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Gazeta de Colombia - N. 185

Por: | Fecha: 01/05/1825

D E COLOMBIA. N.•, 185 BnooTA.- TI ·:lMLNGO 1 ~ DE 1\f H ."O DE 18 ~ 5 .-15. THll\1E8TllE 14 ~===se ~ .. ~~i;;;;;;;=:;;;¡;;;;;;;;;;¡¡;;;;;;a;;;;;;;;;:;;;;¡;;;;;;;;;,;;;;;;;;;;;;;;;;;:;:;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,;;;;~;;;;;;;;;;;;;..:..;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;.; Esta !?aceta sr:Je /,1s áu11u>Jgos. Se suscrzbe á e ü aQe11 las \ 1 ~ Le: su.scrzcwn anual valP. 10 ps. 5 ia. aet -SL11u: sít"c y 20 r s , ta úet ~ : admimstracio11es de ccrreos de B v!{ofrz , Carneas, uitJ , ~..,. ~ t nmestrt. E l t!dztor dirijirá los núms. por los correos a los ~ ~ Santama ... ta , Cart,jow , Popuyon , Citará , Panamá , ~ ' ~ suscntores: y á los de esta ci-udad cuyas suscriciotu:s r ec.zlif! ~ ~ ~ JJiedeltin, Cumamí. , Uuayaquzl y .1.'lt.la racazo@. \ ~\ cu~dadano Rafael Flores,en su tienda de 1a cálLe l. del comer- ~ ~ 'i 1 .., czc_ 11f:ih1. 6 • .-~e les llevaran á sus casa.s de habztacwn.En /a ~ C.. -~ I ~ n. i.:-;n_~<;_t z enaa se venden los· núm"S. sueltos á 2 reales. \ ~..r, ;_.,..,.,,.,,..,r_,._,.._,..,,..,.,..,.,...,._,..,_,.J.J'J"J'J".IJ"J",,...,,...I'_,.,,..,.,,.._,.,,..,..,.V_.é}, _,-·...~. -~-~~ ~ ...-...J $1.l!?&'¡~J~I J,r..r..r..r_,..,...,.,,,,~,,.,.,,...,-.,. -_.,.,, .,.. ,.., ----·---·-..,-.,..,. .,..,...,. , ..,....,..,,,,.,,..,,.... ",\. ~ CoNC L ~: y _~· L -' L E Y s nnnr-. LA c - nGA~ IZA.­c I . j\' y 11. " ] Il\C· ! J ~(L· r:; l ! l e o y E e o N o - MIC \.) L' E L -·· s DF.P . . ,. f :\ME J\' T '· S y rn(). V 1 N e I A s D l't L ,\ ~ ~ r: p u r. L ¡ e ¡\ 1, lJ E H l G A - To R r 1\ ] j E L _\ n ¡;, 2 l) .e: o e T u .B K E. DEL A Ñ O 11.º CA P.ITGLO }) E LAS JtTNT .•\5 '..'F. P ll fJVINGJ A. Art. 100.Las :..is 1.111.bk as ,.¡, ~;t(lr,1 ; cs lstableci• clas p or d art.30 de Li e< 1' s '.1iu f·in11 pU s c¡ue conciuyan sus f uncioiH::'s e<· •::.tituciona it s ck Ji­r á n á p luralidad dt: V u n re los d l:c ­tores, 11r -v ~· in­te cJ i:IS c r,n ~Í :1 tll) S v ·c; • =.:·. li~ :· ~ • .nr (jj, Z n1 u~ ; p r<-c u ran d1> ·)~:e en ,_.¡: , :; ~ · ·~· :.i u k d n:é ­t< 1d o parh:n :~- 1.wriq <;u ...: :::iL: 08~·. n:a 1.: ll h1 :, c.i­n1:: r as d el C•L. !.lTeS'' • .A1 t. 10:2 . L~s JLl1 1lpre:,;o l'\ dd ct·n­~ o de la c:~bt'cera y den ; ~1s puLblo!'i c¡u .:~ IM­yafl de f~ rm :.i r el 1n1 vvo c:11 1t on; de ~u s t ér- 111inos y d t mas cin:u:,t:: Hcias pn·:,cr it <1s ó que p1escriba la ley p de J;i5 )1Jn­tas provinciales v t>br :;1 bn· h-1 cnns <:T \·c:. c iut1 d\:' )é:ls obr~s públic:l8 í' c ~ t;i? ) kc im 1en t os de bC":neficencía y utiU(bd ccH1H-> n; y pro:nnvér con iuformL·s fund ados, l,1 c1Hi!>trucciun stán (·5t01blccidas r ,:ra su rt.'mt dio. l'.:n con!:: ccne ncia propo 11d r6 11 á los g ébe1 - nadores ln ~ n fo:';n«s que d e lJen hacerse en fos f:;'!:>Cttdas existc.ntn; 1 la:; que convenga estL1blecer; y cual snt la c<)11 cl 11cta, mornli­dad y aptitud de los actuales m ::i t-s.tros. Art. 106. lnform'-lr:in las ju nt~s al poder · e1ecutivo de l0s ~busos l¡n~ n oten en la . ad­~- nini~tracion acom· panar los d atos c;ufi c icn teb y bi..:n c aliflcacJ os, y sin que pot esto ~. u eda n lus juntas mt·z­clarse en \as func iu11t:s y munici pa k s; los 3cfrs ¡~olí tico ~ mu11icipaks, y bs indivtdcos de bs m urnci­p . lidadcs, al te mar p1 JSt !> ion de sus de::.t mos, )' entr:lr en t:I ljt'rtK;io de SU~ fu ncíonl'S pres. t tener .Y ch j _ ndn la con;jtít uc ion; ttenesca; y si la Ldta fuere tcrnpor:al por t:n!'crmedad ó ausen­cia le !:.1 1brc 1gará otrO' provisionalmente la mu­nicip. aii .- h~d, y duraubf;: el impedimento d('.l proptL tano. CAPITULO 9. o DE L A R E SPON SABILIDAD J'>E LOS EM­PL EADO S F.N EL GOBIERNO l'OLJTJCO DE LOS D.E.lj ARTAME)JTOS Y }>llOVlNCJA '> Y EN' LA ADM INISTRACION D~ H ACiE NDA .Art. 111. El códi~o penal ~omptet.de ra touos los casos u 1 que "ºº r r ipohsabl&s los cmpkt' af..::cto Ó desuft-do á alguna pe rsona ó corpr1racion, o en perJuicic de la ca.u sa pública o rie cer­ctro imeresacl o, c1busen de su c,fido n1 el ejt·r­cício de sus func-iones, son t)rev41ricHdores y pt rded.11 SUS t:mpkos, St1eldL)S0 hohores, }' no pr.•drán obtener catgo alguno p~l::>lico. .Art. 113 Sí los empleados publico& cA• metiesen l'lrevaricacíon p ot soborno ó cohecho dado 61 promt:tido á ellos ó cun su n oti-cia á .:;u familia directamehte, o por inft>tpltesta persomi; !>t1frirán ademas tie l<1s pehas espre­sadas la del cuadruplo del '\'alor qu"- hub1t:sen rec ibido • .lirt. 114. El empbdo públicó que por tneptitud, abandono 6 neglijencia use mal de su oficio, set:í privado del empleo, y re~­titu irá los perjuicios que haya causado , ade ... tnas de l&s penas impuestas en lns l("yes es­p eciales ó instrucfilont>s de cada ramo de la hac:enda pública. .Art. 115. Si los snhalternos de cm1k1uiera oficina incurriere eu faltas,dd sc:rvic10 par omi .. sion o tolerancia de Íos Jefes, estos setátt tei• p~ms .. bles )' tambi~n si dejaren de p oner inme­chatamentt: remed10, 5in perjui~io de la res­r> onsnbilidad an que:. igualmc::nte i.ocurren lo& <.spresaclc,s subalterpos. Art._ 116. L~ fdltz de cumpfiilniento de CUóll<]Ulc ~a ky o decreto del congreso, sea por kiltHudj negl~j:ncia ú ?mísion culpaqle; sea pur pura mal1c1a, sera castigada en el funcionario públ.ico .. qu~ la cometa, ('tl el pri. mer caso con la pnt:ac!on de su .;rtipleo ó cargo, y el resarcuhlento de perjuicios. y t'n ~l se~und?,_ á. deinás tle. estas penas coh la de mhab1l1ta-c1on perp~tua pata obte­ner otro cargo púülico á no ser que incurra en cuso que por las leyt:s vijt:nks tenga sena,. lada mayor pena. .Art., l l 7. El funcionario que difiriese eje• cutar ~ hacer t'Jecutar cual.quier2 regla­mento u orc.kn cid podtr e3ecU¡tivo, sufrirá la pc.:rnt de suspension de empleo y r~nta desde utio hasta cit1co afi os, á de mas tlel rei:arsi­miento de perjuicios; pero qued~rá libre de estas pen a ~ en lns cuatro casos siguientt. s: pri .. mt'to, si la órdcn fuere opuesta á. la consti .. tucion1 sin qtie se eillit:hda serlo cuandO' die• te el poder ejecutivo medidas estraordinarias no co!}1prendidas en la esfera ilat1r1ral de sus atribucicm es; con arreglo á lo di~puesto en el e~ art. 128 de lá mi.sma. constitucion: st'gundo s1 no fuere comunicada cori las furméllidades que requiere el art. 138 de la co'nstitu cion o si hay algtm motivo para duaar pruden: temente de la autenticidad de h. órden. ter­cero, -si la te~olucion del poder ejecutivo fue .. re. obtenida . evídenternent~ con enganoi ó evidentemente dada contra ley: cUürto; cuan­do de la ~jecuciun de la órden resulten ó se temari pr(.)b~blernente grave~ males que el poder ejecutivo no haya podido prevec:·r. En esto~ casos f>?drá. el ~jt:cu~or ~tispfnder baja ~u responsab1hdad la éJecUcton para represen­tar al gobierno~· pero sufrirá. las penas res­pectivas qu·e .van esptesadas, SI 110 hiciese 'Ver .en la misma representacion la certeza de los motivo~ que alega . . .Art. , 11~. Los emplea~~s 6. jefes supe,.'. r10res ~ quienes toque el mmediato curnpli­miC! nto. de la ley ú orden incurtirán en la' misma peha que los desobedientes si no la. aplicaren á estos segun permita la ley. .Art. 119. Los adminiistradores de fa9 aduanas que permitieren introducir lais cstam. pas y objetos lúbricc¡¡s indicados en el arti­culo 62 in eurrirán por la primer@ vez en 11' mu !ta cuüvn, ó S ht::chos en c!ne funda ~u agra­vio, y üjue::z deberá admit1rliat inm \:' dia ~amente b aj o la multa de ·ciento hasta quinientoi pesos y suspt: n·~!on de oficio é inhabilitacion p~i ra obtennlo Ctubre del año 11. 0 , la ordt:nan~:i de in. tendentes, é instruccioñ de corrf'jiJ r;res, é igurlmente t~das las n:s, corrt:ji-dores, jueces po ;íticos y munic.ipulidadc-s,de hien .t"m­pJ. eados de que 'lvlbla t' 5tll ky eu tl e1c-rci­(; Ío de ~ us n :-sni::ctivds funciones únicamt:nte á lo <¡ne por ' ella se e~tablrc<.". D~al.t en B(;gntá á ocho de marzo de tnil o ch~H;¡ i:>11t os "~inticinco- - décimoquinto-­. El pres;cknte dd senado, Lu1s A.BAR AL T~ El presidente de la c:i mara de representantes, MANUE·L l\1ARIA QuIJANo-El s~·crt:tario del senc.do-Antonzo Jos~ Caro.-El diputado ~"'cre tario de la cá Mara de rt"pn:scntantes - l71cente del Castdlo. Palacio del gobierno en B 0g ntá á 11 de marzó de IB:2.:J.-15. 0 -F.jecútese-Fn A N­<; tsco DE PAULA SANTAj\ 1DER. - P or S. E. el viet::presidcnte de la R e pública, en­cargado del pocer ejecutivo el secrtt.1rio de estado del UR C ADA MAl!GODE ORO Y DE.UN ll.EALPOR C AD A MAHCO Dli: PLATA e dá oca­sim1 al contrai.rnnck~; DEClll!:TAN: .A'rt. l 0 S::: !l.U -: r~me el im pu esto de un pese> pl)r cada m a r Cl> de oro y de u ;J r~al por cada tnnrco de plata de los q t1e s ·~ introduzcan en Jas c:,sas ck dv JtÜio del año décimo t.e rcern, par¡¡ ·rc.:n t ~\ .dd e;-st..11,)lccimic~to del n-..u~é o . Art. 2. 0 I...ns g}stos y rentas <]Ue se ha,·att é~ invertir <:a dicho c:stablt:cimii.:uto se abo­narán del tesoro nacional. .Art. 3. 0 ·Quecla vijente b citada . ley de veintiocho de juiio del ano décimo t;:rcero en todos los dcmus artícalos qu e tratan d~ dicho estabk cireiento y <¡ll;: ilO tengan rdaciun co11 el impue&tc.J que s-= ~u prime. D a:lo en :B.ig;.;:á., a veinte de ahr!I de mit ochocie11tos vc-inti~inco-dé-cirno qui1l'­tn= El presicknte dd ... senado = Lu Is A. B A R AL T-El jtresidcnte d~ la c i m ~! ra de rc·pre:s t: nt:.lntes.-1\'1ANU1i:L MARIA QuIJ A·­N o-El secn ti:>rio dd s<:nJdo-ANtomo Jo s~ Caro-El dipi ;tat.lo s~· cr<' tario de la cámara de r ;.·p:-es .... ·nt"-1ntes-V'Cl'flft' dr! Castzl/g. P .. tiat;io d~ g ob i:.: :-:111 il:;gnt :í a 21 de ~ bril y de ·2s de Jttlio del ,año 1 l. 0 para n:formar fas cous titu c.icnc::s de los coleji us; y cons1rle­rundo, <¡ue d ¡..-,;~Y~' r e!:>t Ímulu que puede pre­sen!: ur,,,e á la juventud tstudios;;i, es el de obligarla :i mat1i.fe~ta r en público :m aprove­chan1ic- nto, lo q-ue no se consºgue con las co.JJclusiones que se h:.in a1.;c !'>tua.brndo sos­kuer en nu e ~trs de los cur­santes en cada duse, v de una sola de las m::iterias C)Ut! se han ·t·nsl"ifodo t:n el ano; he venido en decretar lo siguiente. .t1rr. l. 0 .En lugar de las conclu sirmes púb:icas c¡ne se han acosturnbrndo ha:>ta ahora se presentarán en todos los co!q ios y casas de ec!ucacion cx amt:nes élnuale:s, igualmente públicos, por c ad:.t u11a de las clast:s que cur­s t'n en ellos, inclus;.is las cl_e kngu::is: estos cxamenes los sufrirán los jóvenes que escoja· d respectivo cateclrático con acuerdo dd rec­tor y compr~11derán todos los ramos que se hayan e ~ t udiado en el ano, quedando t'tCen­tos aquellos estudiantes de los exámenes pri­vados que se a·costumbran en los colejios al :fin del año escolar. Art. 2. 0 Las mismas corporaciones que enviaban réplicas á las conclusiones enviarán examinadores, y además se con vidaráA por el rector las personas que estime convenien. tes, á fin de que tambicn examinen. Ar t. 3. 0 Se autoriza á los rectores de aquellos colejios que tíene-n fondos bastantes para que de ellos puedan conceder algunos pr~mios rn oderndos á los t>sludiantes quo nrns s:: di sti1~ gun t-n el ~ x a m c..' 1 : , ó <:n su de~ .freto otorg-..irks :i<¡m·Ha ~rncia que crean á. proposito p~ir:i estimularlos al c-stúdio • .• /Írt. 4. 0 Del resultado de estos examenes s~ dará cuenta [,! poder <'J<::cutivo por medio de }05 intenlc nckr,i t a n 1Li en á fas c a~;¡ s de estud icis de b s r t f.!'Uiares. Co. nic-nz~:·ra il cumplir::,e en t:l uri~ p-ó x imo escnhr . A ."'l. 7. 0 If..! sccr<:t~ri0 de e~tn~!o c1t·l dt s­pncho dd i1 1ttri1)r c¡u e:d;:a u1c ~¡ rgudo r tsta r~zon d t'jecutiv o ha tratado de f.ici'litar en Eun-:pa ó el ~obre afinado, y tirado en ridts, ó las monedas acufiad tis, por que lt-jos de cos­tar á la Rt"pÚ l:fricccdente» le: resultaría una g.mancia. SECRETARIA DE l{,.\CIENDA El g obierno ha recibido vnrifrl'cirn i ~ ! lt ') S. ~: ; térmÍ!l ') TI• 'ldu t);• ra r~. cibirlas <.·s J ._. cu:itrú m .:st·s c1;nt:J.-Ín<;; d : ~ J e esra f~ ch;1, par. ;J: , d cu:1I 110 :>e athütir:l. · ;·ioguna. PnoruE:TAS PAR .~ LA l\IIN:\. DE CA.LoT1). Fs .. 1 1ni 1n ~»· tu : •: l 1 ......... l1·1 s .. cl; t ... n. d·»· di·1s de i:1 •·c i u r i~ ;l ~¡·~: ¿,;o;,~~Ja - ·l.:i · (:n~t:a·d. ~ dd ,va Í l~ dd Cauc:i, ~L! ~• s ~· g u r a cst ir abancloilathi; y d;;:­sean< lo tr~1br..-sarir::i, pitk: l. 0 Q :ie se le c· m ~:ch p or ·25 ~d'i0s pro. rogabks p:i~r\ ! 1do al g libierno el 5 por ci::1W> d e los metaks qu"' · :se e::.traigan, y t:l qui :Hu <]HC es d~ cos~umb rc'; y por i;1s m1c¡ui . ~ a s 'Y edific:i11s c¡m: haya ~n c.·:!t;JUO di:: servir un 2 por cienN. Y 2. (C Qtte f.e C():•n pn ? ~fte a C()menzar á trab;ojur t~ic:l~ a min:.i ~í los S¿tJ mesu , y si fue re: posi-Ule ames, -.,{Jllt,:d0s !lto: ].. o Que se é nnct: d.l al em:ir·c-;ar!n t ' l'l arren ­dami.:: nto por veint1..· <.rrlo-; pri.)r•ig·ibks png.111. do un 4 por. cie nto dd Vtá mayo lº de 1825-CAsTILLO. RELACIONES ESTF.RIORES El dia 21 de abril ha s estra~rtro pl eni p1 mten­ciari ·l de las Proyincins-Unidas '11.'l Centro de AmErica cerca de nutl.'.stro gobierno, despues de habtrse despedido de S. E. el vicepresiden­te de la R q1ú hica y repr.ticfost> m:Huame11te las seguridades de arnist:i1 y de afccw. El ha perm c.k Bogr>tá se­guido d'e nue-stros mac: sínceros votos por su vrosperidad y bue·n viaje'. COLOllBLl. Y INGl,ATERRA Tenemos la sati s accwn de eomunicar al publico que el d1a l S dd pasado abril se ~ GACET:A. DE COLOHBIA.. concluido por los pleaipotenciari0s de !a repu· blica de Colombia y de S. M . Británica un tratada de amistad, comercio y navt'gacion, el que se ha sometido á la aprol>acion d el c on­greso en cumplimiento del urtículo 120 d~ Ja constitucion. Puede dcciróit: que C0iombia por este acto FlO solo ha acrcs de congratuhicion ~) u1 · d <:\Cto de ju~ticia C]Ut: acnba de hil.cer el g 11bi":'r·10 d ~ h Gran-Bretafüi, d ertemi1nndo r ·.:. ~u i 100 .:r la indepcnd<:ncia y soberanía de Co!umbi:J. E'n 5 se le participó al scnndo haber ad. rni tido C"l poder ejecmivo . il Jr•s línu-i.tes e.le los c:1nt:1nt-s 11 d !'! est~m~jeros en Ver.ez u<'la p :tr ::l fume nt con tnl motivo que nw(\i:1:He;; las r<1 zo1lt:s cspuestas por el ductor l\L1(.h1riag...1 y att:ndiendo á sus méritos, ser­vicios y padt'cimicntris se lt: ~1si :~n ; i 5 e d ~ l··s fond us ¡ní. b\icc:s tlíla pe nsion,- er;carcciendu t:l pronto despacho de este nep.;'1cio. En 26 se inft>rmÓ a\ sen:i, que dichos trattdos, que se aj-ustast'n con los primeros, s~ e xamin;iscn en este ano, y tal vez la naturaleza de ht co­mision del ú itimo requeriria la intervencion urj1:-nte del congreso.- En 28 se pa:só al senado á donde ante­riormente se habian dirijjdo las antecedentes de la materia, una representacion del apode­rado d,·I clero ele Q uito oponiendo varias ra­z0ne- s á la rebaja del interes de lo!j censos sulicitada por la municipalidad de aquella ciudad y por otras. En id se pr~sentó á la resolucion del con­greso poc medio de la misma cámará la so­licitud del cabildo de Barbacoas sobre que no se separe este canton de la provincia de Buenaventura. En 30 se pusieron en conocimiento del se­nado vados documentos relativos ¡\la vacante de la tesorerín de la iglesia catedral de Quito cl_edaracla por el podc:r t:jecutivo y á 1~ cspial­s1on del que ia obte!lia, presbítero Mariana Batotllas. · CAKA.!lA DE R.EPRE ..S. ENT.A.NTES. Jtfes de marz•. En 4. se dirijió una comunicacion igual á Ja que cc>n eiita fecha se Jilasó al senado fe­licit~ ndole por d reconoc1miento de la inde· ptndencia de Colombia hecho por el gobier• no de S. M. Británica. En 9 se S<)llcité una tesolucion que en beneficio del com·: rcio remueva los ínconve­nielii tes, que 2~ada paso se ofrecen á los ca­pit; rnes de buques m<:rcantes por los mariAe­ros que quieren. abandonar la Ravegacion cuando lt:s p3rece, acompanc:•nrlo un t:spedien­tc: i11strnído sobre el particulotr t:n la inten­dencia del l\'fagdalena, que esta elevó al poder t.Jecutivo. Eu id. Se propuso á. la c.imara como oh .. jeto de una ley ó disposicif)n j~nerat la auto. rizacion á las mun_icipalicfades para poder vender y permutar los bienes raices corres. pondientes;}. dla, se acompañó un espediente prurr1 v-•.'ido ~n la intendt:ncia de Cundinamar­ca y se espnsienm las razones· de wtilidad de esta medida. En 10 se hicieron presentes a la cámara 1010 r·naks que resnlt.m segrm el conc~pto del intendente del Ecuador d..: la libertad en que estan los rdijiosos para enajenar sus propic- leci cLts en los departameMtos del EcuJdor y ckl Asuay, con arreglo á. la ley de la 1n~~e ria. DEPAnTAMENTO DEL ECUADOR. Pnov1Nc1a aE PrcH~NCHA Hny en <:-ste1 provincia das escutlas en el barrio de la catt'dral de Ja dudad de Quito,, y una tn cada una de-fas parroquias de Santo­dominf¡' 1, Sa1·1franaisco L!iimerced, S.antabár­bara, S .1 mblas. Sa: 1seb.asti•m, l.YL1gdalcna Chi­Jlug, ilh ,_ l\1;1chaci1Í, 8 :rn~olquí, Sambisa .. Guuíilalmmba, Yaruquí, Tumbaco, y Lata-cw; ga. PROVINCIA DE híBABt1RA. Ea la villa d~ · !barra capital de esta provincia hay una, igual número en las parroquias de Cu~mnH¡uí, Caranguí, Puntal, S1línas, Mira,, y Cangagua: dos en Tulcan, Anjel, U rcu­quí, Coto.1c0lchi, Alontaquí: tres en Otavalo, y cuatro c::n San~ntonio y otr~s tantus en Tusa. PRoYINCIA DP: CHIMBORAse. En e5t:1 l'ny una escuela en todas las párro­qubs s ; guiente~: Sanfrancisco, SanagustÍnp L am(:>rced, Licti:~, Cuan, Chambo, Pungalá,, C t.·barkls, S:c de 1823 dis pu­S'l que 5e c~tablcciese11 cnc;;!.\S d~ t:nsaye y r¡~ scate t-!l las provinci•ts de Cnrt;.1jl·1w, A11- ti(Jqtti:J, Ch(icÓ y B .1rbacó01s, y en d 11Ó , y st gun se lo anuució al congre­::; n ú·:!-.i.k ..:>1t0; .c1 s: lo que ;.u1unci:..1uos para cono(;im1~nto ·de la República. PERU. Nns ha par~cido muy digna de e101io la conducta rJd o.mgreso constítuyt'nte de 1rnes­tra aliada la Rl!púulica del Pt:rú c:n apresurar­se á m:.lnifrstar a. nuestro gobierno su ft'CO­uo- cirniento por Jos inmensos sacrificios que ha ht'ch:l ¡Hlr su indepe-ndc:ncia y el que le haya ciado .l. este acto la mayor importancia con haber d estinado dos individuos de su seno para encarg~rlos de esta- comision. Estos señorei h:m liegado ya al puerto de Buen~­ventura desctt donde han diriJidn al pontacion nacio­nal un subio y vigoroso gobierno cons­t it1:.lido subre Lascs las mas liberales, ha em­prer. dido su marchd. firme· y majestuosa, ri .. vaiiz[tndo con I~s mas antiguas dd vrbe. El congreso Gonstituyente dd Perú; rccnrn icick> ultamente de los heroicos serv1- c;o~ de una aliada ta!l fil'l y jenerosa, Jos ~ue, ckspu : s dt: una gut'rra infructuosa y desola­d :•rS lcú o lus m11s fut'rks c¡ue-;as c on· t ra hl condu c ta del gcibernador i1 :t t rino de L oj a, Cri~. tn> , Pwl,·m<•S a ~1:· g urar que á11tes ck r c:cih :r!:le t:c B , e-1 itá '!<.ilt s imp'!"t:sos se h <1 bia üictado pr l'c hs urtícul• 1.s de los pt riócücos contra l<-s m::iji ::;trados so11 l-·:xactn!-iy ju!:>to!t t·s muy plau~i­ble que lé.1 iniyrc:ni.~1 ·sirve.. de freno a l::is ;;iu­tc •riclades y que lt man Vto, ·l poder jtcutivo hd (1f(J ­cc.- dido u1 el w g c.cio dd gr il>ui1:.1Jur de Loja por lo que · a11u1.cian los it11pn:sos. DEL REi UIHC.A.NO DE POL\.Y1\N. EL TROFEO l)EL EJERCITO DE COLOMBIA c~1yó pnra 1'iempre h.1. ei-.tátua cnlosúl, c1ue l1al >ia nijido en América la tinmia. Los < !:>fucrzos de lolS c iud:1chmlls armados c omplt:turon su iibt:rtud é indq>t:üdt:11c1a ab­soluta. ¡ Héroe-s colombianos: ! J'ª habt is conclui­do la magnifica c...hra dt: que u::.tabais enca.r­g:. idos. Sin vmstro valor t-jt>mp1ar; !>in vuestros sufrimit'ntcs; sin vut strns virtudt·s todus, 110 habria visto vm:stra patria Ja t:::.t~\cic , n ptrpt:- tua de la~ flores, d s iglo de oro. . . • • , Díg~1lo ei mnndo c.-11tc.ro, testigo !a de los hé roes, y i vuestra F él lrl::t Jibrt:: tll C'U t:ntas pmtu; la alumbra <.: se:!. Aun tc:neis la c~c-: bl6 satisfaccion de b!Df r restituido ni sudo de los inc ~: s la lib rwd, que el abatido lt:on de lbnia en vnno quiso ctintrariar. Ya e:.tá dicho, colombi;mos, gue como }:jins predilectos de la libertad y del v:;\lor vosotros n<) podn·is mir::r c o11 in d ift;n:ncia r¡ue un solo ¡rntbl0 de la tierra soporte er.} ugo irracional, imp1.1esto por los tiran< •s. Vo5ctros sol<"'.-; k~ b r· i ~ c0rt:1do casi todas las cabe:-zas e e la bidrn cmpon zofü1d <.1 ; y aca­so ireis á destruir en 11.:j¡\.:r•L'S remota~ las c1ue · 1a rest~m: esto no f·s ~strnnn: clío-anln Bo- • 1":> p1cá ,. C rt r~ , b 1.b1) , C ane1j~ n.:, Pi hinch;.1, ~1 a ra-caibo, )' PU1:.rtu-l ªº' lk: rqJ Ít;-1 11 ~0 J u1;in, Aya­cúcho, J mil l itrn:, C<~ m~.c : s ú~ s;,ngrc y glo­ria, rluode uno de vosutros ha sido ::,uficit:nte para pulveri~ar á ir.uchos esp::ifi<>lc::s, de los CjUC C. Publiquen los venc!dos ~i vosotros sois capaces ele hacer mas prodiJios que los t spartanos. ( Continuará.) SOBRE LA CfJESTION DE CAN­DlDA'ru8. No faltamC'ls á- nuestras promesns es~rihi­endo · cuatr~ palc.bre1s sc.bre rste negocio que t.m¡ •ieza & ajiulr lé1~ plum:.i!S clt:: 11ut-~tn)S coin­patri< .tas. Pan ce ­bac10n. L•1 c.:u·¡_stic. n de-: ~uyo ti.te: 't!>tc- l,ro­cl ·dimit. t1l11; e11 Lll• ~tro Ct >l !C< j' t l i y por lo que '?ie pr;.ictica en lc;s E~ts que dr,ji<'l1 á t1!h' y cr:tic._n á otrod lo~ Céll1- did:.:to::i: t n los r ·u utro me ~s ú ltm ios dd dio pa1'ado 110 se ltt" r::rwc:ico tn ,¡ue no 'se hablo t n iiro ó c c_,ntrn cid St ffr.r Adtfi<>r Clay c¡ue c-ran los cuatro c ~. ndiclc1t1 s; i:ero en l.Mos t x;.imt'lltS jamervicios Ídtncia de la R<·púbhca y perídad de la Hq., ública t s lo qne cltstam es tod(.S los Colom uianus C]U f'.' pr·ch tTl C'S decirnos Clffié!lltC S de· su 111d1.. f cnc1t 1 cía y libt-rtad , y estr.s L>icr.e~ no se aclq11itn n ~iuo te ni('ndo ~"lbios y h< nra­dcs leji~ l:.1 d < re'.;, fü:!rs ej•.cutc;res de las lryc-·s, y rn <1J i ~ trad1 .s Í i . q:;ros <¡ ue e~tt.n devotados del clt !>Cu dd b iu1 Fn.:cun . una!. ~~>- 1\IimtrJS lr.s cnq· l:,~lS público~ tengnn el i1 1cr nti,·o dt"l h •, r,c:r, ó c:e I~ rc-ntn hc.J brá. un cr 1 11~iclu~ble c c.ncurso ele pretenditntes, y mitnt r:.is que d crnpl o bC'U u110 snlo y mucl1os los que aspírnn á él, habrá descon­tl 11tos, y murrr.urüdores, á. quienes su amor pro¡ .. io ks h: ga en tr que son d~ supe­rior n ;éritG ul p_rovi:::;to. E!:>ta c,bservllcion e~ muy (,bv i.1, y c omo pcr ctr:1 pnrte ~ea im­posible que los gobl'rnanantcs tengan balan­zas tan xact•rn ~: n que pe sen el H:Lrito de los ciud ~irlmrns á gusto y contento de to­dos, no
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Gazeta de Colombia - N. 185

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Gazeta de Colombia - N. 155

Por: | Fecha: 03/10/1824

GACETA DE COLOMBIA. N .Q us. BOGOTA.- DOMINGO 3. DE QCTUBUE DK 1824.-14. TRIMESTRE 12 .J6t,a gaceta sale los 'domingo1. Se suscribe IÍ e Ita en las .dmimstraciones de ct1rrec;s conocimi1:ntos neces;:irios para m cjor:ir y llevar á su perfei:t.:inn el sistema adn1iuistr_ativo: para ello exijiri de todas las ofi­lCinas cuantos documt::ntu:;, dat0s, é infur. mes nt:cesitare. ~1rt. 13. Debe formar un cuadro de todas las rentas naci0nales que comprenda d ori­Jen de cada una, la disposicion que la es. tableció, su historia, el método de su adrni­nistracion, sus producto:>, el número y fun­ciones de sus empleados, S\.18 dotl erdrio, los progresos ó decadencias que lnyan tenido, las causas que h<1yan ocasionado lo uno ú lo c.Mo, y Ja conveniencia de que contmuen, ó se su­prim;: n. Art. 14. Este cuadro clebc ser duplicado, el uno será de cad11 ren ~a en CLJUa provin­cia, y d otro jeneral (k toda b Rq: t1blica. Art. 15. La direccíon cx .miin~trá y com­par. lrá todos los reglamc::tus, crdenanz:1s, é instrnccione5 gu -'.~ hayan rejido hasta jl'cu­cion y correjir á los empkados neglijentes, cuya suspension puede proponer al ejt'CU'." tivo pasandolc los documentos por los cua­les resulte que algunos sean culpables, para que proceda conforme al artículo 125 de fa constitucion • .:&rt. 18. En jeneral la direccion está en­cargada de dirijir bclo el departamento, y ma111f...: st<~ c ion de las Cd..:r tjecutivo en lo:'.S pri­meros m ' S('.S del aiío eccmomico, un estado jeneral CdJs la~ rec311<.Lt­ciones y di,.tril:ucion<:s p•,r n facilidad .se veu el total ingreso y t:greso de toda la Rq>Ública, y pueda dispon(:r el gobierno dd sobrante, don­de lo hubiere, ó rt'mitir á los departamen­toi y provincias donde haya ddkit - .drt. 22. Igualmente exijirá la direccion de los intendeutes , contadurfas depur. ta mentales, y adu~nas de los puertos al prin. cipio de cada ano ecunumico, estado!S c!e comercio comprensivos ck la& especies, na .. turalez;t, y valor de las mercaucÍrcar.cí as y espt-cies importadas con su totnl valor, y los frutos y producciones fisportada'5 con d suyo, y io pasará á la secretnría de hacien­da para <]Ue 8e gradúe la cantid::id, que du. rantc el ano ha estado en movimiento de comt'rcio, anad1endo ltales, gas. tos de braceaje y demas noticias necesarias para que se sepa el total producto de las minas y la cantidad acuñada en cada año, y con estos conocimientos formar~ uno je- . neral con claridad y dístincion. que pasará. como los otros á la secretaría de hacienda. Art. 25. Exijirá de las administraciones jenerales de tabaco, ~stados del número de matas que se siembren en cada factoría,del nú- . mero de quintales que producen,de la cantidad que se consume en el país y de la que se espor­ta par.:t el estranjére,con razon circunstanciada del precio á que se paga en factoría del cos­to del empaque, y conduccion á las admi-nistracinn: s, de lo!!; gastos ordinarios y es­traordcn. J rms de: C,.ida una, 1.;e ic.s μr\:'cius de ve11ta, de lé .• s uLilirh1d<. s de.- e.ida adnrniistra­cion jeneral, l"X Í~tt· ncia ~ dd J€:11ero al fü1 de c<1da ~1no, b cantid<1d que n :suit4re inu­tilisacfa, y el d t:Mino que ~e. le hs, cnl!1 las notas que espEc1uen d aume11to ó dimiuucion, y las causas que 1dlm.·;.;n en ello. A.~t. 27. Exiji;·á asi mismo qne en tJ­d os l0s anos le rem1tun lL1do d~ los e-diftt.., \,, :..,, :1!;1:'ª$ c: 1.: 1\e~, fJ.bricas, embarcaciones úe n :sguar­do, utenci!ios y cuant•J de esta especie pcr­kncsca á la 11acion, c11n t.~p n · ::;ion del va­lor ac~ual de cada cosa, y comFn·nsiHl ele todo d di etrit(> de cas uuiformes pétra los estados de: que va hecha m<:-nciun y de­ro as que estime necu;.irio pedi r, á fin de q w:- ~i p:·oba dos puedan comu11icarse á las ~ :. ~t.· : )clt-nt-ias., contadm ías, tt'sorerías y admi­n i· tr;: c~1m(S d t:' part,1m!>nt;;,J<::s para que se cum­¡; b fü· '. rnt nte con d ios. • .. 1 rt. 2 9. La direcc1on jeneral exiji l'á de e< c:.s, sentenciadas y fenecidas, y de los t e;.ultos de C<\da J·uicio. .!lrt. 30 La direc·cion jeneral examinará. si se han observado en todo las leyes y reglamen. tos de la materia, si se nota morosidad, ó connivencia, ó cualquier otro defecto: cor­rejirá los t]Ue estén á su alcance y de to­( fos modos n de (jUt' se habia c:-n d mis. mo art1cul1t antl.:rior, y lóis noticias que ck­ben dar los Í•llendt'1 ~ tcs de los emplc:ados de su nombramiento, 1¡u.: les cono·dé la ky, le facilitará los couocimi ~ ntus ueccsario:i para llevarlo á t:Íl cto. .Art. S4. Ademas de esto, dispondrá que ~n toda8 las oficina~ principal.:::. ::.é formt n hbrt:tas para los emplt-adns, segun el rn1H.le­) o que trabajará, y pn:senlara al g-.:1bíerno para su aprobacion á fin de: qu ~ ¡:or n,te medio se conosca d merito y aptitud de c . 1 ~!:t uno, Jo cual en lo sucesivo Ública en lo economico, gu­bernativo, f»mento y arreglo t-st:í sujeto á la direcci1m j•.:nl.'ral, la cual pres::ntari todos sus tral>.ijos al gobierno por la secretaría de hacie11d--t, para c¡ue sean proptwstos al con­gr<:> so. y este pueda dic~ar las leyes nect"~:l­rias con todos los conocimientos que _ cle­n1an ia un ramo tan 1mpurtante. Art. 36. A la resoluc !on de! todo n f:" g~­cio dd.>c preccdtr un examen, y confr ren ­cia detenida par ..t asq~ur:.-tr el acierto, y t:n cu,rnto sea poi.il>ie !a u nif:-,rmi:.Jacl; y ~: n Lo­do caso prc:-valeccrá d voto do.: l.l nwyorÍ.J . Art. 37 Lo<> directnres puedt"n, c:Ü::ttHlo lo crea!l 11ecesario, salvar Mts V c ~ mtra­rio, sino que dc:ben tambi•:n <:-sponcr lus fundam<.·ntoj graves de su opinion. Art. 38. Di'ArÍJm~ntc se t'stemlerá el acta de las ddil>t-raciones de Ja dirtccion, en la que ae cspr<.'~r:í con claridad y concision la materia ó c:s:je por la tot.ilidad de sufrnjios, ó pnr una pluralidad mayor ó menor, y en to­do C<.IS' • μ11c.!rá hctcerse mencion ck los que ha­y án sidn di"' \'oto contrario. Arr.. 39. Las actas deben firmarse por to­d os los directores. .Art. 40. Los director•s deben tener la asis­tencia diaria de cinco horas pr~cisas dc:: ~de las nu:urdar lo conveniente en cada ne­gocio. Art. 41. Cada director dará cuenta ~n la sala de direccion de:: 5US negocios respt::c tivos llevandol<>S rreparc.tdns y bien instrui­dos; y no pqr eso dejará de votar lo mi:>­rno que los otros, pur-s esta cl1vision del tra. bajo solo titnt: por objeto facilitarle> y ace­lerarlo. .Art. 42. Las resolucion<>s de la direccion se comunicar.in á los intendt"ntes, y por 6U' conducto á tnrlos las oficinas a;ubalter­aas por- el director encar¡ado de la st"c<..:ion rt_-spt-ctiva en nomb:-e y de orden de la di­re~ cion jt"nera{. y lus subdelegados, contadu­rfalii dt-partam<.·tales, y dc:·mas oficinas subal­ternas, podrán h..tcer sus consultas y devar sus qmjas en derechura á la dircccio111enenll. .,1rt, 43. Lo!I informes, consultas, y pro­pm ·stas taría de: hacienda, serán firma­das pnr todos los directores. Art. 44. Los espt-dientt:s que aun no cs­téu concluidos corr~·rán á cargo del oficial m av.-ir, y cuando hayan de archivarse to­lnará t-ste un rt"cibo del archivero. Art. 45 El archive-ro formará sucesiva­blente un índice alfabético de todos los nc­¡ ocioa de que &e haya l1echg car¡p, y adc-mas tendrá un libro en que asiente tlia por di la frcha de su rt:cib• •, y t:l qut: h~ya dado ai oficial rn:.1yor respecti\.'•.->• ( Se co,1ti1Juará.) DECRETO DEL GOBIEB.;\'90. Fa.prcrsco nE PAULA SA.,VTA.NDER, de l1Js ltbertadore$ de r~nezw:la y l'undma­mrzr: ca, ronntes nombr:amientos. .drt. l.º Para la contaduría del departa­me ct ~' ck Cu11dinanrnrca á José Sanz de S;.intam:.ui.1 t·x-cn;itadc;r jeneral. P ara (lrd e nudor aux iiiar á Antonio lbc;nes. P ;1 ra ofi cial prirn t'ro á Antonio Bernal. P .. ra la c n nt;.¡du r ia dd dc:¡.n1rtmnento dd O :·i11oc ' ) :í Vict· 11t ~ L~· cuna ministro del te. !;IJr{) pÚ h!ico de Vl llt'ZUc- ht. Partt b c o ntuduria de V enezucla al que se nom br:ir:í c! e ~pt:t s. P .rn.i i:i c1 ; 11t ~1duna 'ld de d Z11lia :í José Jn.1ci;, n ·1.!H.Jt" llíl e x-n1ini::.tro de la ksort:ria ck¡ arta 1r: t:1:tal. p , ra h c -.:ntnduria del de Apure al que se nombrari <.ks r·. u c · ~. l\:r;1 la c o1 1 t.1 d ~ ; ia dd ele B oyacá á l\'far­tin gut'rra t x-c:' ll L:d cJr j..: IH.:rcil. P.irn orck11arl1 !r ~uxi l i a r á Diego G!>mez ministro que iu ~ido cld tcs or., público. P.1ra b cont<.uluria d el ele: Mr~rá clt·spw: s. P.ira l:ts dd Ecuadqr y Quayaquil, pro­pon~ rán t<:-rnas los respectivos Ílltendentes pnr conducto tld jcf1.: supc-ric.:r dd distrito, quien las remitirá. con su infi:rme. P ara la d el I stmo á Jo~é Vallarino minis­tro tt:sOf f~ ro de Panamá. .Art. 2. 0 Los contadores propondr&n ter­na por conducto de. la dirtccion jeneral para uornbrar ls que pertencscan :í oficinas suprimidas ó re­f '"lrmadas, de prnvidad, intdijencia y adht·sion al sistema político. .Art. 3. :;, Lo!\ · intemkntes quedan auto­riz ~1 dos para instalar las contadurias depar­t:. i:nt: :lta les t"' Xij iendo á lns empkados en ellos el juraruento constitucional. Ellos mismos facilitarán el ~ Para juzgJr dd nú ffit'ro de ofi­ci.. iks que penuite d :..1rtículo $7 ele la rnis­nia J, y, h irán los c outü<.br.:s d epartamen­t< 1l~· s los El st·crt:tario de e5ta Gamba h:.t sido destinado interinanwuk á su vir la asumria dd depar. taml·nto d t" B r,n1c á . -- R l-:LAciON ES ES'TERIORES H -1biendo vil\to puulic<1das .en pt'.riódicos de Lm1dr.:.s ::..1s letr::t<> comt:rnlaticias que prt'sento al gobic::Tno chj But'nOs-aÍrt!S d senor Parish cónsul jt·neral,henl(IS recibido orden de publi­car la sig11ic::11t,... cn-dencial pn:sentada .il go­bierno de la Hepú blica. Oficina. de 11e;;ocfos estranjtros octu­bre 10 de 1823. SE Ñoit- S.M. el rey dd rtino unido de la Gran Brtt<..iña é Irlanda h.;hit-ndo dc::terminado tomur: mt-d1das que eventu:;ilmt-nte puedan conducir al ei.t;_!bkcimi<:uto de relaciones amis. tosas -con el golJit'rno ,te Culombia, ha nom­hrado" :zl coronel H c..nailtom, teniente coronel Campbdl, y Jaime Ht"ndt..rsom sus ajentts confidt-nci01k~ para · tjt·cutar esta importauto comision. El corond Hamiltom c¡ue está. colocado á la cabeza de esta comisíon entregará á V. E. e ~ta carta, y yo tt ngn qut M• plíc4tr, que se dé <:11tt·ro cré por el gobierno de Colc,tnbia á c11::t11to él k rq:rc::.1:11k l:n nombn: de su n1a­j <·stad. Teng •) d honor de s<,r, se ñ or , l corond (te la msrina real de los Paises-fn~jo~, cHbn militar d• Guillc·lmo primt>ro,cnm i~ionado Cf'rcn d~I gobit.·r­no de Ja rt-1u1hJica Je Colombia por el gobierno de CYrazao, en virtud de po­der y autm·izacion de S. M. ~1 · rtty de los Paise111.bHjo@, llegó á e•ta capi· tal el 20 clt•l corrier:it~; y despues de las primeras comunicaciones de eti • queta con el 1e~retario de estado y relacioaea e1te1·iorc1 1 de haberla Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1!!Xibido llU credencin)e8, toJicit.ti "lel' ptP-Sf'o ta do á S . .m. tfl v.i~etpreaíUénte, ,. lo f¡ie .. rccth'":lrneti·te el 2.9 dél cnr• i·ieil't•~ a la~ onctt de la maffana. S., E. el vict>pt•t.•sideute le rec:ibíó acompa• ñt\clo ro de Q•:1artel le diriJió lá palabra en estos tli!·rmin·o1. "Señor: yo siento una viva tatisfac• cion al ser prest>ntatlo fl la andienci.a de V.E. que cun t:m ju,.tos títulos por sus talentos y 1nérito, f'stá encargado de la importante fnuciou de vict>pre .. B;idente de la rep·úhlica de Colombia. " En vit·tml e de Ora~~je, .,Vassrm, tlttqMe de Luxembu:·go &.,c. &c. &c. oth~ ce a\ gobierno supl'?.mo d~ la repúhlicu de CofombiH: S. M. rt~se.a se estahlez­can rrtacioucs comerciales enta·e Co .. lomhia y los Paises . ba;o.!!, para el in­teres com11n d~ nmlws, y cp1ier0 re­mon~,. toc.fos las dudas, si existeu, de qu~ dt-sea estar bajo el mismo pie con esta República, tJiH~ la Gr·an-Bre­taña; nacion muy ~~stirnaüle. hajo to­dos as¡rnctos: en confuhuijár de producir el aunu-nto de confianza· en vu~stros principios y nma prueba · induduble ·de joa de estas rejionPi. "Como yo me veré preci1ado deapú-e• de hah~t tolilndo Mn9ciro lento del come.r.ei.o tllit .para eato1 pais-e:a ~c.. á.-tff!jftr.·esta ·ci-mlad p1a1•a ir .á .los otro¡· puer'tot ·de Cofon,hia á ~~t;;.ftlecer con1ntle1; etiyo1 diplomas seráo igual•· mente en,·itulo1 por f'l conil •'teto or• dinario para que obtengan el t..xeq1t.it4 tur, y lul'go ausentanne para rjt'CU• tar las otras 6rdene• •¡uc me estan eonfiadu; me ~isonje,o lJ'le V.. E · y todos los Yertladeros a•n igo·s d~ Co­. Jombia me recibirán como tal. Yo e1pero que este dichoso pais pod.r.á obtener bien presto· una paz jt-it~ral; qne los sables y l·auzas ·podrán curn .. biar~e en este\· ~s y en azadas, que lf&· agricultura prosperurá y que Cu. ltmíhia podrá gozllr de uo 1•eposo como gozó Pal~atiua t>U t:'l t·t"inado d.el sabio Salomon; que en luK. rnei'­cados estranjea·os se couocel'á dt>ntro de poco la t'Oerjia de ~ste put-bln por h'ls prc1ducci ones de ~11 trttbttjo, q'1e .el. cambio dt:' mN·catft-rias ¡>udrá t•·aer á este pais la 1·i<1twzu y li, abur. .. dancitL como la$ ca•·ahana~ lo h·aj~. ron al pueblo que ,·ivia bnjo ..-1 rey que he nomhraclo; <1u~ lus c11aHdu1lt>:!1 ::unabl~s d~! gobierno; de C11loua.&i1t y demas halaitantl'S ~l~ ~!\te t"ertil p»i• podrán fomentas· In iumigrnr.ion dt fa­milias indnstl'iusaH de tosp ~ 1ñola: t]llt! el t•spfritu y dt>~wo de Co;, .. "bia t•ra mante­nt1r l'ft!l~ciou~!lil amilfotosas v mt•rcauti­ll's con todas lt1s ~acion«·s.de .la th·r­ra, •1n~ con rt>tl(WCto af nom-bt·urnien­to de cónsuh•s y d(;•11tal4 usnutos oÜ­ci ·alt-s t'l caballt'J'~. de Quartd redui· ria l:1s cc.nnunic:ic,io11es eorrespon­ditmtes por mt>dio dt1I sect'f'ta1·io· de est~·do y de relaciunt>!'i estcs·iores; a se­guran1f ole entre tahtu de su apr~cfo partic.ular y dd ~les~o tfo <.jlll! se t-s­tahlc ·ciesen entrt· l11s dos ri acioue1 1•e(uciones ffiUtuaruent~ Vt>Otnjos~8. S. 11). el vic~prt>;iid,~ •:1te hizo rn seguida al cahall~ro de~ Qua1·te!, nlgu­tias preguntas sobre sn viuj<', y des ... JlUl'S ele nn corto rato de co1l \'P.r~rncion familiar, se. ch·~pisenciaron rst.a entrevista las imprt·~iont~s nrns lii-Hjn_­jeras asi &ohre el cnractet• f1·a1;Cü y amable del cabnlluro de ·Qu:..rtel, con10 sobre las e1'p( .. l'anzns ·q1rn nhor~~ se preu~ntan de ver dos pllf' hius . 'tue hHn éorubaticlo coutra la misma tia·a­nía política é inquisito.-ittl-, 1mul9s por 101 't'Ínculo1 de una amistad estrecha .Y sincera. PERU. Con focha S 1 de agosto dirr.je t:l. c1Jman1ia1'1te ;eneral áe Guayaquil t1 la secretaria áe la guet:ra e/ s1¡:uic,.,te imprr:,,o: · GLORIA A LAS ~~ RM·A.S DE. LA. l.18EllT AD. Acaba, de .llegar un ·esprcau con el pute i\gu\mte · d~_t tt-tin~ J~eral .d~l .lit.rü; .al prt-freto de Trujillo~ . Sr\ prefecfo.--:Cbn fettha 7 ·ttel cofríenie tne die~ ei- sectet1irió:Jeneral de s. E. ei Lo :u(~ t-.A·:>~:\\ l'o que copio. . ;, S~tretdrta j.eHertz/ ..-..·C'ilartel }-e~~/ ttt Re_;¡es á 7 áe ~costo d~· lfJZ4-A/ .reñ'Or' ministro. jenet"il'I de toi nego•ros rk1 P.-erii. , • De strperior orden de S. E. t-1 Lnn:a._. 'r.ADólt tt..1gt.1 lá sattsfüC'c'Íb.n .de~ anuncrnr a. V. S. que ·ayd• á las- 5 d¿ la tarde ha su~ frido el ej~l"~íto españot tJ11a tC'rrible hnt.ni• llacion en las ·1láhur~s de Jctnin; 'dhs y me• clin leguas de ~ste lugar. La ·tabalktia, con cuya· fu e r~a ~tmtaban ptinci¡'>nlmente los ene• migos para someter d Perú á la ·do.mifta'li cio1. española, ha sido bcitida de "tal -nHYdo1 que no vol\'etá á preseuta•:st' e11 d ~ampo de batalla. Informado S. E. 'de que lós enenñ~ hahiah veniáo ~ btiséatr-\os con toda su fuer­~ a reunida· • . se puso en marcha . con el -ejtt-, cito libertádor desde: Conoéanch:1·con (:Hin de compt'onttt<;r una b atalla dc:clsiv.a. ,Entre· ' ta11to, ·tos eriemig•·>s que se habían abal'tzado .basta Paseo, volvian sobre sus' pasos á mar .. chas • für~ad·as , en .consecuencia de lá!i no .. t+cias que tuvieron dt> la direccioll que se ... gt11a t'l, t-jerdto. S. ·E. contaba ton forzarlbS a una .accion formal, ~ituando!se á ·sfl r("ta.:.. gu~rdí!< por el camino que ellos- dt"bian llevar á J :tUJa; peto la prectp1tacion con que m:ar.., chab .111 léis proporcionó la f,lichosa casualidad de llcgar1 y aun pasar del punto en que de• h1:'lmo~ enco11trarnns atgunas horas ántt-!l que nue~tro t;y.: rc1t(>, que tuvo que h~ ct'r una jor.i. nada iarga, y por tr-rrt:no t:scabroso y dificil, En este t:~tad1), observando S. E. que los t:n\-migos c<:¡nthnwban 1;in cesar su retirada, y considerand0 por otra parte, que se escapaba de cntr.c l<1s manas la ocasinn de terminar de utt° gt'~lpe la penosa campana t'n que llOS ha .. lÍ•1 mos, y d 1:cidir la suerte. dd pais, resol·· vió · adehrntarse con la calHlkria al trott', man ... duda. inmertes dd primer ·n-jimit:nto de cabulleria del Perú: entre l1 1s se.gundos al bi?"al'rt> jt>1wral Ne­cochea c~n siett: heriria ·enemiga co ·hubiera ~inttadu incesautemente su marcha al trote") y s-11~ mtestf'a hubicra podido volar~ ~o~o ~ra 1'lt:cesario pnra alcanzarla; pOT que todos aTdfan en r 'triunfo d<= J.is urmas libertndoras; y p:arn que "Celebr.andose esta brüiante jornada al tamano cle su impnrtar~cia, se fxalte·tanto ta pú IJli-ca grntimd 11ac:ia lm; ~brav65 que !a han hecho baJO d ·mando de S. E.. ~nmo fas dem~s no­bles pasiones ·i. que en semeja~1ks casos sue. len transporta~e los pechos, para quienes no hay -otro sumo bien t'n la tierra que la liber­tad. Coogratulo á V. S. corno un hijo de Co~ lombia, y á toda su He públic~, por lo que debe el Perú á sus armas, siempre venced0- ras, ·en esta heró ica 2ccion-Dios guarde á V . •' 3.-José Srmchez Carr10n. ~Los e5pafioles de la -reninsula -se con­fundirán con est~ notkia por que no hace mucho que su ministro de rmtrina comunico oficialmente la derrola completa del 1eneral BOL] VAR, su apan"clmiento en Cólrtajena, y la entrncla de Canterac en Bogotá. ¡Mi~ siserables ! ¡ <1ue solo la impostura os consue­la ~n vuestra desesperacion·1 AUXILIOS AL PE'RU. Comunican de Cartajena con fecha 10 dd pasado nft::rente á los b~qttes de guerr~ que convoyaron Ja cohmna del Magdalena á Cha­gr~ s, que ya habian llegado á dicho puerto de Chagr<:s las colunnas auxiliares que se organizaron t."n Venezuela y Orinoco com. puestas de tres batallones de infaoteria, y va­rios escuadrones de caballeria, de modu que estaban reunidos en el Istmo por agosto para :seguir al Perú cinco batallones de infanteria de buena calidad perfectamente equipados 3' armados. El comandante jeneral dd Ori­noco no ha sido menos activo y celoso en el cumplimiento de las órdenes del gobier­no que los otros comandantes jenerales de quienes solos dimos noticia en una gaceta an­terior> l?ºr que se i~noraba aun lo que habia ccurri ültirno, no se huhiera dtjado p:!S«r mucho- tiempo, sin hacer et r~conocimie-nto de la independencia de al. gunos ck los estados suspender el reconocimiento dt: los estados sur-american015. En aqucd tiempo aseguró por si al noble marqués que e!5te pais no te­nia comprometimiento esplícito ó implícito que: pudiera estorb.1rle el reconocer la inde­pendencia de los estados del ~ur-américa. siempre que tuviera por conveniente esta me­dida: que el g:-1bierno estaba en perfecta liber­tad pa:a t-jtrcer su propio juicio~ y que cual­quiera que fuera el resultado de este ejerci­cio, el asunto seria tratado puramente como una cot>stion brita.nica, determinada por los. intereses británicos. Que d eegundo punt() era, ¿ que babia con respecto á Espuña? Que en su respuesta él ha@ia afirmado que era muy desea.ble, si pudiese conseguirse d in­ducir á Espana á ser In primera en el re­conocimiento. Que cuanto babia pasado no hacia mas qile confirmarle en la propiedad de estas mira~. El reconocimit:nto de una ' colonia so](' r)odia em:rn:ír de .iure de la ma­dre p;;trit1; y qtte hu::ita gue no sucediera aquel caso sif·mpre habria al.gun grado de inconve­niente en las relaciones 'ersuadir al gobierno de Espaí~ ::i á. dar este pnso, el gobierno de este pa1s, no se consideraba ligado, cuando llegase el tíentp·::> oportuno de reconocer la il'1depc:n libres en esta cuestion t:rnto con respecto al gobierno dl' España como á cual­quiera etro. El tercer punto era sobre s1 se líabian tomac1o medid~~s, enviando com:sio­nados, para formar un juicio de si los gobier­nos de aguell<)S t-stados estaban en tal cnn­dicion de rncio,1al permam:ncia que aconsejara llevar a efecto un reconocimiento de la inde­pendencia de dichos e!":i"t:ado$. Que esta úl­tima eta la única cuestion c¡ue ahora queda­ba por contestar. Que sus seiíorias sabian que se habi~m mandado comisionados: y que cu­ando as<-guraba c¡ue no se habian recibido to­clavia en e~~tf" país informes sobre el objeto de su rniiion, estaba seguro de haber dicho bas­tante para esplicar por qué no se babia he­cho d reconocimientn. Que ohora solo tenia que repetir que el gobierno de S. M. no te­nia obligacion ninguna que le impidiese el reconocimiento de los estados de Sur-amé­rica, siempre qu<." pareciese conforme con l0s intereses y caracter del pais hacer semej3nte reconocimiento: que los ministros de S. M. h21bian tomado las mc:clidas de obtt:ner los informes necesarios con resprcto a ª'luellos estados, y 'lue obrarian por aquellos informes, luego que se recibiesen. Que creia que lo que babia dicho, abrazaba completamente todos los puntos á que el noble marqués habia atu­dido, y esplic:aba con precisi(rn el ~stado en que estaba la cuestion, con respecto á las rela­ciones de este pais con la Am,erica del sur. ( Ttmes 25 de junio ) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 155

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Gazeta de Colombia - N. 156

Por: | Fecha: 10/10/1824

GACETA DE COLOMBIA. N ~ 1s6. IloGOTA.- DOMINGO )0. DF OCTUBUE DE 1824.-14. TRUlKSTR~ 12 { .Esta g aceta sale Los domingos. Se suscribe 2 á e/¡a 1:11 Lrzs ~ ~ La suscrzcz~n anual vab: 10 ps. 5 La del ;,emcstte y ~O rs.. /a del ~ \ arlmimstraciones de ct;rrefJs de ]Jogetá , Cm:acas: QuitJ , ~ ~ trimestre. El edztl!Jr Glirijirá los rtúms. pur los co··reos a /os i ~ &mtamarta , Cartajena , P opuym1 , Citará , P~nr.1má> ~ l ~ suscntorcs: y á los d~ esta czudad CU!fas suscricum;o.s reci,~e 13¡ ~ ~ M~detlzn, Cumaná , Guayaquil y Maracatbo. ~ ; czudmladtrno Rafael .Pt01·es,en su tumcla de ta calLt! l. del comer. ~ ~ ~ { ~ czo_ núm. 6~ SB les llevarán á sus cdsas de habttac/rm.En fa ~ \ ~ ~ mismft· tiem/a se.. venden los núms .. vueltos á 2 reales. \ 'fi''''''''''~_,...,.,,JJJ,,_,...,..J~J''''J~,_,..,.,':""'~tlrr,J,,_,,,_FJ,JJ'J',_,..,.,,,,,,~,,~,~~,,~_,,,,~ lN'rERIO-Il. CONTINUA L A LEY Q_ITE ORG.\NIZ .<\ LA A n r-i 1 N I s T R A c I , N l) E L ,\ H A G r E N D A. .i1A C IO NAL DE CuL· .. U EIA, INT.ERRUJl­PID A E 11 E Lº N.0 ANTEílIOR . TITULO TERCERO. De los i11tenderrtes. Art. 4.6.. El i n~~ ndente t:·s .Jde de la arl. ministrncio:i de b~ci.:111..la en su ft'~pt:ctivo de­J1c. irt:1 m entr~ . Art ~n C1>rrt::'.sponrie ::ll : nt":'n ky-.:s )- ordcllil j ... :m·ra l. t"fl t ·nhs bs ,, n_ :_· ; -1,1'> y e rr~¡;::.:ad os s~· h 1!:~; 11 n :2s !~-:1 :-t•; s ord 1n::lr Í'>S qw· !ns dc'<: r:ui ! . ;·;~lus p :ir ,,; 0 !1. ¡- , Art 49. · El i nt~ ndc1 .t 1.: e kH:cr • t ·n t nch3 bs ofi :.: i~1as J;_¡ '.'1. .ita m r- n ~ ;ia l de arc~1·;, v d tantf•> anual. L r;:; c~tados re­sultan tt-s tfe L •s tanténs m l· 11:,u:\ks v aau3.__,... )es, se imprimir á n y circul.ir:i n. á. h;s muni. cipalida oes dd dep c•ir1 la esposic i,)-n cor:-~s­ponrl1t' 11t-; á la h ji:sl::itma en ~u pró-xima n:::u­nivn. T~TULO L U \ RTO. D<: las ( 'pn tacfurfosjmc:rales. • 11' t . 52. S ·~· e~L1hl t r. e en c_1da d ::-p:Jrt3 men. to U ll:l crmtaduría d ::part:lmt'nta l t::n c.~ ri:: d ~ t.le t Xc: 1lJi11;.r t1llll.il0\t l>!r· , ~ l oz : rr, y f;_ m·c!:'r Jas Ctl t'.lll:-\S Jt' la ti:'S 1us :.cd :nrn:strzcivut"s de r{'ntas qud lrnya tn r-l!üs. Art. 53. L as cnntadurhs d (" pnrt:lmenta­Jes, mientr;):; a; ln1 •-!.a el C<'"srcso la <,rde. rnrnza crnr1 r;'1n por la e c omun ic.:::irá á. ·todas i n ll 1 Ldiutú m ~· 11k. Arl. 54 L !tS c r:·ntadu rias no d~· b e n c.j -:o r­cer jurisdic.:c ion cmltencio~a; pt·ro k ndrán Ja coactiva suficiente p:?ra haca efectivos los uk;rnces lír¡uidos de ctwuws, i Cl-lJO fin l<1s intcnd entt:s ca sus varios conceptos les da­rán todo el amfri11 y ayuda ni:cesarios para <]lle realicen las c11lmrnzas, y se enttrcn lo~ alcn11ct·s que r('sulten. Árt. 55. La contaduría depnrtumental se compcmdrá C.:e un ~ontador, que es el se­j; undo jefr de la ndmimstraciun de hacjen­da cid dt-partamt:ntu, y tendrá. un ordenador auxili :i; .. Art. 56. Las funciont.-s de estos ordena­con s uno ú dos mas á juicio dd poder c>¡vcu ti vo ~e­gu n d rr:ayor _ó ml?nor rnl.n it-ro · de los ne­gncios, y de: es.tas ú itimos ofü:ial<:s llr.ln ha­rá d :ificio d e:· archilTrn. }fabd. tamb~en un portero ¡nra el cuidad1> del cd.ficio. A rt. 58 la C•l!Jtatlu · Í:I dt:p;.1r tam-:: 1:tal Í<:n ?.­cÍd3 una cuenta, d .·9uci : ~11 . su 1:il..;;u1ce, ·lo h l · rá cjecu tnr c on fa juri ~,d i (:\:hn cn~ctiva qul; tle k atribup·, y - 11t<>. .,.J,.t. G'J. L :1 c o nt ~du r ia c~<.: h e f 0rm ~1r ~ o­l~ re la:oi t.:'ll! i ~:·: s que se rm.li~r· ·.n p11r las di­f,: r\ nll:~ oh.:-:1n::ls, h s < ~ldtms clt: . ;¡w: ~ ~ ha­h k1 ~ : 1 los art1..; u lo~ EJ, 20, ·y 22, p ~1 ra d1- ri1 :d •>S i l.i Ín p ;:- rju1c! ~) el.: la is que ~;cpar¡,¡d :unu1tt d1 l;e rcmiur a la Jin·cc¡o:1 c ::da di~in~l pri1 .cip~ 1!. .1.rt. 6 t. E1 corltadvr cun •• , <.;t•rY:_ndo id~ ~ lle ld hac iL•nda en s.u respl..'ctivn" d~ pa¡~ta ­mcnto, Cjercuá accid~ntalmeute las ftll~cio­n e:> de intendente e 11 solo. t:: ramo d~ lw­ci e11 d ~1 , en k1s casos ele ausencia, enf1.:TOH'· dad, nmerte, suspt·nsion, destÍtlH;ion, ó r.:ua l­t¡ uÍL"ra otr~ en pietario , ó i 1; tc rí •. •:1. Art. 62. En C ele tine el c ontad nr c-n­tre ... ccidentalrrn:nte á s{ n'.ir la inknckncia, ei o r1knad.)1 aux!!wr l'J cr ;.;c r.1 b s fu :Jciow:s d e '~ O! l h1 rh;i r, y laS d e este t:I ufi crnl r n :1F'f'P. .Art. 63. L :1;.; C!lnti.\dthi as tomará11 r;;zr :n idi t·rl··~ !':Ira cm;lkad0 1s t·n su < 1 \~p art a· ·nentll _ l1t"v .1n d Íll ct,br,ir p or dlo de. r echo a:gunn. TITULO QUISTO . De las tesorerial' departa1ne11.'.?!e.~ !/ .fi:rti' rDs. Art. 64. S:.: ~ t.i príme la t e:sor t: rÍ::l j t· nenil de la R ._ púbiica y se:: c.on ~c11trn la 4;<.lmiuis ­tr., ci(m CÍt' ·h3ci ::nda ( ·Ji) c:.Ida ckp::rt: ¡1i e:ito, c o~1 ckpendt·ncia de la dirtt:c.iun _Jcn~· r;il. ~1.r t. 65. En cor,su:ut-n c ia se e~r..b l .. :ce en eada depart<-1mento una t ·sr .in:r í :-1 lk¡-- <.iri:.~mi;- n­ta!, isin der•enas en las provincias en que el ~obicrno considere que dt:ben subsistir, recaudarán las rent·as del dis­trito que les sefiak-, y las distribuirán se. gun Jo d ispongan fa ky, o hts rfrde11t·s que reci bi(.:r~'1 de la princ1¡ú1l ; y abre l1js C·• l.H~ n::nt¡j_s que les encarguen las ti:sor<: r i<:s pri11cipi.1ks. por c1uienes serán 11ombntdu:s c~n a¡.m: bacion c!d intt:ndl'nte. Ai,¡. 72 Los n•11nhrumie11tos de los ao­kc~ orei se haran en vi ~ta de ! a varins l:.1 recauduc1011 d1.: rl ift-rt:nks ra­mos, ó dividiendo el cauton tn distrit.is pa~ l'Stc s· >lo t'Í.:cto. con e1 fin de fo1cilitar ·fá re ca u cbcion y aS':gurar la r<.:sponsabilidJd el;: }, is C< 1lec torc-s. r:st•J queda al .trhitrio dt! . la· ksurtria principal con apr• .b.1cion - plenipotenciario de dichos estados. Sera ~!>­metido al próximo congreso opl'>rtunainente y t-sp.eramos c¡ue obtenienao su .ap"rob.wion7 a la vez que eo ·ios Estados-Uuidos la ob. ti:-ng..i del senado se -presentilrá uf munrto d primer t¡·atado :-¡ue uno de los nuevos c;~tados de la antigua América espanola ha celebra­cfo c on una nacion .antigua y que ocupa un lug:or d is.t ing uid0 en b ·~HJCiedad ele las nacio .. n::.-s. La política dd ~qbu:'.rn<> colomb1.1no ~ r Tá mas· c:·splicit;rmenk c onocidS fii os:_.fos, r.r) tnt'nos -que pC1r el princi pl1>. ~k un Cl)nce­da 1wivile.ii,;s ní favur1:s especbltteucia. lCSTA DOS--ONIDOS Se han pubhcudo t-n 'IV ashi11gton ( año ignientcs duto3 estadistico5o-: hay 500 n 11l nin(\s e11 las c·scut-las públicas de h>s E~tados-Unict1•s, 3 mil cstudbnte-s en las l.min· r ~1 d a d e s, 12ú0 en las acadt>mias, 500ei1 Jos s~minarios de teolojia, mtl en los de kv(:s 6 mil abogados, ~ mil templos .-:le it lo::; que-},, creen, como 567 á 28- ( P~·rioclico de Lóndres-t1rulado.: .J.l'1uséo Umvcr~·a: dt: cicneü1s y .JNea. J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ftA.CETA DE COLOMBIA. w .UBUU;TON GAZKT'rK JtTNIO 28. ..El stñor Salazar ·ministro de la repúbflca de Colombia acompañada¡tlc su secretario privado el sdior Vallenilla ha llegado de Filadelfia á la posada de Brown, d sabado úkimo. Nosotros. espcr6Amoa que él ~matará por ~lgun'Os dias su mausion '-'<)UÍ, y h<:>nrará con su pn-st·1~c·ia d próximo aniversario de la independt"1"1cia, ª' cual 5:1bemus rutber~e convidado cortt:»mente la JUnta dt: com1- fiionados. ·ad.o, en . quienes esperan para lo futur:o, y qttt inspiran · la 1d~a consoladora que si la car­rera de Bolivar terminase, no ~ria dificil el nombrar un sucesor en todos respecto& com­petente para rnankner el edíficio magnifico c1ue él ha levantado. Los documentos á que nosotros nos hemos· referido, manifit>::.tan que no meno• dt> diez mil esp;l\iiolt"S hiln ::.ido bechos prjsioneros por los colomb;anua y enviados á la Habana ¿ pued~ la España (nosolT'.>S no dt.>cimos en &u presente t·stad1> pero b::tjo cualesc¡uiera circustancias i-m·1jinables ) esperar rempla­~ u'rlo~ ? ¿ Puede dla soñar enviar aun diez mil 1mlmbn:s ra ,bs t:stan á sufrir privaciones, d~ que 11!ngun \'.taropeo puede fonn.1rse iclt:a, tt-ncia de ap,s gobiernos. ha vc:nido á ser al presente mu­teria de grande inkres examinur la actu~l condicion de aqucJla que CÍt'rtamente será la primero qu~ obteng-.i d acto del reconoci- 111icnto t"Rtre la~ republicas sur-americanas. Nosotros hemos consultado varios docu mcn­& os oficiales autenticos de C'°lombia de los cuales damos el siguiente estracto. que j~z­~ mns pMbar.á suficientemente.que el gobi~r­n~• obtendrá t· idct~ las seguridades q!.le puede r..xijir Ja prudtncjci. • . . Le. batalla dt Boyeca segmda de una sene ce bri :la.ntes suce~s militares terminó p<,r la ~spulsio11 el~ todo lo que era ejérc.to ~spanol, y t 'Ste n ·sultado ( lo que dd1e knt"rM:: muy presn1tt: ) fue obrd de .Jos esfut'rzo~ aislaS de los cul0t1'lbianos. l•.1 fue- ohtt:mdo bC:tJ<> cjrcu~tancias tau dificilt:a <¡uc habrmn resfriado un pi;u iou~mn mL·nos ~(diente, y que podían Cu~i hac~r dn1t>spernr al valor. Sin ~rmas, y ~orno pu~lina ~l prin­cipio, su valor arr.mc6 las armas de maJ1os del enemigo, y !--ll .propinducta como gut-rrcru y como políti ..:o, le dan un justl) dert-cho á que su nombre sea inscrito t:ntrc: aqueHos que mas se han distinguido como bit-nhtch•,1n:s del jént-ró· humano. Conquistar los t·nt:mi­gos dt:clarados de su pliltria eru una parte de aan trabajo~. Una emprc.-sa n'\l.lS dmcil ('5t.aba á su .cargo: e~ttngu'ir los celos y n:c .. nciliar los ioteTnws ~nc'ontraclos d . los qne estab;.m en la \hta de sns ~migos. El la terminó, y Ira union cordial de V enczuda, N ueva-Gra­nad3 y Qu.ito kstifican tos talentns del ·polÍtico y prueban d valor del patriota. U na v11ried<1r:l de circustancias clt>mU<"stran cuan lnen y fir­tn~ m~nte nque//Qs 11oi~e1 fueron unidos bajo "n gobiernt1 t:rmtral· p~ro mnguna ha dado una eviii11n dd JUri ba sido favorable al ci~aez y Padilla, (•) son hombres á quienes sus conciudadanos miran con gratitud por lo pa- L111s que han cc.nt('mpla y la fil, ·~ofia nt>Wtemana se en~ñan jt'nua,mcntc·.Una <"scul.:la de.~int:ra1ojia y me .. talurJia se ha e~tabkcido en la capit l un jardín botá­nico. Los Cünventos dcsi-..·rtos se han trans .. f..1rmado <:n casas de c·ducacion, mi¡;ntnu¡ que los ¡p1e su~i!>ten son oblig-..tdos á enviar mi­sioneros a las tribus indíJ~· nas recii-n conver­tidas. La t:ducacion fl·m<..'nil tan deicuidada ~n el -rolnerno. espoñol ha sido atendida con particularid<1d. Las escudas por d método lancastcriano St' multiplican y difunden por todo el pais: entrt't~m t<> que la imprenta ( que aptnas se puC'd<: ckcir f'Xbtia antes de la guer­ra de la in< ns evidentes de tranquilidad y ole un g obiicrno t:stabl(·? ¿Son acaso, srntomas de anarq .J ía, 6 indicaciones de una s1tuac iun dt:sarrt·gl..1da de negoc10s? l\1r. Canning con los ilustrados ~11timientos de un hombre de el:>tado y de un filosofo, ha obs(·rva clo mny . ¡ustamente que no deben exijir:;e de una nacion en su infaucia todas · aqm:lb,1" p ruebas y sc:iLtl1:s de una fuerza conso!idada y de una 111,Hluréz pnhttca que se h:.ill~n en las antigué:IS nwnarc¡uíast pero nosotros apt·nas rli'iCt'rnimos c.¡ué especie de conrlt•scendencia o rt:baja puede re un grad~> ck J'onsolidacion á su gobierno infü1 itamrnte suykrior al de cu::ilquiera otro t-;stuuo de la Aménca meridional. D ~ sde c•l perhdo en ']llC el je>neraJ OLIVAR re.unió d co11gre~o en Ang.13- en febrerú de 1819 el progreso ha ~ido orme y ninguna mudañza ó vaci lacion ha tenido lugctr en d gobitTno. Estala absur­das teorias ele sufrnJio umv<:rsal, y de igualdad de derechos p•)líticos ciue -tantD han prevakciuo en Eur.:ip~, son desconocidas en Colombia. El' único deseo, es ~llí de · su cgmpleta independ<·ncia Con aqudl~ porciou el<:: libertad 1-acional y práctica que admite el estado dd pais. Concluirémos 'esta breve ojeada sobre el estado de Co\Qmbia con las d9s siguic::n .. tes cut:stiones. l. cv t La completa ·espul!lien tle los es.. pañult:s, no se manifksta haber:te verificad•> por los e~fuerzos voluntarios de Ja nacion? 2. ~ ¿No tiene estabkcido un gohitmo regular que posee todo :it_ulo para ~er .re .. conocido c12mo tal, y que jamas tuvo'·nacion alguna (en pai:ticular los Estados-Unidos) en circustanGias semejantes. ? Lóndres 21 de julio: En los dos dias ante­riores ha t:6tado ajitado el público con mil rumore~ poco favorables, pero tan vagos y confusos que no se pnede calcular cuales hayan sido ~us fundamentos. Se dijo pri .. mero que una ~scuadra rusa· iria ostensi­blemente á b& costas de lr:laodia, pero que realmente seria á Cádi:t; luego, que una es.. cuadra francesa ~jolreresTo de mani~brar en el Medikrraneo iba dar la vela para la Amé­rica del sur; deapucs que se dlaban hacien­do gr1ndes contratas de víveres ~ naa ma .. nna, y áltimamelltf" que .ac reun1i11 frecuente~ mente. el '"onceJo de: pbiQctc, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. C.l.CE'l'A. !>B COLOMJlll.. No nos entreteri.dremos en decifrar es. toa niisterios; pero podemos asegurar en je· rieral y con la mas.grande confianza que n<1 existe el menor fundamento para creer di­chos rumores. En ninguna epoca como en esta \1ay tanta probabilidad de mantener la paz jeneral; las relaciones amistosas entre nuestro gobierno y los gob~rnos de nuestros aliados, jamb han estado mas co1;solidadas, ni jamás h1s potencias europeas h:Jn sentido tanto la necesidad de permanecer fieles á su :1istctna pacifico. N\lSotros podemr;s aña1ir todavía que actualmente no hay cuestion c1~­tre los gabinetes europe-os que uo sea tratada con la mayor cordialidad. ( l ) I~laNrr11 á rmJ,,. au1 !.om~naj~• 4 dich11 1rcncipio1. Nacla ha/tria 9ue 110 ae noa con­c~ iese, si mr. Cannmr pineae forma'! su poli tzcfl por el model• de la santa-aluittza. La s•licituntra.la Ingla­terra c111z mutivo de los estados u111er ieanos, como que no .procerieu de potencia alguna­N ota del redactor del J ournal dc:s debats. ( 2) Nosotros hem06 manife.rtculo .el desto de v~r 'oncluido uri acomodamümt• entre la .Españ'i y la América e~pañ•llZ. Pero hay lios purito.r 1ohre los cual~s el honor y ,/ tn­teres de la Europa deben 'luedar aatisfochos: l.• n6 es ni seguro tJz lumro60 reet1noct:r gohl~r­nos fimrlad11s sobre hase1 revolucionarias y doctrmas 4nárquic-as: ariUs de todo es menes­ter estar convencido& Je que los nuevos estado$ s•n de 11aturaleio~ q~é han rbíom:s, ufren et. do~le horror ~e fa ~tnb~e y t'slrt:mJclo fr;o sm cam& m cob1p • .f.. . l h:imure quct fuese bastante loco para propllnt'r una sus. cricion en su alivio seria c.·flct·rraclo al m0 .. mento con dimr. En d cm1'pu t ·s aun peor: las. autoridadt's. subal~Proas b<1ct.n todo lo qu6 <1m~r en con Jmpmud.¡cJ; eucic-rran & cual­q_ uier hombre por ~u a11tqf<> y lo!'J pri­saoneros son m_•mt('OJdos t:n perpetuo te• mor de ser asesinado$ por la canalla, movi­da de. los adictos á la iglc~ia y al re'r• que trenen cuidado de di~· idir entre si ·la propiedRCit utes d crimen de que en en St:"r acusados. f:il las ciudades provmciales el número de! pri. siom·ros se ha aumentado téinto uitimamente desde que la amnistía dt-1 rt'y fue publicada que las carceJes no snn suficienks pura con· tenerlos; y son enviados a los conventos donde los frailes son los mt'jort:s carcdt'ros. . La conducta del gobit>rno t:spafio), ó trnu:1 bien dd franc~, t·n permitirlo, con rl·sp<:cto al decreto prometieudo una am1Üstia dt'sn­creditaria á los salvajes; él fue ptiulicaclo cc.n t:l destino de atrapár aque.Uos constitucíona. listas que estaban fuera de sus garras de yerro. , Todo lwmbre que creyó t:-u él y &e prc~~ntó, ~ue cojido9 los !lombr~s de alguna cons1derac10n· fuuou enviados a los cal<. bo­sos y á los pobres se le::s mandó desocupar ~l lugar en el acto de la notificacinn • .11..:l mismo r.osta que llevaba la orden dd n-y para publicar el perdon llevaba otra dul mis­mo rey para aprisionar y perseguir é. todo hombre que se presenta5e en virtud de la real prome~a de perdon: la consecuencia es que la persecucion es die,z veces peor qu~ antes: toda esperanza ha huido del pueblo que obraba honestamente procurando mejo­rar la suerte de su pais. Y o lo repito, toda la culpa es de los franceses que dC'.spues de haber hollado el pais, trabajan por to­dos los medios en mantenerfo en confusicn asi como en hacer que los "spañolcs dett-ste~ todo lo que es español, y rueguen por unie­se á la Francia para gozar las bendiciones del quietísmo. fruto del espionaje y de la policía francesa. Es un antiguo proverbio que un frances se dele-ita en la intriga: aquí ellos la tit.'nt'.ll en alto grado .. La Francia ahora se ocupa de una doble intriga con respecto al Sur­américa. La primera es impedir á los ame­ricanos emanciparse del yugo brutal do. la Espai'ia, y si ~sto no se consigue, plan­tar á los déspotas OOrbones_ en el DUCVG mundo; 1 yo puedo anadir Ull tercer óbjctG de intriga eomo consecHenc ia del suceso de uno de los dos primeros, á saber: privar á. la Inglaterra del beneficio del comercio com ---------.----- ( * ) Llama a.a lff IWllÍkl 4 lo$ ¡¿ .... in-•~·· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. e1 Sur-nmé-ric0t. Este -es __.>l tema <;ontinno de c¡qe se ocupan los espfr1s fo.mceses. Esttl .F r<.mc!a q ue -<.·s !a que bn~ ti ~;ne laa c:spcnm- 2as de Ve r:1a nq ~> de r econ0p1 istar las co!uuias, lo r.1it"nta para preparar t"spediciones; y :iun m ns, el ministro 1':·,:nccs Talaru no ~uarda sc:creto, ha largo t iempo, en :isegurnr -ttmto al rey co n:o al p::-.rtido es¡:añol ciue sostiene lus inter('sc:;s francest s, que los ministro& in­glr--~ es estan convenidos con el gavinete de Fruncia,en que Ja jndt pt;ndencia dd Si..lr-amé­rica solo sirve en ln¡;b terra para hablar de ella; que ta mi ~ion de comisionados y c6n­: su 'es inglest:~ á 1»1 é jico es para tapar la b<;ca á los manufactureros y comcrcÍm!tes. TH po­drás. Juzgar c~e la verdad de·esto. Yo no creo á YÚt:stros miniMros tan ciegos sobre el bien de f>U rajs ni capaces ck tunto do. .E.l duque ch:: Anguult:ma como cabeza del ejercito orde­na á. sns jentrctles en la man<:'ra -mis bri­llante <]lle protejan al hombre d~ bien y re· priman !as paf>ione-s b•~ ;,is en E.spari n Jos vrukctcres dd partido fonático, y l o~ fo. mentNbres ue tudi.i djs:~ordia. Los borboms ele P ar í-, son l0s áng.: 1.-s gtiardianes d ::- la jut;ta <.i ~ c~ t é lica q-u~ tic:ne oprimido al r~ y y !>'.IS r1Ü: 1i ~ t.rü s. Torla n ·al ordén que no ~ ~ crn .f. ,rme á l;as miras de esta juutn t"S acom;:,<1 nada por otra que previene no se e ¡e<::utt:: ll't pr i;uera. El gobernador i los d""s~raciados prisioneros per­manecen tll '-;lis calabozos para ser sacrificados en oportu11id11d cuaudo sea nece-sario h:acer una rc:al carnicuia.1:-:~ta no es, yo te lo é!SC'guro, .una dtscricion exajerada del gobierno kjiti­mo de Frroando 7. 0 • No hal' unn c os ~ igual al g-uLierno; forra de las parédes de l\·h­clrid es un car's h1,rriblt<; el alcalde de la mas des~1rt'ciabie aldta desobed('ce Jas Órqtw .. s dd re y: todos c-llos raHndan órdenes sobic ó r d~­né's, pero ninguno obedc:-ce sino d pobrt; todas las rt-ntas son robad:.is; los mini~ tros C\111tri­buyen á dar cHr11:rn al rey para sus. p hi c cre ~· : 11inguno es p;i~:.ido ~i n o las pnca!i g;unrdi:.;s dt: J\·fodricl, t¡ue ceons ig uen r~ci one s ¡;tro no Vt'Stidos: c ... rea de doc i<:n tos hombrc"s de la guardia ele C orps han sido equipados de 1rn ~ ­v o. lle bido i1 iformado qwe cu-atrocierit t1s hqmbres de: los dos .bf:talloncs de infantt: r ia -costantt:s de cc:rca de dos mil hombres no dejan sus Cuurteles por falta de zup<.tU •'i: los so·id.ldos llt!van alpargates, pero Jos oficial es estan tan nvergonaados de la burla dd popu­lacho que se les ha prevenido tmmt<.:nerse dentro de las puertas; trts meses ha que no !>C les da su p~ g-c:l. En las provincias todo ~archa al re\1ez por ~¡ mismo. El eHrcito de la. fé que ahora se ·Jlam~ de nalistas está en su mayor anjt>: El es el terror dd·pueblo. El goltierno-ha de­jado de darles órdenes dt~de que ello~ no cbedecen sino las de la junta ªflO&'tóHca. Los franceses d eseabao disolver estos je11isnros, pero al momento el partido de la. iglesia ~e pusB t-0do en opcsicion El rey y sus ministros están muy contentos con man­tener sns puestos en M adrid. Aun ' el con­- cejo de CástiUa \•ieodo como marchaban las cosas se unió. al . partido fanático contra el rey y lo5 ministros. Todos lés prttendicn­tes de empleos fijan .ahora su vista sobre el i-ey Carios V. & quien urticamente el mal ~uccso de la conspiracion de .Lisboa le ha GAGETA DB COLOMBIA.. ·impedido el estar en el trono dé ·España me3'és hu: él falló Á. causa de que d pueble -no fue conmovido á la efusion ele sangre aun- -c-iue se hi(;ieron grandes esfuerzos para le- ' 'antarlo: t'.n este . horrible proyecto el coman­cantt! en jefr de los franceses B ourmont tenia una parte;por buena pag:i si11 duda c!e la junta apostólica,la favorita de los ultra .. franceses.Mu­chas ptr~onás de buen entendimiento son ahera de or.>inion, c¡ue esta era una parte de los proyt>ctos d~ Chateaubriand, {JUe si hubiesen tt-nido buen' spceso, millonea de es)iafioles h-1brian pt'recido el dia en que los huesos ele Vinuesa fu eron deSf.' nterrados y pa~eados pda la fucrzu frJncL sa con c:l pre: testo ail ;.;: la inte11c¡on ccnoci(Ja del gobierno franct's, t's mantenerla en colifusion, . para que se le t'xij;i c¡ue su prt' sencm en ella sea per­petua. Aun ll)s mus ignorantes csp:lñot~s co­uocen sus to~cas i utrig.is. Si se fut:ra á ercer i los ofic iales f,•arn:es('S y á. sus cspia1 inu­m a a blc:s, eJ [.. .s son liberale$, protectores de los constitucionafo .. tas; pt:ro el rl'y, dicen, ;10 tomará conseio. E ~ta t>S la escusa re cbn 3 t o do;,, l0s horrore-s que se co­mdén bajo b ayuda, de las lx:y as. T uJas lus c;.i pituh1cio11es con los fran­~ tses son cl <:scnn ::c iúas y rotas diariamente por F er m:11do. Ni:1gun espaiiol se ha sal\·ado en fu erza de la m:.is soh·mne <1ue se haya hcchn con los j t:neraks franct·ses al -r~ndirles las pl~z:.as: ni una sola persona ha sido li. bertada p<1r t>l decrcto de ~mmstia; por el contr•líio se han aum.ent<1 s !>ur- amc-ncanos. seri;i sorprendido 0e la impnrtancia ndo8e obu•rva(lo en var.io.1 pe:·iótlicos inglt-1ws qnt- algnrrni pe.r-. sernas hun .. ntaolado t°t>(0 lamhcionea cohtrn t•l gobierno dt' Celomb.ia y J1t"'ido e m hal'go tic tos foml-Os quft tiene t'P LóndrP-s, ha tlispue.1to el mi•mo A'ohie,.nu cprn por medio dit la' gact>ta se im•ite á todos 101 es. tranjPre>1 (¡ne st.t c1•t-au ¡¡e1•ee.dc..-e1 -Contra l:L Ilt.>púhli<' :-t ·á- di.rijir sns reclarnneiones -compc.•tente.mt!Ote d6• ~urnentadnt á In secrl't1u-ia del d ... s­pacl10 tle hacieru1:t '"'~ d<•~1de pasn•·a:ua á la co·misiun d~ liquhla<.-itln rui ale.o. te en esta capit&LI, r.on cuyo ·ia\fur.me ~I podf:'l' •jttcutfrq en cntnptrmibntO de 1~.,. leye1 re:e=enocei·á li.ts deudat1 '}'He r.~sult-t>n Jn1tificnda!t, ó pedirá las cor. rt>&pont1ientcs 4ts.r1licncionvs: l\l t.•fecto se autoriza·rn. co.mpt\tePteme.1l.te en ~ltB c.apital por parte de las r.erla•· rnimtes á la~ rersonui quo juzgaren eap-ae'f;"s J._, diriji-r a.u1 acdoues. Bogotá. uc:tubre- 4 de t.8~4;==1a secret11rio del Jespnc·ho de ·ha.ci~nda. Jase .iliaria del CAsTILLo. [ l ] Era mnzun doeumento cltl ~ohic rno ingles ílfJarecq sef!l1 ~jante oproóaci~n: por el contrario en la coJtforenoia de 11Jr. Canning. con el príncipe P obgnac se observa tod• 111 CtJntrario:::El redactor. ( 2 J Ll•mase
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 156

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Gazeta de Colombia - N. 157

Por: | Fecha: 17/10/1824

GACETA DE C .o LO M B 1 A. BonoTA.- DOMINGO. J 7. DE OCTUBllB DB 18~-'.-14. T.RI.HK8TRE l~ .Estt caceta sale los domingos. Se suscribe á el'a en. /a3 ll/Í(lintstraéiones áe correH de .IJogtJtá , ~}ara__cas, Qzato ~ ~ &ntamarttz , C11rtajena , Popaytsn , Cztarll, PaTUJm11, ~ suscricum anual vale 10 /J'· 5 la tle/ semestre y 20 r•. la del l trunestre. Et, editor llirijif'd l.tls núms. p"'r los c.·r1rrt·os álos \ suscritorcs: y a /0,s tie esta ~udad cuyos suscricione-s Tf"ct!Je 11¡ \ ctudatiad11no Rafael Flores,en su tienda de a r:alíe l. det comer- ~ ew_ núm. 6, s11 les llevarán á au.s casas de ha6zt11c10n.En 14 ~ mzsmn tientlo 1e Penden ÜJs núms. suelú>1 á ~ reales. t \ M~llin, Cumanó-, Guayaquil y M11racaÚlo. .,.,..¡,,,,..,..,.,,,~_,.-,,..,._.,...,..,..,..,.~-""'-_,_.,..,...,.,.,,_..,,"' .,. .......... liílil>~ bJ~-_,.,,_,.,_.,.,,,._.....,.,,,_,.,_,.,"""_,_,._,._.,..,..,..,._;tt INTEil.lOR. OoNTINU A. LA l. t: Y (tU 1t <>R G A 111:tA l.A ADMI)l'ISTRACl•• Jl .l.I E .LA H .<. CI .E NDA JrACION.AL D~ C (1L •.MBJ ... , l .N T&JtBl.1111- l'ID.A ZN .El.º N.g ANl' EUIOR. Arl. 74. Los cokctorea no tendrán ~~~&'· nacion fiju, 11JÍuo que gf>2 ,1ran d~ un t .anl) por cirnto pi:c ­t iva, sin derecho á otro gn mei<::nto el tanto Por c4ento que deben g o z~ •. ~t'gun )as circunstancias dél canton, •U abund;rncia j carestía, y el mayor Ó menor producto de ~laia rentas colectadas. Art. 75. E11tos harán los entero!t m~nsua­les en la tt:sorrria ft )r•mea en los quince pri­meros diills de c~da ·mes, y puc:t!e;-i ser r<:mo­v idos por los intenden~c:s á propU<"~ta de lc.:a t~soreros principak!!, en Jos casos de n('gli­j~ ncia en la rccaud¡,¡cion , rttardo eu los enteros, y arbitraric:tfo5 y juz­¡ adoa conforme á las )('yes. Art. 76. Las tesorerÍtt5 foráneas, r~cau­tlarán las rentas <)UC pr:rcib~n los colc=".cto­rcs, las que ~nas aJminil!)trt:h in.mediat1tnu:n­t. e, y la& que dt:ben ~nterar los .idminiwa­dores de J..9 qu4: ~stán t:n particu !ar admi­n} stracion. Todas catas entradas ~e comprcn­dt: rán en loe estados n1emmales qu~ deben pasar á la ¡>rincipa.l. E.su rr-cam.dürá en su provincia lo mismo que las otr-AS, y c:n los rohmaos términos. Art. T7. Todils las tesorerías di1tttib1.1irán las rentas en los gastos y dótac1onc~ dc:-cre­tados por la l<'y, y las fürá.ne;,is obedecc:-rÁn en esta parte ht!i órdenes· dt: Ja principal. .llrt. 78. Solo el gobi~rno put:de d ecretar g~~toap cstrí.lordinarios t:n los drp:.u-t .. 1ncntua, provincias, ó cantont-9, ~n loa caso• qut= le permite Ja l~y, ó ~n que especiilllmente cst6 aUtorÍ:zi&dO (HJr c:I Cong reso. Art. 79. L~ ksoreros no diilrán -~umpli­tl1icnto á ninguna órden para gasto c:straordi­uario qu~ proceda_ ráueo~, dd.Jcn hact·r · t'.Ít-ctivo~ contra los deudorc ~, h!f iit lcauces iícauí<.los que no ne• C(!~itet1 d1~cnsi ri n;com ll ~ 1 1 11 I r >~ <.le ph~so cum­pfüio; y p;¡ra eilo se: lts oonf:itrc todtt & • .1u• r1 ::.d1cc10u co2-cti•Ja, t:a s, y - o!itt:uiJ c>i. p ·.,r ~os i nt<"11de1 i tc.:~ t go. b<.sn.Jort s y ju· Ct'5, ta11to de h.icicnda como cutt lt:~ctuicra otros. .Art. 84. L--us tt:son·c as prinuipal ~ s tonu,. rán l.ttHbtt.'"U r:.zon dt todos los tÍtulu!J 11ue se espiJ1~..,.:n p .. r .1Jcmpk;,dos .wt.-mentiti por intt rin e ­dio oc la::> de las C<-1 p1 t ,1lr-s de provincia t ~ n~ c onocimiento y jnri::.diccion s o b re· t <>das ias foránea-, Ó c o l~ c tuda ~ del é M anuel Ldnda. P:..ra tt sorero principal de d dd Zulia á l\fan~el Benit~s. P ara teson:ro principal ele e l de ayer se ha he .. cho á la dirt:ccinn jc:neral. 5. 0 Las pe-r90nas que actualmente de. 'empcnan las tt:s~rerías de las capitale~ de pruvinci-.i, y forá(}('ae permal)~ccrán en su8 ~~stiuos ltasta q_ue se Vt·rifü¡ue d anr gin¡ .... '11c;,ado en el artículo l.0 de:" este dccrd';• .6. 0 L~s suddos de los tt:sortru~ princi pa;us y fonrneo~, y de 1,-,s oficia.Je$ 5e ~e· g1.nr·an p:.gandu e ll d mo• ·Ca !lif'l •~rado d~ la corn;.1n .l.1 11ci .. . lt·oc.:ral dd tn Ct'r d• ¡ •itrta. m(.·nto pur sus t:11fe rmt.·dacft::s,. y t:i !:;t·J!u ndu ha­Jlandosc cr11zan•l11 t:cm faR corvt:tas /Jo/rr;ar !/ lloyacá, el i;(>b1cmo dc:-stmó a Gua,psquil al e<.1pitan de navío BarbarÁ con otros dicíalt·s subalternos; como lo& único• que por catun­Ct" S tenia disponibles • (tj'"' El Patriota de Guayat¡url del 21 de ~ g os to '1nuncia que monsefior Musi arzo. iú;¡>o d~ Fihpoa vicario apostolico había Jle. g rian los mismos que: t <:.:nian anteriormente V l·ne- 2uda y N ut·va-Granada cuando cstab.an so­n1etidas a la jurisrcit'ron en ellas, como t-11 las d t:mas comprehtndidas bajo sus jurisd icciones respectivas todos aquellos actos propi1:s d ...-1 alto dominio y s<:iíorio, que la Es¡>i.:I Íla tenia snbre ias tierras cultivadas, é incultas s británicas tolt:rasen d cun1c:rcio con las cústas Ct:rcanas pertenecientes á. e~tc plilis, sus b0<¡ues, person;¡s y cargamentos qued:;sban siem¡ire espUt·stos á 1<1 vij ilancia de los guarda-costas espanoks y á st.:r apre­sados cuando los encontraban traficando en ellóls. Mientras d gohi<:"rno c:spafiol existió aquí, ~us órdenes sobre esta matt·ria se obsc-rvar<~n de la manera mas rigorosa y 1rne­do ast.>gurar á V. E. que hasta el ano de 1819 fueron Ct'm<.!enados en Cartajena huquc!i 11roctdentcs de: Jamaica. sin q~e el gobtt:mo de S. M. B. jlica de Culombia sea formalmente n:conocida, Por lo que acabo dt" espone-r me parece ha­ber demostrado la futilidad de los fundamen­tos,. en que se ap1>ya d acta que dichos co­merciantL- s y as( guradorcs dirij1t'ron á V. E.. Por que la república dt! Colombia no tenga estabkcimientos en aqnt"llas costas, no se sigue que no dcha cjvrccr sobre ellas el do­mniio é impericl qne lejitim~rn e ntt: tiene ad­quiridos.• E.;te sa1a un principiv pt rnicioso á ~a paz y tranqu1 ttdad del muudo c1vi liz.1do y u11 orij<:n f,·cundo de dt::savl!m:ncias y dii­gustus sm térmi tHl. Per:nítame V. E. agr<"gar ademas otra razon que e~tá intimaine11te ligada con d re­P'> so de Colombia t'n el estado de guerra en c¡ue d ~ sgracÍ4\damente t, sin esponerse á la menor molestia, ni vejacivn por parte de l<>S guarda-costas de la Rt>pública. Esta prác­tica tan r:1c ional y tan j usta, se halla ya en su fu erz.t y vigor, en algunas partes, especittl­mentc: en la Goajíra, y todos :se han sometido á ella, sin ninguna especie de repugnancia­Es de presumirse que los comerciantes y asegur-ddores prcferirá tt sin duda un tráfico seguro y legal, como el qtte se les ofrece por este medio, á otro que como el an~erior, estaba ..siempre sujeto á continjencias perj~dicialea á sus intereies. a.,trctanto, el gobierno de éolo111bia, espera que V. E. cuyo carácter le: ea alta­mente · apreciable, por· la liberali4ad y JUsticia de s~s principios, ae pen~á ~al fin de . 'JUC no siendo legal el comercie> directo de esa isla, con las costas incukaa 4e Colombia, no puede impartil'$elC Ja proteccion que los co­merciantes 1 ase¡uradgrcs han aolic1tada. Con sentimientos de atta considera~ cion y respeto tengo el honQr de repetir. mede V •. E. Muy humilde, y muy obediente -.ervidor• P.EDllO Gq AL ... En el diario de Jamaica The Pu6Jv: •d· vertiser del 20 de agosto hemos leich una carta que se dice: t'scritiil de Popayan á 5 de julio en que se habla de la a1itacicm e~ qus e-,taba la Rq•Ública por con~l·cucncia de los desastr~s del Pérú, a sabl"r: s~is grandes' der­rotas que habian sufrido los patrifJtas en las inmediaciones d~ Lima por C•mkrac, la de­fec~ ion de trt's mil chiknos, d mmfra1io de 12 buques con 2500 h·nnbres que V(~TI ian de Ch:l.: á ayudará Co¡omhict,la pérc11r1a tle toda la t"scuadra dl IP..rú rendida t.·tt d Callao,y ade- 1rn s la d<'.' d o!-> Íí v;wws fr;1iles qu~ d1 ~put:s de la capiruJacinn tk P<1sto se h . .111 n ·fuj1..do t:n "Po¡m~· an ~· h ;111 logrado pcrm :-t n. ~ct r aH í, n n 0b·,t..111(e las prnvideuc·ias del g0l> i·.·rn• •y las ene­migos de Colombia que invt:"ntan m~ ntilias para hact:rle la guerra con las ú n¡c~ts ar mas que ks <)llt:d;m, o <¡tte dentro de la Rq: u~i­C: t estamos tc1leramlo vivoras que no perdonan ocasion de despcck1z41ria. - n UE.rv-o S-JlIR R s. Lns diarios i11!:{les<'s dan cuenta de ua empréstito nt·gociaclo en Londres por un rnillon dt: lihras l·skrlinas parad gobit"rno de B l1enos-aire~: las concliciont:'S son recibir un 85 por cit-nto, y p01gar un seis por ciento de intc:re~ anual. l\!EJICO. La Gtrceta .lVacuml'll d' Ftlad~{fiil de .21 de juiio último, c"m rcft:rt'ncia al diario de Mé­jico ( EL Sot) a~egurct la existencia y descu­brimiento de una cunspiracion en favor de Iturbide. Por orden del comandante 1eneral de la capital de Méjico, se allanó ~n la no­che dd 19 de mayo una casa, eu la calk de Celay¡¡, y se hallaron 22 individuos t:n un deb de M~jíctl hasta 12 de junio,y en ella vemos confirmadas las noticia!J que vá.n comunice.,•Jas. Guadalajara que fué el ¡>rimer Iug-.tr dolltle uonó el grito de fnkra­cion es ta"1bien b primer~ que se ll;• hur­Jaao de la acta feckml h:t~ta tal punto que el gobierno su prcmo b:i t·mple~,lo la fuerza ar­mad. i para obligarh á i:utrar en su cltber: todas las lejisobturas parciales estan fr~cuen­temt ·ntc en pugna con el CQngn::so jcneral y el gobierno por Ct: aquí parten mil cues­tiones acerca de si tal ó cual renta debe per­tenecer ó nó á la federacion y naturalmen­te los estados no estan muy propensos á des­prenderse de la que ea mas proEluctiTa en dios. Apenas se h.1bia publicado el acta constitutiva frdt:ral, qu ~ d congreso se vió obiigado i conct'ntrur una ilimitada autoridad en una persona, b:.!jo el modesto titulo de supremo dirt:ctor, por que en los consejos de su sabiduria halló que solo i>or este medio podía la nacion mtjicana salvarse dt: la tem:. pestad que le amenazaba con las preten!iiiones de lturbide, las frecuentes conmodones in­ternas que ajitaban la repúbiica, las miras de la santa-lianza y particularmente del gabi­nete de Madrid, y la permanencia de tro­pas espanolas en el castillG de Ulúa. Nos parece muy juicioso el dictamen que una comisíon del congreso le present6 para deci­dirle á tomar la medida de concentrctr la au­toridad eje cu ti va, y revestirla de facultades estraordinarias. El mismo congreso ha espc­. dido un decreto proscribiendo á lt\lrbide. Los miembros dd poder ejecutivo me­jicano han publicado en 2 de marzo un csce- ------.-------- ( * J Est6 Quintal1Ull" 11 n lrffkun11d.r ¡,¡ 1ilt~m11 fld~rlll. •A.Cle'r.&. Ble COLOMBIA.. lent~ tnattHlétU> pttsentando i toit pueblos el cuadro del estado de Ja nacion cuando toma• ron el gc.>biem_o y la conducta que habian observado. Alla se vé que· el gobierno de la ~epublica .mejicana ha testa.bJecido el cre­d1to ester1or, que ha entablado relaciones intimas con CoJombia1 que ha prep~o el plantd de un jar modo á ~vorectr -au regreso á la República meJÍca1~a.-,3. 0 La mi~ma declaraciou se hace . rcspe~to de cuantos de alguna manera protejicren las miras de cualquic::r invasor es­tranjcro; los cnalcs serán juzgados con arre­glo á la misma ley .-Lo kndrá entendido el supre::mo podt·r rjecutivo y dispondrá su CUflll}limiento haciendolo im¡">rimir, publicar y circular . .i\léjico 28 de :.1bril de 2824-4°- 3. 0 -Jose Afana Cabrera presi Pustc:riormente hemos visto cartas de Fil:.iddfia de 30 de julio y gaceta~ de New-Yo1k dd 27 de agost@; las primeras aseguran c¡ue d jeneral Bravo I~izo entrar c.:n su ckber á Guadalnjarn, y una de l~lS sc·gun­das habla del arribo dt Iturbide á Soto la Mari11a con doce pc-rsonas de su comíti\'a, seteun habia dado parte el bergantín rngks Sprinz .. Las cartas dt: Ju Habana recibidas en Ntw-York y en Baltirmore hablan con variedad acerca del suceso, uAas dicen qut: al arrivo de Iturbide se habían declarado IH.lr él cuatro provincias, y otras qu.e habia sidu asesinado. ESPAÑA. En nuestra gaet'.ta anter-ior insertamos una carta dt: Madrid CJUe dá ide-.t clara de la penosa y ajitada situacion tle Ja p~ninsufo; hey tenemos la satisfaccion de anunciar que Ja correspondencia privada de la Coruna con la isla de Cuba apresada en la corveta Mora. guite confirma todo lo qμe sabíamos acerca de la pobreza, partid~ prisiones y desgo­bierno de Espaiia. Ha sido positiva la con­mocion de Aragon contra Femando y en fa .. vor de Carlos V • .- los batalleues franceses acudieron prento á pacificar-Consta de un modo . cv:ldcnte a=r que. el vcsiuario para la leva de ~6, mil horμbres se está const;ru. y~ndo en Francia..t:l) de lo cual es facil de .. duoir que Ja núser•· del erario español ha.. bri lid• reparad¡ por 1aa ~ del ~bietno t~nees. Publica.tc~os. eil Ja ptlme. ra oportumdad Ja ·micva 1ov1tac1on del conde de ~falia al gobierno íngle~ para que con­curriese 5tl congreso CJtie debia decidir de Ja suerte de Am&riéa. Y ahora solo inst'rt'dm o• un éapítl!lo de carta fle Ja Coruña de fecha 18 de junio escrita a la Habana á don Antonio N ovot que dice asii ''Con respecto al crucero de loa colombiano!i c:n esa~ co!>tas no tiene n:tda tic t>Str.lrilt por set en un hlis­mo co11tinente~ lo que dt:be serle á V. al-. go estraño ~s que corsariós de esa misma repáblica estén_ cruzando eh ti estt~cho, e11 la boc_a de Cadia, cabo de San•vicente, Ca. narias y demns puntos que les aéomnd.m • ech;mdo á pique y quemando todo bur¡uc que no les es util, de SU\:rte. qu~ Vi\'t·n lar\ st'guros dt: que no hay· '-"ro <1hont tspcco <¡ue todo se. componcjra, puus ya lelfe· mos iri~lalada la poúcfn, cuyos mujiHm• dos desempeñan SU!i funciont's (':Oll· la. ma­yor activid;\d de suert.: <¡u~._. ¡ lj~ral que se sepa que ha did10 viva y c.:l que se atreva á dc:c ·r que I~ d ifunta era l.aH:11a, le cett:n en­cim• al instante y lo pont:11 á 1.1 s1111 ,br.t .... (•) ~1 mismo autor en otra carta rft.. igual frcha á don Antonio H .;drigu~.- z t>n f~t H.t11ana dict-: "con r4·s¡»t:cto :í notici~s !>oJn le- dirc que han entrado !30 n1il franct:st·s mas en Espana, que nUt'~tros puutus cst~n en la nrnyor par_te bloqueados por corsarios co­lombí:. inos, y que se cM.i hacil'nclo á tto de una ~rande mayoria de la cí mara se mandó imprimir. Creemos digno ele (,h~en· ar tn e::,ta ocurrencia que mr. O. N o¡Jifü s instó fuc:rtem~ntc: al gobinno francc:s para que con respecto á la America cid sur .lta distincion jan1a~ se concede cuando h..iy una mayoraa que disienta de la opmion dd orador. Estamos fuertemente incliuados á. creer tambien que la propension jeneral dd gabinete franct-s se dirije á seguir el curso ent.'t]icarnr:-nt~ la Ce>U!:>a de la indi:-·¡~·!~'_l~rar_:~~, . _. r '-'e in··: que ~u_e~tr~,5 Cc:mpatri•1ta5 kc.:rau Coti gu~\O la noticia b1(1gt'afica, c¡tte de sir J~1oh; s ha QU­blicado d ~~rcer nú tnc.-n> dd kJ~,,1aju~ tJe L()ndru. Sir J;1mrs 1\1;.H.:kiuto~h n"<.: tÓ <"l1 Es?ocia d :tilo de 1765 t.fc: una fürnili:t antigua y di~tioguit.la. S\t pat!re slrlPiÓ t·n Ja guara de :\ letua11ia Ul«>s mo­~ alt-s. El notnb~·c du l\fockinto~h 1wrtehtce a. una ta dividida, COTIS'. nand11M· totlns los dt."~crnc.fü: n­te~. de un::i mbm;t f:111iili~ baj., d j - fe 11'.Tcdi­tano <~~ ~na. Sir Janu_·s recihio 8ll pn·~·era cducacaon en ha t-!)Co•·la pú l>lic• d~ F'or­tros~ de donde pa-;Ó á h• uuiversi rdno dt E.l!lt:Ncia. De <11lí fwe á Ed1mbllíf;O clondt1 c:-~tudió m("dicin~ y tom_ó , d ~!; 1<111 d e doct~r; autHf\lt: nun~a !>.e ~tphco & c &ti.i f..1cult:..t con g.ust•>, ni Ja. e¡t-rctó como prnf.-.:~i · · n. 1::1 jovt·n ~J.-c­k1nsto~ h e.noant...d{l C\.lll l;t bdk:za dt" ta ti. .. )in­~ re en todas. :i;t; s rc:l::.ciont:s m orales y po!í­t1c< b s<" ntim: ote de Europ-.l adqu1nu1(!-' l;J mstruce11m pructic~ que no alcanzan ~ ta rcs­pue~ ta atr.:1jo la att'ncion del crlebre }~ox quie~ lo convidó con ~u amistad y trato~ y d m1smo Burke se hizo amigo dd joven liU antagomsta. Con d candor que es propi<> de tod-. alma nolJle, pro!!lignió M,tckin~tosh ~studiando y observando Jos acontt"cimi~n­tos d.e la revolucion fra11cesa, basta que eon. ''~~cado de !o erroneo y peligroso de los prin­c1 p1os a?stractos que. sus autores aC"gtüan, 8e desdyo de !;US primeras opinion~s fon. daj;¡:; mus e:n el amor al bien, que ~n el ¡:onocimiento de las :laqut::zas y m:.k» que se t-~.cie ,·ran en el ;corazon de los h de fas m~joras po!ític un pul'.'.blo no solo es impo~ible, sino ( 'UC la • • 1 mera tentativa es capaz de ponerlo en peor e~tado que ante5, desapru~ba todo lo que es "10kntar la fuerza de !a opinion establecida. l\1as no por t."So se ha olv1dndo Jamas de que t,o do hombre de luces debe consar.rrar SH vicia • ;) a promove-r los intereses de la libertad lc-P·al tanto política como relijiosa, en la firme c~e­encia de que existe en el hombre un prin­cipio de mc-:jora que, bien diriiioay en la fo{fü, ori~!ltal; pr.rcn:I dima te probó tdn mal qu~ tt~110 , impi­d,~ ndu¡..•. .: a vec~t' trnhl:)J. .t r t'il tl .t:"-. ~.".:-.! _:~_ m. ento , y ~n lil concl'lt ·:ünn ¿e :_¡:~~ historia de ln­;.::-:~~:-;:: - ¡¡11t: C1'l1prcnduí b1ce algunos ::iilos. Su prim~ra ekcc:on 11tl dt.! otfos: cons1suan tn uno hasta - diez pesu~ ~gun 1.i naturaleza del coche: en 1796 ~ uutt1c:nturon ~•to• derechos en una mt•arl, y en mut:~"t"88 fofb~ron en 1813 y 14, hasto qtte 9t: ab.o!it:ron en 1817. En un término ele 1 dio~ á cm1t'.tr dc:sde 179-' produj~> ~st:: impu~:sto 65731 pesos por añ¿ ' crn~to la rec~uducwn un cinco por crento. En 13 lo sr haH:uon fohricados en solo el ca­tado dt' l\Iu.tchusSt't 241-' carrua~s. T.hac<1 en pnlva. Ocho ccntimos se impu~it· rclfl ~n lí9• pw cada libr~ de tabaco mam1~&etun: d0. U ua r~baija igual l\t derf'ch~ tmpue~to se dec~eto p111m lt\ c-~portacmn dd tabnc! compt'tentemente do­cumvntadu á I" 8ecreturia del dea• p1teho de haciet1da de donde pasa:rán á la cotnision de liquidaciun rt>~iden­te en esta capital~ con cuyo informe el podar ejecutivo t-n cu11Jpfüoiento de hu leyes reconoce1·á las deudas qu.e r~sulten j ustifüisdsts, ó pt1dirá lu eor­rHp. ontlientea e..si>licucionH: al t'!f&cto 1e auto1·izür& compet~atem<'nte ea esta capital por parte de los ri:cla­mante1 á lae p~r1ona1 que juzgaren capaers de dirijia· 8UI ac~ionea. Bogotá octuhi·e .e, de 1s2.4.-El ~eer~tario d~ estado dd despacho de hacienda. Jos~ Maria del CAtTILLO. DONATIVO. El ~eñ or representante pc.r la provinciP. de Quito dr. Jo~é Joaquin Chiribo¡f
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 157

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Gazeta de Colombia - N. 168

Por: | Fecha: 02/01/1825

GACETA D E COL O 1\1 B I A N ~ 16s BoooTA.-DOl\IINGo 2 • DE ANERO nu 1825.-15. Esta gaceta sale Las domingos. Se suscribt: á e lia en la~ .dmimstrat:iones de c11rre•s de B ogotá , Caracas, Quito, ~ $Uscriczon anual val~ 1.0 fJ$. 5 la del s c: r1.r:st1 e y ~O r s. /~ dt/ ~ trimestre. El _editor fÍiryzr:á ÚJs nu ms. p(.Jr los c..·0 1 rees á los ~ suscritores: y a los de esta ciudad cuya.r suscn ct!l11 r-s r f'ct.'fl~ND O 'E L M " D o .i:!f S dep;¡rta­menblf,.. s, cou esc iu o;Íqn únicameute de lo~ de .. qudlct en q ue d pl)dt·r ejecutivo r esi diere: 2 . 0 n ombrar ~in la limitaci rHl ank riur y presentar i los p rt.I uir. ~ t.c1c l>J.hticos l o~ sacrist:mc::s mayores de l..is iglesi .. ~ cOAte qill.' hagan los prdados t:clesiásticos para vi t:,rw~ fi,ráw:os¡ y flin est~ reqllÍiÜto ninguno p n dr~ t·j e rcl'r uild funcion<·s: 4 .0 crijir, 1~ 1 d d t:1111foriuc de J¡¡ res­pectiva autoridad ~ck::,i~stica, li611uevá:s p~rro­c¡ uias, y tij .. r ~u 5 límitci, y tambicn los ma~ l: \~ nveni e ntt·s a las pl nijida~ cuidi.lndo de '}Ut:: lo:5 tét minos d(" la administr.icion civil correspondan á los de la ecksiistica, y sean unos mismos; pero e~tas ( rt"cciones y dernar: c aciones no se fü:v•ui11 » t: f~cto, hasta que e) poder ej ('c utivo J;;s ;,iprucbe: 5. 0 cuicfor dt <¡li<.: },lS pr «Ldus "! c abildos ecksi:btico::1 no i 11 t r o d uz c~ 1 1 1;0 H·dat!< ·s en la disl:il'lina csta ior de l;,¡s ig k~ i a s; ni l;i(.º usurpe11 d pa­tn •ll vis it•uirJr,·s •¡u~· s(· n,)mLH·.ucn por los cahi:d os en sede vac;.1 11 te, d i::.po11 g.rn ni den provídt" n ­ci a~ t"n mak r iu& c¡u l" 110 sn rn de su r e s r1 rtr; ni exijan de l!ls r1w. b lCJs y d i:- l0s cura~ y pi..1 r­ticu lares ninguna cl a ~c: bie-rno d ~ la R{"públicói: 7. 0 c elar t n que 11 ;::, n .: ln iá .... tic ns no •1 surpen la jurisdic­ci .. n civil, ui {' ~ud~ n ó contraríen las h.•yc·s órdenes y d i~posi círme s del gobi<;rno , r t.'que­rir á. los jueces compet t:u t<::~ p.ira <¡uc contens ·«n y castiguC"n á los que c ome tien n csce ~o s rescri tos p c nt ific i u ~ Cutivo. Pero t·Ma atribucion s ol:lml· l l ! t- la teodra.n los gobtr­nad1 .rt:'s <¡lW n inJ!1 u1. l.ls provincias donde se h•tlkt1 la• capit:i lt·s ~Ín­cias y hacer que dén cucnt~ dt: su m~nrJc' con arrl'glo á la lt·y: '· 0 nombrar á pro ­pue5tél de las municipalid.,th-s r1.·spl•ctiv;,is los síndico• mayordomos y aGlllMlÍstradun·s de los hospitrks d.-r cuen­ta de ~u murn:jo: S 0 admitir los n::curs•s de furrza contra los pre l0ld•1s ecksi.i:sticos, si no bubil"re cork de ju !:> t ic i ~ t·n la provincia, con d unico objeto ck cJi:.¡11rnt·r gubernativ:.imt:n­t t" que d pn: l¡,¡cln t.U!'ip1 tHb SU!i prc,cc:dimien. to'i )' ln•antt." las c:c-nsurcs 'lue hubtere ini. Jlllt ~t n p asando el cs¡wdientc a la mayor brevn!.. pt-rmitir 6 no la fondacion d~ captllal' é igle­si as <1ue no s~a r 1 calt'(lrales ni parroqui;.llc:s ni el..: mo11<1s tt: ri·iS que intentt>n h~ct·r alguna ó ,,tg \l na!> pc- rson<1s particulares~ .7 ~ ttuu d cuidn que á esti)s se c o nced e c.-n el pará gntfo 8 ~ dandolt:s inme­diatamente cuc: ntn d.;cumentad" clt' cu;.ilt1uie. ra contn~vl: 11ci c,m () t'SCCJi>O qut: eP aqut ltoii casn!i_ C "; ffit uat:n l:.is pc:rronas ·comprc:11didas en ellos,para que se:- dickn las prov irie 11 Cia~ que c c nvengJOr, y ele las que dt-ban supri­mirs~, p.ira qut> l~s 11t1 ttn bt'11 hact..rlo 10 61 intendentes.; pt>ro ~ sto S\ >lo se vt" rafi r.A,lrá cuando l iJS P-obt-rnt'ldores re s idan en la capital dt: la dioce'~is cuyo ¡ re-­lado diese motivo al recurso: 12° irúurmar á Jos intendentes de los rito!S que hubiese t!n p\J(:d,rn st·r colOcadus prt:vt:naas. ec k ~iás t icn~ b ::' nemé­la::, pro v1 nc1as _y que en lus d 1 g 11 1 d .id~ s y ( Se: evnlinuara ) . Rep&Miea rle Colomh10 -Sl!erefrzria de ma NJ/fl y guerra- Gur·rra-Seccto •1 ce1:tuii. ­Pa! 11czo del ~ohfr:nw en JJ·,g11td ,í 2 2 de r;i. c1emnrt: de 1824.- l4-.,1í escmo sr~ com1m­da11tt:- j,.,zeral d1t Jept,rtameflto de Yt!11e~uda. Adjuntas al oficio de V. K fech..i G de noviembre ú ltimo número 227 h .. dlé lu ~ co­pias dt" las cornunicélciolit"S • currk.las ~~r .trt la intendencia dt: es1.· dt'.partam1 ut1> y V. E •. relat1.v¡J ru:Jlte al dt:creto de .31 de agr : ~t<> prox1mo pasado, cuy;,¡ ej<:cucio11 t n Ja cnid 'k¡ ,~1rt•1me1H ·S, 5 nt t'jiir di ré, d r i.' g ocijo co n q11 c- h ..1 n n .. c ir,Jd .i y ct1 •' ll¡>lis Út:' 1., misma ciudad C '>ll ac¡ud motive fueron n•) so lo kifl, .s si11u l XJ­minadc1s y meditad1~s con toda la atenci;.m y madurt-z 'lue .:-~ajt· un asunto que se· h.i q11 c. rido pintar como un ataque: <1 llie.-tu a la li­bertad pública, y como uua 'nfracci· •ll d í.: la co11stitucion y dt! las lt:p;s. S. 1::. qm· mida dese11 tanto -.:11mo l-1 q111: sus dispr,~ic H •nt"S marcadas con el sello- ch: !a k y, mt· r~· sca11 jiJs­tarnenk el respeto y-apre~io que t:sta ¡, s da. y sea11 <:1 ej emplo cic: 1.t obediencia y sn rnisi •n que dcbt nioi; tod<.s i t.::Sk Íd•)l<1 ú 1.ir:1• ci1. Ja libt rtad nacio nal, tomó el " ''h ,. ,v. , 1n t r s tn dt.:scubrir los abs11rdds y c o1 1tt:.1 ~ ¡; c c:i.11: : u., i<.. '° nrbitrarit..:d ad t"s ¿ infraccÍe ha11 1 b­jt: t.idu al decreto tll cu t- sti :m. M <;s :-.ea ~k s­gracia ó .fortuna dd t:scrupuloso anaii .. i .. he­cho dt: las razones iprt:rt'S<&das pnr d ~Í'n•11co y municipalidad de C anica:. y d t' las dl'c i.ima­cinnes dt" IPS articuli~tas drl C 11 n ~t i 1 nc i·,11ul Carac¡uc- n 11. S . E. 1111 na podido hallctr ~n. d dl" c;reto ningung dt- !r,s \•idns que S<: k '1Cll san ni ha podido dt>sc11brir t- 11 wlts pit::sa") ~ ino. una anda de cen~u r~ y un t·s niritu de 01 ,0- sicion, que 110 encr111tr,mdo raz o 11~ s ~w v«-t ie de Ías sufi~tt'fiízlS y ~Utilc')aS Cú tl CJUe ( S tan fa. cil impugnar ha~ta hts vndadt: >i mas sub:iu •t"S y esactas y las practictts y dt.;ct:- i11 :1s mas ~•11 · t;¡ s. V. E. no nnk !:>Íta dt· <]Ut: ye' c-11trt· á cnu­Yt- ncerle la Jhs ti c: ia y ut.iJidad d e l dt"cn ( 11. La Tl· s pne~ta c1m: l!n 4 de novil mbrt: dio VE.á la jnko r:..ici iq ttt" y afi <\ nse m:.!s en h1 lltTt::s ida :se ha1.1 ht:<.;ho contra él. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. OACETA. nu COLOMBIA. --.....,;;:--.;:._-------~------------·· ---· -----~- · ···-· - . . - . ~---------------------- De todos los ttapeles que he podido leer. l"scrit,p~ parn probar la ilegalidad del decn:to ningun úlro se ha.contraido á n\:mifestat que hu hc.ibido infrac:cion ele fa ley si1io la rcpl"C'~ gentacion dei s í 11dico Petgrnn. ¿Pero cualt:s son las leyt:s que é \ aleg~ ~ las mismas en que d goLinno htt apoyu5 en que todo cqlombiano está .:;ibli¡ado i servir y defc11der la patria. Por aquC'lla l, .. y tcd:> hombre m<1yor de. 16 añol:j basta 50 por \o menos debe e~ta r ahsta?o en fas milicias·. E~ta t."S u na obli gói cion jene-­ral r¡ue n<• e~clu)· e á ning t:no y aunque en lo.s p:::rugrnfus siguier.tes de .:::ll'a se minor~t °5U rig" r ccmc('d1endo al§¡trnas es cep ci or~ c s, e:-~tas no 1·ecaen ~!no s nbrt: los q,ue h ay,1n d e 5aiir de la masa jtne-rnl de ciudada n< 'S ó m ili. cianos á lknar ias b njas d i:! lc;s cue rpos dd ejército ptrrnant'nte ó activo. Si las circ u ns­tnnci ~ s t·n que se h abia b :llla~lo la Repu · blica nó ~ia n p~rmitid ü · al g obierno ll~v ~ r­á efrcto (;Mricbrl.tente t>sta ley, cll~s han \·a. riado y cfoi1 ya 111ga1r á qu ::'. se ctunplu. Si d quv tonn rnilicia\1os es un 2.bsurdo no es el gubierno sino Ja k y la <) ue 1() dispom·, y es la ley la que de be ria .. eform arse, y no t'l d ecr<:to que b m anda cumplir. ¿M;is d onde e ~ istc el ~Ü;!:>urdo ele una k y 1<111 s~bi4l, tan prc: visivi:l, t rin e st-ncial p~: r a '. sta l·l c iudac!ano d eja su céls=~ , Cim il ia y cuanto h~1 y menor la ky rn ar­ciHl !';e sujdLJ á la l1ombre capuz tk 11ev·-.r t1s armas, y cdlt1 tos di:-1 arte. E sta atribuci on q~1t segun ¡-::ircce . h~ sido el c>hJeto princ:lpal de ataque:, cst:i fundacla en las leyes. N o hay ninguna ciue haya de legfldo á fas nU~ toriclach.s civ.ilés la forma cion ni el manda de las miÍiéias, y por las ir t'ste tra5torno por el momento. Todo lo c¡uc se alega so­bre esta parte no t-stá fundado sino en so!i­pechas y temores injuriosos á los Jefes que dcspaes de habe~ qado tantas y tan relevftll· tes pruebas de su destJtndimiento del mando y de la consagracion á la causa de la li 4 bertad, continuan dandolas· de su sumision á las leyes. El gobierno ni nadie puede ver {;n los intendentes y en los comandantes je .. nerales sino ios hombres designados por la ley para mantener el orden público y para presidir en los departamentos á los diversos ramos del senricio y administracion. Su­poner que uno de estos hombres puede tras­p :!sar la ley mas impunemente qué el otro, es trna suposicicn que c.arece ele todo funda­mtnto, porque en nuestras ky( s no se cono .. ccn los privilt-jios que eximan á uno ·de pena y se la impongl:ln a otro en igua-l caso Pero d ado que l ~ s . hubitse nunca el gobierno po­dría haber obraélo de otro modo , por que p:l rtiendo cld princ!¡)io de que bs m ilicins ne ~e est<.1b lccen ~in \) c om o ~\t i xiliares para rdorzar al eje:rci tu t-.n un urjentc caso de ii 1 \'a~ion esterior ó cunmocion á. mano ar­mada, son los comandantes j C' n e raie~ y no los intendente ~ los <1ue t'l1 M.:nlt-jantf'S con­flictos dc:-ben enc.:rgarse de- sn ln 1r lus departa­m entüs; nsi es c¡ue el •lrt. 0 l 7 de la lt:y d e 2 octu bre,_ alttorizir\ndo al g obierno, p;ira r e trnir lo~ dos mandos, dice r sprcsnmente: "reunir temporttlmc11te el mando político al ,, m ili_tar. Pre tender que el d ecret0 de 31 de agos­to <:>s una cmanuci•)l• cid art. 0 128 de la c r>11Mitucion , l 'S ck dr gee solo pudo C's pcd ir!:ie en virtud c..le l:.i.s facultades e straor­di ;1arias que é l c :)mc t :..· al p oder ejecutivo para los casos que él pre vt>e, e s . confun. d ir e;-l 0bjetq, ck!':t inl) y serv ic io e.le fa mi­liei¡ 1 seft rencia ni ey_· rcito que• ha crt·i:!do la He-pública y Ja h,1 e-.l_(·va¡\1, al alto gra­do de glor ia tro pueblo, y prepararlo para que venza ó muera sostenieudo sus derechos, se-a u na prrn:ba de d ~scmi füm z a y ele temor, de d<.'"surdcn, l uc ion y so­bres a lto . Conc!uyo, pi! f <>, a<:.~gur ::mdn .;_,V. F.. que t:l g o bierno ha ~1p r ~ : b~i do y celebrado la . rc­solucion de V. E. para lle v::ir á r:1ecu cion d á. los ~en ores Rivcro, Paris y Cochrnne Jas minas de esmeraldas de Muso por el tér­mino de diez anos prorogables. Segundo: él mismo se con1promete no solo a permitirles .Ja lib,.ertad -de trabajarlas en el térmirro--e~o, sino la franca es­portacicm · de las esmeraldas que de ellas se estra1ercn á los paises estan1eros. Tercero: los sefiores Rivero, Paris y Cochrane se obUgan ap~ar al . gobierno. el di~z por ciento '1cl produlto total que tuv1e~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. --------~-----G.A.CETA DE COLOMBIA. ~~~~~--~~---~~~~~~~~~~~--------- ren en el plazo señalad6, á. cuyo fin lle· yarán un libro con las fürmalidadc:s cor­respondientes donde sentarán la cuenta pot menor de la¡¡ estracciones que h:-igJ.n, gas­tos y ventas, por el cual se formara el calcu­lo de lo que deban sati~f.icer. Quar~o: A fin de asegurar mas el cumpli­miento de lo estipulado en el artículo anterior, aunque por el segundo quedan libres de tocio derecho de esportacion par.l el estranjero las esmeraldas c¡ue saquen los contratistas de estas minas, los sdiores Rivero, París, y Cochrane se obligan á prese1 tar las que hayan de es­portar en las aduanas dl: los puertos, con una certifica e ion c!/ guia de la tesorería respectiva en _que cnnstc su numero y pe~o, y qu:-dar satisfecho el s para la espl ntaci on, sm exiJir que. ~e les indemnise b.U val1Jr t'U t 11Ju ni en partt:: alguna. St':.to : ck h\ pr :_ s~ u .k' cimtrat:.i se d3rá co­pi: J autéllticgota á catorce di<1s del mes ck Jlliil> y :-1ií'1 re del sor.C. E::.tuart Cochran e-JiJs~ Inaezo · Paru. E8TADBS-lJNl·oos i,us gr:c<::a.~ cant1r1úa11 danrlo ra::on de la 0<:1~¡;111-t únl!rmte .lJ sincera q11r' si{.[t:tffl hac1t'n­áo Í- rs amt.•nranos al ¡enero! I,rz -JF1y<·fe. I,,rJs frmu: es::s n·s1deT1f<:s e 11 ] 1'1 !a1/1-l/ia dú•ron <Í este Vl'f<.:rm10 de la !tl1r:rtad 11•1<1 e$jJÍémlirla. cuma/a ii qui'!' co11currierm1 entre otras /Jn·­so11as respl'lafi!es, el sr. Aila:n f st·crrt.1rio áe l'S .'a1lo , y !o.f m i11;stms /JÍenipotenciruir,s ele Colon1f1•1t y Aíij1co; c:o/namos fllgwins ele los st: 11f1 1n1r1llos emztl(/o~ e ;1 los /Jnm/Js: l. A l¡)s E stado.r [}¡ar/os de Améru a. L,,12 lió.~ rlttiÍ anui está sr•ntmla o/ ladcJ du la. .s(l óir/uria, y 1 /a igual.:iarl fll lado Úe /u umon y ele la pn:::. 2 . Al ¡'vc~1 l_ .. nle de los Estados-Unidos: el c1whdano r¡ue como él sahe sostrmer la dw1;1r/,ui 111u:i1uwt m err-e,· estt.J.r al ji·ente de u;; gnm ¡::1:·Mo. 3 . ...1 t. J/Íos lo .~ est.?rl~'>S libres é iml1.•fJe11rlinz­t es (/, .¿ c.i .-;,'i11.··1;tc amr-rica::n . Que b;lta idea · .s-: ¡:i ·~s., ·' la n I v11 ,'vr• r los o:f '1i S'-'hre est<: ha sto lu·n, 1:j'cr10 y ver rl Í r'.<;, !I ad:n ;rable­mcntl' f1rnrncarlus en 1-:s E s tmi•.. .v U·Jl(/o.-;. 5 . Dad:1 /)(1r r·l ,r¡r S 1ila::or nm 1:stro tÍe Co­/, 11nbia: c:l chd·re l hstut de: 1'ran,,, Pl1r de (;', a.·1 ,.i.-:,:niem 11m ríe la s11c1r.d:1rlfi.'11s>jir:a ,rle Fi. /(1./r·¿fa, 11110 rf,. los pnmc1 t1s sá/110.\ tle Iiurnpa, dtji·1: \'"' <.!e l~; las noticias recibidas de Espana rc:.stslta que el hermano del rey, el infante don C:írlos está encerrado como prisionero en su palacio e ,. Madrid: que ninguna persona puede entrar ó dejar d palacio 5ÍO conocimiento de los encargados a.e su custodia. El marqués de Santa-cru~, u 0 o de Jos ministr del poder ej·ecutivo de :n de:: aO'r)sto úitin10 , b • eri .. b1t'rno. Aunque queda poco que añadir a c.:sta t'Spo~Íci o n, tratamos ricnnos, segun consta de cl oc unwr~ttis ofic:i <.ill'S pn·sentados al p::srta­rnento ingks: b Gr .. n-Bretana y los Esta. d lls-ynicl•.•S h.rn rt'Cunocido en el g<-,bierno esp:tll lll d tkrcclw de t:mpr~nder cun sus rro;iins n-cursc:s la re-conqui..,ta ~ le la An ~ é­rica, y h:1H protL·~t.: do mantener su anti .rior m·utra!idad, c11y11s hech"ls igualmt' nte c11ns­t. 111 en ¡i:.i pt·l:..·s ofi .'. i;;ks ( * ). El rt:y F er­m1ncb t·sp1dió un decíetu m<.tndando kvantar 36 mil h •1mbrt-s de- los cu:lks d dfr.i dt'stmar­se i A 11té:< (:<1 un:s pmt ·, S<: h~11 t:f ... :ctu ~•do Cc1si jt:n trs, s~ b.1 ~<., lic i tado d v;-.,~tuario c.l ·: ... !;is fab ricas francegn~ , ~e m·g::>­c10 un t·mpre::st1to t;o11 la ca~a de Gu ~ bh .. ..: r11, ••w procuró la arl quif>1cion de trnos bu :¡ ,._.~ d~ gtterra (}Ut:: ptrtt:uecit:"fon ?, V t:llt"CÍ :t , s-= h·1 <-.fí tadD la c4>n1pr:t . de otros en Inglati.::rrn, se μrt' p:1 rn:1 vive.n· ~, <;e carenan bu­ques de gut-rni ,- 1i l· l F '- rrnl,. se espKkn or­cknes y mi:lrch;;n c uar partir una espedic1on C'SP"­nola Contra !(18 ¡niSt'S aC11lTÍC:tl1HS, todo lo cual c ~m5ta en pni6dicns .ingleSt:s, frn.nct:srs. amcricDnos y e.:;pano\ es, y en documentos de que no c.kb e.~ upon erse ignnrante al gobierno. En t<.1lr-s circust:H1cias ¿ s ~ .ría oportuno, ó HÓ, m~1rnbr lkvar á tjectfcion con tilda la activicL1d nec t·safr1 una resolucion clnra y t' !tiplícita de ahsta­mzento que el l.º de noviembre IJUC 6e ccnsurti en Caracai. tircustancia9 debi& haberse completado la leva_ de 50 mil hnmbrt:si nostltM*; Jes res. ponderemos: que 50 mil hombrea- f!Sttaítlo!i d~ sus hogares y teúhiclo!í en cunrte.k!i ha:. brian COl'IS~mido a la Re.públicl:l con fumeu­sos gastos; ~1abrían. p~rjudicado i. lia ugricultu• ra, y causadc ~ent1m1entos alarmantes en sus fanuli•s. D1spénsesenos citar -tjemplares c¡u'<' deben borrarse de Jos fastos et~ cl)}(Jm-. hia, y concéd.a~e.nos, que ~listando ' otga11i .... 7.;:indro, los males de Ja agricultllr otrá • í . cosa 'JUC r.:·prt1r L~ rt·IJStl,M<; p:1fahra·; lbi L. re. solucion dt'l con gr1 • 1 d~ 25 d .. · ~gt)~t i • dd 1:1n o 11 ~ y las esct·pcionl s qut· · hac:!" !'iOI) las que tienen hecha~ otras k~ ._.s. ¿S1 !n • . i•i- . dividuos del CJérci.ta perm:innik v l~:.1 r i:sut:lto. Lo ma~ n gu !:..1r y justo es .co mp1ernr la Ílllrza de los c'ut rpt>S ya crt::ados en vt:z de C]Ut! los 11u:::vos e:tli~ta­m1eutos formen grupos in ~igaifica nks }' que Jamas pueden llt:n ~ r la'i mira:; d· 1 l c:11~:ilí.!d i1 r .. Jatllas la autoridad civil puc:(k rn t- zc.1arsl· t·n orgdni zar. la fu erza .armada; t:sto c-qui•·:1kh<.t al al;hurdo de m ~itdar qnt lPS.11fL.;idlt . .s dl' un b at!llhm af, sion, y no Jos ti1cald"t-~, y ·por tanto es conforme á r;1z11n destinar á <.6sta ocupacion .á los oficialt!s rtti- 1""1dos d el s~rvicio con honor. El arlÍt;uh> 6. 0 ~s una consecuencia ne­cesaria del fin y nbJt to con que d hJislador ha crt"ado la milicia nacional. El artículo 7. 0 dispone <]Ue en caso d~ n.ccesiclns j 1·1.1era !es al servicio act~vo los cuerpos de milicias c¡ue fueren necesanns. Los comandanks JC:-ntrnk s son los n:spr:nsables dt In st·guri rh. rl de los S.~ tt>t:l pe1f~ ct2 me nte de SCULnl•J C o ll toOt1 d \l~o dl: las armas. Tales Süll los f1o\n dr á este; 6Ín &¡UC cntr('tanto; s~J prudente dormir en una apa .. !Iª mortal cuando héiy reglas Jenerales á que: lfSC ~1Justando peao a pocü. El ejecutivo por !>U p;,irte ha prc:curado Jknar sus dtb6- res man.te. ni~ndo el vigur y puru~a de mies.­tras institUciono; a les cfüdadanoli toca lle­nar los suyoa y apresurarse á cumplir uno de lo rn2s 5é.lgra
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 168

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Gazeta de Colombia - N. 170

Por: | Fecha: 16/01/1825

GACETAD E C O V-O M B I A. N ~ 110 HocoTA.-DOMIN80 16. DE •NERO DE 1825.-15. Está gaceta s.ale · Los dommgos. Se suscribe á elta en úu admimstraéiones de c11rreu de Bog,:,t'á , Caracas, Quito, Santamarta , Cartrljena , Pnpoyen y Cztar4, ,,f'anam6, Medcl/uz, Cumaná , Gua!Jaquil y Maracai6o. La suscncum anual vale ~O ps. 5 La del st:mcstrt' y 20 r.r. úz de/ \ trimt:stre. Et ,edtt8r dinj1rá ltJs núms. p,,,r los co1 rt os :í los ' suscr ftores: y a ro.f tíle esta c1udafi r.uyas suscric11mr-s rec1he t>J \ · c1urlmlarlano Rafoe/ Pwr,es,e'.! su t1emla de .a t•alte l. del c1Jmer- ~· cw. 1lU m. 6, se tes llevaran a sus f.'cJ.vas de halnt11cwi1.En ¡0 \ Tt.zsmtJ tzenlia se venden los nü ms. sueltos á 2 rtules. ~· INTERIOR. Co.KTHfUA LA LEY oE.cLAllA•no Q.U• ~ A R E P U 'B L I C A D ~ C '~ L 0 M' 11 l A D E .B E· &OJfTINU A .ft EN EL f.JE.. 'RCICIO DEL J'ATR NA'l'sihticos; pno 110 p t-rc1birán las rentas c¡ue les corr~spondan ha~ta d jiat de su santidad. .Art. 18. Antes Ul<1S de ~u san­tidad, J lx 'ran pra·cticar con (1Slskhc1a dd fiscui, 5i lo hubit:-re t"'n la cul'ital dl: t .. d io­. ce:-s 1._, y si 'llo dci. sí 11dicn ¡;r11cur;ai~«· c" y rC'tHaS; y dt." su~ acrt't·11~l<1 ~ ~ c t í va~ y pa ~ iv .. 1:s: de 1.: ~te invc i'i t~ r io S t form dra 11 tru ; l j 1·11 1phirt"s firma: d os l 'ºr las t>erso1ws <)lW tÍ ..- r•>11 a él, y por d ar~obispo ú ub1s :1n, y d uno se re­n1itid. al ~podL"r cj cc ll ~ tv0, y los para un ar­z obispado Ú <•h is :><1i1ntidud; d c on­grese ·conoct:'rá .Y dctern1 in ar á sul11 e la re~ 111 inc1a; pero s1 esta se: h ice ckspúC'S de la p rc-srntad1111 á la silla «;•ost6lica; á ella de­b era dit1jirse p• •t' rn• di11 , a );,a arf mini~trcH .. :ion dt' la dt1J <.:e ~is á que lo ha '6ido, y permant·c<:rá c:n in ]l rno el• ~iguará Hl (¡lle se considt-rc e• •n ma~ .,. énto y virttr­dt" s, y lo prnpl'>ndrá al ~en li do ¡•ara <¡Ue t ·:,t«: présk ó nb su constntiniit-nto ~· :.t ¡ rohacion. Art. 22. F.u d nombr~m i ent.o para ra· ciones, y tt:t-dias raciones pr< ·ccdn:.a el po­der e3<:cutivr 8Í nombrare sc:rán presentados & l< :s prdados- ' cl<:siásticos y sus cabildos ~n sede vac;:u-1t~,. para m h1 ará u1M pt:rs• '"ª que asista á t"ll •)S, y d . :.¡H1 c:::. \itinla i11f11rmarlc:: de la etptitud y talt-ntos 1¡t?1: h:rn manifL·..,t4do los OJ'9ositort'S. l<~I prt'lad ·, y .c<1bil lo u11iosit ; ire~ y la1:1 rt'tniti. ran al poder ejt:'cutivo c::spr\ · ~: lnuoit' los mé­rit0s, ~l'rvicios y cu:.il 1t:b ·:lt"s de los q11e ¡>ropone s t·gun que lo~ h :.yan acreditad•·J at tH.:mpo de prt.'.!)('.11tar!ojt' p:1ra la op(•sicion: de los propuestos el poder t'je cutivo 1u1m­brará al qtk le parcs·cn ma~ di~110, !>ÍO cscár ligado precisctm1·ntl' á llls d l primt r lugar-, y lo prt:'¡t:·ntara al prelado Ó cabildo en sede \•ac .. nte para que ro p• 1ngan t:1i pos•·· ~1 . 1u d.:1nrlole la institucion c ,mónica. A_rt. 25. Si para 1111a ca wnjia de las de ofict•> q11e ~s cüv1t"s t" v:1c: 111 t e~ nn se prt'sen­tarc nus •¡u ;: u :\ prdc i H.l i 1~11te, hit::ndo capaz y [, ·11i._'11d11 bs cualid:1dt's ql.le por derecho se rn¡ üi.·n.:n t·n l• 1s • )11 •.· lun r11 si c...i r. cit> rt' el ca .. pit. 18 sec­cion 24 del conci lió de Tr1.. 1 .t y p:1ra dio se abriri concu rso á los b e 11t fici os \«tcun . ks cada seis mest'S á lo mas. L ·~ edictos s e· fijará11 por los prdudus cclt ~ia ~ticn~ con am~i_ ncia de l<>s i11kndu1t• s, ó ck 1 1'<1clt-r ej :­cuu v11 t:'n !:iU casi'• y cuando lo~ !:re-ludos no Cflnv1.1quen oportu11ame11k i:-l concurso. los «:,cil<:ra n á ., mt· a lc1S canones ~upl:rn la 11< gl i j~· 1 1c i ¡.¡, .ArJ. 27. D.:. l1 >s o¡)(>:-itnrcs al concurso que clt>Sj ~ lJCS d( h .. h er siclcl <.. X<1n11 11ado haht.r he­cl\ n á la igle8ia y á la- l~: púbhcjecü 1 ivo en su caso, si r:ie tuvieren u~táculo prl.·:.entarán á uno de:: los pr~¡.1 ues~os que ft.s parésca mHs dig­no; pero s1- supit:rt:'n que estns no son acrce­dore!! i al bt!ndicio, ya sea p1 ir sus cmilida'1es personales, y ya por qut. se p rt8frrga el mé­rito mayor de otr<>s eclc:siá~tic' •S, podrán de­VC\ lver la terna para que se n·hagat n1an frs- .-taúdole al prdétd.o los· m,1tivos que tit-nen para .no prt'St'ntar á ninguno de los pt"O-put- stos. . Art. 28. Si para la proYision de un cu­rato Ó' sacristía no hubic-rc- mas <}Ue un opo­sitor, siende dt' a ptitud y suficit"nci:., d pre. lado ~clesiás.tico. lo ptc .potldta, y d poder ejC!cúdvo ó d intetldt:'nte lo prese11téirán ~Ít'm­pre que ks con~te no habc-rsc opursto otro. Art. 29. Ninguno podrá ser ordenS artículos ankrio• res, ni pn.:teudt"'r un curato ó · ~acribtía de. ter~linad<.JS., sin S llt.tll• ~r:ir~ fres·, y -1<.>s prq¡.1on.Jra a! pr,.- f¡¡dt'§ t:de. s1ast1co pani c¡u..: s~ a1·1 \ x a sn i11.1 dl: los tr\·s. ~1 t• >dos ó aiguno de los - (k .... iguadl:S p11r t:I pn:~· lado rc­gul~ r nu · fu~rt't> áptns, d prehuto ordinario h~ra .se pr.,p->11_~,n . 11t11os c1ue tenga1t la sufi­Cli:.' ncia 11ecu;.,tr1a. P<.ara 1<-t pn • vi~i11n dt: e:-stva lh·nt fic11 is, no prece~ que se destinasen por los prdad11s re:-gul~res ¡HAr~ d muuste­rio de n1isioncros ckb..--ran t1t.'r t. x .1n1111.td .. 1 ,,ur el prdado t'cl csi:isttco rc-sμ«ctivo, t'll ¡, s tér­minos qut: prt"scrib~ t:I CJJ1ttulo y&i cit.1do cld c01.1cilio de Trento, y si fucs1·n lt1S y su­ficlr ·11tes~ t'l prt>iadc, ordi11ario les c11nct"dt·rá. las lict·ncias n1 ·c; sarias v lo .ivi -de:-r t:-jc-~u t iv•> \:·n !->U c..!c:;o, pa­na c¡ue se le- dé d ¡ias .- á la patt:11te dd pre­lado rrguiar y St" le:!> 111a11J e11 ~hon:J.r s u -. e •s. t •>S de vi&ij~· y ~ll':i · ~ti¡w 11d1 · s: .A··f. 3l.. C· 1mpr.·11oit·11tl'"; : tori•> de u11a tlit ; cl- ~;15 u1 d .. :-. 6 t>l tr-rritn. ITl:.IS rft. . 'l:tf°• tamu1tns, d pr<·h1dntc1<" .... i a ~1i«11 n\: is:•ra a l•>S intt>ndt'ntt"S qll t-~ trcita dt' fipr t:-. á los Üt'n ~ fici.:s vac .. H1k~ y ca · ~ u1 111 d .- lq, in. ~eud t" ott-~ ti\.nt: d daech·• de rc-·, ¡111 rir a l pt\·la. clo t· ck~1.-1st1co parn la C• lt bracw n dt'I con. c urso; y d\.· prnc tic;.ir <.·11 SLl ca~o las di .. lijenci pnr 1., pri .. mt"ra v1 Z; kndran t'I den. cho dl: de:-..,i~uar el eclesiast!crl que dt ba savii: de cura, } e~tc: ~e:-r~ nnmbrado por t· ~ i11tn1dt"11tt' rt:·sp<.ctivo• o por d pc>S ~ .. ~:9 , ,1~t s ó rt gulan:s; _Pt'fo. no e:-n Cl.tr..is pro p11.. t ;·ffl•>S, y <::~ podt·r tJ1-cut1vo y los mtt. nde1•tl s 1mpcdi.i ran que se h .. g.m tale:~ traslac1onc:i:; opues­tas i la disciplina univer~c.l de la i~lf'sia. A rt. 35. L"s curas que:> hahiendos\· opu"s­to á otros bcm ficios no hubi~ren sido apro-.. baclos en d cnncursc,, no poclrárf s1·r n~>ml>ra .. !-ios al cur~to que- prdencfom,ni volv.t'r al suyo. hasta que pnr algun tL mpo hayai:1 tstudiado en los seminarios diocc-sanos ó colejios de or­dt'nandos y dtipUt'S nk y hallarlolos·ap., tos. Elltre tanto sr les nombrarán ecónomos con arrt'glo á lo d1spuc'Sto en t 'I concilio rle Trento, resav;,mdoks p1~r d prdado-Ut\a parte dt' los frutos dd hendic10 para su susistC'ncia. I ... os intendc:nt .:·s y d podt'r e:jecutivo en su Cl:lso cuida.r~n d't" que así se verific1ut'. y al· tfo.:cto p~d,iran á los prt:laclus cclt>siá.sticos, T ~~tos dd>c..·rán rc:aiitirles- al fin del concur~ lista de l< 1S curas que llQ fuere~ a.proba~ ea en el ~umt:n. ( .& t:0nli.nll4ró. J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. nr~CRETO DEL SENA.DO. CREANDO ~A. PLAZA DE O F IC-IA-L Pll.lKE­ltO -Di: SU s .Jt.(; RE l ' A-RÍA. El -senrtrlo a~ ia r epúbli'ca de Coloml>üz .,e.unido en la sala de :SN'S sesiones. En uso de la f.icultad que le concede el a-rtículo 62 de la -constitucion y convencido de 1a dificultad en que se halla el secretario ele continuar poc si s,olo el trabajo de redac­ur fos a ck1s d e las sesiones de la cámara, y ·de atender á. las demt.ls obligaciones -de:: su destino. DEcB.:lTA': l.º Se estab1ecc! ia piau ae ·un oficial primt'ro el~ la secretaria dd senado con el 5u,:ldo de seicient<-)S pesos anuales. 2.º Para que puedan rt>dactarse las actas po-r el ~ecretaáo con la debida esactitud es obligacion del oficial .primero ~lrmar apun­t 1mieutos Jer i.gualmt:nte Juego que se acabe lot st:siou, de mano tambi1:n ohlig:1cion del oficial pri­JTH: ·r<) cltsempenar los délrn1s encargos rela­tivos á la secretaria que le sdíale el secretario. 4.0 ].>._:¡ nli.cial primao ckpe1-tde iqmediata­tncntc ckl 8t'Crt t.1rio, bajo cuya respousabili­cla< l e < •l'rc!l l .J ~ act:.i.:., y todo el d<::spacho de lól see r ~ tar13. 5.0 Y últimn: es obl"igacion, del oáciat primero i nst ru irse u1 c:l tit=mpo del receso d el seuadn <:n el ¡.ute de la taquigrnfia, pam que t:n io suc(·;,ivo se ll e ve con Ja mayor esac­t it uy :acordar y resolver lo ~iguiente. Art. l. En la ~ecretaria de Ja c ámara de representantes habrá para su despacho lns plazas siguientes-Pri1ut:ro: Ja de un oficial mayor archivt'rn que tendra el sueldo d·e tre~ cientos y sesenta peso~ anuales-Se~tmdo las de dos oficia!es primeros de pluma, con tre­cientos pysos ~muaks de sueldo cacb uno­Tercero: las de dos oficiales seg undos de p~u­ma con docientos pesos anuales de sueldo c ada un~ .Art. ~. Son obligaciones del archivero ar.· r eglar, inventariar , cuidar y custodiar los pa­peies del archivo, y de los oficiales de pluma escribir todo lo que se ofresca ea la secretaria b ajo la direccion y dependencia del secretario de la cámara cnmo -;u inmediato jefe. A rt. 3. H!ítíco de· lt~s y c:st<: hlc·cimir-nto final de tales rcl.acio1·H ~.;, pi;r biemo espaiíol que el de Haytí no habia tomado parte algu• na activa en la conti~nda de la Costa-firme • Ordenó al contrario para la satisfaccion de los espaiio!es, que los buques qu.e conducían emigrados á Margarita y otros pun'tc,s fuesen rejistrados por los cruceros de Hnyti con la mayor escrupulosidad. No es esto apo .. car los importantes favores que el jeneral BOLIVAR, hoy LI.B ERTADOR presjdente de Colombia, y sus desgraciados campaneros d ebieron á la jenerosidad particular del pre• s idente Petion. Mas, es notorio que el presi­d~ nte Petion procedió en todo con tanta pru­dencia y sabiduria,que el gobier~o español no ha pQ.dido jamas hacerle la menor imputacion de haber infdnjido en manera alguna. la neu .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. mlidad, que Haytí com? tas p<1tencias _de Europa y América mantuv1er o 11 dt.~dé . . ~1 prm­cipio d e la actu.al gucr~a c~e E sp;ma c~n sus antiguas co lom..ls a nlt: fl~anas ha~ta e~te di~ . Colombia está, adunas, hga•la p·:r un pa ... - t o solemne de a iian za y c1. 11~ - dl: rac1 on _perpe­tua con Méjico, r l Pc'rÚ, Chíl_::." y d R10-de­) a-plata con el objeto d·J conunuar l~ g1~rra contra su cne rnig<1 Cutnun el rt y ~t' I·~spa na Y aun contra t u d:2 e!Spl'cie d e . d o mm~c11 >1l es­t ranj er'a. Corno Colc>mb1a m sl1s ?laa .l<1s h~rt recibido la mas lt:ve of 1.1sa ~e .ia Francia, Ja alianza propuesta t' l']lllV · ld na a Una r~o­Vocacion espantosa de tl U t' ~tra p ;_~ rfr t que llií~ guna pokncia ~rñt:r ÍC•i11a ó. eu r' · p~·a p odna aprobar. S~· mt' jante provuc acwn h .rJci un Al~~ comlidcrai..>lc.~ á ltJs i nr .~r .. ses dt< tud"::; lo' pal· ses a1ne r ic:m antiguas metropn lis, sin <.'SCl·p t1 1<1r H -Jyn. . . Puede c unvt·nirw f.ci in11 ·nte en ~ I pn11 ct · pío ab<..trél.Ct<>, t:'S decir, en la Wt'C1:.· s 1daJ que tienen codos h~ !{'•JLü··rrios >t• l\ t" fl t:.t\nc.s d e t' ll tend·. rs~ a l ~ u a r\ i.1 p~: rf.· cta1n ·nt.· ? •>.itrJ tüJo :iltól '.1erlo en ej t:circ1on t s n tce -;1.1no 11sJr de m11 c?a pru­denci. i v dt· solirad..i c u-c1111s:)ecc 11111. El muo. d o ant 1gu•1 tiene fijo-; sus ojos s< 1brt< d ll tlt:"VO p ar a üh~~rv •.i r cuidadosa 1ne~t<" todas ~Us n 1e. diúa "> )' , XdmÍndr en clL1s, :,1 los t'lt ;.t ya 1. ar¡u ;_:l orden, regu­brH, 1S d t-n: chos Oé ot n.ls, que \'S indi~p· · n~<.lb lt: . para Cf·>lo c:<1flllS t:n la gran Lmifia de lus 11.ac-1nn1 s ci vi1is:1 rlas. Ei m lS lij.e •> d 1·s~ w d,- : ~ i ..; f ir. in;-:s, usos 1 e' .~ t un1 bn:s t·:;t:1bkc1! l la (.r •pU·-"'' ·' '! ~ L t 1 n _ - biern1> 0 ,. H -ytí h ;1 di ri l' .r. 1 al rl t' c , ,l, >1'l'lb1a p llr ,,.) <: · .i u lu ~ t · • dl• ""\'. s• ri :J n· c . ·~.l r '.' -' C• >ll ­su itar a sus .1:HJ'>s. l c.n 110 e~ p 1sdHe c¡ ue la asam b i· .J ele lo:. p k 11i ¡1t1k11~ i ., n · •S 1::: td• 11 ·s )os t'st~1 d n s de la A .11 é 1·ic..i ;mt . !"> ,-..,p·1!1.' 1Li _:e reuila en P .:l ta ' i• 1 • 11 t ._i , , d c11r:-. > d . l ;.tn !,> entra11tl' ' t:l de e .lo m l> i.t se ·1?r' .vechar_11 de est-l o 1J~ > rtu nid c1d para e 11 1 v ~· :ur con d1- d1· 1s ~l 1acl.,~ ~·-brc d p•e t·n 1¡u t:L lk1~ ,P' - n ~_ r:at> t ' ll ¡,, s11cc::!:i1vu 1..is· r c:1<1(;t .. •nt·.;, P"h t1cas v mc:-rc:mtil - s de 1.1-; dc:~! :i s porcin11.l s; de nu­; str<. h ·· tll 1-,.f. ril;, que t:'Stan ~lt: h. ch•) y ?e ~-e­r t'C hfl se paradas de sus i.1ntt~11 i1 S m .·tro ¡:q.is; I:~i1 t O\lC t S, s t. il or, este n c:go c 10 se e x..11111 w tra. con a11ud espiritu de l i~)1:· ruli d ad ·J~H: C<1 r..i.cte­riz. i 1a pulític" del g 11 b1. rno ~1.· L:•Iombta y s us ";J \i ad Speri>, se nor, que v. V{. rá rn la t'~· posicion franca y s111 ccr;! c¡u -: ae,ib" de h:·1cl.·r una rueba ~: l a ru y c 11Hv1nc• ute dd 11i t::~L· s '1 ÍÍ ~ir Cll- ~ dt.• d 11Ú111- rn l. ::> al 10. han a11me1 1t.ado Cl>lhtd rah!l"m_,· n t :.: t-stc intcres, como) t<.1mhie a nw. ~tra g ra:::tw! y pro . fundo n ·sptto .a la 11 1;:1 ~1nr i a dt.:i pdúrt: di.! H aytí, d prt>sidentt· Pd11111. . Eutre tunto, sdi•lr, ~l' ng1> la hfln:-a de re­novar a V. las seguridades de re ~ pdo y consi­der. icion particu lar c on quit quc-do de V. muy humilde y obedit·nte s ' rvid..f. ·cto.,· rlr- in Jn1111 que lza11 .r;a. !1ffu d~ Lns 11 fm :1cP11 ,,~ tÍr• ('a - t -',f -· 1u1 pa ra les de G ua nr¡1~1! , y r;:¡e r/14u·n Nm/>.'c tzr~·t> t> 11 n¡u i- ·' , - ' j:> fi p rlr 11 11 t1.~ f r/J rf:v .. f;1 i 1' lllt:r vefas. 30. F.,ri•Jks ck t ~dc o . l. Q !1h:tal i!o ;Jc:¡rr: tq. l. C ;1jon 0 111 ,l üO talcos. · 1000. Ptcn chas dt cobre. 7. C ab l1 s. 40. Q ~ ii11t <1k'> de j~ reía. 2 000. L !l>i-as c 1:.: v11::; ck c1 .bre. ·100 . Tir. is th- m t tr~:l lu rt.._ 1 calibre de á. t 8. 500. r !- -' k - 1d- (l1 -id-de a 8. 22. Cld h i ' dv 11:1.-t:.i. · 21. 20. l l. soo. Cw: h·::i r :: <; cid c11 libre el<: á ocho. c..¿11 iuu l;_ s / n10 r/e la r f'públ1 c:ri , de Co­/ nm!i :a, y .Twm Jlmw!/ Arr'41>!r1 e tt ¡_Ja r/muJ Je In m;sma. ,.¡ pnoi-c.•ro t'n 011 twl ',¡e esf<¡r autonz:ado pl••l1,1m t-JJf!" íWr S E . ti Vl{:epre­' 9'tfe11te J, la Re/Jú blna cncti' {;' á c:m1st-cu 1·11c1a de la lt•y de 4 de a.za.'lto prá;:crmo pa.r;ado. y d !J'""f{Umlo de su libra' y es/1fmtcínea v ol por . ntrn.<; dos /ienodos .~ttr.es!vo1 ' dr: veint1cincn años cada uno, purliendn devn!. verla en cua/quzer tiempo a l E ,<;tQ :/o si~mprc que just'.firue.que los lr'1hajo.r em1?rend1d~s r.o producen la utilidad carrespondzcnte a lo~ gasf.0.<1 lfW! erogu e. 2. Juan Manuel Arruh!t1 ae obliKá Ó pagar por este arrendam1ent11 Utl cmco por t;it'nta al año del capital á 'Jl" monten itu rzvaluo1 de la• casas, máfumus y utencilrns, que ac­tNalmentc 1e 1n~u~ntrtn •n la e1presada mi· na desde el áia en fue se ha/ftt r.ar.!fn de ella, fUe será antes de un a fi< cantado dr:1dc la ficha de este cmt'trato. 3. Jaan ltfanúel .,1rruhla $t: oUiga aáe­m&. s ,f .t ;ad'ar t>ot' este arre11da11ue1110 "' '' sPf~ . , / . _, por ci ento ntes 'I que suces1v~ mente s: pu1./1cart'n. El mortr; áe pagar el .f.C'l:'i por cte1,to se co~t1i·n. drá de la ma11~ ( a ma.v rpgu!ar !I Cóf1Vt'm~nt, .. 4 . At t~rJ1fi1iar los tJe1n ,-1ci ntrl rii1 o.~ pnme• ro.t a r rt'ndam;r:n!f.I Qh.mnrá d goh1,.rno a Jurm 111'tln11et _,-Ir ruúla ~¡ u11lor d~ fr1r!as fag m,..Joras 9ru deJ•re hc·r::has l' Pl la ~s in ,·.Mrfa m1n;1, !/ CUtttU/n t'/ /( Ói~rno nn ¡; u~/1-r.ft- /1t1grtr d;dws m rj ore.t se r o'!1prr..m r·fe <1 p1;gor un cmc•1 por- cit>nfn anuat del r.ar.,,1al q1tr- vn!gan .. 5. E 11 el nrftmddr11 tr.1110 f/c- In m111a d,- la R a;a se comf)refi,,ndrm ?g1tnlnu,n1,, rfllfns /og m o'ntes !I turra.f mlyact:nft'., r,·r111 f(J) que no esced11r1 de tina lr>gu-1 cNarlraría, ,1/ d, ~·:lzo..t mrm· t~.~ y tierr'!s uan de ia pt>rft"n1 nr:11· lft> la Ne. p .ii áitca. /4.-n caan ~lt- '/Ue el g n!ae1 '"' l~rn~ urrendar otra 'T,,. z la ,,,J·n 1·/a tmna <Ír! /r; BaJ<1 con las t:(JIUÍ1Cit11ws </"" cu.:ilqwn·a ofrn r>f.· ,·w~4. 7. S· du"anfe ,,¡ a rr c 1·1d·11wf'11to ,.¡ g t161.er­nn ¡;, ~ ,·e tlflf ,-,nzru/o /;a , rz r• 111~f· 11ar /,¡s nnnas ¿,., f,\ta.fr> Ju·m it./ '''~il"Í A o u ~Í11 d e!Jt' ~ef' prr:J<:n.fo ·~ ~tta lr¡u 1~ r·a otro. 8 Dr: la p.-e .,·r·11tP ro :1l r 1¡f.1 -J" . rla,1·1f rupic autl itt icd ri .fu"' :l/((:111 ·d .. 11 · , ,¡-·,: 1. J~n fi: fÍr :'o l' !lrll / ,-,., ' " ¡; ::;c r t s /1,,.m• s '/ir. V!flrfo ~ste tÍ'ICll'll "J/ta t!T1 la f " t 1 t r :' rf ,• /1' ... l:{t •ftJ á r¡tu :;ce i lÍiv1u ro,1t1c1- mitmtss wlqu1r1dos y de autonzat.wm y /1er­miso prrv1u r/, l K" hre1·no han c:wn'emdo g cmn•i :?nen 1m tas re/Ormo,· !} ampltucrnne$ de /<1 ant,,r;or c.;11t:·at a. , que .~1· .r 1¡;ur.. P rimera.- El arrf'1;<Íanlir11fn rleloerá ~n. tenri.?rae n,, solo lÍI' la n1111Q " mt1ws tMri1.'1ra­d.' 1s la /Jc~ja .mw ta 11dn,,,h dr /as 9ue se l1an cono:l(/a cv1z r:i de · ía A lta. lf' "~"lo la u;tcn­C'ion del ¡;o h 1~nw y la rJd rz r ,.,:w!rzr/nr co111pre­ll r: JJ(f er l<.'3 0•1l 1f!U".f rrfJft-j· dt mi11av t¡ur: es• tuvie r en ai:'1 f'S!1d1 !1 - C lf!" ~· 5 . tr 11n ! ·.- .,1:.'l m1smn sr 1•1r1i,vn1 ,.,, el arrenfJ,;1nie11t(} con lr1J "lil.·1.•ur.tmbrado presicknte de la cámara de n :present11•1tc:s hizo un pequtiio discurso dando l:as .gr:.1_cias por d honor c¡tte se lt: ha­bia confrríqo, .y entre otms cnsas dijo: "Los priucipios que arre~ian d cütnpll­l'riiento de los dt:-be~s de vuc ~tro presi­. dente,, se C(imprendt:n ·con facilidad, aun­que ~.u ·aplicac.:ion en la ¡.,ráctica es á n1énutto sfJmamentc delicada y c-mlxtrazo~ ,., " Ex ijt'n prontitud é imparcialidad al de­cidir la~ "-:.:l"i,1s curtstiunes de órckn fo1::go que 11<1p· n-; firmeza, .y dignidad en su comporta-­ci1111_ h :1cia la cámarn)· paciencia, buen h umor y cm ki-:.Íd para con todos los miembrc:>i in­rliviuual tt1en tq y d mas acertad() . arreglo y empko de lns ta!Pntos de la camal'"a en sus comisiones para t:l mas pronto despacho de los ncgycios públicos, y la manifrstacion mas irnparci<1l de todos los asuntos que st: presen­tan á nuu;tra cons1deracion, Se e)(ije espt'cial­mente. en aquellos momentos de ajitaci<.1t1 de que ninfiu·na asamblea ddiberafrva se h::t­lla exenta, que se mantenga con ~ngre fria é inmu"~b!t: e·n med-io de la tormenta e sacrifiquen á las pasiones~ preocupacio­nes, ó intere~l·s dd mom~nto. En talt:::a uca­sio11e:") t·5, si ñort'S, c¡ue vuestro pre::,icknte ne;.. cesita de todo vu<:stro apoyo·, e-andor, IilJe;.. ralidarl, y juicio n:·cto. No suy bastante pre. sumido para promt:teros que llenaré los ár. duns deberes de qt~t: Cl.cauo d<.~ daros un bo3. (}Uéjo ímp<.rfrctn. Todo lo qtk me atrevo a f<:lCer las t:spe­r. mz:1s que n1c honran tantp. ,, El Argns <1t:iad1-: ' ' dcsl'amos que e§tas lec:. tion s de! \'etttano nav1.:gante Clay, sirvan de nort.:: a los timonéie!:> actuales y futuros de nu­estras asamblt>as popu!ares. GT Nosotros ha- 9em08 igualts votos por tl bien y utilidad pública, y para que nadie Yuelva á dc:-cir en Europa qut:. mJestro cuerpo representativo de­libera con precipitacion. CONTRADICClONES APAllENTES O MANIFIESTAS :F:.i1 el Cometa número lo 0 artículo ~udarlanos gobernantes de Coloml>ia leimos éstas notables y justas palabras:" en gobiernos menos liberales los escritores son tímidos y equivocos en sus conceptos; por t¡ue la re• compensa de la franqut'za es la muerte ó fa cspatriado:i _ cubit'rta w podemos cen!'lurar á los qu(" hemos e:n~argado del gobierno! /01 laech6s lwsta ahora han correspondido á estos prir>~ipios. ¡ Plegue al cielo que nunca sean de1;mentidos én Colombia. ,, A la vudta de d0s mese9 bos encontra­ifios con que en el mímero 5. 0 se olv!pa ~sta Gonfesion y m: hacen recuerdos de hechos antiguos y si:. lt>s reviste de un caracter absolu­tarftt- nte falso ó eqYivocado. ¡Qué dift:rcncia ~n. choca~1te en escr'itor~s .encar9?d.os de diri­Ju' 1mparc1almente .. 1a optmon pubhca ! Cuan derto es que el hombre no siempr~ sacrifica l\l~ pasignea á lo.juito 1 razonable 1 PRIVILEJIO ESct.us1vo W elwood Hislop del -comercio de Jamalc. solicita el privilejio e-sclusivo de juntar los dos mar~s Atlánfico y Paéiñco por el punto que crea mas ventajoso, ya dd Istmo del Darien 6 de otra parte; sea abriendo tm canal ó un camino de ruedas, bajo las condiciones sigui .. entes. 1 ~ Que este privilejio sea por veinte y un añus. 2 ~ Que se le permita cstal!>lecer un de­recho sobre toda especie de efectos que sean trasportados por el canal ó ca_m ino que cons­truya para ci1ya conduccion debe tor su natunde- 1 1 za, por hailarse en cinta en el octavo mes.• tCon efreto, el moti se agravó y el di:, 1 último dd proximo pasado diciembre j d~~ á. luz ~r:i;Jat~r-.m1cnte \.ln hermoso nmol que \t1v10 cmco horru; y alguno 1 minutos; la enft:rmedad dejeneró lueg.Q J..:n distntt'raat y tedt"s los t""SfuerzG>s y 1 1 cuidados dd prufi:sor Chaine no pudie ron contenerla. 1 Si alguna vez es perdonable un es \ ,. i ceso de dolor y sentimiento, que acaso l la filosofia desaprut:~a, .. pero que _el co. · 1 razon no puede res1sur, lo es segura l mente en un esposo como el sefior An 1 1 ~t'rson dotado de u~1a esquisita sens_ibi., ,- hdad que v~ desaparecer como un r~lam. • l~go, .la tierna compaiiera que con 1~ 1f: ulzura incomparable de su caracter, y"' con Ja- reunion de todas las virtudes do- l mésticas, y _sociales, formaba sus delicia. 1 !a dicha de su familia, y el encanto dt-la sociedad ¡ Ah ! no so~o el scfior An- 1 • ·fdersan debe vertir lágrimas inconsola- : lbles por tanta pérdida: no solo~ sus....ti . i ¡ernecillos llijos, deben volver atonitos lat ' ·4vista hácia el lugar querido donde soli- ! jan gozar de las carie~ de su afectuosa 1 madre: no solo cuantos tuvieron la di'- 1je ha d~ haberla. c~noci.do, ~ienen que la.'l Umentarse del vac10 qne deja en sus co-azones la falta de su.¡¡ graciªs injenuas y J encillas¡ no; no 86llo estos -~º loa ~sta· ¡~~os-Unidos, y toda Colombia, deben ll~·r1 car }a suerte de esta !'°ujer inimit:able ! ¿y ' tJ~c pued~ ~t:r mas mteresante a un puisr~ IV~t'tUOSO 'f libre, jia á nuestros d1.:f1.:ctos mas nE~blt:s. .~ No, n~ hay pueblo ·tan ingrato t:,naclures, r~pr':;sr:1 .tan~t'S, mi11isttos de la] 1 lcortt:s de 3u:,t1 t-:w, CIU respetfl. lt1ks, emplt•adr.1!i de toda 1.:·spt:cie-, y un in­t ¡m:nso je11cío de ambos St'Xos, qut: cu- , ,)fla b~. C tnn lu n1as clncia incscrurtables,11 'jra traní}'ll1hdad de vuestras conc1enciasl c;tl espirar, y las lágrin1i.ts de todo uni 1 pUt:blo derramadas sobre vuc:stra tum- ' sncuentra mas estensamente desenvuelto el proyecto, y sefialada la mo­derada pension con que le deben retribuir. AVISO. Al coronel Francisco dé Paula Velez se le ha perdido ui1 documeoto importaute mil qmmentos ochenta y dos pesos cuatro reales t]Ue !e le deben de sueldos atrasados-pagadeTOG desde 1 o de mayo de 1820 ~asta 12 de mar­zo de 1823. Este documento no b-.& sido en­dosado ni de ningun modo enajenado á na· dre por el .interesado y por tanto se avisa al público que cualqui€ra que sea el poder en .que se encuentre nó tiene valor alguno y que 'Solo es valedero el que se le há espedido por duplicado con fecha 4 del corriente enero. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 170

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Gazeta de Colombia - N. 148

Por: | Fecha: 15/08/1824

GACETA DE COLOMBIA .• BocoTA.- DOMINGO 15. nE AGOS1'0 oP. 18:24,-14. "J'íUUESTRE 11 E sta gaceta ... ale los dommgos. Se s!iseri~e á t:l1a et'I_ lus vrlmmrstrar.ioru:s d~ cu rrtJl),f de /Jogota , . Caraca , Qmto, S rzntama ... líl , 01trt()jena , Popnyen , C1~a.rá ; Pa11am t1~ I.a suscncton, anual vi.lle !.º f~·. 5 ''!'del semestre y 20 rs. la del \ t n•1,,,,.,1re. El ed1ttir fÍu·yrra. los 1111_ms. p or los cu1 r eús :í loi ~ susc 1torn:' y á lo,\· de: ~ta ciwla.d c11y11$ stucr;<:1 f.!11<:s rec1!.e el ~ c 1udatladn110 Rafael 1l:lecltllúr, Cultlüná -; Guayaquzl y Moracazbo~ P .'orea,en su t zrnda de a oa//~ l. d~I coriur. ~ INTERIOR .. LEY l>ECLA n A Non L OS e "A sos ~E INTKRC ~~TAK$ ~ Y ~-N Q_UE PUE ~ EXAMINARSE L A e t) R B ... s· p o Ñ .ó E. N e i A p A B. T.i e u L A R. El senad() y ccfow m áe_reprcuntantu dé lo repú úticsto ~n el cspresado ~ n la ;s c~sos siguien tes - P s y corre!apondencia de cual­< Jl iicra colo mbiano \Í otra pt:rsona resi pruebe jmr te~t i go~ Singulares do~ ó mas acto& y exi\·mfoarse los pa pe· lc~ y c artas d~ 'fUt' habb d parágrRfo t ercero se V<"r i fi cará d 1'xa111en t>Gr autoridad compe tente a presen. ci-a del inwresado á quien ve11,gari diriji clos; y ~n d caso de no e nc•mtr.1i-sl· é ste <"0 el lugar ~n la dd procurador j (.""tit:ral ú . otra pt·rsona J'to1nhn1da para el efecto· que fi:-rtn rá c on d ju<"z y ~scribalio; ó te"stigos en su d& ctu, 1':1 dalij~Jlt·ia ~1ut- -se pF11tr€g aráh en el actq :l<¡uit:n se diriJc.n, ó á su. poder¡ pero en el caso. contrclrÍ'? ~e reserv;.1r-án por la autoridad cnmpetehte ráta hact.r de ~ llos t:l uso que oorrttSfJQ~das . A rt. 4. 0 En los t1ci~ s que mjm¡trcn los pape~ y cartas reeonoc1da:s, siempre que e-stas noücias St:" \•e-rsen sobre asunto5 nu rmnc 11t@ partic ulares. ~ Art. d. ~ Si alg•.ma de las p ersonHs <)lle' ~on c urnc: re al e:xamNt ó ré"jistro de c¡uc:- s..: trata en esta k·y, comuni-care ó divulgare fos c o n ocimientos )' noücias puramente. ¡>a rti cl\~ lares de CfUt' hrobad¡\ 1<> a ccion se le. condenará ~I resar.eiiniento de dJi'ios y p e rjui­ci os~ é incurso en las pco:is qúc lSt."nalari la fe . ~en t;.¡1 1 tl::i J u s :<. R A FA E i. ·l\rb gQ_u f: R A~E l secrtc t~ff¡ü d el sf'11ad o .A11to1,;o J o;>'é Ca..-•-El diputado secrt:tario de la cini ~1ra .tt·jer la pru¡rngaci'>n rld cristianismo y l~ civi lizacion de la-. trib11.s de iudij t:rnts j f" n t i­les q ue v iv~n crr,mtc:s d entro d~ los lÍmites d e su territ<>riu: 2. = : Q 1.1e p<>r c onsl:'cur ncia de fa gtierra d e i11dq >cllrltncia no h .1 ~i c;fo p1.>sibfe fomen­t ;:tr ampliamente las· n\ ;si:mes estabkcid413 en f,1v ~) r d lT t'jecutivo d~ la~ tier. ras \'alütrn qi1íais, n:j1d.is y g· ,banapu­t: sto para lus d ~ rnas de 1.1 Rq1ublica. .Art. 2.-::: H ará se auxilie, en (manto futre posible, cada un.t ele cli c. has tribus con lo n t .c <:-s ario para ~u estahlt>cimiento á pru­p or.cion pe su llÚmero y de ~us m c o.:: sida­des, hacíl·ndo los g astos dd k som púu1ico. Art. 3. ° C onfurme á la k-y hara que se provea de I>i'.lrrocos S l!an secultires, ó regula­r es, tanto á las nuevas pub laciont"s, .como á )as antiguas que r-arescan de ellos. . Art. 4. : Cuaircb en una füocesis no ·hu­biest: suÍi.cit:nte número de eck~iá~tjcos q\1~ se puedan . dt:stinar a las m isiones, los re­gulares ck otras dioct"Sis·se tmplt-arán tn este ministaio y d poder tj t-cutivo dará al efecto bs 6rdc:nc::s cvnve nu.~ ntes cJC.iji1:ndo prt'Ces1ten <.' 11 la!> iglesias de lo& conven­tos sup~imi~os, 6 .-¡uc:- 1io s~ hayan aplica.ha a otrus 1gks 1as, y t""ll c ;1~0 de <¡tic no haya ~ll l o~ convi:-nt'>:s sliprHuidos los f)ar:1rnentos ne­c es a rios, d puJer t-j~cutt\:'O hará. del t~soro público los gctstos ind i:,peu~bh s p~r. . el ser­vido d el cll ltn. eu l~s 1hisi0111: s. .Ari. 6. 0 .El poSJ! n Af ~EL Mosq_u .F:R A. El s~cr1."t<1 no del senado .Antcm.Jo Jusé Caro~ J·:1 'Jipu tado ~t·cretario cfo la c¡¡mara de rt:pre.:. sent=lnks José Jo,1t¡rii11 Suarrs, · . P.1taci,> del gpbiE>rn~ e:-n Bogptá .á 3 de agosto d ~ 1324-14.- .Eje.cutese- ·Fn A Hc tsco Di'. P. SA.NTA.JV'DF.R-Pur s. E. e.1 VJCt­presidcnte de la HepL.iblica Pnéargado del pod ;::r t"j t-cutivo......:..E1 SéCrdariu d~l intt:tiot .Tos"é ~l1anutl R.EsT.a.EPoi LEY-DETA Lr:ANno LOS C.Á S! 1S . Elf q_UE RA. LUGAR EL .ALl.AJlAMl.ENTO DE CASAS" RI serl'(ldci y ~ámarr:z de rr.prt-.ft'ntontn dr- .'a · ~­púúltca de Q.J/omhui rt'unl'io6 en congreso. CoNSIDERAN Do: Que por el articulo 16g dt> la constitucion se prC"vi1::ne c¡ut: nunca podrá st:r allanada Lt c asa de Mgun col<;mbiano; ::.ino en los ca• sos dt'termi_naélni,; p(lr la lc·y y bajo la res­po11s0bilidad dd ju ~. z <¡ne e .. pida la orclt··n; cuya dis~osicion c11n!'>t1túcic1m1l 1 ,lJliga á fijar y d<:krmtnar los casos t:n t¡\ie puLda- tener lugar d alJanami~nto ; y d modo de t.$- cut.arlo; . DECRl!:Ti\tf." .Art. l. 0 La casa de un cnl<;tnhiano pndrá. ser alla:11ada en los ca&os siguienks. Primero': de inct:ndin . 6 inundacion y cuando St' ad­vlt- rta asfijia ó muc-rie apart.nte causada por el rayo, los var,ores dd earh•.•n. ó et~ otras SilStane ias, y nn ~etá l)t'Ct:"S.trio Cf ue se pidá at1xi ii·o. S<:gundo: cuai1do se t>igaA voces den• tro de 1~ casa C-JUt! · anunci<·n t·starse ~ome­t i ~ndo algun ddito, Cómo f t•PO, asesin~to ó \'lobcion, o t:stat- on riesgo de pa&·r l.t vida tiolentamente alguna pers~1na, {i cuando sin oir~e voces dentro de la ca~ut se tk nuncie i)or testigos- haber "°i sto per~ s o 1ias c¡ne la han asaltudo ó introduciclcio de la 11ochc. En t-$tos casoia 110 se espt:ra­rá á que se solicite directament~ d au­xilio. - Tercero: cuando ltn tnnrido, pa· dre, madre, abuelo, hermano, tío, tutor, cu­rador, u pu blica para dc::»truir :.u gobim:io. Se:ito: cuau Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. do resulte ·que en la "tasa hay fabrica licita, ó en fundarr. t'ntn ~ 11radas en las ca· )ks <¡lit" r11cle:..in i.J C<1!-ta, c11n ordt 11 de que dttengan y ln~1 1:ncia tkl jut·z las pcr~ 1111 a;, qu :· !->~llg~in, y las cosas que intc•llaa l·stn!".r, li :11ittt11J· ·se la urden :i srno las pt·rs .. 11;1s o e• ,as r¡i.rc el jnt z ü fuuc11.marin ¡itil111cn rlt .. ~1g11.ir:i con t·spt:cili­cacion de l<1s ~t:l),1i e s i;)1i1vidu <1l1 s 1111e l.1s t:i!­racterícen, St gu11 d rc:-cl;.1mu ó inf;,rmc que tcng-a. Art. 5. ° Cuando lnya lug:-ir al al!anamien. to el juvz ó runc ionario público ac<1mpll chkcl•> dc dos vt:cinos lionrnc.l is, se 1 • rl'~c:11tar:Í t ' ll d pllrt:il ó primera pit:za de h1 ca::;a, llamará al due­iio, y le h.1rá &abtr r¡ue ha decr<:'tado el alla­namil'nto . confi1r1J1:: á <·&ta ky. Si se m·garc 11:· hará segrn.da i11ti111 ::cio11, y si á ('Sta tambicn se m·g•ire i:roccrl · r;Í á allan:ír la casa, va­li...: ndose Si l.1 l•tl ·. rta c :.tnior de la t:i.lsa t'~tuvit'St.' c <.:n-acb , 1'.! Jii .·z ó funcio 11<1:·j, 1 pÚ­lillico lhniar:i ¡.ur l'• s \!n>. s l'il voz <:!t;1 ..:u ;1 intervalos r•-¡.;1il .. : r1: ~ <.1UU !1CÍ<111d11 que e~ h1 ¡11 1- torid<'. .llrt. 7. e L.1 r v ~i ·-.tc ncia de que h 1blan l1 1s artícul<·!-i 4. 0 y 5. = M .' C < 1~t1~:1 rá cnn una n iulta pistular ::;i1ruen los cast ·s c¡ue de!--igne ),, le:-y. .A.rt. 9. e En los casns 3. e , 4.. e , 6. o y 7. 0 del ~trtL· ulo l. e d allananii•:nto deb,t:ra hucer::.e de dia tomancliise las prccnucioms de que k1bla t>I artículo 3. e dun:nte Ja 110. che pnra impt·dir la fuga ó {-Stracci,i;1. Art. 10. En t-1 caso 5. 0 del artículo l.. 0 podrá hacerse el ~llanamiento que practicare p~:ra d :.:!la­namiento, y ele s1.1 rei:.ultado, poniendo por cabeza las dt>clc;racio11es jutad..;s de t·o ucac11.1n, hosp1ta. les, hospicios, cuartc::t.-:,7 oficiuots públicas y cualesquiera t:'difici(?S pertL n. cit·nt1 ·s á algu­na s{)cic.:Jad p:.1;-t:cll:,1r, la intimacinu de que habla el artícu io 4. = se h:1ra :.ti juez ecle .. siástico, cur~1, prl'iado, n ·ctor, din::ctQr, co. nlandante, jcfr. pre ~identv, ó ~u ¡wric •r res­pectivo. Si t:s igksia que g .,za d >l dere­cho de asilo, se ubsavarán las leyes vijen» tt s en la mut(~ ri;1. Art. 13 Cu ·rn~ln la c~sa q•.ie cL ba allanarse en los ruism o:, c .. bns. ci tar.\ot; en d artículo an .. tt'riur sea cm1ve1•t•l d , rd1ii.,::;;;s, bt·nt1 rir>, c1>• ¡, jio, ó cm,a (k ;::u ucacilln cli- 11 in;;s, ú h o~picio rlt: mujt·rcs, la intilll<1C i1·1u de que ha b!a el at­tícu lo 4° s ·.· h<•d. :.ti Jtlt z u:h :-: i ~:s ticn, :.\i di rc-c­t: Jr Ó ~Upt'rir.r,tpikn ch:berá e::co nip<4Íl ':ue St> , .. x.ji ;--ren c r>nfor­me a C':>ta I· ~- Sl a l ic;,\rnn al h s11ro ll-E! p· t' !>;, :·. : ,\•.· dd ~( ·11·: rl . 1 -J os E l\1A RIA j)EL lh:AL-L .. ; r: <'.k 11tr· .·e la cá1mira de r ('prese nta: : :-e~-J. H .1 F "EL \-1 · :s <{_u En A- El s1 ·crct;;ri o (k: s ~·r. ~1d11- -- . ·htr.1:io .losé Carn. - El ciipu:a:Jo t: " r:.·, t ;;rÍ : 1 , : · 1:1 Cc'.l 111<.:ra de rc­pn · .... cnt ; 1n~t ·~;---J1:.1 r; ./. S1f// r·s - Pa l;,ci ,1 il(> , ~, , :,,. 1· " ' v11 B ·r;· :t5 ¿¡ 3 de :.1g : 1s tt1d~ I ;l:2 .. f. __ t ·: .. -:- ·- ¡·>r·r ·1H•: -;c·-FnAN­c. rs '.;1i DE P. ;) -\ :n·t\.'.\ DFH. _ P or S. i • •• el •: Íc•.·¡· :·· ~ ·i:: :·"t• d ·· l.i H e i úhlica t"ll­c ; · ··· r: ! c!·~ ·J J ~I rnLrior Ju~é .lJla­rwd H ~s'f JU. Po.· DECt!ETO. p H :\ H : 'G· A N DO l" L 1' L -~ Z O C ' N C' E DI DO A CAaf.. •S l•:sr l'Al~T C ocHHA NNE PARA E M P l·: Z .\ H l. A .E M 1' !{ E .S • \ l) E L A PE l:>C -'. DE l'EL: l. l'.S . E/st'nrzt!1>' !/. c,1 morri <Íe re/1rescntantes de la rc¡1 !t Uu.:1l di: Colom ina. rt·zm1CÍúS e71 -ermgreso 'l'L·nit:-nd ., t-'n com:idt>racion hls r~zones q11 r: ha es;1n ~ ad•i C «r!os S :uart C nchr,mnt", qu e le irn ¡i i•k11 cu111 ¡; iir t'l te11ór ele las obii­g <•ci1.m:s <.¡rn: ~e im¡H1so en c:-1 ¡irivil •jio es­ci11 sivo qn: st.· co1icl·dió á b c1111;p.aília ele HuiHle!L Bri;.:: \f' y Ifol\C.kll p :.irn la rt· ~ ::: a de pe1i .. is <:-n d té•·1 ;·i 11<> qm· :se •~si g nó u1 el d t> ­crdo de 6 d1: a ~:; · ·::,t. 1 d C" i <1ilo pni.x.imo pasad cr; y c¡11e u¡c.ti·.·ns dt equidad r1.gue dicho término por un plaz•.1 proporciu11¡¡du; DECRETAN: El ti<.:n~ ;1 0 de di ... z r od11> mes t'S sencilado en d ar :. ícu!o .11. ,;_.¡ d e crc·tq dl'. ()de ago~to clei <1 iiu 13. p~•r a que se dt<.. st· pr!11ci pio á. i:1 ji(':-5 ' .' '.I 1·~ .... • I'' r[a<; t 11 bs ce 1:-,ta:; de h Rq> tl­b !!c.~1 L' il vin Jd d1. l p ri,· ilr'j i; esc \nsivo c •.nce­tfüio ál;i c o mp :.J~'i ia de nu11¡_kil lliiJ ge yHun­< l cll , se ('~ti..:: n d l· ni de tri i:1ta lllt·st·s ~onta dus d esde d dia de la pubiic:icion dd prt::,idt'11tot de la Rt.::publica encarga. do dd poder ejtcutí vn.-EI secretario de hacienda José lJllaria dcJ CASTIL1.o. CONGRESO . Habiendo el sr. Agustin Baraona renun. ciado d cargo de senador que obtt:ma por el departamento del Cauca d congr(:"so admi­tió su dimisrnn y nombró para rtcmplazarlc ·al sr. Pedro Antonio Ho}·os. Porsigtu el indice de las comunicaciones ptJstl• das pgr la secretaria dt:l mteri'or á las cá. maras /,,jislativas en los terceros tremta duu áe .sus_ sesiones interr"mpida Fn el 11úmero 146. A LA CAllARA DE REPHESEN'TANTES En primero de junio se Pª"" el espedi .. ('nte promovido por el rt lijioso vi~itüdor de !.os ·ccmvcntos de san Juan de D10s de la costa del M ,.¡gcfalena solicitando el arreglo tld hospitéi,l de Mompos. En dos st conk!:>tÓ á Ja comunica. cirin c¡11c: el día ankrior hizo la cámara par­t icipomlo huhl"r :;iclo ekjido d sr. AntoFiio Torre<> St"Crt>t."1rio suplentt-, á cnusa de que las c.:1 :fermectarks dd prqpietario le impedían algunas VK Ct"' ~ l.l concurrencia al despacho; hacit·nd ost· p rest'nk la conveniencia de que los actos l .-¡i'.'>)ativos viniesen firmados por el propietar•:;. En cuatro ~e prcipu-;o b duela, de si las Órdents que h cien ara acqr~i0 se espidiesen pnra que las ion ele n·mmcias de vari"s d :· sus miembros eran inmediata m entt~ cs¡w .. l.Í. hl '!> pur la cá ¡nar·a, ó por el podl.'r t-} c111.n····· En !a propia f~ ch.1 :.l' pa:-.0 la t"Sp()sicion p~­rlida Cbrc: i,i se puede formar uo depiilrtL1mt·nto n­tíil el colt-1io de ordt.:naodos est,iblecido en t· ~ta capital. VACA~TSS ECLESIASTICAS. • Zu f:umjJ ·'imie1;to de !u fry se /mblzám las /..Jiesas r¡uf' t:;'"f~: :;,'en V!Jl'i lllf es en las catedra/ea rlr• In H.,·púbbr.a S!!f.f l/1'1 rt' .<;11 / /_:1 dt: las r.otrcias Bo.f.!;otá L2 d :g-ní ri ral.:Íont:s­U n:i mt:dia n.:cion .. En la. de Quito El cl t'anato- El tes• ·rero por haberse r~os­crísto t'I que l•> <:rdia ra.:: i· ·n. En la de Panamá La chantrÍt1-D0 •s c:1 11onjias de merced. En la de Cartnjena El deanato-El arcedtanato-La chantría. La tesorería-Una canonjía de merced. E" la de Santamarta El deanato-El arcedcanato por emigra­cion h1erno por Ja secretaria del rntt-rwr con lolli cum1..ntos de . su ~n1tigued~1d ele servici.o en la iglesia, test1m<>rn <11t:.'s ck su prelado é tnformes de los intt'11d e11tu; v nuttJridadéS civiles sobre su cnnduct.1 pJ;Ít1ea y :.l'fvicio á. la Re¡1úblicot. Lo:') i11 tt-11dc.:nks puL·den conforme al ;.irtículo 7 de la lt y de putrll11af1> informar oficiosamente al gobieruo si !brc l11s {' Cit.~i<1sticos que en ~u d~p~irtamcnto l1:1yu11 digdlls de ocupar las dig­mdades y prcvcnclas c·c k siasticns por su cit:n­cia, concluGta y c rJ s tu rnbr, s. El gnbterno hd :.<. o.ahido el término de cinco m e.s~s contJdos desde hoy parn hacer la prr. ns1 0 11 (Jll•-· le corresponde. Bogutá agosto 14 de 1824-RESTREPO. EMPRESTITO F.STEIUOR La 1v·g nciacion dd empréstito d -;: Colom­bi. 1 VH sin ducLt á proporcionar cu1!:iU:·as y c.u<:::,t1on{·s b.1~t•~nte dl· s a~ ni -:h: bks, p r;r que sic-ndo un nq~·1.c10 nuc:vo d c , i1\lr y co11 e:-~tc moti\.'•> hemcs '.•i:lo av...11bar prop1is1ci1>1lt"S que no ten•: mos i11co11v(· nie11te u 1 calificarlas e.le li­j c r<.~s é i11fun :la á sus ajentes, y dcspues )J rt'l: :c: 11111 (a en tnn c.:C' ~ es pr11cukr cun iije. n · z :1 ª ' ·v11turar d juicl"l. N .. s ,Jcr .. s fH1th.n 1us as·. ~1in1r 'f'Je ¡m: vienclll c-1 f!, .bit:r11" q11 c la nnv, dJrl r mu1:!i·)s <>jos y por muchas n1 an11s, y m1ch se li.t n.:sut:lt •' si11 o ír previ:.i­Tnt nte c-1 dictamen ckl C l 11tci;:jo de g ,b1{'fno sin enil>argo de no ~t-r caso cx.ijido p L·r la cun<;ftu c inn. Por t:I Último correo ele C i:.lrtajena t<::ne­aw is noticia oficial de habl r ~mpezado a r t'CÍ­liir-;~ t'n a luellél te~on-: ia parte dd producto ele 1;1>ran z;.is cid intt-n­dente del Zulia por suple- Pesos-rs. m1tntos qtH: h izo al aario. 64,141, 5, • Id. Una á favor del mismo como apnderaci.> del señor Manuel RJmire:-z, tambit:n por supkm-:ntos. . • • • • 7,000, ,, • Jd. Siete, a favor del sr. Mar-cos Antonio Marcantony, 71,l-'1,, s. > G..l.CETA n~ C·OLOl\IBIA.. como apóderarlodel sr.Fratt.. 71~141, 5, • ciscoPenot,t.-n p ;:gn del prin-cipal ~ int1.:rcs!-s de una dl u de su. plt-m...-ntns hechfJs ul t'.rario. I,~49, 4 • Id. Una á favor SU• ra s en p.:go de su deuda reconocida como c::s-tranjera .••••••• · • • • .20,90, 5 Id. cinco a fovor del sr. Ma. nud Marcdino Nufies en pago de SlJ!) co11tratas, como ast ntist<-1 dd krc'"r departa-mu ato de marina. • • • • • 50,000, ,, • Id. 19. D. is á favor uci. Híslo p y <:o mpafiia en pago dt: fu. sile-s. · • • • • • . • • • • • 15,000, ,, • Id. 22. Una á fav or del seiíor Maurn:l R .unirez en · pa(J'o de libranza dd i11tendcn~c dt:l Z11lia por ~up le mentos ·que hizo al tTario. 8,0-4.3, 3 ;. Id. ~9. Una á füv nr del sr. ';y cli\\'01.J1.i Hislnp t:ll pl:lg<> al tTd r ii>. • . . . • • • 12, 750, ,, • Id. Una á f..i,·or d el mismo sr. B c1ral t, corno .a1>0dcrado dd .sr. S e bastictn Torrea bu en pago del prí11c1pal e intert:ses de- su crédito reconocido por el mi8mo motivo. • • • 10,181, ,, • I.I. Drns á fov"r dd sr. José Simon P1:.·ña en pago de li· hran z us dd intendente del Zuiia po r supk-mentos 'JUC h ; zt) al er:.irio . • • • . • 9,997, 4 • ld 19 Una á f.ivur dd sr.Ja ;n es H ('.'nckrson por dinero cn-trvg 1<11 J al g •)bit:rno ••.• _ 6,9SO, ,, • Id. 21 Una á favcir del sd1or Juan B ernardo Elvers. en pag."l de fus~b~ que ven-dió á la Hepú blica. . • • 16,000, ,, • Id. 25 Seis, á favor dd sr. Mi­gud Calvo, como apodera­do de los señores Felis Su­reau y Compania por el prin cipal é intert:st'-8 de su ~ cré­ditos reconocidos como deuda estranjera • • • • • • 35,328, 5 • Id. Una á favor dd mismo sr. Calvo ptar su júbilo y gratitur) á l11s (¡ut> cun ~•Js lur-:ts v su es¡Jada h:.u1 fundudo lu H. pública. El r~ CUt: rd•.1 dc.I u ~ li\·, r~ .. . ¡, ,cfr.- /J,;!J' IC<.Í . .,':" h:t tf; e" tuado en los er pro,q111c1:,rh una t:iocue•iCc oracÍ; ;11 d l1 .!'-IH rt <:-.ptd1cicm,\rio, y que ckspues había m,,~tradn su n1ist:ric11r. día u;viundule t-1 ejercito Jibt:"rtue en d rango que actualme11te ocupa. Pür I~ 11oche M~ lt-gante baile en el palacw, cuyo concurso fue tan numt·:-o. so, como magnifico. El miui':ltro de l:is Es. tadt,s-Unidoscon su s• nor::i, V los s· il11rts comisiunados de &. M. B. l -b ~·1i:t<>n r Ht·n. der':>nn tumbic:n C• •ll su bt Íi• .ra tuvl1::rou la buncJad d~ c1,ncurrir á !;;, fu11cion. El dia 8 ccssi tndo el pueblo !§e reunio en la idameda de S.invin: .ritw á manif. star sus bentimit ntns dt: p~trÍ1 · ti1>mn, d<" fr¡¡ti.:rni­dad y de grutitud. á ~u~. bt· nl ti.tet< irt·s. Los cuerpos milit<.irts, y a!g111•as f,.1; 11i : i ~1s cnmicrun allí. La fra11queza y 'I · dt:'cur11 rt·inzur. No t'S dable .re::ft:rir la unirin y !:>et1tiniiu1t":-1 rp1e h emns \'lsto ~n c:sk d1a; t111~as dt· la g'l guL:rra. INGLA~rERRA. ( The Tunes 17 de mayo) La cuestion de reconocer como indepen .. dientes las antiguas poscsio11es de Espdna en América, ó a lo menos aquellas que n0 se ha­liun t.'n estado de guerra civil, cada dia llama mas imperiosamente la atencion de Jos mi­nistros. Nosotros 110 queremos decir que la política de Ja medida tomada c0n rt·specto á las cortes estnmji.:ras haya sufrido alguna nueva altt•nwion, por que dtl>d<: la puhlica­cion de a• ltidl 1 polÍL!ca nos part:"ci ó !-ll r rncues­ticmal> le; pero por lo que n.> ~pecta á l1)s' in­tereses dd corrn:rcio britanico ha \'t.nido á. ser eJ deber inmediato del gubi1-rno adop­tar una conducta mé:ls decidida. Es imposi­ble dtjar empréstito recibir~n 11ue­'\ las ·obJj:;acioncs por la mi5ma suma y con las mismas condiciones que la~ que estt1ba11 en circu~acion. Estas oLligacioncs ('Stan fir­madas dd sr. Hurta.do ministro plt:nipl.lh.:n­ciario de la república de Colombia. Por t:st.¡ noble y sábia conducta, Colombia conci!iu los principios de derecho con las m&XÍJIHlS de e á decir que el gobierno lubia recibid·> comu11ical..!ionts desagradables, I<> cu:l I nos atrn•"tn'"S á creer que es. iufu nda. do. A L 'm drn~ h.rn llegahlerno de Colombia es, que el pre!:>idc:nte BOLIV AR ha estado ausente ele Bogotá por ispaciv de ano y medir, V su au­srncia no ha impedido á los colornbiunos · administrar sus negocios del modo mas tran­quilo y mas regular. { Et Couricr de 22 de alml. ) ESP.A.NA. El conc~jo de S. M. católica no cede ni al convt:ncimiento de la csperiencia. NG solo st: deniega á entenderse con las c1uc fueron colo­n. ias t:spañolas y hoy son estados sobcranf)s, smo que hace esfuerzos para reunir algunas tropas, ó almtnos para h~cer creer c¡ue p!.!e d~ todavía invadir la América. La Gaceta de · Ma­drid de 30 de abril habla de un decreto del rey ordenando eJ rec,utamicnto de $6 mil hombre&· para la seguridad de la península y para otros objetos no meno1 impqrtantes. Car­tas. pa.""ticulares de Cacliz dicen que J'e prtllsaha c~iar contra Méjico· una espedicion de diez Jntl hombres; y contra Colombia otra de cinco mil ( * ). Para ello ~e contaba con los oficiales del ejército de Costa-firme que habian regre­sado á · Espana y se les hab1a ordenado reu. nirse eñ depósitos 0). El · gobiernú espafiol parece que esta muy confiado en que estas espediciones irá u ganando tier1.11to en favor de ------------------ (* J ! Gran puñado¡ Con cmcg mil esp11- fl1les no te11em•s m para cBmenztJr. 0) Ya le1 ~onocemo~ perfeclam~nt#. GA.C'E'rA DE ·coLOMBIA. España y cletenclran la marcha de Tos estados !'mericanos hácia su perfecta estabilidad.No es improbable que el rey confie con fundamento CIJ la ayuda secr~ta de su pariente el rev Luiz 18.º• y qne se congratule ya con la idea de separar á la Gran-Bretaiia dd d¿signio de reconocer nuestra independencia. ES TRACTO ~ una obra titulada La Europa y la Ame­nca e~1 1822 y 182.3 por mr. de Pradt antiguo arzobispo dt: Malmas. · ( 1824.) COLONlDIA· El peJo rle lri guerra que la .Espsfla Iza he­cho á la Amériro ha ?rávltado casi tntera­' mcmte sobre este estad~. Comen-rada en uno entre. /as trop•18, Ir.• ... pg,rfidario.1 de la España !J l(Js tle la 111.dr:penrle11t,•;a, prosrguida c:on fur nr en 1815 por 1l!1Jrdlo, esta ~uerta acabu de t~rmmm·se c ~m· la rMdtcúm de Puertfl­eali'r! fo, y la Espat'Ja no /wsee · ya un palmo r/<: t1erra en estrsis!t'nt;«J En r,fi-r:to ,rlcs¡mc., dt.: la part! d/u que lwcer, que ma1c:s ·J!o ha tt>mdo t¡Ul' sr:fi tr en. ttna guer­ra cumlm:1da con ta11ta animosulatU .Alas, p11r fin ella puede res¡1irar. s" tr.rritono &e es­tiende de norte. rí ·mr:diod1a des¡fe el l'Jarien luuta mas allá del Ormoco, y del ~ste al oeste desde e/ -:ltiant:r:o llasta el mar Pacifico: osi una de s!'s.fre11tt•s mirtt á la E11ripa y la ctra al., .. <:ra. ¡ · QH.t pos1r.ion tan ar-/mzroóle ! 'l'vdn a6wul(~ en su ~t:lo, él f"stá virjcn, ba . f'lpcjo por r,;1l arroyrJs de agua y vmifir.arlo por los fuegos dt:I ecuador . .Alü dt:hl• h~lfa:•e Ja 1'1W!:o1· ft1 t•liJnrl del ~/lo/10 y Colomb;a t·s­ccderá t'1l nqw·~n dt: p~CJÚucc1ones á las tt1:r­rt1 ·s que se t1r.m·11 en t.•tmctpto dt' ser lc.:s mas fc:cu1ula.,.-Rio& imne11so6 recr.rre1l su terri­torin, los puertos abundan eu sus costas, y todos los medios materw!t·s tle 11na grande marma se hallan en .su m~er:vr • .E~te pais sen:( pues con t-~ t1nnf10 un e.sfado muy podero50. P1·tJptamer1te lzab/ando, la gue1·ra de Cn~omóza tcrmmó con la purttda de Morillo. Desde e11tonce1 el director supremo d~ Co!om­/ Jui vvlvzt'11do al rednlt>r suyo sus rmrad•s, 1:· Iza c,cupado de la libertad 1le les potses ve­cinos .. n ~u patda, y ha ufo á trnbai11r en ellos por sz m1sn.-o. U;, cuerpo de tropas colomhia­nas1h( f pasarlo al Peru para ayuliartc ó iles­emo( fta3arse · del rcstt1 de las fuerzas es­pa! t"las. Le corr~ra de BOLIYAR se ediende ae eleva y s~ t11.fpe;1e á esceder asi en brd/; como en uttlidad á todas las de que la historia In trazado ~I cuadro mas imponente. Cuoti­d~ ~e conside':a 1l punto de donde él hlf par. tzclo, los ostaculos que luz tenido r¡11e vencer, '!I el resultado de sus trohaJos no puede d~ar­se de reconocer que ha llenad• uno de /u mes, bellos papeles que nit~gtm personaje hi~tort~o ha r"epresentado jamás. La llheriad <Íe una gran parte de la Am;rtca ierá obra suya. Colomhis goza de una constilucion r't"ru­Jar, su º!'(amzaci~n rnt'~ier a~ ha compütad• y su c:eaito C#erzor se afirm•. En lo venidn-• ol alm&o d~ toda guerr• e1t11 ~rande Jfep•.- 6/te• no pnede menos que adquirir une· pn;..-, perirlad ta11· rápitkl como estmsa. BOG01'.I. 15 de agosto de 1824-1" I>os leyei de hastante interes hemo.r publica­do hoy, á saber: las 'JUe seiffillfln !o'J casos !I mt1do con 'l'~e .Putda ser allanada la cas<:1 y papeles pa,t1culares del ciudadan<>. Tal ve% pBdrán parecer poco libera/6s eJtas· leye1- per" es preci#o tener presente que /czs circus­tancia1 en que t11davia se halla la Repúhii­ca no permiten ensanchar mas la seguridad del hogar del t'iudaduno y de sus papeles pn­' Vadu. El gnúierño <¡uzz á lzabr·za aóstmidose <Í~ ~anczonar estas leyes, si por una parte el tiempo de ponerse en rt·ceso el ct:m¿reso no hulnera ,ut:jido <Ít'masrar!o, y si /Jor otra no hubiera creul" q"'~ sup-o.-1u:mlo l,z r.01lst1tuc1orz estas dos lr:yes y r;,{rt·c11:ndou frecur¡ntemente cas~s ele la naturaleza qu~ t•t!us tratan, era llSf')Or tener alguna 1·c:glrz que mvelas~ Is Hmclucla de los ju<'rt's, qu.· no e.arecer a'>solu­men/ t' <Íf',t•/la y t'star es/•1u!sf<,s á la en m11p-u11 CJSO deóeria hace1 se re-jistro de papel<'s"' particulares, ni c:n ni11gun. caso hacer.ye uso en juicio
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 148

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Gazeta de Colombia - N. 147

Por: | Fecha: 08/08/1824

GACETA DE COLOMBIA. N ~ u1. Bo&OTA.- DOMINGO 8. DE AGOSTO DB 1824.-14. T"RIMESTRE 11 ~ .Esta gaceta sale los domingos. Se suseribe ti. elta en las ~ tulmimstraciom:s tle cfilrre•s de .lJogBtá , Caracas, Quito, Santamarta , Cartajene , Popayan, Citará, Panamá, Medettin, Cumuná , Guayaquzi y Ma.racaibo. La suscrieio_n 1mual vale 10 ps. 5 la del senu·stre y 20 rs. la t!lel t trimestre. El editor dirijirá los 11ú ms. p((;r los correas á ltn \ suscr:itores: y á los de esta ciudad cu?,.1as su.fcrfcumc's rt'c1/;r. t~J ~ czudatiadtRno Rqfoel F!ort:s,en su tzenda de w calle l. deL cmRer- ~ c1• núm. 6, se /es/levarán á .sus casa.;· de hah1taC?r>n . E11 la ~ mismtt tierula se venden los núms. sueltos tÍ .1. reales . ~ INTERIOR. CONGRESO. D.tca&To .&.uToRIZANDo .AL PODER EJE­ctrTIVO l'.AllA. SEÑALAR. itlELDOS A l.08 •uEVOS .!:M:PLEAIH.>5 A <{_úun:s NO SE JIA\'A. ASI&NADO POR L!:Y •. Zl sen:.ido otros dc:sti­nos, cuvo sueldo no ha podido fijarite por Ja ley de su creacion; D.f.Clt:l.TA..:W: El poder eje-cutivll, arn:·g lans po~kri <:>rmente á 1?U p'Jblicaciont ó gne se crt:aren por la pre-. ~nte lejiBlatura; siempre que no hayan sid0 :fijados en la ley de su creacion, dando cuen­ta dd uso que haya hecho de esta autorizac1on al proximo congreso. Dado en Bogotá. á. 24 de juli~ de 1824-14 .. El -Y-icepresidente dd senado F R A Ne 1 seo SoTo-F.I presidente de la cámara de re­presentantes- Jo u:. RAFAEi. M9s~UXRA.= El secretario del senado-Antonio Jos¿ Caro­El diputado secretario de la cámara de repre- 1entantes-Jos¿ Jooqum Suarcs. Pal~cio de gobierno en Bogotá á 22 de julio de 1824- 14= .E:) ·entese- FRANcu­co de P. SANT ANOER.-Por S; E . d vicepresidt:nte de la Republica encarga­do dd podt"'r ejecutívu.-EJ secr~tario de hacienda Jos¿ .A/aria d(;L CASTII.J.O. LEY JHSPOl'filtNDO .EL ESTAllLECIJ.ÍIJ!:lrJTO DJ: UNA CAJA DE AICO.RTl.Z.ACION. Elsent1,d• y cámrzra de representant's de le repúólicc1 de Colombia rF.umdos en cr:mzrno; CoNSIDEnANno: l. o : Que habiendose: constituido Ja na­cion responsable por la ky fu ndam('ntal de la union de los pm:blos de Colombia á las deudas que hnn contraído ~r: patadameute, en­cargando al C()ngreso que destine á su pa­g0 les ramos ~as productivos de las ren .. tas públicas; y que crt:asc tambien un fondo de amortisacion con que redimir el capital, y satisfacer los intereses. 2. 0 : Que para llenar este encargo, y para ocurrir á otros objetos. s<: ha mandado ne­gociar un imevo empréstito de treinui millo­ne! il de pesos por la ley de treinta de junio dt'l ano décimotercio, emμerfando la bnena .(é, y el honor de Colombia al exacto complimien­to de lo que conviniere el pod~r ejecutivo. 3. 0 : Que d crédito de de la nacion "úni­ca fuenre segura de eu prosperidad, y uno de sus rna» precio5ios bienes, 110 podna susis. tir sin un fondo y cilja de amortisacion, bien calculado y establecido. 4. 0 : Qnc teniendose noticia de que el ~mpréstito de tr c it~tn millones ha sido eon. seguido ya en Londres deben tomarse mttdi .. das eficaces, parad establecimiento de un fon­io y caja de amortis.ieion forz osa. 4. o Los productos de los arrcndami::'ntos de las minas de metales y piedras preciosas que se arrendaren d,,s¡:mes de: la aantio1i de esta ley s cscepto las de platina. . . .. . .,irt. 5. 0 Lo,s productos. de los fondo'k qué detf'rmina el artículo anterior, y que se re­cauden desde ta ptiblicacion de e~1:a ley. se depositarán provisionalmente en el tes~ro na­cional, y este fondo uo podrá invt:rtírst! eri tode, ni en parte ni por ningun , motivo en tro objet~ diferente~ _ . Art. 6. 0 ,El congreso en cu próxima llt'li­nibn decretara el réjimen iiidministrativd dd fondo y. c~j~ de amortisacion~ Ari• 7. 0 El poder ejecurívo ademas ele los estados de ingreso, y ~greso anuales cJd tesoro nacional; prc~cntará los datos que la esperÍencÍá le ensene Sf:r conducentes para pt:rft:ccionar el e~1:;,iblecitioiento del fondo y C&:lja ~C amortisacian, proporcionado a pag<1 r con la mas eli:ácta puntualidad Ja parte ~id principal,qiie debe estinguiric y los rcd1tos en lc:is pe~io'dos dcterrnina~o5. · _Dado en Bogotá'. á 23 de julio· de i824.- 14 ° -:-El vicepresidente del senado--FRA -N­e r ~ <:'o So To.-=-E! P,i-e~i'o zi· DERECHO DX • . TON .i LA D~ S. •. .El senado V cámara de rejlresentaRtt:-8 de" l• r~pú b/icfl -de Colt>mbia rt'uniáo6 en con¡¡r~ so· . CoiisJ'.IHRA:Nno: Prim~ro:· que la uniformidad y arreglo d.c ios derechos dé tónelad~s qu~ deben pagarse en lüs puertos habilitados de Ja República no puede dejar dé facilitar y aumentar el comercio na­cional y estranjero. iikgundo: que e•te arreglo de los derecho¡ de to~elaclas no debe perjuim fuerte~ y los nacionales un real por cada toilclada. . . vlrt. ~. 0 Los buques nacionales de vein­te tóneladail para ~bajo ho pagarán derecho· alguno d~ to1~t~ lada. _ _ Art. 4. 0 Los nacionald procedente9 do un puerto ~ otro de ht Renúblíca de mas los derechos de toneladas. .A.ri. 1. 0 Pero si en los puertos á donde haj:m entrado los buques, residen c6rnm-.. les, ó <.ijentes de comercio y marina; repre­= ae:-ntantes de la nacion a que pertenect'.n ios buques; entonces los :aclmii.istra, ~entes , :siempre que estos Jas pidan ; bajo sdr. recibo y . rc3pons3bilidad de ·~Ct· ¡ efrctiv,o el pl.igo_ d~ los derechos de tondadaa .q\te ha­yán caüsado, concJujda que st'a la descarga de los buques; ó diez dias dt:spues de su· entrada. · .Art. 8. 0 Todos los meses se enterará.ii ~n fas cajas de las aduanas los. fondos pro~ cedentes del derecho de toneladas en · 1 0 ~ mis­'." º~ _términos que los de introducciun }··es .. · tracc1on. .Art. 9. 0 Se derog~ ia ley ci~ hiniisiete . ele srtiembre del año undér.imo1 sebre dete~ chos de toneladas. . _ Dado en Bcgotá á 28 de:ju1iri de 1824-14 : El vicepresidente dd senado. - FR A HCISC<> • Soio.- El víceprctsidente de fa cámara de . represt:ritnnt<'s J .. RaFAEL" Mosq__UEl1A·- · El secretario del senado - Arttomd Jo8 ¿ . üirfil-EI diputado ecretari~ :Ele la cátnara ­dt: representantes .losé Joat¡uzn Suuez. Palacio de jobiern,o en . .l1i1gotá "á 28- áfJ : jil/zo de 1824-14 Ejecutese -FRA:Ncrsc<> t>.K P. SANTANDER.-Por S. E. ei vi- : cepresidente de _ !a_ Repúblj~a encargado del · poder ejecutivo -:-,E l secret;;lrio cie esf;ado d ·l · despacho de hacienda. Jos~ lrfarüi del· C.As TILLO. · LEY r;· -En o i A. N ri o· . i As t J! y E s Y ni: e RE To¡; et rr ~ ' P·R E se!': I B" 1 A N L A e o Ns 1 G ,, A e 1 o N D ~ Lo lit c:o:M~RCI.AN·T.ts Ji:laTRANJEROSt;~ J;;¡ senada y cámara de represe .· tes de lc.,.V\ Repú/Jlzca de Colombiu reunido '!:. ctmjresaJ CONSIDERANDO: , #-. ..._ '\ -=i-, ~~ l. Q : Que ColornLia _ha abierto~Ll?!!!\~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tos al comereio de todas las naciones amigas y neutrales é iiwitado á. cstablecerse en su ter- ­ritorio á., todos los t>Str'anjeros c¡ue qt1ieran ejercer en el cu:ilquiera industria, ó disfru­tar de las ventajas <1ue ofrece su suelo para ·1a ngricultura, lo mismo c¡uc de las rique-zas que 1:11cierra en :m seno, bajo un gobier­no y leyes liberales. 2. o; Qut.: á esta conducta franca y jener-0- -sa son _<_>puestas l~as kyes que pone11 trabas al corrn:rcio llt'ohivkndo á los estr.mjeros nianejar por si nüsmos sus intereses; DECRET ,\N: -.Art. 1. 0 Se derogan las leyes y decre­tos que prt'scrib1an á los estranjeros la cori · signa;~ ion de sus merca d e l g obierno en Bogotá a 30 de ju lin de 18:24 -- -1 •,_ Ejec.uk se - FR A ~c.1sco DE P. SANTANDER-Por S. E. el vicc­}> íl &id1 nk de' la Hepública t'l1Cargado del · podt:r ejt-cutivo-El secretario de e ~tado del de a pacho dd interior José Jltlanuel RE s TREPO. LEY DECLARAN DO CONFI SGABLES EN F-A VOR D.E LA REPUBLICA L ü S .BIENE"S EXIS­TENTl!: S EN SU TERRITORIO, PERTENE­CIE N Tli: S A l.OS S UBDITOS ESPAÑOLE S. EL senado y cámara d(! represe11tantes de la república ile Colombia remudas en ~en­greso CONSIDERANDO: l.'º Que el gobierno espanol confisca y ha confiscad ~ siempre .Jós bienes de todo~ los que han sido fieles á la causn de . Colon1bia ó que pern.u1nt:cen el\tre los colombianos aun cuando r.o hayan defendido su causa con las armas, sino que;: solo se han sometido al gobierno: 2. 0 . Que por_ una justa represa!Íél puede el gobierno de Co!ombia hacer lo mi&mo con los bienes de los espanoles ó americanos que han sido fieles a la causa ele Espana, y que viven sometidos á su gGbierno, nun cunndo no hayan tomado las armas ni .dado auxilio cnntr.? Colombia: 3. 0 Que todo subdito del gobierno espa­ñol d ebe reputarse en el dia por derecho de jentes como enemigo de Colombia: 4.-0 Que los subditos del gobierno espa­: fiol ciue tienen bienes en el territorio de la República en lo"s catorce anos de guerra no han dado al gobierno la menor senal de querer venir á este territorio á vivir sujetos á las .leyes de la R epública, ni aun de su cpinion en favor de la inde pendencia de ella, sino que por el contrario han perma­necido y permanecen bajo la dominaciones- GACETA DE COLOMBIA.. paiiola,dando ct>n esto una prueba de su aclhe. sion á la eausa de Espana, y de su des­afecto á la de Colombia: S. o Que no es justo que los subditos mencionados despues de haber servido con eelo contra la República, ó por Jo menos de no haber servido al pais en que está sμ for­tuna, vengan al fin de la conti_enda a recojer y gozar unos bíenes que habian c~nservado las leyes que ellos quisieron o de~aron des-truir; · DECRETA X: Art. l.º Todos l.os bienes muebles, semo vientes ó inmueble~, crt:clit• •S; dert:chos y acciones que estén t:·n el territo_rio de la Re­pública ptrtenl'cientt's á subditos del rey de J..:spana, deberán ser sectú:strados y confis­cados. A1 t. 2. Cuando lns subditns del rey de España á quien:s (kba11 ~onfiscarse .los bie- 11es segun d tenor d t:l a1üculo antt-nor ten­g an herederos f->rz n ~ns que estén t 'll d terri­torio de la R e 1')ú blica, la confiscacion tendrá lugar solamente en d tercin y <¡uinto, dejan­dl> lo ckmas para dichos herederos. Art. 3: No tent" nd encm, ó antes de la revo­lucion s, ya sea por deuda CCJn hi­pot~ ca ó sin elb, ya por fundaciones piadosas; capelhmias ó cualesquiera otras; á que algun particular teng..i kjitimo d t:recho, les serán ac;ljudicadas y reservadas á los señoríos en lro si que ellos son el fruto de los brn nos deseos é in­te. nciones de los lejisladort:s y c1e1 g-obit-rno. En ciento veinte dtas de sc·si.ont-s S(· ha pro­curado llenar las vacíos que entr •r¡1t.'<'ián la marcha de la administracion, y rc:formar los defectos é inconvenientes c¡u .. : se h.1bian tocado. Este mismo trabaJ1l habrá c¡uc hacl r ·t.'n las lejistaturas suct-sivus, por qm: los kjislariodo cons­tituci<> nal, jamás se ks podrá negar el rt1érito de haber tralx1jado en u1w ép0ca ·dificil y de haber contribuido dicasmente á consolidar el a.ctual sistema profr~ando un santo respeto á la constit-ucion, y acreditando los mejores d es eos en favor de la independt·ncia y liber­tad. Estos pasos no pued en menos de ins­pirarnos la mas pkna confianza sobre la sutrtc:; futura de nue~tra querida patria. El presid~nte del 5ienado, y el vicepresiden­te de la cámara de representantes al anunciar que el congreso se ponia en rect so hasta d 2 de en<'ro del proximo aií o dirij1tron á sus respectivas cámaras u11a al o cuci~n en que pro­cururon d emostrar que los representantes dd pueblo habian trnbajado con absoluta consa­grnci ~m por d Lien públicu,ajustando sus pro­c edimientos i las reglas constitucionu les, y apli cando todos sus esfuerzos al buen cl esem­pen o de la confianza qtae s.us comitentes les . habian ckppsitado, y que si sus trabajés no mt:recian 1:.1. aprobacion pública, d ebían por lo menos tem:-r el consuelo de que de su parte babian puest~ el mayor celo y cuidado en que fu esen útiles á la fü:publica y contri­buyesen á consolidar su independencia y libertad. NEGOCIOS ECLESl.ASTICOS. Antes de que el poder e1ecutívo san­cionase la ley sobre el derecho de patro­nato que una diputacion 4el congreso le .pre­sentó el día 22 del pasado, espuso al cuer­po · lejislativo por medio de la cámara del senado el procedimiento del gobierno en materias eclesiásticas como que era un ne­gocio de tanta importancia-En la siguiente nota se vera lo que se habla avanzado en el particular. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ".Al e1cmo. w. presidente del 1niad4. . E1cmo i,..-La premura del tiempo t-n que Yá á ponerse en receso el éongreso, y la ntcnsion del J'royecto de ley sobre pattona­to que ayer hé recibido, me · obligan á infor­mar al congreso de los pasos que há dad<» el poder ejecutivo en orden á la provision de prelados cclt'siásticos~ que hoy teserva dicho pro~cto á la eleccion del congreso­. El congreso constituyente en decl'do de doce de octubre de 1821 dispüs'o! " que el gobierno pudiese en\riar comisionados á la silla apostólica para nc:-gociar un conéotclato que arreglase todos los puntos necesarios at mejor orden y estabilidad de la iglesi~ sentó · orijim1l, al reverendo obispo de Mériti"LICCionc-s la soliéitll< de que se nomb!°ast:n algu·nos obispos allxili<4res Jlara las dioce ~is Vac-.nks, como c¡uc no h..iy otro medio de nsegutar la estabilidad an sucesivamente al culto de los ministros de sc-gondo 'ordm.('·t·) En 18 de julio de 1823 se volvió á tocar d mismo punto qe obis­p o s auxiliares t·n otto concejo ele ~obiernoJ asi para llc:nar algunas vacantes c¡11in y Bogotá. Se ha 5olicitado la erec­cirm ele Q :r ¡to en arzobispaclo,y la ele Guaya­quil en obi.-;p:.ido, p ti smo , y ac0nse janduse con el concejo de g obierno, y privadamente con t:I r c:vt'rt'ndo obisr o d ·.: M~rida, ha designado, ó presentado al pana los rl'1c pueden mert!­ct. r lois prelaturas. Yo espero que ambas ca· rnaras m:.mifiesl t'n la rc-~ o lucion que cn:pn dd caso en vista d ~ la prc- ~t nte ('Sposicion. ,, (1J» Esta esposician, vista que fue por d se­nado, pasó á la c ámara de representantes donde part'ce que se su1c1tó una discusion acalorarla contra leí~ medidas dd gobi~rno · pr0movicla partkularmcnte l?ºr los senort:-s O sfo v · Arbelo • No podemos todavía ;ibrir c~ncept'l acerca de' Ja Justicia ó injusti­cia de la discusinn, por C'JUe carecemos aun de los documentos que el g<>bierno ha soli­citado de la cámara. L-:i República como el juez competente ele Ja conducta ¡níblica de sui¡ a1entes ó comisarios Juzgará Ja m~teria. --------------.- ( • } De Pradt en la o6ra de /01 ·cua1ro concordilto1. GACETA DE COLOllBIA ----------------------- ACTOS LITERARIOS DE LA JUVE N run DE BoaoT A. Los attos lit(:rnrins de t>ste ano han cor~ ~e·spondldo i 108 esfut>rzos dd gobierno y han maniiestado los l'rog~csos que Ja il~s­' tracion y los buenos principios hacen en B '.)­gotá-. i:l modó ma~ directo dé que ~l públi­co juzgase de .cfü:h•)s progresos seriu inser .. lar ~n t:ste periodíco las n1aterias que se:: han tratado; p(~ro ya que 6U estension na lo permite dart:mos \.ma s\Jscinta idc:a. Ademas de los c1:rtán1enes di! costum• bre, sobre teofojia. sagrada escrit l..lra~ ma­terias médicas y cursos de filosofb y ma­tematicas, se ha pre!)entado en uno y otro col~jio un examen jeneral de clasi::s enteras sobre la éon~titucion tle la Rq1úhlica; en que con mucho acierto y propit:dad ltm siclo tsplica Un cuadro mo cukji0, ofreció otro cert ámen jeneral dt: toda 1:ill clase 5obre nri:)mt tica y jc-ometriJ, dedicado al rector ycokjio de 8a n-Ba rtolomé~ dan jios y de qut' han desaparecido esos odios y opm;icion que lejos de ex ilé1r una noble y virtuosa enrnlacio11, l"t'an mas bien u~ per­nicioso medio por el Cllal t:n d antiguo ré­jimen se d ;·rrarnab;.in Jt!rmenes de discordia en los corazones nd1a eon su di~cHm1o Francisco de Paula Vargas~ varia~ r,uestio­nes sobre la necesidad rf<- tina reliii'm r~­veJada, cual Jo era la catóHca; at. ntopÍo H­empo que sobre Ja tolerancia estcrlor y ci"': vil, que esta misma relijion dlVírta fo ndamo que n\> tkce.,íta de em. prt'star á la ignora ncir.1 y á la impust ura ~u s rig-0res y SÚS perS<:'CUCÍollt'S; Sino q ue br illa ,y rt:sphmdece mas con la luz l=b j as, r.omu t ul'na bien los rector~tt ima. pc.r {pl~ a&i f:l~ a cf@:_ ICtnta y uniforma la in..,trucch n ~n ltJdns los t'.studiantl'S y se ks i11spira una mutua y p,,_ d ~·rosa c-mu lacion. N u~otrn-. 1.i recomt"11d a• mo!; á. loi; directi>n:'S de todas ll\s t: :>~ ud~tt d v i ~1: prt-sidéntt.: d et bntiguo d~ ¡•urtaru en n de Cundinam de dios en d cokJio rld Rvsario fue ckc.11- cado aJ congr.:·sn, y otro en c::ida uno de ir is do~ colejios al vicL'prtsider,te de la R eplÍ• blicn; homenaje n1uy debido á un cucrpo y á Uf.l jefe tan int,·resadcs ("h e ! forn t>11to de las ciencias y de h is pri11clpios libPt P.les. Concluiremos c on observar <..¡lle la juvr-n. tud bngotana, }' en· j ::nt'tal toda la cie C oll)m• bia, crece }' se forma ¡,ura d b los y los sabios que: la han prt:~t=l 1'io C!wgr1 s. fé, y se luz servido S. M. cn_,1-La 'qúe t · a.\·la·. db á Y. E. de ot"deh de $. M.,a,.n .fil delndo ~umplimiento-flios guardt r. E . mucho1 años San-lorem:,, 30 cié novu:tnhre dc.1803- Soler--Scñor virey de Santa.fé. 1 TUR llIDE JtX-EM PE kAbOA DE .l\.ÍEJICO• La gaceta ( Suncby Tlrt1es ci~/24 rlc mayo) in.t"rta untz car fa r!e TturMde á un am; go sur¡o anunr1anrln/~ fJtlP Iba. ñ p~rf1 r /inra ]f.{ eji-ctJ de donde. t!ra lkrmarlo. r¡ á1Jnr!e cret"q ur rf!­cesdrl< J para c:onsnNril'lr lo rm1.rn r/P lrl inrf,._ /Jéhtfett<;frz. El 11 rle mnyo .r,. emliurcó pqra S1l rlf'stmo, y por not1r.fm1 porfit:111are.t; .~e qñrt~ r/e qui! tuvo 1m11, enf.rPT.1i.r'n cttn el jeriera1 San- 11iarti11 gue hahia pa1ado flor Francia á r ... _ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ghitrrra. No qmsteramos acertar 'º" lo 'ftle SO.\;pech(:mos de este vio.fe: no.rntros cree1110s 9ue la 11uu·dw de: lú.trótde á Af ¿j1co es suscl­tada J•or l<1s uje11tn; ·de lv.v et1e1mgos de la in. dtprndenNa umencana 1:011 eL dt•s1g1lio de l:!Jcender riw:vamc-nte la guerra en oq;,u://t 7:a11jeti­do~, mtrrrumptdu tm el núm. anteriu. S:·rjentos st:·gundos Franc.isco Sanches,Ramon S'1nches, José Castaneda, Cayet•mo !Vltiií11a y Jose Diaz...._C~é Sa 11clws, Francisco Gorri, Mar­tín Vulero, J l, ~é Garcia, Ilario Leoh~rdo, Jo~é Duque, J ;,cinto G:..irciu, Manüd Lemozano, Ernnci~. co Valero, José L·opez, Jo~é Nogut'S Vict>nte B lanco; A11tonio Ramirt·z, Antonio Pnchay, Vict'11le Vasc1uez, Dit'go García, .l\1igud P oz<.> 1 A nicet~ Cuadrado; Carlcis Fer­rir, ~·fanut-1 Pert·z, Juan Cantador, Pt'dro J'fr,drigut'z, J < isé 1\fartinez~ SantiHgo Gomez ·Miguel A nwy~, Antonio Silva, Antonio Cor­l1t' 1 <•, Jmm Antonio G :ilicia, Jusé Betancur, l\'L:ric.mo Insa, J uun de Rc)jas, Blaz Sanson, José Antonio Millan, Frn11cisco Rodrigutz, Niculas Est:.1nqu ero. Manuel Jiment'z, Fran­cbco Valks Lorc-nzo Amaro y Pedro Diólz. POR,.fUGAL. Despucs de nuestro último número han llegado 11oticias á e~tt' pais de otra revolu­cio11 t'.n Portugal, en la que los principales conspiradores eran la rt:ina y el infante dun l\tig11el. El ultimo se colocó en la maria­na del 4 dd corriente á la cabt4::a de las tropns y so~tenido por ellas dió una procla­ma, invitando la milicia y . el pueblo á unir~ sclt": "en la grande obra que él había co .. rnen~ado de restablecer al rey ~u padre en su JU!)ta autoridad y librar á Portugal de la faccion que por algun th:·rnpo le había gobernado. ,, Las tropas rodearon entonces el palacio dc:l rey, á quien dlas tuvit-r<ílll pri­sionero por cerca de dos dias. .Entrt: tanto fueron · arrestados todos los ministros, t-scep­to el conocido s~1rnpayo, y varios de los ofi­ciaies de e btado, a)1Udantes de campo y ofi­cialt's militares &c. que fueron cond u cid ~>s á la prision. El conde Palmelfa foe Jibe:rtado por la i"nterposicion del t:mbajador británico y se refüjió mmediatarncnte á bordo de una fragata ingl~sa-Se previno que el castillo de \Vilson estuviese pronto para recibir al rey en caso que las circunstancias hiciesen necesuria aquella precaucion. Todos los em­bajadores estranjerns protestaron fucrteme11- te contra estos procedimientoi y en conse­cuencia las tropas :se retiraron def pa1acio. El infante sin embargo, aun continua en el GACETA DE COLOMBIA. manio y por sus órdenes han sido arresta .. d in1pt:rio del Brnsil1 é iutt:rinrme11tc su hijo Stt·gundo, de c o1H.: i t" tto c nri su mudre ~&tá actu ~ lmente ern­peíiaclo t't• arr:.incarle el cetrs1 ¿ Puet.le haber r ebdicn en ttl d!t!Cionario de la santa-alian­za cuandn d rcbdde es un déspota? 'Si t ·!:ito t·s a~í. que vcnrlrá á ser de la · presl:nt~ ~i tuaciu n de Port11g1l.~ N oticrn:s u ltt ric,n·!:: dt: Li&bna,aseguran, que el rt"y h:..i dadt> lllllica de Colombia el escmo. stnor vicepn !';iuente Frar cisco de P .mla Santander jt:nrral de clivision; y akndiendo al mi~mo tinnpo a c¡ue los rclevantc:s méri­tos ck t·ste jt-ntral l xijen no rn en<)S la públi­ca grntituJ rle la nacion colombiana, que la dt·I ~enado y cámara de rt"pr<:-sentantes, S. E. t-1 LIBERTADOR . prt:s1dente cree tHl deber de justicia propon~r al sd'ior j enernl S;.in­tandt" r para jeneral en Jefe dt: los ejércitos de la República V. S. se servirá elevar esta propuesta de S. E. el LrBE'.RT.UWR á la respectiva c:i ­mara mm1ifrstandole al mismo tiempo el sentimi1:11to qué ha causaau á S. E. no haber sido el ¡.rimero c:n dar este paso que oficio­samente ha hecho Ja cámara de represtntan­tes .... n obsequio de tan benemérito Jenera} y mnJÍitrado.=Dios guarde á V. S.-Senor secretario-José de Espinar. Secretario inte­rino ,de S. E. el LuER T •EoR presidente. El paso de que habla el LIBERTADOR es el sigui~nte proyect~ de d ecreto que aprobó con absoluta ummirnidatl de votos la cá:mara de reprc~ntante s en la sesion de 1823. El senado y cámara de representautes d~ la república de Colombia reumdos en congreso. Atendiendo ~ que el jencral de di-vision Francisco de :Paula Santander, des. de que se ·encargó de Ja vicepresidencia l!Q. tigua de Cundinamarca, y despucs coma vi. cepresidente de la Repúblic~, ha sido el di. rector de Ja .guerra, á cuyoi¡ csfu~rzos 'Y luces se ha det>1do la pronta y mult1plieada orrsanizacion de Iois v~rios cuerpos que hal\ obrado y obran contra los enemigos,su instruo.. cion, equípo y armamento, y sus operacio ... nes, igualmente que Ja creacion de la mari. na que; hoy po~é ia República; y cansi. derando que estos servicios ·importantes a los cuales se deben sus progresos, y actual prosperidad no deben f¡Uedar sin la agra. decida r.em_uneracion de que son dignos, han venido en dt"crctar y decrt:tan lo mbram.i~uto y espc. pedir su clt:spacho, dt:be ccmsidt-rarse im­p edido para esk t"Íecto, y el prt-sidente del se nado, a quien corre~ 1 ;o nde sostituirle dcf)J: hacer s11 no mbra miento y espedirle c:I corrca­pot1clie11tt: dl:'spacho, esprc:~ando en su ca.. beza c¡ue lo hace por no estur en eiercido del podt:r tjt·cutivo, d LIBERTADOR presiden .. te: t ~st..ir impedido d vicc::pn:siden\e. A VISO OFICIAL Aunque se han n ·cibido tn la secretaria de guerra varias propue ~tas paru dar el vestua• rio dd tjé rcito y marina, el g obierno há dispuesto se }nvite por la gaceta á Jus per­bn11as que' quieran hucer contrata al eft:cto. Se nect:s1tan de SO á 50 mil vt·stuarios com .. pue.sto~ de gorra de zuda, dos chupas ó chaqur:tas, dos cam1sas, dos pantalones, za .... patos bptincs~ corbatin, bota para caballeria, gorra de c:.tbaHt:ria, sillas.La chura y pantalón-, una St'rá de paño y otra de brin, ó Tona tina. Se recibirán las propuestas por d térmiilo de ci111co. meM~s y se dirijiran á la secrt:t¡¡ria de guerra •. Ei gobierno admitirá lo que e~ time mas ventu10~0 y proceddá la secrt raria á hac\·r la contrnta con la persona, que debe­rá. t:star instruida y autorizada co01 petente. rm· nt~ para dlo. Bogotá 8 de agosto de 1824. ERR/1.T.AS DE LOS HUMEROS a11terio1·es. NuM. 144. Columna 4. '1S linen" 9 v 10 dice es­tabluit/ 01 len~c t-~tahlt:cidas- Linea 11. ase d,,. .finili-va ó que.- I,iuea 69. ,Jice y si se 1·e1wcase lease si se revocasl",­Lin• ·'ª -7 8 dice nombrust. leaae noru· brare. Columna 4. o! linea 7. Q: dice han lease hayan. hnp. d.t: Bspinosa.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 147

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Boletín Oficial - N. 58

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Boletín Oficial - N. 79

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