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¿Cómo mira el Estado? Constitución de 1991 y Compromisos de Género del Estado Colombiano

Por: Lina María Céspedes-Báez | Fecha: 05/05/2011

El presente artículo analiza la noción de orden o compromisos de género de un Estado, la cual fue acuñada por Nancy Fraser para señalar que toda estructura de gobierno asume y promueve cierta ordenación de los sexos, ya sea expresa o tácitamente, intencionadamente o no, a través de sus manifestaciones jurídicas y de política pública. En el caso de Colombia, este estudio ha de iniciarse con la Constitución de 1991 y las sentencias de la Corte Constitucional que desarrollan su articulado. Las decisiones relativas a menores intersexuales han demostrado ser un terreno fértil para observar los esfuerzos de la Corte por entender cuál es la relación sexo/género, díada que se encuentra en la base de todas las teorías sobre sexualidad, atribución de significación a los cuerpos y relación hombres/mujeres. Es un hecho que los Estados no se limitan a regular el tráfico de bienes y servicios, sino que también imponen normas acerca de la identidad sexual que se reflejan en diversos campos del ordenamiento jurídico, por ejemplo, las consecuencias patrimoniales de vivir en pareja, los impuestos, los requisitos para adquirir la nacionalidad. De ahí que sea esencial comprender y saber dónde y cómo develar los arreglos de género que patrocina un Estado.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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¿Cómo mira el Estado? Constitución de 1991 y Compromisos de Género del Estado Colombiano

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Tensiones en la estrategia de transformación institucional del Banco Interamericano de Desarrollo en América Latina: Entre el mercado y la gobernabilidad democrática

Por: Andrés Mauricio Guzmán-Rincón | Fecha: 05/05/2011

El texto reconstruye la estrategia de reforma y modernización del Estado del BID en América Latina desde los 90s a partir de las tensiones que se originan en el proceso de transformación institucional promovido por este organismo bajo el cual se pretende la sostenibilidad de un modelo de desarrollo basado en el mercado mediante la búsqueda simultánea de la gobernabilidad democrática. Dicha reconstrucción se traslada al ámbito de la reforma judicial concebida como uno de sus componentes fundamentales, en donde a partir del análisis de una muestra significativa de programas y de países de la región, se sostiene que si bien ésta contiene componentes para fortalecer tanto la democracia como el mercado, su orientación obedece a promover en mayor medida este último. El análisis propuesto pretende contribuir a las investigaciones sobre los impactos de las reformas judiciales en la región y aporta algunos elementos para la comprensión de la agenda de reforma judicial del BID en Colombia a partir de una reconstrucción breve del contexto en el que se implementaron estos programas y las tensiones que atravesaron el proceso constituyente en los 90s.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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La suspensión provisional y la Corte Constitucional. Raíces históricas, persistencias y transformaciones hasta el presente

Por: Miguel Alejandro Malagón-Pinzón | Fecha: 05/05/2011

Este artículo pretende mostrar una nueva facultad que se le quiere asignar a la Corte Constitucional. Esta es la de suspender provisionalmente las leyes que hayan sido demandadas por inconstitucionalidad. En el trabajo se comprueba que esta función existe en el derecho público colombiano desde la Colonia y que tuvo un amplio desarrollo en el siglo XIX en cabeza de la Corte Suprema de Justicia.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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Ley de Víctimas de Colombia y la responsabilidad de las personas jurídicas por violaciones de derechos humanos

Por: Lina María Céspedes-Báez | Fecha: 28/02/2012

En el año 2011, después de cuatro años de cabildeo y forcejeo político, Colombia aprobó la Ley 1448, más conocida como la Ley de Víctimas. Los objetivos perseguidos por esta ley son bastante amplios, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar los efectos que el conflicto armado ha infligido en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradas como necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la protección y cumplimiento de los derechos de las víctimas. Actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas de la ley. Sin embargo, esta nueva regulación, con sus 208 artículos, es más amplia y compleja, razón por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples provisiones. Una de estas, que parece no haber llamado la atención y que, por lo tanto, no ha sido objeto de estudio pormenorizado es el artículo 46. A primera vista, este parece estar encaminado a reforzar la investigación y juzgamiento de las personas jurídicas relacionadas con violaciones de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el contexto colombiano. Este texto examina específicamente los alcances reales y dilemas del artículo, y propone algunas soluciones para llenar la laguna que existe actualmente en el país en la materia.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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Representar el sufrimiento de las víctimas en conflictos violentos: alcances, obstáculos y perspectivas

Por: Camila De Gamboa Tapias | Fecha: 07/03/2012

El propósito central del artículo es el de analizar qué tipo de sentimientos morales serían los que deberían despertar los testimonios de las víctimas en los miembros de una comunidad política que pretende ser democrática, incluyente y respetuosa de los derechos humanos. De la mano de Avishai Margalit, Tzvetan Todorov, Peter Strawson, Martha Nussbaum, Elizabeth Spelman y Manuel Reyes Mate, a lo largo del texto defenderemos la tesis de que las narraciones y representaciones del sufrimiento injusto padecido por las víctimas son aquellas que son capaces de despertar una indignación y compasión informada en los ciudadanos. Para mostrar el alcance y significado de esta tesis, nos centraremos en analizar dos de los problemas más serios a los que se enfrenta una política de la memoria que privilegia a las víctimas. El primero de ellos tiene que ver con los riesgos que se presentan por las distorsiones que son usuales en los relatos de las víctimas y que en buena parte están ligadas a una especie de sacralidad que se les atribuye a quienes atestiguan acerca de la violencia que han padecido. El segundo problema que analizaremos está relacionado con la recepción e interpretación que hacen los miembros de la comunidad política acerca de ese sufrimiento. En concreto, discutiremos los distintas formas de banalización que pueden darse entre los ciudadanos al momento de interpretar las narraciones que representan el daño. En la última parte del texto, analizaremos el testimonio ejemplar de Harriet Jacobs con el fin de mostrar de que manera un testimonio puede generar en su audiencia sentimientos de indignación y compasión informadas.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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Variación de la violencia sexual en tiempos de guerra: la violación en la guerra no es inevitable

Por: Elisabeth Wood | Fecha: 28/02/2012

La violencia sexual varía dramáticamente de una guerra a otra, y, en ocasiones, de un grupo armado a otro dentro de una misma guerra. Sin embargo, en algunos conflictos la violencia sexual perpetrada por determinados grupos armados es especialmente limitada, pese a que estos cometen otro tipo de violencia contra civiles. Ciertos grupos cometen actos de violencia sexual solo contra mujeres, mientras que otros también lo hacen contra hombres. Los científicos sociales están documentando y analizando con una frecuencia cada vez mayor esta variación en los patrones de violencia sexual en tiempos de guerra, particularmente en cuanto a las distintas dimensiones de violencia (su forma, frecuencia, blancos y propósitos), así como en lo referente a los cambios en estos cuatro patrones a través del tiempo. Por tal razón, en este texto, en primer lugar, introduzco conceptos clave, incluyendo estas cuatro dimensiones y el concepto de violencia sexual como práctica (un patrón que no es ordenado pero sí tolerado por los comandantes, y que ocurre tanto en casos en los que hay beneficios estratégicos como en los que no los hay). Después, resumo brevemente las investigaciones recientes que documentan patrones de violencia sexual en tiempos de guerra. Tras mostrar que muchos abordajes presentes en la literatura publicada no dan cuenta de la variación observada –de hecho, muchos predicen más violencia sexual que los trágicos niveles observados–, propongo un marco teórico centrado en las dinámicas internas de los grupos armados. Luego, analizo las condiciones en las cuales los grupos armados no llevan a cabo violaciones, aquellas en las que realizan violaciones estratégicas y aquellas en las que las violaciones se cometen como práctica. A lo largo del artículo, me valgo de hallazgos recientes en la literatura de las ciencias sociales, algunos de ellos todavía no publicados. Concluyo con la implicación de este análisis para la formulación de políticas públicas: la variación observada en la violencia sexual en tiempos de guerra, particularmente la ausencia relativa de este tipo de violencia por parte de muchos grupos armados, indica que la violación no es inevitable en la guerra.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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La evolución de la delincuencia de menores en Francia: entre criminalización, judicialización y guetización

Por: Laurent MUCCHIELLI | Fecha: 28/02/2012

Este texto pretende proporcionar a la vez el estado de los conocimientos empíricos y un marco de análisis global para reflexionar sobre la evolución de la delincuencia de menores en Francia desde los años setenta. Lejos de los estereotipos moralizadores del debate mediático-político y de los enfoques comportamentalistas, lo que aquí se propone es demostrar que el análisis de la evolución de la delincuencia de menores es inseparable de la del derecho penal, del funcionamiento de las instituciones penales, de los procesos de remisiones al sistema penal y de las evoluciones económicas, sociales y políticas que favorecen o no la integración social de los jóvenes. Este marco de análisis global articula así los tres conceptos de criminalización, judicialización y guetización.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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El precio de la igualdad - Análisis de la regulación del trabajo doméstico desde el DDL

Por: Lina Fernanda Buchely Ibarra | Fecha: 21/06/2012

El presente artículo realiza una crítica a la regulación actual del trabajo doméstico y a la última reforma legal sobre la materia, que incluyó la economía del cuidado en las cuentas nacionales. La autora argumenta que el derecho crea los incentivos suficientes para producir a las mujeres como actores ineficientes del mercado, utilizando mecanismos legales que disponen las obligaciones femeninas como prestaciones naturales asociadas con la maternidad y el cuidado del hogar. Los costos que socialmente pagamos por sostener la opresión femenina están externalizados en esquemas como el sistema de salud, el diseño pensional y la brecha de igualdad salarial para las mujeres. El artículo concluye mostrando cómo la contingencia de la regulación actual del trabajo doméstico y el costo social asociado a ella puede alterarse con reformas incrementales que aumenten el posicionamiento social de las mujeres en términos de poder y recursos.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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El derecho internacional de los derechos humanos: ¿límite o elemento constitutivo de la democracia? –A propósito de la transición uruguaya a la democracia–

Por: Tatiana Rincón-Covelli | Fecha: 13/08/2012

La idea de la voluntad del pueblo como expresión de la soberanía es propia de la teoría política que busca explicar el origen del Estado moderno liberal. La compatibilidad entre la libertad individual de sujetos considerados iguales y el ejercicio del poder político requiere pensar a los ciudadanos como sujetos libres, y esto se logra cuando el poder que se ejerce sobre ellos se concibe como un poder que nace solo de los propios ciudadanos. En la concepción individualista de la democracia, los derechos de los individuos son anteriores y tienen primacía sobre la pertenencia a la sociedad. Sin embargo, no es necesario asumir esta concepción para defender esa primacía. Se la puede defender solo respecto de las decisiones de la sociedad. Desde esta posición, es posible concebir el conflicto entre soberanía popular y derechos humanos. La transición política uruguaya ejemplifica esa posibilidad. A través de un referéndum y un plebiscito convocados por la propia sociedad, la mayoría avaló la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, que impide los juicios por los graves crímenes cometidos durante la dictadura. La Corte IDH declaró, en el 2011, que esa decisión popular violaba la CADH y que la soberanía popular está sujeta a los límites que le imponen los derechos humanos. Los análisis de esta decisión se han centrado en la obligación del Estado de acatarla, pero no en lo que ella significa para la comprensión contemporánea de la democracia. Eso es lo que pretendo hacer en este artículo, a través de dos tesis: el conflicto se mantiene si el concepto de democracia es un concepto procedimental; y la Corte IDH ofrece un concepto que abre un camino a la solución del conflicto.
Fuente: Universidad del Rosario - Estudios Socio-Jurídicos Tipo de contenido: Artículos
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