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El profesor y el jurista: una visión integrada del derecho público: Jaime Vidal Perdomo

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A file on the abolition of punishment through whipping at schools in Santafé (1178 - 1770)

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Las fuentes olvidadas del pluralismo jurídico: indianos, piratas palenqueros y gitanos.

Por: Luis Alfonso Fajardo-Sánchez | Fecha: 13/03/2010

El debate del pluralismo jurídico, tan de moda en Colombia a partir del reconocimiento por parte del Estado de la existencia de otras formas jurídicas diferentes a la oficial o reconocida como mayoritaria, tiene unos antecedentes históricos y doctrinales que es necesario  abordar; esto nos permitirá recuperar la esencia emancipatoria del derecho. El pluralismo jurídico alude a la existencia  de otros "derechos u otras formas jurídicas junto al derecho estatal, que coexisten, una veces armónicamente, otras en conflicto, pero en cualquier caso, siempre con independencia al derecho estatal". En la historia de Colombia han existido antecedentes que evidencian que en nuestro país han existido fértiles antecedentes que es vital recuperar. El artículo estudia algunos ejemplos: el derecho indiano, como forma de resistencia a la opresión y estrategia de supervivencia de nuestros pueblos nativos; el derecho de la Hermandad de la Costa, la más importante fraternidad pirata que se desarrolló en nuestro archipiélago de San Andrés providencia y Santa Catalina; el derecho palenquero o la consolidación del plan de vida de los cimarrones y palenqueros, y la kriss romaní, la forma del derecho gitano, uno de los primeros derechos globales que llegó a tierras de nuestra América y a Colombia, en el cuarto viaje de Colón. 
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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Las fuentes olvidadas del pluralismo jurídico: indianos, piratas palenqueros y gitanos.

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Los mecanismos de solución de conflictos en asuntos de inversión en el NAFTA y la admisibilidad de la amicus curiae para las ONG

Por: Patrick Dumberry | Fecha: 11/03/2010

La primera parte de este artículo trata de un resumen del Tratado de Libre Comercio de Norte América (NAFTA) y cuestiona acuerdos entre inversionistas y Estados (capítulo 11). Las normas  relevantes  serán analizadas bajo  la  luz de creciente cantidad  de casos. La segunda parte se ocupará del fallo reciente en el caso Methanex versus Estados Unidos de América, donde se decidió que el Tribunal tenía el poder bajo el artículo 15 (1) del UNCITRAL-reglas de arbitraje-y bajo NAFTA-capítulo 11- para aceptar un reporte amicus curiae sometido por varias organizaciones no gubernamentales (ONG). Es la primera vez dentro del contexto de NAFTA o de procesos de arbitraje entre inversores y Estado que amicus curiae haya sido aceptado por actores no estatales. El artículo examina en detalle el razonamiento del Tribunal de Arbitramento y su probable impacto en el futuro en los mecanismos de arreglo de disputas entre inversionistas – Estados.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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Los mecanismos de solución de conflictos en asuntos de inversión en el NAFTA y la admisibilidad de la amicus curiae para las ONG

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Ejemplos de disputas sobre el capítulo 11 del NAFTA

Por: Nicolás Guerrero-Peniche | Fecha: 11/03/2010

¿Cuál ha sido el impacto en los acuerdos comerciales regionales en el campo de la protección del medio ambiente? ¿Cuál ha sido el rol- de los mecanismos de resolución de conflictos en tales procesos? ¿Han encontrado esos acuerdos una vía para conciliar comercio y protección ambiental?Estas son algunas de las preguntas que se tratarán aquí. Particularmente   en relación a un proceso regional, NAFTA. Este tratado trilateral entre Canadá, México y los Estados Unidos contiene un grupo grande de regulaciones y tres complejos mecanismos de resolución de disputas y para asegurar la aplicación de las primeras. Contiene también un esquema  general para  las controversias (capítulo 20), esta es una herramienta específica para el antidumpin y para evitar ignorar el deber de resolución de disputas (capítulo 19). También contiene un innovador procedimiento para la resolución de conflictos, entre inversionistas y estados miembros (capítulo 11).Éste es el tema sobre el cual nos concentraremos en este escrito.El capítulo 11 de  NAFTA fue designado para suministrar un esquema legal predecible y así crear un ambiente favorable para el aumento de las oportunidades de inversión dentro de los Estados miembros. Específicamente, mediante  el establecimiento  de reglas claras y métodos específicos de resolución de conflictos entre los inversionistas y los Estados miembros de NAFTA. El mecanismo permite a los inversionistas acudir a instancias  de  arbitramento  internacional  obligatorio,  si  el gobierno  del Estado miembro viola las regulaciones sobre inversión establecidas por NAFTA. El análisis pondrá especial atención en la incidencia de este mecanismo para la protección  del medio   ambiente. Para este  propósito, se analizarán   12 casos relacionados   con "expropiaciones  reguladas" que no son indirectas  expropiaciones  a través de normas que  limitan  o  modifican  la  inversión.  Estos casos,  se  han  convertido  en  un  punto central de discusión en el ámbito de NAFTA dado el peligro que representan para  la capacidad reguladora  del Estado y el daño que han producido en la protección  del medio ambiente al desconocer leyes sobre el tema.Como será demostrado, una de las causas de problema del capítulo 11 ha sido la ausencia de una definición de inversión, ausencia que eventualmente es intencional con el propósito de permitir varias clases de la misma y a la vez, para protegerlas a todas ellas de las posibles medidas tomadas por los gobiernos. Sin embargo, esta falla ha probado ser muy costosa, no solo en términos monetarios, sino desde el punto de vista del medio ambiente
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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Ejemplos de disputas sobre el capítulo 11 del NAFTA

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Mito y realidad del Servicio Público

Por: Jaime Vidal-Perdomo | Fecha: 10/03/2010

Bajo el título de mito y realidad se estudian los principales aspectos que tienen que ver con la construcción y los cambios operados en la noción de servicio público, una de las más Importantes del derecho administrativo. La primera parte muestra cómo la extensión de los servicios públicos legitimó en un momento dado la acción del Estado, y dio lugar a la formación de los conceptos del Estado - providencia y Estado del bienestar. Socialmente los servicios públicos  realizaban un cierto ideal de igualdad y ponían en juego el principio de la solidaridad social. En el plano económico el crecimiento de los servicios públicos  mostró facetas del Estado empresario y condujo a las nacionalizaciones.De la sujeción casi integral al derecho público, la crisis de la noción jurídica condujo a la ampliación de la esfera del derecho privado, y más tarde a las privatizaciones. El criterio de la eficacia y el redimensionamiento del Estado llevan a la disminución de los servicios públicos y a las privatizaciones, con un papel del Estado de regulador y estimulante de la competencia.Todas las consideraciones aquí comprendidas se hacen en torno de la celebración de los 50 años de la Revista de Administración Pública de Madrid, quizás la más conocida entre juristas y administradores de lengua española.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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Mito y realidad del Servicio Público

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La Reforma del Estado y la Social democracia

Por: Manuel José Cárdenas | Fecha: 10/03/2010

En este artículo el autor sostiene que la gran tarea política de esta primera década del siglo XXI es la reconstrucción del Estado colombiano. Destaca que cuando existe una crisis Importante en el sistema político su origen debe buscarse en el Estado o en el mercado. La Depresión del año 30 se produjo por un mal funcionamiento del mercado y la Gran Crisis de los años 80 por el colapso del Estado. Esta crisis en realidad comprendió varias crisis: fiscal, el modelo de intervención del Estado en lo económico y en lo social y en la forma burocrática de la administración del Estado. Las reformas económicas orientadas al mercado fueron la respuesta a la necesidad de tener un Estado mínimo y de dar más libertad a las fuerzas del mercado. Con este propósito se expidió la Constitución Política de 1991 y se realizaron reformas en la mayoría de los campos económicos y sociales. Ante el hecho de que estas reformas no han sido plenamente satisfactorias y que el Estado no ha podido recuperar su papel de agente del desarrollo, estando en la práctica paralizado, en su concepto no se requiere una nueva reforma constitucional salvo aspectos muy puntuales como las transferencias territoriales, la gran reforma que debe hacerse debe  ser de carácter administrativo para recuperar la gobernanza, aumentar la gobemab1hdad y fortalecer la capacidad de promoción del Estado. En el artículo se explican en detalle las acciones que deberían realizarse para llevar a la práctica ca a uno de estos tres conceptos. Todo ello para alcanzar un Estado social­ liberal, Social porque debe seguir protegiendo los derechos sociales y promoviendo el desarrollo económico. Liberal porque debe usar más los controles del mercado y menos los controles administrativos, para lo cual debe descentralizarse la acción estatal fortalecerse lo merca  s de trabajo con la capacitación de los recursos humanos fomentarse la 1nnovacwn, el conocimiento y la competitividad.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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La Reforma del Estado y la Social democracia

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Intervención humanitaria, soberanía y proceso de paz

Por: Marco Gerardo Monroy-Cabra | Fecha: 10/03/2010

El trabajo analiza en el campo del derecho internacional público, el conflicto jurídico entre los principios de soberanía y derechos -humanos, y las acciones fácticas de intervención y uso o amenaza de fuerza. El autor informa sobre "el debate entre los partidarios y adversarios de la intervención humanitaria, los analiza en el ámbito jurídico y con fundamento en la normatividad positiva vigente concluye que la soberanía no puede ser vulnerada por ningún tipo de intervención, incluida la de carácter armado. "El conflicto colombiano puede requerir la presencia internacional dentro del respeto de la soberanía e independencia nacional y sin la utilización de la intervención armada" 
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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Editorial

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La interdependencia de contratos que forman un mismo grupo contractual en el derecho francés

Por: Carlos Pizarro-Wilson | Fecha: 10/03/2010

La doctrina, como la jurisprudencia francesa, han recurrido a ingeniosas elucubraciones para justificar la interdependencia  al interior de los grupos de contratos. En este trabajo se exponen las diversas teorías con el objeto de mostrar la carencia de una solución unívoca como fundamento de la indivisibilidad en los grupos y cadenas de contratos. En definitiva, para lograr construir la noción de grupo de contrato se requiere la voluntad de las partes para hacer del otro u otros actos una condición de la validez recíproca de cada uno de los elementos que participan en el conjunto contractual. Esta explicación no infringe el principio del efecto relativo de los contratos, sino que plantea una relectura del mismo más acorde con la realidad económica de la contratación.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Formatos de contenido: Artículos
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La interdependencia de contratos que forman un mismo grupo contractual en el derecho francés

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