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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 21

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 20

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 19

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 17

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 15

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 11

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 10

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 9

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Gazeta Ministerial de la República de Antioquia - N. 4

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Imagen de apoyo de  Gazeta de Colombia - N. 534

Gazeta de Colombia - N. 534

Por: | Fecha: 08/09/1831

G-ACETA DE Sale los domin~~!I j jaevo. DPsde .. 1 numero 538, que &ulrlra el jaens u de si-tien.brt¡ 1 la susca·ipcioe del trimestre ,-alJra 3 pl'sos ita da · .. ¡emplaa· rPal i m,.dio. Lassusct'ipciones t.le esta ciuchd i su provincia se bal'en P.O la liend_a nüm. 1 . o c.alle a."' de) COrr>f'rl'i1t1 donde tambiro se vendeo los dem­pla'res llU~OS. Se caidara de .. nviar las gal't't.as a sus casas a lot tuscuptorea de la cii1dad, i ¡.or el corrw a los de fut"ra. la concluecion de fusiles¿e Honda C del sueldo mayo1· que disfrutaron en sus empleos primitivos, i no Jos correspondientes ~ las pla1!as qne ocup"'º· Las asignaciones hechas a rstas s•>n en ruon ~el trabajo que cada una tien~. de su catf'goria 1 de su responsaoilida'1 .. i no en cunsiJer e.o '23 de octubre de .~~- , para p&gat' 1, 1 oo p.•al :;r. l!e~o Gualt dP. le que 1e le de~ia pG>r diputado a i...i asamblea arf.lericaoa. • ·• J, 100 En t6 de diciemh~ de 183G para pagar 300 pe¡o~ al señor jeneral Antonio Morales por enviado á Guatemala. • • • ~ • • • 300 Eo 4 de marzo de 183 1 mand6 p:iigar 1,2q5 peso& 2 .reales al ar~ Frl'ncisco 1"lichclena por enviado a Méjico. • • • • • • • 1, 295 2 En 1-' de enero de 1831 maodO­pa.: ar 1 ,Soo pesos al señor Pedro t.iual por diputado á la:aumblea •Hnericana. • • • • • • • 1 ,5vo En 26 de enero de- 183i, mandd PªKªr (eo casa de moneda) 5513 w·sos 3 i ª'* reales al mismoseiior Ptdro Gual por enviado · a: Goa-tr. mala. • • • • • • • • b5t3 3 •f* En 7 de aetiemb~ de 1830,mando ~gar 400 peaoa á loa HñorH Vi-ce.- te Piileres, i Juliao. Santama· ria, para una c~ilÜ>D a donde el jtncral Boli,-ar 'C_arl•~IM. • • 400 En 9 de aetiem'bre de 830. mandcS entregar 45 pt1oa al señor Julian S11ntatDa~a~ para fletes de beatiaa :p.ua el YllJe. • • • • • • 45 Eu 28 dé setiembre de 830,man .. dó ·dar 16 p~ios para trasladar ua arc-biTo-c.Je una á ótra pies•~ • , • 16 l<:n •. • de octubre de 830,mand& dar al maestro lo~ Maria Corta· .ur ·.Lo pesos 5 realu,paraa~ar la4 ventanas del colejio de ·ND Bartc>lomé. • • • • • • • :io 5 -~ 7- 4e o~tubre d~ 830, 20 pesoa al ciudadano Loreoio Carbajal. por de Honda. • • • • • • • • 28 fo:n 1 2 n de dos catíones del Sa.o-tuari'e ' aquí. • • • • • • • 2 4 En ~2 de enero de 3 r t 160 pe5os al coronel Piñeres, para comition l ~artajena donde BolivM. • • 160 E~ 1 2 Qe ener~ de 3 1, 800 pesos al señor Buenatentura Ahumada para la tumba del jeneral Bolivar-~ 800 En 4 de febrero éle 3 ·,. 3 pesos 'Gavino ~dméstica por, la_ c..om-poaic: ion ~e la ~tberca de Palacio. 3 En 11 de r~brero de 31,. 7L65 p! al señor Buenaventura Ahumada, para las exequias del jral. Bolivar. 2.65 En 5 de febrero de 3 r, 274 pesos alacñor Buenave~tura A~umada, para componer el cuartel de san A~ustio. • • : • • • 11 • 274 En 24 de febrero de 31 ,~9 _pe101. ,al sP.ñor · Anacleta . Aa-aos, para tr:asl.adar el archivo del tribUnal 4e .Cuentas. • • • • • • • 39 & n .de .marzo de 31, too pesoa :.al ·señor. Pedr~ ~~uez H~JQS para:uoa com1$10D! • • • , • 1 oo 4 ·reales a Fabian Pacbeco por es· terados de palacio. • • .. • • 23 4 En 11 de abril de 3 t, 35 pesos al escribano de gobierno, para gaatoa de compulsacíon de los r~jistros de los o Rifles. 9.62.5 Eo 26 de octubre de 3o, 3649& pesos 4 112 r~. al comisario de glJ:er· ra por los gastos de dicho mes. 36,499 4 YJI En 21 de qctubre de 3o, 250 p.• para el jeoeral Pei, por cuenta éle lo• sueldos atraza·doa que se le debian. • • • • • • • • 210 En 6 dé noviembre de 3o, 600 pesos .al coronel M~yer para º1i11u d~ montar. , • • • • • • 600 En 13 de diciembre de 3o. órden para que todo el dinero que hubie-. ae se mandase Albal!léalbatalloo Calla<;>: i soló hu~""3ooo ~~' 3,ooo En" 2. de noviembre de 3o, 5~ pesos ·a loa señorea Agustin J4-. perriere i Santiago ft~urdon por lo que 1e les dehia del.hospital. 5,oo~ Eu 3o ps. •'coronel Jacinto ?flactel para ft«Telar i .Quito. • • • • • 400 En 6 de noviembre de 3o,. 3706 ~01 ~reales.al coronel Francisco ·Meyer para compltto pago del talabartero Andrés Amaya. • • 3.706 .. % En 24 de di~embre de 3o; 24 77 3 pesos al comisario de guerra, pari los gagtos de dicho mes. .. • 24,713 En 5 de marzo de 3 1, 8500 ps. _.1 comandau1e José Salcedo, co­misario de la division Callao, para la espedicioo a Popayan. • 8,500 En 1 2. de marzo de 3 1 , 56 pesos al señor Vicente Flores, por gastos de la tropa que de Caqucsa mar-cho a los I ... lanos. • • • 56 En 18 de ma~o de 31, Sao peso~ al coronel Jacinto l\lartel p4ra su regreso al Sur. • • • • • • Soo En 24 de marzo de 3 1., 1312. pt. al coronel Fráncisco l\'lt.yr.r para ,una contrata de equipos militare¡. 1 ,31 .~ En 24 de enero de 31, 2.54~p ps. 11 1/$ realu para el comisano de guerra, para los gastos militares en dicho mes. • • • • • • 2.5,4t9 1 1 f~ En 3o de marzo de 31, 3000 ps. al coruis.ario para remitirlos A la diviaion Callao. • • • • • • 3 .. ooo En 24. de marzo de 3' , 1 ooo ps. al coronel Vicente Pilieres par~ b columna de su mando. • • 1 ,ooo En 11 de abril de 31, 2~ pesos al .aeñor José María Maldonado juez eolltiro de Cboconta, para racio· mes de .recluos. • • • • • • 2.i En t G de abril de 3 1, '2500 pesos al comiaario de guerra para re· mitir -._ la di vision Callao. • • 25os En 28 de enero-de31, 5o pesos 'al juez polftico ·de esta capital para bagajes de militares. • • S. .Ea 18 de febrero de 31, 279 pelOI ~ ree1les al juez político de eata capital Pª"ª ba,ajes de tropas. 2 7 g '2 En 15 de abril de 31, 500 pesos al ciudadano Cayetano Esta·ada para conducirl0s a la Mesa [>ara el batiillon Callao. • . • • • 500 En'24 de febrero de $1, 26018 pesos 6 •lf reales por el presu - piesto de gastos de dicho me$ al comisario de guerra. • 26,018 G t~{ En 23 de mano de 31, 27105 pesos al comisario de guerra para los gastos de dicho mes. • • ~1, 105 Eft 14 de marzo de ~ r, 200 prSQi "ál seifor Ramon Bcriñas para los bagajes de tropas. • • · ~oo En 15 de abril de 31, 100 pl'so¡ al mismo señor Beriñas póTa los snismos bagajes. • • • • • l'OO En 2 de marzo de 3t, 21469 pesos 4 'l~ reales al corr.:.isario de gnerra por el gasto en dicho mes; 1 257 pesos ·mas para otro grden de 13 de setiembre de 1830 ~ le~aroo al señor jeocral de div¡. •·ion José ~'li¡uel Pcy, deade 31 de GACETA DE COLOMBIA !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!l!!!!!!!!ll!!!!!!!!!!!!!l!l!!!l~!!!!!--!l!!mmil .... ,... octubre de 183ct haala 3o de abril de 1831 a rnon de 2io pesos mensales ..... ,7So Por órden de 20 de setiembre del mismo año .. se eótreg~roo al apoderado del seifor Tomas Cipriaoo l\'Iosquera, para pago de sus sueldo' como rui .. nistro plenipotenciario de Colombia cerca del gobíem1> del Pedí. • • ·a,ooo Por-orden de 22 de enero de 1831 se pag~ron al doctor Vicente A.&uero 300 pesos, valor de 60 reamas papel que vendió para ll Gaceta. • • • .Joo Por orden de~,, de marzo del mi¡mo, se entregáron al señor Rafael Porraa 400 pesos en oro, para pago de los sueldos denngades de algunos em· pleados que fueron desterrado1. • -400 En 18 de abril de id. se pagáron al senor Luis Carbonel 800 pesos que se le debian por gaeldos atra&ados, por orden de 28 d·e enero. • • • 800 Por orden 14 del mismo a~ril se pagiron al señor Jerónimo l\lendoza 615 pesos. por sus -st1eldos como mi-nistro de hacienda. • • • • • " 615 Ademas, por orden 4 de diciembre de 1830 se entregaron á los señores tezereros de Cuodinamarca. • • • 1otooo Por brden de 18 tle febrero 1831 se entregiroo a los mismos;p:1ra pa~o de sueldos á los empleados de esta capital. 20,000 Por 32,000 pesos, que en loa ocho meses contados de setiembre de 1830 A abril de 1 8'3 '•'se entregaron 8 los mismos señores tuoreros a rason de 4.ooo pesos ca cada uno. • 32,000 Suma total. • 68,865 Casa de moneda. Bogotá agosto 1 ~ de 183 1. Camilo Manrique.-Isidro M. de Yergaro. PARTE NO OFICIAL. PUERTO DEL ATRATO. . L1 :i.pcchu::~, del puerto (l,.J Ah'alo al comercio eatranjcro. efectuada ya, segun aparece de la circular de la prefectura, que se insertó en el holrtin precedente, es un acontecimiento demasiado importante .para q11e no Uamemos acia él la atencion ~ública. ~bservarEmos . de paso qu·e esta medida saludaol~. tantas v.eces solicitada por los que veían coa interes ta pros· peridad del Cauca. babia encontrado siempre oposicion inve1tcible en la mezquina i anti­liberal politica, qucsostenia el monopolio del comercio estranjero con este departamento en las manos de los capitalistas de Cartajena. Ni aun en el periódo efímuo de la dominacioo de Urdaneta, interesado ~º alhagar a los cauc.anos, se convino en ella: haciendo traido­ramente nula par instracriones secretas, Ja terminante aprohacion dada por aquel usur­pador ~ todos los :acuerdos de la asamblea de Buga. ¿Qué esperanza podria qut>daraos de conseguir jamas este benelficio, en la depen­dencia del gobierno del Cer-itro? Establecido ahora el trafico directo con los estranjeros, se compraran n1ucho mas baratas en el país las mercancías imporf;,tfas por ellos, tanto por las grandes economias que tienen los introductores, ""como por la mayor con­currencia de éstos: aumentarán las rentas pu­blicas con los productos de la nueva aduana: habrá mas facilidad i ocasiones para la espor­tacioo i venta de nuestros frutos, que casi Ao tienen salida: tomara incremento la agricultura: prosperaran lu poblaciones litorales, i aua las interiores: hallaran trabajo mucl\OS brazos que ~n vllno lo aolidtan~ el interes particular f c:mqueara las comtmicaciones existentes, i aun · abrira otras ménos penosas; i un soplo de vitalidad comercial, empezará a resucitar a este desfallecido ten·itorio. Otro bien resultara quizá~ de no mf'nor imp•irtancia. El c2mino de Cali al magnífico · puerto de la Buenaventura, pnerlo lla maclo por la naturaleza a ser un dia el opulrnt' * Ht1stl.i un uño tarda un car8umenlu tk ropas en "enir de Cartajena a P-0payan pur el río Ma&dalena, pasando por las manos de mil · ojentu, causando espa1itosos gasfcs, i espnedo a los latrtJcinios de los i~rnales ho80$ i a 'los frocasos orijinados por la imper~ i 6co~ di 101 p1Jlro1Ud <Ú Cha11lf"ln, empoño de un comercio inmenso, sera en grat\ parte mui trajinado por 101 comerciantes del Citarí: se aumentaran los interesados en s• mejora, i esta se bara, d por empreurios 0 cradμálmcnte, bajo loa auspicios 4e la libertad i de las leyes: i lle~ará al 6D á verse espedita este canal de espor.tacion pal'él las cuantiosas cos~chas del vatle del Cauca; cuyos cacé'os. azúcares, carnes, tabaco, café i añil teodriao la esdusiva en todos los mercados del Pad6co. ¡ Cuan rico, cuan peblado, culto i feliz vendri ?. ser eate hermoso departarQento, ct1ando ,por el Atrato i por el Da¡;ua se vea en fácil comu~ nicacion coo ambos océanos! (/Joletin PoHtico i Mi1itar de Pqpoyon.) VENEZUELA. Direcc1·on ~ 1a MH:ietlad de ami&os.-Caracas 22 4e marso de 1831.- Sr. secretario .del tnt~rior. La sociedad, en su sesioo del 20, acord6 ae trasmitiese al gobierno, por conducto de VS. Jo c¡ue ha opinado en contestacion al oficio de 19 de enero prclximot en órden al proyecto' de realizu 101 establecimiento• de que babia el articulo 17 ele la lei de 18 de mar.zo de 18a6. ' 1.• se es1ableceran aociedad.e.s ecooomicas de amigos del · pais en cada capital de provincia; cuyas f111ociones se limi1ar~o 1 las qae Jés a tri~ boyen loaartkulcn 17, 18 i 19 de la lei de 18 de marzo del año 16.• 2.• Para que estll sociedades puec1an evacuar el anuarie de su proyincia., como se les encarga por el artícul• 18, sera oMigacion de Jos gol>er­nadcires, jefes políti<'o1, consejos municipales, tribunal de cuentas, rector de universid~d i pre· ceplores particulares, parrocos, fa<'últad rnéJica i demas funcionarios publicos, comunicarles, cad~ seme&tre, cuanta·s notici:is -estadisticas ocurran, contenidas en el artic.ulo de sus atribucion-cs i !C detallan en la lei citada. 3...• I .. a correspl'lndeocia 1 :'6cial de las socied3ue.s de amigos del pais, r.stara libre de portes de correos.: 4.• Los perionle, i sin q•1e valga fuere al­guno eu <:outrario, á la j11risd1ccion comun erdi­uaria, con apelacioo a la corte supt!rÍor de justicia de\ respectivo destillo judicial; i Jos proce1os se sustanciaran, calificaran i senteociarau co11fonmi a e&te decreto. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • Art. 2. 0 Son traidores o conspirad.ores de f>rimera clase, i sufrirao la pena de muerte: rriinero' los ado.i en el numero anterior: lercero,los que manteng:rn intelijencia de palabra, ó por escrito coa Jos enemigos de Venezaela, para laci litarl!!s la eolrada en el territorio, 6 para entregarles algu1u parte de é 1, de su muina o ejército, ó proporcionarles cu;ilesquiera ausilios para sostener la guerra contra el Estado: cuarto, ios que persuaden o aconsejan' todos estos delitos. Art. 3. o Son traidores o conspiradores de 5cguda clase, i sufriran Ja pena de cinco años de f~ e sidio i separacion perpetua de la provincia en que cometiéren el delito, los que sabiendo q11e se tra~a o qoe esta tramada una tnicion ó cons­piracio1a de primera clue, no la descu~riéren 6 denaociaren a la autoridad publica, pudiendo h1cerlo. Esceptúanse solamen te l<:Js individuos c:ompreodidos en el artlcul<> 197 de b coostitucion. Art. ~. 0 S6n traidores ó conspiradores d~ tercera clase, .i sufriran la pena hasta de cuatro años de espulsion de V enei11ela, 6 confina e ion ! uo lugar determinado de eJla, los que resistieren círedamenle cumplir las providencias decretada¡ p~r el gobierno para_ salvar el pais, fuera de los éasos de los artículos 136, 186 i ~87 de Ja cons· titucioo. · Art. 5. o En los delitos de coospincion 6 traicion, los jueces leirados, los alcaldes mt1qi­cipales, los jueces d~ i•az, procederáo, a preven­eioo, a formar el SllruarÍO plra la civeri&uacioo iifeh~rimeÚ, 5U5 aul.Ort:S Í COmplÍCeS, a Ja apreDSiOr.I ~e es.tos, i los jueces letrados, i los .alcaldes mu· micipales en su caso,.~ la.cont¡auacioo de la caus.a, liasta · dicta-r sentencia, aun en los diu festi.-os i ein pérdida de instantes: i cualquiera omision e} mei¡lijencia. que ~e nota~e e?. ellos, o en los e~­cribanos, se castig.ara a1n d1s1mulo por los lrt­Lunales superiores, con multa desde So hasta Soo pesos, i ad~mu con la d_eposicioo de los empleos aí' las faltas foeren repetidas. 1 los gober:nadores ~jefes polític.os, procurarán que l~,• jueces cum-. pi.to coa Sil deber en la averiguac1hn de los es· presados delitos i ap~cnsion de Jo~ deli!1coenle1, pres&.aodoles los ausilios que necesiten, 1 d~ cuJl:­qaiera omisíoo que observJren ~n ellos, 1 en ~os l!scribanos daran cuenta al tnbunal superior r.ompttent~, para que se les castigue; i el j~ez dari cuenta inrli$peoslblen1ente uda ocho d1as al poder ejecutivo er;i derechura del estado de la eaust, especifican dolo. ... Art. 6. o A la practica de fas dilijencias que haya de evacuar el jt1ez, asistira igualme?t.e en la1 cabeceras de can ton, el p~ocuraclor m?Dlc1pal, i en las parroquias, el s\nd1co pacroqu1al_, para que en el acto pid_ao cu~nto juzguen conducente a Ja indagacion de los. hechos~ s~s agresores; pero .el jaez no detendra el proced1m1ento porque ellos mo lleguen a tiempo, ~abiendo.- sido e~~l~zado•. Art. 7. o Formado el sumario se rcmtllr~ con el reo o reos, las armas j cos'>s que se haya~ en­contrado concerniente! al delito, COR b corre•· pondiente cmtodia é incomuoicacion, al joe:a letrado_, 6 a-lcalde municipal que haga ·~· ~eces, wi ellos no hubiéren formado el proced1m1ento. Recibido el proceso, inmediatamente se proveerl •auto de prision _conforme · a~ . artículo 200 de la ·constitucioo, i sé · tomari al reo b reos la derJa­racion con cargo. Evacuado este acto, •e eo-tregarao las di iijenci:u sum~ria_s al pr~cur~der municipal, que hara de fiscal, si oo tuviere ~m - ·pedimento lega l,para que proponga l_a acosac1?n, o manifieste el concepto que crea JUSto. S1 el fiscal promueve algo ma•. par:- fundar Ja a~asa­eion se cv.Jcuara en el dia, siendo en el mismo tuga;_, ó en el término de la distancia si fuese eo otro; ¡ practicado, se de.-olver~. t?do al &atal, -para que en el término de veinticuatro hor!ls proponga la acusacion. Art. 8. o Cuando el fiscal no propusiere acu· aacion por no estimar probado el delito, o por llO haliar bastantes los indicíoa que motivaron el procedimicnto,6 porqae los juzgue desvanecidos, ai el juez, 1ie~do. lt:tndos o CQA co111ulta ele llHOT' GACETA DE COLOMBIA cuando no lo fuere, encontr!re arreglado al mé· rito .de las actas el juicio del fiscal, aquellos á q11ienes na se acusare sedto puestos en fibertad, 1 sin perjuicio de ser redacidas nwev~meote a prision, si en Ja continuaeion de la causa restJ.l­ta- ren pqJehas contra ellos. Art. 9. o Pr.opuesta la acusacioo, se continuara la cansa por los tram~tes del jt1icio criminal ordi­nario, con prefercoda a toda ofra, al>reviand_osé Jos términos al minimum posible,~iodispensable· mente necesario, para que no f!Ueder¡ impunes .. les delitos por falta de una esacta aYeriguacioo, i Jos acusados ·privados ·del 'derecho de su natural defensa; de modo qúe en los casos mas compli-con un ~r~tado, d~ comercio. 1'uestre gobiern~ acc:edera a la ultima de estas proposiciones~ (Courier t!e-s Erats-llht$)~ FRANCIA. He aquí -algunes pormenores sobre la sentenci-a p~onunciada por la .c~mara de los p1res de Fran .. c1a ~ontra los ex-m101stros de Cario~ X Poligna~ ha sido c-0ndena4o a la transportadun, ~ segun el artkul.o 17 del código penal. Esta pena con· siste en ·ser conducido i permanecer toda la vidar eo'iu1 ptJ[ilo det~tm.inado po'r el gobierno, per~ fueri del territof'.'iO contipental del reino. i..~ Francia no ha poseido nunca colooias en que puedan per~aoecer esta clase d~ reos, i hasta ahora se flan cus-todiado en el monte saa ~Iigaer.1 •cados no c~ceda el de prueba de quince dias_, escepto el de la distancia, cuando haya de practi­carse la prueba en otro lugar, ni de tres los traslados para los informes de derecho. Con­cluida Ja causa i citadas las partes, se sentenciara a lo mas dentro de ocho días, con solo la am­pliacion del térmi'no de la distancia, si el asesor 110 estuviere en el mismo lugar. ProntJnciada la sentencia, se consultara en el mismo dia ·coa la corte superior de justicia del distrito, en los términos q11e previene la. lei organic1 juiiicial, i Ja corte despl.chara estos procesos c r. 0 .El letrado que sin ~nfermedacf ..grave~ ó impedimento de parentezi:o en grado proh.ibido, - se escusare pira aseiiorar en esta.9 causas, incurrir a .en la .. multa d'e 5o a 100 pesos a juicio de la misma corte. En la misma pena iocorriran los que sin enfermedad grave se es­cusaren -de defender 3 loi reos. Los q11e no sean letrados, en deft.:c,to d e éstos, serao obligados a ser defensores i fiscales con multa de 25 a So ps. Para grafo· 2. ° C~antl? la corte super!or ~es­pect¡ va, creyere necesario el nombramiento de uo asesor de oficio, lo propondrá al gobierno para que lo haga, i para que disfrute el sueldo asigrudo a Jos jueces lt:trados de hacienda_, i se le proporcione adefllU el viatico de ida i vuelta. •' Art: 10. ·Cu:>lquiera juez civil ordinario de la Republica lo es competente de los conspiradores. Eo consecueucia, la .corte superior respectiva, proveyendo a la segaridad de los encaus:idos, flesigoara-el lugar 0-Ju~rea A-donde dehall ¡u trasladados i j11zgados. Paragrafo único. C~anclo ~ Tirtad de este arti­culo la c6rte superior disponga la -traslacioa de los aprendidos de OQ logar i Otro, se verificar~ coa la mayor .seguridad i lo mas breve posible; pero nunca Antes de habene instruido la sumaria, evacuadose la& declar~cioaes indagatorias dé aquellos i demas dilijencias de esta clase espre­aadu en esta leí. Art. 11. ·En Jos casos de sedicion, ttJm11lto 6· motin cometido por- l~ tropa, bien sea dentro de sus cuarteles, o bien en form:icioo; fuera de! ellos, en campañá, <\ en marcba, toca a l.a auto­ridad mifüar el ·conocimiento ·de estos jtJicios, i Jos de)incuentes 110 seraa juzgados sino pot las leyes militares. • A.rt. 12. A 101 ef~ctos ele esta lei estan sujetos todos los traidores i conspiradoreJ en el Estado, desde el dia de su puhlicacioo ell-cada pueblo_, qae se hara inmediatamerit~. Art. 13. Queda .4erogada por la presente leí, la de 14 de. octubre -del año ~e 1-830, i cuales­quiera otras qae le sean contrariu. Dada e.o Valencia a 1.5 de junio de ,831:-2.0 · .¡ :u.• etc-• - MARACAIBO, 15 DE AGOSTO. _ Había Uegadoa G_urazao el eijeneral UrdA­net. a con so familia: tiene v. en·, aqaella isla 6 je~erales i ~ulti~ud..de ~oronele~, ~te. etc.· ~qui ha llegado Rn.c1μoso, 1 esta v1v1endo pac1fica­meote en sm-cua. ¡Al!~ ~omos nosotros! · _( Co_rres_oond~ncia particular~) - BOLIVIA. Por -61timo, Jjouvi~- ha puhlicacJo rus dos códigos civil rcrimioar,:que·av·~l.cd : ~eíao!'_~e oído lugar de leer muy por encima, y que pa· recen encerrar los principios mas sanos y mas adaptados a la índole de ª.quellos ~ueblo~. Es_t?S . hechos son honorificos a las naciones. amer1- canas. Ellos prueban que se conocen las ":.er:­daderas necesidades, y que los hombres pu~h: cos desean remediar uno de· los mayores o qllizas el may,or de Jos males que nos aflijen. · (Mercurio Peruano.) NEW-YORK, Se escrihe de M~dria en ;> de m,ayo. ~l go· bierno ¡p~jicano · pid~ _al nuestro,_ o que ~eco­oozca la ~ndepe~denc1a_ ~t;}ª ~~han~~- o ~ue ~clti.f~ ~on él uq "a(IJU6t1cio pOJ.: diez é\~Q~ · prisioo de estado, coloc~da en medio de unos arenales, i circundada por las aguas del mar .. La camara ha declarado que Polignac permane~ cera en ana prisioo contiueotal todo el resto de sus días; i sa sentencia envuelve la muerte civil:t por consiguiente queda privado de todas sus propiedades, i estas pasan A sus herederos;' ntY, puede cobrar renta.i de ninguna clase, no puede. ser tutor, testador, ni leg otario; su matrimonio esta di3uelto en cuanto a SU$ CÍt!ctos ci viles, ~¡ puede contraer otro que rlé lugar a dere~hos legales. Un artlcnlo esprt:so lo priva de stJ rango, de sus titulos i de sus_ ordenes; Los otros ministro! han sido condenados á la pri• sion perpetaa, i aun<¡ae esta _pena no incluye 1:. muerte civil~ la camara les impone una inter-c diccion perpetua de una graa parte de los dere-r chos civiles. C11anJo se intimo Ja sentencia á los reos, el primero que rompio el silencio fué mr. <.;han­teJ.~.! l s~, diciendo a sas cempañeros: amigos, ten-s arémos tiempo sobrado para jugar al aljedrez. (Mercurio PeniantJ.)' ._._,,,;_ TUI\QUJA.. La guerra ciTil qm;desofa lo -.interior del im-4 perio turco,se h:ice todos los diaa mas ameoazanleJ _El baja de A,lbania, jefe de la rebelioo tiene al gran Tisir bloqueado eo 1\-~onastia:, en Ro.melia.i1 Dé otra parre, los insurje~tes 1lc, 8a!_gari3, so~ dueños de Sofia, capit:it de ua b~¡arij azgo; i con alguno1 sucesos m~s llcg:u·áo a las p.a-U.-&as dd ~onst~ntinopla. · El divan toml. sérias medidas,1 i el suTtan, prosigaienilo con :lrdor la organiz~oor de so ejército, envia apresuradamente :'rlfu•o• a HS jenerales. El baja de Ilag ·lad est~ en abier~ rebelion¡la Puerta le ha opuesto el ¡,.,ja de AleP.."tl que ha recibido 9rdea de reunir hHias su.i fuerza• en el Asia menor, i de mar• har acia el ~ufratu i el Tígr.is Este bajá ha sido h onra.fo --con .el tholo de c.ilifa de llagdid. Para f..ivor~cer sus esÍllerzos el virrei de EE_pto hi si·fo invitado ~ St1ministtar Un cuerpo ae ~jér.cito COQ que COm,. batir al baj~ de ·Ragdad, i en recoinpenstt de este. servicio,. se ha añadido a su territorio él · baja~ lijazgo de Siria. · Si· .recordamos que . el virrei reina sobre la Arabia, Ja Nubia, los reinos de Senaar, de Fez.i Ja isla de Candia, se vera qu .. esta adicion ñ.ace de él una potencia igaal a lat Puerta. · El fin de Jos rebeldes es destruir todas la• mejor~s administrativas i militar~s, que el aaltall' ha introducido en su ~mpe~io, ellos qai~ren qaa todo vuelva al p_ie antrguo. ·El sul,tan ha .qtJ~ridc. poner seguridad · en la ~acienda_, Jos . impuestos i ·~ justicia; quitar a los ,bajae~ .el der!!c~.o .da exaccion que se han usurpa~o; ctear un CJ~rc1~ sobre el plan europeo, reformar el ~estido turc!'~ demasiado embarazoso p1ra la rnamobra;ell fin.; ~l ha mostrado en to·do un gust<4. por los oso• europeos, que ha ~hocado a la ignorancia i al orgullo rotiner-0 de los ultra-turcos. Miéolras que .los r.evolucionarios ' de ~1:1rop~ .J.i.enden a .reforrnar los ab1uos; en Turquia por. el contrario; los bajac!~ae uneo al pu.ebl9 contra un mooarca reforinador, que s~ e~fi:a.erza a iμtr0-4 ducir una adrninistracion regular, en on pais,t 4on~e nadie . ..cata a_eguro de .au fortuna, ni de; ._ cabez-a. Es.,eramos que el .imperio torco, tan necesariai en Ja balanza de la Europ '• i que ses-ha hech<>. interesante por 101 designios liberales del-:mltaoA no perecera ea uoa rcbelion de albano.s. l\'lali­mud está a Ja cabeza de un ejercito de 60,00<>. hombres, i como la mayor pctrle tle la poLlacioB' de la Romelia no tom .. p;irte en la rebelion, esta puede ser sufocada. por una sola batalla, si los iesurjéntes se arriesgan ~n las llao~ras de la provincia. (Meqsa¡~t;_~_de lus - ~amaras.) lloGOTA JUEVES 8 01-: SrTlE.IUH\E DE l83~. En Ja noche del 3 del ·presen_te, com.o a la.s diez de ella, se avocaron tres . e"ncapota'1os a la e_ucrta del ''"rtel 4el ba.LdlQa J.º dd Cc11trv~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. a ,..,aaeP al eGcial Peña,_ teniente de una de . .,. eom,añia., que e¡taha de guardia, qae en­...._ eoft .eUos en una re-.olacioo, que tenia por eb~k», rro de.struir el gobierno del actu.il vice- 71'.áldnfe •. Caicedo, sino qaitar de ~mnedio •a a'fltlD jeueraleaObando i Lo~z i a otros )!IPeD9 ·iadinduos, que oprimiao a aquel, i DO le •iabaa cbrar en libuud. Tal foé tambien el inicuo preteato con qae se fcagaó la abominable 'Telaelioa del aio pasado. Le ofreciéron wn gran ..._. de fliDCt"o eo premio ele 111 tnicion, i le -.fa1i4roa que ya coutabao con los "-nas c-.. J90' fl•e iodo eauba preparado, i qae solo ~ fallta& .FJ oficial, viéodose desarma.to enmedio de loa trea bombres, pretesto que iba a examinar la •olaatad de otro• com¡tañeros suyos, i a dar fó1 pal09 conveoieolea; é IDIJ?.ediatameute dió el -t.enanc;io a las auteridadea. Pero DO h~ podido •Mne c¡uieoea faeron estos traidores, porque -a. aoct.• estaba mui obscura, i el oficial no pudo TeC11aocerJo.. Sia embargo, se tomaron iume- 11\latamente t.odaa laa preuuciooes necea.uiu, i le Un dado ordena para alejar • varios indi­' Tid.uo• soapechoaos. Aunque no dudamos q11e •-lroa maji&trados estan moi atentos, aanq11e creefQoa que seria la mayor ceg11edad i lor.ura caalqaiera tentativa di.! f'Sta natural~za, i aunq•1e -.pcranaos q-ic se estaran dictando las provi~en­das maio. .eoerjic.l:;; no olJsta.nle, encaq~3mos a jos ciudadaaos que no por eso se adormezcan, i c¡ue por el «>nlr~rio ei.1éu siempre ..,¡¡¡1:1111es perla seguridad co1DU1) i por I~ conservacaoo Je la1 libertades pubJi~s, como lo lieoe preveniJo -el artlcuiQ 11.0 de la tonstil.ucion. Lassesionu de la conveucivn granadina d~ben •hrirse el 15 del t>r6Jchno octubre: i es urjeute .qae · noa~cuperuos del• gran cue5tion, sohre.la natunlna de las rcl.icioncs que .en lo auct>sivo debamos consefTWar con fas otr~• sec•!ioocs, que hao_ formado li reptiblica de Colom hia. J 01ítil ....... detenernos a maoifc:atar qqe, pua laota ...._illn de territorio, de 1Jioguna manen es dtn•eniente la .uoioo b11jo de una forma central •e tohierno, cual la cleUoeada por fas consti!u­iel6an de los años 11.0 i ~o.• Largo aería. enu­.. enr t.odoa loa males que gravitiroo, no solo ..-e - otra• depart.ame..ios, siuo p.1r1ir. utar­__. .obre los del centro, coo aqueUa especie do galier-oo. Por causa de este sistema, nos ~ fllto casi ·escluaivameote manda1lo~ por ~ 41oeaebabiaa hecho vitalicios en cierto .,...os, que no consideraban esto¡ territorios 4'9mo sa patria, sino corno aa patrin1ooio, i q11e JIO miraban a IUS habitantes como! CODCÍuda- 41D06 1uyos, siuo COIDO a bombrt"8 deslioaclos a .er sus $t~b l1tos; pta m;litar; por su causa se crearon eaoa graudea dep •rt~­meotos, qne redujéron las provincias cuí~ nu•iclad, i que sin nioguo'l veotaj3 Je los pueblos, hiciéron mas fácil la deslruccion de las libertades i el ntronizamieoto de la tiraoia; i por cau.sa de él, 1'D fin, este centro ae encoolro oprimido por un i 'fuerr.a militar tan cooaiderable ' que a pesar de '11 condante lucha i ~sfüe,...t.os por la libertad, ha •ido el último en vc:r1e libre de 101 usurpadores, i •' á ser el último eu ccnstituirse. Ciertamente ft Venezoéla i eu '!l Eccador,ban teRido la sin­ «ular fortuna de contar con la mayor parte de los- cuerpos militares i de loa principales jefes, .. ra "ferificar so aeparacion i para constituirse; m{~ntras que la forma central de gobierno corn­. ltina•a con la hermosa resi,tencia, que eo 101 _años de ~6, ~1 i 28 se o.puso en esle ceotro, 1 la ietroduccion del réjimeo dictatorial,, atrajéren acia ~· ªºª multitud de jefes i de cuerpos, com­puestos, 6 de estranjeros, e\ de individ1101 nuidos en provincias tao remota•, que no aintiendo ainguoas relaciones de simpaha, ni de sangre, COD una tierra i habitante•, que mirab.io como ~maños, eran instrameotoa ciegos i merce­arla. •el p.oder. La opre1ioo. en consecuencia, ae arraiR6 aqaf por 1nas tiempo; la contienda ha aido mui obstinada; i solo a foerza de repetidas hatallaa i s nos eocoolr:>mús· hoi, oo solameute por motivos di! la nus evidente conveniencia, sino aJema3. ¡>Ol" fn!!rz2 de la ne­~ aidad, ca la po~cion de h:i.:~r eeto lllÍsmo. Partiendo de ate hecho, at!elautaré aes nue:s­lraa l'e8esaones sobr~ lo que nu. sea mas con­•, nieate. Mas deade ahora creemos ncceHria pruapoacr1 aunc¡u.e dup.aea lo hayaA.1101 de re- GACETA DE COLOMBIA petir. e¡• eaalquiera ·91• sea la organizacion que 4efiaiti.,..meaae a4opteo-- laa..difereotes partes do C?lo~b~,. a, 1111 emb.trgq, .iuAispen1able, eQ au op1n1oa, .como •apero, lo aera en la de todo buea coJo~biaQo,que 1e eatablezcan en to.Jo CH() Ciertas .relaciona, fllle aea~ b;)alaote• a coasernr la idea de uo tocio, qae ba.jo el ¡lorioao nombre de Col01116ia, e~ preparado en c:ualquier momento l laacer causa comuo para so1teoer ~ to1to. trance au eaisteaeia i au independencia. poUll.ca; un todo, cuyaa .,_rtea por mas iode­pend1entea que seao entre af tengan lio embargo una forma ~e gobier110 :epublicano aoaloga: pactos de amistad perpetua, i deberes redproca­meote aco.rd~doa paira cumplir 1us comunes compr.ome~1m1ento~, con respecto a laa deudu. eatr~nJera 1 domé~' aca, contraidaa miéotru reco­ooc1éron un gobierno comun Recojiend.o las diferentes Ídea1, que loa ciu­dadanos a~1gos. de la libertad, bao manifestado en orden a nuestra futura· organizacipo polltica, c~eemos ~ue todas pueden reducirte¡ tre1 prin­c1p3 !es 11slema1. 1.0 el de dividir el territorio co .01~1bi.1no en aeis, ocho. o mas estadoa iode­p :· ~thel\le. eo su organizacioo in~rior; pero uoa iloa por un ~obieroo federativo tal como el de 1 ... s· Eshdos Unidos de la rep~bliea norte ­americani: 2.• que los estados sean solo tres a !'aber, las tr~s .grandes aecdon~s de que ae co:n­puso la . republ1CA de Colombia; pero onido.s a un gohaeroo comun federal, como en el caso prcct!dt!r1lt!; i 3.• que dichos tres estados no te(l­gan ~se gobit!rno coinun; pero sí conserveu las relaciones de union i de inlJ:res qae estimea conducentes ~ su comun felicidad; las cuales acuerden i lleven ~ efecto por medio de un pe - queno cuerp9 de plenipoteuciarias, nomhr:td<'s en igu,l 11ú1nert!t por Céld.a uno de loa tres estados • P~ra encaminarnos a .una resolucion cla1·:. i aenci b, examinaréanoa separadamente est:u tres di•,.nae opiniones. Mua poco• aon ya en el dia 101 parli,.:trios de Ja primera. Habiendo adquirido la sazon oe­Cc! saria el jaicio de ouestros compatriotas con la e!periencia .. de .vei~tiuo año1 de guerras, tle ~esaslres, de ~¡•bCJoDe~, de pro)ectos ambiciosos 1 de alte~nabYH de libertad i de oprraioo ; ya 110 Ae de1an deslumbrar tao facilmeote con el brillo de rísueno1 aelirioa; i n1 •• boa prneuta ta idea de despedazar la República en mas de tre1 estados. La empresa 1ería una absoluta inno­vacioo; i auoque ~ste poral aolo;no aea, hablaado en jenera1, motiYe> suficiente para rec:hazar uaa buena idea; sabemos, no obstante,. q11e ea ma­terias morales i politicas, no ea f'.icil preveer tollos los males que puede arrastrar consigo una graode iunovacioo: i ninguna ea tao espueata i peligTosa, como la de nueYos llmitea i nuevas divis i one~ territoriales, que trHtoroan habit~s i costumhres en•ejecidas, i q1Je son orljeo fle dis­~ ·istos i de di•ensiooes iotermioable:1. ~ C1ules seran por otra parte, e~os n11evos deslindes bien determina•los q11e pndierao adoptarse? J. Seria f~cil poner de acuerdo ~ todo~ los pueblos SGbre ellos i sobre la de"ign:acion de las nuevas capi­h} es de 101 respf!ctivos estados? B.istaria recordac-­l< ls primeros años de m1estra emancipacion po­lítica; la agregacioo- i segregacion de territorios, fué la causa de los disturbios encarnizados, de las guerras ciyiles q11e entóoces nos aflijiéron; no solamente cada proYiocia c¡oiso ser a8berani, sino t1mbien los cantooe1, o partes de al¡.;11nas. No DOS curabamfls de les proeresos q1Je haciao los españoles aobre ouestro territorio, por entre­garnos a estas querellas domésticas. No tenemos ni el suficiente número de hombres capacea, ni la riqueza necesaria, ni la pobla~ioo bastante para montar seis ú ocho gobierno,, compueatoa cada uoo de sus resp~ctivos presi.:.. dente•, secretarios i consejos, de una asamb:c:i lejislativa, dividida en dos dmlras, una suprem;¡ corte de jasiicia, i tribunales inferiores, c<>nh­d11rfa i tesoreria jeoerales, i todo el demas tren de empleados l oficinas ele un ·estado· indepen diente; ~ lo cual babria siempre que a·gregar los grandes gastos i el empleo de los hombres ru1s importantes, que absorveria la orga11izacioo del gobierno jeneral de todos los estado¡ de que se compusiese la federacion. 1, cusndo coo t:anto ardc,r aspiramos a una positiva libertad, cuando por ella ha corrido h sangre a torrentes, i de1pues de veioliun años de afanosos trabajos ¿volveriamos al estado incierto i de creacioo de 18,ll~ solamente para establecer taotas oligir­qnbs, cuantos fuesen los pequeños estados que foi:masemos, puesto que no habria en ellos hom­bres en -quienes alternasen los empleos , i de consiguiente S!! vioculariao en ciertos individuos i ciertas familias? Concluyamo~, por tanto, qa! e1 p11rameote ideal, c¡ac es iwp_rac\ic~ble, i c¡ue consomarfa nuestro deseré.!ito,, condaciéndo•o1 a Ja a~S<·luta c1es<'rg•oizuion i anarqola, el desca~•oado proyecto de 1iividir la Repahlica eo se1ii, ó ~nas estarlo ~, p~r~ unirlos por medio de un gobierno «"flmuo íedrrativo. L~• comi­deracionea que añaditémos despucs, acerca del segun~o sistcma,pt:rsuadir~n mas la impoail»ilibcl de:l pr1mero. EXEQUIAS de /0$ miNla~s qru· muriéron comllalientlo por JI 9cJhierno en el Sanl]lari~. Desde el alba del día 6 del presente, el cañon anunció a los habitantes de llogota, que hoi era el día destinado a los funer:.les de los guerrero•, q_ue pereciéron hace un año en el combate del Santuario de triste i eacarmenbdora memoria. Loa cuerpo• de la guunicion for1Uaron en la plaza mayor, é hiciéroncada uao durante la misa tres deacargas. La catedral preaenlaba UD aspecto interesante i pal ético. Olas de pueblo se aacedian . desde la• 6 de la ·mañ.ina, i rodeaban silendou­meote el túmulo erijido en medio de la igleña. E~te sencillo monumento consistia. en Yna pira­m1de cuadrangular, aemejaote a la que sÍrYie) de sepulcro a Cay~ Sextio, i c¡ue ae •e en lu cerca­n ias de Roma.us cuatro eatata11 que adOT"naban los angulos del pedeatal. eran la de la Likrtad lioran.\o i enlutada¡ b de BoBota, bajo lA forma de un3 jhven const~•n&~a i vest\ch Je luto, apoyada S4)bre e\ escudo de las arm3a de la ciudad; la de la R.e!ijion r.oo sus-atribntos ordinarios; i el Jénio cfo l•J, qJ..: m11rié11011, apa g~ndo la ;totorcha, i m r"í.h itas la ··orool' i la~ palmas. Trofeos mi­Jihres i algunas rosas e-s p~rci c1a11, completaban la sota tum~" e1evad~ por la naci':la ~ aua hijo.,· ({UC muriérou f\dt:andn por ~o~tener el gobierno i Jas leyes. Entr~ las poesfas é ioscripciooes, qo~ deseamos se puhli(¡uen, hemo!' escof·ido el son.!to.,ig11i~ute. p:ir3 tlar uu:i muestra l 01 qua no asi~t•éron a este ~et(>. ])ic,' lwspes'; 5p•1rf,z, no~ 11' bic oi'rlisfe jacenlN Dum sanctis patritZ .'egihll!l o/J~uimur. Simonid. apud Cic.er. ·ruscul. qoaest. lib. la SONETO . Salida del a vero o pes triente, l..i discordia feroz vuela irritada, l blan'1iendo 111 aotortha -easnrgceota.h, Levanta ufaoa Ja atrevida frente. Arde s11 in.!J>uro fuego, i de repente 'l'ruena el canon i centelléa la espada, l el padre B'ogotl mira mezclada, Con la sangre, su diaflna corriente. ¡Ob santuario infdiz! ¡Cuantos soldados Al modo' que ae Esparta los guerreros, ' Claman en tu llanura sepoltadoi1: "l>ecid a nuestra patria pu~ ;eros,, Que aqui dimos la vid .. deoodad 1l& Por defender s111 leyes i sus f1o1eros!11 Concorriéron a esta grave solemoidait el jefe del ejecutivo, i las principales autoridade' na­cionales, dep:>rhmentales i de ta ciudad, j1mto con tJn numeroso clero de ambos 6rdenes. La musir.a i c~uto funebres foéroo de lo mejor que Je b:i oido aqu(. fü profesor V clazco dirijia la pu te musical de l:i füncion. L:i oracion fooebrc foé pro­nunriarla por el R. P. vicario castrense fr. Pern;.n­do Racioehdel 6rden de relijiosos fr~nci11cao os de Popayan. El vresento uo c1udro muí animado i vel"dadero, de la rebelion del año puado, de los crimenes de los ambiciosos que han enlutado este p~is, i lo n.¡o cubierto de males; i b:i tn:l­nife! tldo que los m~rtirea del Santuario llc:náron su deber como ci11d.id~oos, i como guerreros. El publir:o ju~gara de este serm()n,que vá a tlarse a la pl"eDSl. El nos ha parer.ido mui ~locueole i pronunci.ldo con perfecto decoro; i segun ad­vertimas, foé escuch1do con estremo placer por lo' 01.Jmerosos coocurreules. A. l~s scij ele Ja noc.he coor.luyó la salva, que se hii.o de hora en hora dura o te · el ·li~. Se babia rec.ojiJo una contnbucioo voluntaria, que se repart ió t:n la mañrna dd propio tlia a los sol.dados herirlos é iovalidos, i a las viufas i h•1erfanos, qu:: c~uso la fratricida jornada dd San~uario. AVISO. Esta s \: iJJlado por la junta administrativa de propios e! dia 9 dt l c :irdeote p ara el remate de l." G a ll~r3 ; i el arr1> ndJ.m it'oto por dos años de oo pt>dar:o d'e lier1·a corrcspondi.>.nte a la municipalidad, situ ado dt•sde la linea tiel eamelioa de Eo,wva, ba.sta el put-nle de Ara nda. _ez;:. h1111\ES.\ POI\ J. A. GJJ;\LL . .\. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 534

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