Los nombres de don Manuel 1. Navarro, y el Coronel Alfredo Varón, son bien recibidos y el pueblo de aqui, sufragaría muy compla­cido por éllos. A mbalema, no votará por candidatos civilis· taso CORRESPONSAL J fRI~5 ,& CIA. agentes ~e 'Ia ~mpre5a be Vapores ,,\: .. 1 DiqtlC. Vapores especiales Para carga y pasajeros. r;.~ ----.......-----------~ absolutamente. La política liberal de Ma­ríquita, es ptrfectamcnte di­rectorista. Todo el pu~blo secunda la labor de los Co­ro~ el~s d~ 1 bagué y no se dejara sorprender por los fal­sos monederos que llevan por rót~tlo la palabra de civilistas. CORRESPONSAL Rey del carnaval Una juntA. de eaballeroB ha l'a· suelto acordar definitiVA rnen te como Re,\' del Cama val pr()xi. mo al coronel Belieario 'l'ratlco- 80, ~l cual estará I'odeado de ms ~ beJGs, .J OHé G. Va rela, CaJ·lotS (~re~p() Bernardo L.e. 611.r .Jorge l'\. Soto;.y corno llbej611 de la fiesta el eñOl'.J. Eduardo Vpr. naza G. . Bien poI' e'tR f'.ump8.T. t~ dE' ele· gantes (~A.ba llel'OI'. -, .~ CARÑAVALES!1 Vestidos, Máscaras y Oorra,t; Tienda BL SOL Crespol2 de seda en todos co/;es. A-.- -& _M. . -ELA_S._M-A-R Tuber/a para Acueducto, !lierr. redondo y platinas. B. BOTERO R. Y Cia. G. KING - Honda· Compra piel::s de res a los más a/­los precil' ~ di' ia plaza. A PRECIOS MUY Bi\ :OS Caca~ catlcano, Arroz, Manteca amerIcana y del país, harinas, pe­tates, sal, petróleo ctc , ('fe. y_ cn dell G. KI.·O - Honda ... """"-" - ...... -- ----- !;lrand,y. - Whi~k.y - Lhampa· na - , . mos - CeI'vezn. n. BOT1~H() n &: Cia, "EL GLADIADOR" SUSCRIPCIONES: Numero !'uelto el diu de su salida ~ 0.05 NUúmero . .9 ? rT.ITTLffrnll J 1 Surtido completo de mercancías \ \ Antes de:h~cer su:;; compras consulte usted I I Especialidades en telas de 1-\ los precIos y calidades en el Almacén de 1 l. f A t' ¡\lAN1UE¡ Ld ,TUSE lJON1LI4'& 1 F / T I 1 ) n ¡guo oca e B. 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Honda Noviembre de 1926 T entaH al por 111ayo · ,(te ha inas, .t\rroz, Azúcar, Mant(~ca, ~acao, Jabón, ?all ,~,aH, 'VI}iAk~, Oil.rar: 1- ", "C ' , o' R WD llu0 llo,s extr~nJ()l'os y ?el P,81i:l, V,nos, SUl'dmas". So:l· ~ mn 'IT'ffi) i!@ i!.n,9:!) 1110n, .A, tun, ~.A::;pecles, ~sperrnat;, Potróleo, I~ ósf(). CQ.1 . WilJJ .u.~ L!.11~ ros, Avena, Mant ,quilla, PelateR, Zinc~ ~~.lalnbí~e' 'de 2 y d 1'oneladas Suprenla fort~aleza, Rey da de púas Alanlbre liHo, l\1.unición, l Paíl:!, Pape1lHlla rllV lyer, Lámina d~ eobrt', JTiloH, GnHC'taH, proga.; ~flh:a~ '1 ,~ , ;I<', ,!, I JlI/[I(~/r ti " J " ~ ,':ucslta oficina en Honda donde se le darán pl-Ha. II\P a, E¡:¡pel'uwH, ('ap nl88 fmra }'HolveJ', e .. copetn~' rrifh.'l'), }<..¡.;copetas lng'le ', . ' ( ;1 o; y pormdllores, . , lias y Españ()ll1~, Ihlil'~ \le '-1al(¡II,,'emrnt.o Dflll{>!'J. Ayena. 'Cueao de '1'\lIlJll{'o,~1ol. I 110 plll'A- mo(;'. ma .. NI . ~Ju8('ota, Gallo y CIJI'OllH, Whi. KY marca J oLllInie Walker ¡:arantizaod. ~ I Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 417

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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 96

Por: | Fecha: 15/12/1890

DEPARTAMENTO DE B 01 1 V A R. GAC A T ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO. Alto IV. } Cartagena, Lunes 15 de Diciembre de 1890. Bate periódico .e publica loa día. US y tUtimo de cada mea. CONTENIDO. NOMBR.AMII&NT08 de Jo. Jueel" Superior del Distrito, de lo. de Círeui~o de este Departamento y de 108 8uplente. relpeeti'Yoe. S.CCION DB LO cU'IL.--Df'lmanda intentada por Sim6n Gonlálea contra Adela Agame., lobre propiedad de una cala. SJECCION DE LO CRIHINAL.---CaUIa leguida contra Luciano Villa, por el delito de heridae. At1TOI~T EDICTOS EMPLAUTORIO~. Nombramiento. de 101 Juecel Superior .Jel DidrUo, de lo. de Circuito de este Deparbmento 1 de JOI luplentel relp~.tiTOI. JUEZ SUPERIOR. Principal. Doctor Juan Noriega. Bup16"te.. l· DOCl r J usn Saladéll. 20 Antonio López Tctgle. CARTAGENA-JUZGADO 1 ;' Principal. José Manín Blnnco. Suplmtel. 10 Doctor Fernando G6mez Pérez. 2° Luis G. Schorbotgh. JUZGADO 2.° Principal. Doctor Benjamín Martínez R. Suplentes. 10 José María Quintero 2° Doctor Henrique Taboada G. BARRANQUILLA-JUZGADO 1 ? Principal. Doctor Manuel J. Samper Anguiano. Suplente •. lOA lejundro S. Luna. 2° Rafael A. Nieoles. JUZGADO 2:» Principal. Eloy S. Molino. Buplettte,. l· Lorenzo Molinares S. 2- Nicanor Cerra. COROZAL. P r i" c i P (1 ,. M al'iano Diago. Stlpknta. le Gabriel Bolíl'ar. 2· Jos' de la R Torree. CARIIIK!'. P""cipaJ. Sebastián R. Oastell. Supknta. l· Doctor Valentín Pareju. 2· Arturo J. Bermúdes. Mou,ox-JUZGADO 1.0 Principal. Francisco de P. Va lega. Supkntes. 10 Ernesto del Villar. 28 Manuel B. Rojas. . JUZGADO 2.° Principal. Hilario B0lívar. Suplmles. 1· José María Gz. de Pifieree. 2- Gabriel del Villar. MAGANGUE. Principal. A útonio Varela Salazar. Suplentes. 10 J usn N. P efiaredonde. 2° Sllmuel Bolívar Aguas. LORICA. P r i n c i p ti " Máximo ~[ Martelo. Suplentes. l· Diego Martínf'Z Camargo. 2· Cayetano del C. Camargo. SINCEL_JQ. P,¡.,i,aJ. li'rlncj~ A. Seb& { Kl1MER09& Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 3~8 G A e E T A JU D 1 U 1 AL Suplentes. 18 Marcial Blancn. 2° Narci,() Ba .. tilla. PROVIDENCIA. Prüwipvl. Juan Ari as. Suplentes. ¡o Jl1sn J. NE-wbnll. 2& Wj1JjjOlns B. -nt,e . Cartagena, Diciembre 12 de 1890. El SecretA I io, Antonio ~1. Rod1'íguer.. SHCION Uf lO CIVIL Demanda intentada por Simón Gonzál~z cont\a Adela A, ,J;De ' , sobre propiedad de u\la (jaita. ( 1" I .: Tribunal Supen:or del Dist'rito Judicial de Bolivar.-Carttl­gena, cuatro de Ago~tQ de. n;¡,il or.,hQcierdos noventa. Vistos: Simón González Mez'\, ve lIJO del diatrito de Allona, ocurrió en e?crito d fecba 18 de Febrero del año pr6ximo pasado, al señor Jl1ez primpro de eate Circuito, demandundo á la eñ T.l Ad(>l ,~ Ag"me, de Gonzál z, del mi mo vecindario, por he propiedad el Una casa de burro, madera y palma, u bicu (la ('n el mi:mo d ¡:nito, I.J cu al ase· guró el demandante en dich cqcrito, ql)A hubo en remn­te público, verificado el drce ,de J ~ Ijo del uitaflo año, ilote el Sr.Juez Municipal de tlquel istrit\ j y ut1emás, e mÍ8IDo demandante acompañ6 al Ji b lo retipe<,ti VO, el documellto en que se apoya 1 ara decir que dc 811 propiedad la fin­. ca expresada, documento que contiene en tmpia la di­ligencia del r ferido rema le. El actor fund6 ... ll demanda en ] s hechl" ql1e ("ti e­guída e explesan: l° En que es dn fio leoítjmo de la (\~18a de que Fe trata eu el mencionAdo clo}nmeuto; y 2° En que óe le ha dado pose ión de la <¡asa eou f). ciada á dicha señora Agnrnf8, hereder~ del(i seJlP.r Simón González, como Gónyuge ~obreviviente, no ...iendo esa casa de la sucesi6n de u dicbo espo,o. " DJ6 e traslado de lu d manda á. la chllda ~efi ()ra Aga· mes, quien ai terminar ?u cerito, cOúte tHn(.~~ el referrdo traslado, pidió que se <1ecla rase que el demnndante no tenía ningún derecho á la propi~df\d de la finca de que se trata y que se le condena e. en costns como temerario litio gante ' Abierta la cnU8a á prueba, Re prúdlljerpn las ,siguien· tes: Por Jmé Angel Toul:!, ·apoderado del demandante: Las posiciones que absolvió la demandada en veinte J uno de Mayo dellJilo Pl6ximo pasado, eo que al acto de pructicarse la diligencia respectiva, 60nte t6 oegaiÍvamen. te á las preguntas que se le hiciero,n [foj' 15 y vuelta.] Las declaraciones Ide Menuel Gonzá!ez (:1) Manero González, Pedro Pardo y otro , á fin de comprobar que el remate de la precitadn casa se hizo en el 1 cal del Juzga· do Municipal del distrito de Arjona y en horas de Au· diencia, para pagar á los acreedore? de la referida sucesión. Por Adela Agam s ele (Gonzálrz l::ls e pias que en se-guida se expresan: ' 10 Del auto de fecha veinte y uno. de Junio de 1887, dictado por el sefior Juez pQIAer p~ este Circuito, radi · ,cando el juicio de sucesi6n del'finádo Sim6n GODzález. 2° Del edicto emplazatorio, publicnJo en la "Gaceta J udicia!" del Departamen to ú mer.o 19. . 3° De la nota oficial nú'nero 111, en que so dijo al precitado Juez Municipal, que radicada la suces'ón en el Juzgado primero del Circuit , se ab tuvie3e de practicar diligencia alguna, con re. pecto á ella. 4° De la providencia en q ue s~ le declar6 heredera universal oe 811 finarlo .s P0':lO Simón Gonzá'ez¡ sin ningu- 8 oposici6n, '1 en que ¡;le or en6 se le entregaran los bie­I es de la rni~ma suee'3i6t1, inc lu ¡ve la cas'\ fiJobre que ersa esta ccmtl'Overáia, 11) cual s<1 'véritic6 s'n que ~ ' llo se~ bu biese opuesto persona al gulla. 5° Del 'Ítulo de la misma casa que ilcreditn II pro, piedad de la sucesi~n. Concluirl0 e ~rmino probatorio y estando evacua­das las pruebas pedidas, se cit6 para sentel~Cla y e dictó esta en veinte y, tr.e~ dt3,. qJ ptit1~bre ~ltim , en la cu~ se declara que el demandallte no ha cnmprobado I 8 hechos en que fundó su -démaÍldaj y aden,á', se le deja ti salvo el rJerecho que crea tener, 011elltnls no ~e invnlide el remate e:1 la forma leg~l. De c9~n. Hent oCIa ape ló el apo(lerl~.do de Simón Gonzále~, y conqedido el requrso en nrnb9s efec tos, ban vellido l()s autos á e~ta Superioridu,l, en donde ~e pué~.de Reguida It\ tram it, c.ióo.rru pectiv:-\ p~\m decidir, se cOllsidcr;\: 1 1.0 Ql\e.e,l do¡c~ de ;J tJ,tiq d. .. 01)1. ocb..l).~ieJ¡ t( ~ ocW.e.ot$ y ocho, en que se verifil)ó el r mate (]e 1 t fi~1C,l qu CFee el demandante le pertenece, e~t¡.,ba ya vigen te la ley 57 de 1887, la 011111 en Sil artícu lo 224 atribuye á iof.l Jueces de CircuLtQ. eLc_onoci~..eD~ d~ lo.:W ici de.JH.lC~~i6o.. 2~. Que erD .. la di~~6p piu, del ~¿.smo re~a~e 00 Be e - pre"ó la el) SI que, 10,' mPt~v6, cc¡m') d~blÓ h: cer e, en cumplimiento del urticlllo 107l d 1 C6digo Judi citll. 3° Q;le aunque (!on~ rme nI ::\rtículo 1072 del mismo Código la copia de la dl!i <'ellcia d remate de una finca raíz enrnprnda en nlmonedcl, e. ¡.mficiente título de propIedad á felvor del comprador, la que e encuentra á. lel foj;\ pri­m m de e toe autos, carece de la firma del re, pectivo Juez, quien debió firmarla e<>ntlJ rllle á la parte filial del articulo 1073 del citado Código. 4° Que la r feri cia diligenoia 'u rece tambl.3n Ile la formalidad d 1 registro qlle debió hacer. e en cump'imientO del inciso 7° del arto 2652 elel 'ó·ligo Olvil y del 3° de la ley 34 rle 1887, regi, t.fO illdi pensuble co ¡forme al artí­culo 2637 del citado Código Oivil, ~,nra qne hubiera podi-lo verificarse la tradioi6n lel lJlen raiz que ha duJo lugar nI pre'3ente juicio, y 50 Que Aunqu'e el) <'sta ~eJl1n , la instanqia, á pcti,ci6n dlel seBor Jo é Angel ToIl S, apuderado del deU1ul~Jant~ se pidió y a~!feg6 al expediente copia de la ac:tuaclón que precedió al remate de qu e se d~i hC9ba. referencia, actua­ción que fué iniciada en cinco de A~o to de mil ochocien­tos ocbenta y jete, Citando ya ren-ía la ley 57 del mismo año que queda citada, dich~ copill 00 sirve para llenar loa requisitos y formalidades de que carece el documellto que s~ adjuntó al libelo en que se int~ntó la presente deman-da y que han sido relacionadas eo esta l sente.n ~ia. . ror tanto, este Trlbqoal Su e¡ior ndmlDl!'trando 1 us­ticia en nombre de la República y por autoridad de la ley, confirma la senteocia. ~p~ad¡a po.~ e .tar conforme á dere­cho y l:¡} mérito de ]0 actuado, con costas á cargo del ape­Innte. Déjese la copia respectiva y devuélvanse ]os autos al " ñor Juez de la primera inst3.n~ja, previo registro de esta s~otencia. ANTONIO M. RODRIGUEZ. ··MANUKLC. BELLO.--JUAN ANTONIO ARAtJJO.-El Seo~etario. interino, LuÍ3 JI. Ver- ga.ra & . En la audiencia del día cinco dy Ago to de 1890, se pu blicó la sentencia anterior.-EI Secretario interi no, Ver-gara S. f ~n la mis:na fecha notifico ~ al SI'. Fiscal 4 1 ~lIibu 'lal Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA JUDICAL. Superi or,en 8U oficina á las dos p. m-FELIZ .. El Secretario interino, Ven-gara 8. En segmida al senor J o é Anoel TouQ, á. nombre oe su parte, en tel local de la Secretaría. á las tres p. m., y dijo: que cuál de 1103 dOR ee el apelante'( }Jorq ne ambos interpusi, moa el focurrso.-Tous.-El Secretario interino, Vergara S. Beguidmmente notifico 81 'eríor doctor Miguel Díaz Granados F," en el local de la Sec reta lÍa, , nombre de su parte-Día; Giranadoa F.-El Secretario interi no, Vergara S. j ¡ SECCIOI DE lO ,&RtMINU. CIl'a.ila leg llida 80ntra Luciano Villa: por: el delito de herida •. , Tribunal 8u.¡perior del Distrito Judicial de' Delívar. - O"rta· gen a, Nwviembre veintiocho de mil ochocientos noventa. Visto~ : ,.I¡a noche del ve-tnLieu atro de Febrero úlLi mo tuvo 1l1g .. ~t'lu rifia en la (' ~l , üG.San J UH 11 ue e:;ta ciudad, con motivo ele estar b,lilaodo varias personas el­la casa de la seiloru Mflgclft len- Oharre~ y haber penetradG> allí dos indiwid\los de trppc flcornppilados d61 Lnciano, Vi·, 1 a··todós tn·e.s cargo dos de licor. De b riña resultó ~etld0 e18r. Ram n Estrada, quien sufri6 una fractura del 'cúbito del antepl'a~o, izquier lo Pon el. t~~·c¡o inferior, cuya curaci6n dur6 treinta }Y dos días, sin bttberle quedado al herido li si ni defor . .nlidad de por vida, "'1 gún las depusiciones do lo, facul'tati veos Stf'íQI e~ doctores LnscurlO BLll'boza y Fra ~· ci eo C'¡:uz. Pmetic'H((ln la averig uaci6n del becbo puni ble parpe­tr do en nq u e media cuadra; pocos jnst-antesWesp\}és se presen taroo 1ms policías y tom:uon preso nI declarante, di· cié lndo le "siga coo·miao Vil la"1 y en declarante siguió con e J](os." o , ,. Comprob H10, pues, d~ una manera completa el cuero po del delito yy también su respon~ab l e, profiri6 sentencia el S3eñor J uez por la ejecuta a y deo unci ada aquella por ) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 390 rG A e E T A J U D 1 U 1 A L. el ejecutante, situadas en esta cabecera y colindantes jun· tas como esub: cHIle de por medio, con easas y solares de los sefiores Ricardo Brun, Juan Yanes, Dolore$ Calle y Maria Nisperusa, por la derecba, con casa y solar del se· Ilor Francisco Nisperusa y por la izquierda y fondo con casas y solares de lo señores Diego Espinosa R, y Nica· Dor Ver gara. y para los efectos del artículo 12 de la ley 135 de 1888, se fija el pre~ente en lugar público de esta Secretaría hoy 23 de Julio de 1890 á la9 cuatro de la tarde. Urbano Hoyos H, Secretario interino. (3 Vt1l-l.) .Al JU~I del Circuito dt Mogangué, Por el presente cita, llnma y emplaza por el término de treinta días, contados desde la fecha, á lOt~ que se crean con derecho, ya como herederol:3, ya como acreedores, á Jos bienes de la sucesión testamentaria dt.I finado selior Jorje Delgado, cuyo juicio sucesorio se halla radicado en este Juzgado; entendido q~e se les administrará justicia, y si DO hicieren el reclamo á que tienen derecho, en ol término sei1aJado, les parará el perjuicio á que haya lugar. Magangué, Julio 26 de 1890. MANUEL GABCíA GORD6N.-El Secretario en propie­dad, Juan N. Peiíaredonda. ... (3 v8.-2] El Juta unico del Circuito de Lon'ca, HACE SABJCR: Que en el juicio sucesorio intestado de JOEé Malía Pernett S., se ba dictado el auto !iguiente: IIJ uzgado único del Circuito.-Lorico, Septiembre veinte y siete de mil ochocientos noventa. "Vistos: comprobado como está que J mé Ma Pernett 8., falleci6 en el retiro de Higal,jurisdiccióD~del distrito áe Cereté el 19 de 108 corientes, y el parentezco legítimo del finado con el menor JOEé Ma Pernctt MartÍnez, cuyos de· rechos ha hecho valer el 8 poderado de la sefiora Tomasa Gulro S., quien tiene á su cargo y cuidado al referido me­nor desde Ja edad de 18 meses; y DO constando de autos que el finado haya ot~rgado testamento, el Juzgado, de acuerdo con el concepto del sefior Fiscal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, sin declarar yacente esta herencia, por haberse presen­tado heredero, comprobando que lo es, abre desde hoy el presente juicio sucesorio a b-int€ tato; y declara hered.ero al menor José MaJÍa Pernett Martínez, sin pelj uiclo de tercero y en la proporción que le corr.esponde aegún la ley. N6mbl'RSe curadora de la herencia á la señora To-masa Gulfo S. . Fíjense y publíquense los edictos del caso, llamando y emplazando á los que se crean con algún' derecho á la sucesión, bien como herederos ó corno acreedores, por el término de treinta días. PrcEéntense á este Juzgado el testamento por quien lo tuviere caso de que el finado lo bubiere dejado. y publíquese e te auto por tres veces en el periódico oficial respectlvo. M'!XIMO M. MARTELO 'tA.-José Torr~lvo, Secret&rio. (3 ve.-l.) la CRU<:la que se le ba abierto por el delito de maltrato in~ fe~' i ~o á ~ran~isc~ ~reslJo; seg~ro de que se le oi.!'á y ad· ml~lstrara ,la.J~ u t;cU\ que le aSIsta, de lo contrarlO le pa­lara el perJulClO a que haya lugar según la ley. Se re~uerda á Jos Bolivarense~ el deber en que están. de ~enunClar el puadero del mencIOnado reo, y á las au· tondades del o~den polüico y judicial el de perseguir y ~prehender á ulcho reo, pODléndolo á disposición de este Juzgado. . Las señales que distinguen al precitado reo no se dan.. por no constar en los auto~. Oado en la sala de audiencia del Juzgado 2° dal'Cir cuito de Mompox, á. l0s 18 díaA del mes de Octubre de- 1890 . !LiNUEL B. Ro.us,--El Secretario, Franci$co P. Yi- · llanueva. [3 vs~l.] El Juez d~l Circut'to dt Sinceltjo, Por el presente cita, llama y emplaza á J08é Rosario· Berrío y Joaquín Guerra,del vecindario del distrito de San Onofre, para que se presenten á estar á derecho en IR cBusa que coptra ellos Be sigue en este Despacho por el delito· de hendüs, dentro del té¡'mino dóble de la distancia y trea días más. Se recuerda á los hl\bilantes del Departamento el de, ber en que están de denunciar el paradero de dichos ind.i. vi~ uos, ~o penA, de ser juzgados y condenados como enO\l' bndores del cielIto porque se procede, y á las autoridad~ ?el orden políLico y judicial, á Que ordenen 6 procedan a su captura. Sincelejo, Octubre 18 de 1~90. FRANCISCO A, SEBÁ,-Jo.é R. Padilla, Secretario ,en propiedad. El Juez Superior del Dútrito Jud'l,'cial de Bolívar, Por el presente, cita, llama y emplaza á Pedro María Pérez, hijo de Jo¡;:é Biviano Pérez y Agapita Terán, na­tural de Corozal y vecino de Cartagena, de 85 atlos de edad, soltero, jornalero y cristiano, para que dentro del perentorio término de tres días se presente á este Juzgado á estar á derech0 en la causa que se le sigue por el delito­de robo. Se r~uerda n los colombi,anos el deber en que están de denunCIar el paradero de dICbo reo, so pena de ser juz­gados com? encubridores del delito porque Re procede; y á las autondades del orden político y del judicial, á que ordenen 6 procedan á u captura. No se dan señales particulares por no constar de au· tos. Cartagena, 21 de Octubre de 1890. JUAN NORIEGA.- El Secretario, Antonio Lópe, Tugle. El Juez del Circuüo de Magangué, Por el presente cita, llama y emplaza por el tél'minG de cuarenta días cootados desde la fecha, á los que se creas con derecbo, ya como herederos ó como acreedores, á los bienes de la sucesión abintestato del finado selior Isaac Sampayo, cuyo juicio sucesorio se balla radicado en este­Juzgado, erltendido que se les administrará justicia, y si no h lcierp-n el recll\mo á que tienen derecho en el término señalado, les paralá. el perjuicio á que haya lugar. Magangué, Octubre 24 de 1890. El Juez 2,- del Circuito de Mompox, MANUEL GARcrA GORDON.-Juan N. PeñaredorKlc Secretario. . Por el presente cita, llama y emplaza á Gustavo Torres pala que dentro deJ perentorio u~Imjno de la distancia y tres (8 v8.-1) días más, se preeente á este Juzgado á esta r á derecho en ----n-:-'P -. -dO-e ~A.~TJ~to-n~l.-A7'r-a-'6.i:-o-=L.-,-'.- ••-r -,o-..-o'Brr-. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 96

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