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Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 3

Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 3

Por: | Fecha: 27/04/1941

EPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA Asamblea Departamental Director: RAMIRO RODRIGUEZ P. IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 Barranquilla, 27 de Abril de 1941 Número 3 DIGNA T ARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice-Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario: Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: N éstor' Carlos Consuegra ... José Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aquileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J . Cervera ACTA NUMERO 5 Sesión del día 24 de abril de 1941 Presidencia del H.D. Cervera Pablo J. 1 En Barranquilla., a los veinticuatro días del 20;3 ~fe ~bril de mil novecientos cuarenta y uno, .siendo las cinco y quince minutos de la tarde, se reunió en el Pala'Cio de Gobierno la Asarn blea De­partamental del Atlántico, se pasó lista y a ella res­pondieron los honorables diputados Ariza José D., Carbonell Alfredo, Cerv~ra Pablo J., Consuegra N éstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De la Hoz Baca Luis, Escobar Francisco J ., Fernández Llinás José Ma., González Porrati Juan, Manotas Pablo Emi-lio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Pino José D. y Salazar Jorge. Dejó de contestar a lista el honorable diputado Luis Alberto Rebolledo. Se encontraban presentes los Secretarios de Hacienda, de Gobierno, de Educación e Higiene y Previsión Social. 11 Se leyó el orden del día. 111 dió el proyecto para segundo debate «Por el cual se fija el período de algunos empleados de elección de la Asamblea y se aprobó la proposición siguiente con que termina el informe: En consecuencia, os proponemos dése segundo deba te al Proyecto de Ordenanza "por el cual se fija el período de algunos empleados de elección de la Asamblea". Puest.a en discusión fue aprobada y en consecuencia, se abrió el segundo debate de dicho proyecto. Se puso en dis­cusión el artículo primero que dice: «Art. El pe­ríodo del Contralor Departamental y del Contador Jefe de la Sección de Contabilidad y Revisión de la Contraloría, será de dos años, y comenzará el pri­mero de mayo próximo. Queda en -estos términos modificada la Ordenanza No. 90de 1935 y la No. 16 de 1940.» Cerrada la discúsión fue aprobado. Se puso en discusión el Art., 20. que dice: «Art. Esta Ordenan­za regirá desde su sanción.» Cerrada la discusión, fue aprobado. Se puao en discusión el título que dice: «Por el cual se fija el período de plgunos empleados de elec­ción de la Asamblea.» Cerrada ésta, fue aprobado. Se aprobó el preámbulo por ser legal y la Asamblea manifestó su voluntad que sufriera tercer debate. VI En uso de la palabra el honorable diputado Pa­blo Emilio Manotas presentó la siguiente proposi­ción: «Señálese la sesión del sábado 26 de los co­rrientes, en primer término, para la elección de ternas de Fiscales del Tribunal Superior y de los Juzgados Superiores del Distrito Judicial.» Puesta en discusión fue aprobada. El honora­ble diputado Carbonell pidió que se verificara, he­cho lo cual, fue aprobada por siete (7) votos afir-mativos contra cinco (5) negativos. L ._ • VII En uso de la palubra los honorables diputados Consuegra Né~tor Carlos y Oñoro presentaron la siguiente proposición: ~Excítase a.I señor Secretario de Hacienda para que se entienda con la casa Hel- Se leyó el acta de la sesión anterior y fue apro- da de esta ciudad, a fin de que se proceda cuanto bada sin observaciones. antes a la reparación completa de la planta eléctri-ca del Municipio de Baranoa y autorízase igual­. mente al mismo Secretario, para que a nombre del---------­Se dió lecturá a los negocios substanciados por Departamento, concluya con la casa COIrc!,f¡¡l.1.I ~pre- IV . presidencia y pasaron a las respectivas comi- citada, las negociaciones que sean necesarias para SIones. ~ dotar al motor de la planta referida, de todos los elementos necesarios para que funcione correcta y normalmente.» v ~ e dió lectura al informe de comisión que estu- errada la discusión fue aprobada. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 14 ANALES DE LA ASA1\1BLEA DEPARTAMENTAL VIII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguiente moción: «(Cítese al señor Secretario de Hacienda para que en la prime­ra hora de la sesión próxima, rind~ un informe so­bre lo que el Departamento debe al Municipio de Barranquilla, por concepto de licores y degüello, como por participaciones de la Renta de Tabaco.» Puesta en discusión la moción anterior, el ho­nornble diputado Escobar hizo uso de la palabra para sustentarla diciendo que actualmente el Mu­nicipio, se encuentra en la imposibilidad de atender a los gastos más urgentes por el descenso que han tenido las rentas y que por ese motivo se está de­biendo la última década a la Policía Municipal, y continuó diciendo, que no se han pagado algunas mensualidades al Contratista para suministrar ali­mentación a las detenidas en la Cárcel para l'nuje­res. Por esa circunstancia, quería saber en qué si­tuación se encuen tra el Municipio, respecto de esas participaciones ante el Departamento ya que Ba­rranquilla representa el ochenta y seis por ciento del producido de las rentas departamentales. IX Pide la palabra el señor Secretario de Hacien­da para manifestar que con mucho gusto daría esas informaciones en la primera hora de la próxima se­sión, pero quería adelantar algo en relación con ellas. Agregó que en lo que se refiere a la Renta de Licores, el departamento ha entregado ya, por con­cepto del diez por ciento de la participación que corresponde. al municipio, la cantidad de " seis mil. quinientos v intiocho pesos ($ 6.528,00) y que en las horas de la tarde de ayer, había dado la orden para cubrir el último saldo correspondiente al mes de marzo, por la cantidad de mil ciento doce pesos, veinte centavos ($ 1.112,20), quedando pendiente únicamente, la participación det mes de abril, pero como este mes no se puede saber cnanto se adeuda, por consiguiente no se puede considerar como deuda. Interpelado por el honorable diputado Es­cobar, si el Municipio ya había recibido esa suma, éontestó que esperaba que sí por la orden que había dado, y continuó que en realación con la participa­ción del impuesto del tabaco, manifestó que sí era cierto que había una deuda vieja, pero que tenía que observar, que por este concepto, "en nada se aliviaría la situación del Municipio, ya que estas sumas no entrarían a los fondos comunes, porque según disposiciones vigentes en acuerdos y orde­nanzas, esta participación tiene una destinación es-ecial y terminó ofreciendo que en la próxima se­sión ampliaría estos datos para ver la manera de llegar a un acuerdo y resolver la crisis fiscal del :\1unicipio. X Siendo las sei y treinta de la tarde y habién­dose agotado el orden del día, el Presidente levan­tó la sesión. El Presidente de la Asamblea, (F do.) LUIS ALBERTO REBOLLEDO El Secreta rio, (Fdo.) Julio Hoenigsberg ACT A NUMERO 6 Sesión del día 25 de abril de 1941 Presidencia de los HH. DD. Rebolledo-Cervera 1 En Barranquilla, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos cuarenta y uno, siendo las seis y treinta minutos de la tarde, se reunió en el Pa­lacio de Gobierno, la Asamblea Departamental del Atlántico, con la asistencia de los honorables dipu­tados Ariza José D., Carbonell Alfredo, Cervera Pablo f, Consuegra N éstor Carlos, Consuegra Os­valdo. De la Hoz Baca Luis, Escobar Francisco, Fernández Llinás José Ma., González Porrati Juan, Manotas Pablo Emilio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Pino José D., Rebolledo Luis Alberto y Sala zar Jorge. Se encontraban presentes los señores Secretarios de Gobierno, Hacienda y Previsión Socia1. 11 Se leyó el orden del día. 111 Se leyó el acta de la sesión anterior y fue apro­bada sin observación. IV Se le dió lectura a los negocios substanciados por la presidencia y pasaron a las comisiones res­pectivas. V Se leyó el informe de comisión que estudió el proyecto para segundo debate «Por la cual se fija el personal subalterno de la Secretaría de la Asam­blea Departamental y sus asignaciones, y -se abre un crédito suplemental a.l Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica», y se aprobó la siguiente proposición con que termina dicho infor­me: «Dése segundo deba te al Prnyecto de Orde­nanza "Por la cual se fija el personal subalterno de la Asamblea Departamental, y se abre un crédito suplemental al Presu puesto de Gastos de la actual vigencia económica. "» En consecuencia , el señor Presiden te abrió el segundo deba te a dicho Proyecto. Se leyó el Art. 10 que dice: «(El personal subalterno de la Asamblea Dptal., durante las sesiones ordinariaH del pre­sente año, y sus asignaciones, serán como sigue: Un Secretario con sueldo diario de $ 17.00 Un Subsecretario con sueldo diario de " 15.00 Dil Oficial Mayor con sueldo diario de " 15.00 U n Director de los Anales con sueldo de ,,15.00 Un Habilitado Pagador con sueldo diario de " 14.00 Dos relatores con sueldo diario cada uno de " 12.00 Sesenta Auxiliares con sueldo diario cada uno de Veinte Oficiales Escribientes con sueldo diario cada uno de Un Ayudante del Habilitado con sueldo día,rio de Ocho Escribientes con sueldo diario cada uno de Un Conserje con sueldo diario de Siete Escribien tes con sueldo diario cada uno de U n Portero con sueldo diario de . Puesto en discusión fue aprobado. " 10.00 " 8.00 " 6.00 " 5.00 " 3.50 " 3.00 " 3.00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANAL"ES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL ============================= 15 Se aprobaron los siguientes, 20., 30. Y 40, del -Proyecto; se aprobó el título y se adoptó el preám­bulo por ser legal. La Asamblea manifestó su voluntad de que el Proyecto tuviera tercer debate. VI - Se abrió el tercer debate del Proyecto «Por la cual se fija el período de algunos empleados de elección de la Asamblea»; puesto en discusión fue aprobado. VII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguiente proposicjón: «Fíjese la sesión del miércoles treinta para la elección del Contralor Departamen tal.» Puesta en discusión, el honorable diputado Consuegra Néstor Carlos la adicionó así: « .... y del Auditor y Contador». Cerrada que fue la discusión de la moción an­terior con la adición, fue aprobada. VIII En uso de la palabra el señor Secretario de Gobierno, presentó para primer dflbate el siguiente Provecto: «Por la cual se abren unos créditos al Pre~l1puesto de Gastos para las Secciones de Go­bierno. » IX En uso de la palabra el señor Secretario de Hacienda, presentó para primer debate el siguiente Proyecto: «Por la cual se legalizan los créditos ad­ministrativos abiertos al Presupuesto de Gastos de la vig~ncia de primero de Julio de 1940 a 30 de J u­nio de 1941.» X En uso de la palabra el honorable diputado Es­cobar Francisco J., comenzó diciendo que esta ad­ministración, había que reconocerlo, era la que más había pagado al Municipio por concepto de parti­cipaciones en la renta de licores, degüello y tabaco, pero no obstante esto, la deuda que tenía el Depar­tamento con el Municipio., por participaciones, se le elevaba a sumas bastan tes crecidas; para prueba de esta afirmación leyó el siguiente dato: ResuDien de lo pendiente en su deuda del Departamento con el Municipio hasta el presente: por diez por ciento de licores Por participación de impuesto de con­sumo Por reconocimiento Ordenanza No. 26 de 1935 Por diez por ciento de tabaco Total $ 17.664,80 46.550.00 18.055,66 78.958,61 $ 161.229,07 Con esta suma, si la percibiera el M unici pio, podría prepararse convenientemente para cuando se efectuaran los V Juegos Centro Americanos y del Caribe, como también podría pensarse en mu­chas otras obras urgentes que tiene el l\1unicipio, como el Palacio Municipal. Terminó in vocando la cooperación de los ho­norables diputados con el objeto de expedir una Ordenanza que permita a la Gobernación dar cum­plimiento a las obligaciones que tiene contraidas con el Municipio. XI En uso de la palabra el señor Secretario de Hacienda, empezó por manifestar que los. datos su­ministrados por el honorable diputado Escobar, por concepto de participaciones de algunas rentas que el Departamento adeuda al Municipio, era exacto. Dijo que la actual administración, como ya antes lo había reconocido el honorable diputado Escobar, ha hecho todo lo posible por cumplir sus compromisos con el Municipio de Barranquilla y debido a ese celo, el arriendo del edificio de la Cár­cel N al. de Detenidos y Sumariados, se ha venido pa. gando religiosamente, pero que en cuanto se refiere al pago de la .participación de la renta de licores, el pago del saldo del mes de Marzo fue librado ya por la suma de $ 1.111.13; manifestó asimismo. que el pago del mes de abril no se ha hecho porque este mes aún no ha finalizado y por tanto no se han he­cho las liq uidaciones de rigor; el honorable diputa­do Escobar lo interpeló con la venia de la presiden­cia para reconocer como ya antes lo había hecho, que la actual administración era la que más había cumplido sus compromisos con el Municipio. El señor Secretario de Hacienda 8gradeció esta nueva declaración e hizo constar que la suma que el ho­norable diputado Escobar dedujo como pendiente de los pagos que debe hacer el Departamento al Municipio de Barranquilla, correspondían a épocas an teriores pero que esto no significaba que la Go­bernación por conducto de la Secretaría de Hacien­da haya descuidado sus obligaciones porque en lo que se refiere a esa cuestión, el Gobierno Departa­mental ha girado algunas órdenes de pago, existien­do por eso un saldo sobre renta de licores de $ 18.000,00. Sobre la renta de tabaco, continuó, no se han hecho las liquidaciones conducentes pero conviene observar qué la participación municipal en esta ren­ta tiene destinación especial y de ahí se hubieran girado algunas sumas para construir locales para escuelas por valor más o menos de $ 45.000,00; manifestó igualmente que estaba pendiente el re· conocimiento por la cantidad de $ 50.000,()0 según 10 dispuso la Ordenanza No. 83 de 1939, pero pue­de observarse que corresponde esta destinaCión a una época anterior a la actual administración y es­tq, suma, de acuerdo con dicha Ordenanza, también tiene destinación especial desde luego que ella orde- "na o dispone que es para mejoras, ensanche y "re­. paraciones del Palacio Municipal; pe'ro éomo el Palacio Municipal está pendiente por construir no puede decirse que el Departamento haya descuida­do estas obligaciones. Terminó aplaudiendo el celo del honorable di­putado Escobar y excitó a la H. Asamblea para que expidiera un instrumento a fin de resolver la difi­cultad porque atraviesa el Municipio. XII El Presidente anunció que la sesión del día de mañana sábado, sería a las diez a. ID., para así po­der atender a la invitación hecha a la Asamblea Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 16 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAlVIENTAL por la Dirección e Educación Pública, consistente en una visita-agasajo al Castillo de Salgar. Siendo las 7 y treinta de la noche se levantó la sesión. El Presidente, (Fdo.) LUIS ALBERTO REBOLLEDO El Secretario, (Fdo.) Julio Hoenigsberg ORDENANZA NUMERO DE 1941 «por la cual se abren unos créditos al presupuesto de gastos de la actual vigencia para las Secciones de Gobierno.» La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales. ORDENA; ;\rtículo 1.0. Abrese al presupuesto de gastos de la vi­genCIa económICa en curso, un crédito suplemental por la _ ___ - - ~tidad de cinco mil cincuenta pesos ($ 5.05000), para a­~ ender ~ importantes servicios públicos, con las siguientes ImputaCIOnes; Departamento de Gobierno. Cap. 4. Gobernación (mI) Art. 9.-Reparaciones. gasolina, repuestos etc. de los automóviles de la Gobernación y Se­cretaría de Gobierno Cap. 15. Policía Nacional-Div. Atlántico Art. 34.-Gasolina, repuestos, reparaciones de los automóviles de la Policía y demás gastos Cap. 32. Gastos Imprevistos . Art. 65.-Para imprevistos Cap. 20. Gastos' Electorales Art. 43.-Para gastos electorales Cap. 26. Cuerpo de Bomberos Art. 56A.-Materiales, reparaciones, re­puestos, gasolina y demás g~tos Cap. 23. Imprenta Depart.amental Art. 52.-Materiales, repuestos, reparacio­nes y demás gastos Vale el crédito Artículo 20. Esta Ordenanza regirá desde su promulgación Dada en Barranquilla, a los $ 350.00 $ 1.200.00 $ 1.300.00 $ 1.600. $ 200.00 $ 400.00 $ 5.050.00 Presentada a la consideración de la Honorable Asamblea Departamental. por el suscrito Secretario de Gobierno. CAR'LOS GARCIA SOLANO. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlántico.-Secretaría. __ BarranquiUa, abril 25 de 1941. En sesión de la fecha, sufrió primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza y pasó en comisión con cinco (5) días de término a la Comisión de Presupuesto JULIO HOENIGSBERG, Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA No. 1941 ( .............................. ) por la cual se legalizan los créditos administrativos abiertos . al presupuesto de gastos 'de la vigencia de 10. de julio de 1940 a 30 de junio de 1941 La Asamblea Departamental del Atlántiro, en uso de sus facultades legales. ORDENA; Artículo 10. Legalizase el crédito extraordinario abier­to por Decreto número 239 de 31 de julio de 1940, por la can­tidad de ochociento~ cuarenta pesos ($ 840.00), imputado al Depaltamento de Educación Pública, Cap. 33, Art. 844. Expediente número 1. Artículo 20. Legalízase el crédito-traslado abierto por Decreto número 332 de 14 de noviembre de 1940, por la can­tidad de seiscientos pesos ($ 600.00), imputado al Departa­mento de Educación Pública, Cap. 44, Art. 111. Expediente número 2. Articulo 30. Legalíza~e el erédito-traslado abierto por Decreto número 337 de 16 de noviembre de 1940, por la can­tidad de dos mil setecientos pesos ($ 2.700), imputado al Departamento de Educación Pública, Cap. 31, Art. 79. Expediente número 3. Artículo 40. Legalizase el crédito-traslado abierto por Decreto número 341 de 20 de noviembre de 1940, por la can­tidad de doscientos treinta y seis pesos, cincuenta centavos ($ 236.50), imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 21, Art. 44. Expediente número 4. Artículo 50. Legalizase el crédito suplemental abierto por Decreto número 357 de 16 de diciembre de 1940) por la cantidad de cuatrocielltos cincuenta y nueve pe~os, cincuen­ta y dos centavop ($ 459.52), imputado al Departamento de Educación Pública, Cap. 39, Art. 94. Expediente número 5. Artículo 60. Legalízase el crédito-traslado abierto p(lr De_creto número 7 de 17 de enero de 1941, por la cantidad de tres mil ciento veintiseis pesos ($ 3.126.00), imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 20, Art. 43. Expediente número 6. Artículo 70. Legalízase el crédito extraordinario abierto por Decreto número 12 de enero de 1941, por la cal1tidad de quinientos pesos ($ 500.00), imputado al Departamento de Educación Pública, Cap. 42, Art. 109A. Expediente número 7. Artículo 80. Legalizase el crédito-trasllldo abierto por Decreto número 13 de 28 de enero de 1941, por la cantidad de tres mil quini<>ntos pes0s ($ 3.500.00) imputado al De­partamento de Hacienda, Cap. 4, Art. 7. Expediente número 8. Artículó 90. LegalÍzase el crédito extraordinario abierto por Decreto número :¿4 de 10 de febrero de 1941, por]a can'­tidad de cuat.rocientos pesos ($ 400.00), imputado al Depar­tamento de Hacienda, Cap 23, Art. 39A. Expediente número 9. Articulo lO. Legalízase el crédito suplemental abierto por Decreto número 25 de 11 de ff'brero de 1941, por la can­tidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), imputado al De­partamento de Hacienda, C~p. 91 Art. 16A. Expediente número 10. Articulo 11. Legalizase el crédito suplrmental abierto por Decreto número 26 de 11 de febrero de 1941, por la can­tidad de cuatro mil pesos ($ 4.000.00)1 imputado al De- (e ontin uará en el próximo núm.ero) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 4

Por: | Fecha: 29/04/1941

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA Asamblea Departamental Director: RAMIRO RODRIGUEZ p~ I MP. DEPARTAMENTAL Serie 1 BarranquilIa, 29 de Abril de 1941 Número 4 DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice- Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario : Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: Néstor Carlos Consuegra José Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aq uileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J. Cervera PROYECTO DE ORDENANZA No .. .. (V'iene del número 3, página 16) pa rtamento de Educación Pl¡hl'c::¡ , Cn p. 39, Art. 94. Expediente número 11. Artícu lo 12. Legalizase el crédito-trf-ldado a bi<> rto p0r Decreto número 31 de 14 de febrero de 1941, por la can tidad d e un mil ochocientos setenta y euatro pesos ($ 1.874.00), imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 1.5, Art~ 31. Expediente número 12. Art ículo 13. Legalízase el crédito-traslado abierto por Decreto número 41 de 28 de febrero de 1941, por la cantidad d e dos mil seiscientos trein t a y ocho pe~os, cinco centavos ($ 2.638.05), imputado al Departamento de HaciE:nda, Cap. 5 . Art. 9. Expediente número 13 Artículo 14. Lega lízllse el crédito- traslado abi erto por Decreto número 58 de 21 de marzo de 1941, por la cantidad de un mil pesos ($ 1.000.00), imputado al Depa rtamento de E ducac ión Públi ca, Cap. 42, Art. 109B. Expediente número 14. Articulo 15. LegaIíza~e el crédito-traslado abierto por Decreto número 59 de 21 de marzo de 1941, por la cantidad d e un mil quinientos pesos ($ 1.500.00), imputado al Dep::¡r­tament o de Gobierno, Cap. 26, Art. 56A. Expediente número 15. Articulo 16 Lega lízase el crédito ~l1pléme n tal abierto por D ecreto número 66 de 4 de abril de 1941, por la cantidad de ~e i s mil doscie ntos pe tenta pesos ($ 6.270.00), imputado al Depa rt.amento de Haciellda, Cap. 7, Al'ts. 13 y 14 Y el abierto pur el mismo Decreto por la cantidad de doce mil n ovecientos dos pesos, cuarenta centavos ($ 12.902 40) , impu­tado al Departamento de Hacienda, Cap. 9, Art. 16. Expediente número i6~ . Artículo 17. Legalízase el crédito-traslado abierto por Decreto número 69 de 5 de abril de 1941, por la cantidad de c in co mil pesos ($ 5.000.00), imputado al Departamento de Gobierno, Ca p. 13, Art. 24. Expediente número 17. Artículo 18. LegnJfzase el crédi to-t.raslado abierto por Decreto número 70 Bis de 8 de abril de 1941, por la cantidad de tres mil doscientos pesos ($ 3 200.00), imputado al De­partamento de Gobierno, Cap. 20, Art. 23. Expedi~nte número 18. Artículo 19. LegaHzase el crédito- traslado abierto por Decreto número 72 de 16 de abril de 1941. por la cantidad de un mil pesos ($ 1.000.00), imputado al Departamento de Contraloria, Cap. 2, Art. 4. Expediente número 19. . Artículo 20. LegaIízase el crédito- traslado abierto por Decreto número 73 de 16 de abril de 1941, por la cantidad de cinco mil pesos ($ 5 .000.00)~ imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 4, Art. 9A. Expediente número 20. Artículo 21. Legalizase el Clédito- trasla
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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 5

Por: | Fecha: 02/05/1941

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA Asamblea Departamental Director: RAMIRO RODRIGUEZ P. IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 BarranquilIa, 2 de Mayo de 1941 I Número 5 DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice-Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario: Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: N éstor Carlos Consuegra tJosé Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aquileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J. Cervera ACT A NUl\1ERO 8 (V z'ene del número 4, página 20) XIII Se abrió el primer debate al Proyecto de Or­denanza «Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público». Cerrada la discusión fue aprobado, y pasó en comisión para su estudio e in­forme a los honorables diputados Salazar, Manotas Pablo Emilio y Pino José D., con cinco días de tér­mino. XIV El honorable diputado Carbonell Alfredo, an­tes de cerrar la discusión de este proyecto hizo uso de la palabra. para manifestar que aprovechaba este morr.ento para presentar su palabra de inconformi­dad ante la mayoría de la Corporación por la nega­ti va impartida a la moción que antes había presen­tado. Se extendió en varias consideraciones sobre la política de justicia sindical seguida por el Go­bierno del doctor Eduardo Santos e hizo historia de la política del Paí~. XV En uso de la palabra el H.D. Consuegra Néstor Carlos, sentó la siguiente proposición: . ClLa Asamblea Departamental del Atlántico, de auténtica mayoría liberal, declara una vez más, que las administraciones liberales de 1930 hasta nues­tros días, se merecen el más franco y decidido a­poyo, como viva demostración de una interpreta­ción cabal de postulados ideológicos que sus­tentan al actual gobierno. Transcríbase al señor Presidente de la República, a todos los Gobernado-res y a las Asambleas del País, publíquese por car­teles murales y en los periódicos de la ciudad». Esta moción está suscrita por los diez (10) miembros liberales de la mayoría de la Corporación. Cerrada la discusión, es aprobada. XVI En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, presentó la sigui~nte proposi­ción: «Señálese el miércoles próximo pa ra la elec­ción de Inspector Fiscal de Estadística Departa­mental. » Su autor la sustenta para decir que estando como está en acefalía, por ausencia del titular es­te puesto, lo conducente es nombrar su reemplazo. Cerrada la discusión fue negada. Rectificada que fue ésta, por petición del honorable diputado Con­suegra Osvaldo, resultó nuevamente negada por nueve (9) votos contra cuatro (4). XVII Se abrió el primer debate previa lectura del informe de comisión que estudió el memorial del peticionario señor Robles, (Por la cual se declara e interpreta el artículo 30. de la Ordenanza número 30 de 1935». En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, dijo. que leído los artículos de este Proyecto, se notaba contradic­ción por un lado y por otro considera que ésta es una cuestión policiva. El presidente llama la aten­ción de que apenas está en discusión la moci6n con que termina el informe y que a ella" debe con­traerse. XVIII El honorable diputado Sala zar Jorge, en uso de la palabra como firmante del Proyecto que se discute, hizo algunas considera ciones de orden le­gal para rebatir los argumentos del h.onorable di,. putado Consuegra Osvaldo y terminó diciendo,: el honorable diputado Salazar, que la Ordenanza que se va a entrar a discutir, tiende a corregir una de­ficiencia de otra Ordenanza expedida por esta mis­ma Asam blea. XIX El honorable diputado Manotas Aquileo en USú de la palabra explicó el motivo de su firma en el informe antes citado y redundó en los mismos con­ceptos del honorable diputado Salazar en cuanto que es a la Asamblea a quien com pete legislar so­bre esta cuestión. Cerrada la discusión de la mo­ción con que termina el informe, fue aprobado y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. I 22 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL eIf consecuencia el presidente abrió primer debate al proyecto en cuestión. XX El señor Secretario de Gobierno en uso de la palabra, dijo que estando vigente la Ordenanza 30 de 1935, se había presentado un denuncio sobre venta de dulces por el sistema de traga-níqueles y que como primer paso se habían decomisado; que él había sugerido al propietario de ellas, en vista de lo poco claro que estaba esta Ordenanza. se di­rigiera a la Asamblea en solicitud de acla,ración a dicha Ordenanza. El honorable diputado Consue­gra Osvaldo lo interpeló para decirle que esto era una cuestión de policía y que como tal debía re­solverse, y no por la Asamblea, como así lo soli­citaba él. El honorable diputado Escobar en uso de la palabra anunció que por cortesía parlamenta­ria, le daría su voto afirmativo en el primer de­bate, pero que al discutirse en segundo debate se produciría en su contra porque él es enemigo de esta clase de juegos que arruinan y pervierten a las clases obreras. El hQnorable diputado Pino, dijo que estos aparatos en que se juegan dulces, son legítimos traga-níqueles. Cerrada]a discu~ión fue aprobado en primer debate y pasó en comisión pa­ra su estudio e informe a los honorables diputados Manotas Pablo Emilio, Carbonell Alfredo, De la Hoz Baca Luis y señor Ser,ret3 rio de Gobierno, con quince (15) días de término. XXI En uso de la palabra el honorable diputado Fernández Llinás Jo~é María, presentó la siguiente Resolución Pon asocio del honorable diputado Ma­notas Aquileo: RESOLUCION NUMERO 3 La Asamblea del Departamento del Atlántiro, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el parágrafo 40. del artículo 30. de la Ley 78 de 22 de diciembre de 1930, concedió al depar­tamento de Bolívar el disfruto de un 30% sobre el producto anual del Impuesto sobre Rentas; Que el Departamento del Atlántico, el más pequeño en extensión territorial, es, así y todo, el que, proporciones guardadas, da mayores tributos a la N ación en lo que dice relación con el 1m pues­to sobr~ la Renta, toda vez que por este concepto se recaudan aquí alrededor de dos millones de pe­sos ($ 2.000.000.00) anuales, RESUELVE: Solicitar respetuosa y encarecidamente del Ex­celentísimo señor Presidente de la República y d.e su Ministro de Hacienda y Crédito Público, así como también de los Senadores y Representantes por el Atlántico, una labor incansable ante el Con­greso de la República, hasta obtener la Ley corres­pondiente que conceda al A tlántico una participa­ción igual a la que disfruta el vecino departamento de Bolívar, en el referido Impuesto sobre la Renta. Tr.anscríbase al señor Presidente de la República, al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público y a cada uno de los Senadores y Representantts por el Atlántico» . El honorable diputado Fernández Lliriás, la sustentó ampliamente y demostró la conveniencia de su aprobación. Cerrada que fue la discusión de este. Resolución, fue aprobada por unanimidad. XXII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguien te proposición: «N óm­brese por la presidencia una comisión para que elabore un nuevo Reglamento Interno de la H. Asamblea» . Cerrada la discusión, fue aprobada. XXIII Siendo las siete y treinta de la noche, la pre­sidencia levantó la sesión. El Presidente, (Fdo.) L VIS ALBERTO REBOLLEDO El Secretario, (Fdo.) Julio Hoenigsberg PROYECTO DE ORDENANZA No .... (Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público) La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA: Articulo 10. Autoriza se al Gobernador del Departa­mento para adquirir un Planchón de motor (Ferry Boat) que será utilizado para el traslado de pasaj.eros. carga, ca­miones, autobuses, automóviles, bicicletas y toda clase de vehículoB entre el Puerto Terminal de la carretera Cascajal­Leña- Puerto Giraldo y el Puerto de Sala mina, en el depar­tamento del Magdalena. Artículo 20. En el decreto reglamentario de la presente Ordenanza, el Gobernador fijará las tarifas relacionadas con los servicios que preRtaJ á el Planchón de motor del Depar-tamento (Ferry Boa to), conforme al artículo anterior. • Artículo 30. Para el establecimiento de servicio público a que se refiere el artículo primero de est.a Ordenanza, el cllal Be declara de reconocido interés público, autorizase al Gobernador del Departamento para abrir el crédito o crédi­tos c o rre s pondi e n te ~, sin otro requisito distin to de la presente autori zación. Artículo 40. E sta Ordenanza regirá desde su promul­gación. PresE'ntariR. a la con~id e ra c i6n de la H. Asamblea por el suscri to Dipu tado , LUIS ALBERTO REBOLLEBO. República de Colom bin.- Asamblea Departamen tal del Atlántico.-Secretaría. Ba rra nquilla, abril 28 de 1941. E n sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior Proye Jto de Ordenanza , y pasa en comisión con cin co (,5) d{as de t érmino a los HH. DD. Sala zar, Manotas Pablo Emilio y Pino José D . Cópiese, regístr ese, repá rtase y publíquese: JULIO H OENIGSBERG, Secret ario. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 23 PROYECTO DE ORDENANZA No ... '~por la cual se aclara e interpreta el artículo 30. de la Orde­nanza No. 30 de 1935». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales. ORDENA: Artículo 10. El artículo tercero de la Ordenanza núme­ro 30 de 1935 quedará así: «Las ventas ambulantes de re­frescos, helados, cigarrillos, etc. no podrán valerse del sistema de rifas, ruletas o sus similares para la verificación de sus respectivas ventas, y queda terminantemente prohibido el sistema de ventas denominado «traganíqueles»; Parágrafo: Quedan exceptuados de la enunciación del articulo anterior aquellas máquinas u objetos, que aun cuan­do destinados a los fines com prendidos en el anterior ar­tículo, tengan en su favor patente de invención». Artículo 20. En ningún momento se podrá restringir el funcionamiento, en el territorio del Departamento, de lbS máquinas expendedoras de dulces que llevan la marca: MILS NOVELTY COMPANY. Artículo 30.. Esta Ordenanza regirá desde su promul­gación. Dada en Barra nquilla, a los días drl mes de abril de mil novecien t08 cuaren ta y uoo. Presentada a la con~jderación de la H. Asamblea por los suscritos HH. DD., Jorge Salazar, Néstor Carlos Consuegra, Aquileo Manotas. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlán tico.-SecretarÍa. Blfranquilla, abril 28 de 1941. En sesión de la fecha fue aprobado en primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisión para seg1lndo deba te, con, quince (15) días de término a los HH. DD. Manotas Pablo Emilio, CarboneIl Alfredo, De la Hoz Baca Luis y seño~ Secretario de Gobierno. Cópiese, regístrese, repártase y publíquese. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. ACTA NUMERO 9 Sesión del día 29 de abril de 1941. Presidencia de los HH. DD. Rebolledo-Cervera. 1 En Barranquilla, a veintinueve de abril de mil novecientos cuarenta y uno, y siendo las seis y treinta de la tarde, se reunió en el Palacio de Go­bierno la Asamblea Departamental del Atlántico; se pasó lista y a ella respondieron los honorables diputados Carbonell Alfredo, Cervera Pablo J., Consuegra Néstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De la Ifoz Baca Luis, Escobar Francisco J., Fernández Llinás José María, González Porrati Juan, Manotas Pablo Emilio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Pino José D., Rebolledo Luis Alberto y Salazar Jorge , dejó de contestar a lista el honorable dipu­tado Ariza Jesús M. Se encontraban presentes los Secretarios de Gobierno, Hacienda, Educación e Higiene y Previsión Social. 11 Se leyó el orden del día. 111 Se dió lectura al acta de la sesión an terior y. puesta en discusión fue aprobada SIn observa­Clones. IV Se dió lectura a los negocios substanciados por la Presidencia y antes de terminarse, el honorable diputado Escobar, pidió la palabra y presentó la siguiente moción: (cAltérese el ol'den del día y con" sidérese lo siguiente: Nómbrese por la Presidencia una comisión plural para que en asocio del Director de Educación y del Ingeniero Departamental, visite los Edificios de las Escuelas Oficiales de los l\1uni­cipios de Usiacurí, Juan de Acosta, Tubará y Piojó y la edificación comenzada en el último de los mu­nicipios nombrados, con destino al Sanatorio Anti­tuberculoso, y presente un informe.» Puesta en consideración la moción de la alte­ración del orden del día, fue aprobada; en tal. vir­tud el Presidente puso en consideración la moc~ón antes citada y también fue aprobada. IJa Presiden­cia nombró en comisión a los honorables diputados Sala zar, Escobar y Pino. V Continuó el orden del día con la lectura de otros negocios substanciados por la Presidencia, los cua­les fueron pasados para su estudio e informe a las comisiones respectivas. VI Se dió lectura al informe de la Comisión del Proyecto originario de la Secretaría de Higiene y Asistencia Social «Por la cual se modifica el Art. 20. de la Ordenanza No. 46 de 1938 y se dictan otras disposiciones» y de acuerdo con este informe en que termina proponiendo: «dése segundo debate al Proyecto de Ordenanza» «Por la cual se modifica el arto 20. de la Ordenanza No. 46 de 1938 y se dictan otras disposiciones.» El Presidente sometió a discusión la moción del precitado informe y fue aprobada; en conse­cuencia se abrió el segundo debate a dicho proyecto así: El artículo primero original del Proyecto, con el Parágrafo original fue aprobado, como también los Arts. 20., 30. Y 40. del Proyecto. VII En uso de la palabra el honorable diputado Manotas Aquileo, presentó el siguiente artículo nue­vo para 50. del Proyecto: «Art. 50.-Autorízase al Gobernador del Depar­tamento, para que si lo estima conveniente, contra­te las obras a que se refiere el Art. 80. de la Orde­nanza 21 de 1940, délegando la administración de ellas, y señalando como retribución por dicha admi­nistración un porcentaje no mayor del seis por ciento (6%) del costo de tales obras. Podrá también pactarse que en caso de que dicho costo fuese infe­rior al presupuesto aprobado, el contratista tendrá derecho al veinticinco por ciento (25%) sobre el total de las economías.» Su autor lo sustentó ampliamente y el Secre­tario de Hacienda, ratificó también lo dicho por el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL honorable diputado Manotas Aquileo. Cerrada la discusión de este artículo fue aprobado. VIII En uso de la palabra el honorable diputado Manotas Pablo Emilio, presentó para artículo 60., nuevo del Proyecto, el siguiente: (tArtículo 60.-En desarrollo del artículo 30. de la Ordenanza 28 de 1934 y de las disposiciones le­gales vigentes sobre servicios sociales, desde la vi- . gencia de la presente Ordenanza, toda empresa in­dustrial o comercial que tenga a su servicio un per­sonal de em pleados y obreros, mayor de veinte (20) personas, está en la obligación de contratar los" servicios particulares de un médico graduado co­lombiano para a tender el personal de la respecti va empresa, que sufra enfermedades contraidas en el trabajo, vigilar permanentemente por el estado sa­nit, ario del establecimiento y dictar conferencias o inst.ruir en alguna forma a los obreros sobre temas de higiene eIemen tal.» Puesto en discusión fue aprobado. IX Se leyó para Parágrafo nllevo del artículo 60. el siguiente: «PARAGRAFO-Los contratos celebrados entre patronos o jefes de establecimientos industriales o comerciales y los médicos que ha n de presto rle sus servicios, necesitan para. su validez, de la a proba­ción del Secretario de Higiene y Previsión Social del Departamento.» En uso de la palabra el proponente, honorable diputado M?notas Pablo Emilio, a insinuación del honorable diputado Escobar, explicó la trascenden­cia de carácter social, tanto del artículo.que acaba­ba de proponer, como la del Parágrafo y se exten­dió en explicaciones de c6n10 viene cumpliéndose la legislación social, sobre esta materia. . X El honorable diputado Escobar, también en uso de la palabra, aplaudió al honorable diputado proponente Manotas y dijo de la conveniencia que sería al unificar lo dispuesto por Acuerdos y Orde­nanzas en materia de obtención de carnets de salud y exámenes radioscópicos y sobre esto hizo ' varias preguntas al Secretario de Higiene y Previsión Social. . Cerrada la discusión del Parágrafo transcrito, fue aprobado. XI En uso de la palabra el honorable diputado Rebolledo, propuso para Parágrafo nuevo del Pro­yecto, el siguiente: «PARAGRAFO: Los certificados de salud que necesiten los obreros para hacer valér sus derechos, no será obliga torio que los expida n los Médicos contratados de que trata esta Ordenanza; los obre­ros podrán recurrir a los Médicos oficiales o a los que ellos estimen conveniente.» El honora.bIe diputado Rebolledo le e'xplicó a la Corporación en breves palabras, la conveniencia de él . . Cerrada la discusión fue aprobado. XII En uso de Ja palabra el honorable diputado M anotas Pa bio Emilio, pref'entó para artículo sép­timo (7) nuevo del Proyecto, el siguiente: «Art: 70. - Quedan encargados de vigilar por el estricto cumplimiento de las anteriores disposicio­nes, los Directores Municipales de Higiene y los Alcaldes en los respectivos municipios quienes po­drán sancionar, con multas sucesi vas de cinco a veinticinco pesos a los remisos, sumas que ingresa­rán a los fondos de la Beneficencia y sin perj uicio de que por otro lado, los referidos funcionarios, ha­gan uso de cualquiera de los medios que las leyes ponen a su disposición para hacer cumplir las nor­mas de orden sanitario y social.» Cerrada la discusión que fue de este artículo, fue aprobado., . XIII En uso de la palabra el Director de Ed ucación Pública, presentó para artículo octavo nuevo del Proyecto, el siguien te: «Art. 80. A partir del prim'ero de mayo del presente año, aumén tase hasta veinticinco mil pe­sos, la suma anual destinada por el Art. 60. de la Ordenanza número 46 de 1939 para el pago del per­sonal docente de la Escuela Industrial del Atlán­tiro » . Cerrada la discusión de este a ttículo, fue a pro­bado. XIV Nuevamente en uso de la palabra el señor Director de Educación Pública, presentó para ar­tículo noveno y nuevo del Proyecto: el siguiente: «Art. 90. Abre~e un crédito suplemental al Presupuesto de Gastos de la actual .vigencia eco­nómica por la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000,00) con la siguiente imputación: Departamento de Educación. Cap. 18. Art. 37. Para el pago del personal docente de la Escue­la Industrial del Atlántico, de acuerdo con el De­creto reglamentario de la Escuela, en los meses de mayo y junio del presente año cuatro mil pe­sos $ 4.000,00. Como en este artículo se abre un crédito, el presidente ordenó la votación de él y nombró es­crutadores a los honorables diputados De la Hoz Baca y Manotas Pablo Emilio, quienes anunciaron que había sido aprobado por nueve votos blancos. XV En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó el siguiente artículo nuevo para décimo del Proyecto y el cual a parece firmado por los demás miem bros de la mayoría: «Art. 10. El Departanlento contribuye con la suma de doscientos pesos ($ 200.00) para los fe¡5tejos del Primero de l\I.ayo que se llevarán a cabo, bajo la dirección de la Unión General de Trabajadores del Atlántico; esta suma será entregada. a la Direc­tiva de la entidad antes nombrada; para su pago queda ampliamente autorizado el señor Goberna­dor del Departamento, para abrir el crédito respec­tivo, sin más requisito que los contenidos en el presente artículo». Cerrada la discusión, fue aprobado. (Confi nurl rá en el próximo número) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 5

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N.

Por: | Fecha: 05/05/1941

.. .• REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA Asamblea Departa~ental Director: RAMIRO RODRIGUEZ P. IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 Barranquilla, 5 de Mayo de 1941 .1' Número 6 , DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice- Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario: Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: N éstor Carlos Consuegra José Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aquileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J. Cervera ACT A NUMERO 9 (Viene del número 5, página 24) XVI En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Néstor Carlos, en asocio de ocho dipu­tados de la mayoría liberal, presentó para. artículo nuevo y once del Proyecto, el siguiente: «(Art. 11. El nombramiento y remoción del personal de empleados de la Contraloría GeLeral del Departamento, el Inspector General de Esta­dística Fiscal y el personal subalterno de esta Sec­ción, corresponderá a la Junta de que trata el inci­so del Art. 60. de la Ordenanza N 0 -. 16 de 1940». Cerrada la discusión, fue aprobado. XVII El honorable diputado Néstor Carlos Consue­gra, en asocio de ocho diputados de la mayoría li­beral de la Asamblea, presentó para artículo nuevo y 12 del Proyecto, el siguiente: «Art. 12. El personal de la Contralo.ría Gene­ral del Departamento y de la Dirección Departa­mental de Estadística, será el que determinan las Ordenanzas números 16 y 28 de 1940. El personal indicado, no puede declararse insubsistente, sin Que se nombré inmediatamente el correspondiente reemplazo» . Cerrada la discusión , fue aprobado. XVIII El honorable diputado Manotas Pablo Emilio, presentó el siguient.e artículo nuevo para. trece del Proyecto : «Art . 13. El Departamento contribuye a la celebración de la 111 Asamblea del Colegio Mé­dico del Atlántico, con la cantidad de un mil qui­nientos pesos ($ - 1.500.00) que se pagará a la orden del presidente de la nombrada entidad; para pagar la cantidad a que se refiere este artículo, ábrese un crédito al Presupuesto de Gast.os de la vigencia en curso, por la expresada cantidad, crédito que se im­putará así: Departamento de Educación .. Cap. Art. Para pagar a la orden del señor presidente del Colegio Médico del Atlántico, la cantidad con que el Departamento contribuye a la reunión de la 111 Asamblea de dicho Colegio $ 1.500.00 Como por este artículo se abre un crédito, el presidente ordenó la votación de él y nombró es­crutadores a los honorables diputados Pino y Oño­ro, quienes anunciaron haber sido aprobado por nueve votos. XIX Para artículo catorce del Proyecto, se apropó el siguiente original: «Art. 14. Esta Ordenanza regirá desde su pr~m ulgación. XX Se puso en discusión el título siguiente del pro­yecto original : «Por la cual se modifica el artículo 20. de la Ordenanza número 46 de 1938 y se dictan otras disposiciones.» Cerrada la discusión, fue aprobado. Leído el preámbulo, se adoptó por ser legal. El presidente preguntó a la Asamblea, si quería q lle este Proyecto pasara a tercer d€bate y la A­samblea manifestó su asentimiento. XXI Siendo las ocho de la noche, y previa adver­tencia del presidente, de que la sesión próxima se­ría matinal, se levantó la sesión. El Presidente de la Asamblea, (Fdo.) LUIS ALBERTO REBOLLEDO El Secretario, (Fdo.) Julio Hoenigsberg Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 26 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAlVIENTAL ==========================~== ACTA NUMERO 10 Sesión matinal del día 30 de abril de 1941. Presidencia de los HH. DD. Rebolledo-Cervera 1 En Barranquilla, a treinta de abril de mil no­vecientos cuarenta y uno, y siendo las diez y cin­cuenta minutos de la mañana, se reunió en el Pala­cio de Gobierno la Asamblea Departamental del Atlántico; se pasó lista y a ella respondieron los honorables diputados Carbonell Alfredo, Cervera Pablo, Consuegra N éstor Carlos, Consúegra Osval­do, Escobar Francisco J., Fernández Llinás José l\1aría, GonzáJez Porra ti Juan, Manotas Pablo Emilio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Rebo- ' Hedo Luis Alberto y Salazar Jorge; dejaron de con­testar los honorables dipu tados Ariza y Pino. Se encontraban presentes los Secretarios de Gobierno, de Hacienda, Higiene y Previsión Social y Ed uca­ción Nacional. 11 El presidente abrió la sesión y el secretario in­formó se encontraban presentes, el señor Manuel Zenón Montenegro, segundo suplente del diputado Jesús M. Ariza, quien previa excusa a esta Corpo­ración, informa que dicho suplente señor Montene­gro va a entrar en su reemplazo. El honorahle di­putado principal Rafael Borelly, también se encon­traba en el recinto de la Corporación, desalojando con ello a su suplente segundo señor José D. Pino y como los honort:tbles diputados Montenegro y Borelly, no se habían juramentado, el presidente les tornó el juramento de rigor, posesionándose luego de sus respectivas curules. III Se dió lectura al orden dfll día ; se comenzó con la lectura del acta de la sesión anterior, la qve puesta en discusión, fue aprobada sin observacio­nes. IV Al anunciar el secretario que se iba a conti­nuar con el orden del día y que de acuerdo con és­te, seguía la elección por Ja Corporación de Con­tralor, Auditor y Contador, el honorable diputado Borelly Rafael pidió la palabra y sentó lél siguien­te proposición: «Aplázase hasta la sesión del día siete de mayo las elecciones de Contralor , Auditor y Contador)}. Puesta en discusión, su autor la sustentó y di­jo: Que le había suplicado a su suplente que le permitiera concurrir a la presente se~ión, porque oportunamente había tenido conocimiento que en la sesión de hoy se iba a hacer la elección de Con­trator etc . y ét quería intervenir en este deba te aplazando la elección y agregó que había tenido conocimiento asimi~mo que la mayoría liberal de la Asamblea tenía el propósito de no darle repre­sentación a la minoría conservadora de la Asarn­blea en la Junta de la Contraloría, cuestión esta que ha sido una tradición reconocer tal rarticipación- y en su concepto debe respetarse en favor de la mi­noría conservadora -.Se ex~endió luego en las ges­tiones que él hiciera antes de instalarse la Corpo · ración, para que se constituyera una mayoría na­tural, no política, para asegurar así el ·sentido de un acuerdo general. Dijo que los partidos de · go­bierno, están en el deber de respetar los derechos naturales del adversatio, porque si se examina. la historia del país, se encuentra que las revoluciones armadas y la sangre vertida en los campos de ba­talla, tuvieron su origen en las implacables perse­cuciones que los conservadores tenían contra los liberales. Dijo que las "revoluciones por fortuna habían pasado y que ojalá no volvieran nunca a perturbar el ritmo de la paz. Se refirió a la gestión que, co­mo Presidente de la República, en favor de la con­cordia nacionaJ hahía hecho el General Rafael Re­ye. s, e hizo alusión a la posición que en ese gobierno conservador había tenido un j~fe liberal corno el doctor Francisco de P. Manotas, quien no hubiera podido ser ministro en aquel entonces, si no se hu­bieran respetado los derechos de la minoría; como tam poco había podido ser guión espiritual de flS­ta sociedad ni de la Costa Atlántica el doctor Cle­mente Salazar l\1esura. "El honorable diputado Sala zar Jorge, in terpeló al orador para decirle Que su padre nunca había tenido posición alguna du­ra n te el régimen conservador. Y el honorable di­putado Borelly aclaró el sentido de esta· Inención ; continuó el honorable diputado Borelly haciendo resaltar de lo inconveniente que era esta clase de exclusiones para conservar una verdadera armonía en el seno de la Asamblea, que se reflejará en be­neficio de 10'3 intereses del Departamento y termi­nó, después de extenderse en otras consideracio­nes, diciendo que confia ha en el pa triotismo de los mayoritarios votando la rnorión de apIa zamiento de la elección de Contralor etc. que acababa de pre~entar. V Puesta. en discusión la moción an terior, el ho­nora ble diputado Consuegra Osvaldo pidió la pala­bra y dijo: Que una voz en el desierto había cla­mado por la jll sticia, que esa voz ha resonado en el desierto porque hay la firme resolución de violar la ley y que por eso sin duda se a presu ró la sesión, volviéndola matinal. El presidente rechazó el car­go, diciendo que era de usanza hacer las sesioneR matinales, cua.ndo los día s que preceden a éstas ~on de fiesta. Continuó el honorable diputado Consue­gra Osvaldo, diciendo q11e al no darle representa­ción en la Contraloría Departan1ental a la minoría co"nservadora no se atenta ba contra los derechos de este párt.ido sino que se iba contrh. la misma demo­cracia y que con este proceder, había que convenir entonces, que la mayoría liberal de la Asamblea, caminaba. hacia el totalitarismo. Se extendió en consideraciones de orden moral y dijo que en esta clase de Juntas como la ContraJoría Departamen· tal, siemple se había eRtilado darle representación a las minorías y terminó diciendo que la nlinoría con~ervadora ha bía demostra do su deseo de cola bo­rar en la obra administrativa del Departamento, pero que esto no sería posible, si la mayoría se obce­caba a negarle sus derechos. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA -DEPARTAMENTAL ==============~========= 27 VI En uso de la palabra el honorable diputado Carbonell Alfredo, dijo que el partido conservador se había podido mantener 45 años en el poder, por­que había respetado siempre los derechos de ~as minorías. Hizo varias aclaraciones sobre actuaCIO­nes del conservatismo en la política nacional, con­tinuó manifestando que el derecho de la minoría, en l'ls juntas de fiscalización cQmo era la Cont:alo­ría, siempre se había respetado y que la Ley mIsma disponía en este sentido. VII Continuó la discusión y el honorable diputado González .Porrati en uso de la palabra dijo que los miembros que componen la Junta conocida con el nombre de Contraloría, forman un Tribunal de Cuentas y de acuerdo con la Ley, la minoría con­servadora debe tener representación en ella, si se quiere que estos fa Hos sean legales. Si la Con tralo­ría como ant,es he dicho es un Tribunal de Cuentas do~de debe haber una estricta fiscalización, por qué entonces se excluye al representante de la minoría? Terminó solicitando de la corporación, que la re­presentación a que tenia d el'echo la minoría conser­vadora, en la Contraloría, fuera respetada. VIII Continuó la discusión y el honorable diputado Cervera Pablo J., pidió la palabra y dijo que no había pensado en un tiem po tan corto intervenir en dos debates púlíticos, porque es enemigo de tales debates ya que éstos distraen a los diputados de sus verdaderas labores y continuó diciendo que ten­dría que hacerlo porque en este debate no hay sim­plemente una cuestión políti.ca sino una d~. I?oral administra tiva. No es posible que la admlnldtra­ción departamental vaya a estar sin la obligada fis­ca lización conservadora y consideró que no era po­sible que la mayoría liberal de la Asamblea le fuera a negar este derecho a los miembros de la minoría de la corporación. Agr(lgó que no podía adelantar su juicio en cuanto a la actitud que asumiría la Gobernación en presencia de estos hechos y por eso deseo que aquí exprese el pensamiento del gobierno en esta cuestión, el Secretario de dicha cartera y diga a su vez si la Gobernación vería con simpatía o antipatía, los nombramientos de Contralor, etc. etc. y el honorable diputado Salazar pidió a la Se­cretaría hiciera constar en el acta estas palabras. IX El Secretario de Gobierno en uso de la palabra . dijo q l1e las a ctuaciones del actual gobierno seccio­nal se distinguían po,r el respeto que había observ~­do tanto 3, sus atribuciones como a las demás entI­dades independientes, como lo era en este caso el Legislativo Depar ta mental. Manifestó a su vez, que el Gobierno departamental no podía ver con sim­patía o a,ntipat.ia a ni nguno de los candidatos que la Asamblea en su sa bid uría y fueros noro brara pa­ra puestos a que tiene derecho a proveer y tenr.inó diciendo que sí sería elegante que la mayoría le d iera representación a la minoría conservadora . X El hon orable di putado Consu(lgra Osvaldo, preguntó, que cuándo había sido sa?cionada la Or­denanza que establece el nuevo perIodo de los em­pleados de la Contraloría que debe elegir la Asam­blea. El Secretario de Gobierno le respondió que el 'día 28. El honorable diputado Consuegra Osvaldo respondió que se había fijado. fecha para elección d~ Contra.lor, etc ., etc., sin que hub~era Ord:na~~a. El honorable diputado Salazar lo Interpelo. dICIendo que eso era un problema que al ContenClos,o toca­ha resolver. A esto respondió el honorable dIputado Cervera Pablo J. que esto atent,aba cont~a l~ de­mocracia, que así era una elec~Ión tot~h~a:!a. El honorable diputado Reboll~do Interpelo dlCIe~dole que la ventaja de la democracia, era recurrIr al Contencioso Adminis~rativo, cuando las Asambleas hacen mal en su sabiduría. XI Cerrada la. discusión de la moción antes citada del mencionado diputado Borelly, fue negada po.r nueve (9) votos negativos contra seis (6) afirmatI­vos y en consecuencia el pr~sidente ordenó la v,ota­ción para Contralor Departamentál y nombro es­crutadores a los honora bIes diputados Consuegra Néstor Carlos y Borelly Rafael, qui~nes anuncia­ron el siguiente resultado: Diez (10) votos para Contralor, por el señor Raúl Fuenmayor Arrázol.a y la Asamblea lo decla~6, a preg.unt~ de la PreSI­dencia legalmente elegIdo. La mlnofla .conservado­ra se abstuvo de votar en esta elec .. ción. . XII El Presidente anunció que se iba a abrir la elección para Auditor y nombró escrutadores a los honorables diputddos Consuegra Néstor Carlos y Borelly, quienes anunciaron el siguiente resultado: Diez (10) votos por el señor Elías Rafael Manotas, para Auditor. La minoría conservadora no votó en esta elección. XIII E l Presidente de acuerdo con el orden del día, anunció que se iba a abrir la elección para Conta­dor de la Contraloría, y nombró escrutadores a los honorables diputados BorelIy Rafael y ConSUEgra Néstor CarloR, quienes anunciaron el s,iguiente re­sultado: nueve (9) votos por el señor MIguel Eduar­do l\IIunárriz y seis votos (6) por el señor Víctor Buitrago. Habiendo obtenido ,mayoría de votos el señor Miguel Eduardo MunárrIz para Contador de la Contraloría, a pregun ta del presidente, la Asam­blea lo declaró legalmente elegido. XIV EJ Secretario de Gobierno dejó en la mesa de la Secretaría un 'Proyecto de Ordenanza «Por la cual se crea la Sección .de la Policía Rural del. De­partamento , dependiente de ,la Policía NaCIonal División Atlá ntico .» XV Siendo las doce y cuarenta del día, el Presiden­te levantó la sesión. El Presidente , PABLOJ. CERVERA El Secretario, Julio Hoenigsberg Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 28 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL ACTA NUMERO 11 Sesión del día 2 de mayo de 1941. Presidencia de los HH. DD. Rebolledo y Cervera 1 En Barranquilla, a dos de mayo de mil nove­cientos cuarenta y uno, siendo las cinco de la tar· de se reunión la Asamblea Departamental del Atlántico en el Palacio de Gobierno; se pasó lista y a ella respondieron los honorables diputados Re­bolledo, Cervera, Consuegra Néstor Carlos, Sala­zar Jorge, Manotas PabLo Emilio, Montenegro Ma­nuel Z., Fernández Llinás José María, González Porrati Juan, Pino José D ., Carbonell Alfredo, Escobar Francisco J., Manotas Aquileo, De la Hoz Baca Luis y Consuegra Osvaldo. No contestó el honorable diputado Oñoro, quien dejó de asistir a esta sesión. Se encontra ban presentes los Se­cretarios de Gobierno, Hacienda, Higiene y Asis­tencía Social y de Educación. 11 Se dió lectura al orden del día y el honorable diputado Néstor Carlos, en asocio de los honora­bles diputados de la mayoría, presentó la siguifmte moción: «Altérese el orden del día mientras se considera lo siguiente: Fíjese la Hesión del día cin­co de mayo para hacer la elección de Inspector Fiscal de Estadística.» Puesta en consideración la alteración del orden del día, como la segunda par­te de ésta, fue aprobada. 111 Se entró en el orden del día, dándose lectura suegra N éstor Carlos, quienes anunCIaron el SI­guiente resultado: Por el Dr. Germán Berd ugo S. Por el Dr. José de J. G6mez Un voto en blanco ocho (8) votos CInco (5) " Como obtuviera la mayoría de votos el doctor Germán Berdugo S., a pregunta del presidente, la Corporación lo declaró legalmente elegido. VII Se abrió la votación para Médico de Pobres de Malambo y el presidente nombró escrutadores a los honorables diputados Manotas Aquileo y Pino José D., quienes anunciaron el siguiente resultado: Por el Dr. Rafael Alvear Cárdenas trece (13) votos. Como el doctor Alvear Cárdenas obtuviera la totalidad de los voto~, a pregunta del president.e, la Corporación lo declaró legalmente elegido. VIII Se procedió ~ la elección de Médico de Pobres de Puerto Colombia y el presidente nombró escru­tadores a los honorablf's diputados Cervera Pablo J. y Consuegra Osvaldo, quienes anunciaron el si­guiente resultado: Por el Dr. José MI. Guerrero nueve (9) votos Por el Dr. J. M. Cassiani un (1) " Por el Dr. Ricardo Cepeda Molina cuatro (4) " Como obtuviera la mayoría. de los votos el Dr. Jo~é MI. Guerrero, a pregunta. del presidente, la Corporación lo declaró legalrpente elegido. al acta de la sesión anterior y fue aprobada ~in ob- ' IX servaci6n alguna. Se procedió a la elección de Médico de Pobres de Campo de la Cruz y el plesidente designó es­crutadores a los honorables diputados Pino y Car­bonell Alfredo, quienes anunciaron el siguiente re­sultado: De acuerdo con el orden del día se 3 brió la elección de Médicos de Pobres de esta ciudad y el presidente nombró escrutadores a los honorables diputados Salazar Jorge y Carbonell Alfredo, Quie­nes anunciaron el siguiente resultado: por el doctor Pedro Antonio Manotas, catorce (14) vot.os, por el doctor Justiniano Martínez T., catorce (14) votos. Como los doctores Manotas y Martínez obtu­vieran la totalidad de votos de la Corporación, ésta a pregunta del presidente, los declaró legal­mente elegidos. v Se procedió a la elección de Médico de Po­bres de Sabanalarga y la presidencia designó escru­tadores a los honorables diputados Sala zar y Car­bonell, quienes anun ciaron el siguipnte resulta do: Por el Dr. Francisco Sudea H. nueve (9) votos Por el Dr. Lucas Ariza cuatro (4) H Por el Dr. José D. l\1ercado un (1) " Como obtuviera la mavoría de votos, el doctor Francisco Sudea H ., a preg·unta del presidente, la Corporación lo declaró legalmente elegido . VI Se procedió a la elección de l\IIédico de Pobres de Baranoa y la presidencia nomqró escrutadores a los honorahles diputados De la Hoz Baca y Con- Por el Dr. l\1anuel S. Cassiani nueve (9) votos " Lucas Ariza cinco (5) " Como obtuviera la mayoría de votos el Dr. Cassiani, a prp.gunta del presidente, la Corporación lo declaró legalmente elegido. Se procedió a la elección de Abogado del Pue­blo y el presidente designó escrutadores a los ho:­norables diputados Consuegra Osvaldo y Montene­gro Manuel Z., quienes anunciaron el siguient.e re­sultado: Por el Dr. Elía.s Moisé~ trece (13) votos. Corno el doctor E lías Moisés, obtuviera la to­talidad de los votos, a pregunta del presidente, la Corporaeión lo declaró legalmente elegido. XI De acuerdo con el orden del día se dió lectura a los negocios sub~tanciados por la presidencia, los cuales pasaron a las respectivas comisiones. (Continuorá en el pró~rimo número) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N.

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 7

Por: | Fecha: 09/05/1941

En la práctica judicial ha venido cogiendo fuerza para efectos de libertad por vencimiento de términos la aplicación del concepto de bancada de la defensa o como lo ha llamado la jurisprudencia el principio de unidad de defensa, que en ultimas consiste en atribuirle a un procesado las consecuencias negativas de la actitud dilatoria de otros procesados y defensores.
Fuente: Universidad Externado de Colombia Formatos de contenido: Tesis
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Aplicación del concepto de bancada de la defensa en el sistema penal colombiano

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 13

Por: | Fecha: 22/05/1941

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTI('O ANALES DE LA ASAMBLEA Departamental del Atlántico Director: SECRETARIO DE LA ASAMBLEA IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 Barran'luilIa, 22 de Mayo de 1941 Número 13 DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presj.dente: José María Fernández Llinás Vicepresiden te: Dr. Osvaldo Consuegra ecretario: Julio Hoenigsberg CONTENIDO: ACTA N lJ :\IERO 20-COllclusión d el número anteri c,r PROYECTO:; VI<: ORDENANZA «Por la cual se 1\diciona al Presupuesto de l{enta!': y Gasto. de la próxima vIgencia. e ordena un tra lado se ciietan otras disposi cione » «Sobre la fundac ión de Cooperativa de AgricuJtore del Atlántico~ «Por la cual e Ilrrl ena la construcción de va ri as obras de utilidad pública en la ciudad de Barranguilla> «Por la cll al se crea la Dirección de E C')ll omía Departamental y se dictan otra rl i sp()s ici u nes~ ACTA NU!\1ERO 21 : esión del día 15 de mayo de 1941 ACT A NITMERO 20 (V iene del número 12, página 60) xx Pág. 61 61 62 El honorable diputado Rebolledo, con permiso de la Corporación, retiró la modificación que antes hubiera presentado, modificando el artículo prime­ro del proyecto y en consecuencia quedó en discu­sión el artículo primero original del proyecto. XXI N uevamente en uso de la palabra el honorable diputado Fernández Llinás, se produjo en contra del artículo primero original del proyecto, alegando la injusticia que envolvía desde luego que la rebaja del im puesto de pisadura que en él se disponía sólo beneficiaba a los choferes de Soledad con el marcado detrimento a los choferes de Malambo, Santo To­más, etc. , etc. XXII Como el Vicepresidente de la Corporación, en­cargado de la presidencia, por ser avanzada la ho­ra, 8 y 35 de la noche, levantó la sesión, quedando en el uso de la palabra el honorable diputado Fer­nández Llinás, protestaron previamente, por la sus­pensión de la. sesión los honorables diputados Ma­notas Pablo Emilio, Cervera Pablo J., Consuegra Néstor Carlos, De la Hoz Baca Luis y Carbonell Alfredo. El Presidente de la Asamblea, OSV AL DO CONSUEGRA El Secretario, Julio Hoenigsberg. PROYECTO DE ORDENANZA NUl\1ERO .... «por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Gastos de la próxima vigencia, se ordena un traslado y se dictan otras disposiciones» . La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA: Artículo 10. Adiciónase el Presupuesto de Rentas de la vigencia económica del 10. de julio de 1941 a 30 de junio de 1942, con la suma de catorce mil cuatroclentos pesos ($ 14. 000,00 ) por concepto del cobro de lo~ certificado~ radioscó­picos que expide el Dispensario Anti-tuberculoso , de confor­midad con la Ordenanza número 2 de 1941. Articulo 20. Adicióna,se el Prpsl1 puesto de Gasto~ de la próxima vigencia con la ~uma $ 14.000,00, que se imputar' así: Departamento de Higiene y Asistencia Social Cap. lo. Art. 20 . Suma pRra distri buir dE' conformidad con el artículo primero de la Ordenanza No. 2 de 1941 $ t4000,00 Artículo ' 30. Si el producto elel cobro de los cert.ificados excediere en algunos meses a la duodécima parte de la suma estipulada en el artículo lo. de esta Ordenanza, el Gobierno Departamental podrá abrir, en cualquier tiempo, sin más restricción que el respectivo certificado de la Contraloria, créditos suplementales para adicionar la apropiación antes expresada. Artículo 40. La comisión de Preaupuesto contracl'edi­tará en el Pref:;upu esto de Gastos de la próxima vigencia, el De­partamento de Educación Pública con la suma de $ 23.658,00 correspondiente a los Caps. 26 y 27, Arts. 71 a 77 y acre­ditará el valor de dichos Caps. y Art . al Departamento de Higiene y Asistencia Social, bajo cuya dependencia quedan los ervicios a que ellos se rE'fieren. • Artículo 50. En caso de que la AsambJfa no alcance a expedir el Presupuesto, el Gobernador al dictar el Decreto de liquidación respectivo, tomará en cuenta las disposiciones de la pre ente Ordenanza. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 62 ANALESDELAASA~~ - ~~A~D~E~P~A~R~T~A~M~E~N~T~A~L~~~~~~~=·~ ==================================~======= ~ ? Artículo 60. E ta Ordenanza regirá desde su promul­gación. Presentada a la consideración de la H. Asamblea por el suscrito, Secretario de Higiene y Asistencia Social, ARTURO PONCE POJAS. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlántico.-Secretaría. Barranquilla, mayo ]4 de 1941. En sesión de la fecha sufrió ;:,rimer deba te el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisión para segundo de­bate, con cinco (5) días rle término, a la de PresupueE'to. Cópiese regístrese, publíque ~e y repártase. JULIO HOENIGSBERG ~ecretario. PROYECTO DE ORDl·~ NANZA NUMERO (sobre la fundación de Cooperativa de Agricultores del Atlántico) La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de u facultades legales, ORDENA: Articulo lo. Autorizaíole a la Gobernación del Depar1a­mento. en armonía con el articulo 12 de. la Ley 134 de 1931, para promover y realizar la fundación de una entidad de coo· perativismo, conforme al Plan de Fomentú de la Economía Nacional del Gobierno Nacional, para la explotación y ut,ir Jización de los productos alimenticios y de las materias pri­mas de orig n vegetal que sean naturales del Departamento del Atlántico, COD el fin de intrnsificar la producción yab::l­ratamiento de los productos agrícolas dü primera necesidflo, propiciar hasta donde sea posible la exportación de lo~ mis­mos, robustecer las industria¡:; con mat(>fia¡:; primas adE'cufl­das y científicamente cultivadas en est.a r('ción y propender a que los agricultores obt.f'nga n t-'J fruto de su esfuerzo en con­diciones de bajo coc::to y relldimiento máximo. Artículo 20. La entidad de cooperativismo a quP. se rr· fiere el artículo anterior se denominará «Cooperativa de Agri­cultorf:: s del Atlántico, Limitada», y sus bases orgánica~ se­rán las que se fijen en sus estatutos, 1M cualef) serán elabo­rados con ujp.ción a las If'ye¡:; pertin('ntf'~, a la presente Or­denanza y ti. los decretos reglamentario, de ella que el Go­bernador del Departamento queda f-llltorizado para. r pedir. Conforme al articule.) primero de la Ley 134 de 1931 1 ajes estatutos deberán ser aprobodos por el Gobierno Nflrional. Artículo 30. La dirección de la Conpera tiva dr Agri. cultores del At.lántico será de 20 año~, que empezaran a contarse desde la fecha de registro df' la f>scritur a ¡:ori~ l y que podrá prorrogarse por resolución de la Asamblra Gpnerfll de dicha Cooperativa, adoptada conf )rme a los e~tatt!tos. Artículo 40. El capita I aut,orizado df' la Cooperfl t iva de Agricultores del Atlántico , erá dr $ 250 000,00 moneda nacional y estará reprrsentf-ld ll pOI' Acciones nominativas de S 100,00 cada una que no podrán el' enajenadas a gobiernM extranjeros. En caso de quiehra de la Cooperativ:;l, ::¡ n f,rs de pagarse totalmente cualquier cflpital que ha~'f-l . ido nn· torizado y suscrito, los acreedores tendrán ac('ión con los suscriptoreR por cualquier parte del valnr de laE' ~cci().nf's que no haya ~ido cllbierto, al tenor del articulo 52 de la Lry ,134 de 1931, sobre sociedades cooperativas. Parágrafo. Conforme a la ley que rigr la m9teria, en los estatutos podrán establecerse cuotas de admi~ión y de Lsolidaridad obljgatoria~ para todos los socios o adherente¡:;. Estos aportes alimentarán el capital social autorizados por el artículo 40. de la presente Ordenanza. Artículo 50. La Cooperativa de Agricultores del Atlán­tico, Li mitada. se diso! verá y liquidará de conformidad con Jos pff'Cepto contenidos en el 'artículo 82 de la Ley 134 de 1931 . Artículo 60 . En la Cooperativa de AgricuJtorfs de Atlántico, Limitada, que será de producción conforme a de­rerho, el Gobernador queda autorizado para , uscribir accio­nes por cuenta oel Departamento hasta. por la cantidad de ciento cincuenta mil pesos, ($ 150.000.00) o la que estime con­veniente. Con el fin de cumplir esta disposición la Gober­nación queda facultada para aportor oe lo¡.; dinf'ros del Em­préstito Interno de 1940, o de los fondos comunes, la 8u~a requerida, la cual se invertirá pn adquirir para la CooperatIva un equipo de irrigación y todo lo~ demá elementos que esta fundación requiere. Articulo 70. Como egún el Decreto 1.157 de 1940' obre fomento de la economía nacional, el Ministerio de la Economía Nacional Ntá facultado para impu18~r y au>;iliar la organización y drsarrollo de cooperativas de producción; parfl facilitar a los agricultore , mediante la celebración de ('ontratos con entidades oficiale~, semioficialE's o particulareR, la obtención necesaria para el ab{istecimit'nte, defensa y re­colecctón de los cultivos y para girar contra el Fondo Rota­rio de la economía nacional las sumas para los gastos que implique el cumplimiento del Plan de Fomento de la Econo­mía Nacional, autorízase ampliamente al Gobernador del Departamento para que inicie gestione:; ante el Gobierno Nacional, con el fin de conseguir que éste suscriba acciones en la Cooperativa oe Agricultores del Atlánti('n hasta por la suma que sea conveniente, y para que obtenga de él me­rliante contrRtos o en cualesquiera otra forrrH~, la colabora­ción económica o técnica o de Índole distinta que e time in­dispensable. Articulo 80. Como es propósito esencial de esta Orde­nanza que a la Cooperativa de Agricultores del Atlántico, Limitada, queden vinculados el Departamento, lo~ particu~ lares, y hasta donde fuere posible el Estado, la .Junta Di­rectiva de la Cooperativa, previa aprobación de la Asamblea General, propiciará. fórmulas para que de conformidad con el Decreto Ejecutivo número 1.157 de 1940 Jos organismos oficiales de Crédito Agrícola otorguen a la Cooperativa los créditos necesarios para el desMrollo de us actividades. Como consecuencia de eJlo, esta Ordenanza queda, en todo ca~o, sometidn. al Plan de Fomento de la Economía Nacio­nal, or;ginario del Gobierno Nacional, lo mismo que los esta­tutos rle la Cooperativa de Agricultores del Atlántico. Li­mitada. Artículo 90. En IR Cooperativa de Agricultores del Atlánt.iro podrán ser accionistas la Nación, el Departamento y -Jos particulares. Articulo 10. Los particulares cooperados tendrán la op­ción de adquirir las acciones suscrit.as por el Departamento y la N aci6n, pagando el valor de rlichas acciones con el pro­ducto de las parcelas que les sean adjudicadas, al despren­derse las mf'ncionadal- entidades oficiales de sus acciones. Para estfl pRgO se concederá un pinzo prudencial y las su­maB que queden como deuda no devengarán . intere es, pero la pa rcela c::erán gra va das en garantía del cumplimiento de ]8S obligaciones adquiridn . Artíru lo 11. Además de lo dispuf'sto en e! Parágrafo úniro del artículo 40. de la presente Ordenanza, el capital de la Cooperativa de Agricultores del Atlántico, Limitllofl, en todo o en pa rte. Re forma rá de acuerdo con 10 establecido en el artículo 45 de Ifl Lry 134 de 1931 a sabE.'r: a) Con las acciones que uscriban Jos ~ocios en dinero ef('divo' b) Con bienes muebles o inmuebl{'E', con el trabajo, con la industria, ron la capacidad profesional o fuerza producti­va: de los asociRdos, con mercedes, privilrgios, etc. etc; e) Con préstamos, auxilios o subvencion('~ que obtenga del Estado, de los Departamentos, Municipios u otras corpo­racionf'~ o de particulares. Parágrafo. Lo~ a portes hecho .. por los wrir. que no sean en dinero, se e~tim{lJ'án, pn cada cafO, en bcrlnnrs repre­sentativas de tales aporte~ y pn C(nf0ltrlio3d ('( D le , r ~ta­tuto . Artículo 12. Esta Ordenanza regirá desde ,u prc,mul­gación. Presentada a la considerl:lción de la H. Asamhlea, a nomo , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 63 bre del pñor Gobernador, por el suscrito Secretario de Ha­cienda, en la se. ión del día 14 de mayo de mil novecientos cuar~nta y uno, LUIS CARLOS BAENA. República de Colombia.- Asamblea Departamental del Atlántico.-Secretaría. Barranquilla, mayo 14 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisión para segundo debate, con cinco días de término, a los HH. DD. Rebolledo, Manotas Aquileo, Borelly, Consuegra Osvaldo y Cervera. Cópiese, r€'gí. trese, publiquese y repártase. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO «por la cual se ordena la construcción de varias obras de uti­lidad pública en la ciudad de Barranquilla>. La Asamblea Departamental del Atlántico, en u o de sus facultades legales, ORDENA: Articulo. El Departamento tomará a su cargo la pa­vimentación de la carr€'ras cLa María» y «Primavera", par­tiendo desde la calle de (cCaracas» hasta enClontrar la carre­tera «La María». Artículo . Aprópiase la cantidad de cuarenta y dos mil pesos ($ 42.000,00) para dar cumplimiento al artículo ante­rior, suma que será inclufdh en el PresufJuesto de Gastos de la próxima vigencia. En ca o de que por alguna circunstan­cia la A~amblea no incluya en el Presupuesto la suma en referencia, el Gobernador queda facultndo para abrir los créditos o hacer los traslados in dispensa bIes para la total ejecución de la mencionada obra. Articulo. El Gobernador procederá a construir en el ba­rrio denominado «San Isidro», en el lugar que la técnica aconseje, un local para el funcionami€'nto de una Escuela pa­ra enseñanza primaria, con destino a la' población f'scoIar de varones del barrio antedicho. Articulo. De. tfnase la Ruma de diez mil pesos ($ 10.000, 00 para la construcción de la ptencionada obra. la cual t'erá incluida en el Presupuesto de Gasto ~ de la próxima vigencia, quedando autorizado el Gobernador para abrir los crédit.os o ha.cer lo~ traslados para el caso de que no se cumplR esta for-malidad por la Asam blea. . Articulo. Esta Ordenanza regirá desde su promulgación. Presentado a la consideración de la H. Asamblea, por el suscrito dipntado por la mayoría liberal, (fdo) FRANCISCO J. ESCOBAR. República de Colombia. AQamblea Departamental del . Atlántico.-Secretaría. Barranquilla, mayo 14 de 1941. En sesión de la feeha sufrió primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasó en comisión a los HH. DD. Rebolledo, Borelly y Cervera, con diez días de término. Cópiese, regf trf>se , pllbliquese y repártase . JULIO HOENIGS.B~= RG , Secretario. PROYECTO DfG ORDENANZA No. DE 1941 «por la cual se crea la Dirección de Economía Departamen­tal y se dictan otras disposiciones". La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA: Articulo 10. Desde el día 10. de julio próximo la Di-rección de Agricultura y Ganadería, creada por la Ordenanza número 17 de 1934 (14 de ab~'i l), se denominará Dirección de Economía Depllrtamental y tendrá el siguiente personal y asignaciones: Un Director, con sueldo mensual de $ 250,00 Un Secretario, con sueldo mensual de 180,00 Un Ingeniero Agrónomo, con ~uel do mensual de 200,00 Un Médico Veterinario, con sueldo mensual de 200,00 U n Oficial Mayor, con sueldo mensual de 130,00 Dos Escribientes, con sueldo mensual c. u. de 80,00 Un Portero-Escribiente, con sueldo mensual de 60,00 Parágrafo: Tanto el Ingeniero ' Agrónomo como el Mé-dico Veterinario tendrán $ 50,00 mensuales de viáticos cada uno . Artículo 20. El Director ~erá nombrado por la Asam­blea por ppríodos de dos (2) años, y el Secretario será de li­brE' nombramiento del Director. Parágrafo: Tanto el Director corno el Secretario debe­rán tener automóvil propio para el mejor de~empeño de sus funciúnes. Articulo 30. El Ingeniero Agrónomo, el Médico Vete­rinario, el Oficial Mayor, los dos Escribientes yel Portero serán nombrados por el Gobernador, de terna que presente el Director de Economía. Articulo 40. Todos los utensilios, muebles, papeles, archivo, documentos y libros existentes en la oficina y perte­necien tes a la Dirección de Agricultura y Ganadería, así co­mo los aparatos, máquinas, implementos agrícolas y lflbo­ratorio. pertenecientes a la Dirección, y el local que orupa rn el Palacio de Gobierno, serán entregados a la Dirección de Economía Departamental. Artículo 50. Todas las funciones de que tratan las Or­denanzas número 17 de 1934, la número 2 de 1935, la número 27 de 1935, la número 35 de 1935, la número 73 de 1936, la número 32 de 1937 y la número 78 de 1939, así como todas las disposiciones vigentes sobre agricultura, parcelaci6n, ganade­ría, irrigación y pozos art€,~janoe, se entienden anexadas e inhflrentes a la Dirección de Economía Departamental, en lo que dichas disposiciones no sean contrarias a esta Or~ denanza, además de las que más adelante se señalan . Artículo 60. Créase la Junta de Economía Depart.amen­tRI compuesta de cinco (5) miembros e integJad!l sf:5: Por el Gobernador del Departampn10, cuyo 811plent€' lo seJá el Se­cretario de Hacienda; por el Director de Economía Depar­tamf'ntal, cuyo suplente Jo será el Ingeniero Agrónomo; por el Contralor Departamental, CllyO suplente lo será, el ('on­tralor Auxiliar; un repreFentsnte de la Sociedad de Agricul­tores y Ganaderos del Atlántico; un repre~entanterde la Coo­perativa Algodonera; y por el Secretario de la Dirección de Economía que Jo será de la Junta. Los representantes de la Sociedad de Agricultores y Ganaderos del Atlántico y de la Cooporativa Algodonera, COD sus rf'spectivfls suplentes, erán designados por las entidades a que correspondan. Articulo 70. La Junta oe Economía Departamental sustituirá en us funl'iones, en lo referente B la agricultura. parcelación, ganadf'ríR, irrigación y pozos artefiaDl'E-l, y s este mismo fin, a las diferentes Juntas creadas por OrdenaDzas anteriores . Parágrafo: La Junta de Economía Depa-rtamental se reunirá por lo menos dos veces cada mes. Artículo 80. Son funciones de la Dirección de Econo­mía Departamental, además de las anotadas en artículos 9D­tE'l'i~ re~ , las siguientes: a) Colaborar con el Gobierno del Departamento al me­jor desarrollo de la economía departa mental ; b) Levantar o hacer levantar los plnnos o mapas hidro­gráficos, geodésicos y agrícolas del Departamento; c) Proyectar, construir o upervigilar las obras de irri­gación; d) Fomentar la apertura de pozos artesianos en el De­pl. rtamento; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 64 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL e) Fomentar los cultivos y - pastos adt:cüados a cada k-egion; f) Fomen tar la cria y elección del ganado lechero y de carne; . g) Suministrar informes y hacer recomendaciones para ,mejorar la vivenda campesina, en colaboración con la Secre­taría de Higiene, y para otras construcciones murales como ~8tablos, silos, bañaderos, graneros, depósitos, gallinero:::, etc.; h) Distribuir las semilla,s clasificadas y desinfectadas que se obtengan del Gobierno Nacional, de particulares o por compras, por rigu roso turno de solicitudes y de acuerdo éon las cantidades disponibles; i) Vigilar la construcción de bañaderos para ganado y de silos, y visar las cuenta~ de cobro de auxilios que por esos conceptos pasen los beneficiados de acue. do con las dis­posiciones vigf'ntes; j) Inspeccionar las marcas de ganado para dar cumpli­miento a la Ley número 132 de 1933 y a los Decretos Eje­cutivos número 1.372 de 1933 y número 1608 de 1933; k) Abrir una inscripc-ión de todo~ los ganaderos en el .territorio del Departampntn y I('va nta r la e. tadfstica del ga­nado que exi. te en el Departam nto ('on mención de ra7ía y destino; 1) Reglamen tar el uso, fijar las obligaciones que con­traen para con el Departamento, y el monto d&l alquiler que deben pagar, los que usen lop equipos, herram ientas y máquinas al cuidado de IR Dirección' y m) Levantar el censo de los predios rurales de propie­dad del Departamento, con mención del nombre, localización, linderos y áreas. Articulo 90. Son funciones del Secretario y demás em­, pleados de la Dirección de F:conomía Departamental cumplir las órdenes emanadas rle la Dirección. Articulo 10. Con el fin de propender al dpsarrollo de la agricultura y de la ganadería en el DepartA mento, la Direc­ción de Economia procedpr~ a adquirir por compra, con la intervención de la Junta de Economía Departamental y me­diante licitación pública, Ia.s iguientes -maquinarias y equi­pos : a) Dos (2) equipos modernos, nuevos y completos de taladros para perforilr pozo 3rte~ianos, cada uno con sus barreuas, barras dc f'xten~i6n, motor de gasolina, herramien­tas de pescar, herramientas de mano, herramientas e~pecja­les para la colocación de tubo. de rf'vf'stimiento v cables de acero, para hacf>l' perforaciones de cuatro y sris pulgadas de diámetro hasta ciento cincuenta metros de profundidad; b) Un (1) tractor de 22 H. P., con motor para aceite combustible o tractorina, con polea adicional y montado en ruedas de caucho' c) Una (1) destronconadora, con capacidad para arrancar troncos hasta de treinta centfmrtros de d iámetro, equipada con sus cables de acero y accesorios; d) Un (1) juego de formaletas de acero para la cons­trucción de si los de concreto de ~,65 y 4,25 metros de diá­metro; y e) Una (1) enl:'i1adora montada en ruedas de acrro y equipada con bomba de miel, codo de ensilar, tubo eleva­dor, embudo y tubos de di tribución, y repuestos. Articulo 11. Destinase la urna. de diez y ocho mil pe- 80S ($ 18.000,00), para dar cumplimiento al articulo diez de la presente Ordenanza. Artfcu lo ] 2. Para fomentar la con. trucción de silos y bañaderos en <>/ Departamento, destinase la ,urna de seis mil seiscientos pesos ($ 6.600,00) para auxiliar a ga.naderos del pepartamento del Atlántico en la construcción de dóce (12) silos, a razón de $ 350,00 cada uno y de doce (12) bañade­ros a razón de" 200.00 cada uno. Parágrafo: Ln Secretaria de- Hacienda incluirá en doce (12) acuerdos meo uale. sucesivos la suma de $ 550,00, co-menzando desde el mes de julio próximo, para dar cumpli­mien to a este articulo. Articulo 13. Toda la maquinaria y equi pos de que tra­ta la presente Ordenanza estará al cuidado de la Dirección de Economia. Articulo 14. Los equipos para perferar pozos artesia­nos se destinarán al servicio de los agricuItol e y ganaderos de la Provincia de Sabftna larga uno, y el otro al servicio de los agricultores y ganaderos de la Provincia de Barranqui ­quilla; la máquina ensiladora, las formaletas para la conS'­trucción de silos, la destronconadot'a y el tractor estarán al servicio de los agricultores y ganfodero del Departamf'nto del Atlántico. Artículo 15. La Dirección de Economía DepartAmen­tal atenderá por riguroso turno las solicitudes que se le ha­gan .para el uso de los equipos, máquinas y aperos a su car­go, y entregará a cada solieitante un comprobante donde con8te la fecha de la solicitud y el turno que le corresponde. Artículo 16. Las sumas provenientes de los alquileres de los equipos y máquinas a cargo de la Dirección de Econo­mía, entrarán en la Tt;sorerfa General del Departamento en fondo especial que se destinará al sostenimiento y repara­ción de los mencionados equipo>:: y máquinas. Parágrafo: La Contra.lor5a Departamental fijará 188 normas pa ra retira.r e os fondos y aplicarlos a los fines a que se destinan. Artículo 17. Para libros, muebles, formularios, boleti­nes, circulares y gastos de escritorio de]a DirE>cción de E­conomía Departamental, la Secretaría dp Hacienda girará mensualmente hasta la suma de cien pesos ($ 100,00), que pondrá a la disposición de la Dirección, mediante cuentas que formulará el Director. Artículo 18. La Granja Experimental del Departamen­to será ad~crita a la Dirección de Economía Departamental y en consecuencia todos los elementos que le pertenecen y hacen parte de su funciona miento pafsrán a est.a entidad, a efecto de conservar lo existente sin deterioro para su apro­vechamiento, hasta tanto la A~8mble8 dispone lo que más conyenga a Jos intereses del Departamento. Pa rágl'afo: L& sección de remonta será reorganizada por la Dirección de Economía y para su mayor eficiencia en desarrollo de Jos fines para que fue creada. Artículo. 19. En caso de que la Asamblea no expida el Presupuesto de Rentas y Gastos, el Gobernador al liquidar­lo hará, de manera expresa, la inclusión de las partidas nece­sarias para el cumplimiento de esta Ordenanza, que se con­sidera de servicio público para los efectos de la Ordenanza número 16 de 1940, sin máfl requisito que la presente orde­nación. Artículo 20. El Gobernador procederá a darle la debida posesión al Director de Economía dentro de los 30 dfas si­guientes a su rlección, y éste se rncsrgará de la Dirección el díA lo. de julio de 1941, fecha en que comienza su período legal. Articulo 21. Quedan derogadas las disposiciones que sean contraria::: a IR prr ente Ord~nanzal y reformadas algu­nas de la!': anteriorrs . A rticu 10 22. Esta Ordenanza rpgirá de. de su promul­O'ación. Dada en BarranquilIa, etc. Presentada por el suscrito diputa.do por el Circulo de Saballalarga, (fdo) AQUILEO MANOTAS. República de Colombia.-Asamblea Departamenhd del Atlántico.-Secretarfa. BarranquilI8, mayo 14 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAl\1ENTAL 65 Proyecto de Ordenanza y pasa en comisión a la de Fomento con cinco días de término. Cópiese, regístre~e, publfquese y repártase. JULIO HOENIGSBERG Secretllrio. ACTA NUMERO 21 Sesión del día 15 de mayo de 1941 Presidencia de los Honorables Diputados Fernández Llinás-Consuegra Osvaldo 1 En Bal'ranquilla, a quince de mayo de mil no­. vecientos cuarenta y uno y siendo las cinco y trein­ta de la tarde se reunió en el Palacio de Gobierno la Asamblea Departamental del A tlántico, se pasó lista y a ella respondieron los honorables diputados Barros Diego E., Borelly Galindo Rafael, Carbonell Alfredo, Cervera Pablo J., Consuegra N éstor Car­los, Consuegra Osvaldo, De la Hoz Baca Luis, Es­cobar Francisco J., Fernández Llin2s José María, González Porrati Juan, Manotas Aquileo, Rebolle­do Luis Alberto, Oñoro Pedro A. y Valencia Aníbal. Dejó de contestar lista el honorable diputado Ma­notas Pablo Emilio. Se encontraban presentes los Secretarios de Gobierno , Hacienda y Educación Nacional. 11 La Secretaría informa a la Presidencia, hallarse en el recinto de la Corporación el honorable dipu­tado Manuel Santiago Bermúdez, quien viene a reemplazar al principal do('tor Pa blo Emilio Mano­tas, por excusa presentada por éste; la Presidencia le recibió el juramento legal. 111 Se dió lectura al orden del día. IV Se leyó el acta de la sesión anterior y fué apro­bada sip observaciones. V . Se dió lectura a los negocios sustanciados por la Presidencia, entre éstos un telegrama del Gober­nador del Departamento de Caldas, por medio del cual solicita a la Asamblea se dirija a las Cámaras en solicitud del aumento del impuesto de cerveza para evi tal' la ruinosa COlD petencia que esta bebida está haciendo a los licores de producción departa­mental, el ~ual pasó en comisión a los honorable diputados Rebolledo, Manotas Aq uileo y Fernán­dez Llinás; los otros negocioR pasa ron a las comisio­nes respectivas. VI Como en el orden del día aparecía en primer término para segundo debate el proyecto de Orde­nanza {(Por la cual se modifica la Ordenanza No. 44 de 1931 y 81 de 1936» y como había quedado en el uso de la palabra el honorable di putado Fernández Llinás, al terminar la sesión anterior, este honora­ble diputado en uso de ella, impugnó el artículo 10. ~=========== ====================== original del proyecto, por considerarlo injusto para los demás choferes que transportan pasa.jeros en líneas distin tas de Soledad y se extendió en otras consideraciones sobre la inconveniencia de aprobar el artículo primero origina 1 del proyecto y. lo adicio­nó en la siguien te forma: «En esta rebaja quedan incluidos todos los ca­rros que se dedican al negocio de transporte de pa­sajeros en esa vía». y la sustentó diciendo que en esta forma si había justicia distributiva. VII El honorable diputado De la Hoz Baca le im­pugnó varias afirmacionQs al rededor del proyecto. VIII En uso de la palabra el honorable diputado Re­bolledo, presentó la siguiente moción: «Aplácese la consideración del proyecto presen­tado, por veinticuatro horas, pase a la misma co­misión para que proponga alguna fórmula conci­liadora » . Puesta en discusión y cerrada que fue ésta, fue aprobada, a la comisión respectiva o sea la de Fo­mento, por veinticuatro horas. IX e continuó el orden del día y se abrió el pri­mer debate al proy~cto de Ordenanza «Por la cual se ordena el trazado y construcción de un tramo de carretera». El autor del proyecto) el honorable di­putado Valencia, lo sustentó para demostrar la conveniencia de Ál; cerrada la discusión, fue apro­bado y pasó en comisión para su estudio e informe, a la de Obras Públicas con cinco días de término. X Se leyó el informe de comisión que estudió el memorial del señor Eusebio Lozano-, por medio del cual propone en venta al Departamento su libro intitulado «Voces homófonas» y se puso en consi­deración la moción con que termina dicho informe, y cerrada la discuRión, fue a probado en consecuen ... cia, se a brió el primer deba te al proyecto de orde­nanza que acompaña la comisión en su informe «Por la cual se da una autorización al señor Gober­nador del Departamento para comprar varios ejem­plares de una obi'ao. Cerrada la discusión, fue apro­bado y pasó en comisión a la de Educación con cin­co días de término. XI En uso de la. palabra el honorable diputado González Portati Juan presentó la siguiente moción: «Altérese el orden del día mientras ~e conside­ra lo si~uiente : «Solicítese del Gobierno Nacional un informe acerca del plan que tenga elaborado para la construcción de la carretera Panamericana, a tra­vés del país ; excítese a todos y a cada uno de los Departamf\ntos! Intendencias y Comisarías, que hagan igu1),] solicitud para concertar un plan vial que teniendo dicha carretera como troncal, la co­munique de la manera más adecuada con todas y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 66 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL cada una de las diferentes secciones~ aprovechando lo existente hasta hoy; en cuanto sea posible. Pídase al Consejo Nacional de Vías de Comu­nicación, que colabore y dirija un plan en este mis­mo sentido, ofreciéndole, en reciprocidad, todo el apoyo de e te Departamento. Comuníq ue~e a los Ministerios a quienes corresponda y al señor Go­bernador del Departamento. Cúmplase.» Puesta en consideración la primera parte, fue aprobada, y en discusión la segunda parte de eRta moción, fue aprobada. XII Se continuó el orden del día y se leyó el infor­me de comisión que estudió el proyecto de Orde­nanza para segundo debate «Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público» y puesta en consideración la moción con que termina, el in­forme, fue aprobada. Y en consecuencia, se abrió la discusión del siguiente artículo nuevo para primero del proyecto propuesto por la Comisión: «Artículo 10. Autorízase al Gobernador del Departamento, para adquirir un planchón de mo­tor «Ferry boat» que será utilizado para el traslado de pasajeros, carga, camiones, autobuses, automó­viles, bicicletas, etc . y toda clase de ganados, entre el puerto termina 1 de la carretera Cascajal-Leña­Puerto Giraldo y el Puerto de Salamina en el De­partamento del Magdalena. Este planchón de mo­tor podrá adquirirlo la Gobernación, con cualquiera entidad , nacional o extranjera. Pero en el caso de que resulte más conveniente negociar dicho plan­chón con una entidad nacional cualquiera" si se tratare del producto exclusivo de una Fábrica y sea cual fuere u valor, el Gobernador procederá a ad­quirirlo sin previa licitación y sin otro requisito distinto del que le impone la presente autorización. En los mismos términos y condiciones el Go­bernador queda facultado para adquirir otro plan­chón de motor «Ferry boat», en el caso de que con­sidere nece~ario establecer el mismo servjcio en otro punto cualquiera, adyacente a la carretera que partirá de Puerto Giraldo hacia el Sur de este De­partamento » . Puesto en discusión este artículo nuevo para primero del proyecto y cerrada la discusión , fue aprobado. XIII Se aprobaron los artículos segu ndo y tercero originales del proyecto. XIV En uso de la pala bra el honorable dipu tado Escobar Francisco J. presentó el siguiente artículo nuevo para cuarto del proyecto: «Art ícul,o 40. Para que la Gobernación dé cumplimiento al artículo cuarto de la Ordenanza número 1 de 1940, que se relacioI1a con la compra por cuenta del Tesoro Departamental de un lote o varios lotes de terreno , en cantidad no menor de treinta (30) hectáreas, situadas dentro del área po­blada de la ciudad de Barranquilla, o en sus inme­diaciones , ábrese al presupuesto de gastos de la vigencia económica en curso un crédito extraordi-nario por la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000), con la siguiente imputación: Departamento de Hacienda Cap. 27. Otros Gastos Art..... Para la compra de un lote o varios Jo­tes de terreno situados dentro del área poblada de la ciudad de Barranquilla o en sus inmediaciones para la construcción de un barrio obrero de que tratan los artículos 2 de la Ordenanza No. 20 de 1939 y 4 de la No. 1 de 1940 $ 20.000,00 Artículo este que fué luego sustentado por su autor y dijo: que a pesar de la Ordenanza 20 de 1939 y primero de 1940, por medio de la~ cuales se autoriza a la Gobernacióll para la adquisición de lotes de tierra, para formar en ellos modernos ba­rrios obreros y sin embargo de ello la Gobernación no había podido adelantar, porque ~e había puesto como condicional en la misma Ordenanza, que los dineros destinados a ese fin se apropiarían , siempre que hubiera exceso de rentas y que como esto nun­ca acontece, de ahí que nunca podrá adquirirse el lote necesario para la forma ción del barrio obrero en cuestión, que es lo que él precisamente quiere garantizar por medio de este artículo. Se extendió en otras consideraciones al respecto y solicitó de la Corporación su voto afirmati vo pnra el artículo nuevo que estaba en discusión. XV El honorable diputado Manotas Aquileo , en uso de la palabra impugnó dicho artículo, entre otras cosas, por tratar de incorporarlo en un proyecto que no tiene relación con el artículo en discusión y opi­na que le toca a la Secretaría de Higiene y Asisten· cía Social, estudiflr la8 condiciones higiénicas del terreno y es por ello que se atreve a insinuar que se formule un proyecto de ordenanza especial, en que se deje bien esta blecido cuál eR el propósito de la Asamblea en materia de adquiRición de tierra para la forro ación de barrios obreI'os. Lo interpelaron, en el curso de su peroración los honorables diput.ados Consuegra Osvaldo, Escobar y Borelly. XVI El señor Secretario de Hacienda , en uso de la palabra, hace una explicación de cuáles fueron los propósitos de la Asamblea cuando se discutió la Ordenanza que dispone]a adquisición de tierras para la formación de un barrio obrero y que el ar­t ículo propuesto por el honorable diputado Esco­bar. tiende a dotar a la Gobernación del instrumen­to legal para llevar a cabo la compra de las tierras ya citadas ; hizo alusión de las reuniones habidas con la Junta de Tierras y agregó qne hay varias propuestas de ventas de terreno para los fines indi­cados, pero que como no ~xiste partida disponible para las compras de estas tierras, no ~e ha podido adehlntar nada sobre el particular. XVII El honorable diputado Consuegra Néstor Car­los, en uso de la palabra, hace explicaciones sobre la idea de los legisladores del año pasado. XVIII El honorable diputado Borelly Rafael, en uso ., Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA DEPAR'rAMENTAL 67 de la pala bra, dijo: que el punto de vista del hono­rable diputado lVlanotas Aquilea en relación con la incorporación de un artículo en un proyecto, que nada tenía que ver con tierras, lo consideraba ajus­tado a la manera metódica como debía legislarse; se extendió en c0nsideraciones sociales al referirse a la adquisición de tierras para barrios obreros y ter­minó pidiéndole al autor del artículo mencionado, lo retirara para presentar en debida forma un pro­yecto de ordenanza que tienda a dejar solucionado una vez por todas esta vieja aspiración del pueblo de Barranquilla. Terminó diciendo que el proyecto al cual se le quería incluir el artículo nuevo debía aprobarse en la forma origina 1 en que estu ba pre­sentado, para no causar Inala impresión a la Asam­blea del Magdalena, ya que por él se tiende a esta­blecer un servicio público, como son los «Ferry boat.» XIX El honorable diputado Oñoro en uso de la pa­labra, también se produjo a favor del artículo pro­puesto por el honorable diput&do Escob&r y se extendió al rededor de él, pero también consideró y así se lo pidió a su autor, que era tan importante el asunto, que debía dejarse consignado en un proyec­to especial de ordenanza y terminó presentando a discusión la siguiente moción: (cSuspéndase lo que se discute y pase el artículo a una comisión presidida por el honorable diputado Escobar y hará parte de esta comisión el señor Se­cretario de Hacienda, para que previo entendimien­to con el señor Gobernador del Departamento, ela­bore un proyecto de ordenanza, que tp.nga como base la iniciativa del honorable diputado Escobar. Tal proyecto deberá ser presentado a la Asamblea dentro de 24 horas» . Puesta en discusión esta moción, el honorable diputado Escobar en uso df' la palabra se opuso a su aprobación, porquf' dijo que con ello temía no se realizara la compra de tierra para barrios obreros. Cerrada la discusión, fue aprobada y por con­siguiente negado el artículo antes transcrito presen­tado por el honorable diputado Escobar. XX Se continuó ]a discusión del proyeetó original y en consideración para su a probación el artículo cuarto original, fue aprobado. XXI Se adoptó el enca bezamiento por ser legal y en discusión el título, fue aprobado. El Presidente preguntó a la Corporación, i quería que tuviera tercer debate este proyecto y ésta a su vez respon­dió afirmativamente. XXII En uso de la palabra el honorable diputado Rebolledo presentó ]a siguiente moción: «Altérese el orden del día y declárese de carác­ter urgente y désele primer debate al proyecto de ordenanza «Por la cual se reconoce y e ordena pa­gar una deuda y se dispone una contribución». Puesta en discusión el honorable diputado Ma­notas Aq uileo pidió la palabra para adicionada así: «Inmediatamente después désele segundo deba­te al proyecto de ordenanza (ePor la cual se ordena la construcción de varios tramos -de carretera y se dictan otras disposiciones» . XXIII A solicitud del honorable diputado Borelly se discutió por pa'rtes. Puesta en discusión la primera parte, o sea la alteración del orden del día, fue aprobada; puesta en discusión la segunda parte de la moción con la adición del honora ble diputado Manotas Aquileo, fue aprobada. .XXIV Se abrió el primer debate del proyecto de or­denanza (,Por la cual se reconoce y se ordena pagar una deuda y se di~pone una contribución» y cerra­da la discusión , fue aprobado y pasó en comisión especial a los honorables diputados Carbonell y Fernández Llinás. XXV De acuerdo con la segunda parte de]a moción aprobada, se abrió el segundo debate del proyecto de ordenanza «Por la cual se ordena la construcción de varios tramos de carreteras y se dictan otras disposiciones» . XXVI El honorable diputado Borelly excitó al señor Secretario de Hacienda a que explicara el proyecto que se iba a discutir y el Secretario accedió a ello, extendiéndose en consideraciones sobre la inversión que debe darse a la suma proveniente del emprés­tito. XXVII El honorable diputado Borelly, tam bién en uso de la palabra, hizo coneideraciones sobre el olvido, de parte de los legisladores seccionales de vías, im­portantes carl'eteables del Departamento, las cuales debían también incluirse en proyectos de ordenan­za que al cum plirse las redimiera del estado de abandono en que estas se encuentran. Se extendió en otras consideraciones al respecto. XXVIII Se abrió la discusión de los artículos 10. y 20. originales del proyecto y fueron aprobados. XXIX La Comisión propuso para artículo 30. nuevo el siguien te: «Art.30. Asimismo se ordena al Gobernador proceda a disponer lo conducente para que el Inge­niero Departanlental haga el trazado y presupues­to de los siguientes tramos de carretera: El que partiendo de la Cordialidad vaya a terminar a Pal­mar de Candelaria, Santa Cruz y La Peña, en desa­rrollo del artículo lo. de la Ordenanza No. 34 de 1939 y proceda a sus construcciones» . Cerrada la discusión, fue aprobada. XXX La misma comisión propuso para artículo 40. nuevo el siguiente: ((Art. 40. También procederá la Gobernación Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 68 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL COMISIONES DE LA MESA Reglamento o Régimen Interno: Comisión Legal de Cuentas: Pablo Emilio Ma notas Jorge Salazar Pablo J. Cervera Hacienda y Presupuesto: N éstor Carlos Consuegra José María Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Educación Pública: Aq uileo Ma-notas Luis Alberto Rebolledo Osvaldo Consuegra Gobierno y Policía: Luis Alberto Rebolledo Luis de la Hoz Baca ~1anuel Z. Montenegro Fomento y Obras Públicas: Aquileo lVlanotas Luis Alberto Rebolledo Manuel Z. Montenegro Crédito Público: Luis Alberto ' Rebolledo Pablo Emilio Manotas Osvaldo Consuegra Aquileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J. Cervera División Territorial: Luis Alberto Rebolledo José D. Pino José M. Fernández Llinás Peticiones y Recompensas: Pablo Emilio lVlanotas Jorge Salazar Alfredo Carbonell Higiene y Beneficéncia: Aq uileo Manotas N éstor Carlos Consuegra Manuel Z. Montenegro Credenciales: José M. Fernández Llinás Luis de la Hoz Baca Alfredo Carbonell Revisión y Redacción: Aq uileo Manotas Jorge Salazar Pablo J. Cervera a ordenar al Ingeniero' Departamental la CODstruc- financiero la reselva de esta cantidad o del saldo en ció n de la loza del Puente sobre Guayopo, entre el caso de que se gire una parte, a fin de que se Cascajal y Martillo, así como el arreglo definitivo cumpla en su totalidad esta disposición de la Asam-de los aproches del misrno puente». blea. En discusión este artículo, fue aprobado. XXXI Se aprobaron los artículos 50. y 60. originales del proyecto. XXXII En uso de la palabra el honorable diputado Oñoro, en asocio del honorable diputado Consuegra y el Secretario de Hacienda, presentó para ar­tículos 70. y 80. nuevos del proyecto los siguientes: «Art. 70. Autorízase al Gobernador del De­partamento para in vertir en reparaciones y mejoras de la Planta Eléctrica de Baranoa, hasta la canti­dad de seis mil pesos ($ 6.000,00). Para darle cum­plimiento a esta disposición, ábrese al presupuesto de gastos de la actual vigencia un crédito extraor­dinario por la cantidad arriba indicada que se im-. putará aRí: Departamento de Hacienda Cap. 40. Dirección de Obras Públicas (mI) Art. (nuevo) Para invertir en reparaciones y mejoras de la Planta Eléctrica del Municipio de Baranoa $ 6.000,00 Parágrafo.-Si al terminar la vigencia en curso no se hubiere dado cumplimiento a esta disposición, el Contralor Departamental, hará en su balance «Art . 80. En el caso de que el Gobierno De­partamental no pudiere hacer directamente estos trabajos, se le autoriza para que contrate con una casa respetable y especializada en estos trabajos». Cerrada la discusión de estos dos artículos, fueron a.probados. XXXIII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar presentó el siguiente nuevo artículo para noveno del proyecto, así: «Art. 90. Los Médicos de Pobres estarán bajo la dirección inmediata del Secretario de Higiene y Asistencia Social, quien podrá organifoar esas pres­taciones en la forma que lo considere más conve­niente a fin de que ofrezcan Ja mayor eficiencia posible» . Puesto en discusión, el honorable diputado Consuegra Osvaldo presentó la siguiente adición: « y deberán residir en las cabeceras de sus res­pectivas zonas.» Cerrada la discusión del artículo nuevo con la adición, fue aprobado. Continuará en el próximo númerQ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 13

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 14

Por: | Fecha: 24/05/1941

"- REPUBLICA DE COLOMBIA / . DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA ASAMBLEA Departamenta del Atlántico Director: SECRETARIO DE LA ASAMBLEA IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 Barranquilla, 24 de Mayo de 1941 t Número 14 DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presidente : José María Fernández Llinás Vicepresiden te: Dr. Osvaldo Consuegra Secretario: Julio Hoenigsberg denanza «Por la cual se ordena la realización y tra­zado de unas obras y se abren unos créditos extra­ordinarios al Presupuesto de Gastos de la actual VIgenCIa. XXXVIII CONTENIDO: ACTA NUMERO 21 -Conti nuación de l número a nte r iClr Se abrió la discusión del artículo primero y parágrafo del proyecto y cerrada que fue ésta, fue aprobado. Se abrió la discusión de los artículos 20., Pág. 69 30. Y 40. y fueron aprobados. PROYECTUS DE OR DE ANZA XXXIX «Por la cua l se ordena el trazado y const ru cci ón de un t ramn de c arrde l a» «Por la cua l se da un a autori zac ión al señ or Gobe rn ador del Depar. t amen to para comprar va rios ejempla res de una o bra» « Por 13 cua l se reconoce y se orde na pnga r una de uda y se d ispo­ne una contrilJución» 70 Se adoptó el encabezamiento por ser legal, se abrió la discusión del título y cerrada que fue, fue 70 aprobado. El Presidente preguntó a la Corporación si 'esta quería que tuviera tercer debate y ésta res- 70 pondió afirmativamente. ACTA Nl 'l\IERO 22 Sesión de l día 16 de mayo de 1941 ACTA NUMERO 21 (11 iene del número 13, página 68) XXXIV El honorable diputado Escobar también pre­sentó el siguiente parágrafo, para inmediatamente después del artículo 90.: Parágrafo :-Cuando alguno de los médicos no prestare un servicio satisfactorio, el Secretario de Higiene y Asistencia Social, informará al Goberna­dor sobre el caso, y si éste lo estimare conveniente podrá suspender a dicho empleado y nombrarle reemplazo en interinidad, mientras la Asamblea se reune y hace el nombramiento en propiedad». Cerrada la discusión de este parágrafo, fue aprobado. XXXV Se abrió la discusión del artículo 1 0° original del proyecto, y cerrada ésta fue aprobado. XXXVI Se aprobó el encabezamiento por ser legal, se puso en discusión el título y fue aprobado. El Pre­sidente de la Corporación le preguntó a ésta si que­ría que este proyecto tuviera tercer debate y ésta respondió afirma ti vamen te. XXXVII Se abrió el segundo deba te al proyecto de or- XL Siendo las ocho y treinta de la noche, la Presi­dencia levantó la sesión. El Presidente de la Asamblea, JOSE MARIA FERNANDEZ LLINAS El Secretario, Julio Hoenigsberg ADICION XLI Sobre la mesa de la Secretaría el honorable di­pu tado Escobar dejó el proyecto de ordenanza «Por la cual se crea la Proveed uría de la Policía Nacional»; el honorable diputado Consuegra Nés­tor Carlos dejó el proyecto de ordenanza «Por la cual se crea y reglamenta la Escuela Superior de Instrucción secundaria en el Municipio de Bara­noa)) y «Por la cual se abre un crédito al Presupues­to de Gastos de la actual vigencia, se crean sendas plazas de maestros y se ordena la construcción de dos edificios escolares y se dictan otl'as disposi­ciones » . El Presidente de la Asamblea, JOSE M. FERNANDEZ LLINAS. El Secretario, JULIO HOENIGSBERG. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 70 ANALES DE LA ASAMBLffiA DEPARTAMENTAL PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO «Por la cual se ordena el trazado y construcción de un tramo de carretera». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de BUS facultades legales, ORDENA: Artículo. Una vez promulgada la presente Ordenanzn, el Gobernador del Departamento ordenará que por la eección respectiva del Departamento de Hacienda, se proceda a hacer el e8tudio y trazado para la construcción del tramo de carretera comprendido entre el si tio denominado «Puerta del Zulia>, u otro.lugar indicado por los técnicos en lacarre­tera de la c:Cordialidad» y Villa Rosa, pasando por el Co­rregimiento de Rotinet y el Municipio de Repelón. Los gastos que demande el estudio y trazado de esta obra se tomarán, de preferencia, de la suma incluída o que se incluya en el Presupuesto de Gastos del Departamento para desarrollo del plan integral de obras públicas. Articulo. Terminados el trazado y presupuesto de ]a obra a que se refiere el artículo anterior, se procederá a SIl construcción hasta dejarla completamente concluida. Artículo . Para llevar a cabo la construcción de la ca­rretera mencionada en la presente Ordenanza, destinase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) que será apro­piada en el proximo presupuesto de gastos que expida ]a Asamblea o, ell RU defecto, en el decreto de liquidación del mismo que expida el Gobernador. I Parágrafo: En caso de no ser suficiente la suma desti­nada en el presente artículo, autorízase al Gobernador para abrir el o los créditos necesarios para su terminación. Artículo. Esta Ordenanza regirá desde su promulgación. Presentado 8 l&. consideración de la H. Asamblea por el suscrito diputado por el Círculo electoral de Sabanalarga, (fdo) AQUILEO MANOTAS. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlántico.-Secretaría. Barranquilla, mayo 15 de 1941. En sesión de la fecha sufri6 primer d€ bate el anterior Proyecto de Ordenanza y pasa en comisión a la de Obras Públicas con cinco días de término. C6piese, regístrese, publíquese y repártase. .JULIO HOENIGSBERG, S cretario. PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO «Por la cual se dá una autorización ar señor Gobernador del Departamento para comprar varios ejem plares de una obra» . La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de su~ facultades lf>gaJes , ORDENA: Artículo. Autorizase al señor Gobernador del Departa­mento para comprar, con destino a la Dirección de Educa­ción Nacional y para uso de las Escuelas Oficiales, hasta un mil (1.000) ejemplares de la obra titulada «Diccionario en Versos de Voces Homófonas>. Artículo. La compra se hará al autor de la obra, señor Eusebio Lozano C., a razón de cuarenta centavos ($ 0,40) el ejemplar. Artículo. En caso de no figurar en el Presupuesto la partida necesaria para la compra mencionada, el señor Go­bernador queda autorizado para abrir el crédito o créditos correspondientes. Articulo. Esta Ordenanza regirá desde su promulgación. Presentado por los miembros de la comisión que estudió el memorial que el señor Eusebio Lozano C. dirigió a la A­samblea. República de Colombia.-Asamblea Departamental del , A tlán ti co. - Secretaría. Barranquilla, mayo 15 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer debate ' el anterior Proyecto de Ordenanza y pasa en comisión a la de Educa­ción, con cinco días de término. Cópiese, regístr.ese, publíquese y repártase. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA NU1VIERO «Por la cual se reconoce y se ordena pagar una deuda y se dispone una contribución:. La Asamblea Departamental del Atlántico, en UiO de sus facultades legales, ORDENA: Artículo 10. Recon6cese como deuda a cargo del De­partamen to y a fa vor de la Sociedad de Mejoras Públicas de Barranquilla la suma de veinte mil cien pesos ($ 20.100,00) moneda legal, proveniente de las partidas ordenadas por las Ordenanzas números 47 y 48 de 1939 y número 6 de 1940, y dejadas de pagar hasta el 30 de abril del corriente año. Artículo 20. Desde el próximo mes de junio el Depar­tame~ to destina una contribución mensual para la arbori­zación y demás obras de ornato y embellecimiento que tie­ne a su cargo la Sociedad de Mejoras Públicas de Barran­quilla. Artículo 30. Para amortizar la ca tidad reconocida por el artículo 10. de esta Ordenanza y para pagar la contribu­ción mensual que se establece por el artículo 20., se destina e12% y el ~% mensual, respect.ivamente, del producto de la renta de licores en la ciudad de Barrsnquilla. Las can­tidades a que asciendan estos porcertajes serán pagadas di­rectamente por la Administración General de Rentas al Te­sorero de la Sociedad de Mejoras Públiclis de Barra Il quilla a la presentación de la cuenta respectiva , accm¡:.añadn de un certificado que mensualmente expedirá la Admini tración General de Rentas a dicha Sociedad. EstaF cantida des EeJán imputadas a b partida global que para gastos de material, etc., etc., de la Administración General de Rentas se apropia. en el prrsupuesto departa,mental de rentas y ga~to~ , y la. Administración, al prepara I su presupue8to mensual, tendrá en cuenta el monto de esos porcentajes, f\ fin de que no quede sin cumplimiento la voluntad de la Asamblea . Parágrafo: Es entendido que amortizada en su totali­dad la deuda reconocida de veinte mil cien pesos ($ 20.100,00) moneda legal, solamente quedará vigente la contribución mensual del ~% del producto de la renta de líc ' res en Ba­rranquilla para la arborización y demás obras de ornato y embellecimiento de la ciudad a cargo de ]80 Sociedad de Me­joras Públicas de Barranquilla. Artículo 40. La Gobernación del Departamento queda. facu ltada por medio de este artículo para qu e, si lo creyere conveniente contrate con la sociedad de lVlejoras Públicas oe Barranquilla la inver!?-ión del ~% destinado en el articu­lo 20. de esta Ordenanza, y el Tesorero de la Sociedad men­cionada rendirá mensualmentr cu enta de las cantidades que reciba y de su inversión, a la Contralol'ía General del Departamento. Artículo 50 . Esta. Ordenanzl1, regirá desde su promulga" ción. Dada en Barranquilla , etc. Presentado a la consideración de la H. Asamblea por el suscrito diputado principal por el círculo electoral de Ba­rranquilla, (fdo) LUIS AL BE RTO REBOLLEDO. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlántico.-Secl'etárfa. Barra.nquilla, mayo 15 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. . :,¡ ANALES DE. LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 71 Proyecto de Ordenanza y pasa en comisión especial a los la mesa de la Secretaría para segundo debate en la HH. DD. Carbonell y Fernández Llinás. próxima sesión. Cópiese, regístrese, publíQuese y repártase. ( JULIO HOENIGSBERG, Secretario. ACTA NUMERO 22 Sesión del día 16 de mayo de 1941 Presidencia de los Honorables Diputados Fernán­dez Llinás- Consuegra Osvaldo. 1 En Barranq uilla, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y uno, se reunie­ron en el Palacio de Gobierno los honorables dipu­tados Bermúdez Man uel F., Borelly Rafael, Barros Diego, Carbonell Alfredo, Cervera Pablo J., Con­suegra Néstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De la Hoz Baca Luis, Escobar Francisco J., Fernández Llinás José Marfa, González Porrati Juan, Ma.notas Aquileo, Oñoro Pedro A., Rebolledo Luis Alberto y Valencia Aníbal. El ~ecretario anunció que había q uorum en virtud de lo cual el Presidente a brió la sesión, encontrándose también en el recinto de la Asamblea los señores Secretarios de Gobierno, Ha­cienda y Educación Pública. 11 Se dió lectura al acta de la sesión anterior y fue aprobada sin observaciones. 111 Se leyeron los negocios sustanciados po~ .la Presidencia, los que fueron pasados a las comISIO­nes respectivas. IV Se entró en el orden del día y de acuerdo con éste, se le dió tercer debate a los proyectos siguien­tes: «Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público», «por la cual se ordena la realiza-o ción y trazado de unas obras y se abren unos crédi­tos extraordinarios al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia» y «por la cual se ordena la cons­trucción de varios tramos de carretera y se dictan otras disposicione·s». A pregunta del Presidente ~i la Asamblea quería que estos proyectos fueran or­denanzas del Departamento, la Corporación res­pondió afirmativarnente. V En uso de la palabra el honorable diputado Escobar presentó la siguiente moción: «Altérese el orden del día y declárese de carác­ter urgente y désele primer deba te al proyecto de ordenanza «por /la cual se provee al cumplimiento del artículo 40. de la Ordenanza No. 1 de 1940» y déjese sobre la mesa de la Secretaría para en la se-sión próxima darle segllndo debate». Puesta en discusión la primera parte de la mo· ción, fue aprobada y en consecuencia se abrió el primer debate al precitado proyecto, quedando en VI Se continuó el orden del día y de acuerdo con éste se abrió el primer debate a los siguientes pro­yectos de ordenanza: «por la cual se crea y regla- _ menta la Escuela Superior de Instrucción Secunda­ria en el Municipio de Baranoa», «por la cual se abre un crédito al Presupue!to de Gastos de la ac­tual vigencia, se crean sendas plazas de maestros, se ordena la construcción de dos edificios escolares y se dictan otras disposiciones» y «por la cual se crea la Proveeduría de Víveres en la Policía Nacio- . nal». Cerrada la discusión de cada uno de' estos proyectos fueron aprobados en su orden, pasando los dos primeros de éstos en comisión para su estu­dio e informe a los honorables diputados De la Hoz Baca, Valencia y Barros con cinco días de término y el tercero con el mismo fin, pasó en comisión a los honorables diputados Manotas Aquileo, Con­suegra Osvaldo y señor Secretario de Gobierno. VII Se abrió el segundo debate al proyecto «por la cual se fijan las asignaciones civiles de los emplea­dos departamentales». Puesta en discusión, el hono­rable diputado Borelly presensó la siguiente mo­ció: «Suspéndase la discusión de este proyecto y pase para su estudio a una comisión especial para que informe dentro de 48 horas». Puesta en discusión la moción anterior, fue aprobada, y la Presidencia nombró para integrarla a los honorables dipu tados Manotas Aquileo, Con­suegra Néstor, Consuegra Osvaldo, Llinás José Ma­ría y, a petición del honorable diputado Consuegra N éstor Carlos, se incluyó en ella al señor Secretario de Hacienda. VIII De acuerdo con el orden del día se abrió el se­gundo debate al proyecto de ordenanza (Cpor la cual se modifica la Ordenanza No. 28 de 1939 y se dic­tan otras disposiciones sobre vivienda campesina» ; puestos en discusión los artículos 10., 20. y parágrafo de éste, y los artículos 30.,~40" 50.,60.,70., 80. y90. del proyecto original, fueron aprobados. La comisión que estudió e informó sobre este proyecto propuso para artículo 100. del proyecto el siguiente: (cArt. 10. (nuevo) En los mismos términos del artículo 20. de esta Ordenanza relativos al aporte del Departamento para el Banco de Crédito Terri­torial de que trata dicho artículo, la Asamblea apropiará una cantidad suficiente para comprar hasta 500 hectáreas de terreno en territorio del Atlántico a un precio razonable, teniendo en cu·enta la feracidad de la tierra y la facilidad de las vías de comunicación y condiciones de pago, y para la ad­quisición de equipos, semillas y útiles, herramientas y maquinarias o aperos de labranza. Tal cantidad será entregada al Banco de Crédito Territorial co­mo un aporte adicional destinado especialmente a los expresados fines ». Puesto en discusión el artículo con una modifi- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 72 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL COMI'SIONES DE LA MESA Reglamento o Régimen Interno: Comisión Legal de Cuentas: ,Pablo Emilio Manotas tI orge Salazar Pablo J. Cervera Hacienda y Presupuesto: N éstor Carlos Consuegra José María Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Educación Pública: Aquileo Manotas Luis Alberto Rebolledo Osvaldo Consuegra Gobierno y PoliCÍa: Luis Alberto Rebolledo Luis de la Hoz Baca ~1anuel Z. Montenegro Fomento y Obras Públicas: Aquileo lVlanotas Luis Alberto Rebolledo Manuel Z. Montenegro Crédito Público: Luis Alberto Rebolledo Pablo Emilio Ma.notas Osvaldo Consuegra Aq uileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J . Cervera División Territorial: Luis Alberto Rebolledo José D. Pino José M. Fernández Llinás Peticiones y Recompensas: Pablo Emilio Manotas Jorge Sala zar Alfredo Carbonell Higiene y Beneficencia: Aquileo Manotas N éstor Carlos Consuegra Manuel Z. ~ontenegro Credenciales: José M. Fernández Llinás Luis de la Hoz Baca Alfredo Carbonell Revisión y Redacción: Aq uileo Manotas . Jorge Salazar Pablo J. Cervera cación de los honorables diputados Escobar y Ma- Cerrada la discusión de este artículo, fue apro-notas Aquileo, fue aprobado. bado. También se discutió, propuesto por la c~misión, Para artículo 13 (nuevo ) del proyecto, la co ~ para artículo 11 (nuevo) del proyecto, el siguiente: misión propuso el siguiente: A t 11 ( ) L d' «Artículo 13 (nuevo). En el reparto de las par-el B « r . nuevo . os terrenos ,que a qtl1~ra cela§--
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 14

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 15

Por: | Fecha: 28/05/1941

RE PUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA ASAMBLEA Departamental del Atlántico Director: SECRETARIO DE LA ASAMBLEA IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 Barranquilla, 28 de Mayo de 1941 Número 15 DIGNA T ARIOS DE LA ASAMBLEA Presidente : José lVlaría Fernández Llinás Vicepresiden te: Dr. Osvaldo Consuegra ecretario: Julio Hoenigsberg CONTENIDO: ACTA NUM ERO 22- Con ti nuacióll del número a nte riur PROYECTOS DE O\{[)I'.:NANZA Pág. 73 Puesta en discusión, el honorable diputado Bo­relly, en uso de la palabra se produjo en cOlltra de la suma apropiada para estos viáticos y pidió a los proponentes que en este proyecto no incluyeran es­te artículo nuevo por no encajar en él. En los mis­mos términos se expresó el honorable diputado Es­cobar. El honorable diputado Manotas Aquileo, en uso de la palabra, consideró que la suma pedida para la comisión que ha de ir a Santa Marta, en su concepto, no es exagerada, pero se manifiesta adver­e Por la cual se provee a l c;¡mplimien tCl elel artícu lo 40. de la Orde so a que el artículo en cuestión se incluya. en orde-nanza No. I de 1940> « Por la cual se crea y reglamenta la Escuela Su perior de lnstl'uc'­ción Secundaria de l MULl lciplO de Ba ra noll> 74 nanzas tan importantes como es esta que se discute sobre vivienda campesina. e Por la cllal se abre un crédito al presupues to de gastos de la ac ­tual vigencia. se crean senda plazas de maestros, se ord e na la cons­trucción de do edi fi cios escolares y se d ic tan otras di sposiciones:. «Por la cual se crea la Proveeduría de Vívere. en la Policía Na­<. i nal- Division A t l anti€O~ ACTA NUMEl'O 23 :esión del día 17 de mayo de '941 PROYE l~ TO D I'.: ORDEr \. ]\ Z \ 75 75 76 77 El Secretario de Hacienda en uso de 1ft palabra consideró también que este artículo no encajaba en esta ordenanza, que, según él, venía a ser el estatu­to del Banco que por ella se trata de emplear. En vista de esto, los proponentes retiraron el artículo precitado . . «Por la cual se destina wn a 'uma ¡.>ara d ota r de mu ebles y enseres XI a las escuelas públicas de varios mu ni cipios que ha de co nstruir el Departa 'll entn con el Fondo Rotatorio de F omento M\lnicipal:. 79 Se abrió la discusión del artículo 16 original ACT A NUIVIERO 22 (Viene del n (¿mero 14, página 72) IX En uso de la palabra el honorable diputado Manotas Aquileo, propuso para artículo 15 (nuevo) del proyecto, el siguiente: «Artículo 15 (nuevo). La parcela adjudicada será considerada como patrimonio familiar e intras­misible conforme a la Ley, salvo el caso de muerte y que los herederos no estén capa,citados para con­tinuar los cultivos de la parcela respectiva» . Cerrada la discusión de este artículo, fue apro­bado. X En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra N éstor Carlos en asocio de los honora­bles diputados Cervera y Carbonell, presentó para artículo 16 (nuevo) del proyecto, el siguiente: «Artículo 16 (nuevo). Destínase la suma de setecientos cincuenta pesos ($ 750.00) para la comi­sión que ha de tra.slada.rse a Santa Marta y ábrese al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia un crédito extraordinario por la suma de setecientos cincuenta pesos ($ 750.00) que se imputará así: Cap. Art. Para pagar los viáticos de los cin­co miembros que van en comisión de la Asamblea a la ciudad de'Santa Marta $ 750.00 del proyecto y cerrada que fue ésta, fue aprobado. XII Título: La comisión propuso para título del mIsmo proyecto, el siguiente: «Por la cual se modifica la Ordenanza No. 28 de 1939, se dictan otras dispofliciones sobre vivien­da cam pesina y se fundan colon ias agrícolas en el Departamento» . Cerrada la discusión del título modificado por la comisión, fue aprobado. Se adoptó el encabezamiento por ser legal. Y a. pregunta del Presidente, la Corporación manif(lst6 su deseo de que este proyecto sufriera tercer debate. XIII En uso de la palabra el honorable diputado Bo­relly pre~entó la siguiente moci0n: «(Altérese el orden del día mientras se conside­ra lo siguiente: «La Asamblea Departamental del Atlántico, teniendo en cuenta: 10. Que la venta de billetes de loterías es li­bre en el territorio del Departamento, obligándose el expendedor a pagar el respectivo impuesto, e incluyéndose en el valor de cada billete o fracción, lo que corresponde a la beneficencia ; 20. Que tales billetes fuera del recargo corres- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. 74 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL pondiente a la beneficencia, paga tam bién el com­prador un recargo que no es legal y que sólo bene­ficia al respectivo agente expendedor de cada lote­ría, recargo este último que representa más de un 10% de cada billete o fracción y que no hay dispo­sición alguna que lo justifique; 30. Que en el plan de sorteos hay una incon­secuencia, conforme a la cual paga el público com­prador más por cada billete o fra cción de lo que legalmen te correspOD de, y, en cambio, recibe rrlenos de lo que le toca por billetes premiados por las últi­mas cifras . Por ejemplo: la lotería de Nariño, que de aeuerdo con su plan de sorteo es el siguiente: Valor del billete con diez frac ciones $ 0,80; premio correspondiente a cada billete que tenga la última cifra de] premio mayor, $ 1.60 en el Departamento de Nariño. Por qué cuesta aquí $ 1.00 en vez de $ 0.88 incluyendo así el recargo del 10% que es el único legal, y en cambio no saca ese billete, caso de ser premiado con la última cifra del premio mayor sino $ 1.50 en vez de $ 1.60? 40. Que corresponde a las Asambleas rectifi­car cu alquier error q ue se haya podido padecer en la inter pret ación de sus di sposiciones, así corno evi­tar que esos errores se repitan ; 50. Que t ambién puede calificarse como un acto ilegal, permitir que los billetes continúen ven­diéndose en territorio de este Departamento extem­poráneamente, después d.e la hora prefij ada para el sorteo, peligro t anto mayor cuanto por radio se obtiene hoy de una manera casi instantánea el re­sultado o noticia de los correspondientes premios; que es deber de la Asamblea dictar medidas de or­den policivo encaminadas a evitar cua lquier fraude contra el público en negocios que son de su resorte, Resuelve: a) Los billetes de loterías no podrán ser ven­didos en t erritorio del Departamento después de la hora señal a d ~ para el respectivo sorteo; b) El valor de cada billete tampoco podrá exceder de lo que el mismo billete reza -más el im­puesto de beneficencia únicamente. c) Las respecti vas autoridades Departamen­tales y Municip~les velarán por el fiel cumplimien­to de estas disposicion es. Comuníquese al señor Gobernador del Depar­t amento, a los Alcaldes y pubIfq uese. ,) En consideración la primera parte, fue aproba­da . En consideración la segunda par t e o sea el pro­yecto de resolución, el honorable diputado Borelly se refirió a la importancia de lo que en él se · trata, pero considera a su vez que, a pesar de q ue él lo ha presentado conjuntamente con el honorable diputado González Porrati, es mejor concretar los puntos que se tratan en dicha resolución en una ordenanza especüll, pues ya es notorio el abuso que se viene cometiendo en la venta de las loterías en esta ciudad. Se extendió en otras consideracio­nes como son los espléndidos negocios de loterías y citó sumas para demostrarlo. E l honorable diputado Escoba r , en uso de la palabra presentó la siguiente moción: «Suspéndase lo que se discute y pase la Reso-lución a una comisión que estudie y presente un proyecto de ordenanza sobre loterías». Cerrada la disc~sión de esta moción, fue apro­bada, y en tal virtud, el Presidente nombró en comi­sión a los honorables diputados Borelly, Cervera, Consuegra Néstor Carlos, en asocio del señorSeere­tario de Higiene y Asistencia Social y señor Seere­tario de Gobierno. XIV En uso de la palabra el honorable diputado De la Hoz Baca presentó la siguiente moción: «(Continúe alterado el orden del día y en vista de que la comisión que se nombró para rendir el in­forme sobre el proyecto «por la cual se modifican las Ordenanzas números 44 y 81 de 19360 no lo han rendido aún, ábrase por consiguiente el segundo debate de dicho proyecto». Puesto en discu sión la moción anterior, fue aprobada, y en atención a petición formulada por el honorable diputado Borelly, de que se verificara esta votación, resultó aprobada por ocho votos afirmativos contra dos negativos. Y en consecuen­cia, se abrió el segundo debate de este proyecto. XV Puesta en discusión el artículo 10. original del proyecto, el honorable diputado Borel1y pidió para previa consulta," se le trajeran las Ordenanzas de 1931 y como el Secretario informara que no esta ban en la Secretaría , por ser avanzada la hora, 8 y 30 de la noche, el Presidente levantó la sesión . El Presidente de la Asamblea , JOSE MARIA FERNANDEZ LLINAS El Secretario, JULIO HOENIGSBERG .. PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO . . .. «por la cu al se provee al cumplim iento del ar t ículo 40. de la Ordenanza No. 1 de 1940». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de su facul t ades legales, ORDENA: Articulo 10. Para que la Gobernación dé cumplimiento al ar ticulo 40 . de la Ordenanza número 1 de 1940 que se re­laciona con la compra por cuenta del Tewro Depnrttlmf J11 al, de un lotf' o varios lote ' de terreno, en cantidad no menor de t reinta (30) hectáreas, situadas dentro del área pobl::lda de la ciudad de Barranquilla o en sus inmedi acione¡;:, ábrf'se al presll puesto de gastos de la vigencia econ ómica en CUI'W un crédito extraordinario por la cantidad de treinta mil pe­sos ($ 30.000,00) moneda corriente, con la siguiente imputa­ci ón: Departamento de Hacien da Cap. 27. Otros gastos. Art. Para la compra de un lote o vari os lotes de terre­no situ8 dos den tro del área p blada de la ciudad oe Ba­rranquil la o en sus inmediacioncs, para la construrcitn de un barrio obrero, de que tratan lo articu los 20. de la Ordenan­za número 20 de 1939 v 40. de la Ordenanza númr>ro 1 de 1940 . ' $ 30 000,00. ... .¡ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - • ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 75 Artículo 20 Si al finalizar la vigencia en curso no hu­biere sido girada la cantidad arriba destinada, el Contralor Departamental hará en su balance financiero de 30 de junio de 1941 la reserva de ella, o del saldo en el caso de que se hubiere girado una parte, a fin de que en la vigencia siguien­te se le pueda dar total cumplimiento a la voluntad de la Asamblea. Artículo 30. Facúltase al Gobernador del Departamen­to para que a fin de darle cumplimiento a esta Ordenanza, emita libranzas por una parte o el valor total de dicho te" rreno o terrenos. Artículo 40. Esta Ord~nanza regirá desde su prom~lga­ción. Dada en Buranqllilla, etc. Presentado a la consideración de la H. Asamblea por el suscrito diputado principal, FRANCISCO J. ESCOBAR. República de Colombia.-Asamblca Departamental del A tlántico.-Secretaría. Barranquilla, mayo 16 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer deba te el anterior Proyecto de Ordenanza y queda en la mesa de la Secretaría para segundo debate en la próxima sesión. • Cópiese, regístrese, publíquese y repárta~e. JULIO HOENIGSBERG Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO «por la cual se crea y reglamenta la Escuela Superior de Instrucción Secundaria del Municipio de Baranoal>. La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA: Artículo 10. Créase en el Municipio de Baranoa un establecimiento de Educación Pública Secundaria, que se denominará Escuela Superior «Eduardo Santos», de Ba­ranoa, que comenzará a funcionar desde ello. de octubre del presente año. Artículo 20. El plan de estudios de este Instituto será el mismo señalado por Ordenanzas vigentes para la cEscuela Superior de Sabanalarga>, con igual número de cursos, con el mismo personal docente e iguales asignaciones civiles. Artículo 30. En el presu puesto de gastos de la próxi­ma vigencia económica, se incluirán las partidas necesarias para el llen.o de lo que establece esta Ordenanza y en caso de que la Asamblea no expidiere el presupuesto, ]a Gober­nación del Departamento, a.l dictar el Decreto de Liqui­dación, tendrá en cuenta preferentemente lo aquí dispuesto, procediendo a incluir las partidas del caso, con el personal do­cente que a continuación ~e enumera: Escuela Superior «Eduardo Santos», de Baranoa Sueldo mensual del Director - Sueldo mensual del Prefecto-Secretario Sueldo mensual de tres Pasantes-Profesores 19 cátedra~ cada una a razón de Sueldo mensual del Portero $ 100,00 80,00 55,00 C.u. 3(),00 25,00 Artículo 40. En el primer año del funcionamiento de este esta blecimiento de enseñanza Recundaria, podrán sólo admitirse alumnos hasta de 3er. año de enseñanza secunda­ria, pudien do posteriormente y a medida que se incremente el desarrollo de la Educación Pública en aquel Municipio, admitir alumnos hasta el 4° año superior si hubiere educan­dos capaces para tal cosa. Artículo 50. El Director, Prefecto-Secretario, y Pa~an- ================================== tes-Profesores de la Escuela Superior «Eduardo Santos», de Baranoa, que por esta Ordenanza se crea, están obligados a. dictar como cargo anexo a su empleo, dos cátedras dia­rIas. Artículo 60. En el presupuesto de gastos de la próxi­ma vigencia económica se incluirá una partida global hasta de un mil pesos ($ 1.000,00) para atender a la dotación de muebles y demás enseres para este. Colegio Superior y en caso de que la Asamblea no expidiere el presupuesto, la Gobernación del Departamento al proceder a dictar el res­pectivo Decreto, tendrá preferencialmente en cuenta la dis­posición aquí contenida·. Artículo 70. La Escuelá Superior cEduardo Santos», de Baranoa, funcionará en el modemo edificio que ocupa actualmpnte el grupo escolar «Olaya Herrera», en el barrio del mismo nombre, en el Municipio de Baranoa. Artículo 80. Considérase la Escuela Superior «Eduar­do Santos», de Baranoa corno parte integrante del Museo del Atlántico creado por la Ordenanza número 35 de 1940. Artículo 90. La Gobernarión del Departamento queda ampliamente autorizada para reglamantB r la prpsente Orde­nanza y el funcionamiento de la Escuela Superior cEduardo Santos», de Baranoa, dentro de los preceptos legales y pen­sum oficiales de estudio~ que están establecidos en el Colegio de Barranquilla para Varones. AI,tículo 10. Caso de que las necesidarles fiscales del Departamento impidan a la A~a mblea o al Gobernador al dictar el presupuesto para la próxima vigen0ia, la inclusión de las partidas necesarias para el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza, Queda am pliamfnte facult.ad(T pI ~eñor Gobernador del Departamento para abrir pn cualquier tiem­po y sin más requisitos que la presente autorización los· créditos que sean necesarios &1 lleno de esta disposición de la Asamblea . Artículo 11. Esta Ordenanza regirá desde su promul­gación. Barranquilla, quince de mayo de mil noveeientos cua­renta y, uno. Presentada por el suscrito diputado principal, (fdo) NESTOR CARLOS CONSUEGRA. República de Colombia.-Asamblea Departamental del A tlántico.-Secreta ría. Barranquilla, mayo 16 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer: debate el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisión a los HH. DD. De la Hoz Baca, Valencia y Barros, con cinco días de término. Cópiese, regístrese, publíquese y repártase. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO «por la cual se abre \1n crédito al presupuesto de gastos de la actual vigencia, se crean sendas plazas de maestros, se ordena la construcción de dos edificios escolares y se dictan otras disposiciones». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legztles, ORDENA: Artículo lo. Créanse en el M unici pio de Barranquilla ocho (8) escuelas primarias a~í: dos diurnas para varones y dos diurnas para niñas en el Barrio de «San Isidro»; dos diurnas para v&rones y dos diurnas para niñas en el Barrio -Alfonso López». Créanse además, sendas e euelas Doctt,rnS8 en Barranquilla para los barrios «Olaya», «Alfonso Ló¡:ez» y «El Carmen». Estas escuelas comenzarán a funcionar desde elLo de octubre del presente año. Articulo 20. Créase en el Corregimiento de Chorrera, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 76 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL Municipio de Juan de Acosta, una escuela nocturna la cual empezará a funcionar también desde elLo de octubre del presente año. Artír.ulo 30. Para el funcionamiento de estas Escuelas créanse doce plazas más de maestros, 'los cuales deveIJgarán los sueldos que le::; corresponda de acuerdo con su clasifica­ción en el Eoscalafón elel Magisterio Nacional, los diulllOS; y los nocturnos un sueldo mensual cada uno de cuarenta pesos ($ 4000). Artículo 40: En E;l Pre.;;:upuesto de Ga~t(ls de la próxima vigencia económica se incluirá una partida ha~ta de sei~cien' tos cincuenta peso ($ 650,00) mensuales, para atender el pa­go de los sueldos de los maestros a que se refiere el artículo anterior y en caso de no expedir la Asamblea el Presupuesto, ía Gobernación al liquidarlo hará la inclusión correspondiente. Artículo 50. Destínase la suma de nueve mil pesos ($ 9.000,00) para la construcción de <;;endos edificios escolares en los barrios de .San Isidro» y «Alfonso lóppz» de Ba1TaD­quilla a razón de cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500,00) pa­ra cada uno de ellos. Parágrafo: La suma a que se refiere el presente artículo Be con iden\ rá como pa rtp integra u te del FOIl do Rot a torio del Fomento Municipal , a fin de conseguir el auxilio nacional correspondiente. Artículo 60. ParR darle cumplimiento al artículo ante­rior ábrase al presupuestQ de gaÚos de la actual vigencia económica, un crédito extraordinario por la suma de nueve mil pesos ($ 9.000,00) con la siguiente imputación: Departamento de Educación Pública Cap. Art. Para la con .. trucción de un edificio para escuela en el Ba­rrio de « an I~idro.\l y uno en el Barrio «Alfonso López» de esta ciudad, a razón de cuatro mil quinientos pesos ($ 4 500,00) cada uno I $ 9.000,00 Parágrafo: Caso de que esta, urna no sea girada antes de finalizar la actual v igf>ncill económica, f>l Contralor Depar­tamental hará la reserva correspondiente a fi n de poder ser gi"ada dicha suma 1m cualquier tirmpo, sin tener en cuenta lo dispuesto por la Ordenanza No. 16 de ]940 sobre reservas hechas por la Contralol'Íl'l Genf'ral del Departümenio (~e re­fiere e ta di posición al articulo que en la Ordenanza prerita. da habla de la cancelación de las reserv9~). Artículo 70. Destinase por una ~ola vez la suma de qui­nientos pesos ( $ 500,00) par a lo ~ ervicios ~anitarioR de cinco (5) escuelas flD el Municipio de Baranoa . Esta ~uma ~erá in­cluida en el Pre~upuesto de Gastos de la próxima vigencia y en caso de no expedir la Asamblea dicho presupuesto , la Go­bernación alliquidárlo, hará la inclu~ión correspondif'nte en forma preferencial. Artículo 80 . Drflde la promulgRrión de la presente Or­denanza la Dirección de Eclucarión Pública de las veinte (20) plazas de maestro que figuran en pI prf'supue¡::to vigrnte, di<;;~ pondrá que uno de ellos prp ~t(' sus servicie s en pI nuevo año escolar en el Barrio «"San Roque» (Plaza Sucre) en el locnl que para tal efecto ha brir'dnelo la SoriedRd elr Padres de Fn­milias de dicho barrio. El fllncionamiento de esta escuela será diurna. Artículo 90. E ta Ordenanza regirá desde su promul­gación . Barranquilla, mayo 15 de 1941. Presentado por el suscrito diputa do princi pE! J, (fdo) NESTOR ARLOS CONSUEGRA. Repúbli ca de Colombifl. A~amblea DepartamentaJ del Atlántico.- ecretaría. Barranquilla , mayo 16 de 1941. En sesión de la feeha sufrió primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisió'.1 a los HH. DD. De la Hoz Baca, Valencia y Barro~, con cinco días de término. Cópiese, regístrese, publíquese y repárta",p,. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA No. DE 1941 «por la cual se crea la Proveeduría de víveres de la Policia Nacional-División Atlántico». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA: Artículo: Créase por medio de la presente Ordenanza, la Proveeduría de Vfveres de la Policía Nacional-División Atlántico. Articulo. La Proveeduría de Víveres de la Policía N a­cional- División Atlántico, funcionará en el edificio de la Policía Nacional o en alguno de los retenes de dicha Policía o en local que para el efecto le designe el señor Gobernador del Departamento. Artículo. El persona 1 de que trata el articulo 10. de esta Ordenanza será de un Administrador o Jefe y de ' un - Ayudante, y tendrán una remuneración mensual de ciento veinte y setenta y cinco pesos, respectivamente. Parágrafo: Los nombramientos de que trata f'eta dis­posición serán de libre nom bramiento y remoción del eñor Gobernador del Departamento. Articulo. Para atender a lo que dispone el artículo lo., el Departamento contribuirá, una sola vez, con la cantidad de ocho mil pesos ($ 8.000,00). Artículo. Para ateQder a la hechura de mostradores, armarios y demás enseres que necesite la instalación de dicha Proveeduría, el Departamento donará, una sola vez, la can­tidad de trescientos pesos ($ 300,00). Art.ículo. El Administrador o Jefe de la. Proveeduría de V1veres, queda autorizado por medio del presente artículo para hacer los pedidos que ést·a necesite, prefiriendo las fir­mas comerciales que más garantías presten, dentro o fuera del país. Artículo. La Junta Directiva de la Proveeduría de Ví­vires estará integrada a8í: Por el señor Secretario de Go­biel'no, el señor Director de la Policía Nacional-División Atlánt.ico y el señor Administrador o Jefe de la Proveedu-ría. ' Artículo. El personal que forma la nómina de la Poli­cía Nacional-División Atlántico. para quienes se establece la Proveeduría de Víveres, pódrán retirar del almacén de la Provee duría, hasta un cincuenta por ciento (50%) del sueldo mensual que devengue, a excepción del que tenga embnrgo judi cial, que sólo podrá retirar hasta un veinticiLCo por cien­to (25%) de su sueldo mensual. Artícu lo. Los f'm pleadoR a quienes favorece esta Orde­nanZI: 1, para hacer 1180 del crrdito de la Proveeduría, no necesitarán de interDlrdinrio alguno, Rolnmen te les ba. tará la presentación del carnet que los identifique como empleado" del ruerpo. Artículo. El em pleado de la Policía, al hacer su pedido a la Proveeduria de Víveres. girará libranzas a favor de ésta, por el valor total de su pedido, las cuales erán descon­tqdas de su slleldo por el señor Habilitado Pagador de la Policía NRcional-División Atlántico, de manera inexof8ble, dentro ele las tres pri meras décadas en que 8e haga el pedido. Artículo. La Proveeduría de Víveres de la Policía Na­cional- División del Atlántico, venderá sus artículos a dicha Policía, a precio de costo sin recargo alguno. Artículo, En caso de Que sea retirado un f'mple8do de la Policfa Nacional-División Atlántiro y tuviere algún , Elido pendient~ con la Proveeduría de Víveres, la Caja de Re- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 77 compensa de la Policía . Nacional d~scontará al empleado retirado) el valor total de dicha cuenta, y lo remitirá a la Proveeduría de Vívere . Parágrafo: El Director de la Policía Nacional-División Atlán tico, enviará a la Proveeduría de Víveree, una lista del personal de empleados de dicha Policía e informará tam­bién a la misma Proveeduría, las bajas y nombramientos que se hagan en la Policía. Artículo. El Administrador o Jefe de la Proveeduría) otorgará fianza hipotecaria de conformidad con la Ordenan­za 9 del año de 1935. Artículo. El Auditor Departamental o el empleádo que al efecto designe el señor ContraloI' Departamental, pasará visita mensual a la Proveeduría e informará por e crito al Contralor del resultado de ella. Caso de alguna irregulari­dad el Contralor Departamental procederá de conformidad con la Ordenanza que regula la Hacienda Departamental. Parágrafo: En caso de que la Contraloría Departl:i men­tal no haga la visita ordenada en el artículo anterior, el Jefe o Administrador de la Proveeduría, deberá exigirla por escri­to al Contralor Departamental. Artículo. Para atender a lo ordenado en los artículos 30., 40. Y 50. de. esta Ordenanza, destínase la cantidad de diez mil seiscientes cuarenta pesos ($ 10.640,00) que ~e impu­tará así: Departamento de Gobierno. Cap. Art. Para atender al pago del sueldo del Jefe o Administrador de la Proveeduria de Víveres de la Policía N acional-Divi­sión Atlántico y de su ayudante, en los doce meses de la vigencia de 1941 a 1942, dos mil trescientos cuarenta pesos $ 2.340,00 Para atender a lo que dispone el artículo 40. de esta Ordenanza, ocho mil pesos 8.000)00 Para atender a lo qué dispone el artículo 50. de esta Ordenanza, trescientos pesos • 300,00 Vale el crédito diez mil sei cientos cuaren-ta pesos $ 10.640,00 Artículo. hn caso eJe que la H. Asamblea Departamen­tal no expidiere el Presupue~to de Gastos de la vigencia 1941 a 1942, el Gobernador del Departamento al liquidar el Decreto de gastos de la vigencia próxima, incluirá de manera preferente las partidas ordenadas por esta Ordenanza, in más requisito que la presente autorización. . . Artículo. Esta Ordenanza regirá desde el primero de Jubo del presente año de mil novecientos cuarenta y uno. Barranqllilla, mayo 15 de 1941. Presentado a la consideración de la H. Asamblea, por el suscrito diputado principal por el circulo electoral de Ba­rranquilla, (fdo) FRANCISCO J. ESCOBAR. República de Colombia.-Asamblea Departamental del A tlán tico.-Sec retaría. B3.rranquilla, mayo 15 de 1941. En sesión de la fecha sufrió primer , de bate el fl nterior Proyecto de Ordenanza y pasa en comi ión a los HH DD. Manotas Aquileo, Consuegra Osvaldo y ¡;::eñor Secretario de Gobierno. Cópipse, regí trese, publíquf':::e y repártase. JULIO HOENIGSBgRG, Secretario. ACT A NUMERO 23 Sesión del día 17 de mayo de 1941 Presidencia de los Honorables Diputados Fernández Llinás- Consuegra Osvaldo 1 En Barranq uilla, a diez y siete de mayo de mil novecientos cuarenta y uno, siendo las doce y cua­renta y cinco minutos del día) se reunió en el Pala­cio de Gobierno la Asamblea Departamental del Atlántico, se pasó lista y a ella respondieron los ho­notables diputados Borelly Rafael, Bermúdez Ma­nuel Santiago, Barros Diego E., Carbonell Alfredo, Cervera Pablo J., Consuegra Néstor Carlos, Con­suegra Osvaldo, De la Hoz Baca Luis, Escobar Francisco J., Fernández Llinás José María, Mano­tas Aquileo, Oñoro Pedro' A., Rebolledo Luis Alber­to y Valencia Aníbal. Dejó de contestar lista el ho­nora ble diputado González Porrati Juan. Se encon­traban presentes los Secreta.rios de Gobierno, Ha­cienda y Educación Nacional. 11 En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, presentó la siguiente moción: «Prescíndase de la lectura del acta de la sesión anterior y éntrese al orden del día'). Puesta en discusión, fue aprobad 9.. 111 En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Néstor Carlos sentó la siguiente propo­sición: «Altérese 'el orden del día, mientras se conside­ra la siguiente constancia: «Los suscritos Diputados principales, en aten­ción a que en la sesión de anoche el honorable dipu­tado Borelly en forma descortés con los suscritos' atacó el artículo que votaba una módica suma para la comisión de la Asamblea, que en compañía con el señor Secretario de Gobierno iba a Santa Marta, y que en el día de hoy, en un diario matinal se le dá una interpretación desdorosa para los suscritos a nuestra actitud, mientras se exalta al diputado Borelly y teniendo en cuenta que la suma que se votaba ha ido para una comisión de la Asamblea, la más módica de que se tiene conocimiento, que esta clase de corporaciones ha votado, RESUELVE: Presentar renuncia irrevocable deJ cargo de miembros de la comisión que iba a Santa :Nlarta y pedir que la Asamblea designe solo al diputado Bo­reIly, quien parece que en todas sus intervenciones se usurpa el derecho de los Secretarios de la Gober­nación y aparece como el Secretario sin cartera. Igualmente los suscritos Dirutados dejan constan­cia que no les hiere en lo más mínimo el comentario del diario local mencionado, por cuanto no se. puede tachar de despilfarradora a una comisión de la Asamblea del Atlántico quP. sólo acuerda votar una suma exigua para el lleno de una irn portante comi­sión ante la corporación legislativa del vecino De­partamento del Magdalena. La actitud del diputa­do Borelly, la consideramos ofensi va, no solamente para con los su!":critos sino para la misma Asamblea, porque trata de proyectar ~ombras ¡;:obre un asunto de poca importancia y de definida ,itlsticia». La anterior constancia fue SUSClll :l por el ho­norable dipll tR.clo Consuegra N é~tor Carlos propo­nente, en asocio de los honorables diputado~ Pablo José Cervera, Alfredo Carbonell y ::rvlanuel ~. Ber- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 78 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL múdez, autorizado por el honorable diputado Pablo extendió en el curso del debate en otras considera- Emilio Manotas. Clones. IV En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, considera que esta constancia era por de­más injusta, pues no es posible que, porque un di­putado esté en desacuerdo con procederes de la di­putación, sea ese el motivo para considerarse ofen­dido como en el caso que se contempla y ~grega: que lo mismo anotado por el honorable diputado Borelly, en cuanto al exceso de la suma para la co­misión que iba a Santa lVIarta, él, también en esa misma se~ión, conceptuó que era bastante crecida. V En uso de la palabra el honorable diputsdo Consuegra Néstor Carlos se refirió al motivo que había tenido para presentar la constancia antes ci­tada, en compañía de los otros honorables diputa­dos en relación con la censura del honorable dipu­tado Borelly, por la cuantía de la suma que por medio de un artículo fijaba la Asamblea a la comi­sión que iba a Santa Marta y agregó que él consi­deraba como depresivo la censura que por un pe­riódico matinal se le hacía a la comisión al fijarse crecidos viáticos. Se extendió en otras considera;;' ciones de índole personal. VI En uso de la palabra el honorable diputado Borelly, dice que no estuvo en su ánimo oponerse a la suma votada para ir la comisión nombrada por esta Asamblea al vecino Departamento del Magda .. lena, ser descortés con sus colegas y que en prueba de ello, momentos antes de presentar el artículo que fijaba los viáticos de la comisión, había conver­sado sobre este asunto con los miem bros de ella y les había anotado que le parecía crecida la suma votada paráesa comisión. Manifestó además, que no compartía de ninguna manera con los conceptos publicados sobre el particular en «La Pr~nsa», pues cuando a él se le elogia con detrimento de un ami­go, sufre profundamente. Terminó diciendo a los firmantes de la constancia ya transcrita, que tuvie­ran por ciertas sus palabras de amigo y de colega en lo que dice a sinceridad y buenos propósitos en las actuaciones suyas en la Asamblea. VII En uso de la palabra el honorable diputado N éstor Carlos Consuegra presentó la siguiente mo­ción, previa una breve intervención en este mismo debate, en asocio de los honorables diputados Cer­vera, Carbonell y Bermúdez, lo cual fue permitido por la Presidencia: «Oidas las explicaciones del honorable diputa .. do Borelly, los firmantes retiran la constancia que acaba oe leerse». Puesta en discusión la moción anterior y cerra­da ésta, fue aprobada. VIII N uevamente en uso de la palabra el honorable diputado Borelly, dijo que agradecía~ sus colegas la resolución de ellos de retirar la constancia. Y se IX En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, sentó la siguiente proposición: «Altérese el orden del día y declárase de carác­ter urgente y désele primer debate al proyecto de ordenanza «por la. cual se destina una suma para dotar de muebles y enseres a las escuelas públicas de varios municipios que ha de construir el Depar­tamento con el fondo rotatolio de Fomento Muni­cipal » . Puesta en discusión la primera parte de la pro­posición, fue aprobada y en discusión la segunda, fue igualmente aprobada. En consecuencia, se abrió el primer debate de dicho proyecto. X En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, dijo cuál era la trascendencia del proyecto que se discutía, y presentó el cuadro de miseria por carencia de muebles en que se en­cuentra ta mayoría de las escuelas públicas en los municipios de este Departament.o. y terminó pi­diendo a la, Corporación el voto afirmativo para el proyecto que estaba en discusión. Cerrada la discusión de este proyecto, fue a­probado y pasó en comisión a los honorables dipu­tados Consuegra N éstor Carlos, Escobar y Barros, con .diez días de término. XI Se continuó el orden del día y se dió lectura a los negocios sustanciados por la Presidencia, pasan­do a las comisiones respectivas. XII En uso- de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguiente moción, en asocio del honorable diputado Rebolledo: «Inviértase el orden del día y dése segundo de­bate a los siguientes pz:oyectos de ordenanza: «Por la cual se provee al cumplimiento del artículo cuar­to de la Ordenanza No. 1 de 1940» y «Por la cual se ordena pagar una deuda y ,se dispone una con­tribución » . XIII En uso de la palabra el honorable diputado Cervera, se manifestó en contra de esta manera de legislar, pues él dice, los debates como los proyec­tos deben seguir lo que dispone el orden del día y agregó que de acuerdo con el orden del día estaba en primer término para la discusión en segundo de­bate, el proyecto de ordenanza «por la cual se mo­difican las Ordenanzas 44 de 1931 y 81 de 1936». XIV En vista de esto, el honorable diputado Rebo­lledo adicionó la moción antes citada, así: «E inmediatamente después de aprobados los ' dos proyectos mencionados, éntrese a discutir tam­bién el proyecto de ordenanza «Por la cual se mo" difican las Ordenanzas 44 de 1931 y 81 de 19367>. Puesta en discusión la primera parte de la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMI3LEA=D=E=P=A=R=T=A=M=E=N=T=A=L========7=9 moción anterior o sea de la inversión del orden del día, fue aprobada; y en discusión la segunda parte, con la moción aditiva del honorable diputado Re­bolledo, fue aprobada. XV En tal virtud se abrió el segundo debate en su orden, a los siguientes proyectos: «Por la cual se provee al cumplimiento del artículo 40. de la Orde­nanza No. 1 de 1940». Se abrió la discusión del artículo 10. original y fue aprobado; y en discusión el artículo 20. fue aprobado con la siguiente adición del honorable di­putado Consuegra N éstor Carlos: «Sin tener en cuenta lo que dispone la Orde­nanza No. 16 de 1940 sobre' reserva». XVI Abierta la discusión del artículo 30. del pro­yecto y cerrada ésta, fue aprobado. XVII En uso de la palabra el honorable diputado Manotas Aquilea, presentó para 40. y nuevo del proyecto el siguiente artículo: «Art. 40. (nuevo) En todo caso, para llevar a cabo la compra del terreno de que trata esta Orde­nanza, es indispensable tener previamente la apro­bación de que trata el artículo 36 del Decreto No. 698 de 24 de marzo de 1939 en su inciso c»). Puesto en discusión, fue aprobado. XVIII Se puso en discusión el artículo 50. original del proyecto y fue aprobado. Se dió lectura al encabe­zamiento y se adoptó por ser legal. Puesto en dis­cusión el título, fue aprobado. El Presidente pre­guntó a la Asamblea si ésta quería que el proyecto sufriera tercer debate y ésta a su vez respondió afirmativamente. XIX Se abrió el segundo debate al proyecto de or­denanza «Por la cual se ordena pagar una deuda y se dispone una contribución». En uso de la palabra el honorable diputado Borelly manifestó su com plar,encia por el proyecto en discusión y felicitó al autor, honorable diputado Rebolledo y se -extendió en una excelente exposi­ción en torno a las labores que desarrolla tan gene­rosamente la Sociedad de Mejoras Públicas de est.a ciudad. XX Se continuó con la discusión del artículo 10. del proyecto original y fue aprobado, como también lo fueron los artículos 20., 30., 40. Y 50. originales del proyecto. Se le dió lectura al encabezamiento y se adop­tó por ser legal. Se abrió la discusión del títlllo y fue aprobado. El Presidente preguntó a la Corpo- PROYECTO DE ORDENANZA NUMERO «por la cual se drstina una sumB. para dotar de muebles yen­seres a laR escuelas públicas de varios municipios que ha de construir el Departamento con el Fondo Rotatorio de Fo-mento Municipal». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA : Articulo. Destfnase la suma de diez mil pesos ($ 10.000, 00) para dotar de muebles y enseres a las E. cuelas Públicas de los Municipios de Palmar de Varela, Galapa, Usiacurf, Puerto Colombia, Campo de la Cruz, Candelaria, Manatí, Suan, Repelón, Tubará, Piojó, Juan de Acosta, Sabanagran­de, Polonuevo, Barranquilla (Corregimiento de Juan Mina), y, Sabanalarga (Corregimiento de Ponedera), a razón de quinientos pesos para cada escuela que ha de construir el DepartameBto con el Fondo Rotatorio de Fomento Muni­cipal. Artículo. Autorizase al GobElrnador del Departamento para abrir el crédito corrEspondiente en cualquier tiempo, sin otro requisito que la presente autorjzación, con el fin de darle cumplimiento al artículo anterior. Parágrafo: La suma. que se vota por medio de la presen­te Ordenanza será invertida a medida que se construyan las escuelas, a fin de que al inaugurarse cada una de éstas tenga su correspondiente dotación de muebles y enseres. Art.ículo. Esta Ordenflnza regirá desde su promulgación. Presentada a la consideración de la H. AS8m blea por el suscrito diputado, (fdo) OSVALDO CONSUEGRA. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlántico.-Secretaría. Barra,nquilla, mayo 17 de 194i. En sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza y pasa. en comisión a los HH. DD. Consuegra N éstor Carlos, Escobar y Barros, con diez dias término. Cópiese, regístrese, publíquese y repártase. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. ración, si quería que este proyecto sufriera tercer debate y ésta respondió afirmativamente. XXI Se abrió la discusión para segundo debate del proyecto de ordenanza «Por la cual se modifican las Ordenanzas 44 de 1931 y 81 de 1936». Se abrió la discusión del artículo 10. y este quedó así: «Art. 10. Desde la promulgación de la presen­te Ordenanza, los automóviles que transiten diaria­mente por la Carretera Oriental, transportando pa­sajeros de esta ciudad a los demás municipios y vi­ceversa, pagarán la mitad del impuesto que se co­bra en la actualidad». XXII Pide la pala bra el honora.ble dirntado Borelly y solicitó de la Secretaría leyera los al l,ículos perti­nentes de la Ordenanza 44 de ] 931, los cual~s fue­ron leidos y se extendió en el curso de su oración en otras considera~iones y terminó anunciando que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 80 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL e .OMISIONES DE LA MESA Reglamento o Régimen Interno: Comisión Legal de Cuentas: Pablo Emilio Manotas Jorge Salazar Pablo J. ·Cervera Hacienda y Presupuesto: N éstor Carlos Consuegra José María. Fel(nández Llinás Osvaldo Consuegra Educáción Pública: Aquileo Manotas Luis Alberto Rebolledo Osvaldo Consuegra Gobierno y Policía: Luis Alberto Rebolledo Luis de la Hoz Baca 11anuel Z. Montenegro Fomento y Obras Públicas: Aq uileo l\!Ianotas Luis Alberto Rebolledo Manuel Z. Montenegro Crédito Público: Luis Alberto Rebolledo Pablo Emilio Manotas Osvaldo Consuegra votaría .negativamente, porque se iba con la apro­bación de él a herir el fisco del Departamento. Cerrada la discusión de este artículo, fue apro­bado en votación secreta pedida por el honorable diputado Borelly, por ocho votos afirma ti vos con­tra cuatro negativos. XXIII En uso de la palabra el honorable di pu tado Consuegra Osvaldo, presentó para parágrafo del ar­tículo lo. ya aprobado, el siguiente: «Parágrafo: La misma disposición se aplicará a los automóviles dedicados al negocio de transpor­te de pasajeros de Barranquilla a Puerto Colombia». Puesta en discusión la lectura del parágrafo anterior, el honorable di putado Cervera Pablo J . pidió que esta votación fuera secreta y el P residen­te nombró escrutadores a los honorables diputados Consuegra Néstor Carlos y De la Hoz Baca, quie­nes anunciaron el siguiente resultado: siete (7) vo­tos ne~a ti vos, con tra tres (3) afirmativos. El honorable diputado Consuegra Osvaldo con­sidera que ha habido un error en la votación y rec­tificada ésta por votación nominal , dió el siguiente resul tado: ocho (8) contra el pArágrafo y tres (3) a fa VOl'. En tal virtud J fue negado el parágrafo en discusión. Aq uileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J . Cervera División Territorial: Luis Alberto Rebolledo José D. Pino José M. Fernández Llinás Peticiones y Recompensas: Pablo Emilio Manotas Jorge Salazar Alfredo Carbonell Higiene y Beneficencia: Aq uileo Manotas N éstor Carlos Consuegra Manuel Z. Montenegro Credenciales: José M. Fernández Llinás Luis de la Hoz Baca Alfredo Carbonell Revisión y ~edacción: Aq uileo Manotas Jorge Salazar Pablo J. Cervera 44 de 1931 quedará así: Sólo tendrán derecho a la rebaja de que trata el artículo 10. de esta Ordenan­za, los choferes domiciliados en los Municipios a que se refiere este artículo 'previa atestación expe­dida por la Dirección General de Tránsito, acerca de que esos vehículos pertenecen a choferes vecinos de los municipio~ aludidos e inscritos en esa Ofiüina como dedicados al negocio de transporte de pasaje­ros. Este certificado será extendido sin recargo al­guno para los choferes por la Dirección General do Tránsito» . errada la discusión de este artículo, fue apro­bado. XXV En uso de la palabra el honorable diputado Rebolledo , en asocio de los honorables diputados Fernández Llinás, Bermúdez, Barros, Borel1y, De la Hoz Baca, Manotas Aquileo, Escobar y Consue­gra Osvaldo, presentó para artículo 30. y nuevo del proyecto, el siguiente: «Art. 3. (nuevo) Abrase un crédito extraor­dinario hasta por la caD tidad de mil pesos ( $1.000,00) para gastos de comisión de la Asamblea durante -­sus sesiones del presente año, que se imputará así: Departamento de Gobierno Cap ...... XXIV Art .. , . Para dar cumplil'P.iento al artículo an-terior $ 1.000,00 El señor Secretario de Gobierno, en uso de la palabra, presentó para artículo 20. sustitutivo del Cerrada la discusión de este artículo, fue apro-proyecto, el siguiente: bado. «Art. 20. El Artículo 20. de la Ordenanza No. Continua1'á en el próximo número Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 15

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Aplicación del concepto de bancada de la defensa en el sistema penal colombiano

Por: Angie Natalia Hoyos Rojas | Fecha: 2020

En la práctica judicial ha venido cogiendo fuerza para efectos de libertad por vencimiento de términos la aplicación del concepto de bancada de la defensa o como lo ha llamado la jurisprudencia el principio de unidad de defensa, que en ultimas consiste en atribuirle a un procesado las consecuencias negativas de la actitud dilatoria de otros procesados y defensores.
Fuente: Universidad Externado de Colombia Formatos de contenido: Tesis
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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 2

Por: | Fecha: 28/05/1942

Señor Ministro do Bogota.- REPUBLICA DE COLOMBIA- DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA ASAMBLEA Departamental Director: MIGUEL ANTEQUERA P. IMP. DEPARTAMENTAL ~erie 1 Barranquilla, mayo 28 de 1942 Número 2 CONTENIDO: Conolusión del Aeta. Número -¿ Acta. Número a Li~ta de Di:!Dat ari os. Página. No. 5 Pá.gina No. 6 DIGNATARIO. DE LA ASAlVIBLEA Presidente: Pedro A. Oñoro Vice-Presidente: Alfredo CarLonell Secretario: Abel del Portillo G. COMI ION DE PRESUPUE TO Luis Alberto Rebolledo Aquileo Manotas Pablo José Cenre ra COMISION LEGA.L DE CUENTAS Pablo Emilio :Manotas Luis de la Hoz Baca Dr. Osvaldo Consuegra CONCLUSION DEL ACTA NUMERO 2 VI De conformidad con el Orden del Día. se pro­cedió a las siguientes eleccioQes: Para Oficial Mayor de la Asamblea Abierta y cerrada la votación, los escrutadores nombrados, honorables diputados Barros y Pino informaron: Por el señor J\1áximo Gallardo, catorce (14) votos. Por el señor Carlos Pardey, un (1) voto. gidos Relatores. Pl'esent~ como estaba el señor Borelly, el Pre­sidente lo juramentó. VII J l' El señor Secretario de flaClend a, presen-te en la sesión, presen,tó la proposición siguiente: «Por considerarlo de carácter urgente, dése primer deba-te, al proyecto de Ordenanza «por la cual se autoriza al Go· - bernador del Departa mento · para contratar la ejecución de una obra pública, previa lec tul'a de la correspondiente Ex­posición de Motivos» , En discusión la an-terior proposición, el propo­nente después de un saludo a los honorables dipu­tados y de prometer su decidida cooperación en las labores de la Asamblea, sustentó a la vez su propo­sición, la cual fue aprobada. VIII En vista de la proposición aproba.da anterior­mente, la Presidencia abrió el primer debate del proyecto de Ordenanza «por el cual se autoriza al Gobernador del Departamento para contratar la ejecución de una obra públic'a», previa lectura de su Exposición de Motivos, proyecto de Ordenanza que había presentado momentos antes el señor Se­cretario de Hacienda o Cerrada la discusión en torno del proyecto, fue aprobado y pasó en comisión para su estudio e in­forme, para segundo debate, a los honorables dipu­tados Rebolledo, Manotas Aquileo y Cervera o con tres las de términ . ~ . IX omo el señor Máximo Gallardo obtuviera la El honorable diputado Rebolledo, en asocio del mayoría, la Corporación lo declaró elegido Oficial honorable diputado Consuegra N éstor Carlos pre- Mayor de la Asanlblea Departamental. sentó esta otra moción: Para Relatores Los mismos escrutadores, honorables diputados . Barros y Pino, informaron el siguiente resultado: Por el señor Nazario Yance Uo, trece (13) votos. Por el señor Gaitán Borelly Go, quince (15) votos. Por el señor Eustorgio Mazenett, un (1) voto. En blanco, un (1) voto. Como los señores Borelly y Yance obtuvieran la ma.yoría, la Asamblea los declaró legalmente ele- «La Asamblea Departamental del A tlántico, al ini­ciar sus labores, en el período legal ordinario de 1942, envía un atento saludo al señor Ministro del Trabajo, Higiene y Previsión Social, Dr. José Joaquín Caicedo Castilla y se complace en reconocer que su actuación al frente de tan importante cargo ministerial se ha tradu­cido en positivos beneficios para el mutuo y cordial en­tendimiento que se advierte a lo largo del país entre el capital y el trabajo y en modo especial en esta Sec­ción de la República. Comuníquese al Excelentísimo señor Presidente de la República, al Dr. Caicedo Castilla, Ministro del Trabajo y Prevision Social y publíquese»o Puesta en discusión y cerrad~ ésta, fue apro- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTA.1\:;,,;f~E=N::::::T=A~L======= bada. A las 8 p. m. el Presidente levantó la sesión . El Presidente, PEDRO A. OÑORO El Vi~e-Presidente, ALFREDO CARBONELL El S~cretario, ABEL DEL PORTILLO G. ACTA NUMERO 3 Presidencia: Oñoro - Carbonell. 1 En la ciuc¡lad d~ Barrapq uiU , Departam,ento del Atlántico, a las cinco y treinta de la tarde del día trece de mayo de mil novecientos cuarenta y dos, después de haber contestado a lista los hono­rables' diputados Barros, Cervera, Consuegra Néstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De la Hóz Baca, Fer­nández Llinás, Manotas Aquileo, Manotas Pablo Emilio, Oñoro, Morales, Rebolledo y Valencia, pre­vio informe de la Secretaría de haber el q uorum reglamentario, la Presidencia abrió la sesión. Se hallaban presentes los Secretarios de la Go­bernación. 11 La Secretaría informó que estaban presentes los señores Máximo Gallardo y N azario Yance, ele­gidos en la sesión anterior Oficial Mayor y Relator de la Asamblea, respectivamente y la Presidencia los juramentó. 111 Se dió cuenta del Orden del Día, se leyó y a­probó el acta anterior sin observación alguna. IV Se dió cuenta de s negocios substanciados por . la Presidencia, así: Telegramas de varias Asambleas del país, dan=-­do cuenta de su instalación y elección de digna­tarios. Telegramas de varias Asambleas, de la Pre­sidencia de la República, del Minis terio de Gobier­no y de algunos Gobernadores, en contestación a los que se les dirigieron de esta Corporación, infor­mando de su instalación y elección de dignatarios. Oficio sin número, fecha de este mismo día, de la Oficina de l\1édicos de Pobres, de esta ciudad, atendida por los doctores J ustiniano Martínez y Pedro Antonio Manotas, remisorio de la copia del Informe que dicha Oficina rindió a la Secretaría de Higiene, Previsión y Asistencia Social, Informe re­lativo a las labores desarrolladas durante los últi­mos tres trimestres del año p9 S8 do, documentos que pasaron para su estudio e informe a la comisión de Higiene y Beneficencia. Entrarun y ocuparon sus curules los honorables dipu.tados Carbonell y Pino. V Conforme al Orden del Día, se procedió a la elecci6n de las comisiones de Presupuesto y Legal de Cuentas, habiéndose abierto y cerrado la vota­ción, con el siguiente resultado, según informe de los escrutadores nombrados, honorables diputados Valencia y Consuegra Osvaldo. Comisión de Presupuesto: Por el honorable diputado, doctor Luis Alberto Rebolledo, catorce (14) votos. Por el honorable diputado, don Aq uileo Ma­notas, catorce (14) votos. Por el honorable diputado, doctor Pablo José Cervera, catorce (14) votos. En consecuencia, los honorables diputados nombrados antes fueron declarados miembros de la Comisión de Presupuesto. Comisión Legal de Cuentas. Por el honorable diputado, doctor Pablo Emilio M.anotas, catorce (14) votos. Por el honorable diputado, don Luis de la Hoz Baca, catorce (14) votos. Por el honorable diputado, doctor Osvaldo Consuegra, catorce (14) votos. En consecuencia, . los honorables diputados Manotas Pablo Emilio, De la Hoz Baca y Consue­gra fueron declarados miembros de la Comisión Legal de Cuentas. VI El honorable diputado Consuegra N éstor Car­los propuso: «La Asamblea Departamental del Atlántico, manifiesta u decidido apoyo a l&. politica internacional que informa al Gobierno Nacional que preside el Excelentísimo Señor Pre­sidente de la República, doctor Eduardo Santos, en esta materia de tan sustantiva envergadura para el país, ha traza­do una política de altas miras y de nobles ejecutorias para nuestra patria y con este motivo se congratula una vez más por el éxito del Tratado con la vecina república hermana de Venezuela, aprovechando la oportunidad para reconocer la labor m'pritoria que en desarrollo de esta política cumplió en Venezuela) el ex-em bajador doctor Alberto Pumarejo, a quien lél A~amblea del Atlántico saluda deferentemente. Transcl'íbase al doctor Santos, publíquese en los diarios ele la ciu da d) y en nota de estilo remítase copia de esta Reso­lu ción al doctor Alberto Pumarejo. Puesta en consideración d e la Corporación la anterior moción, cerrada la discusión, fue aprobada. VII El señor Secretario de Educación Pública, pre­sentó el proyecto de Ordenanza «por la cual se da destino a un predio urbano del Departamento y se establecen otras disposiciones referentes a la dota­ción y funciqnamiento de la Colonia Escolar del Castillo de Salgar» y propuso: ePor eonsiderarlo de urgencia, rl~' se primer debate al pro­yecto de Ordenanza que acaba de presentar el suscrito». Aprobada como fué la anterior moción, después de haberla sustentado el proponente, . haciendo re- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • • ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 7 saltar la conveniencia del proyecto, la Presidencia declaró abierto el primer debate. Cerrada la dis­cusión, fue aprobado y pas(> en comisión a los ho­norables · diputados De la Hoz Baca, Manotas Pablo Emilio y CarboneIl con seis días de término. PROYECTO DE ORDENANZA N° .... DE 1942 «por medio del cual se da destino a un predio urbano del Departamento y se establecen otras disposiciones referentes a la dotación y funcionamiento de la Colonia Escolar del Castillo de Salgar». La Asamblea Departamental del AtlAntico, En uso de sus facl}ltades legales, O R D E N A: . Artículo primero.-Destínase el predio urbano, de pro­pIedad del Departamento, ubicado en la acera occidental de la calle de Caldas y que hace frente por su lado norte al Par­que del Centenario, extendiéndose ha ta la calle de Las Flores, para la construcción de la Biblioteca Pública y del Instituto para Ciegos y Sordomudo~. ~arágrafos.-Quedan derogadas todas las disposiciones anterIOres que hayan dado al predio a que se refiere este ar-tículo, destinos diferentes. ' Artículo Segundo.-Facúltase a la Dirección de Educación Nacional del Departamento para la adquisición de hasta ciento cincuenta (150) camas para alumnos o estudiantes del depar­tamento y de la nación, como primera dotación para el dormitorio o dormitorios que en el Castillo de Salgar, o en el edificio que más tarde se construya en los contornos de dicho CaRtillo, sirvan de alcobas a la Colonia Esco]ar que allí se 'debe desarrollar. Artículo Tercero.-Para darle cumplimiento a este artí­culo, ábrase al presupuesto de la actual vigencia económica un crédito extraordinario por la suma de hasta mil quinientos pesos ($ 1.500,00) con la siguiente imputación: Departamento de Educación Pública Capítulo 37.-0tros gastos. Artículo 106B-Para comprar hasta ciento cincuenta (150) camas con destino a la. primera dotación del dormitorio o dormitorios que se destinen en la Colonia Escolar del Cas­tillo de Salgar para estudiantes o alumnos de la Nación o-<1el Departamento $ 1.500.00 Parágrafo.-Si al vencerse la actual vigencia económica no ha sielo pagado este crédito, o parte de é'l, el Contralor De­partamental hará la reserva del caso para que se pague en cualquier tiempo posterior. _ Artículo Cuarto.-Establécese, desde la promulgación de la presente Ordenanza, el Restaurante de la Colonia Escolar que ha de funcionar en el Castillo actual de Salgar o en los edificios que para tal fin se puedan construír en sus contornos más tarde, y fíjase la suma de hasta o~ho mil pesos ($8.000.00) para el sostenimiento y dotación de dicho Restaurante. Artículo Quinto.-De la suma de ocho mil pesos ($ 8.000. 00) a que se refiere el artículo anterior, destínase la cantidad de dos mil pesos ($ 2.000.00) para la primera dotación y fun­cionamiento del Restaurante de la Colonia Esco]ar del Cas­tillo de Salgar, en los meses que faltan de la presente vigencia, y ábrase un crédito extr.aordinario con la siguiente imputación: Departamento de Educación Publica Capítlllo 38A.-Restaurante de la Colonia Escolar del Castillo de Salgar. Artículo 107 A.-Para la dotación y sostenimiento de eate Restaurante en los meses que faltan de la actual vigencia, dos mil pesos ($ 2.000.00) Artículo Sexto.-Si los dos mil pesos ($ 2.000.00) a que se refiere el artículo anterior no se ga tan ni parcial ni tota]­mente en la vigencia a::!tual, el Contralor riel Departamento hará la reserva del caso con los m ismos fines que le des tina esta Ordenanza, para la próxima vigencia. Artículo Séptimo.-Incorpóraae el Instituto para Ciegos y Sordomudos al Museo del Atlántico, como conjunto coordi­nador que es de la enseñanza secundaria y superior . Artículo Octavo.-Esta Ordenanza regirá desde su pro­mulgación. Presentada a ]a consideración de]a honorable Asamblea en su sesión ordinaria del día 13 de mayo de mil novecien­tos cuarenta y dos, por el suscrito Director de Educación Nacional del Atlántico, (fdo) JULIO ENRIQUE BLANCO VIII El señor Secretarío de Hacienda presentó el proyecto de Ordenanza, «( por la cual se aumentan unos impuestos y se dictan otras disposiciones», acompañado de Exposición de Motivos y seguida­mente propuso: «Por considerarlo de carácter urgent ; de e primer debate al proyecto de Ordenanza «por]a cual se aumentan unos impuestos y se dictan otras disposiciones», previa lect ura de la correspondiente Exposición de Motivos». Puesta en consideración la anterior moción, fue aprobada y por consiguiente la Presidencia declaró abierto el primer debate del proyecto, habiéndose leído por la Secretaría la Exposición de Motivos. Cerrada la. discusión, el proyecto fue aprobado y pasó en comisión a los honorables diputados Re­bolledo, Oñoro y Consuegra Osvaldo con seis dias de término. PROYECTO DE ORDENANZA N° ... «por ]a cual se aumentan unos impuestos y se dictan otras disposiciones :. La Asamblea Departamental del Atlántico en uso de sus facultades legales, O R D E N A: Artículo Primero -Seis meses después de promulgada la presente Ordenanza, los licores extranjeros que a continuaci6n se expresan, pl:igarán en el territorio del Departamento del Atlántico el siguiente impuesto de consumo; liquidados sobre ca.da botella de 720 gramos o fracción: 10. Aguardientes extranjeros (whi ky, brandy, coñac, ginebra, ron, anisado; anisete y simi-lares a los anteriores) $ 2.00 20. Champaña " 2.50 30. Cremas " 1.50 - 40. Vinos espumosos " 2.00 50. Vinos generosos " 0.40 60. Vinos tintos y blancos " 0.20 70. Por cada media botella de cerveza extranjera " 0.03 Parágrafo. - Los vinos medicinales no causarán impuesto alguno. Artículo Segundo.-Seis meses después de promulgada ]a presente Ordenanza, los cargamentos de licores extranjeros, cigarrillos, tabaco, etc que entren a los depósito oficiales ~el departamento, no pagarán impuesto alguno de almacená je lo primeros 15 diaf'. Pasado este término causarán un im­puesto de $ 0.02 por cada bulto y por día. Artículo Tercero.-Autorízase al Gobernador del Depar­tamento para permitir, pero solamente en e] ca~o de que no las plOduzca el Departamento del Atlántico, la introducción de las cremas que se producen en otros departamentos del país. ER entendido que esa autorización se refipre exclusiva­mente a los licores similares a los catalogadOR en el numeral tercero del artículo primero de la presente Ordenanza, y que pagarán el mismo impuesto de $ 1.50 por cada 720 gramos o fracción. Artículo Cuarto.-Esta Ordenanza regirá seis meses des- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL pués de su promulgación, conforme al artículo 201 de la Constitución PolítlCa, número 69 del Acto Legislativo número 3 de 1910. . Presen tada a la consideración de la honorable Asamblea en su sesión del, día .... de mayo de mil novecientos cua­renta. y dos por el suscrito Secretario de Hacienda, (fdo) FABIO A. l\1ANOTAS IX El honorable diputado Consuegra Néstor Car­los propuso:
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 2

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