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Imagen de apoyo de  La Reintegración - N. 30

La Reintegración - N. 30

Por: | Fecha: 22/05/1900

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA REINTEGRAC 'ION t ,­M yo 2:.! ,l.· 1900 - N I:~IEllO :~O LA. DESESPEHACION GRITA '-- Uu" de t.ntn" hij'J< 11.,1 ¡.neb!o I{II" ' o ve redllllid " ';'1 últirnn extrelll" d e ,-ui'l". padre de nI!'I16m." fl\lllilia y Nin lIIoclo~do &.tender á RIl ~nb;isteJloi .,. rtl.. "llInda pi e~orito que á e'll\ti~ nlioió" e 'piaml ", 0 11 VB leotllra, Hi lOA R!.'generad'lre~ tuvier"n Ull segando de luoidez en, l" eonoienoill, les h"rÍa medit"r ollando menoi á qué ex­t~~ mo han trllído al paí~. D i o~ así: Cuanto aloanzR-á oolumbrar la razón en el alma y' en el oorazón el sentiOlien- , to, ollanto haoen padecer la fhqueza y 108 dolores en t'l onerpo, con toda esa intensi- , dad SqfrillÍ08 las agonías de esta vida mi­serable ... torturada por el toroedor del hambre que noa óprime or~~lmente hora ,_ tras hora sin hallar scioorr<,t, ni- oompa-, sión, ni esperanlOa. Las prinoiories, las miserias ocultas ,1,: sufri!las eu silenoio; el pan negro, es- ' 'it'lo80 é inseguro por únioo alimento; los. dí .. de angllstia sin un booado para los hijos y la \lBP088; lRs noches frias, sin luz y sin abrigo; . las oarnss desnudas y en­'-" qu8oid.y¡; los ojo; de la madre hundi­do. ppr I¿ ab~tinenoia :de días éntero~, y ~nrojeoi,do~ por el llanto; t"ntos y tao horribles pa,ieoimientos ~ufridori oon he­roio& redigoaoió", todo eso y muoho wá~ que no se esoribe, tl!! noestra vida pre~en­te. Para nOt!Otro!l, lIua somos la oveja ne­grd de la maDa'da, todo ,el rigor del tra­' bajo,tanh más improd~otivo en los ti8m­~ 08 prell6ntes ctl\,nto má9 honrado sea; :para nosotrM el reo~utlilRieDto, y si nues. -tra8 e~po;.a. •• hijas ó madres han logrado :' aoumular á fuerza de oongtanoia, de des­: vel,lS y pri vaoiOR6M el preoio para obte. 'Der Q1l8Mtr" libertad en el servioio mili­' ar,-el 81\yÓ 'I ' n()~ ,oer .. igue, no~ -sorprende ea Dlle.tr .. ~lIda labor dillri>l, no~ aSlllta' ell el rill,,6n dI! uueHtrd pubre morada, ':.09 rump" la Q()leta _ de exenoión, n08 - "lolpH, nos arra~tr" á un ouartel y de -.W 88 nBS manda á la muerte dejando • oUélltro hoga!,' ell el des~m ... ars que nOA han elOlJObrecido y nos e~tán mat"ndo de h ',mbre y de mi­lIeri" ctimbillron IIquelll.ls monedas del pobre por lo~ billetes de cinoo pe, os para .rrib .. , que no alcsnzin á~llegar á nues­tras mano~. ,Oh I la vi.ia B~í es peor que la muerte, y por má~ .que esh pobre ~ierra esté ane­gada en ~angre, 110' aL!.0rraremos la nuéi­tra, Que nue8tro~ hijos, testigos de que la vida ql\e leA dimos no hemos podido oon~ervllrla por 108 medios que da el tra. bajo al hombre de bien, reciban el noble ejemplll del sanrifioio de la nué$tra si he­mOM de ~ucumbir en la lucha contra los que pin pi~dad .nos han condncido á las torturas de 'la miseria. ,,- . ., Sí. más .vale mo"ri~, pero sepan nues_ tros viotimarios que les venderemos cara nue~trti vida y que en esa lucha estarán del lado del pobre todos los que no tienen la. mano~ manonadas' con el peoulado ni tilnada la concienoia COn el delito. Sí, es preferible morir I Que vengan á. nuestro encuentro los . Aayones, que nos matAn en medio de la CAlle, que nos ex­~ ermillen sin compasión ¿'todos, 'anoianos, Jóvenes, mujere", niñoo!: á lo menos ha­lItirelOOM de8t ofI'lpido prilliero ' $ ' 25-.000 y luégo $ 84jOOQ 111 Si, Cajitto por elevllr el 1~leluurial al .Ministerio y ' firrnttr el COlltl;' .. trl: ' e.t~ f'R la ' razón por : la .o:II.\1 uu~>.tro eél"bre Milli.tro uo pu to' malioiar Hi q" liera ' qlle querll.rl mete,(1l gato pOI' ¡itlbee. ' ~I Minidtro ne~o'(liante dine q1\e en f'1 púhlioo dtl 1870 doruililtnan ¡.itlltlf's mái ' noble8, y sufre en esto un tlrror: ln pI públic:, de hoy t'xist,eo lo~ mi~~08 · pv. ul,," Ide dllR que en el I.úblioo de 8<{uel elJtoll\'e~; ¡¡elu los .gobellJ~lItes de 1870 con tllevlldlt8, pattiótioll~ y gellerosas '!I8- lJÍraoioues He .huuielun ql1it6d da ·exi.ten. uia autes que trOO1l1' tll melo plltriO por riquezas ~é ignominia, El · l'úhl·tllo y 108 gobernllnttlH OS IH70 00100 el públioo y los NO GOBERNANTES 4e hoy ;bu801i. ,ron siempre el eograndeoimiento de la patria, y los que de aquélla baj~ron á la. tumba delpués de haber pasado por · .el Capitolio, dejaron en la pobre~a de sus familias la irreousable prueba de su inte. gridad I . ' " . El Ministro-npgooiante dioe ,1 que no tiene la oulpa del cambio que¡hll ~u~oido el oriterio púb,lioo, muestra de la deoa_ denoia de estos tiempo~ de~graoiados en . los op.aleR IR guerra oivil DO t'A el mlly~r de lo~ infortuniop." y Il diji LU()~ que no e~ !ll <:r td' i,! rlQI pú­hlioo lo que hll cambia<Í(l, M oí vil, lejod de !ler un-ibfortliúio g' Itude 6 p~queño, e~ delioioso Capua en \ ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA , REINTEGRACION, " . que realiz -o lllH íntima" ,aspiraoiones de BU almB. El Mi~istro-nAg'loi"nte torminó RU ha ladí exposioióu oon palabras insultante!! para tod08 lo. qll':l, a'nig')8 ó enemigoM,lo h. t detenido en 8U tortuoso oamino. Eso8 in8ultos nos reouerdan aquellos tri"te. mente' oélebres. de la CANALLA DIFA. MADORA proferidoa por el Ma ' istradQ p~rjuro que l1'>' tuvo amparo engla hora 8uprema, ni de sus poderesos al egados. La,,'justioia divina, en 8U purifioadora y misterio~a labor, pe¡:mite que 108 grandea pecadores se infien y remonten para qlJe IU estrepitosa caída ,i Hoy ha aconteoido lo que todos pre. veíamos: el Gobierno ha sido enteramen. te derrotado en la gran batalla del NortJ y.1as OBEa'! de Bucaramanga, PiedeouestlÍ, Jirén y la8 haoiendas oirounveoinu lÍo Bon~ su:fi.olentes para" oontener loe heridos endefenea del Gobierno; el honorable Sr. Samper ha sido saoado del Panóptioó y Uamado por el Ministro de Guerra para orgaúirr¿ar, ahora,!í, lo que hubiera, 8i~0 tan útif, tan oristiano y tan efioaz.Quando se inioió; 108 médicos liberales BaD sido rogados para oonourrir al lugllr del fiinie~. tro yo el miope Gobiernó IIe hB mostrado una vez 'inae tan inoauto, tan neoio y tOln torpemente ~pasionado como dI.' oostumbre , NI) estará. por ldemá8 ad,ertir q Qe 1,0,8 liberale8 de Bogotá ooadynl1:!lr"o 8fioa;. , mente á realizar el plan humanitario, pues al deeto el ~ SlU.Ilper h,a ahie~to la 6u8oripoió.n oon la su~a de" $~¡2,OO(} .y los médio08 'i praotioap,el! hiu~ !,eguicfo ya para el Norte ' exigiendo que' Jio se 1_ r~munere ab80lutamente oon nada. El Partido Liberal-"con sus propios fondos, enviará llt8 drogu),lo&, instrumento", 108 vendaje~. en una palabra, ouanto se -De. 08site, y dará el contingente valivllísimo de IIUS hombres de oienoia. Como enf. .. e iq~ gQbieI'Dista8 hAy tant08 oorllzones ~uros y mesquino~, no ha fal­tado quien le haya dioho al oído!al General CMabianoa que e8 un peligro enviar á 101 oaDlpamantos méd,ico8 liberales, repitiép. dole además todos los argumento8-q~e le hioieron al General Santos para ha\l8rle r80hazar la filantrópica idea. E~ St. Ca. sabianoa pidi6 una lista de médicos "Da· oionalista. y otra de liberales para formar una ambulanoia netamente ,naoionalista si las capaoidades de 108 m.édiOOl de 8(la paroialidad le prestabaD alguna :garantía de ~oierto en competenoia ' con loa médi. cos enemigos. Al ~f80to UD conooido ami. go del Gobierno le preeentó una lista d. oandidatos en la oual figuraban l<.llsi­guientes nombres: Aparioio Perea¡ .Ne. mecio Soto mayor, Dr. Garoía y Valen. zuela, José i. Barberi, Dr. Timoteo,Blan- 00 de.M eza, Antonio M.a Barrera, Enri. que Pard<" Antonio Gómez Calvo y al. guno8 , tras ouyos nomb e$, bien osouro. p' r oierto, n08 10D pooo conooido •• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " ., "'LA REINTEGRAOIOS .. ; .;..- :. ~ .... .; • ... r ..... a .' El ~r. Sampar. á IIU turno, presentó aniquila á cuantos 08"n luchu por el uoa bsta compuesta de los siguientes triulJfo d~l otimen, del latrooinio 1 del Dombree: Raf.~l Rollha Castilla Juan baldón para la patria moribunda. , E. Manrique, Juan Dnid Herre:., An. Y no dtlbe sentirse humillado el sentí. tonio V.rgas Vega, J()!lé M.a Lombana B., miento nacional al Faber que la gnardia José M,a ' Blleodía, Hipólito Maohlldo, oolombiana ha besado el polvo .1 impulso Arietides Salgado, Nioolás Bllendía, Ma- de tropas de voluntarioi libaralee, orga­~ uel N. Lobo, l{\nuel Cantillo, 'iguel ,,o nizadas en unos pooos días; 108 ejéroit08 Ru~da 8 oíeu más ouyos nombree SO& or. venoid08 no son la guardia oolombiana, guIJo !le la Ciencia 1 de la Patria. aunque se hubiesen usurpado ese nombre El Sr. Casabianoa, por un raro aoierto .' glorioso; la GuardialOolombiana la oom­y conmovido quizás por las escenas dolo- ponen 108 Ejércitos l"enoedoree de Soto t ~~ que Peña Solano le desoribe en 6UII Vargae San~s, de Uriba 1 ~errera, de queJumbrosos telegramall. optó por elegir Ulloa 1 Sarmiento; la Guardla Oolom­a. lg~n08 médioos de la lista • liberal 1 de- biana se com,pone de valientee vol unta. els~l~ de oomplaoer al .naolonalista que rios, de herolOO8 vetera~os formados al ~J:lgJa fuesen de eu partido los miembros fragor de las Ibatallas; Jamá'! de 080uros de la ambulanoia, Hizo bien el Sr. Oasa. recluta8, de infelioes labriegos heohoe bianoll.,lo fdlioit"mo~ 80 nombre de la I!llda~os. en el outrtel :visantino bajo el humanld",J y en nombrd de los heridos; odillRoUátigo del óaporall el di¡¡oreto leotor oomprenderá el motivo L'\ Guardia Oolombiana es la nuéstr.a, de nuestras felioitOloione!!. la qUtldaba sufrir, la que saba vencer I ,PueJe que la ambulauoia llegue á. /lH- Eo tanto que los dos ejéroitos debatían á ':Iar alguno!! dolore~. En todo oaso el Plir- . balalOos el predominio de loa partidos tido Liberal obró COn oportunidad y se : mientr88 108 libalales redujeron á 88OOD1. puso á la alt .ra de su bandera. En oam. · bros un ejéroito enemigo de vein~ mil bio el Go~ierno ha dado muestra paten'te bombres, los nacionalistas de Bogotá, los d~ l~ qUilates d~ )a decantada oaridad ", infames adoradoree del becerro de oro~ orlstlana que dioe fener. abandonaron 8U ídolo vergonzoso en los ' momentos de angustia y volvieron {DI . ojos al olvidado y postergado Dios de loe LA HORA BLANOA oristianoe. Se abrieron las puertas de lo!! Sonó por fiu p ira Colombia la hora IU. templos y los fariaeos, pueetos de rodi. prema de la" IlQlemnea reparaoione. la 11as, oon los brazos en oruz; imploraron hora suprema de la J ustioia y deJa Li- la proteooién de quien dijo: NO ROBA. bartad. RAS en las sagradas alturas del Sinaí. Los ejéroitos del Gobierno, oomo 111 El Dios de la Justioia deeatendió las olas embravecidas del ooéano se han es- lúplioas de quielles lo eeoarneoen en la t.rellado inútilmente oontra l.'roca graní- prosperidad, lo llaman en el peligro y en tlOa opueeta en las montañas del Lebrija todo tiempo 8IIOudan oon 811 nombre eus por los heroioos soldadoll del Del'echo: depra1aoiones y 8US vioios. El Diol de la La renombrada guardia oolombiana de JustiOla puso el esfuerzo pujante e.n &1 108 ¡;aoionali$ta~, venoida y dispar. en braso de 101 defensores d, la oausa de la los oampos de gloria de PeralobRo, Gra- Honradez y el patriotismo. , . malote y Terán, ha sido nuevamente dee- ,," El Partido Libaral ha triunfado.Ua truí:h y humillada por las invenoiblee sonado para Colombia la hora blanca. huestes re voluoionarias de Santander. "'" - Los b .. t ¡.llones Politéonioo y de Artillería Po&ta de Ccello n08 comunioa que el los temibltls PosaDOS, los vengativos y 25 del pasado, en las oeroanías de Gua. orneles Gramalotes, los fi aros. Guioanea yabal, las fuerzas unidas de los Generales todas, ~Od1l8 la!! fue,rz'ls eu que fUDdab~ Ibáñez, R.,sll J Marin, derrotaron ,1 .o~p. el Gobierno su sQtanioo orgullo y oon la;;; turliron en su mayor parte la DIVl8lÓn que pretendió amedrantar á la Nlición que obraba'¿ órdenes de Juan Narváez 1 e,n~ era, hau per~oi fo entro lae fauoes ju,. Eoheverri. Gratitud eteroa á 1011 inoan. tlOle~!\ 8 Jel Ejéroito Lib Irtador, de ese I14bles lidiadores por 1IlNlstr" segunda llu~luJle monstrao d,uteioo que 04lltiga y emanoipaoión.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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La Reintegración - N. 30

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Imagen de apoyo de  La Reintegración - N. 29

La Reintegración - N. 29

Por: | Fecha: 19/04/1900

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. La Reintegraciou· · Bogotá, A hril I!) e 1.1100' - ~ ú n!'m 29 PARA LA: HISTORIA vari8.11 pPT~OOR~, q"e Vi .oo prB p""tl>ct,r - 1TI@I"Ie il·orwnt ... , Q'I0 tol'lu 181\ deol¡u':lllir- . La Me~a. Marso 22 de 1900. l1e< lo f yor .. , f r· y qq" e" el JlT'" e~o n.) El 16 de-{08 (lorri .. nt .. ~ f'le un .. Ií" .ci~.. hbÍ'll'rnf'hl\ B''lnn .. dI' cu'Jl~h'¡i{jtl,1 dd 81) pllrll l. p';~18016'1 de GirBTflot.. D .. ~.ie ,)('u-s·ln. Afil.dh q"p, ur'~ v · z tl'rl"l\)ails ¡pe Jlr:mer¡,s h ra" del dia ee notliha h RIl· ' i Iwi .. cnll •. do el Cc,n/4' jo ,'" retirY ~rsn intrlillq"i 1da,1 y UDa mezc'" (/e "n- a o,.!ih'T·.r entr6 f·1 flimo-o .T· fu de 1" gUtub é in,tlgo (·60 ' p"rHcfa .. n lOR !!pm.. plftz · , dio" e r (la '1".1\("," 1'0"''' aho • • ~Qntt!M tiA 8"1< lil é l'imn8 morad. Te~. Era con propiflilalO ~ ¡/tI .. n ih>l 8 com"t. rae f' O io ·, eí .. },I . ," p' rqoe nRd ·· .i/l In pgl'no 'ti Di1mb e ~~ la "Y. I'or Va que 110 Pflaho h'!lts p ', ra "~l'~f .. cer"l1 co,l;d ' , y ~,ñ'. Di r .. . pet'lI I.·y >llg~n " . ::-6 tr'¡Lb h. d .. 1 1 .. 11 .10 u a . ,' ivi a. roja . q "f< rt l\ q"u e " fll.jl'.rr. j .. ,,,o do' pfj ·lrn E. Vieo n , ~ •• ldl1 d o h"Il:\'1 ~nOO'l1. Il,JO >1 11118 O('fIlp - i'ih rltl 1" . q" " f b.í In ",i "o. fl !:~ "'!)" ; .. , v",lt>r tr"I"', dijo qne"13 ""(wI B,io. irop(ln~r"" ,V .. " zu al> .l' t:"ch .. '"ri-i IIprn .1 1l~gO clIllligo".i~m"IAr,p"ellt.·. r-í ·' q" .. I~lll1"r .• (J . olro .1.) m: .,,,o nRI"O pnr I(.~ "g~' 1.'8 (lí. ·iÓIl No> 1" 01111 .. ';9r •• Y .. lOto hl\ • • 6 pqr, . d •. ri ~H ' tí'tl .fIlll. KIIÍ~i'.gripnto dílllpa tuvo q'¡" R~ rl(lOFe~ .. ra IMlt.ijl ini,!ni,larl! El lugur " la- 2 y ;~5 " ¡mil'. ~ 00 lB t,8rde, ~~ñ OhillJlO riel T¡,firila y el H~fi"r f'II' . " toU I ~ r b "8 ¡ I ri .. l\IfI¡!oal""s,"O I~ ti .. Grra,dot 8" dirigieron ,,1 'F'X , ¡rnplorl.ndo grs¡.n;'a· p"i' ~ ei a»t"" d · f'gllir "ddllnte ton 111 .'8rr6l("61 cono. n!\·'o • . E' Pfe.id·~r.t .. 1 .. ", O()l"e~t6 J .. t>~tt' 8Uttl~{', cOIJ~lIm>do con gr:m co.r- 'por t .. IPllrama <1" [,,0&s' 12, q"G COI! lO , n, t"jo "A (fuel t .. . , .. >" ('P'. V) nM 8p""',,r 110 ~1~'HH.la .(~IiCitllli, ~'()" ',1/1 t6~f'r cO~ aigo ~. br .. 1" ¡, l " t,(j .,Y.h fI e' n(h,()t~ da nl)('lmHln.,o €lB Id lIel ".'II~to.. "it! d ice q!l9 ~"t". b •. lllbrl'. Sil h>l ,i"rrflm ~ d" 1I'{! gre .. aún DO tlf ne e~e 1l0n('C¡rul··"tr. In .. c~n · e y e8 prl" j-o qJ\" ." S8P3 ; t:ei'\"r"~ '~fl~ltJn".llll.·.n l.,. l'f-"pf)os~h A~ pl!f!\ qn.. de Gir .. rdot, snllorih,Í'lO I1n te! .. 'g-!\rtll ¡. hl. !' nB, II( lil' DO!', 1038 impRrtll 8U IU'lJ- 7"';1 el ~eij:)r S>tnolem'flfe i'nV"'T~n · 11> ci,j'. . [ . h"- I,fu ~ervi ,·~o t"t~!r áli.JO I'lIr .... el , úh.'Í- . ~ n" d" M¡¡rz,) por nn Ororiqejl) d .. di. eo, Lu hn tI"e (tcnrri; á O. O ,r lo~ ("1 if' .. 'J t ~1\ f', 'n Iwe-to -1 .. 1 (-¡ .. ""r. I J. P. l\I.'n- '8~ci!l1, IJ ) .... , (,"ra qU A ~ .. IJÍ ,ra .11 t.r .. n.­' a v • J f · dA 1,. tl ,;.j 13 dHi !lito M. wh- mi .:ón, y le IIn.o \llt·¡ .. e .. t .. !I(,t : (·P.~Q ' , ¡o, y ¡ •.• Co"" .n ,tHI>L».¡ Julio S.n",,,,, si b .. y telégrlf" pllTf\ . ~lI.r\.iCt.lve • .'· S. lr'icr ... ~if1 0 (j. fl¡::,I.r, A tllru H8rr"í..,<1,·:¡; lo 1J.'varün .. 1 h,' .. "rBll · tl Meanr C,rli)~ y H. F ..... ~, o. D ~"tJt l,.lh .. 1 c-r!;" ,loJ r~'gllll~, y 6-1.,. rl ij'; que no habb ssrvi­FlR,:,, 1 Ari, tid • ., ('a •• bü~fl ... _pt'rM (OIl 'j~ do ""TI< el J"l'>li "u. b,,,n ()()(" ci (l.-_y fue d~trb~l)r ElI '" ñu.. ..\.~ burló D. Csrloll 1 ... ~'lrihtiv" iOIl" II 'n;:::ndc Viil/,. l\ lide le (y.:roll dt:dr tfiDCiJ d" 13l! ".fi'lr,·. á q 1ieDt)~ ~tlI'Uli(l 6 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA REINTEGR-,A' IO'f - -_ ..... -~-_..:. ----- - -_._.~..,. - ,----- --------, -' --- dicié'Hlolp~ qOA rm "~ • fIO$''''u, qne iba ti. 01 ¡J .. 09T lA r!il'r:'D !In.. bueoa (,(lmi ,jl! y 1111 VIl:'O oa vino.'¡ .... I1'."T1(:i ,,;,,. Quf. i rri­~ i¡¡l1! q\;f¡ moí ! qull l"iniHlflO I q'lé o)'ud~ d .. d 1 D ,SpnéR ordenó un p~Reo triunf,1 oor ·, Ia~ o .. 11'11 de 1 .. pobllloi6n rie tl)'h 1" f,IOr. 1Il~ 8fl11' d , e mil lJUB IItArnnriz··r ,,1 p,'e­bl", y pro('edio~fl pn ~l:'glli'¡l\ ti 108 pre~ p~r31iY08 de ¡" f'j .. ouoi6". E. bOAno "d .. vprtir que" Vif>ol), dp_de que oilyfl en m"I'lOR ele D. {Jarlos no 8e 1 .. curebl la h~riti .. y ~i le IIp:¡ollrOD mh de unfl ".a totm.nto~ .. troce" pl\ra qlle 111' cotlfeura eufpu:do y rllll.t"rfl 6 seu "ara á I!II~ eo.o .. p~fi r ,' •• E"tft8 I'Jf, in.ielltr.p, la ~m~tlp.\ de (lt.ro~ n'I~VO~ (1011 qTle ,e Itt intimid b', y ~I h ' mbro Vrod"Í'.ron en el Infelfz una ori.itl' nervio~a, IIn ~uonad"mi"nto tRI, q,.e 1'" p .. dí:! t"r,,,r~A en pil'o A 18~ fJ de la m· ñ 11" ocurrió , I ,~tior Curl\ dfll lu. Jtllr, Dr. O ' piu~, á prp~larle 10M I).Dxili"8 e"f'" hu .te~. y m .. ml'ntos d'-_pué!!, 1l08- I "uiClo por d(l~ h " n, breR y en mtltiil) ele l' !Im"r"~,, 18'" Ih, fue condn,·ir/o Vif'oO ,,1 p'" rl'o dI' (L08 GnsQ)Of,' dOI de RO 0 1111 " h · n Rtrac~dOI4 loo tre~ vaporea do '" F utillll, Ics cIIsleA le bicieron vi~itflr IIn .. ti uno, no .in o()lm~r1o ti .. 8,.6~l.rl , f , 1I i! inhtlm~)lI)~ tr"t.ROIi"ntop, h~~tlt 1i"v,llr . 31 V' 1"'1' ., V I!n· z 'lel" '» dondl' qaed6 o',u­' ivo mi~Dlr~~ li, g ha la bor , tprriblfl. 1~ ·'~r .. tonto til 8 ntllOlIiftdl) p,.díll apM •. clt.irse OH torio. 10M prpp3r'tiv :8 y 8Dl1n .. eh" dI' ~II próximo ~lIpli(·io. D. CarloR el ~( ¡"RACi. b'. ,1> VJ@ti,in ,lA gRla, f.·oh:>, yo\y;éorloMe 'RIIM tr"pR", ¡( h<\ quedAo bi .. n mu-r~o & d jo y ~ali6 IlO m"rohs triuofll para el f'oblado. ros FILIi3USTER.OS A~I IInmll 01 gun Campo S rran" , J08 er>lombianoR rev"lflciQt\l·ri.,· ~ qil~ h'l" desemlvr"sI afllio" y de cOJlo"der el p rtl5n á lu" d " '· gr " oil'ili()~ q'18 onr tanto tieI, t~t:lo. y IOtl itl­vils á roop"l'ft r hOllrAdameDt', "O el pl,,~­'''. mi(4f)tfl Ii~ 188 ~ol t 'lUn~~ p"Dwe_as.qnll ~nci~rra Il' h n IDQtO manifi."lIto de nu" .. - ~I'O ilustre J ef". SU MAJESTAD doo Cl\r'o' el (Grueso.) No Ji~fJ lo~ destinOR de la PAtria al lI.I\dano illO"JlfientA de'l1lir-da tUl bia que {lOO m~1 ~"'gllrl} polllO impri(lle IIU 8.,110 -' d" O'clUi ho d"nd., lo pxig"n le'8 6 · o~. j ,,~ . r o. lÍolh-ot j t~II1(J ~ (\O Uo!! g' bi..rna P~III . oio, CbO g lO f'gip,·io, m.· toIÓgí..,o 6 iro. ~ ·l'p,,>tr· h P, ,"lIrfO y -¡robó'ioo; ni imPfl- 1'1; .Jnpé S ,,,tO", el Ministro que d. mhla 1101 6 l.· . m. u z · d" le nnllia de .. u >ob ,1- t erno Ft3f1,{¡ri·j z; ni "I¡nnf'~t, r" J t,· C, . r~ _ ¡" R C~lderÓ ~ . el mane"hu r úhil, !lo(,jn k ·· t ~ l f~(,t ll ~ l dA lB {.rnl)lll1 "t.rinOf\" de su tÍl.ro i'liq ; r i M r l'''';s"o V srg '!l, el prr'''· I!I". j8tr¡ Mecenas dal g6ilO't) 1 hior; ni l hrcc-, el ángel del .fJ::teTU, íuÍ¡); ni al ¡ni-mo F-rn'mlfll, CDyO Lllrrible rBaio de ncción un ~e fxti .. "de mllcb~ más a)l, de lOA' gi,ip8 de la hilltórica cilldsd de QnPR.tl~: noe8tro limo "1 Fellor n~t.nl'll¡ e~ D. (j>lr !n8 de Roll'}g"f>Z y }!'¿rnlÍl1 - de~, el coal p"ll~rá a la bi. tnrill (1(IU (ji nombre de ·D. Culos l. El Groe~(\." Lurgo que )a IUtot. 0&'1 joMa ~~ Foulci ~lIpO que 1'1 psollmi.mo i, v-di- ft lo. D18JldAriOl'1! nA e@tl riep~qloi'lria ti .. ~ fra, envi6 FO 8gent,., el 'Sffior ti,. Opr. - bil, 11 qn." principian I t't'j " r h, flmc'~ ... t.ela dCJ tiren" ~u qll"l mil' toro" d ... l e' {' n quedar pti$iont!raa !alli blllllb .. ie' t W " .n. IiIN O~" q .... ~e »podl'rpron d.) "O.H1.rB T- ~,,· r"rf" . D 'n Cario'" RootfR'111 Z ~ p ~r" "F ht6 .'n P ,r. f'n 1'1 ( h .. r~~tl» .1 .. 1 mi- O"í-in.o vi~jo '(l'"ulli (~. E. p. D.) Y ~(~ IlI' .;LIÓ tún b· bil emlJft" ' i~ .. y tAn ~f' ~nO () eo ll. - oAdor de Colombia 1 de 'O!! hnn· hr"'. 1,6., b jeo~ del tlaoi0n .. ¡iijtnf', qllA Ic'l 'H" ';'" () r :, binf', viendo f>U p.'Tt!) '! ero~ pa "" de."títnlr 8 ~u R Il'¡~ ' f ' 11111 - . bi ' Y Il"r& nro ~f' d ·.~ a hRI) .. r~" al G0hi.r­no de la R r úolio,. Otl CoJo,"bi", iltlrmll. till ti '.n .. b \ñadR oor do" lU~re~, lintfi" tlel 1 , mo d.. ~~oilm¡;, frnto (J"dic·in¡)f, pt''' l "il I\.rnbioics08 jadio!! de ra' BUfl d'H .ntllville. y C~rlr.8 tfD lió SUíI re.)"'" y Ilbrin cr~, ditn á deterrniflsdo8 indivi'iIl"li : y ¡II~ ()OS80nflR de ebf6 .. no ill ll ~ti ,i .. otAR p~r~ oabrir ajqai~rll loo int fl l·p ,,~ .. y Illt r.\isi"Jlf'l1f dl'l t" o8sltj'ldí : y el o~U1bi.) 11001 ¡I ;,1 "1::, . trsI'jero ¡' QIOf'lltllbl 8Pglllld ... 1101' lego"_ d" ~ '! 1'1 prellÍ " liA onfll-LrOH f· 111;0, vi!1(> tiI ~e; OI\si ill.igni fi.;a ... t.p ! y "I, y ·la~ m080~!I to"P'~ (\'1.,orc'lI po 111 ,,(\minlh¡e tola (h flr , íi j dd'H. Al. D_ c,f\rlOq. Rttdrígf'f r. el 'el ~.bl\b b. t,"'co q\H .:>; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. H1~1111a COrrH) I han reunirlo 1111 e 'pi tal que, de ~t:'r trahajl.lo, hnhrfa ~i"!,, .,1 r.··ul­tallo de I"hnri()~o esfuerzo de ~lo8 gene· raciollps afortllnadas, La reparación "erá ft'eun,!a y la Justicia soureiní. H,.tbft!- chao " "fiJn Cllanto á los bif'nl'S ,raíl pror.!l1c'os dpl ppcui::tdo y «pI corso; el! imposible que In Bub'ime elll!wiia qu(' tá nt>t gloria repn'$,mt:l para el !'ut·1Jlo fraltcé", vellga: á !H'nir' p~r. d , j~r impunes á 108 malo, hij()~ d,> Lo­IOlllbia, á los l1lo,!t'rnOB Nf'rO!le~ qllo s"lo anhv]an "(>1' de~g-;¡I'ra.rlas y '\,lIll'i­tallte~ lae entr~ii'l.s rnatl'TlHlq En Clll1nlo Ít la pH"Ona .Jt' S, M. D. Carl08 " El Grnt'Ro," no hahrh b::tnrlpra t que l::t rlefi~lI(h. ni f'~(,IH]') qll!' l:l. Ral~e p,)r máR qllP ('n RI1 f ;lvor 1I hnguf:' Challl­Jlenlt1, el contrali~t!l. Ch~mp~~u. CrHn~ peau el jU'fi~consl\lto, 'Campean, 1 aRp!­ranteá Hoc\rfgu.7.. En nf'cesario que ntlC'Rtros am;r:os pe­pan q\1f' D, ('arlft~ iji,¡{ .. Orler, E'n (ln~l­qui\' 1' parle, h:ljo la fi-rff'a mano ilf' 1" l!anci6n librral -y espi .nn:S faltaR E'D tinll. cáre,'I: alli BtrlÍ. la ~'''J end;t, ft'inlcgra.­cióp. 111.lí á semrjanza de Dangl:Ir~, 'ra.­gará el a,gu,a y, la cnmi(h 6 lo!! mismo!! precio~ que ha ' acoFtumbrado pf1ff1 px; . plotar al Gobfel'no oe su piltrh mori" . hun.h: dfl allí saldrá <'liando 11l~ CO~~M bayan l'IH!lto á su.primitivo uivd,.,.! -l,r¡s pn:'i\0R políticos c'lel (;ll~mo RI\ in~urrenci(.n3,ron, tomaron la /!l1~rr,¡ ­ci6n y ~(' 1l1,Ít:'rnll ú.la ctljumna Var;ru1 ' :::l:>nt</~,
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La Reintegración - N. 29

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La Reintegración - N. 9

Por: | Fecha: 12/01/1900

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. La Reintegracion. ,- ------- Enero 12 de 1900.-~u)IEl\0 9 • , HESPONSAInLIDADES Bueno scní. romenzar a anotar las fespollsabil.idades morales ~ histori­(" as en que lIIGlllTaIl Jos partIdos que SI' encuontl'HIl hoy en lucha ru(,ia en 1'1 LOl'!"ilol'io patrió, asi como las de los !!'ol¡ul'Iwillos ,. aun la de los illllivi­duo;; pal'liruliu'es 'qlie so pretexto de <1 "u(\ar a su jJ,utido.cometen y hacen (';'JlIH'lf'r aJ1II:-;DS (jne no deben existir ('ti [lai:iúseivilizados. En esta hora dt'l siglo, 110 es }Iosible aceplar la J¡nr!I;Il·ie de siglos qlle .p¿Uial'On; la ci.,ilizilcinn cristiana rechaza euanto st'a t'xlralimila('ion del derecho de la glll'ITa. ," ya <¡]Je !lOS hemos qnedado I.a Il ¡¡ Il;;¡S de Jos pueblos que van en J-¡ via del prugreso,soportando tantos ¡IÚOS HIl gobiel'lJo de tribu africana; \'nte de la Corte de AMpoi-polltio08 de aV<-Iozldll edad y de delicada ma, el Sr. R.ftlel Maria Palaoio, Mini8. salud. tro de G obierno. Se ásegura que BU ve­nid" tien e por objeto t.ratar de soldar los dispersoll elementos de lo que fue en un tiempo Reganeraci6n, de8pué~ nReioD}. Iismo y últimamente apinaa Coml/afifa Industrial. NOTAS Eaero ~ Con profusión se oiroulaba ayer en la ciudad copia de un mny 8ugestiv o) tele. grama del general C18abiBn~9, f~chado en Soatá el 3 de 108 corrientes . De su Si E'n su Cartera 8010 trae el Sr. MO. nis~ro 108 element08 de la pJlítioa nacic- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA REINTtW?Ar IO~ f1rIíAt~, es deoir, destinos y oontratoR, le augurllm08 pooo éxito en 8U8 ge~tione •• En primer lugar, á la f~ch" las fllentp.8 de corr"pción e~tán ~g tatl1l8 en prOV! ­cho exo'u~ivo del nacionllliomr; y el Csnal de Panamá. lall mi08~ dI! e~m tl rll ' ­das de MOZfl, el ferrol'arril de la S& baDf, 108 monopoliOl de f6~f .)rOR y ojgBrrillo~, etc. etc" ya de antemlJno están distribuí, d08, como 1118 nueVAs emi"ione~, q\l~', evidentemente, no alo',nz rán p"r" l'U, hrir 108 ' derroobe~ de eato .. tres meRPII ,Itl gUtorra. A.demas, los con
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Classical Guide to Beethoven (The)

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La Reintegración - N. 33

Por: | Fecha: 07/06/1900

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 'LA" REINTEGRACION Junio 7 d., 19l0-NúMERo' 33 SIEMPRE LOS MISMOS . ' ,D. }tiguel A. Caro nos lI"mó dA Qoa8tA. d08, y á f~ que tuvo razó·l. Los Ollnll!!r. . vadores ni forman ni h~n f .• rm"do j"má~ u!l partid.o polítioo oonstituítlo 80bre priD. ~108 fiJOS y estables. : Ayer siguieron á D. ~ariano O~pina que er" un buen ore. ,.!in$e y un hombre honrado; máll luégo :se, echaron en brazos de Nú&... ateo si puede haberlos, y .en asuntos de probidad ~an ~Oo? esorupuloso 'que por ahí 'andan . ,,-I!lfinldad de h~nras 8u~idas en la orápu. la, ~e la 9OnoU816n debido ásu teoríq de ,. ~olJlin~r ;oorrompieudo: d8$puéB -,ndio'B. .ron al Jugador qU,e de . todos hjzo burla, ,l,last'l de 8\1 propia ,honl'll, pi Blgun'a le qUedó 'lIalvada ~Íll08 gari~"'8 ¡fA á tres al ouarto'; más . tarde r~veren(lió v eXBltó -al humildísimo .eaoerdQte de la 1J0ber. b.ia qu~, los marcó ifldeleblem,~nte oon el. diota.Jo deJJIlb~oHe , 'oy divisado de negro, mañana de b1a)1oo, ruégo de verde, entrando; s~lie)1do v di vagando en .todos los parti~08, paroialiw.d~ y oirou. .1,o!" los vemos remolinados nnas V808S de 1ej?B en .torno Ide' la, Revo1uoi6n ,,. otras .Dnlfica:dos oon los explotadores del Teso. 1"0, meroed á ouatro oohetes y dos cañona­zos oon los ouales , ee les hao~ , recJamo. ~anta in.consistenoia" tantas 't!'80ilaóiones ,. vergu~nza tanta, provienen de que ellos no forman partido polítioo.sino que oon8. .ti~~lenUlía casta. Si -,así ;no fuetlA~ la hjB. ~Q~J" del paíl! MS d"rí~ alglÍn ,ejemplo tle • .ban~a d~ ello~ oon el . P.utido Liberal para sal val' I~ libert"des y el erario oon. fi~l,l~o8 ppr ' onatro ·, pillos afortunados y audaoes, pero eso no ha suoedido preoisa. tQente por ~er nosotros descastadoiJ ,. foro ~arellos la Casta: al h~Lr.el nobll"y VIi­hente no se a,!í .. j~inás.el oerdo innoblt', perl'z? ~o, ·gl88ieÍlto y oobarde ollya wi~iou ,e reduoe á devora". . , E.to nos d¡da olava de 1" oon.t,it'u(\ión i~ieleotual, m~ral y fí.ioa efe 104 ,'oon8er_ v,~d~res, ya JOil on.n~i te~emll.. 011 ',-,,, agru. pa,olón Ó e"pe~,i ~,:i'¡ !lO '.".) illdi"i luo; ~'i~. l.ado~, Y.Else Illo(i;. '~e ."jo n~· lid".; á .;" turno el'po'que ~ú· d'oini;;"Hó. 'l i·np .. iflle oaráoter, v aquí el ohj .. ttl dA lBS IlrilseilCt.\8 líneas. El rasgo promi rlt'nte dI, b e"¡,rocie e~ 1" orlll'l,l .. d, hijo¡ d .. 1 .. ", It .. rdí". Ahí e"Un, p"r., un trR .. r á rqm""t .. horripi • lautell esoet,s" I'/I.a IH~ til"lIpO há, lo que aotu .. lmente h,\(l1'1I rtón 111M P"I'~(lIl: ton el Pttuóptioo, 'ell d"ilde tit'ul'n haoinados · oerOla de lIlil Iiberllleq • Illut:hnll de ellos reduoidos .al RBtitdllo, de pie eternamente porque no se lell J,eTmite ni "e les da es. paoio p~ra descaufar;. ?noerrlldllll por los defensores de la Rellglon y privados 'de todo reonrso y qUt< de hawbr3 morirían si la cariead púb!ica, defioiente en mu­oh", no proourara llevarles el bocado de pan. Los antig~os en la Roma pagana oondenaban á loe grand81 delinouentes á ser privados del agua y del-' fuego" pero no 1011 I!ometí .. n á morir de hambre oomo lo hacen estos piadoHOs oreyentes. ¿ Y 06mo prooeden los liberalell" oon 108 pii. '/lioneros oonservadores? ,Pueo apenas 80n oogidos con J~ arma8 en la .mano, ,al' 1.,'1 pone en libertad. ~n singtdarísimas exó~poiones. Aquí en la capital de la Ná. oi6n, á la aora presente del siglo y entre las manoll de .loa que se dicen dtfen80res dela Religión del que fue sólo ~riclad,. amor, vem08 á jóvenes casi niños enfeN mos de gravedad languideciendo en un patio ouya atm6afera vioiada por loe de~- , poj08' ~e oen~e~area de vi vientell, loe llev~ lmp8llrblemeDte á la, muerte; aquí 118 nie~ g' al priaionerQ I"nfermo la entrada de 106 medioamentos y aun del preoi801' es­oaso ali~entoi aquí, á semejanza de oie,r­tu madres desnaturalizlldll8 que para alla· lllA.r .~l hijo ha,?brea.do que lell .pide pan, le lntander, derrota que re"ul~ó o"mo t!>do lo del país y IUS moradort's, de la ~feotiVR propiedad del Supremo Gbno., Di más ni menos que la de Peralonso, que la de GTamalote, que la -ie Arnh"tll v oien má •. 'fril'ltll tlxhibipión de una ohusma ell­gaií .. da 1J0r lol' eterno~ mistifioadorel'l. bR­oanal que h ... Iej>ldo ab.ortos á los f'xtran­jeros y ha heoho r ,·ír á todo el mundo á oluo.j",l/l~. S"berBno "hasoo, igual .. 1 del 17 de Dbre.: en 108 propio~ m()mento~ en que Vilhmizar y delDá~ tnandllriBtiM p" ~ oifioadorea tie estaban desnu,IRlido para huír UIRS aprisa, Rquí tronaban oohet~s y oañont's y oelebraban, lIin pensarlo, 'el triunf, cid IIid legione. liberts,lofl1li. En alu bit. "UIl"i'}fId~ dI GbIlU., oomplaoiente oon llIl ¡(.lUtuza, le dabR triofo, ó 88111 lo único que DO tiene ni volverá á tener en Oolnmbia. Ew debía suceder á quienes han oonfi"do su suerte á Próspero Pinzón, El Titán, nn titáo que si en alguna mi. tología apareoe es en la Chiboha, el que como el portugués no se oansaba de gri. tar: "Non tembles terr!', que non te . fago nada." En la mañana del sabado 12 del pasa. do, 1011 naobnlllis*as ó ganzos del Oapi.to­lío, dieron el grito de alarma, anunoian­do qoe @e oombatí. en el Norte. Al ml'­dio dí.. ~llgú 'l ello~-úuioa fuente, auo­que turbi" de inf lrlllaoión,-quirieraÍll08 I"u oea de la pre.tBigitlloióQ que ruedit.l a". Igual OOS/l ~u ,edió,t'l domlogo,· 8010 t.¡Ud este dí" Rmluieoierou de h,imor, ' v "U~ _ notioili~1 fal8a~ Ó O", ib,.u lI"zonadss de abraz08, oarioill~, felioit 'loiontls arJierotea y ()tro~ IIgR~Rj08 de e.tilf>. Se sentían ya ."lvRd'·fj oon IR sal'gre, lOA 8U~tos 6 las h"roidd,,lllátiro Núñ"lo. mol .. -ti" que 1" h .. ah .. r.do al Teporo pd' PorBupuesto que no f~ltaroo 10l! inllultoM, blioo. oerca de ou"tro willoDed de peeos. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r...\ Ur:I:S'f¡';GltAOIOS -También D. E 10.&r,l" U.·t! ·tlloit·l, " .. n· 8e~v~dor hiHtó ,'iO de "'uudinamaroa y Cartag6n.a; pue8 .clespreoián laé' atmaR de á tos 10 minutos entró ,en combate el e8- ' fuego Pl'r:a aproveohllrs6 d"l maó'hete que ouadróo Córdoba. Generelizlldo el ataque, lDanej~il á la perfllccióu en ewbo.cadas, ' lIe sostuvo oon muoho ardor durante dOtl l oomo lo probaron ep. IOddedfilad6ro8 del horas, pero al fin fue arrollado el enemigo U ruaOO en .donde de8p!t48~arod un Bon. por el empuje de nuestros bravo$, perdió y pusieron en fuga otró •. F¡u Piojó ·tiene 8US trinoh~ras y su¡; ouarteles y quedó re. el .Gbo. 300jhs., los que'estárí hostilizados duoido en polier~e 108 nu~tr\lll oon su oonlltantemente por varias guerrillas que J efe. el Cnel. Piedrahita. roclean.pl pueblo. En la reglón de la8 &a- Tuvimos unas 20 baja8 entre muertes banal! de Bolívar está~ Ceibelatl y (Jarazo y heridos: entre elltos últimos se enouen- oon 'fú3rzas de o.oDsidetaoiÓn q'le obran tra el v,ler080 Cnel. Belil!&rio Aroiniegaa, ' de ~~rd?- oqn eJ, '~roi~ del Magdal,na pero por fllrtuna 8U h~rida no el de gra- . á órdenes,.clel Gral DU'ran. Se esperá la vedad. El enemigo tuvo blljas en nú-(llsro pr.óbtima 'ooupaoi~'n de ,.M.l.maugué. mu.v superior. :., "':"La. invasión '/le j>~namá ,trae 8 caño • . CIlO ~otivo de este brillllnte triunf., . ne8, 2,()00 a!lJIas. Y ~buo'dante parque. quedaron en ~oler de lJUt&:ro tljé'roito O..iupa ,a á Ii"vid;··':,V.6r,agulIII, Chorrl!ra 230 arma'! d" preoi.ión, 16 Olij~1I de per- y algunall otras pobl.c~o"r .. oircunveoi­treoho, briglidas, monturlill, blindera", oor- . na ... E~t'¡ eh poler dI! 10M; nl'lé~tros un n"tls eto. eto, I!l .. ta itaporhnt,e aooióu de r .. moh,.dor gráude, d~ la C' del Cilnal y al' u,,~ IIgreg .. un huro má I á Iv~ y" 0"11. uu. Kol"h "~re.ad,, eu pr8llElUoi". de l. qui~bd· )~ po,' el g"lhrdll (1-.. 1. háñez y ""R,~n6tt" B )yacá ~~ J ofd O. Y M. del p Ir IIU int .. éj.li lo J ,Id de E M. ,,1 Úr.l. Di'tn. e~ D · .. :l:i .· 1t0lll"~" Porrb8 y es 8U Se- Pd
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BEETHOVEN, L. van: Piano Sonatas (B. Bloch)

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La Reintegración - N. 28

Por: | Fecha: 14/04/1900

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. La Reintegracion .B 19otá, Abril 1·1 oe 1900' -N ú:uer.) zs NOBLÉSA. OBLIGA M · ~ lip pei~ci8nt " A lil¡or'jp~ Rufr"n I~R pn ' jil .. ,i '·R dA I~ l' r i~i"f\ pn l., (·árI\Al,·~ d~ e ·' a (.jl ''l r ' Sf\ .. tl b!e,)," j ' Vtl" tl ~ ift. te l~f'nt' R tí ihl 'tr'Ic1~, flrt "~3no~ JIlO". ,·¡OS() ~, (lbrero!\ m,,¡j"st() !\ y h', nnd,,· . rtldo~, y, Oqd'l ono de A l (l ~. HU ~o r \ sa~ '''lprf'O", ,ie Il!i"io p."" ' Il~ ,Ino J- no·jll P. L \ filalilropl 'l ,l ~ ti i · tinrr ¡,111., (~, m H R h\ .",iti!!; .. )o nI) t" n't:> la de~nlld~z de unl'~ Y loa ;, frimi e Ptn~ df:l otro~_l'er() Fll lHj' f:i:: \ DCIJión [JO .. lo: llZ', ni PU"dA :l lo»,. z .,r, :Ío lI"v ' r ~u ¡',¡ • • rr.('\ dl-t'.no y u ,)bl" á la~ n""(l.i,ilpoq qu.~ no ~ .. {,,({non ,1" S ' l'It,'\ lné •• 1 !.rim .. rI'rj., p.,." ;,,, ')/1" para s'g ,mo~ rw' n" ~ t,,\fi O Al' l p."i , f' t~ 101 l,ln \11AJ}:t:IIV\ dH v · f1g' uz ~ , d ·\ o~tr ' lj ~ 11 f ri ~ r~ J) t'r j'-l ~Hp (; r ~ ()J'i dH d r[1'h , r '.! n'l,.. • • 1, erinritl .,·j inl,'·I".:' """ . A"¡ "., h ~IO" ' :\ ~ g l ' f\ ci 1. tia ~ hlner,l~ 1ll '"pd ,r :4. ¡fI~ mortíf.,1"~ OlI' Z'llOrrRK d~ (;'1' t~g " lPl 11 011 honrado p~ri"diRttl que l,"VO V ¡\"r p.n, h pqr, nR re,')r \nr fr ~ ~'s q 'l. HHII (,h ·," j, .. de! pblem~l\te 00'1 f 00'I1U'" vi h púh i ,!~: o por OOOfl'1 F~ m - j OL", 11'1 h ,'nArnént,o oop!lrLidad ,Lijll a ~ ji, 8 re p~t ' i .!i ' " .x­pía en UD.! f á-." 1 el ti bl- etim-n d~ tlO~ n~cer 13~ ei n ' [10 AI.!O 6 Di(J~ , Y el>! pof.Ol;lr una for tuna b f\ nr8 oi aUl ~ ntf' adqf1iri(h, ú~il y fi lllntr6nio:f Uh...nte cmple\dn! N o compr91'demos por que qp impone a.l a la btlnev ·,Jfne I'xiótir ,,0 I1nf\~ la 0rueld ~ d OA ot.ro·'. E ,I.{) no pe pxplioa ni px~ mi09do tí. 11;\ ]hZ d~l interés indivirlUI¡j ni a ]Il del intel6~ de pnrti ,¡'1, Q 'li t>o tlO 11'\ experimpotsdo las dn:oes f. nici()~ eH de la P"! omi ~~rl, qnipn 00 11<6 coloc. do pn [.., o·,b. z'\ de 00 f6r itíooeote 01 oaudal de BUS ambioi'lnes y de sus es~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. iA. ~IN iithüCION r}rr¡;r,7.n~1 P11Pda 8ff or\lt>1 pClrqna PU nr.:!. ,1,nn.l"j\'1 ti, oe f. 1" llpOf'.to d .. q'll' to .. ,lo .. ,'¡IOR h¡lbt ""'>[l d .. ir il ~TII' fi:t"? La I pr..,¡.i6n y lB lir'lIb en ¡'.R I:Br',,· E'~ pr¡ - OflUII ",Igo q'l'" no RIIIl odio al Gobierno y ,. ~us ~gt!me~? Se erpe, flor v"nturp, que ,,1 ~I'ntirui.'nt.o liber ,,! pu~de sbog.rfje pn Jiígrilll~8? S" olvid, qne erttl pnt;blo, f'~tB tez'!, lit bil pHB locb"r eo pro de la civiliz.ci61), eR potente (. ind(lm~bIA pqra r€l'tI Ale'!O Ilrra~tr~ k • dOIl a la dé~o8p6r¡:.()i6h ? No se ve cómo boy kdAvía l('fl hii'IS y lo;! nietos de c6~ lera 8alvaje en 1860, empnñln con (lo'r8j(l ltl esp;;dll o'.ntra lo~ ber~jéroito libertador d"l Norte, nncleo nf'1 G,>bieroo rev()lu~ . cionario, ~e hB oa1zlldo gUllotA (Je sed'; para trahr B ~U8 pridionero! de Pt'ralon .. 80 y Gromalote. JOS E '~ONACIO CONCH~ En la Iuútllo~a /lTi .. i~ por que BtraviA~l\ la p\\tri", etltl!. POñlllp,oll oad:\ h ,rll P" ,¡' ttU~ vietirnll i1f/"tl'l'. En (lada o"'nh.tfl que libran 10R defensores ele la (lig,.,hled y del da)'ecpo OBen ,uno 6 rná~ l¡di~Joret! de 1 .. U~Ilt!, .Ie !~ H "Ú bJj '.lf •• Lnfl 0l)fe~'l­r" 8 de ColombiR Ji .. o d~ ¡¡iROer 011"1100 veo eo 1»8 comunio"ci{)f el de sus leoien­tOí:! qua pe ha apag\do ta IIntore.ha d" uos ilJtelig{\ociq y qlll' han oe~"lo los la­tido. de uo oOrf'z6n honflld". N' impor. ,· ta 8 lo~ t irallo8 de !<>6 pneb'08 q'''ól t'n kll combate!! parr'hle" per't ZClln del'eo~" de SUl! soldqdos r.i que !lUS hlll'Stll8 huy .. n al, empuje de IB81¡>giou{'f! (le la liberc.d, onu tal que hay'\ de~Aparf.\cioo un pl\triotll y se hayl\ l'xtioguido un oaraottlr. RI tril1u­f, da I.SA Brma8 repu,b'ioar.s!\ ~n Onpi~!i­nej". l!~no de luto para n .. sr..tTo" PO! 1.\ muertA del Cororlel .JoR(Ignsoio CotwhQ , ff'g ,cij'\ a lo!! tlwienteB dli 111 di"tiloJura)J l~ij bael' reoornpeo8iH <.\en liROrj \. y d'­nero la denota dA P'UI polo,do", P,lra I,,>¡ tirsll(,g ¡.c'!lJor una voz h'.)crzda valo UJíÍ~ '-> qt1l' g311sr un~ twt!\lJll. Si los gob<.'l'IIfAHIlS f(ler~o h"~nbr{1! elh p~Cfl~ do p~n8 ~ r <:\[1 l~ .tl'rte de 18. p~,tria. do ('SOl Uthf con sGrenídlld la@ C~III<\!IS r:., h gtUI'Ta qlJe la. lIolquilll; si pudierlllt penetrnr la nube de Pi.lÚÓll y d'~ iDter.~3 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~.f que lils cir ~a, y comprender cual CR el <,Hpfnt,n d~1 tiempo, leR b.~t3rill contelÍl~ j>lnr el iOt'rto ('nerpo dfJl intrépido y pa" lYiotfl Coronel Conehs rara Of>rciorarso ~e qtlA 1,. C:lVA'! qnB !lQFtienl'O !>Il u.oiber- 8~1""'f'11'11 ~ OH'Ilto y ,,1) 1 .. pI' 1118, Y ",1 otro en lo" olimpo. dE' b',ltall!! pill' Itl S"ntn (l81l1!~ del derecho ele 108 pueblos y de la dignidad de In patria. L~ muerte d"t C"H'IJf'1 Conet.a nNI h~ ' herid!, eo ElI r.IIPI\, h I hl'rido ti If> Re .. J,(¡b~io". Sil r"i!nlirdo vivirá NI 18 memo­lia rle tCldo~ 1<>8 oo!omhi u lOs y su IlOffi­t, re 1161á iflscrit,o OOIl letrjj~ de oro 1-'0 (,1 ¡¡bl'o inmortal de los mártires de l:¡.s grande. e U911@. Parifie~ei6", 3 ,j e A bri'.-" El 15 del .pe8~do c'lIub.t,> 1'0 l'rI :.,tf.mñ nil n, qll -d oo­, jo PII . ,1 onmpo m8~ de mil, entre mue"­tClf! y b.,ridl ' ~ d" -'11J bas P " I'I"~, NilPBtra!\ ftll'TT." vHllf'edf>r'R . igui"Ton In miRi1l:1 I"h h" al C. gUAU y al t'íl\ > : gujp"i~ a CHITOp' _ ,\Iegr,. dA ~ qt¡í pigui6 el (htJr~ f/ll Roe., ,, pllfB el Sur y el rilPto de lJ\.f-~~ t.r:¡8 f¡¡PIIHS eon Ibt<ñez y C"j( e ;lo v(:l. Vi~l()n ' lll o~ntr{'. Pddrcz., @¡, iió ¡le N"t.a­B'llima para, C<'yiiiIl18_ y t'D \JI LiJU60, el 27 bRti6 188 fll~JZ~f.l ('()mand!l~hs por.&\ Pnf-!rto del (IE!otro qlle ve( ían de:El e hapHnt Q O!~d~nc'lo pdRioOllrOR H Ilergc>, R. L.' iv~.' M. B~ños y otrf.'8 de:imporN tanc¡" y mllll d~ 150 de tropa; 8e lon1nr611 ade[llii~ 100 nílt38, bQg~.ie8 y I'tros el,'­mentos de gll('rrSl, El ~6 'mtr6 ti e.tq un" gue~TiIlA. ql18 ~jgui6 á unir8~ con p!'drC" z '. El 29 vinierc>o foel Z~8 gnbierni¡.t"'" 11ft !:'8Ida1'iB qne salielon en la mi~mR n"',fIh"; 1'11 sproxic:narse 188 SV'\DZlldas Iiberale(J~ que f:\otrarrn el 30. F.)i 31, ~ostnviero(t NtS8 tir(ltAO, or n IR!! foerz~8 de Ospinli ChBparro' q e habían !I"lido ilf' prAdQ. bl\lIt& pI II>no"hPCl'r que re~>ron la~ fller­ZOR- il" P"drl'ze,Iollñez y Caicod •. El tirOléo dlJrllnte el día, que ern de 11'''''­cado. produjo Clonfueión, I'~P'.f110 y h, ~ rrc'r ; qnerisndo 1)n{)~ dos herido~ Itv~H y tr.!! rr.nj . rPR c:!,,¡ pueblo. Aypr~, ~M 1 16 tl,dll la {utri. j>iTB prot"!!:P.I' la ineMpO. r~c;6n del Gen~n'¡ M Hín. y wVf) eIJCllt'ot.r(' j d .. 1 ooal sp.li6 herido Ipvpmenl.'· 1I\l('hl!"o l/migo J u~qnín 13uendílil F. Cf'" pP~lf .. l\leriRno tJ.ibe y M9.l1t .. ,1 Mejfl'.» En oorln. de la mip.ma f .. chfl, (\('R dio .. otro lI 'nig,': (( (ífiüialrnont.e Re ~" b~ ,le liD comblte ffiSII II!H\grÍ1 en ,·1 ]¡t'l' lI il'lI 1 )l' l" rta loelllo d l' ~,, :il!ta !l d ,'r , V :I­lJl(' S;'t, da. r .xlg- u1IlJ"<\ d( · t h t: i! 8 (lil e ;h: IU (} '4 rt:ci.Ji ¡ln dir\'eL:trlH:nLt': -_.J) ~' l{ !fH! \lfVro tell e tnf\c:;::t 1·\ Yi~t,ft ¡in:), t:ollluniua<.:iÍlII '71 e fel,h,. 10 n," ~[:\"1,', '1'''1 "ntl'c :otl'fltl (")~ ~L'l ,1iue t,) ,i ,;lli entre mu e rto ~. herirlos .v t1i8ppr~()II, Tcuemos fnn,lados motil'os para 0 H'er que el g'raode ejé rcito e'tiÍ. haciendo mo ­\' iIlJii"id o ~ de IIlllclt:l. tl'asc ~ lIdpn(:ia que uont'ullden a Ca'Sabianca La [uenf,a de <1 ' 1" d i() lw~t~,.JnFefito lHo· J"en,> amllnil7.:L e{)lJ~t '\llt":111·nl.e tlO'! una gll"l'rill a 1)l'itl~:l y all,hz ,l· ('11 G Il"C't hay "tr" J/Ú1Y fu ürr," f(1I~ obra en cll mLill ¡L' C!Úfl C'llJ lao otJl~ d,)!! ,- ,El DI', P do E lias 0 ',1'1'0, S-' cr B l'a~ 'io .Je GqbierClO y {lI t'rre" de S ¡Hlt~,II , l('l· nol'l di,:\· lo ~iglli,'nte: El [)r SlIl'~:l.tl .l e parqlle a h r ' V" l ll<;. ,&¡1. E: GelJeral !~; :f..el Leal derro · t ,', a 1I11~ fll l·I'7.:\ I'rocpdE' ntl' de vene7.ue L ~ 'lne v('nía (' n :¡p"yo (le l,)~ l1al:ionalistQs. la qnefll\! c g id '; cO'lla m 'lro1' pU'L, ·de ¡¡ U a"¡¡PIl/lell!", 1'01· i"form"B Lid gene!':> l ,gobiel'lli~ta Hoyo~. la~ fuerzas fluvialt's delllReiollali8mo t llbieron que retil·arse a Ocaña inopillúl.amenLe. El ejúr ,ito li­berta. dor exuberante ya, y por decirlo así desbordando en vigor y energia, ha mnpezado a abrir operaciones y ocupó a Chopo. -De Pamplona nosconfirrnan lils,an­terioro¡. Ilotici :u,\ y ade más I\.gr"gan: lfEg6 el Dr, Soto a Cucuta (,011 tre~ cañOlle. 'dé tiro r~pid !) ) tres millont'B d e callsn- Ia~, f\uat.ro ametrallailoraQ , gr:m núrne" ro ,I ~ lH'i:,¡d ln.8. cuatn mil r ifles, vetlti­d" .. .v "tl'()~ p.lementol El i'j,':I"(Jitn y el ]" 11,1)( , .. en .::~ lI e r;111 c hi e ie r" n gr:tll l"llci -­l, i lll j"I,to ., ) jiu,t,re lu ·~Il"ld"r. L¡"~ :Lro ¡ 1 ('ti/! t'd t f) d l~"; l o~ d()ster¡';'t lut::: ei geJll1r a.t B I~ lIj '1.il litl I~ l¡ i í; L¡-¡¡ j') el ,OOO h lInhn'~ mur l¡ i'H¡ (" I'li :n,los \. 5 00; ) I Il :t ll~~ 1' , ~ ,, ~ : ~b e Pnl' (':l l ,l" , g:~l": í 3, la C';S Lft con Ui\ acorn7."Jo. 8 000 rifl c ~ y Cu:\tlO ca·, rr,)oes EI¡ l'('~urnIHl la tiitu /\ci6Ií puede s¡ntHis~r~e en (\~t\ffaS !:l LJ\le nos dirige el ~ e llel'fl.1 V :~l'g- .l!l ti Itltl)~: "l'ie rd 'ln us­t ,!de .~ cui,hl.ilo, naila. nos inauieta," - El dia 2:1 de Febrero ~na. pál'te ,lo b f) p¡leh'l) viej,) SI, eneuelltr~ ' en jI,l "J!r,)t'l S non 1 fíO hombres. , "':-J.)scfit ,) J[ )reno eutra y sale libi·e­m,\ nle " l'iedPClleHta. -..\I·I) •. \ l\i,) V:·tra~ con nn'1. bl'ios:l. !S1l ~ ' rlill¡¡, In o ,mpad,> la poLlaci;'ll de tiUilltl. -El b,\t, l.11nn d. ) 8 'nilin C,tice.l o. el f,Lm ) ~¡ ) e )l""l.. j" r (h elD¡>ré"tiv)s. se ill­~ nrr e c '~i,)l.ó en Fllsa '~a8n~{¡ y se pronull­ció en Íávor de la Revolllción . -E~ el Carmen de Apicllá ~e ha le­vantado una importante guerrill a a. ór-denes de Segundo Mejía. '" - La situación tU P,¡,namá es J'h'Lgriífjc~, JHr;¡, los defeoRorea de la honradez y de la libertad. Nuestros amigos han de~­em bareado en el Itsmo un gran arma­mento y tienen hoy un ejercito que tiene aterrorizado a Campo Serrano, uno de los vel'dl1;09 dellibel'alism9 c1urántelos 15 arr as de oprovio y de,baldon pal"i\ la patl'i:>.
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BEETHOVEN, L. van: Piano Sonatas Nos. 4-7 (Say)

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BEETHOVEN, L. van: Piano Trios Nos. 1-3 (Trio Goya)

Por: | Fecha: 2018

I. Allegro (10 min. 44 sec.) / Beethoven -- II. Adagio (07 min. 19 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro assai (04 min. 51 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Presto (08 min. 15 sec.) / Beethoven -- I. Adagio - Allegro vivace (12 min. 08 sec.) / Beethoven -- II. Largo con espressione (08 min. 39 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro (03 min. 40 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Presto (08 min. 18 sec.) / Beethoven -- I. Allegro con brio (10 min. 28 sec.) / Beethoven -- II. Andante cantabile con variazioni (07 min. 23 sec.) / Beethoven -- III. Menuetto: Quasi allegro (04 min. 43 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Prestissimo (08 min. 57 sec.) / Beethoven
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BEETHOVEN, L. van: Piano Trios Nos. 1-3 (Trio Goya)

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  • Exclusivo BibloRed
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BEETHOVEN, L. van: Violin Music (Stern)

Por: | Fecha: 2011

III. Rondo: Allegro (09 min. 24 sec.) / Beethoven -- II. Larghetto (09 min. 12 sec.) / Beethoven -- I. Allegro ma non troppo (24 min. 13 sec.) / Beethoven -- Romance No. 2 in F Major, Op. 50 (09 min. 52 sec.) / Beethoven -- Romance No. 1 in G Major, Op. 40 (08 min. 04 sec.) / Beethoven -- III. Rondo alla polacca (13 min. NaN sec.) / Beethoven -- II. Largo (04 min. 30 sec.) / Beethoven -- I. Allegro (18 min. 30 sec.) / Beethoven -- II. Andante cantabile (07 min. 49 sec.) / Beethoven -- III. Rondo: Allegro, ma non troppo (05 min. 34 sec.) / Beethoven -- I. Grave - Allegro ma non troppo (12 min. 44 sec.) / Beethoven -- I. Allegro con brio (08 min. 46 sec.) / Beethoven -- II. Theme and Variations: Andante con moto (07 min. 48 sec.) / Beethoven -- III. Rondo: Allegro (04 min. 54 sec.) / Beethoven -- III. Allegro piacévole (05 min. 25 sec.) / Beethoven -- II. Andante più tosto allegretto (05 min. 05 sec.) / Beethoven -- I. Allegro vivace (06 min. 50 sec.) / Beethoven -- I. Allegro con spirito (08 min. 35 sec.) / Beethoven -- II. Adagio con molto espressione (06 min. 57 sec.) / Beethoven -- III. Rondo: Allegro molto (04 min. 11 sec.) / Beethoven -- I. Presto (05 min. 23 sec.) / Beethoven -- II. Andante scherzoso, più allegretto (07 min. 25 sec.) / Beethoven -- III. Allegro molto (04 min. 59 sec.) / Beethoven -- I. Allegro (08 min. 11 sec.) / Beethoven -- II. Adagio molto espressivo (07 min. 19 sec.) / Beethoven -- III. Allegretto con variazioni (07 min. 59 sec.) / Beethoven -- I. Allegro con brio (07 min. 40 sec.) / Beethoven -- II. Adagio cantabile (10 min. 12 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro (03 min. 17 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Allegro (05 min. 07 sec.) / Beethoven -- I. Allegro moderato (10 min. 48 sec.) / Beethoven -- II. Adagio espressivo (05 min. 57 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro (01 min. 57 sec.) / Beethoven -- IV. Poco allegretto (08 min. 34 sec.) / Beethoven -- I. Allegro (10 min. 20 sec.) / Beethoven -- II. Adagio molto espressivo (05 min. 58 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro molto (01 min. 16 sec.) / Beethoven -- IV. Rondo: Allegro ma non troppo (06 min. 36 sec.) / Beethoven -- I. Allegro assai (06 min. 24 sec.) / Beethoven -- II. Tempo di minuetto, ma molto moderato e grazioso (08 min. 06 sec.) / Beethoven -- III. Allegro vivace (03 min. 25 sec.) / Beethoven -- III. Presto (08 min. 44 sec.) / Beethoven -- II. Andante con variazioni (15 min. 36 sec.) / Beethoven -- I. Adagio sostenuto - Presto (10 min. 48 sec.) / Beethoven -- III. Rondo: Allegretto (04 min. 59 sec.) / Beethoven -- II. Scherzo: Allegro ma non troppo (05 min. 08 sec.) / Beethoven -- I. Allegro moderato (05 min. 11 sec.) / Beethoven -- Theme (NaN min. NaN sec.)(46 sec.) / Beethoven -- Variation 1 (NaN min. NaN sec.)(41 sec.) / Beethoven -- Variation 2 (NaN min. NaN sec.)(41 sec.) / Beethoven -- Variation 3 (NaN min. NaN sec.)(43 sec.) / Beethoven -- Variation 4 (NaN min. NaN sec.)(45 sec.) / Beethoven -- Variation 5 (NaN min. NaN sec.)(35 sec.) / Beethoven -- Variation 6 (NaN min. NaN sec.)(33 sec.) / Beethoven -- Variation 7 (01 min. 42 sec.) / Beethoven -- Variation 8 (01 min. 15 sec.) / Beethoven -- Variation 9 (NaN min. NaN sec.)(29 sec.) / Beethoven -- Variation 10 (NaN min. NaN sec.)(29 sec.) / Beethoven -- Variation 11 (NaN min. NaN sec.)(29 sec.) / Beethoven -- Variation 12 (NaN min. NaN sec.)(32 sec.) / Beethoven -- Andante (01 min. 26 sec.) / Beethoven -- Variation 14 (01 min. 15 sec.) / Beethoven -- Variation 13 (01 min. 37 sec.) / Beethoven -- I. Allegro (11 min. 05 sec.) / Beethoven -- II. Adagio cantabile (09 min. 38 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro assai (05 min. 25 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Presto (07 min. 32 sec.) / Beethoven -- I. Adagio - Allegro vivace (12 min. 38 sec.) / Beethoven -- II. Largo con espressione (13 min. 35 sec.) / Beethoven -- III. Scherzo: Allegro (03 min. 59 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Presto (07 min. 50 sec.) / Beethoven -- I. Allegro con brio (10 min. 11 sec.) / Beethoven -- II. Andante cantabile con variazioni (08 min. 12 sec.) / Beethoven -- III. Menuetto: Quasi allegro (03 min. 42 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Prestissimo (07 min. 45 sec.) / Beethoven -- II. Adagio (05 min. 39 sec.) / Beethoven -- III. Thema: Pria ch'io l'impegno (Allegretto) mit Variationen (06 min. 42 sec.) / Beethoven -- I. Allegro con brio (09 min. 59 sec.) / Beethoven -- Introduction: Adadio assai (05 min. 32 sec.) / Beethoven -- Theme: Allegretto (NaN min. NaN sec.)(37 sec.) / Beethoven -- Variation 1 (NaN min. NaN sec.)(39 sec.) / Beethoven -- Variation 2 (NaN min. NaN sec.)(41 sec.) / Beethoven -- Variation 3 (NaN min. NaN sec.)(46 sec.) / Beethoven -- Variation 4 (NaN min. NaN sec.)(41 sec.) / Beethoven -- Variation 5 (NaN min. NaN sec.)(43 sec.) / Beethoven -- Variation 6 (NaN min. NaN sec.)(39 sec.) / Beethoven -- Variation 7 (NaN min. NaN sec.)(49 sec.) / Beethoven -- Variation 8 (NaN min. NaN sec.)(40 sec.) / Beethoven -- Variation 9 (02 min. 12 sec.) / Beethoven -- Variation 10 (01 min. 55 sec.) / Beethoven -- Allegretto (01 min. 51 sec.) / Beethoven -- I. Allegro vivace e con brio (05 min. 34 sec.) / Beethoven -- II. Largo assai ed espressivo (10 min. 54 sec.) / Beethoven -- III. Presto (08 min. 07 sec.) / Beethoven -- Allegretto in B-Flat Major, WoO 39 (06 min. 11 sec.) / Beethoven -- I. Poco sostenuto - Allegro ma non troppo (12 min. 04 sec.) / Beethoven -- II. Allegretto (05 min. 15 sec.) / Beethoven -- III. Allegretto ma non troppo (07 min. 56 sec.) / Beethoven -- IV. Finale: Allegro (08 min. NaN sec.) / Beethoven -- I. Allegro moderato (13 min. 46 sec.) / Beethoven -- II. Scherzo: Allegro (07 min. 12 sec.) / Beethoven -- III. Andante cantabile (12 min. 25 sec.) / Beethoven -- IV. Allegro moderato - Presto (07 min. 21 sec.) / Beethoven
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BEETHOVEN: String Quartets, Vol. 6

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El Semanario Oficial - N. 40

Por: | Fecha: 01/07/1862

CON'!' NI O. ~e~ee- Go iern.o J eneral. Decreto disponienclo"h venta inr:nrdinta de lo~ ~icn~s dr.s!ln:nrt::r.ados -Id. snbrc cf'nsos corr :ponrltentes al ramo de Desam,•rtizacJo.n:. -Li. prorognndo el término pnra oir los reclamos sobre summ1:3. tros de anerrn .. .... • ••••..•• • .•......•...••••. . .• . ••.• -Id. drch~ranJo qtw los e.;;tranjero dornici.liados cm la .Ropúhlica son hábiles para r.df1•tirit· bi ·n~-; .rai~e:'l al Jgna l ?e l ~'l cmdadanos. Sometimiento n los dP.c·rctos rle Tulcton 1 Desamnrt¡za l'lntl ..••..••• Contrato para In. clabotacion ele las Salinas de Chita i Muner¡ur ..... G '3IIDa. ;ro DE:!. EST DO· S:::creta:ría de Gobierno. ~ota s pntticipnndo h1her.'e decl1t,rado en Ej~>rcicio ~el Pockr Ej~cu. tJ vo el señor Pn)c11rador del E,.tado d0-l Ca u ca, 1 el nombrannen· to i poscsion del SJcretario de Gob;erno i Hacienda .•••.•••... Boletin oficial •••••••••.•.•••••.•••••••••••••••••.•••••• . •• Contestaciones .. • •••.••• .••• •• . •.•••.•••..•. .•••.. •••••••• Nota aceptJnuo c•l nombramiento de Con .. cjero d. Oobinrno ..•••••• --Id . del ~eiior Secretario de lo interior del P. E. dr la U nion •• Renuncias de lo, Secretario" eh•! P. E. d:.l K;tado ..••.••••• • ••.. Nota del contratista del Huspita ln.i: itar ..•••••••••••••• • , ••.•.• Circular pnrticipando la pose~:on del 2. 0 Desigm.dn pnrn rje rcer la Pro ·irle nr.ia de l E. tnclo •.••••••••••.•••.•.•••.•••.•..••• Decreto reftmdicndo b: do~ Sncret:trías de E. tador:ei1 una soL1 bajo el el nombre de Srcretarh j:1 nernl •••••••..••.. • ••••••• •.•••• -Id. nombrando SPrrPtnrio jcn r: ral ••••.••..•••••.•••..•••••• -Id. apln:.-:ando ind¡·finidamente la.reunion de la A arobleaconsti-tnyenttl de l E,tndo • • • • • ••••.•••••••••••.••• ••••••• , Circu lar chrticipnndo la poseRio clr~l l. cr De~ignado ••.•••• ••• •• • D · ·~rdn,,(•\ilbn•) ,¡¡,, pnn \1 r'nnion le la.:'-' n.h!~: co•Jstit:;yr.nte . .\c uerdo de! C:1'1ildo Üp\ di-t:·.t .• du Tunjn , sobre po!ieía ••••.•..•.• P.A.r. l.i7 157 157 Uí7 137 15 ~' l:i3 15~ 158 159 1.- !J 159 159 159 139 IG9 160 16tl 160 l GO ------- -------- D · CRE'l O LIE S DE: J U\J[ DE 18G:2, di3poni.:ndo !1 venta inmediata el lo;> bienes desamortizados. T . C. DE: 1110SQU~RA, PRE:SIIH~NTS PROViSORIO D'8 LOS EST.\DO~ UNlDOS DE COLO.Jl.GU., J SUPRE . .'.IO DIRECTOR DC LA GUE¡ HA , :re, &u. DJWRETO : Artículo l. 0 80 mccrlerá inrn ~diahmcnh n ia venta .en pública subasta por lotPs p •qu ño;; cb In.; bi n ~~s nacionales aplicado" a la nmortizaóon final de los Billetes de '1\•sorería. Artículo 2. 0 Ln:"J ventas se harán en se, iones pr.riólicas; sobre la base de Jos avalíto dados a cada lote i cxrjióndo~e un 5 por 100 en dinno mrtál ico. Artículo 3. 0 Los Billet0s qne ingrrRcn por razon d. estas ventas, se pa· sarán u la Direc(~ion del Cr'.dito Nacional para confrontarlos i amortizarlos. Dado en B •., g.:tá, a 8 de jnnio de 1862. El Secretario de Hacienda, R . Núñez. T. C. DE MOSQUERA. DECRETO DE 8 DE JUNTO DE 1862, sobre censos correspondientes ;al ramo de Desamortizacion. T. C. DE 1\tOSQUF.R.A: PRESIDE TE PROVISORIO DE LOS ESTA DOS UNIDOS DE COLO~li:lA 1 SUPREli'IO DIRECTOR DE LA GUERRA, &a, &a, DECRETO: Artículo unico. Se permite, desde la fecha, la consignacion de los docu­mentos de deuda pública correspondientes, para la con.,.ti tucion i redencion en el 'resoro de los censos ¡wrteneciente~ al ramo de Desnmortizacion. Dado en Bogotá, a 8 de junio de 1862. El Secretario de Hacienda, .R. Núñez. T. C. DE MOSQUERA. DECRETO DE 10 DE JUNIO DE 1862, prorognndo el término para oir los reclamos sobre sumini tros de guerra. T. C. Dr. liiOSQUERA, GOBERNADOR DEL ESTADO SOBERANO DE:L CAUCA 1 PRESI DE ~TE: DE LOS ESTADOS Ul'IDOS D F. COL0~1niA 1 &a. &a. Atendiendo a que la prolongaion de la Guerra no ha permitido liquidar la deuda por suministros, co ntra ida pot· el Gobierno de la U nion; i a que los Es­tados del Tolima i Cauca continuarán aun por algunos dias siendo teatro t!e operaciones militares; DECRETO: Artículo único, Prorógase hasta el 31 de agosto próximo el término se· iialar.lo pa ra oir los reclamos sobre suministros de guerra. Pero esta, disposi-cion, en cuanto es restrictiva, no com prende ,. lo 8-tado,; dt' l Tolirna i drl Cauca, respecto a los euales se amplía, por :-~hn .t, el terlllino ind finidnmentc Dado en Do()'otú, a 12 de junio de L .• u J. e T. C. DE 1\lOSQUERA. El Secre!ar¡o del Tesoro i Crédito naeiona1, R. _'{ú ,ie::. DECRETO DE 10 DE JUNIO DE 18G2, dec:arantlo que los estnmjeros domiciliados en la H ept1blica o~ háuiles para adquirir bienes raice. al igual de los ciudadanos. T. C. DI: 1\lO~Q('F.TIA, T'P.E;;;ID'·;" TF. DE LOS E TA DOS l':\IPOS DE COLOl\IDL\ 1 I ::,t.:r•m:~IO lliH SC'TOR DE LA (TERHA l -a . &H. Vdns los artículos VJH i IX del Pacto de Umon de los Estado¡:; Colom· bianr·': Vi tn la lci de 2 de• junio Jc 1L47, sobre inmigracion de cstranjercs; Cot1siderando: Qne el estranj8ro inmigrdntc vit>ne al ¡1nis no :;;ol'"> en so· licitud 1dc owjor suerte rnntcrial, ;,ino tnmbien del goe. de los derechos inhrrcn· te n 1 hom bre id. unn patria en ql!e estos derrehc;s 1': s.•nn asf'gurndo,.,; Considernndo: Que lo ckpuesto rn el artículo 1X del Pacto se refiere a los cstrnnjeros trunseu:Jtes que pretendan entrar en lu C':)l1dicion de dom icilia. do en el pni~; Cousider()nclo: Que conformo a la lc·jisbcinn intcrnacionnl pas: tira, Jos estrnnjeros domiciliatlos estrm sujetos a las lt·yes de! pai ·en que !'e 1~1di cn n, ~· p ­lativamente a la p!·opiedad i a los ckrcc!to:; _esencw.lcs, como lo estun los CIU· c:adanos ; Considcrnndo; Que es un prin cip 'o de jn..;ticia universalmente reeor.ori. ro, qne la snmision i la protecciun son correl:lli\'as: de manera qt·e si el e¡;trnn· joro rlo nicihdo sA hace miembro de la sociedad política eo que vive, tlcbe tam· bien gozar de la plenitud de los derechos civiles i polí ticos qne corr ponden a. lo3 ciuclac!anos, DF.CP.ETO: Artíc o l. 0 Los inmigrac oc;:, dr•;de su l!rgnda al pais ~c rán nattnalizaclos i nclqnn·irán to os io.:: clerecl o..; 1 t:( n!nwd.n todas las obligaciones de l11s dema ­ciudadano-: CQ!ombianes. Por el término de veinte años. ('Ontados desde su ll r· · 11at a al pais, estarán esr.ntos del servicio tnilitar, salvo en ca o de guen a ef:tr· ­; i()r, cl8 10 !a en t,ihdcio•l rlirecta f) PStraordinnria i d"l s rvicio de ttJdo emplc co.H:rjil que no sra en f:tl res-pPctÍ\'O municipio. Artículo 2. e Lo'l rstr¡.¡ujn-os casn rlos en el país o ya ~1orniciliarlos por ra· zon de nr>g!lcio permanentes o de propiedades ('On~eguida.,,'Son hábiles parn ad· qnirir bi enes raíces, sin necesidad de llenar lo rAc¡uisitos mencionndos en d nttícnlo IX del Pacto de U nion, firmado por los Plenipoten cia rios de los El'i· tados el 20 de setiembre de 186 1, i para elcjir i ser elejidos en todos los desti. nos público~, . Artlcu!o 3. 0 En la venta de bienes nacionales no se hará la menor dtfe· rrnciu entre ciudadanos i cstranjeros dornicilindo..;, re, pecto de los términos que se conceden pnm el pago del valor de diehos bienes, i do las especieR o efectos de crédito púb lico que se hayan de recibí,· en pago del precio convenido. Attíc lo 4. 0 El hec.10 de q11e una cosa ra 'z o mueble sea ndqnir ida por un cstranjero dom ici liado, no altera ni la natural eza ni la estension de las obliga· ciones 1 los derechos del Gobierno nacional, o del propietal'lo, respecto ele aque· !las co~a , segun las leyes. Dado en Bogotá, n 10 de junio de 186:¿. T. C, DE 1\t!OSQ.,UERA. El Secretario de Estado i RelacionesEste riore~, 1\'l. ANCÍSAR. SOMETIMIENTO a los Decretos do Tuicion i Desamortizncion. Estados Unidos de Colombia.-Estado Sober{¿no de Bolivar.-Cartajena, mar zo 7 de 18t¡2. Al scñor.Pu~sidcnte U~>l Estado. Los infrnseri tos l rovinf'ial ele A~mtincs cnlzados i seiior Rnmon de Je. sus F('rnández, tambien Agnstinv calz~.do, decimos qne cuan o ocurrimos al se. ñor Arzobispo lt·! I·Íén cloJc presente que enreciamos de todo jénero de recursos para continuar nuestro confinamiento a h Isla de San Andres; nos contestó: que en su penosa situacion no podía lwrer otr·a cosa por no:5otros que aconsejar. nos nos sometiésemos a todos los acto~ del Gobierno. Creimo~ se C'lmp~enclerán en ellos lo Decretos de "Tuicion" i ' que el Estad~ del Cauca se encuentra hoi en la anarquía, en acefaiía, i no puede aceptarse et desgobierno, mucho ménos habiendo per~onas aptas, que corno U, representan la lejiti midad. . El primer Ejército ¡que obra en e~te E~tado, (lene q.ue (tropezar a veces con muchas dificultade5 a causa del desgobrcrno que cx1~te en el Cauca, lo cual quedaría remediado, si el doctor Camacho, cumpl~endo col! el mandato de la Constitucion, se eucarga Ütmediatamente do la Gobernac10n del Estado 1 funciona corno tal. Si como lo esporo se encarg:ue U. del Poder Ejecutivo, sírvase comunicár. melo inmediatamente, para confarme a las órdenes del Ciudadano J eneral en Jefe José H ilnrio López, prevenir a toc.l as las antoridndcs militares, para qt e acaten i respeten la autoridad de U., i la a¡;oyen con la fuerza armada de que disponen. Cuartel je neral en :Miraflóres, a 22 de mayo de 1862. · Luis Level de Goda. Jtlanuel D. Camacko, Procurador del Estado. Vish la comunicacion del Jefe de Estado Mayor jenrral del primer Ejér­cito; fechada en Miraflóres el 22 del Cñor doctor Vicente Gnevara Cnjiao. Dado en Popayan, a 26 de mnyo de 1862. MA~UEL D. C .LIACHO. El Secretario de Gobierno, Ma1mel José Núnez Canto. Estados Unidos rle Colombia.-Estado Soberano del Cau.r.a.-Cirwlar númer 5. o -El S ecretario de Gobierno: encargado dtl Despclw de flc¿cienda. A los señores Gobern-tdores de provincia i dem:1s e m~)¡ ea dos dei Estado. Con esta fecha el señor Procurador rlel E .... iado, se ha clecl:nD'do en ejercicio de las funciones de Goberntldor del E;tado, oombrándorne Ser:retnrio de Gobierno, encargado de la Secretaría de Hacien da: de cuyo UPstino h • toma­do hoi posesion: presl ando ante el señor Gobernacior el juramento const itucionnl. Comunícolo a U. para su conocimiento. Popayan, mayo 26 de 1862. Mannel José Núñez Conto. Estados Unidos de Colombia.-Estado Soberano dfl Cauea.- Ci1·cuhr número 6. 0 -El Sec1·etario de Gobierno, encurgado del Despaclw de l¡Iacienda. A los señores Gobernadores de Provincia. Dispone el señor ~obernador que todos los Pmplendos del ~ Estado, cuy­período no hubiese terminado el 13 de enero anterior, i lo .., que desde esa fech<> ha::;ta el 12 de-abril último hayan sido nombrados por el Gobierno, sean llamaa dos por U. a desempeñar sus respectivas funciones. Popayan: mayo 26 de 1862. Manuel José Núñez Conto. CONTES 1'ACION ES. Estados Unidos de Colombia.-bstado Soberano de Boyacá.-Secreta1·ía de Gobierno.-Scecio1~ 2. e: -Número 77. Señor Secretario de Gobierno i de Hacienda del Gobierno del Estado del Cauca Es en (mi DE>spacho la estimnblc nota de U. fecha 27 de mayo último, marcada con el número 1: 0 en la Clla 1 ha tenido U. la dignacion de part ici· parme el haberse encargado de las Secretarías de Gobierno i de Haeienrla de ese Estado SfJ~erano, ~an digno por su patriotismo e injentes sacrificios hecho!J en el ar~ del. b1e.n publlc?, de recuperar su paz i tranquilidad, bajo la ejide de la Comttt~c1on 1 de In le1. Felicito, pues, al Gobierno i a la pntria por la acer­tada eleccron que se ha hecho en U. para los indicndos clcstinos. . Svaírse U._ aeeptar los sentimientos de alta consideracion con que me sus­cnbo de U. mm atento servidor. Tunja, 26 de junio de 1862. J. Gregario Páe:. Est~dos Unidos ~e Colombia.-Estada Soberano de Boyacá.-Secretar·ia de Go· bzemo.-Seccwn 2. e: -Número 78. Señor,....Secretario. d~ Gobiernoi de Hacienda del Estado Soberano del Cauca. be ha reclbtdo en este Depacho la apreciabJe nota de U. fecha 30 de ma. yo último, número 8, e en la que partir.ipa U. a este Gobierno que el señot· Procurado!' de ese Estado, Manuel Dolores Ca macho por Decreto del26 próxi­mo pasado, se declaró en eiercicio de las funciones de Gobernador i a' virtud . J ' de .los mn~ivo,~ cons1gnado~ e~ aquel documento, que se halla inserto en el ''Bo-lettn Oflwd, qne U. se S1rv1ó acompañarme. . ~l Pode1· Ejecutiv~ de e:;te Estado se ha complacido con tan feliz acon. 1 teclmte.nto: porque lo mtra como la señal mas cierta de la reconquista de Tos fueros 1 derechos del pueblo ca u cano i el término de una guerra que ha cegado EL SEMANARIO OFICIAL. 159 tnnta~ preciosa existencias i agotado los veneros tle la riqueza pública, Sír­vase U. manifestarlo así al tligno Ciudarlnno que hoi se halla encargado de los destinos de es.1 importante porcion de la Union g-¡· anadina. Soi de U atento servidor, J. GR.EGORIO P" EZ, Tunja, 26 de juni0 de 1862. NO'rA. aceptando el nombramiento de Consejero de Gobiurno. · Boo·ottí. 18 dejúnio de 1862. Señor Secretario de Gobierno del Estado Soberano de J3oyacá.. He recibiJo la nota de U. fecha. 12 del con·i~nte mes, po~ medio de la cual se me ha hecho saber el nornbramiento de Co_nseJero d.e Gobierno por ese Es· · tado, con ~ue ha tenido fi bie_n honr~r':le .su d1gno Pres1Lient . . . Agraclezco como es d .~ b1do 1~ c!Istmcton que se me olorgu, 1 te~go el, h~m~~ de manifestar al Ciudadano Presidente por conducto de U. que, b1~n penetra do rle los gravus deberos a~exos al puesto en que me. coloca~ me_ ol~l!ga ~.a~ep. tarlo ei vrvo deseo du SQr\'lr a la c:Hlsn de la fcderac10n en ~ n_uestla pnt11a 1 de h.tccr en ob ,m l 'Jio d !l ~~;tul c h honra de trascrib:r a U. para su conocimiento. Í:bgulá, jun io 21 Je I8G2. Jasé Jll. Rója$ Garrido. RENUNCIA. ele lo~ SPcreLar;os de G!)bierno i Ila:-;ienda. C'iwlarl:.L1w P1'e i lente. .., , . El q11c ~U.~< · : lbt' , !la :na do ~~cidentalme_11te :: ( e~ pac~nr b Secretar m de }obi crno i Gunra. p n haber ~o : tcttado. una Jtcencta el senor_ ~enon Solano, tuvo q 11 ~ eonti:nnH por ab~;o lut,, separaclOn de nst.e, cornpromettenuose a aco~­pañaros en vuestra aut Jini~tracion hasta que s.e mstalase la .Asamblea ~onstl-t ente Pero hoi debiendo se¡)araros vos mismo del destmo de Presidente, puoyr habe· r de encargar'e otra persona de.l l= > oder EJ. ücut¡·v o de 1 E stac 1o ; os ~u. pl1ca, tengai: a l.>ten, adm1tirle la remmc1a q.ue formalmente ha~c del e ·p:esa do destino, aprovechando esta ocasion para tnhutaros u? hom;naJe d~ grat.1tud' por haberle ofrecido una vez m~s la coy~ntura de serv1r al Estado 1 p~trm de su nacimiento, i a lc.. causa liberal, bl:IJO cuya bandera ha estado siempre. afiliado . Tunja, 21 de junio de 1862. J. Gregario Páez. Pres-idencia del Estado.-Junio, 26 de 1862. Resuelto : por las razones espuestas en el anterior memo.rial, admitese ~a . rennncia que hace el Ciudadano José Gregorio Paez, de.l rlest.mo de Secre.tano de Gobierno i Hucrra que ha desempeña?o a. entera satisfaccwn .del Gobierno del Estado. Por tanto, se le dan las gracms 1 e ·pera gue ~omo ~m.dadano em· plerá en favor de la causa federa.] ta misma c?n agrac10n 1 patnotlsm~ que ha manifestado como empleado de dicha Secretana .. -CAsTELBLA~co,-Galan- Ciudadano Presidente del Estada. Motivos especiales me obligan hoi a suplicaros os sirvais admitir la ren~u­cia que hago del de tino de Secretario de Hacie!1da ~ara el cual tu vistets_ a b1en nombrarme; i hallándome desnudo de títulos 1 aptitudes para descmpe1_1ar con acierto las fllJnciones de un destino cualquiera,- al haceros esta renuncm debo presentaros tambien el testimonio de mi gratitu.d por el alto honor que me dis­pensasteis al encargarme del Despacho de Hactenda. 'l'unja, 26 de junio de 1862. Ciudadano Presidente, Anjel M. Galan. Despacho de Gobierno i Guerra,-.Jnnzo 26. Resuelto: aunque el Gobierno no alcanza a penetrar los motivos que ten­era el señor Anjel M. Galan, para separarse de la Secretaria de Hacienda, en la ~:ual ha servido con patrioti mo, intelijencia i probidad ; sinembargo, respetan. do las razones que pueda tener para ello, se le admite la renuncia, i el Go?i~r­uo declara, que está altamente satisfecho de los útiles e importantes serVICIOS · que este ciudadano ha :prestndo en el desempeño de .... us funciones. Comuní· qucse.-CASTELDLANco.-EI Oficial mayor d la SenetarJU, Andmde. NOTA del contratista del Hospital militar. Estados Unidos do Colombia.-Estado Soberano de Boyaccí.-Flospit'l)l milita1·. Número 29. Señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobierno i Guerra. Remito a U. unos cuadros que manifiestan el estado dei Hospital militar en los tres meses anteriores. Allí no, ola mente se es presa la herida o enfer­rnedl: ld de que adolecen, sino P.l tiempo qne han tardado en sn cmncion ¡·el Ba­tallona que pertenecen. Solo sí, pasaré en silencio la multitud de enf~rmos i heridos, cuya gravedad haci:, dudar .. de su cumc;ion ; porque lo~< médicos que tuvieron h fineza de acompañarme en varifls cur~cion es j operaciones, que vi. sitaron i examinarou detenidamente las heridas, i la pobtacion entera podrán informar mt•jor que yo, de los felices resultados que se han obt,..nido. B:ísta­me tan solo decir que de ochenta i un hendos, solo murieron cuatro i uno de ellos pocas horas despues de llegar al hospital. Que mas de dieziseis a quienes se les fracturaron las piernas í brazos andan hoi, unos con el ausilio de ]as IÜU· Ietas i otros sin ellas, sin que hubiera sido preciso ampntal'les sus miembros; otros que fueron atravesados por balas en l::t cavidad abdominal, e interesados órganos importantes como el hígado ( Victorino Al varado) o el diafracma (Ru­decindo Roddguez) disfrutan de salud i están hoi en su país sin tener mas no­vedad, que scn ... tir el s undo la bala junto a la vejiga cuanclo camina en terre. no qura. do por el Poder Ejecutivo de la Union, 2 .. 0 DesignaJo p~ra EJercer la Pre· sideneia de este Estado, hoi he tomado poses10n de tal destwo; por falta del 1 er Designado i del pr;ncip:tl; i Hornbrado .Secretario jen erát al señor Lu1s Réyes. Tunja, junio 27 de 1 62. RAr'AEL NrÑo. DECRETO DE 27 DE JUNIO DE 1862, El Presidente del Estado Soberano de Boyacá, UEClLETA: Artículo l. 0 Para el despacho de lo negocios que corresponden .al Pre­sidente del Estarlo, habrá una SPcrctaria bajo el nombre d:1 "Sncrcta~•a Jene. ral," que tendrá u na Seccion de Gobierno i Gurrra i otra de Hacienda 1 ~u.ena. Artículo 2. 0 Es de cargo del Secretario jencral organizar el serv1c1o de la oficina de la manera que estime mas conveniente i nombrar los emplea.dos necesa1:ios para el buen despacho de ella, los {cuales son igualmente de su [hbrc remocwn. Dado en Tunja, a 27 de junio de 1862. ~ RAFAEL NIÑO. El Oficial mayor ue; la Secretaría, Aquilino Andrade. DECRETO DE 27 DE JUNiO DE 1862, El Presidente del Estado Soberano de Boyacá, DECRETA: Artículo único. Nómbrase al seTior Luis Réyes Secretario jenerúl del Gobierno del Estado. Dado en '!'unja, a 27 de mayo de 1 8C2. ltU'AEL .NJ~O. El Oficial mayor de la Secretaría, Aqztilv o Andrade. • ... , 160 EL SEMANARIO OF1CIAL. DECRETO DE 27 DE JUNIO DE 1862, Aplazando indefinidamente la reunion de la Asamblea Constituyente del Estado· El .Presidente del Estarlo Soberano de BoJ¡acá: CONSIDERANDO: l. 0 Qn., ln idnd de org-aniz:tr cuanto ántes la fuer-za pú')lir.a del Estado, co·1forme a las di ;po,iciones últimamente dictadas por el Poder Ejecutivo de la U nion, rcq\lierc toda la atencion i asiduida~l posibles de parte d'.!l Prcsi.lr:nte deB0yacú, ora en rnzon ele lo-; so rvicios inmediatos que debo prrstar dicha fuerza, ora Rtonrlicl d a los que circunsta ncias imprevistas en la continuacion de la gnerra ¡ uedcn demandar : 2. e Que varios de los ciutlndano. que han sido designados por las sec­ciones electorales en que se ha dividido el Estado, para Diputado<; a la próxi­ma Asamblea Constitnycnte, están hoi: i habrán de permanecer indefinidamen­te cumpliendo en lo;; Ejércitos de la Union ~as mas co:s tosos e imprescindi­bles deberes; i no podrtan venir a lejislnr sino dejando de combatir,esponiendo así el inm ~di ato tnunfo de la hermos::t causa de Colombia : !3. 0 Que habiéndose hecho hoi cargo de la Presidencia del E tado un nuevo mandatario, que no conociendo aun la marcha anterior ele la Administra. cion püblit:a, necesita ponerse al corriente de los negociados de que ella se ha ocupado, tanto para el btlen 6rdon del Despacho, como para dar cuenta de lo que se ha hecho a la Asamblea Constituyente, contribuyendo de estamanera a facilttar sus trabaj os; i que esto no potlria verificarse con esactitud i tino en un número de dias enteramente limitado. 4. 0 Que es así mismo de absoluta i prei'l'rente necesidad organizar to­das las oficinas públicas del Estado de una manera qne consulte mas que hnjo el sistema actual, tanto el bueno i oportuno despacho de todas i cada una de ellas, como la mayor posible economía en Jo..; gastos públicos; necesidad tanto mas imperiosacnanto que será grande la utilidad que resu lte al Estarlo de que su próxim l Asam~lea conozAt i palpe lo; frutos e inconvenientf's del si tema actual i del que va a adoptarse, para que así pueda establecer sobre bases nada equívocas los principios adrninistratil!o.s que consulten imas el bienestar de los pueblo ; i 5. 0 Que apesar ele la grande conveniencia de que cuanto ántes se consti· tuya~el E.stado1 asumiendo definitivamente sa soberanía, i cortando de raíz to· dos los males consigu ientes al anormal estado de la guerra, conveni encia en que se reasumen los dese:os que animan al actual Presidente de Boy<,1cá, nada o mui poco podria hacer la Asamblea del Estado en cumplimiento de su grande i decisiva mision, si se reuniese hoi, sin que se hayan salvudo los inconvenien· tes.anteriormente espresndos, DECRETA : ' Artículo l. 0 Aplázase indefinidamente la reunion de la Asamblea Consti· tuyente del Estado SobPrano de Boyacá. Artícnlo 2, 0 Los Diputados t¡ue se hayan pre!':entado para tal reunion en la Capital del Estado, i los que para verificarlo se hayan puesto en camino, ton. drán derecho a'que respectivamente se les abonen los viáticos de venida i regreso. Dado en Tunja, a 27 de~junio de 1862. RAFAL N1.&o. El Secretario Jjeneral, Luis Réyes. CIRCULAR NUMERO 5. participando la posesion del I,er Des1gnado. Estados Unidos de Cofombia. - Estado Soberano de Boyacá.- Presirlencoa a~z Estado. Señor Jefe Departamental de •••• Hni he tomado posesion del destino dP. Presiclentc rlel Estado Soberano de Boyacá: romo l,er Designado nombrado por el Poder Ejecutivo de la U nion. Comunícnlo a U. para lo~ pfr,ctos consiguientes. Tunja, 28 de junio de 1862. SANTos Acosn .. DECRETO DE ~8 DE JUNIO DE 1862, t[ señalando di a para la reuniún de Js Asamblea Constituyente del E tado. El Presidente del Estado Soberano de Boyaca, Teniendo en consideracion: l. 0 Que la reunion de la A amb1ea Constituyente del Estado se aplazó jnJefinidamente, por Decreto de focha de ayer: 2. 0 Que f'S de imprescindible necesidad que el Estndo asuma su soberanía loma¡.; rronto posible; i 3. 0 Que se hallan en esta Capital un número considerable de Diputa­dos, debiendo suponerse que los demas estan en el tránsito, DECUETA: ArtícMio único. Señálase el l. 0 del entrante mes para la reunion de la Asamblea Constituyénte del Estado. Publíquese. Dado en Tunja, a 28 de junio de 1862. . SANTOS AcosTA. El Oficial mayor de la Secretaría, Aquilinú Andrcule. ACUERDO sobre policía EL CABILDO DEL DIS'rRITO DE TUNJA, CONSIDERANDO: l. 0 Que la ciudad se halla en un estado de completo desaseo i por con. siguiente de insalubridad: 2. 0 Que tal estado dimana del descuido i abandono de los vecinos i de los ducíios i encargados de casas u otros edificios o solares independientes: 3. 0 Que aun existen obstáculos para transitar libremente i sin pelígro en las callrs ; i 4. 0 Que todo esto redunda en perjuico, I en uso de su@ facultades, DECRETA: Artíc11!o l. 0 De11tro del preciso término de oeho días contadas desde la publicacion de este acuerdo, Jos dueños o habitantes t!e casas, conventos u otros edificios en que vivan personas aisladas o en cnmunidad ; i en jeneral todos los que tengan, ocupen o administren con cua'c¡ uier título algun cdifi-cio privado o público, profano o relijioso; así como los que posean solares in. depenJicntes en el area de poblacion, procederán inmediatamente a dar e·acto i entero cumplimiento a las siguientes prevenciones: 1. e:: Serán pañetadas i blanquc·tdas las paredes de los edificios i solai!Cs en la parte que mira háeia las callf'z o plazas: 2. c:l En el mismo frente serán limpiados los trjados ; bardas, i rcfaccio­nados u nos i otros : :l c:l Serán emparejados los empedrad0s o hecl os donde no los ha ­ya habido. o dond~ so hayan clestrutdo, en la estcncion comprendida entre la l!nra dt•l frente del edific:io o solar i la zanja de clcsagüe que pnsará a lo largo i en la mitad de !a ral!lr.. En cua nto a los edificios o solares situados en la pl za o plaztlelas, tales rrfnccioncs deben hncersP. dentro de la cstencion dada al empedrado que exi~tia o que exi. tió. Los empedrados nuevos tenurán pot· lo ménos tres varas nntiguas (granadina ) de ancho. 4. e:: En la mism·t estencion i en iguales circun~t·tncias, se hará in lim­pieza i desyerba de todos los indicado· frentPs de edificios o solnre:;: 5. :':l 'l'odo acopio o amontonamiento de tierra o 11 ::ttc rialr-s de con~r:tc . cion, SP.rá quitado de la calle o sitio del público donde es'é, de modo c¡11C en tal sitio no quede ni rn tro de las materias que htti hacen peligro·.;o o d:ficil d tránsitodentro de la poblacion i que ufean mas que cualquiera otra <.:O a las ca­lles por donde mas cómodamente se transita: 6. ctl Todo nnimal bravío o dañino (i especialmente si es perro~ o cerdo), será tenido con seguridad i 8in dejar que salga a las calles, plazns o caminos en libertad para ofender i destruir seQ quien fuere su ~dueño, i cua:quiera que se< el pretesto que para efectuarlo así, se hnya alegado hasta hoi: 7."' En ninguna tienda que esté en el piso bajo de edificio alguno situa. do en la parte de la ciudad comprendida por l:ts calles qne se encuentran en­minando desde la pinza mayor en toda. direccione. dos cuacln.l~: será permití­do tener fogones u hornos en que se haga uso de leña. Tampoco ·e permití. rá en ningun caso, que haya fraguas o p!ateríus en piso b11jo alguno, a niJ se¡· que respecto de estas no se haga u·o de carbon mineral: por consigoicnte In~ dueños o arrendadores de las tienda~ mencionad rtS en dontle se ha1ra u 'lo de los el'prc!:lados combustible ~, harán demoler los fogones, hornos i hornillas que sirven pura tal uso: 8. e:: 'rodo edificio ó accesorio de este, i todo solar indcpenciirnie que ha­yan sido agrandadr,s á costa del público, cercenando de lo de su dominio, será reducido á ! de sus antiguos límites i por consiguiente serán demolidas en él las cercas que se han con. truido indebi damente. 9. cd En las inmediaciones de los sitios en qlle los particulnrcs rstP.n cons. truyendo alguna obra de cualquier cla se, harán poner los inten•sado-, res pect i­vamente, una luz todas las noches, la cual durará euccn<.lida por lo meno hast< las diez. Artículo 2. 0 Por la infraccion de Cllalquiera de los nue\·c inci os .e! arti. culo anterior incurrirá el que la cometa en el pago de un.1:multa de cuatro hasta veinticinco pesos que fijará el Jefe rnnnicipal. Cnando la multa no pueda hu. cerse efectiva al que habite 6 SHa due:Jn de la finca, i no me1ltare 11 eircons­ta ncia de absoluta pobreza, el infrnetor sufrirá t n a rr c~ to ,;e dos á oeho dw,.; que fijará el Jefe mnncipal, en los mtsmos términos que b mnlta, En todo - caso el interesado sufrirá las consecuencias que se pas:m a csprC'sar: Artículo 3. o Toda omision de lo prever. ido r•n los mc::o<: l, 0 2, 0 3. 0 i 4. 0 será llenado a costa del que la cometa ron la e:.it:epcion Ci:il:i:Jieeir!a en el articulo 2. 0 Articulo 4. 0 Si dentro de 15 dias contados desde el ele In pnblicar.ion de este ;lCIWrdo no se ha dado ann puntllal cumplimiento a lo pn·venirl<, Pn el iw·­so 4. 0 últirr.:Jt.."nte citado en el artí·tdo anterior, i en su con,eeu ·•ncia, fuere necesario trasl,:dnr los ma!eriale · d(! (111e en dic·ho inciso sr. trata a otro !>litio distinto del quo oeupen nctnalmente, i no hubiere nn local pertcllcc·ie nte al dueño de ellos donde colocarlos, serán nplicndos para usos público:1. Artículo 5. 0 La infraccion de cu,tlqnicra de las prevrnciones rspre~adas bajo los números 5, 0 6, 0 7, 0 i 8, 0 será remediada o subsanada haciéndose lo que en ellos se previene o lo que sea necesario para lograr su objeto, a costa i perjuicio de quieu la cometa. ~· 0 Respecto de la dPmolicion de cercas se le concede al dueiio de ell~s el derecho de ocurm al Cabildo demostrando que el públ1co no necesita del terreno o cosa tomada i pidiendo oe le admita su valor. Si el Cabildo convi­niere en ello c:e ~ará todo procedimiento. Artículo 6, 0 El Jefe municipnl dictará todas las p1ovidencias de sn resor te para evitar que haya en las calles, plazas i caminos perros i cerdos u otros animales bravios i dañinos. Artículo 7. 0 En el respectivo Presupuesto-de gatos, se abrirá a la .Jefe­tura municipal el correspondiente crédito para ~atisfacer los gastos que deman­de la ejecucion del presente acuerdo. Artículo S. 0 No solamente es un deber de los indivirluos a ~uiencs se re­fiere el artículo 1, 0 el cumplimiento de cada una de las prevencione, que .::on­tiene respectivamente, sino tambicn hacer que se conserve siempre el resultado ( e la operaciones que se previenen en los siete primeros incisos de dicho arti­culo i el de lo que espresa el inciso 8. 0 por el tiempo que fuere necesario a jui. cio del Jefe municipal. Artículo 9. o Los dueños de solares aislados ocurrirán ante la Jefetura mu­nicipal para asegurar el esacto cumplimiento de lo qtJe con relacion a clloi es­presa el artículo anterior, siendo, de lo contrario, responsables por una multa de ocho hasta veinticinco pesoQ, Artículo JO La misma Jefetura i bajo su inspeccion los comisarios de las Nieves i Santa B..trbara, quedan encargado~ de ~eJecutar i hacer rejecutar este acuerdo, el que SNÚ publleado en el dia de concurso próximo al de su sancion en todas las esquinas de las calles i plazns por medio de un bando, i tamhien por medio de la imprenta, o por otros medio::. practicables.-Dado en 1\mja, a 10 de junio de 1862.-El Presidente, J. del C. Rodríguez.-El Secretario, Ce­ledonio Umaña. Jefetura municipal- Tunia, 20 de junio de 1862. Ejecútese, i para el efecto publíquese en este dia por bando.-Franciseo Ruiz.-El Secratario, Rafael Gavila¡¡,
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El Semanario Oficial - N. 55

Por: | Fecha: 06/11/1862

ESTADOS UNIDOS DE ()OLOMBIJ.-ESTADO SORER!NO DE .BOi!C!. ANO . . / unJa, JUeves de noviembre de 1 CONTENIDO. ~e~~~ P.Ai. Secretaría de Gobierno i Guerra. SECCION DE GOBIERNO. Nota autorizando al Secretario de Hacienda parn que dé evnsion a los negocios comunes, durante la ausencia del Pr€sidente., •• , • • • 22Í Decreto nombrando Secretario de Gobierno "ad hoc''..... • • • • • • • • 221 -Id. formando dos Departamentos de los pueblos que constituyen el de Oriente...... • • . . • • • . • . • • . . . • • • • . • . . . . . . • • • • . • • • • • . • 221 -Id. nombrando Jefe Departamental de Oriente • • • • • • . • • • • • • • •• 221 Nota del Jefe Departamental del Norte ~obre órdcn público. . • • • • 221 Posesion del Jefe Departamental de Casanare ••••••••••••..••••• 221 Jefe Departamental de 'l'undama. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 222 Sometimiento de un eclesiástico ........................ o ••••• • 222 Resolucion a una consulta hechn por el Jefe Departamental de Casa· nare ···········································•·····•· 222 Aviso i lista de los objetos estraidos del local de la Corte del Estado. 222 Circular del señor Procurador del E:stado a los Ajentcs Fiscales • • • • 222 Edicto ••••••••••••••••• '" ••••••.•••••••• , • • • • • • • • • • • • • • • • • 222 Nota del Presidente del Estado Soberano de Cundinamarca en con­testacion a la que se le dirijió participándole la posesion dela.et De-signado. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 222 -Id. participando la eleccion i posesion del Presidente del Estado Soberano de Santander • • • • • • . • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 222 -Id. participando la posesion del Secretario jeneral del Poder Ejecu-tivo del Estado Soberano de Pana m á.. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 222 SECCION DE GUERR.o\. Nota del señor ecrctario de Gobierno i Guerm del Estado •••••• •. 22a -Id. del Jefe Departamental ele Occiclente............ • • • • • • • • 223 Acta del convenio celebrarlo entre el Gobierno del Estado Soberano de Cundinamarca i los Jefes de la guerrilla de Guasca.. • • • • • • ... 223 INSERCIONES OFICIALES. Estracto del Boletin Oficial número 104 •••••••••• •............ 223 Secretaria de Hacienda. D!lijencia de visita practicada en la Administracioti de Hacienda... 224 Decreto nombrando Ajen tes de Hacienda. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 224 SECRETARIA DE GOBIERNO 1 GUERRA. Secclon de Gobierno. Estados Unidos ele Colombia.-Estado Soberano de Bnyacá,-El Secretario de Gobierno.--Seccion de Gobierno.-Departamento de Gobierno.-Número 62. Al señor Secretario de Hacienda del Gobierno del Estado. El Presidente ha tenido por conveniente autorizara U. para que dé eva­aion a todos los negocios comunes que ocurtan en los Departamentos del Cett­tro, Norte, Tundama i Occidente, durante la ausencia de aquel funcionario a quien motivos que se relacionan con el órden del Estado, han llamado a los pueblosfdel Departamento de Oriente. Soi de U. obsecuente servidor, Ricardo Becerra. Tunja, 17 de octubre de 1S62. DECRETO DE 19 DE OCTUBRE DE 1862, nombrando Secretario de Gobierne ad hoc. El Presidente del Estado Soberano de Boyacá, r-ONSIDERANDO : l. 0 Que por motivos escepcionales se encuentan ausentes tant& el Se­cretario de Gobierno como el oficial que en este caso debe subrogarle · 2. 0 Que las circunstancias anormales en que se encuentra' este De­partamento requieren su division para facilitar su gobierno i para afianzar el órden público perturbado. DECRE'fA:. Artículo único. Nómbrase Secretario de Gobierno ad hoc al ciudadano Cayetano V ásquez. . .Dado en el distrito de Garagón, a 19 de octubre de 1862. S. CAM:ARGO. DECRETO DE 19 DE OCTUBRE DE 1862, Formando dos Departamentos de los pueblos que. constituyen el de Oriente. El Presidente del Estado Soberano de Boyacá, ~n uso de la f~c~ltad que le concede la primera parte del artículo 2. o de la le1 de 15 de Julio último declarando vijcñte la de 8 de setiembre da 1859 j i CONSIDERANDO : l. 0 Que Jos pueblos del antiguo Departamento de Oriente situados sobre la.bahda izquierda delrio ''Guaya" tinen intereses diversos de los pueblos del rrusmo Departamento que demoran sobre la ribera derecha del espresado rio, por ptofcsar en su mayoría ideas políticas totalmente opuestas a las de e tos. 2. 0 Qué con motivo de la insurrecc ion en que se encuentra la mayor parte de los pueblos de la banda derecha del rio, contra el Gobierno de la Unio.n i el del Estado, la autoridad política debe consagrar tuda su atencion a pacJficar los pueblos revueltos, coadyuvando así los e fu erzas de la autoridad militar, DECRETA: Artículo l. ° Fórmnse el Departamento de Oricllte oe los pueblos de Gn· ragóa, Chi.navita, Miraflóres, Zetaquira, Macana! i Campohcrmoso, euya cu. becera sera Garag6a. Artículo 2. ° Fórmase el Departamento del Sur, de los pueblos de So· mondoco, Guayatá, Guateque, Sutatenza, Capi lla , Ten za, Pachuvita i Umbitn. cuya cabecera será Guateque. Artículo 3. 0 El Jefe del antiguo Departamento de Oriente continuará ejerciendo sus funcion es en el Departamento del Sur. ,Dése cuenta a la Asamblea Constituyente del Estaélo en su próximll reumon. Dado en Garagóa, a 19 de octubre de 1862. S. CA.l\IARGO. El Secretario de Gobierno ad hoc, C. Vásquez. DECRETO DE 19 DE OCTUBRE DE 1862, nombrando Jefe Departamental de Oriente. El Presidente del Estado Soberano de Boyacá, : En uso de sus facultades legales: DECRETA: Artículo único. Nómbrase Jefe Departamental de Oriente, al señor Bar• nardo Gutiérrez. Cómuníquese. Dndo en Garagóa, a 19 de octubre de 1862. S. CAl\iARGO. El Secretario de Gobierno ad hoc, C. Vásquez. NOTA del J efe Departamental de 1 Norte, sobre órden público. Estados Unidos de Colombia.-Estado Sob~ano de Boyacá.-El Jefe Depar­tamental del Norte.-Número 41. Al señor Secretario de Gobi erno i Gnerra del Estado. . Se ha recibicl? en e~te Despacho la nota circular de U., número l. o fe­cha 14 de lo:s c01·nentes· 1 en conte:;tacion digo a U : Que e? el Departamen.to ?e mi mando se goza de una completa pa7. ; a consecuencia do q11e los pr~nc1pa l cs cabecill as conserv adores se me han pre­se~ tado ~on algunas armas, 1 me han otorgado fianzas documentadas a toda mi sat1sfacc10n. En estos dias hice una visita a los pueblos del Circuito del Cocu ?,. donde hé dado garantías a cua ~ tos se han presentado. La noticia de la batalla de Santa ~árbara les ha hecho desvanecer las últimas espe ranzas que aun abri. gaban, 1 todos me han ofrececlo sus servicios con la mayor sumision. Ademas, COIJ~O he situado, desde que me hi ce cargo de este Departa· mento, los cuatr?c1ento~ hombres que forman la guarn icion rle él, en los pnn­tos mas convenientes, 1 contin uamente he e~ tado ln cicndo correrías, se les ha quitado todo recmso que pudieran tener para turbar la tranquilidad pública. . Creo de total neces1dad la permane ncia d6l esta fue rza armada por algun hempo eri el Departa mento, no nya a ser que por co nfiarlos tengamos que sufrir mas tnrde las consecucncins de esta confi tnza. A U. no le es desco­nocida la turbulenta índole ciP. los habitantes de algunos de Qstos pueblos. Soatá, octubre 20 de 1862. A. Calderon. POSESION del J efe Departamental de Casnnare. Estailos Unidos de Colornbia.-Estado Soberano de Boyacá.-Jefetura Depar· tamental de Casanare.-Número 82, Señor Secretario de Gobierno. • Acabo de tomar posesion de este destino prestando la promesa correspon­rliente ante mi antecesor. Lo que tengo el honor de participar a U. para co· nacimiento del ciudadano Presidente. Soi de U. atento servidor • Escipion Dzu~;rte. ~oreno, oct~bre 12 d~ 1862. 2.22 EL SEMANARIO OFICIAL. JEFE DEPARTAMENTAL DE TUNDAMA. Admitida la renuncia que por repetidas veces hiciera de aquel destino el señor Vicente Murillo A., el Presidente ha nombrado en su reemplazo al señor Juan N. Solano. El Poder Ejecutivo del Estado reconoce la actividad i buen desempeño del señor Murillo en el ejercicio de las funcion€'S que se encomendaron a su reco­nocido patriotismo. SOMETIMIENTO DE UN ECLESIASTICO. En el distrito del Espino a 12 de julio de 1862, compareció ante mi, el Presbítero doctor Antonio María Dávila, el cnal fue llamado con el objeto de darle cumplimiento al decreto de 7 del pasado junio, espedido por el ciudada­no Presidente de los Estado~ Unidos de Colombia, en ejecuci~n de los de Tui­cion i Desamortizacion. Despues del juramento de estilo i de haber prome· tido por su palabra de honor, fiel cumplimiento de los decretos citados, agre· gó: que reconocía, obedecia i respetaba al actual Gobierno: que le ofrecia coo­peracion i no se injeriría en as un tos contrarios a él ; i que desconocía al ti tu· lado Gobierno de la Confederacion : i en consecuencia, firmó esta dilijencia. El Alcalde, Fernando Lozmw.-Antonio J.)[aría Dávila.-El Secretario, Antonio .1lfaría Sanabria. Es copia.-El Oficial Mayor, C. Umaña, RESOLUClON. sobre una consulta del Jefe Departamental de Casanare. Estados Unidos de Colombia.-Estado Soberano de Boyacá.-El Presidente de· la Corte del Estado.-Número 9. Ciudad a no Presidente del Estado. H«biéndose dado cuenta en el acuerdo del dia 16 del presente con la con sulta del Jefe Departamental de Casanare en que propone ciertas dudas acerca ele la intelijencia del artículo 3, 0 de la lei de 15 de julio último, se resolvió Jo siguiente por la Corte : "El artículo 3. 0 de la leí de 15 de julio del presente año sobre reformas judiciales i administrativas, no es dudoso, i segun él, debe computarse en parte de pena a los condenados, todo el tiempo de prision, aunque sea en calidad de arrestados o detenidos que hayan sufrido durante el juicio; comprendiéndose en este el sumario o informativo i el plenario.'' I os lo comunico para los:fines consiguientes i para que os sirvais disponer su oublicacion en el periódico oficial. Vuestro atento servidor, J. Joaquin Várgas. Tunja, 20 de octubre de 1862. NOTA del Secretario de la Corte del Estado i resolucion. E-stados Unidos de Colombi.z.-Estado Soberano de Boyacá.-El Secrtario de la Corte del Estaclo.-Número 7. Señor Secretario de Gobierno. De órden del ciudadano Presidente de la Corte, acompaño a U, lulista de los objetos sustraídos del local de esta Secretaría durante la presente revo. ucion, para que U. se sirva ordenar su publicacion en el periódico oficial. Eliseo Neira. Tunja, 9 de de o::tubre de 1862. Secretaria de Gobierno i Guerra.-Tunja 16 de octubre de 1862. Enterado: publíquese con la adjunta lista en el periódico oficial del Esta-do. De orden del Ciudadano Presidente.-Prieto. LISTA de los libros i periódicos sustraídos de la Secretaría de la Corte del Estado,· durante la presente 1'evolucion. La "Recopilacion Castellana,:' en tres tomos. La "Novísima Recopilacion," en 4 tomos. Febrero reformado por don Márcos Gutiérrez, en 7 tomos. La '1Recopilacion de Indias," en 4 tomos. Teatro de la Lejislacion, en 28 tomos. Sala, en 2 tomos, . . Los Códioos de leyes posteriores a ]as rec'Opdadas, espedtdas por el Con-greso nacionl!-l~hasta la ereccion de lo~ Est~dos. _ Las colecciones de "Gacetas Ofictales' •desde la del ano ele 1849, hasta el de la cesacion de este periódico. Los Códigos de leyrs es pedidos por la Asam?lea ~el E.s.ta?o. , Las personas que sepan el paradero de estos hbros 1 pe~!OdlCos estan en el deber de decirlo, pudiendo dirij irse para el efecto al Secreta!Jo de 1~ Corte, Ehseo Nezra. CIRCULAR A LOS AJENTES FISCALES. Estados Unidos de·Colombia.-Estad'o Soberano de Boyacá.-Procuraduríadel Estado.-Núme~o 33. A los señores Fiscales de los Circuitos judiciales de Chiquinquirá, Soatá, Oocui. Santa Rosa i Guateque. , El señor Sec1·etario de Hacienda en nota de 14 de los comentes, marca-te i tratado 2. 0 de la Recopilacion Granadina. Igualmente me remitirá U. una relacion de los juicios que se hallen pen­dientes en el juzgado de ese Circuito en los cuales tenga parte el Fisco, bien sea ejecutando el pngo de algunas de las rentns que forman el activo del Teso­ro del Estf\do, o bien litigando el derecho o propiedad de alguna fine<~ o ca pi· tal. Esta relacion comprenderá la inieincion de los juicios, el estado que tengan i las providencias que haya tomado U. para evitar demora en ellos. Recuerdo tambien al señor Fiscal la atribucion 3. ~ del articulo 9. 0 de la lei de 30 de mayo de ·IS55, para que no descuide la remision de los datos que sean necesarios pura promover todo lo conveniente a fin de dar impulso a la administracion de justicia, para lo cual se tendrá tambicn presento el artículo 555, rle la lei 1, ~ parte 4, ~ tratado 2, 0 de la Recopilacion Granadina. Del celo i actividad de U. en el cumplimiento de sus deberes, espera el que suscribe, que serán pronto i bien despachadas las indicaciones i órdenes q\le se le dan. 'l1unja, 18 de octubre de 1862. S. del Castelblanco. Edicto Estado$ Unidos de Colombia.-E$tado Soberano de Boyacá.-Jt4zgaclo del Cir­cuito.- Jl!Ioreno, octubre 7 de 1862. Por el presente se cita, llama i emplaza a Jo'sé Lorenzo Ramos i Ramon Murtínez, vecinos de Arauca, contra quienes se procede criminalmente por los delit(,s de hurto i robo, para que dentro dE:! tercero dia se presenten en este Juzgado a estar a derecho en la causa criminal que se les sirrue ; al no veri-ficarlo así les parará el perjuicio a que haya lugar. 0 Se encarga a las autoridades respectivas el cumplimiento de la obligacion que tienen de aprehender i remitir a di po icion de este juzgado a Jos mencio· nados reos, i se recuerda a los Colombianos el deber de uenunciar el paradero de los mismos procesados. Antonio Mantilla. E 1 Secretario, Adolfo Guerrero. NOTA d~l. J;>;esid~n!e ~el Estado Sobe_rano de Cundin.amarca en con testacion a la que se le dmJIO partte1pa.ndole la poseston del3er. Des1gnado para ejercer el Poder Ejecutivo. Estados Unidos de Colombia.-El Presidente del Estado Soberrmo de Cundi. namarca.-Número 316. Al señor Presidente del Est!{do Sqberano de Boyacá. Por yuestra nota de 26 del pasado, número 6, mo he enterado de que, como 3.er Des1gnado, habeis entrado en ejercido del Poder Ejecutivo del Estado Soberano de Boyacá. Si en todo tiempo he procurado mantener las buenas relaciones que la fraternidad demnnda con ese Estado, de hoi en adelante existe un nuevo moti~ vo, cual es el,hallaros vos como Jefe de él, porque Cundinamarca os ha contado entre los valiont.cs que al primer llamamiento han ocurrido a '>U defensa. 0.3lo digo en contéstacion, i tengo la honra de ser V ucstro obsecuente servidor, Jrlsto Bdceito. Funza. 6 de octubre de 1862. NOTA participando la eleccion i posesion del Presidente del Estado Soberano;de Santander. Estados Unidos de Colornbia.- El Presidente del Estado Sobermw d...e Santan­de7'. -Socorro, octubre l. 0 de 1862. SEÑOR: Los ciudadanos de Santander me han ltecho el alto honor de elejirme Pre • sidente del Estado por u·n período constitucional, i hoi he entrado a desempe­ñar dicho empleo. Tengo la honra de poner este suceso en vuestro conocimiento, i al hacer· lo me es satisfactorio aseguraros que en torlos mis actos procuraré mantener un acuerdo perfecto con el Gobierno de ese Estado. Dignaos aceptar Jos sentimientos de respeto i consideracion de vuestro atento servidor, EusTORJlO SALGAR. Al señor Presidente del Estado Soberano de Boyacá. CONTEST ACION. Estados Unidos de· Colorn'bia.-Estado Soberano de Boyacá.- El Presidente del Estado. SEÑOR. : Por vue5tra atenta nota de l. 0 de los corrientes he tenido conocimiento oficial de que los ciudadanos de Santander os han elevado con ,ous sufrajios al destino de Presidente del Estado, i de que desde aquella fecha ejerceis las funciones a él anexas. Deseo, de la manera mas fervorosa, que sea feliz el ejercicio de vuestra antoridad constitucional, i os prometo cumplida lealtad en las relaciones que el Gobierno de este Estado cultiva con el de ese con particular simpatía. Aceptad el testimonio de respeto con que soi vuestro obsecuente servidor, SERJlO CAMARGO. Tunja, 16 de octubre de 1862. Al señor Presidente del Estado Soberano de Santander. CIRCULAR participando haber tomado po-esion del destino de Secretario jcneral del Estado Soberano de Panamá el señor Mateo Iturralde. Estados Unidos de Colombia.-'f.'sta..do Soberano de Panamá.-Gobierno Proviso· 1'Ío.-Sec1'etaría de Estado.-Seccion de Gobierno.-Núume1'o 3.-Panamá, a 5 de octub?'e de 1862. Señor Secreteriojeneral del Estado Soberano de Boyacá.. da con el número 3, 0 escita a este Ministerio para que promueva lo co~ve. niente contra los Jueces, a quien el señor Administrador Jeneral de IIacHm· da ha remitido varios mandamientos ejecutivos contra algunos rematadores del ramo de aguardientes. I como uno de los Jueces señalados es el d.e ese Circuito, espero que U. inmerliatament~ examine ~1 estado que tengan ?tc.has ejecuciones, i, si encontrare en el señor JUez morostdad o falt~ de ~ump~tmten­to en sus deberes levantará los comprobantes del hecho pumble, 1 clara cuen. ta a este dcspach~ para averiguar la rosp~nsabilidad en que haya podi.do incur· , rir por faltu de cumplimiento a lo prcvemdo en el artículo 7l de la le1 14, p~r~ El ciudadano Gobernador Provisorio del Estado, ha tenido a bien norn· brarmc su Secretario. :EL SEl\'IANARIO OFICIAL. Tengo el honor de ponerlo en conocimiento de U. para los fines consi­guiente~, suscribiéndome de U. obsecuente rervidur. Mateo lturralde. ---- Seooion tle Goerre. NOTA del Secretario de Gobierno i Guerra al de Hacienda, informándole del estado de las operaciones sobre las guerrillas de Oriente i Sur. Estados Unirlos de Colombia.-Estado Sobe1'ano de Boyacá.-El Secretario de Gobierno i Guerra. Al señor Secretario de Hacienda. Tiene fun ladas esperanzas el Presidente de poder anunciar n U. dentro de pocos días que todos los pueblos de este D~partamentu gozan de paz i están sometidos al órden legal. Desde que llegó a ellos no ha cesado de esfor~arse para obtener aqu~l r~sultudo, ya obrando como Jefe militar, ya como.Presl~en: te. Todos los D1stntos están :ervidos por los empleados de la adm1mstrac10n 1 a cubierto de los ataques de ios guerrilleros: los ciucladados que honrada mente, o, por lo ménos, con intenciones sanas i de eos sinceros de triunfo para su cau a aún perpetuaban la guerra, se han pre 'r.nhdo a las autoridades i acojí. dose al decreto de 15 de los corrientes. La guornlla Je Somondoco, capitaneada por Epaminondas Castillo, se ha marchado para Guasca a cumplir por su p~rte con lo que es·tipulan los guerrilleros de aquel Distrito con el señor Jeneral Rtco, j tiene seguridad el Presidente de que aceptarán tumbien las condiciones que el Gobierno de Boyacá les impone en servicio del órden público del Estado. La guerrilla de Carranza ha ofrecido tumbicn desarmarso, con la única condicion de un perdon otorgudo a los que la constituyen por su conducta pa~ada; si cumplen su ofrecimiento, la paz será completa en e~ te Departamento. S1 sucede )o contrario, tendrán que sucumbir, debilitados como se hallan i ya sin el apoyo de la guerrilla de Guasca. Se les hun aprehendido algunos de sus mas contu-maces compañeros. . El Presidente se ha propue>sto desarmar a estos guerrilleros por la vía del perdon i dándoles algunns garan1íJs para sus personas, porque e t<Í convencido de que las guerrilh1s, que son el último rec ur~o de todos los partidos vencidos, 110 pueden hacerse desaparecer sino con el empleo de tale8 medios, a no ser que PXistatl bastantes recursos de dinero, de hombres i de paciencia para emprender la persecusion de unos tantos hombres estraviados por el odio o por d miedo de sor víctimas de sentimientos prrsonales en sus pueblos. Esa tarea puede costar mucha sangre i algunO sacrificios mus para estos pueblos ya exhaustos; i es preferible olvidar lo pasado a truequ<:> de evitarlos. Todos nuestros Gobier­nos han capitulado con las guerrillas descle el de Bolívar en Colombia. Sírvase U. dar publicidad a esta nota para conocimiento de los ciudaua­nos del Estarlo. Soi de U. obsecuente servidor, Ricardo Ber.erra. NOTA del Jefe Departamental de Occidente, sobre órden público. Estados Uuidos de Colombia.-Estr11lo Soberano de Boyacá.-E~ Jefe Depar· tamental de Occidente.-Número 4 . Al scíior Secretario de Gobierno i Guerra. Tenrro la satisfaccion de dar parte a U, para conocimiento del ciudadano Presidente, que la persecucion hecha n los bnndido'l que asaltahnn los caminos en este Distrito, ha dado por resultado la captura de ocho ele ellos. El medio adoptado para este fin, fué ponerles emboscadas, a deshoras de la noche, en los puntos a donde salian a robar. Como todos han resultado de los a~esinos de Chitaraque i autores de los robos e incendios que se han cometido en este Di:trito, se han puesto a dispo­sicion del señor Juez de Circuito para su juzgamiento. Moníquirá, 9 de octubre de l8G2. De U. mui atent0 servidor. J. Peña. CONVENIO DE PAZ. En Guatavita a veintieinco de octubre de mil ochocientos sesenta idos' el Jeneral Juan ~epomuccno Rico, por una parte, i el Teniente Coronel Ale­jandro Posada, por la otra, debidamente autorizados, el primero por los Gobier­nos de los Estados U nidos de Colombia i del Estado Soberano de Cundina· marca; i el segundo por e\ Coronel Comandante en }pfe de la primera Divi­sion del Ejército que ha soste nido ln Confederacion Granadina en el mismo .Estado¡ considerancio que el son ctimiento del Estarlo de Antioquia a las ar. mas de los Estados U nidos dn Colombia destruye toda esperanza de hacer triun­far las de la Confederacion •Granadina, i que e>n consecuf'ncia la prolongacion de la. guena seria un acto de tenacidad estéril que haria sufrir a los pueblos sin objeto, este terrible azote. han convenido en lo siguiente: Artículo l. 0 El Teniente Coronel Alejandro Posada, a nombre j repre­sentando al Coronel ComanJante en Jefe de la primera Division del Ejército del Centro, por la Confedcracton Granadina, promete io siguiente: l. 0 El Jefe i la fuerza mencionados reconocen el triunfo Of' las armas de los Estados Unidos de Colombia i se someten al Gobierno de la Union: 2. 0 Prometen bajo su palabra de honor no hacer la guena ni hostilizar en manera alguna a dicho Gobierno de la Union Colombiana: 3. 0 Entregarán a las personas que el señor Jeneral Juan N. Rico comi­sione al efecto, todas las armas, municiones i elementos de guerra que existen en poder de dicha primera Division. Art. 2. 0 El Jeneral Juan N. Rico, u nombre i representando a los Go. biernos de lo~ E tados Unidos de Colombia i del E.tado Soberano de Cundina­marca, promete lo siguiente: l. 0 Los Gobiernos que representa espedirán ámpliu amnistía, sin restric­cion alguna, a favor de todos los individuo que han pertenecido a dicha prime­ra Division, i de todos aquello que la hayan fomentado, apoyado o ausiliado, sin que en ningun tiempo se les pueda e. ijir responsabilidad alguna por los he­chos po!itiLu~ que hayan ejecutado en su servicio: 2. 0 Tolos los ind[viduos así amnistiados gozarán Je completas gamntías en el temtorio colombiano i el todos lO$ dercchus de los ciqd\\danos la U nion ¡;e i del Estado, pudiendo salir del país los que a bi n lo tengan sin que ninguna autoridad pueda impedírselo: :3. 0 En considerac10n a los inmensos sufrimientos del vecindario de Guasca durante la guerra que termina, se eximirá a este distrito por el término de un año, del pago de toda clase de contribuciones i del continjente de guerra; en consecuencia, ninguno de Jo~ actuales vecinos de dicho distrito de Guasca podrá ser redutado ni pn vado de parte alguna de ~us intereses por vía de con­tribucion o empréstito, por el espresado término de un año: 4. 0 Estando comprobado que los fusiles que existen en m::mos de los veci­nos de Guasca, son de su propiedad particular, habiéndolos obtenido por com­pra i como medio de sustento, el Gobierno del E. tado dará a cada tillO de estos individuos la suma de tres pesos de leí, como indemni~aeion, al hacer la entre­ga de su arma. Artículo 3. 0 Este convenio se someterá a la aprobacion del Ciudadano Jeneral Mateo Viana, que lo es en Jefe del Ejército que ha sosteni lo la Confe­deracion Granadina en este Estado, con cuyo objeto se &uspcnden las hostilida­des militares por el término de cinco dias: contados desde la íech<\ de mañana, durante los cuales, las fuerzas belijerantes mantendrán las posiciones que actual­mente ocupan, sin poder ejecutar ninguna de ellas movimiento alguno de tropa~ por el territorio dominado por las armas de la otra sin anuencia i consentimiento de esta. Artículo 4. o Aprobado que sea este convenio, se procederá inmediata­mente a la entrega de las armas, municiones i elementos de guerra en los tér­minos que espresan los párrafos 3. 0 del artículo l. 0 i 4. 0 del artículo 2. 0 ; cuya entrega deberá terminarse en los ocho primeros dias siguientes a dicha aprobacion. Este termino se collcede en razon de c:.tar diseminadas en puntos distantes las fuerzas cuyas armas han de entregarse. Articulo 5. 0 Perfeccionado que sea e::ste convenio en los términos del artí­culo anterior; ~e considerará como traidor a ámbns pnrtes contratantes cualquie­ra individuo de los comprendidos en la amni:.tía de que habla el artículo 2. 0 que conservare clandestinamente alguna o algunas armas:, i será tratado como a tal por las autorídades de los Estados U nidos de Colombia. ~·o Del presente conven[o se ester1derán dos ejemplares que tendrán igual fuerza i valor, firmados por las dos partes contratantes i dos te~:.tigos de cada parte. Juan N. Rico.-A. Posada.-Testigo, Rafael de Urbina.-Jerman Jimé. nez, testigo.-Te!'tigo, ]}f. Casabicmca.-'1\~stigo, Antonio B. Pineda. Es copia.-El Teniente l. 0 , 2. 0 Ayudaute, Juan de Dios Lalinde. Es copia.-El Oficial mayor, C. Umaña. A ULTIMA I-I O RAo RATIFICACION DEL CONVE8IO ANTERIOR. Los infrascritos, a saber: el Jeneral José Hilario López, Jeneral en Jefe de los Ejércitos 5. 0 i de Reserva, a nombre de los Gobiernos do los E ·tados Unidos de Colombia i del E sta o Soberano de Cundinamarca, i el Jeneral 1\lateo Vife del Ejérctto del Centro, por Ja Confecleracion Granadina, apruehun en todas. sus partes el anterior Convenio celebrado en 25 del co.rriente ~or los.,señGre. Jeneral Juan N. Rieo, en rcpre entac[on ele! pri­mero 1 el ~enlente Coronel Alejur.dro Posada, representando al segundo, a cu­yo ConveniO so le hacen las siguientes adiciones: l. w Se declara espresnmente que este Convenio comprcude a todo los individuos que se hallan en armas contra el Gobierno de Colombia en los Es. tados Soberanos del Tulima, Cundinamarca i los del Norte de la República, por estar todos ellos bajo las órdenes del Ciudadano .leneral M:1teo Viana. ~ · ¡1:5 Que la amnistía que se p[de, se ent' ende no solo por hechos políti-cos, s1no por todos los demas rdacionados con la guerra que han sostenido. 3. ¡1:5 Que a los vecinos de la Calera i Sopó se les exime por el término de un año del pago de lo8 e.mpré.stito o contribue[ones forzosas que haya decreta. do o decrete el PoJer EJecutivo de~ Estado Soberano de Cundinama1ca. 4. ¡1:5 Que para el efecto de notificar a los divc1sos grupos armados contra el Gobie~·no de Colombia que se hallan aún en los Estados del Norte, el Ciu­dada. n? Jeneral Viana enviará, de acuerdo con el Ciudadauo Jeneral López, comtstonndos especiales que les comnniqnen la órrlen de sometimiento i entre­g~ de las armas a l~s autoridades políticas o militares del Estado respectivo. St algun~ o algunos continuaren en Mmas despues de recibicla la órden para su sometimiento, ?stipulada en este Convenio, se considerarán por el mismo hecho como cuadrdla de malhechores i serán juzgados i castigados como tales . La entrega de las armas de lus fuerzas a quienes comprende este Conve· nio adicional, se verificará tres din. despucs de notificada la órden de que trata la primera parte de este artículo. L~ ~nfrcga de armas de que habla tanto el Convenio primitivo1 corno este adlClonal, se refiere solamente a las armas de mun1cion. . 5'. d Respecto a las guerrillas que> obran en el Estado de Boyacá, se es· tipula esprcsamentc que s1 no se hubieren suspendido las ho~:.tilidades, p0r no haber llegado a noticia de los Jtlfes que lns persiguen este convenio~ se suspen­derán para el efecto de hacerles la notifiL:acion de que trata el articnlo ante .. rior, i no podrán continuarse sino en el caso de que opongan resi ·ter.cia. 6. ¡1:5 A peticion del Ciurladano Jener¡ l Viana, el Ciudadano Jeneral L6pez ofrece solicitar del Poder EJecutivo nacional, que se ponga en libertad al sefior Pedro Leon Canal i a Í<•dos los indiYiduos que se hallen presos en el Estado de Cundinumarca por hechos políticos ejecutados ántes de lu fecha de este convenio. . En fe de lo cual firmamos dos eJemplares de un mismo tenor, u no para cada parte, que serán canjeados mafia1 a mi~mo por los respectivos Jenerales. Y o masa, octubre 28 de 1862. José Hilario López.-]fateo Viana. En la ciudad de Bogotá, n 29 de octubre de 1862, a Jns dos de la tarde, se verificó el canje de este Con vOl io en debida forn a, con lo cual queda com· plcmcntudo. Jos:. Hila io López.-llfatco Via1w. EL SEMANARIO OFICIAL. i SE.¡¡. O ! ES F OIAL • BOLETIN OFICIAL. E stados Unidos de Colombia.- In peccion i Mayoría jeneral del Ejército. Señor Gobernador de la P rovincia de Quin dio. La guerra con Antioquia ha terminado; i no puede ya duda se que bajo el imperio de la paz, veremos mui pronto definitivamente asegu rada la causa de Colombia. A las dos de la mañana, llegó a estA Cuartel jeneral Directivo el ~eñor Ricardo Villa, comisionado por el señor Gobernador del Estado de Antioquia, para iniciar los arreglos de paz, i poucr en manos del señor Presidente de la Union la carta oficial que literalmente tengo la satisfaccion de trascribir. Confederacion Grmwdina. -Estado de Antioquia.-Gobemacion del Estado.­Manizáles, 11 de octubre de 1862. Señor Presidente Provisorio de los Estados Unidos de Colombia. ''El de astre que sufrió el Ej ército lejitimista el 18 del mes pa~ado en "Cartago, me ha puesto en impot~ncia de continuar lidiando con probabilidades "oe triunfo en favor de la causa c¡ue abrazó el Estado i por la cual ha hecho "tantos sacrificios. Carezco de los elementos de guerra necesarios para una ''larga campaña, i aunque podría con el Ej ército i los pertrechos que tengo, ' 'hacer con ven tajas la guerra de posiciones i tender una red inmensa de gue­" rrillas en todo el Estado, mi deber como Majistrado me ordena evitar sacri· "ficios estériles i poner término a las escenas de sangre i horror que produciría "ese jénero de gue rra. ~·En tal virtucl, estoi resuelto a n(oponeros ninguna resistencia i a entrega· "ros pacíficamente el Estndo, si mo concedeis lo siguiente: '(l. 0 Que se garantice la vida i la libertad de todos los individuos que " están en ármas en el Estado, i a todos los que hayan ayudado a sostener en ''él la guerra que se os ha hecho, dando pasaporte para el estranjero a Jos que "lo soliciten: "2. 0 Que de vuestro Ejército no penetren en el Estado sino los Cuerpos "que jnzgueis necesarios para mantener el órden en él. '(Debo manifestaros que el pueblo Antioqueño no es, ni debe ser respon· "sable de la guerra que se os ha hecho; sus habitantes han llenado los deberes ';que el Gobierno establecido f'n el Estado les ha impuesto. Los responsables "ante Vos, ante la Nar;ion i la Historia, somos los gobernantes, que valiéndo~ "nos de la fuerza pública, hemos obligado a los pueblos a lidiar en el sentido ''que h~mos juzgad? de nuestro deber. Yo por lo que he hecho como majis· "trado 1 como particular, acepto gustoso la responsabilidad i no os pido nin­' 'guna clase de garantías. ' 1De U. atento servidor, MARCELlANo VELEz." Lo que tengo la complacencia de comunicar a U. de órden del Supremo Director de la Guerra, para que se sirva darle publicidad por la imprenta i lle· gue cuanto ántes tan importante suceso al conocimiento de todo::~ los Co. lombinnos. Cuartel jeneral en San J ulian, a 12 de octubre de 1862. J ULI.AN TnuJILLO. Estados Unidos de Colombia.-Inspeccion i Mayoría jeneral del Ejérc;to. .ll señor Gobernador del Estado Sob,.r~ n o del Tolima. A las dos de la mañana del día de hoi recibió el Supremo Director de la Guerra, en su Cuartel jeneral de San J ulian, un emisario :del señor Goberna­dor de Antioquia, con el fin de hacerle proposiciones de paz, bajo las siguien­tes condiciones : ''1. Q;l Que 'se garantice la vida i la libertad de todos los individuos que están en armas en el Estado de su mando, i de todos Jos que hayan ayudado a sostener en él la guerra contra el Gobierno de la U nion, dando pasnporte para el estranjero a los que lo soliciten; "2 ro Que de los Ejércitos que se hallan en operaciones sobre el mismo Estado, no penetren en él sino los Cuerpos que juzgue necesarios el Supremo Director de la Guerra para sostener el órden." Mediante tales condiciones, ofrece: "No oponer ninguna resistencia i entregar pacíficamente el Estado a dis. posicion del señor Presidente de la U nion. Por lo espuesto comprenderá U. que la guerra con Antioquia ha terminn· oo de una manera satisfactoria para las armas federales, ahorrando el derr·a· mamiento de mas sangre, i llevando triunfante el pabellon Colombiano al úni· co Estado que permanecía separado de la Union. El Supremo Director llegó a las dos de la tarde a esta Aldea, i puedo ase· gurar a U. que hoi mismo quédará fijado definitivamente el arreglo de paz, en los términos de que he hecho mérito con el Gobernador de Antioquia. Sabiendo el Supremo Director, por conducto del mismo señor Goberna­dor, que la fuerzas del E tado se empiezan a desbandar con sus armas, ha dis· puesto que marche una Division de mil hombres a ocupar hoi mismo a Mani. záles; i así se verificará, impidiendo, en consecuencia, el que continné come. tiéndase el mal de que he hablado. De San J u lían trascribí al señor Gobernador de la provincia de Quindio ]a carta oficial del señor Gobernador del E stado de Antioquia, a que me re· fiero, para que aquel funcionario le diera publicidad por la imprenta i la hicie­ciera trascendental a todos los Estados; pero presumiendo qne por la vía de Ruiz, llegue esta importante i plausibilísima noticia a conocimiento de U, con mas oportunidad, me apresuro a trasmitírsela, e:lperando que U. se sirva comu. nicarla a las autoridades del Distrito Federal i a los Gobiernos de los demas Estados de la Union. Cuartel jeneral en la Aldea de María, a 12 de octubre de 1862. JuLIAN TnuJILLO. El Secretario, Pa,scual Fajardo. Estados Unidos de Colombia.-Poder Ejecutivo Nacional.- El .Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda, Al señor , ?cretario jeneral del Estado Soberano del Tolima. Habiéndose arreglado la paz con el Gobiern9 del Estada de Antioquia, el Poder Ejecutivo de la U nion ha dispuesto que se levante inmediatamente el bloqueo que se babia mandado poner a dicho Estado. En consecuencia lo pongo en conocimiento de U. para que informado :el señor Gobernador de ese ~stado de esta disposicion, en ejecucion de ell:r se sirva dictar las providen. cias del caso a fin de 4t:e queden espeditns las vías de comunicacion i se esta­blezcan las relaciones cornerc·iales del pueblo Antioqueño con los demas Esta­dos de la U nion. El señor Gobernador de ese Estado se sP.rvirá hacer trascendental a las autoridades de la Costa esta órden del Poder Ejecutivo para que, por su parte, le den el debido cumplimiento; pues, por la premura del tiempo, no se hace directamente por este Despacho. Aldea de María, a 12 de octubre de 1862. JuLIAN 'rRUJILLO. Es copia.-Ambalema, 16 de octubre de 1862. El Secretario, Pascual Fajardo.f SECRE1,ARIA DE HACIENDA. DILIJENCIA DE VISITA practicada en la Administracion Jeneral de Hacienda. En la ciudad de Tunja a 15 de ol!tubre de 1862, el señor Presidente del Estado se constituyó, con el infrascrito Secrf.tario de Hacienda, en la oficina de la Administr~1cion Jeneral del Tesoro i se practicó la visita ordinaria de se· tiembre último, en la forma siguiente: Presentados los librGs de la Cuenta, los documentos comprobantes de ella i el Balance. mensual, se examinó en primer lugar la esactitud que hubie. ra entre las ctfras que figuran en la columna de situal!ion orijinaria i los tota­les que dá el Balance de setiembre, i se encontró entre uno5 i otros absoluta correspondencia. Fueron examinados los asientos hechos en el Diario, i se hallaron des· critos con esactitud. Formados algunos legajos de comprobantes de egresos, i comparadas va­rias órdenes de pago con las correspondientes partidas del Diario, se hallaron conformes. La traslacion al Mayor, de las partidas descritas en el Diario, se hizo con precision, resultando absoluta conformidad entre el Balance i el libro Mayor. La cuenta de Caja, en lo relativo a las opel'aciones del mes, dió un saldo en débito de n0venta i nueve pesos noventa i seis i medio centavos; i exami­nado el estado particular de dicha cuenta correspondiente a los quince prime. ros dias del corriente, resultó que con la suma del débito espresado, los ingre. sos alcanzan a quinientos ocho pesos once i medio centavos, i los egresos a qui­nientos cuatro pesos cincuenta i nueve i medio centavos, quedando existentes tres pesos cincuenta i dos centavos. La cuenta de Billetes de Tesorería dió un ~aldo en débito, segun el Balttnce, igual a cinco mil novecientos once pe. süs, de cuya suma se invirtieron del primero del presente hasta la fecha, noven­ta i dos pesos, quedando existentes hoi cinco mil ochocientos diezinueve pe­& os, porque no ha habido ingresos en los dLas trascurridos de este mes, segun aparece del Estado respectivo. Preguntado al señor Administrador, de qué provenía el saldo de la "cuen­ta de suplementos," i manifestó ; que de las sumas reciuidas de los Ajentes de Hacienda de las Secciones, las cuales no han podido tener imputacion n las cuentas de rentas i contribuciones a que corresponden, porque en la Adminis· tracion no hai datos para saberlo, pues las cuentas de aquellos empleados, en don· de debe haber la constancia de ello, no se examinan por la Adm i ni~ trncion des­de que se creó el Tribunal de Cuentas, a donde se han pasado todas i <:.~ presen· tadas. En vista de esto, el señor Presidente dispuso que se e-tija del TribLtnal de Cuentas pase a la Administracion Jeneral el resultado que haya dado el exámen de todas las cuentas de los Ajentes de Hacienda, que deben incorpo­rarse en la de la Administracion Jeneral, con arreglo a la lei orgánica de Ha. cienda, acompañando: 1, 0 una relacion o cuadro de las cantidades que por cada renta o contribucion &c., ha debido recaudar cada uno de los Ajentes responsables, durante el período de sus cuentas; i 2, 0 otro cuadro o relacion de los gastos que aparezcan cubiertos en las cuentas de los Ajcntes, con separa­cien de los que sean de cargo del Estado i de la Nacion, adJuntando los documentos comprobantes de todos ellos, a fin de que la Administracion pueda hacer debidamente la incorporacion espresada, desapareciendo así el saldo de la "cuenta de suplementos." Ordenó el señor Presidente se pase a la Secretaría de Hacienda copia de­la partida relativa a Jos saldos en débito de las cuentas de rentas i contribu • ciones que aparecen del Balance. Todo lo dcmas que se examinó, se halló arreglado, quedándo terminada la visita. ' El Presidente, SERJlo CAliARGO. El Administrador, A. M. Várgas. El Secretario de Racienda, F. Pulgar. DECRETO DE 11 DE SETIEMBRE DE 1862, nombrando Ajentes de Hacienda. El Administrador .Teneral de Hacienda en el Estado Soberano de Boyacá, En uso de la incultad que se le ha conferido por el artículo i. 0 del de. creto ejecutivo de 26 de julio último. DECRETA: Artículo único. Nómbranse para Ajentes de Hacienda del Centro, Lei· va i Turmequé a los señores Juan de Dios García, para la primera Ajencia·, Nicolas Machado para la segunda i Jerman Soto para la tercera. Oomuníquese. Antonio 1l1. Várgas. Dado en Tunja, a ll(de setiembre de 1862. Es copia.-Antonio M. Várgas. TUNJA.-1 MPRENTA DE'' EL SEMANARIO."
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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El Semanario Oficial - N. 55

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El Semanario Oficial - N. 54

Por: | Fecha: 28/10/1862

ESTADOS UNIDOS DE ~OLOMBIJ.-EST!DO SOBERANO DE BOYACA. Tunja, mártes 2·s de octubre de IS6~. CONTENIDO. ~elle- Secretaria de Gobierno i Guerra. SECCION DE GOBIERNO. P.a.r. Decreto sobre órden público • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 217 -Id. nombrando Notario del Circuito de Moreno................ 218 -ld. id. · id. del id. de Arauca.......................... 218 Circular participando la posesion del Secretario de Gobierno i Guerra 218 -Id. sobre circulacion de monedas..... • • • • •• • • • • • • • • • • • •• • • • 218 -Id pidiendo informes sobre la marcha i afinzumiento del órden pú-blico de los Departamentos • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • . • • • 218 -Id pidiendo datos sebre la marcha de la administracion pública en los Departamentos • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 218 Decreto del Jefe Departamental de Oriente, sobre bestias de brigada. 21S Renuncia del Jefe Departamental de Occidente, i resolucion....... 218 Memorial del Teniente Juan Bautista Quiripe, informe i documentos del Jefe Departamental de Casanare..................... .... 218 SECCION DE GUERRA. Estracto del Boletín Oficial número 103 • • • • • • • • • • • • • • • • • • •• • • • • 220 Secretaría de Hacienda. Circular mandando activar el cobro fle un empréstito.... • • • • • • • • • • 220 Nota del Secretario del Tesoro i Crédito nacional, sobre suministros.. 220 SECRETARIA DE GOBIERNO 1 GUERRA. Secclon de Gobierno. DECRETO DE 15 DE OCTUBRE DE 1862, sobre órden público. El Presidente del Estado Boberano de Boyacá, ()ONSIDERANDO ! Que el réjimen legal del Estad~ no tiene en toda la estension d~l territo· rio del Estado de Boyacá mas enemtgos en armas que los qu~ coniShtu:yen la partida que en el distnto de Sornondoco, Departamento de Onente, capttanca Epnminóndas Castillo; ... . . . . Que ese mismo reJlrnCn co~stttuc10nal 1 1 las .autond.adesk~readas por la Jei para ejecutarlo i hacer que se eJecute son obedecidas en to~os 1 cada uno de los distritos del E~tado, salvo aquel de que queda hecha menc10n i. . Que si bien es cierto que en los D c•partamentos del centro 1 Onente ha sido perturbado de una manera séria el ó~den públ!co, por repetidas. veces i con la comision de varios delitos, lo es tamb1en que los autores ~e s~meJan.tea aten· tados pertenecen a otros Estados i tienen su ce~tr? de acc1?n t.su asilo en te· rritorio que no es de Boy~c.á, t.al. c.omo el .del ~lstnto de Gambtta en Santan­der i el de los de Macheta 1 Ttbmta en Cundmamarca; ' Que los recientes i gloriosos triunfos obtenidos por las armas fede~ales. en los Estados del Cauca i Antioq ui'\ deben tener pot· resultado la consoltdacJOn de la paz i el advenimiento del órden legal, debilitando por entero el espíritu de resistencia facciosa ; Que la guerrilla de Guasca cuya ten~cidad de esfuerzos i. cuyHs propor­ciones numéricas i de elementos en el vecwo Estado de Cundmamarca, alen­taban ¡ servian d~ centro a la re istencia armada en este, está próxima a desa­parecer, acojiéndos~ sus i.ndividuos a la. clemencia i a las garantias que les conceden las autondades 1 leyes de Cundmamarca; . . Que Jos indiviciuos que resistieron con la fuerza. la cousoltdacJOn de 1~ paz en Boyacá, i los hijos de este, confin~dos por igual motivo fuera del ter.n· torio del Estado, no pueden ni deben considerarse como rebeldes contra un .or­den legal que apénas surjió ayer i que h:&sta hoi empieza a desarrollarse, stno simplemente como vencidos en guerra civil cuyas leyes deben acatarse; Que una vez organizado legalmente el Estado i trasformado su modo de ser político, es un hecho lójico i consecuencia! el llam!:lm_iento al goce de los derechos que el nuevo réjimen consagra, . d.e toJ~s los mtembros del Estado, cualquiera que sea la naturaleza de sus opmwnes 1 de los actos con que hayan procurado que estas prevalezcan ; . . . Que por la incipiencia de los pueblos en el réjtmen de la hbertad 1 de ]as garantías, i por la frecuencia 1~i:s~a d.e lo~ trast.ornos a mano armada,.~! país no ha llegado aún al est~do de ~lvtllzacwn 1 de ~·go r en que p~eda surJlr i desarrollarse un poder social suficientemente autonzado para cast1gar por la lei i en nombre de la leí los crímenes que se .consuman ~n el. estado de gue~,r~, i que por lo mismo la política de la moderacwn en la vtctona es no solo leJltl-ma, sino forzosa; . Que en el territorio del Estado i durante el período de Ja guerra ha s1do rara la ptrpetracJOn, por individuos de aquel, de crí~enes del tal n~turaleza que h agau vacdar la mente de los .miembros del. Go.bier?o .en el camm.o de la lenidad, ni impongan po1 su magmtud a .}a concJenc1a pubh~a la neces1dad de una espiacion ; i que aun eso~ pocos crímenes que han temdo lugar son mas bien el resultado forzoso de los odios i de las pasiones enardecidas de una ma· nera jeneral por tres años de constante i fogosa lucha; Que muchos ele los individuos que aún están en armas puede?. e~~oner para cohonestar su resistencia ,el principio de la defens.\ personal, lóJ 1co 1 res· petable en las guerras civiles, i que por lo mismo el Gobierno del Estado debe apresurarse a destruir aquel prctesto brindándole~ mediante el perdon,, la de· fens11 de la Lei a cambio de la defensa propia i particular ; Que la opinion pública del Estado se inclina natural e irresistih~emente del lado de la paz i en servicio de cualquier órden de cosas que permita a los pueblos restaumr sus fuerzas agotadas por la guNra, i que por tanto recibirá con favor i apoyará con sus esfuerzos particulares un acto que reconcilía en el campo Je la Lei a todos los habitantes del Estado, En uso de sus atribuciones legales ; DECRETA : Artículo 1. o Desde la publicucion del presente decreto, todos los ciuda­danos o habitantes del Estado que hayan resistido directa o indirectamente, con las armas en la mano, o por cualquier otro medio al movimiento político que ha dado oríjen con su victoria al réj ÍI~en actual de! Estado i al de 1~ U ~io~ Colombiana, se declaran al amparo i baJo la proteccwn de la Constttucwn 1 leyes de Boyacá, c-on el goc~ de los de re c~hos que ellas les con~edcn, i prescin. diénd.ose por todas las autondades legales del Estado de todos 1 de cada uno de los actos consumado¡, por dichos ciudadanos i habitantes de Boyacá en la gue­rra civil que ha terminado. Artículo 2. 0 La anterior declamcion implictt derecho de parte d~ todos los ciudadanos o habttantes del Estado que estén actualmente cotdinados fuera del territorio de este, para \·olve1· a él, sometiéndose, para ciertos casos, a las prescripciones que en circular especial de la Secretaría del ramo se comunicarán, para su observancia, a los respectivos Jefes Departamentales. . Artículo 3. 0 Desde el momento e11 que todos los comprend1dos en este decreto tengan conocimiento de él i quieran acojerse a sus disposiciones, se pre. sentarán a cualquiera autoridad civil o militar del Estado, verbalmente o por e crito, i sin necesidad de condiciones de ningun jénero, la autoridad mencio· nada está en el deber de protejer i amparar a los presentados en el ámplio ejerci· cio de los derechos i el goce tranqui lo de las garantías que la ConstHucion i leyes del E~tado reconocen i consagran en favor de todos- sus habitantes. Artículo 4. 0 Los individuos cuya industria o propiedad mueble o raíz haya sido gravada con contribu~iones para los .gastos de 1~ ad~i~istracion del Estado, están en el deber de satisfacerla al acoJerse a las U!SposiclOnes del pre· sente decreto. Artículo 5. 0 En el caso de que la e!laccion fijada grave demasiado los intereses del contribuyente, le queda a este su derecho a salvo para representar al Gobierno que pot· su parte está di .puesto a moderar la cuota señalada. Artículo 6. 0 Siendo el respeto por la propiedad particular,i su rescate equj­tativo en favor de los dueños primitivos, un t>lemento de órden i de paz, el Go. bierno se reserva acordar lo conducente sobre la materia, en decreto especial i con relacion a las propiedades que hayan sido gravadas o secuestradas ante· riormente con destino a los gastos de la guerra, Artículo 7. 0 Los mdividuos detenido actualmente en las casas de pri­sion del Estado por sus comprometimientos en la guerra, que no sean ciudada· nos de Boyacá, o habitantes domiciliados en él, i que ademas hayan consumado hechos punibles por la respectiva lej islacion en otros Estados i cuya libertad sea perniciosa al órden en ellos, serán remitidos a disposicion de la primera au· toridad del territorio de su domic ilio, una vez q•1e para ellos no alcanza la jurisdiccion del Gobierno de Boyacá. Artículo 8. 0 A juicio del Presidente del E stado o del Jefe Departamen. tal, a quien espresamcnte se delegue tal faeultad, los individuos que por las cir. cunstancias especiales de su conducta en la guerra no pueclan volver al lugar de su domicilio sin grave perjuicio de una conmocion inevitable en la presente situacion de los pueblos, i euyo resultado heriría el órden legal!en la persona misma de los agraciados, podrán permanecer en cualquier punto a su eleccion, con tal que diste de lG a ':.¿Q leguas del antiguo lugar de su domicilio en el que se quiere evitar su presencia. P ero en el distrito que elijan pura residi r, por el tiempo que al Gobierno toca señalar, estarán en el goce de todos sus dere· chos como habitantes del Estado, i sin mas limitacion que la de observar las condiciones del confinamiento a que se les haya sometido. Artículo 9. 0 A escepcion de los individuos comprendidos en lo dispuesto por la parte final del artículo anterior, i de los del servicio militar, todos Jos ha bitantcs del Estado podrán transitar libremente i sin pasaporte en toda la es· tension de su territorio. Comuníquese este Decreto a Jos señores Presidentes de los Estados en cuyo territorio existan, confinados, ciudadanos o habitantes de Boyacá, i a lo:i Jefes Departamentales del Estado, detallándoles el modo i términos en que debe llevarse a cabo su inmediato cumplimiento. Publíquese por bando en todos los distritos del Estado, i oficialmente por la imprenta. Dado en Tunja, a 15 de octubre de 1862. SERJlO CAMARGO. El Secretario de Gobierno i Guerra, Ricardo Becerra. 218 EL SEMANARIO OFICIAL. DECRETO DE 14 DE OCTUBRE DE 1862, nombrando N otario del Circtüto de Moreno. El Pre3idente del Estado Soberano de Boyacá, En virtud de no haber aceptado el señor Ignacio Ramon Padilla el des. tino de Notario del Circuito de MMeno, i en uso de sus facultades, DECRETA: Artículo único. Nómbrase Notario principal del circuito de Moreno, al señor P edro Rnmírez. Comuníquese i publíquese, Dado en Tunja, a 14 de octubre de 1862. S. CAMARGO. El Secretario de Gobierno i Guerra, Ricardo Becerra. DECRETO DE 14 DE OCTUBRE DE 1862. nombrando Notario del Circuito de Arauca, El Presidente del Estado Soberano de Boyaeá, Habiéndose adm itido al señor V. Martínez la renuncia que hizo de No. tario del circuito de Arauca, i en uso de llU/S !ÍJ.Cultades, DECRETA! Articulo único. Nómbrase Notario princjpal del circuito de Arauca al señor Apolinar Buenahora. Comuníquese i publiquese. Dado en Tunja, a 14 de octub1·e de 1862. S. CAl\IARGO. El Secretario de Gobierno i Guerra, Ricardo Becerra. CIRCULAR participando la posesion del Secretario de Gobierno i Guerra. Estados Unidos de Colombia.-Est,r¿do Soberano de Boyacá.-El Sec1'etario de Gob1erno i Guerra.-Seccion de Gobierno.-Departamento de Gobierno.­Número 511. A 1 señor-Jefe Departamental de .... Hoi he tomado poses10n del destino de Secretario de Gobierno i Guefta del Gobierno del Estado, para el que fuí nombrado por el Presidente. Lo;part icipo a U. para su intelijencia. Soi de U. obsecuente servidor, T!lnjn, 11 de oct11bre de 1862. Ricardo Becerra. CIRCULAR sobre circulacion de monedas. Estados Unidos ' rto que el órgano a que nluden era un fragmento de un ór. gano antiquísimo completamente destruido sin composicion _posibl~: 4. 0 Si las pocas fi~1utas yue tenia estaban todas p1cadas 1 quebradas, desprendidas absolutamente de su lugar: 5. o Si recuerdan desde cuando estaba inservible el referido órgano: 6, 0 1 si el Jefe Departamental cometió alguna violencia para disponer de los flautones : 7. 0 Diga Bautista Quiripe como Tenienie de la c~munc~ si la represe?­taciou adjunta es obra esdusiva suya, quién se la reducto o qu1én le aconseJó para tal cosa ; i 8. 0 Diga el mismo si conté con él para disponer de los flautones inúti­les: si él mismo me los er.tregó perstJ nalmente haciéndolos conducir a la casa de mi alojamiento; i por qué razon nsegnra qué dichos flautones se han cam­biado por toros en el Apure como lo demuestra mal" 1111amente en su repre­sentacion. Ademas de esas pruebas que evacuará U. inmediatamente mandándome las dilijencias por posta, junto con los documento que le incluyo, hará compare­cer f.n SLl despacho a dos personF&It de notoria honradez i probidad, vecinos de Macaguane o Tarne pura que declaren sobre el estado rel órgano, i si por el conocimiento que tengan de los indíjenas referidos, creen que hayan sido se­ducidos o violentados a firmar documentos tdn calumniosos como los de que me ocupo. Esta comunicacion la pondrá U. como cabeza de las dilijencias que dobe practicar i para lo cual se le señala el pm·entorio término de ocho días. Moreno, setiembre 20 de 1862. Enrique Silva. Al~u.ldía del distrito.-Tame, 27 de setiembre de 1862. Recibido en esta fecha, cítense los individuos mencionados en la nota an­terior i practíquense las dilijencias que se ordena. · ll-fena.- Tocaria, Secretario. EnTame, a 28 de setiembre de 1862, estando en el despacho Juan Bau­tista Quinpe, el seíior Alcalde por ante el infrascrito Secretario, previa la lec· tura de lo artículos que previene el 433 del Código penal,le recibió juramento conforme a derecho, bajo cuya gravedad prometió decir verdad en lo que su­piere i le fuere preguntado; i si~ndolo en órden a los puntos citados en la co­municacion precedente, dijo al primero: que las firn~as que aparecen i que di· cen "Bautista Quiripe" en un memorial dirijido al Presidente del .Estado i en una dilijencia firmada por varios vecinos de Macagnane el dia 9 de julio del corriente año, no es de su puño i letra, pues que el declarante no sabe Jee1· ni escribir pero que se la mandó poner a Saturnino Lalema. Al segundo dijo: que él fué quién mandó estendt'r Ia dilijencia para su gobierno i que la redactó el mi5mo Secretario del Teniente, Gonzalo Gamuan, que esto se verificó el dia 9 de julio. Al tercero contestó: que es cierto que el órgano era mui viejo, desde el tiempo del Reí, i que está inutilizado; que ya no era ~ino un frngmento de d1ficil composicion, Al enarto espuso: que es cierto que varias flautas estaban sumidas i muí particularmente de las pequeñas que P.staban bastante deterioradas i dislocadas. Al quinto dijo: c¡ue conoció el órgano que ya · no ~ervia desde que él sa· lió a pelear con el Jenera 1 Bolívar en el año en que fué la accion de Boyacá, en !a que él se halló como buen patrióta. Al sesto dijo : que el señor Jefe Departf:¡mental Eurique Silva, no come· tió de ningun modo acto alguno de violencia para disponer Je los flautones dal órgano, Al sétimo contestó: que el señor Francisco Iriarte cuando pasó por Ma· caguane el 16 de agosto de este año, le indujo para que como 'reniente de aque. lla comuna hiciese la representacion al Presidente del Estado, dando denuncio de la llevada de Jos flautonrs del órgano; que le hizo llamar a Saturnino Lale­ma para que escribiera i que Iriarte le dictaba las palabras, que este no quizo escribir porque no le conocieran la letra, i que el mismo lriarte se comprome­tió a llevar el escrito al Presidente del Estado i se obligó a hacerlo todo, i qu6 en efecto se llevó la representaeion. Al octavo dijo: que es cierto que el señor Silva contó con el declarante p\\ra la llevada de los fiautones del órgano, i que es cierto que se Jos hizo llevar a ~\1 alojamiento: que sabe fueron cambiados por toros del Apure porque así so lo dijo el señor Iriarte, no porque a él le conste. Añadió ser mayor de cincuenta años, natual i vecino de~Macaguane, casa­do i actual Teniente de aquella comuna. Leida su declaracion la aprobó, no firma por no saber, pero rogó quien lo hiciera. Romualdo Mena.-A ruego de Bautista Quiripe, Gonzalo Camuan.-Pau. lo Tocaría, Secretario. En Tamc a 28 de setiembre de 1862, siendo en el despacho Saturnino Lnlema, despues de impuesto en los articulos que previene el 4S3gdel Código penal, el señor Alcalde le recibió juramento conforme a derecho, bajo cuya gra. vedad prometió decir verdad en lo qne supiere i le fuere preguntado ; i siéndo· lo en órden a los puntos de la comunicacion que encabeza estas dilijencias) con· testó al primero: 1, 0 Que la firma ~ue Aparece en el documento o dilijencia sobro la Jle· vnda de los flautones del órgano de Macaguane i que dice: "Saturnino Late. ma,'' es de su puño i letra. 2. 0 Que esta diiijencia la redactó el Secretario del 'rcniente de la comu· na Gonzalo Cnmuan ; que la diltjencia quien dispuso ponerla fué el .. Teniente Quirípe el día 9 de julio. 3. 0 Que es cierto el órgano era un fragmeuto antiquísimo. completamen. te destruido sin composicion J¡osible. 4. 0 Que las flautas menores estaban apachurradas i sumidas. 5, 0 Que desde que se conoce en el mundo conoció el órgano descom­puesto. 6. 0 Que el Jefe Departamental no cometió ninguna violencia para dispo• ner .del órgano. 7. 0 i 8. 0 Que no le corresponde. Sinembargo, que le consta que quién quitó i entregó los B.auton s deló1· ano al Jef~ Departamental, fué el Tenien· te Bautista Quiripe. Leida su declaracion, la aprobó i firma. Romualdo Mena.-Sat1¿rnino Lalema.-Paulo Tocaría, Secretario. Acto continuo estando en el despacho Gonzalo Camuan, el seíior Alr!alde le impuso en los respectivo artículos del códi~o penal; en st>guida le recibió jurau>ento con las formalidadt~S legales por el que prometió decir verdad en lo que supiere i le fnere preguntado; luego se le interrogó sobre los puntos de la comunicacion citada i contestó: J. 0 Que la firma puesta en la dilijencia firmada por varios vecinos de Macaguane, sobre la llevada de los flautones del órgano, es de su puño i letra. ::!. 0 Que la dilijencia ya espresada la redactó el deponente i la escribió S,tturnino Lalema el d1a 9 de julio último. 3. 0 Que es cierto el órgano de que hablan estas dilijencias era un frac· mento de un órgano viejí imo que estaba echado a perder. 4. 0 Que es cierto habia varias flautas apachurradas i desprendidas. 5. 0 Que desde que c;:e conoce, conoce tambien echado á perder el órgano. 6. 0 Que el Jefe Departamental no cometió ninguna violencia para dispo .. ner del órgano. • 7. 0 Qué aunque no se le pregunta: pnede asegurar que quien llevó al alojamiento los flautones fué el Temente Quiripe, con quien tocó primero el sel'ior Jefe Departamental. Añadió ser mayor de treinta años, natural i vécino de Macaguane, casa.· do i agricultor. Leida su declarar-ion la aprobó i firma. Rumualdo 1llena.-Gonzalo Camuan.-Paulo Tocaria, Secretario. En Tame a 28 de srtiembre del nño de 1862 se presentó en el despacho Lúcas Macualo; impuesto que fué en los respectivos artículos del Código pe. nal, el señor Alcalde por ante mi el 1nfrascrito Secretario le recib.ió juramrn. to sagun derecho, b11jo cuya gravedad prometió decir verdad en Jo que supie­re i le fuere pregantado; i siéndolo con el órden de los puntos de la nota mo. tivo do estas diliJen<'ias, contestó: l. 0 Que él no sabe leer ni escribir, pero que firmó por él Saturnino La• lema, i el apenas rubricó. 2. 0 Que la dilijencia que pus ieron i firmaron en Macnguane el 9 de ju. lío sobre la Uevnda del órgano o sus flautas, la redactó Gonzalo Camuan i la escribió Saturnino Lalema. 3. 0 Que es cierto el órg.ano era un fragmento de un órgano antiquísimo de difícil composicion. 4. 0 Que es igualmente cierto que las poca.s flautas que tenia estaban quebradas i desprendidas de su lugar. 5. 0 Que desde conoce el órgano es inútil o descompuesto. 6. 0 Que el Jefe Departamental no cometió ninguna clase de violencia para di poner de los flautones del órgano. Añadió que es mayor de veinticin­co. años, natural i vecino de Macaguane, casado i agricultor. Leida su decla. racion la aprobó i firma a ruego. Ramnaldo Mena.-Por ruego de Lúcas Macualo, Braulio Ordóñez.-Pau .. lo Tocaria, Secretario, 226 EL SEMANARIO OFICIAL.· En seguida fué en el despacho Valerio M1cualo e impuesto que fué en los respectivos artículos del Código penal, el señor Alcalde le recibió juramen­to bajo cuya gravedad prometió decir verdad en lo que supiere i le fuere pre. guntado, i siéndolo con arreglo a los puntos de la comunicacion que encabeza estas d ilijencias contestó : l. 0 Que como no sabe leer ni escribir rogó a Gonzalo Ca muan para que firmará por él la dilijencia que sobre la llevada del órgano suscribieron algu-nos vecino~ de Macaguane el dia 9 de juli o último. · 2. 0 Que la dilijencia dicha la redactó Gonzalo Camuan. 3. 0 Que es cierto que el órgano era un fra gmento de un órgano mui viejo, ya sin composicion. 4. 0 Que es cierto estaban las mas de las flautas dañarlas i dislocadas. 5, 0 Que httrá como mas de treinta años que el órgano estaba inservible. 6. 0 Que el Jefe Departamental llevó las flúutas con condicion de man. dar un oficial para que lo compusiera. todo esto con consenfimiento del Te· niente. Añadió ser mayor de cincuenta años, natural i vecino de Macagua­na, casado i agricultor. Leida su declaracion la aprobó, i por no saber firmar rogó quien lo hiciera. Romualdo .ll{ena.-Por ruego de Val'erio Macualo, Braulio Ordóñez.­Paulo Tocaria, Seeretario, En el mismo acto se hizo comparecer al testigo Saturnino La! ,ma, i como en la declaracion de él se omitio po1· olvido, su edad, vecmdad &, se le in te. rrogó para que bajo el juramento que para ello prestó declarase este punto, en cuya virtud dijo: ser mnyor de veinticinco años, natural i vecino de Macagua­na, casado i agricnltor. En constancia firma. Damos f~. Romualdo Jlena.-Saturnino Lalema.-Paulo Tocaria, Secretario, En Tame a 28 de setiembre de 1862 el sflñor Alcalde para dar cumpli­miento a la parte final de la nota que corre por cabeza de esta dilijencias hizo comparecer en el despacho al soñor Máreos Tetelua, vecino de probidad i hor.­radez, i despucs de impuesto en los artículos respectivos del Código penal le recibió juramento de estilo bajo cnya gravedad prometió tlecir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado: En seguida se le impuso en los puntos sobre que se contrae esta dilijencia i espuso: que desdo el año de 1839 que conoció el órgano de Macaguane, lo conoció ya inútil enteramente i que no se podía ya tocar en él. Que por el conocimiento que tiene de los indíjenas de Maca· guane, conceptúa que por sí solos no son capaces de redactar un memorial co· mo el que se le puso de presente, fechado en 16 de agosto de este año i que ele· varon a\ ciudadano Presidente ciel Estado; dejándose ver que probablemente hubo quien los sedujera a dar este paso i que igualmente les redactara el es· crito ya mencionado. Que lo dicho es segun su conciencia. Leida su decla· racion la aprobó i firma; añadiendo ser mayor de treinta años, vecino i natu­ral de este distrito, casado i agricultor. Romualdo Mena.-Márcos Tetelua.-Paulo Tocaría, Secretario. Acto coutinuo fué en el despacho Evanjelista García, vecino de este dis. trito, de notoria honradez i probidad, al que impuesto en los artículos que pre­viene el 433 del Código penal, el señor Alcalde le recib1ó JUramento conforme n derecho, rbaJo cuya gravedad prometió decir verdad en lo que supiere i le fttere preguntado ; en seguida se le dió lectura a la parte final de la nota oficio del Jefe Departamental i que corre a la cabeza de estas dilijencias, i contestó: l. 0 Que hace mas de veinticinco años que conocía el órgano de Maca­J! Uane i que, aunque en aquel tiempo babia un maestl'o en Macaguane que sa. bia tocar órgano, ya no hacia uso de él pues que ya no servía para nada, que de esa fecha acá, mas echado a perder debía estar, por consiguiente. 2. 0 Que por el conocimiento que tiene de los ind íjenas de Macaguane, conoce que ellos no son capaces de formular un escrito como el que acaba de ver, que elevaron al ciudadano Pre~idente del Estado : que claramente se co­noce que por sujestiones de otra per;:;ona habrán dado un paso como este, pues ellos a Jo mas saben medio escribir pero desconocen toda clase de procedimien •. to. Leida su declaracion, la aprobó i firma a ruego por no saber; añadió ser mayor de cuarenta años, vecino de este distrito, casado i viudo despues i agri· cultor. Romualdo Mena.-Por ruego de Evanjelista García, Braulio Ordóñez.­Paulo Tocaria, Secretario. No se recibió la declaracion de Agustín Macualo por no hallarse en este distrito; en consecuencia se devuelven estas dilijencias con los adjuntos do. cumentos.-Mena.- Tocaría, Secretario. --<::»e>-- Secclon de Guerra. BOLETIN OFICIAL. BOGOTÁ, VI~R.NES 17 DE OCTUBRE DE 1862, NOTICIAS DE ANTIOQUIA. · Estados Unidos de Colombia.-Estado Mayor jeneral del primer Ejército. Al señor Prefecto de Ambalema. Incluyo a U. un pliego importante que dirijo a Bogotá para que se ~sirva remitirlo a la :nayor brevedad posible. La guerra en el Estado de Antioquia está terminada: por una parte, el Ejército enemigo, que últimamente se babia concentrado en Manizálcs, a Ór· denes de Enao, se ha disuelto casi en su totalidad, marchándose una gran par­te de los que Jo formaban para sus casas; por otra, el Gobernador del Estado, doctor Marceliano V élez, en una conferencia que ha tenido hoi con eJ. Ciuda­dano Jeneral Sántos Gutiérrez, ha ofrecido entregar el Estado con la fuerza de que di spone i los elementos de guerra. Solo se espera la llegada a este lug~r del señor Presidente i Supremo Director de la Guerra, que será hoi mismo, para que todo qnede arreglado d ~' finitivamente. · Acabo de saber que mu chos i11dividuo. de los diseminados del Ejército de Enao, han tomado la vía del páramo de Ruiz a salir a Mariquita ; le aviso a U, esto para su conocimiento i fines cif' l caso. Aldea de María, octubre 12 de 1862. L . Level de Goda. E s copia.-Ambalema 16 de octubre dr, 1861. El Secre tario, Pascual Faiardo, Estados Unidos de Oolombia.-Estado Soberano del Cauca.-Número 1,063.­Comandancia jeneral del tercer Ej~rcito i d~ operaciones sol re AJJtioquia.­Cuar tel jeneral en la Aldea de: María, a 12 de octubre de81862. Señor Gobernador del Estado Soberano de Cundinamarca. La victoria del 18 de setiembre ha sido tan decisiva en sus resultados para la causa de la Union, como la prev1sion ordinaria no hubiera podido compren. derlo en los primeros momentos del triunfo, i algunos dias despues. Lo que dije a In Secretaría de Guerra i Marina en el parte detallado del dia 20, se ha cumplido litemlmente. Antioquia, por el órgano ide las autori. dades civiles i militares, reconoce el poder de los Estados Unidos, i acepta la . condicion del vencido. La guarnicion de Manizales, compuesta de unos 1,400 hombres mal armados, se ha disuelto; muchos de los soldados i algunos Ofi· cia les se han presentado en nuestras filas, asegurándonos quE-' toda la fuerza se ha desorganizado, i que varios Jefes han dado el grito de sálvese el que pue­da. El señor Marceli::tno Vélez, que desempeña la Gobernacion del Estado, envió ayer al señor Ricardo Villa como parlamentario cerca del Ciudadano Presidenta de la U nion, ofreciendo entregar el Estado, i solicitando garantias para los empleados civiles i milita.res. Hoi he recibido una nota del mismo señor Vélez, en que me cita para "una conferencia en el puente de Chinchiná, manifestándome qne hechos graves, que pueden afedar el buen concepto que se tenga de el, le obligan a dar este paso. Sin duda alude a la desercion pú· blica i con armas de la tropa, i a la huida de algunos Jefes. Hoi probablemente ocuparemos a Manizáles, i lo que nuevamente ocurra, tendré el honor de participarlo a U. oportunamente. Soi de U. mu1 atento¡ obsecuente estimador, S. GuTIERREZ. • SECRETARIA DE HACIENDA, CIRCULAR mandando activar el cobro de un empré 'tÍto. Estados Unidos de Colombia.-Estado 8fJberano de Boyacá.-El Secretario de Hacienda.-Seccion de Hacienda.-Departamento de Rentas i Gastos.-Nit· me1·o 264, . Al señor Jefe Departamental de .... Conforme n la última parte del artículo 5. 0 del decreto Ejecutivo de l. o de !\O'osto último, asignando a los Departamentos un emprestito de $. 50.000, p~blicado en ''El Semanario Oficial" número 45, desde el l. 0 delco­rriente ha debido consignar cada prestamista la cuota que se le hubiere seña­lado por la J untn de Hacienda del distrito, i en caso contrario, lns pro~iedades de ellos deben haber sido arrendadas o rematadas de acuerdo con lo chspue sto en loi artículos 9, lO i 12 de dicho decreto, a fin de cubrir con su producto la cantidad correspondiente. . . Como tan importante asunto ha I.lamado.con preferencia la a~enc1on del Gobierno puesto que él tiene por obJeto arbitrar los fondos suficientes para comprar 1 las armas que necesita el Estado i so~t?ner tambien la fuerz~ ~úbli· ca que debe organizarse, a fin de obtener defimbvamente el restablecumento del órden público, me ordena recordar a U., i por su conducto a sus respecti· vos Ajentes el esacto cumplimiento?~. las disposiciones. del decreto que ~u~dn mencionado. En tal virtud, me diriJO a U., con el objeto de que, s1n perdida de tiempo i tomando los datos necesarios de su~ respectivos Ajentes,. informe a esta Secretaría sobre cuanta suma so ha recaudado por razon de d1cho em­préstito, i en su casCl, por qué motivo. no se ha verifi~a.do e~ r.obro de todo él. Si las sumas recaudadas se han envtndo a la Admmtstracwn Jenera\ de Ha. cienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del preindicado ,dbcreto, U., lo manifestará ignalmente. . . . . Espero, señor Jefe Departamental, de ,su .reconocida act~v1dad I celo por los intereses del Gobierno, que U. promovera, Sl fuere ne.cesan~, cuantas me· didas esten dentro de la esfera de sus facultarles, p:tra dejar sal Isfechos los de­seos del Poder Ejecutivo en cuyo nombre me dirijo; i por lo mismo)u.zgo ~.ue no habrá necesidad de hablar a U. otra vez para recordarle el cumphm1ento de este negociado. Tunja, 21 de octubre de J 862. F. Pulgar. NOTA del Secretario del Tesoro i Crédito Nacional, sobre suministros. Estados Unidos de Colombia. -Poder Ejecuti"'o Nacional.-DP.spacl¿o del Te­soro i Crédito Nacional.-Número 610.-Seccion centml.-Ramo de nego. cios jenerales. Al señor Secretario de Hacienda del Estado Sobenno de Boyacá .. Con fecha 30 del mes próximo easado, i bajo el nú!"ero 2~n ?omunica a este Despacho el señor Secretario de J;;lacienda de la U n10n lo s1~U1ente: "Puesta nn conocimiento del señhr Presidente la carta ofic1al del sei'íor Secretario de Hacienda del Estado Soberano de Boyacá solicitando la prórro· ~a del término para pedir el rec'?noc~miento de los. ernpré~titos i suministros heehos al Gobierno, que U. adJunto a su com~nrc~cton de 9 del qu~ ,curs~, número 448, Seecioo Central, ramo de negociOs Jene.rales, resolv1o lo Sl· guiente : . . , . "El Poder EjecutiVO no tiene a bten prorogar ~l termmo para rec~amar el pago de los suministros i empréstitos hechos al Gob1erno por los part1cula. res ; pero esto no obsta para que ellos puedan h~cer el rec!amo. de su.~ dere. chos en juicio contradictorio, conforme a la~ leyes 1 decret.os eJecutivos v.IJen~es. ''Lo que trascribo a U, como re~ultado de la menciOnada. comumc~c10n i para que so sirva. ponerlo en conocimiento del señor Secrctano de Hacienda. del Estado Soberano de Boyacá·" 1 lo trasmito a U. para su intelijencia i demas fines. Bogotá, 9 do octubre de 1862. R. N1¿ñez, TUNJA.-IMPRENTA DE'' EL SEMANARIO.'"
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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El Semanario Oficial - N. 54

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