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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 150 y 160

Por: | Fecha: 1939

República de COLOMBIA DEL DE PA TO RGANO OFICIAL de la CORPORACION) DJiu 1E: EL SECRETARIO DEL CO CEJO --· NUMERO 161 OCTUBRE 1939 --=• LITOGRAFIA E IMPRENTA ''t .AHIÑO'' atiendr toda clas de trab2~0 en el Arte Gráfico. Puntualidad y Es1n ro Pasto - Nariño - Colombid .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. REPUBLICA DE COLOMBIA- DEPARTAMENTO DE NARINO ANALES del Concejo Municipal de Pasto ORGANO OFICIAL DE L A CORPORACION DIRIGE: EL SECRETARIO DEL CONCEJO AÑO XI Pasto, octubre de 1939 No. 161 ACUERDO NUMERO 60 (Por el rual se aprueba un contralo y se hacen unos traslados). El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo 1 o-Apruébase en todas sus partes el contrato escliturario celebrado entre el señor Personero Municipal y los señores Edgard Si~ monds y el señor Enrique Luna, sobre la construcción de veinte mil me~ tros (20.000) cuadrados de pavimento de la ciudad, el cual es como si~ gue: "361.-NUMERO fRESCIENTOS SESENTA Y UNO.-En la ciudad de Pasto, capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a primero de junio de mil novecientos treinta y nueve, ante Mí, Carlos Conto, Notario Titular Número Primero del Circuito de Pasto, y los tes~ tigos instrumentales señores Mario Barreiro R. y RodoHo Ortega, varo~ nes, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y en quienes no concurre causal de impedimento para testificar, comparecieron el señor Felipe Ignacio Uscátegui, Personero Municipal de Pasto, debida~ mente autorizado por el Acuerdo Número cincuenta y nueve (59) de diez y seis (16) de mayo pasado; el doctor Edgard Simonds y don En~ rique Luna G., todos mayores de edad, vecinos de esta ciudad, a excep~ ción del doctor Simonds, que lo es de Popayán, provistos en su orden con las cédulas de ciudadanía números 546759, 765234 y 995993, expe~ didas en el lugar de su vecindario, a quienes conozco y manifesta~ ron:-Que han celebrado el siguiente contrato:-PRIMERO:-Los señor.es Simonds y Luna, que en adelante se llamarán los contratistas, se com~ prometen a construir la pavimentación de veinte mil (20.000) metros cua~ drados en las calles de la ciudad, que el señor Personero determine pos~ teriormente y de lo cual les dará aviso a los contratistas, y los sardine~ les correspondientes al área que se va a pavimentar con motivo de este Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO contrato, los cuales lleaarán a una longitud de siete mil metros (7.000) mas o menos.-SEGUNDO.-ESPECIFICAClONES TECNICAS.-Las espe~ cificaciones técnicas son las mismas de que se hace mérito en la cláusu~ la primera de la escritura número cuatrocientos ochenta (480) de di<'z y nueve (19) de agosto de mil novecientos treinta y ocho (1938).-TER~ CERO.-CONDICIONES GENERALES:-Serán también las mismas que fi­guran en la Escritura antes mencionada.-CUARTO.-PAGOS A LOS CONTHATISTAS.-El Municipio se compromete a pagar a los contratis­tas, a razón ele dos pesos noventa y cinco centavos ($ 2,95) el m tro cuadrado de pavimento, y a un peso cuarenta y dos centavos ($ 1 ,42) el metro lineal de sardinel, que son los mismos precios a que hace re­ferencia la escritura antes mencionada, y cuyos pagos se harán en la si­guiente forma: a las entregas que hagan los contratistas de cada dos mil metros (2.000) cuadrados de pavimento, la suma de cinco mil novecien­tos pesos ($ 5.900,00) que es su importe, y a la entrega de la totalidad · de los sardineles, la suma correspondiente al hacer la liquidación al pre­cio estipulado.-Además, el Municipio por conducto de la Junta de Pavi­mentación recibirá inmediatamente los ocho mil mNros (8.00,0) lineales de sardineles que tienen construidos los contratistas. según lo estipulado en la escritura a que se viene haciendo referencia, y hará su pago co­rrespondiente para que los contratistas puedan continuar en el trabajo de la pavimentación y sardineles a que se refiere esta escritura.-QUIN­TO.- Los contratistas se comprometen igualmente a construir los ande­nes correspondientes a las calles que tengan sardineles y cuya orden proceda del Municipio, a razón de un peso ochenta centavos ($ 1,80) el metro, debiendo pagar su valor los interesados inmediatamente que se construyan, según la mensura que presente el señor Ingeniero Municipal, y respondiendo a las exi~~encias técni"as por él orclenadas.-SEXTO.­Las condiciones resolutorias serán las mismas que quedan consignadas en la escritura ya relacionada. Los pagos se harán mediante la presen­tación de cuentas de cobro debidamente legalizadas y con el Visto Bue­no del Ingeniero Municipai.-SEPTIMO.-Para g1rantLmr los contratistas el cu·nplimiento de hs obligaciones anteriormente contraídas, el seúor Enrique Luna G. hace extensiva la fianza hipotec :uia que otorgó en la escritura núm~r::> 48J de 19 de aqosto de 1938, otorgada en esta Nota­ría.- Se agregan los comprobantes del caso:-Boleta Número 6.-REPU­BLICA DE COL0\1BIA.-DL.partamento de Nariño.-Renta de Rcgis­tro.- Pasto, 2 de junio de 1939.-Consignó Rodolfo Ortega, la sunm de-sin derechos-por derechos de registro deducido de se3enta y ocho mil novecientos cuarenta pesos ($ 68.940,00) valor del contrato adicional. celebrado entre el Municipio de Pasto y EJ~.1rd Simonds y E uique Lu­na G., sobre la constrLtcclón de vei•lte mil (21010) m3trJs de pavimen­tación, a $ 2.93 cadi unJ y a $ 1,40 sarclineles.-Por el T. G.,-(fdo.) A. Cl-I~ves G.-E! Consir,pante, (Fdo.) Rodolfo Orteg1".-"Númern 1465.-Ml­NISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.-CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO.-Pasto, 1° d·c iunio de 1939.-EI Administrador de Ha­cienda Nacional de Nardío.-CERTIFICA:-Que el Personero Municipal, Edgard Simonds y Enrique Luna G., están a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto d~ impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar-hasta el afiO de 1937 iccln!:iive. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 3 Vülido por los Municipios del Departamento.-(fdo.) Adonías Bravo".­( EI anterior Certificado lleva adherida y debidamente anulada la estam~ pilla legal correspondiente).-ACUERDO: "REPUBLICA DE COLOMBIA.­Departamento de Narifio.-Personería Municipal.-Pasto.-"ACUERDO No 59.-Por el cual se autoriza al Personero Municipal para celebrar unos contratos.-El Concejo Municipal de Pasto en uso de sus facultades le~ gales.-ACUERDA:-Artículo to-Autorízace al señor Personero Municipal para que celebre un contrato adicional de pavimentación de las calles de la ciudad que no quedaron comprendidas dentro del primero, en una área que no sea menor de 10.000 metros cuadrados, ni mayor de 20.000 y los metros de sardinel correspondientes a dicha área.-Artículo 2o-De acuerdo con lo previsto en los incisos 4 y 7 del artículo JI, Capítulo 3o de la Ordenanza 59 de 1923. el contrato de que aquí se trata se verifi~ cará directamente por el señor Personero Municipal con los contratistas d~l primer sector, señores Efraín Tascón, Edgard Simonds y Enrique Lu~ na G., en los mismos términos, precios estipulaciones, calidades etc. etc.; y demás condiciones en que se celebró el primer contrato.- Artículo 3°-El objeto de este contrato es continuar la pavimentación de las ca­lles de la ciudad, del centro a la periferia, a jucio de la Junta de Pavi­mcntación.- Artículo 4o-Para los efectos de Jo antes establecido el se­ñor IngeniPro Mur.icipal hará los estudios y cálculos necesarios, a la ma­yor brevedad, con el objeto de determinar con toda Exactitud el área que debe comprender estP segundo contrato, sobre el derrotero indicado en el artículo anterior.-Artículo 5o-Con el objeto de que los trabajos de p~vimentación que ahora se adelantan puedan compaginarse oportu­namente con los que este Acuerdo ordena, el señor Ingeniero procederá a efectuar los trabajos preliminares de que trata el artículo anterior in­mediatamente y rendirá su informe dentro de un plazo máximo de diez dias a co 1tar desde la fecha en que este Acuerdo sea sancionado.-A su vez, el seüor Personero M nicipal celebrará el contrato correspondiente en un término no mayor de veinte días a contar desde la fecha en que el presente Acuerdo sea Ley Municipal.-Artícuio 6o-El Contrato cele~ brado una vez por el señor Personero Municipal, pasará a la aprobación del Concejo MunicipaL-Artículo 7o-Autorízace al señor Personero Mu­nicipal para contratar con un Ingeniero Arquitecto la elaboración de un plano para el Parq 1e en la Plaza Principal, con presentación del presu~ puesto r~spectivo.-Artículo So-Este Acuerdo regirá desde su sanción.­Dado en el salón del Concejo Municipal de Pasto a doce días de ma~ yo de mil novecientos treinte1 y nueve.-El Presidente, (Fdo.) Emiliano Huiz Escoba r.-El Secretario, (Fdo.) Marco A. de la Rosa" .-"ALCALDIA MUN1CIPAL.-Pasto, mayo diez y seis de mil novecientos treinta y nue­vc.- El Alcalde Municipal, (Fdo.) Zoilo C. Delgado.-El Secretario de la Alcaldía, (Fdo.) Luis F. Guerrero G." -(SIC).-Es copia conforme a su originaL - El Oficial de la Personería Municipal, (Fdo.) Julio D. Burba~ no" .-CONCLUSION:-Se advirtió el regjstro dentro del término legal y para su validez requiere la aprobación del Concejo MunicipaL-Leída a los otorgantes a pre encia de los testig-os arriba dichos, la aproba~ ron.-En c0nstancia firman todos por ante mi.-Se extendió con la mi~ nuta presentncla.-(Firmados) Felipe I. Uscátegui. -- E. Simonds. -~ Enrique Luna G. -- Tgo. -- Mario Barrriro R. -~ Tgo. -- Rodolfo Ortega. --- Carlos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Conto Notario No. 1 o" ~~ En el lugar y fecha de su otorgamiento y en tres hojas escritas numeradas y rubricadas, expido esta primera copia, destinada al Municipio de Pasto. ~-- (Firmado). --~ Carlos Conto, Notario No. 1 o --- Hay un sello en el cual se lee: ~-- Notaría No. 1 o ~~ Pasto -~ Nari-­ño ~~ Colombia". Artículo 2o-Del Departamento de Gobierno, Numeral 6o, trasládase la suma de DOS MIL PESOS ($ 2.000,00), así: $ 1.200,00 al Departamen­to de Obras Públicas con imputación al numeral 80 bis, para continua­ción de los baños de Pandiaco, y $ 800,00 al numeral 119. Para Gas· tos Imprevistos. Parágrafo.-La partida anterior y las comprendidas en los numera­les 77, 78 y 80 no estarán sujetas a duodécimas. Artículo 3o-Trasládase el valor de MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.500,00) del numeral 118, Capítulo VII, así: al Capítulo Vll, Numeral 88 $ 600,00, para materiales de barro, a $ 50,00 mensuales desde julio a diciembre del año en curso, y $ 900,00 para el numeral 88 bis, para pagar la leña del matadero público en 1939. Parágrafo.-Esta última partida no estará sujeta a duodécimas mensuales. Artículo 4o-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el Salón de sesiones del Concejo Municipal de Pasto, a veintiocho de julio de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, EMILIANO RUIZ ESCOBAR El Secretario, MARco A. DE LA RosA Recibido en la fecha, doy cuenta. Agosto 2 de 1939. Alcaldía Municipal-Pasto, agosto dos de mil novecientos treinta y nueve. Publíquese, ejecútese y cúmplase. AUGUSTO MUÑOZ PAZ, Srio Ad --~ hoc. ZOILO C. DELGADO, Alcalde. Sección Administrativa-Pasto, 11 de agosto de 1939. En esta f cha doy cuenta al señor Secretario de Gobicmo Encargado C. ALBERTO SALAS Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO RESOLUCION NUMERO 234 Gobernación del Departamento-Secretaría de Gobierno-Sección Admi­nistrativa- Pasto, agosto 16 de 1939. Por la suma de sesenta y ocho mil novecientos cuarenta pesos moneda legal ($ 68.940,00), y sin previa licitación pública por tratarse de un asunto comprendido dentro de lo prescrito por los incisos 4 y 7 del artículo 11 de la Ordenanza 59 de 1923, el Honorable Concejo Municipal de Pasto por conducto del señor Personero ha celebrado un contrato adicional con los señores Edgard Simonds y Enrique Luna para la cons­trucción de 20.000 metros cuadrados de pavimento y 7.000 metros linea­les de sardineles en las calles de la ciudad que oportunamente se determinen. La ejecución del contrato ha sido estipulRda con respecto a valores y especificaciones técnicas según las mismas bases y condiciones consig­nadas en la escritura número 480 de 19 de ag sto de 1938. Para la ejecución del contrato en referencia, el Personero Municipa 1 hd sido ampliamente autorizado por el Concejo en su Acuerdo número 59 aprobado por este Despacho. Por los motivos anteriormente expuestos, la Gobernación del De­partamento dcbiJdmenl tacultada por el artículo 16 de la Ordenanza 2-+ de 1926. RESUELVE: Aprobar -~1 rontr.:tto escriturario número 361 vertido en el Acuerdo número 60 de 28 de julio expedido por el Honorable Concejo Muni­cipal de Pasto. Para los efectos legales, devuélvanse las distintas copias del Acuer­do aprobado en la forma acostumbrada. Por el Gobernador del Departamento, CARLOS ALVAREZ GARZON, Srio. de Gobno. Encargado. Por el señor Secretario de Gobierno, LUIS ALAVA CERÓN, Abogado Sec. Minas Encargado. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AN 1\LE.:> DEL CONCEJO MUNICIP1 L DE . P~ ~ TO A UERDO NUMERO Gl (Por el cual se aprueba un contrat ) de permuta). El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo 1 o-Apruébase en todas sus partes el contrato escriturari0 sobre permuta de inmuebles celebrado entre el señor Personero y el se­ñor don Pedro Achicanoy, y que es del tenor siguiente: "290.-NUMERO DOSCIENTOS NOVENTA.-En la ciudad de Pasto, Capital del Departa-­mento de Nariño, República de Colombia, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos treinta y nueve. ante mí, Carlos Conto, Notario Titular Número Primero del Circuito de Pasto y de los testigos instru­mentales señores Luis F. Salazar y Rodolfo Ortega, varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y sin impedimento para testificar, comparecieron los señores don Felipe Ignacio Uscátegui, varón soltero, en su carácter de Personero Municipal de Pasto, de una parte y de otra, don Pedro Achicanoy, varón casado, ambos mayores de edad, vecinos de esta capital, conocidos del infrascrito empleado, provistos en su orden, con las cédulas de ' iudadnnía números 5-J0759 y 5-t S02 , ex -­p dictas en Pasto, y dijeron : -- PRIMEHO.- --Que deseando contribuir a b ap rtura y prolongación de lu Calle "Dore de Octubre", en el barrio "Espaiía" de esta ciudad, hPrnos convenido en celebrar el prPst~nte ron ­trato de permuta, sobre los inmuebles de propiedad del Municipio y drl seüor Achicanoy, hallándose autorizado 1 primero de los compareciente::; de manera expre a por el Honorable oncejo Municipal, según Resolu­ción número 123 de 21 de abril del aüo en curso, que en copia debida­mente autorizada se agrega a este instrumento.---SEGUNDO.---Que en efecto, el señor Achicanoy transfiere a título de permu ta y a perpetuidad a favor del Municipio de Pasto, un solar que tiene y paseé de su pro­piedad, situado al frente del camino nacional que conduce a Obonuco y cuya superficie es ele unos cien metros cuadrados más o menos y de­marcado por los siguientes linderos:--~Por el frente limita con propiedad de Julio Benavides, callejón por medio; por el costado derecho con la casa--~tienda de Antonio Narváez; por el costado izquierdo con terrenos de Manuel Félix Figueroa; y por el respaldo con el potrero "Regadío" de propiedad del Municipio.~--TERCERO.--~Que a su vez, el Municipio de Pasto, representado por el Personero señor Uscátegui, transfiere a tí~ tulo de permuta y perpetuamente a favor del señor Pedro Achicanoy, cien (100) metros cuadrados de terreno, al respaldo del solar antes men­cionado en la parte de abajo de la calle "Doce de Octubre" y más qui-­nientos cincuenta y nueve metros cuadrados, con cincuenta centímetros (559-50) hacia el Noroeste y a continuación de los primeros cien metros, inmueble ubicado en el Barrio "España" y que queda especificado por los siguientes linderos:----"Por el frente, la calle "Doce de Octubre" y pro­pi edades dP José María Paredes y Antonio Narváez; por el costado de­recho con solar del Municipio; por el costado izquierdo con ptopiedades del mismo señor Achicanoy y de los herederos de don Sofonias Riascos, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. l"·lALL5 DEL CONCEJO MUNICIPAL nt: PAt:TO 7 tapias por medio; y por el respaldo con terrenos del señor Manuel S. Guzmán B., zanja por medio" .---CUARTO.---Que Jos inmuebles antes des­critos y que son materia de la presente permuta, fueron adquiridos así: el señor Achicanoy, por compra a José Jiménez y Sofía López, según escritura número doscientos ochenta y cinco (285) de tres (3) de agosto de mil novecientos veinte y dos (1922); y el Municipio de Pasto, por compra a los hermanos Isabel y Benjamín de la Villota y a los esposos (sic) Rosendo Castro y Mercedes de la Villota, según escritura pública nú­mero ciento treinta y cuatro (134) de doce (12) de marzo de mil nove­cientos veinticinco (1925), ambas otorgadas en esta Notaría; títulos que servirán de dominio a los permutantes.---QUINTO.---Que el valor o pre­cio del lote que el señor Achicanoy cede a favor del Municipio de Pas­to, es el de cincuenta pesos ($ 50,00) moneda legal; y que el valor o precio del lote de terreno que el Municipio cede a favor del señor Achi­canoy, es el de tresciento~ veintinueve pesos ($ 329,75) setenta y cinco centavos moneda legal, computado el metro cuudrado a razón de cincuen­ta centavos ($ 0,50); y que como no son dP valores iguales, el señor Achi­canoy ribetea a favor dPl Muni ipio de Pasto, la diferencja, o sea Ja suma de doscientos setenta y nueve pesos, ~Pt nta y cinco centavos ($ 279,75), moneda legal cantidad que pagará inmediatam{;nte que sea aprobado el pr sente contrato de permut:.t por el Honorable Concejo Municipal; diuero que s rá de:stinado pul'it pag:lr Ll prinH·rct (' \.lOra él los señores José María ParL'd s y Antonio Nurv~lP.l., en proporci ,.>rt u las cantidades que s les adt'uda por oncrpto LIL un contrato de permuta, verificado en días ante­riorcs.-~- SEXTO.--- JLw la propiedad y dominio de los inmuebles permu · tados, se ntregan Jos cuntratantes desd hoy y de manera recíproca, con todds sus anexidmles, usos, derechos, costumures, servidumbres y demás acciones consiguientes, sin reservarse en lo permutado nada para sí; que­dando obligado el señor Achicanoy a derruir las tapias que hubiere en el solar o lote de terreno que entrega al Municipio; y dicho señor Achicanoy queda con derecho al uso del agua que actualmente baja por el potrero o terreno del Municipio, solamente por el tiempo de la construcción de sus edificios en el solar o lote de terreno que se permuta por medio de este instrumento.---SEPTIMO.---Que las propiedades antes descritas, se encuen­tran libres de todo gravamen, censo, hipoteca, embargo judicial, pleito pen­diente y condiciones resolutorias, obligándose los contratantes, el señor Us­cátegui en su carácter de Personero y el otro por sus propios derechos al saneamiento de evicción en todos los casos previstos por la ley. Así ex­tendida esta escritura, los otorgantes la aceptaron en todas sus partes.---Se agregan una boleta de registro, una copia de la Resolución número ciento veintitres (123) y los certificados correspondientes, que dicen: "Boleta nú­mero 42.---República de Colombia.---Departamento de Nariño.---Renta de Registro.---Pasto, 8 de mayo de 1939.---Consignó Pedro Achicanoy, la su­ma de---sin derechos---de registro deducido de trescientos veintinueve pe­sos, con setenta y cinco centavos ($ 329,75), en que el consignante permu­ta ron e-1' Municipio de Pasto un lote de terreno con destino a la apertura de umt calle en esta ciudad.---Por el Tesorero.---(Fdo.)---Tancredo Rin­cón.-- ·fl Consignante (Fdo.---Pedro Achicanoy" .---"Número 1.084.---MINIS­TERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.---CERTIFICADO DE PAZ Y SAL V O.--- Pasto, R de mayo de 1 939.---El Administrador de Hacienda de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 ANALES DEL C01'1ICEJO MUNICIPAL DE PASTO Nariño.~~~CERTIFICA:~--~Que Pedro Achicanoy y Personero Municipal, es~ tán a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar, hasta el mio de 1937 inclusive.~--Válido por los Municipios del Departamento.---~ (Fdo.) Adonías Bravo".-~~"No. 80.~---El suscrito Tesorero Municipal de Pas~ to, a petición; verbal del señor Pedro Achicanoy, quien presentó la cédula de ciudadanía número 548502, expedida en Pasto.-~-Certifica:----Que un so­lar de propiedad del señor Pedro Achicanoy, sito en "Caracha", de esta ciudad, se encuentra a paz y salvo con el Tesoro Municipal, por concepto de impuesto urbano, en el año de mil novecientos treinta y nueve (1939).~--~ Expedido el presente certificado en Pasto, a los ocho días del mes de ma~ yo de mil novecientos treinta y nueve.-~--El Tesorero Muni cipal.~~-(Fdo.)~~~ Laureano Muñoz.-~-(Este y el anterior certificado llevan adheridas y debida­mente anuladas las estampillas legales correspondientes).--~COPIA DE LA RESOLUCION NUMERO 123.--·~"Por la cual se da una~autorización.-~~El Con­cejo Municipal de Pasto, teniendo en cuenta de que se hace ;mpresciPdible la urbanización de la ciudad,-~-RESUELVE:-,..-Facultar al seflor Personero Municipal, para que efectúe las respectivas permutas de los lotes que n la entrada de la Avenida "DOCE DE OCTUBRE", pertenecen a los s~üores Pedro Achicanoy, José Paredes y Antonio Narváez; igualmu1te ·acuitado para que de conformidad con el Acuerdo número 41 de 1936, proceda a In adjudicación de los lotes que el Municipio posee en el Regadío, dejan­do reserva de terreno, de acuerdo con las indicacionrs que le suminis­tre el señor Ingeniero Municipal, adjudicación que será aprobada por el Ho11orable Concejo MunicipaL---Dada en el salón dei oncejo Municipal de Pasto, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos treinta y nueve.----El Presidcnte,---(Fdo.)---F. de P. Santander.---El Secretario,--­( Fdo.)----Marco A. de la Rosa.---Es fiel copia del originaL---El Oficial de In Personería Municipai.---(Fdo.).---Julio D. Burbano" .----(Aquí se hulla estam­pado el sello de la Personería Municipal de Pasto).~--CONCLUSION:-~-Se advirtió el deber de hacer registrar una copia de esta escritura en la Ofi ­cina respectiva, dentro del término legal; y leída a los otorgantrs en pre~ sencia de los testigos antes nombrados, la aprobaron; con la advertencia de que el señor Achicanoy debe hacer todo gasto, hast1 rntregar a la Per­sonería Municipal, la respectiva copia de este in ~rPJncnto, debidamente regis~rado. En constacia firman todos por ante Mí,---Se extendió con la minuta presentada por los interesados.-~-(Fdos.)-.... felipe l. Uscátegui.---~Pe­dro Achicanoy.---(Tgo.)---Luis F. Salazar.---(Tgo.,..--Rodolfo Ortega.~--Carlos Conto,---Notario No. 1°".---En el lugar y fecha de su otorgamiento y en tres fojas escritas, numeradas y rubricadas, expido esta primera copi(, destina-­da al Municipio de Pasto.---(Fdo.)---Carlos Conto.---Notario No. 1 o". Artículo 2o.---Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el salón del Concejo Municipal, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Secretario, MARCO A. DE LA RosA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PA.STO 9 Alcaldía Municipal---Pasto, agosto diez y nueve de mil novecientos trein­ta y nueve. Publíquese, ejecútese y cúmplase. LUIS F. GUERRERO DELGADO Sección Administrativa---Pasto, agosto 29 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento---Pasto, agosto 29 de 1939. Estimase legal el Acuerdo número 61 de 14 de los corrientes, debida­mente sansionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, mediante el cual se aprueba el contrato de permuta de unos lotes de terre­no entre el setior Personero Municipal y don Pedro Achicanoy, lotes des­tinados a la apertura de la calle "Do e de Octubre" del barrio "Aristi­des España" de esta ciudad. Con las debidas formalidades legales, devuélvanse. El Gobernador del Departamento. ALBERTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN ACUERDO NU~ERO 62 (Por el cual se aprueba un contrato de permuta). El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales; ACUERDA: Artículo 1 o-Aprobar en todas sus partes el contrato escrituraría, celebrado entre el señor Personero Municipal y los señores José María Paredes y Antonio Narváez, sobre permuta de inmuebles, y que está con­cebido en los siguientes términos: "287.-NUMERO DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE.-En la ci·tdad de Pasto, capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a los cinco días del mes de mayo de mil noveciento~ treinta y nueve, ante Mí, Carlos Conto, Notario Titular Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 10 ANALES DEL MU~ICIPAL · DE PASTO Número Primero del Circuito de Pasto y de los testigos instruinentales señores Luis F. Salazar y Rómulo Chicaiza Nieto, varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y sin impedimento para te.:stiHcar comparecieron de una parte, el señor don Felipe Ignacio Uscá­tegui, varón, soltero, y en su carácter de Personero Municipal de este Distrito; y de otra parte los señores José María Paredes, varón casado, y Antonio Narváez, varón soltero, todos tres mayores de edad, vecinos esto y cuya ~'up e rfici es de diez metros de frente. por veinte de fondo, que mide doscientos metros (200) cuadrados, mús se­senta y seis (l)G) mdros qn qu d·tn h:tcia el fondo por ser desigual la configLtración del terreno. - CU AR fO. - Que el valor o justo precio de la casa--tienda de Antonio Narváez, es de trescientos pesos ($ 300,00) y la p.1rte de casa con pe.:]ueño solar del señor Paredes, es de quinien-­tos pesos ($ 500,00); en tanto que el lote que cede el Municipio al se­ñor Paredes, es valioso de doscientos diez y ocho pesos ($ 218,00; y el coctido al señor Narváez, es de ciento treinta y tres pesos ($ 133,00) mo­neda legal; y como no son de valores iguales, el Municipio ribetea y se obliga a pagar la diferench así: para el señor Paredes, la suma de . dos- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALE~ DEL CONCEJO MUNlClPAL DE P~STO 11 cientos ochenta y dos pesos $ (282,00}; y para . el señor Narváez, la suma de iento sesenta y siete pesos ($ 167,00}, pagaderas ambas c~ntidades en dos contados, el primero, o sea la mitad, tan pronto com9 sea apro~ bado el contrato por el Honorable Concejo y por la Gobernación; y el último, o sea la otra mitad, tres meses después de recibir el primer con~ tado, pago que se hará mediante la presentación de las respectivas cuen~ tas de cobro, debidamente visadas.-QUINTO.-Que las casas de los se~ iwres Narvúez y Paredes, erán demolidas tan pronto reciban el primer contado, con derecho a ellos, a los materiales que contengan, siempre que dichos señores procedan a la destrucción o demolición de las ca~ ·as. EXTO. Que los cierres del respaldo de las casas en referencia, serún a medias, entre el Municipio y los interesados; quedando con de~ recho Paredes y Narváez al uso del aguu que actualmente baja por el po­trero o terreno del Municipio, solamente por el tiempo de la construc~ ción tic sus edificios.-SEPTIMO.-Qtw Pan:'rles y Narváez adquirieron las propiedad e' quP permutan, el primero pcr construcción que hiciera del edificio en el s la.r compracto a don Pedro Achicanoy, según escritu~ ra pública nú•nero doscientos cincuenta y ocho (258) de diez y seis (16) ele agosto de mil novecientos treinta y tres (1933) de esta Notaría; y el seg·unJo, por compra que hizo al seüor José María Paredes, por escritura número ciento setenta y uno (171} de trece (13) de abril de mil nove­cientos treinta y s is (1936), pasuda en esta misma Notaria; y el Muni~ ipio adquirió los terrenos de que se trJta, por compra que hizo a la fa~ milia Villota según escritura iento treinta y cuatro de doce de mar~ zo tle mil novecientos trrinta y (ocho)· y cinco (1935) celebrada en estn misma Notaría.-OCL-\ VO.-Que todas estas propiedades se encuentran libres de todo grc1vamen, censo, hipoteca, embargo judicial, pleito pen~ diente y condiciones resolutorias; y que en caso de evicción los contra­tantes se obligan mutuamente al saneamiento de conformidad con la Ley.-NOVENO.-Que la propiedad y dominio de Jos inmuebles permu~ tados, se entregan los contratantes desde hoy y de manera recípro a, con todas sus anexidades, usos, derechos, costumbres, servidumbres y dPmás acciones consiguientes, sin reservarse en lo permutado nada para sí.-Asi extendida esta escritura, los otorgantes la a eptaron en todas sus partes. Se agregan una boleta de registro y los certificados corres~ ponclientes, que dicen: "BOLETA NU.v1ERO 30.-República t~e Colom~ bicL-Departamento de Nariño.-Renta de Registro.-Pasto, 5 de mayo de 1939.-Consignó José María Solarte Paredes la suma de-sin dere­chos- por derecho de registro deducido de ochocientos pesos ($ 800,00) en que el Municipio ele Pasto prrmuta con el consiguiente y otro, dos lotes de trrreno con parte ele dos edificios con destino a la apertura de una calle en rsfa riudad.-Por el Tesorero.-(Fdo.)-Tancredo Rincón.­EI Consignante,-(Fdo.)-José María Paredes S." -"No. 1.066.-Ministerio de Hacienda y Crédito Público,~CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO.­Pasio. 5 ctr mayo ele 1939.-El Administrador de Hacienda de Nari~ f o·-CERTIFICA:-Que José María Solarte P. y Antonio Narváez, vecinos • el~:' Pasto, están a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuo~ ta militar hasta el aí'í.o de 1937 inclusive. Válido por los Municipios del Departamento.-(Fd(.).)-Adonías Bravo".-"Número 75.-El Tesorero Mu- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 12 ANALES DEL CONCEJO MUNitiPAL DE PASTO nicipal de Pasto. a petición verbal del señor José María Paredes, quien presentó la Cédula de ciudadanía número 546946,-CERTIFICA:-Que una casa del señor José María Paredes y una tienda del señor Antonio Nar­váez, sita en "Caracha" de esta ciudad, se encuentran a paz y salvo con el Tesoro Municipal, por concepto de impuestos Municipales en el año de mil novecientos treinta y nueve (1939).-Expedido el presente certi~ ficado en Pasto a los cinco días del mes de mayo de mil novecientos treinta y nueve.-El Tesorero Municipal,-(Fdo.)-Laureano Muñoz".-(Es .. te y el anterior certificado lleva adheridas y debidamente anuladas las estampillas legales correspondientes).-"COPIA DE LA RESOLUCION NUMERO 123.-Por la cual se da una autorización.-El Concejo Munici­pal de Pasto, teniendo en cuenta de que se hace imprescindible la urba~ nización de la ciudad,-RESUELVE:-Facultar al señor Personero Munici­pal para que efectúe las respectivas permutas de los lotes que a la entrada de la "Avenirla Doce de Octubre", pertenecen a los señores Pe­dro Achicanoy, José Paredes y Antonio Narváez; igualmente facultado pa­ra que de conformidad con el Acuerdo número 41 de 1936, proceda a la adjudicación de los lotes que el Municipio posee en el "Regadío", dejando reserva de terreno de acuerdo con las indicaciones que le sumi­nistre el señor Ingeniero Municipal, adjudicación que será aprobada por el Honorable Concejo MunicipaL-Dada el salón del Concejo Municipal de Pasto, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos treinta y nueve.-El Presidente. - (Fdo:)-Francisco de P. Santander.-Et Serre­tario.-( Fdo.)-Marco A. de la Rosa.-Es fiel copia del originaL-El Ofi­cial de la Personería Municipal.-(Fdo.)-Julio D. Burbano" .-(Aquí ~e halla estampado el sello de la Personería Municipal).-CONCLUSION.­Se advirtió el deber de hacer registrar una copia de la presente escritu­ra en la Oficina respectiva, dentro del término legal; y leída a los otor­gantes en presencia de los testigos antes nombrados, la aprobaron.-En constancia firman todos por ante mí.-Se extendió con la minuta presen .. tada por los interesados.-Y se advierte que los señores Paredes y Nar­váez deben hacer todo gasto hasta entregar la re~pectiva copia a la Personería Municipal, debidamente registrada.-Felipe l. Uscátegui.--José María Paredes S.-Como don Antonio Narváez exprc~ó no saber escribir, firma a su ruego don Modesto L. Guerrero, mayor de edad y de Pasto.­Modesto L. Guerrero.-Tgo.-Luis F. Salazar.- Tgo.-Rómulo Chicaíza Nieto,-Carlos Conto. Notario No. 1 o." -En el lugar y fecha de su otor .. gamiento y en tres hojas escritas, numeradas y rubricadas, expido esta primera copia, destinada al señor Personero Municipal de esta ciudad.-Carlos Conto.-Notario No. 1 o". Articulo 2°-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Sec1 etario, MARCO A. DE LA ROSA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 13 Alcaldía Municipal - Pasto, agosto diez y nueve de mil novecientos treinta y nueve. Publíquese, ejecútese y cúmplase. LUIS F. GUERRERO G. DELGADO Sección Administrativa-Pasto, agosto 26 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento-Pasto, agosto 29 de 1939. Apruébase el Acuerdo número 62 de 14 de los corrientes, expedi­do por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, mediante el cual se aprueba un contrato de permuta de inmuebles con los señores José Ma­ría Paredes y Antonio Narváez y el señor Personero Municipal en re-presentación del Municipio. · Los inmuebles en referencia se encuentran situados en el barrio "Aristides España" y se los destina a la ampliación de la calle "Do­ce de Octubre". Con las debidas formalidades legales, devuélvase. El Gobernador del Departamento, ALBEHTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN Sección Administrativa - Pasto, agosto 31 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. c. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento-Pasto, agosto 31 de 1939. Apruébase los siguientes Acuerdos expedidos por el Honorable Con­cejo Municipal de Pasto, los que se encuentran debidamente sancionados. El número 64 de 23 de los corrientes, mediante el cual se crea una escuela nocturna municipal y se hacen unos traslados; y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 14 ANALES DEl. CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO El número 65 de 24 de este mismo mes mediante el cual se crea el Juzgado 3o Municipal y se fija el período de sus funcionarios. Con las formalidades legales, devuélvanse los Acuerdos aprobados. El Gobernador del Departamento, ALBERTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN ACUERDO NUMERO 64 Por el cual se crea una Escuela Nocturna MuniciJ)aJ y s • hat't'll tillOS traslados. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus ntribuciones legal s; ACUERDA · Artículo lo- CréasP la Escuela No turna Municipal, la que con el nombre de "Pedro Marcos de la Rosa", funcionarú desdr ~1 próximo 24 de septiembre en el local en que actualmente funciona lu Escueln lle Varones de Santiago, br.jo la dirección de dos profesores, nombrctdos por el Concejo y cada uno con la asignación mensual de veinticinco pe­sos ($ 25,00). Artículo 2o-Para efectos del artículo anterior del numeral 96, De­partamento de Instrucción Pública, trasládase la suma de doscientos ochen~ ta y ocho pesos ($ 288,00), auxilios que no han cobrado los estudiantes Vicente Mutis J., desde abril y Vicente Espaiia, desde enero, al numeral 90 bis, "Para pago de sueldos y gastos de la Escuela "Pedro Mar­cos de la Rosa". Artículo Jo-Acrécese el presupuesto de rentas de la vigencia en curso, en la cantidad de $ 1.500,00 que se imputarán al Numeral 61 del mismo presupuesto de rentas. Artículo 4o-Acrécese así mismo el presupuesto de gastos Pn la si­guiente forma: al Capítulo III, Numeral 81 Mercado de Bomboná $ 700,00; al Capítulo 111, Numeral 80, Piscina del Regadío $ 800,00. Entendido que el acrecimiento del numeral 80 tiene por objeto la construcción de un local que servirá para instalar un bar para servicio público. Estas parti­das no estarán sujetas a duodécimas. Artículo 5-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEl. CONCEJO MUNICIPAL J)E PASTO lS Dado en el salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Pasto, a veintitres de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Sectetario, MARco A. DE LA RosA Alcaldía Municipal-Pasto, agosto veinticinco de mil novecientos trein~ ta y nueve. Publíquese y ejecútese. El Alcalde Municipal, El Secretario, ZOILO C. DELGADO LUIS F. GUERRERO 0. ACUERDO NUMERO 65 Por el c.1al se crea el Juzgado 3o Municipal y se fija el perioclo de unos funcionarios. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo lo-Créase el Juzgado 3o Municipal para que conozca pro, miscuamente de los asuntos civiles y criminales, Despacho que comenza­rá a funcionar desde la vigencia de este Acuerdo. Artículo 2o-El Juzgado 3o Municipal tendrá el mismo personal y éste gozará de los mismos emolumentos que los Juzgados 1 o y 2o Municipales. Artículo 3o-Para gastos de instalación del nuevo Juzgado y pago del personal, se acrece en la suma de mil trescientos sesenta pesos ($ 1.360,00), el Capítulo 4o del presupuesto de rentas, y trasládase al Ca­pítulo So del presupuesto de gastos de la presente vigencia, y para el pago del resto del período se inclui;j la partida correspondiente en el próximo presupuesto. Artículo 4o-El período de lo-s Inspectores de aseo, creados por me­dio del Acuerdo número 4S y cuyo nombramiento corresponde al Conce­jo Municipal, será de un año que comenzará a contarse desde el 1 o de septiembre próximo venidero. Artículo So-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 16 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Dado en el salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Pasto, a veinticuatro de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Secretario, MARCO A. DE LA ROSA Alcaldía Municipal - Pasto, agosto veintiseis de mil novecientos trein~ ta y nueve. Publíquese y ejecútese. El Alcalde Municipal, El Secretario de la Alcaldía, ZOILO C. DELGADO Lurs F. GuERREHO G. Sección Administrativa-Pasto, agosto 31 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento-Pasto, septiembre Io de 1939. Apruébase el Acuerdo numero 66 de 26 de flgosto, debidamente sancionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, mediante el cual se auxilia con la suma de cien pesos ($ 100.00) al qui~ po de futbol "Deportivo Pasto" y se destina una partida. Con las formalidades legales, devuédva e el Acuerdo aprobado. El Gobernador del Departamento, AEBERTO MONTEZUMA H. EJ Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN ACUI:.RDO NUMERO 66 Por el cual se auxilia al Equi¡Jo de futbol "DEPORTIVO PASTO" Campeón Munici~ pal, y se destina una partida. EJ Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, A UERDA: Artículo Io-Auxíliase con la suma de cien pesos ($ 100,00) al equipo de Futbol "DEPORTIVO PASTO", con el fin de que atencione Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES .OEL 'CONGE:JO MUNICIPAL -DE PASTO al Club, "DEPORTIVO GIMNASTICO" de la ciudad de Quito y que se enfrentará con el primero el día 10 de septiembre, del corriente año. Artículo 2o-La partida anterior se tomará del Numeral 4o, Capítu­lo 1 o Departamento de Gobierno, Gastos de Anales del Concejo; y se pagará al representante legal del Equipo "Deportivo Pasto". Artículo 3°-Destínase la suma de treinta pesos ($ 30,00) para la compra de útiles de dibujo para la elaboración de planos de construc­ciones municipales, que se tomarán de la partida de Gastos del Concejo y que se pagarán al señor Ingeniero Municipal previa presentación de la cuenta de cobro. Artículo 4o-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a veintiseis de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Secretario, MARCO A. DE LA RosA Alcaldía Municipal- Pasto, agosto veintinueve de mil novecientos trein­ta y nueve. Publíquese y cúmplase, El Alcalde Municipal, El Secretario de la Alcaldía, ZOILO C. DELGADO LUIS F. GUERRERO G. ACUERDO NUMERO 67 (Por el cual se aprueban unos contratos). El Concejo Municipal de Pasto en uso de sus facultades legales; ACUERDA: Artículo 1o-Apruébase el contrato escrituraría celebrado entre el señor Personero Municipal de Pasto, y el señor Epaminondas Caicedo, por escritura número 660 de 4 de noviembre de 1927, celebrada en la Notaría 2a del Circuito y que a la letra dice: "660.-NUMERO SEISCIEN­TOS SESENTA.-En la ciudad de Pasto. capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a cuatro de noviembre de mil novecien­tos treinta y siete, ante mí, Gustavo B. Ordóñez, Notario Titular Núme- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES: DEL CONCE:JO . MUNICIPAL DE PASTO ro Segundo de este Circuito y los testigos instrumentales señores Leo~ nidas Narváez M. y Julio Zarama R., mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y en quienes no ocurre causal ninguna de im~ pedimento, compareció el señor Epaminondas Caicedo, varón, soltero, mc..­yor de edad, vecino de esta ciudad, a quien conozco y habiendo exhibi~ do su cédula de ciudadanía número 545971, expedida por el Jurado Elec~ toral de Pasto, dijo:-PRIMERO:-Que da en venta real y enajenación perpetua al Municipio de Pasto, representado por su Personero Municipal, doctor Jorge Coral Samper, mayor de edad y vecino de esta ciudad, es a saber:-mil doscientos veinte metros cuadrados de terreno (1.220 mts.) ubicados en la calle }a de esta ciudad, y que posee de su propiedad, comprendidos dentro de los siguientes linderos especiales: "partiendo de una flecha que queda en la Calle 1 a y en la pared que divide la casa de los herederos de la señora Rosa Torres v. de Villota, con la del ven~ dedor, línea recta, a dar a una estaca llamada "Estaca Caicedo" en di~ rección hacia el sur y en una extensión de ochenta metros con veintiocho centímetros (80 m. 28 cms.) de aquí cruza hacia el oriente, en una ex­tensión de cuarenta y siete metros cincuenta centímetros (47,50 cms.) hasta dar a una estaca que queda en la pared que divide el salón de propiedad del señor Rafael Uribe, con el de propiedad del mismo ven­dedor, deslindando en esta parte, con casa y huerto pequeño de la cita~ da señora Rosa Torres v. de Villota y con solar del vendedor; de esta estaca sigue hacia el sur por la misma pared, en una extensión de diez metros (10 m.) hasta dar a otra estaca sita en la misma, de donde cruza hacia el Occidente, línea recta en una extensión de cuarenta y siete me­tros cincuenta centímetros (47,50) a dar a otra estaca que forma el án~ gula de la calle de donde vuelve a cruzar hacia dar a una flecha que queda en la pared que divide el solar del doctor Leopoldo López Alva­rez con el de propiedad del vendedor; de aquí hacta el occidente y si­guiendo el curso de la indicada pared en una extensión de diez metros (10 m.) hasta encontrar la pared que sube por el costado derecho del solar de propiedad del vendedor, deslindando en esta parte con solares de Rafael Uribe, doctor Leopoldo López Alvarez, con solar del vendedor y de nuevo con solar del mismo doctor Leopoldo López Alvarez; y des~ de la unión de las dos paredes indicadas sigue hacia el norte siguiendo el curso de la pared que forma el cerramiento del lado derecho del lote a su entrada, en una extensión de sesenta y un metros, noventa y ocho centímetros (61,98) hasta dar a una estaca que queda en la misma pared, junto a una mata de chilco y de un árbGl de capulí, y de aquí línea recta en una extensión de veinte metros cuarenta centímetros (20,40) a dar a otra estaca que queda en la pared del frente de una casa vieja, hoy en ruinas, y de aquí línea recta en una extensión diez y siete me~ tras con noventa centímetros (17,90) a dar a unas puntillas que quedan en el umbral del portón de entrada a la casa de propiedad del vendedor, de donde cruza hacia el oriente, en una extensión de diez metros (1 O m.) hasta encontrar la flecha que sirvió de punto de p;~rtida deslindando en esta parte del lote con solares de propiedad del doctor Leopoldo López Alvarez, Mizael Salazar, Ignacio Jurado, Concepción Gómez Jurado y del mismo vendedor, en parte y en otra, con patio en común del vendedor con Juana Casanova Ortiz y tienda de alto y bajo de la misma en otra Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES -DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 19 y con la calle 1 a-Que dentro del lote de terreno que vende queda com.­prendida la parte de una casa de tapias de alto y bajo cubierta de tejas, dejando a salvo el derecho que la señorita Juana Casanova Ortiz, tiene sobre una tienda de alto y bajo, parte integrante de la misma casa situa .. da a la derecha del portón de entrada de la casa y la que queda fuera del lote da terreno que acaba de deslindarse.-SEGUNDO:-Que la zona de terreno que vende y que se halla comprendida en los linderos antes indicados, el vendedor la adquirió por partición extrajudicial y adjudica~ ción que se le hiciera, según la escritura número 157 de 13 de abril de 1935, pasada en esta Notaria, cuya copia registrada no puede entregar al comprador por reservarse mayores derechos.-TERCERO:-Que el justo precio y v rdadero valor de lo que se vende es la suma de tres mil · mil cincuenta pesos ($ 3.050,00) oro leg2tl colombiano a razón de dos pesos cincuenta centavos ($ 2,50) el metro cuadrado, suma que será a fines de enero del año de mil novecientos treinta y ocho mediante cuen .. tas de cobro legalizadas en debida forma.-CUARTO:-Que el presente contrato queda sujeto a la condición para su validez de la aprobación del Honorable Concejo Municipal.-QUINTO:-Que la entrega real y ma .. terial de h de~cdta zona de terreno para la prolongación de la calle real, la hará el vendedor al día siguiente del pago total del precio estipulado; y mientras esto no se verifique, no podrá el Municipio iniciar en esa zona de terreno obra alguna correspondiente al uso y goce de la posesión de ella al vendedor.-SEXTO:-Que la descrita zona que se destina invaria­mente a la prolongación de la calle real, está exenta de toda hipoteca, arrendamiento y anticresis constituidos por escritura pública y su inscrip­ción, lo mismo que de todo auto de embargo, pleito pendiente y con .. diciones resolutorios y de toda limitación de d:)minio.-SEPTIMO:-El Concejo Municipal respetará el derecho al uso de una paja de agua que mantuvo la señorita Rosario Caicedo A. de común acuerdo con la Cor .. poración Municipal y en la a tualidad la utiliza su legatario señor don Epaminondas Caicedo, mientras no se haga la distribución de las aguas del Chorro Alto de que se ha surtido la ciudad.-Presente el señor Per~ sonero Municipal de Pasto, doctor Jorae Coral Samper, a quien conozco, exhibió su cédula de ciudadania número 201307 expedida en Pasto, e in­formado del contenido de esta escritura, la aceptó en todas sus partes. Se agregó la boleta de registro y los certificados correspondientes docu.­mentos que dicem "NUMERO 10.-República de Colombia, Departamento de Nariño.-Renta de Registro.-Pasto, 2 de noviembre de 1937.-Consig .. nó Epaminondas Caicedo la suma (sin derechos) por derecho de registro deducido de tres mil cincuenta pesos ($ 3.050,00) en que el consignante vende al Municipio de Pasto un lote de terreno y parte de una casa si~ tas en esta ciudad.-Por el F. G.-Angusto Chaves G.-El Consignan­te.- Epaminondas Caicedo" .-003308.-Ministerio de Ha,~ienda y Crédito Público.-Certiticado de Paz y Salvo.-Pasto, 3 de noviembre de 1937.­El Administrador de Hacienda Nacional de Nariño.-El Auditor de Jm .. puestos.-CERTIFICA:-Que Epaminondas Caicedo, vecino de ....... (sic} es .. tá a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto ele impuesto so­bre la renta, patrimonio y exceso de utilidades y cuota militar hasta el año de 1936 inclusive.-Várdo por los Muninipios del Departamento.-J Félix Ala va" .-Lleva una estampilla de Timbre Nacional, por valor de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 20 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO veinticinco centavos oro.-"No. 621.-Tesorería MunicipaL-Pasto, noviem~ bre 3 de 1937.-El suscrito Tesorero Municipal, a petición del señor don Epaminondas Caicedo, en forma legal; CERTIFICA:-Que el señor don Epaminondas Caicedo, se halla a paz y salvo con el Tesoro Municipal en el presente año de 1937.-Por el Te~orero.-El Cajero.-Z. Arturo y Ar~ turo." -Lleva una estampilla de timbre nacional por valor de vein~ ticinco centavos oro. Se advirtió el deber de hacer , registrar la la copia de esta escritura en la Oficina respectiva dentro del tér~ mino legal; y leído a los otorgantes la hallaror\ conforme y en constancia firman todos por ante el suscrito Notario, dejándose la cons~ tancia de que este instrumento fue redactado por el señor Personero Mu~ nicipal.-Epaminondas Caicedo.-Jorge Coral Samper.-Tgo.-Leonidas Narvaez M.-Tgo.-Julio Zarama R.-Gustavo B. Ordóñez.-Notario No. 2o-enmendado.-posesión.-vale.-Es la primera copia que se expide a favor del Municipio de Pasto, en cuatro fojas útiles, hoy seis de noviem~ bre de mil novecientos treinta y siete.-Gustavo B. Ordóñez.-Norario No. 2o. (Hay un sello)". Artículo 2o.-Así mismo apruébase el contrato escriturario, celebra­do entre el señor Personero Municipal de Pasto, y el señor don Luis Enrique Jiménez, por escritura No. 572 de 23 de agosto de 1939, cele~ brado en la Notaría No. ta. y que a la letra dice: "572.-NUMERO QUI~ NIENTOS SETENTA Y DOS.-En la ciudad de Pasto, Capital del Depar~ tamento de Nariño, República de Colombia, a los veintitrés días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve, ante mí, Carlos Conto, No­tario Titular Número Primero del Circuito de Pasto, y de los testigos ins~ trumentales señores Luis F. Salazar y Rodolfo Ortega, varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y sin impedimento pa~ ra testificar, comparecierou de una parte el señor don Luis Enrique Jimé~ nez C., varon, casado, mayor de edad, vecino de esta capital, provisto con la cédula de ciudadanía número 11663225, expedida en Cali, por sus propios derechos y además, como mandatario del señor Herrando Bueno D., mayor de edad, casado, vecino de Cali y ·cedulado bajo el número 1173434, expedida en el lugar de su vecindario, cuyo memorial se agrega a esta escritura y en adelante se llamarán LOS CONTRATISTAS; y de otra parte, el señor don Felipe Ignacio Uscátegui, varón, soltero, mayor de edad, vecino de este Municipio, habilitado con la cédula de ciudada~ nía No. 546759, expedida en Pasto, en su carácter de Personero Munici­pal de este Distrito, en actual ejercicio y debidadamente autorizado por el Acuerdo No. 52 de 23 de febrero de de 1935, que en adelante se de~ nominará el Municipio, han celebrado el siguiente contrato:-PHIMERO.­Los contratistas se comprometen a lo siguiente: a) - Confeccionar diez mil placas (10.000) más o menos, para la nomenclatura de la ciudad de Pasto así: novecientas sesenta (960 más o menos, para las carreteras, ca~ lles, plazas y avenidas, a razón de cuarenta centavos ($ 0,40) cada una, y nueve mil cuarenta (9.040) más o meno~. para las puertas de almace~ nes, casas, tiendas, etc., a treinta centavos cada una (0,30); b) -a colo­car todas las placas en sus respectivos lugares; y e) - A elaborar el censo de las propiedades urbanas de esta capital, de conformidad con las siguientes estipulaciones del pliego de cargos de diez y nueve (19) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO ;¿¡ del año en curso, contrato que fue adjudicado en licitación pública por la Junta de Hacienda Municipal y por el Concejo Municipal, según Resolu­lución No. 164 de 9 de agosto de 1939.-PLACAS.-1o.-El material de las placas tanto de las calJes, carreras, plazas y avenidas, como las de las puertas de las propiedades, deben ser de lámina de hierro, calibre veinticuatro (24), pintadas con substancias que resistan la acción de la intemperie.-SEGUNDO.-El tamañ.o de los números y letras de las pla­cas, debe ser de seis (6) centímetros de largo, por tres (3) de ancho, gravados en alto relieve, en forma perfecta.-TERCERO.-Cada placa de­berá enmarcar los números y leyendas de la misma, con una línea en al­to relieve, gravada en el mismo color de las letras y números.-CUAR­TO.- El color de la placa será azul fuerte en el fondo y blancos los nú­meros, leyendas y marco.-QUINTO.-Cada placa deberá estar perforada en cada ángulo, perforaciones que en todo caso deben hacerse antes de pintarse la placa.- SEXTO.-La cantidad de placas, tanto ·para las vías públicas, como para las propiedades, será la suficiente para todas las ca­lles, carreras, avenidas y plazas, y para las propiedades particulares exis­tentes en la fecha, más las que a juicio del Alcalde Municipal deban re­servarse para edificaciones futuras.-COLOCACION DE LAS PLACAS EN CALLES Y PROPIEDADES.-PRIMERO.-En las esquinas se colocarán las placas que indiquen los números de las Carreras y Calles precedidos de estos nombres, respectivamente, y en los parques, plazas, avenidas, etc., etc., las de los nombres correspondientes.-2o.-De acuerdo con el sistema centesimal para cuadra adoptado, las placas de las propiedades marcarán con números pares las de los costados Este y Norte, de cada cuadra, y con impares las de los costados Oeste y Sur de la misma en cada puerta.-3o.-Cada placa colocada encima del dintel de cada puerta, marcará el número de la carrera o calle inmediatamente anterior y el número de dicha puerta, separados entre sí por un guión. - A su vez el número de cada puerta, corresponderá aproximadamente a la distancia en pasos de dicha puerta a la esquina de la calle o carre­ra inmediatamente anterior. Las puertas que se hallan en esquinas cha­flanadas, para los efectos de la numeración, se considerarán como inva­riablemente como pertenecientes a las carreras y no a las calles.-4o­Todas las propiedades en cada puerta que dé a las calles inclusive las que quedaren algo dentro de las líneas horizontales de las vías públicas llevarán la placa numerada.-5o-La~ placas serán colocadas por quien obtenga este contrato, ciñéndose extrictamente a lo dispuesto en este pliego bajo el inmediato control del Alcalde e Ingeniero Municipales.--­CENSO DE PROPIEDADES:---1o---El Contratista deberá hacer un censo completo de las propiedades urbanas, con los siguientes detalles precisos: propietario del edificio, extensión exacta en metros que cada edificio tiene a la vía pública, número de locales que dan a las calles, uso a que es­tos están destinados, especificando la3 c'ases de negocios o actividades en cada uno de éllos, en caso de que \as tiendas del edificio sean de distintos dueños especificar el nombre de cada uno de ellos.---2o---Este censo, con to­das sus especificaciones, será elaborado de acuerdo con las normas y formas que para el efecto dictará el Contralor Municipal.---SEGUNDO.---Que la confección de las placas, su colocación y cer.so de las propiedades urba­nas, lo verificarán los contratistas dentro del plazo de seis (6) meses, a Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 22 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO contarse de la fecha de aprobación del presente contrato, por la Gober~ nación del Departamento. de Nariño.~~--1ERCERO.~~--Que el Municipio se compromete a pagar a los contratistas el valor total a que asciende el presente contrato en la siguiente forma: QUINIENTOS PESOS ($ 500,00) moneda legal, tan pronto sea aprobado este contrato por el Honorable Concejo Municipal; y el resto en dos contados iguales, así: el uno, termi~ nada la colocación de las placas, y el otro, terminada y entregada toda la obra a satisfacción del Municipio, advirtiendo que el valor aproximado de este contrato, es el de TRES MIL NOVENTA Y SEIS PESOS ($ 3.096,00).--~ .. CUARTO.~--~Los CONTRATISTAS con el fin de garantizar de todas y cada una de las anteriores obligaciones, dan como fiador mancomunado y solidario al doctor Jorge Rasero Pastrana, quien en se~ guida constituirá la causión correspondiente.~~~QUINTO.--~~Presente el señor doctor Jorge Rasero Pastrana, varón soltero, mayor de edad, vecino de esta capital igualmente conocido del infrascrito empleado, ante quien exhibió su cédula de ciudadanía número 925864 expedida en Pasto, dijo: que para garantizar todas las anteriores obligaciones constituidas por los contratistas, señores Luis Enrique Jiménez y Hernando Bueno D., con el Municipio de Pasto, constituye a favor de dicho Municipio representado por su Personero Municipal señor Felipe Ignacio Uscátegui, hipoteca es~ pecial sobre dos tiendas, la una con interior y la otra sin interior, que tiene y posee de su propiedad, construidas de tapia y cubiertas de teja, ubicada en el barrio de SAN ANDRES de esta ciudad señaladas con los números 720 y 722, y circunscritas por los siguientes linderos: "por el frente, con tiendas de las señoritas Astorquizas, calle sexta por medio; por el costado derecho con tienda y huerto de Rafael Villarreal; por el respaldo, con cuadra de los herederos de Manuel Elíseo Bucheli; y por el costado izquierdo con tienda de Ester Ruiz en todo paredes por medio". Que dichas tiendas fueron compradas a don Rodolfo Rasero, se-­gún escritura hÚmero 536 de 11 de marzo de 1938, celebrada en la No~ taría número 2o de este Circuito; las cuales hállanse libres de todo gra~ vamen, censo, empeño, hipoteca anterior, embargo judicial, pleito pen-­diente y condiciones resolutorias, cuya propiedad y libertad constan del certificado del Registrador de Instrumentos Públicos y Privados de este Circuito, de doce (12 del mes en curso y avaluadas pericialmente por los señores doctor Gerardo Cortés y César Augusto Salas, según Acta de diez y siete (17) de agosto de mil novecientos treinta y nueve (1939): diligencias que se agregan a esta escritura. Que de manera mancomuna~ da y solidaria se obliga a responder a favor del Municipio de todos los perjuicios que resulten por motivo del incumplimiento del presente con-­trato, para lo cual se sujeta a la vía ejecutiva renunciando expresamente vecindad, domicilio, etc., etc. Así extendida esta escritura los compare~ cientes la aceptaron en todas sus partes, aceptando además, el señor Personero Municipal la hipoteca constituiga a favor del Municipio. Se agregan una boleta de registro, los certificados correspondientes y la do~ cumentacíón levantada, que dicen: "BOLETA NUMERO 139.-República de Colombia.-Departamento de Nariño.-HENTA DE REGISTRO.-Pasto, 23 de agosto de 1939.-Consignó Luis Enrique Jiménez, sin derechos de registro deducidos de tres mil noventa y seis pesos ($ 3.096,00) valor del contrato celebrado entre el consignante y el Municipio de Pasto, so~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIRAL DE PASTO 23 bre la nomenclatura de la ciudad.-Por el T. GeneraL-El Contador.­( Fdo. Eloy Pérez.-El Consignante.-Fdo.) L. E. Jiménez".-"Número 2.111.-Ministerio de Hacienda y Crédito Público.-CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO.-Pasto, 18 de agosto de 1939.-El Administrador de Ha­cienda Nacional de Nariño .-CERTIFICA:-Que Jorge Rosero Pastrana, vecino de Pasto está a paz y salvo con coú el Tesoro Nacional por con­cepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilida· des) y cuota militar hasta el año de 1938 inclusive. Válido por los Mu~ nicipios del Departamento.-(Fdo.) Adonías Bravo" .-"Número 2.110.-Mi­nisterio de Hacienda y Crédito Público.-CERTIFICADO DE PAZ Y SAL­VO.- Pasto, 1R de agosto de 1939.-EJ Admnistrador de Hacienda de Nariño.-CERTIFICA:-Que Luis Enriq}.le Jiménez, vecino de Pasto, está a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar, hasta el año de 1938 inclusive. Válido por los Municipios del Departamento.­( Fdo.) Adonías Bravo"·-"Número 2.150.-Ministerio de Hacienda .. y Crédi­to Público. -CERTIFICADO DE PAZ Y SAL VO.-Pasto, 24 de agosto de 1939.-EI Administrador de Hacienda de Nariño.-CERTIFICA:-Que el Personero Municipal, vecino de Pasto, está a paz y salvo con el Tesoro Nacional, por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar, hasta el año de 1938 inclusive.-Válido por los Municipios del Departamento.-(Fdo.) Adonías Bravo".-"No. 258.­El suscrito Tesorero Municipal de Pasto, a petición verbal del señor doc­tor don Jorge Rasero Pastrana.-CERTIFICA:-Que dos tiendas distingui­das con los números 720 y 722, de propiedad del peticionario señor doc­tor Rosero Pastrana, sitas en la calle 6a, 8a de esta ciudad, se encuen­tran a paz y salvo con el Tesoro Municipal, por concepto de impuesto urbano.-Expedido el presente certificado en Pasto, a los diez y ocho días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve.-El Tesorero Mu­nicipal.-( Fdo.) P. Alfonso Ortiz" .-(Este y los anteriores certificados lle­van adheridas y debidamente anuladas las estampillas legales correspon­dientes).- COPIA DE LA RESOLUCION NUMERO 164.-EI Concejo Mu­nicipal de Pasto, en uso de ~us atribuciones legales y teniendo en cuen­ta:- Que los exponentes para la adjudicación del contrato sobre la no­menclatura de la ciudad, señores Peregrino y Samuel Chaves, Luis Enri­que Jiménez y Hernando Bueno, al conocer la proposición aprobada por el Concejo en la sesión de ayer, únicamente los primeros manifiestan, que pueden hacer rebaja en cuanto al precio de las placas, y los segun­dos expresan que ellos no aceptan que se ~ blo..i a remate público y que no hacen nuevas ofertas sobre el precio para no perder la posesión ju ... rídica que adquirieron conforme al pliego de cargos, al entregar su pro­puesta en pliego cerrado a la Junta de Hacienda, a la hora in di cada y en la fecha que señala el mencionano pliego de cargos, y te ni en do en cuenta que la propuesta de los señores Bueno y Jiménez es la más fa· vorable a los intereses del Municipio en cuanto a precio y calidad,­RESUELVE:- 1o-Adjudícase el contrato sobre nomenclatura de la ciudad, a los señores Hernando Bueno y Luis Enrique Jiménez, conforme a la propuesta que en pliego cerrado presentaron ante la Junta de Hacienda y elévese el contrato a escritura pública, por el señor Personero Munici­pal; y-2o-Acéptase el obsequio de cien pesos ($ 100,00) para una de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO las obras públicas que adelanta el Municipio, hecho por el señor Luis Enrique Jiménez.-Dada en el Salón de sesiones del Concejo Municipal, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nue­ve.- El Presidente.-Manuel Ortiz Ortiz.-El Secretario.-(Fdo.)-Marco A. de la Rosa".-Es conforme su originaL-El Oficial de la Personería Mu­nicipal.-( Fdo.) Julio Daniel Burbano" .-(Lleva el sello de la Personería). "Señores Miembros de la Junta Municipal de Hacienda.-Pasto.-Por me­dio del presente documento pongo en conocimiento de ustedes que he nombrado al señor Luis Enrique Jiménez Caicedo, residente en esa ciu­dad, como único Agente y distribuidor de los productos de mi fábrica de Relieves "BUENO" de esta ciudad.-El señor Jiménez ha sido autori­zado por Mí, para tomar pedidos, celebrar contratos y realizar las ventas y todo el rodaje del negocio que sea necesario para el buen desenvolvi­miento del mismo.-Cali, junio 15 de 1939.-(Fdo.)-E. Bueno D.-(Her­nando Bueno Delgado, Cédula 1173434-Cali.-Alcaldía Municipal de Ca­li).--- El anterior documento dirigido a los señores Miembros de la Junta Municipal de Hacienda de Pasto, Nariño, ha sido presentado personalmen­te por el signatario señor Hernando Bueno D. Cédula número 1173434 de Cali en horas de audiencia pública del día de hoy veintiuno de junio de mil novecientos treinta y nlJeve.---(Fdo.) Alejandro Zea Rocha, Alcal­de Municipal de Cali.---Por el Secretario de Gobierno Municipal.---(Fdo.) E. J. Escobar.---Oficial Mayor de Gobierno Municipal" .---"Señor Juez Mu­nicipaL--- E. S. D.---Yo, Luis Enrique Jiménez, mayor de edad, natural de Cali, vecino del Distrito de Pasto, cedulado bajo el número 1166325, con el carácter de nudo hecho y con intervención del señor Personero Muni ... cipal, atentamente pido, se sirva dísponer el avalúo de dos tiendas con fondo, de propiedad del doctor Jorge Rosero Pastrana, sitas en esta ciu­dad, comprendidas dentro de los siguientes linderos: frente, con tiendas de los señores Astorquizas, calle sexta por medio; por el costado dere­cho, con tienda y huerto de Rafael Villarreal, tapias y paredes por me­dio; por el respaldo, con cuadra de Manuel Elíseo Bucheli, tapias por medio y· por el costado izquierdo con tienda de Es ter Ruiz, paredes por medio" .---Para la práctica de esta diligencia, de mi parte nombro como perito avaluador al señor César Augusto Salas y espero que el se­ñor Personero nombre el que le corresponde, puesto que este avalúo va a servir de base para rendir una caución en favor del Municipio. Una vez terminadl'ls las diligencias, pidg se me devuelvan para hacer el uso conveniente.---Reo.uncio notificación.---(Fdo.) Luis Enrique Jiménez.---Pasto, 16 de agosto de 1939" .---"Agosto 16 de 1939.---Presentado en su fecha, doy cuenta.---(Fdo.) M. Insuasti.---Secretario" .......... "JUZGADO PRIMERO MU­NICIPAL--- Pasto, agosto diez y siete de mil novecientos treinta y nue­ve.--- Como se solicita en la anterior petición. practíquese el avalúo judi­cial de los inmuebles a que se refiere el escrito de 16 de los cursantes en asocio de peritos.---Dáse por nombrado al seiíor César Augusto Salas, como perito por parte del peticionario; el señor Personero nombrará el que le corresponde, y los dos designarán el tercero para el caso de dis­cordancia en sus conceptos. La diligencia se verificará a la hora siguien­te a la posesión del último perito.---Practicada la diligencia devuélvase al interesado.---Por renunciada la notificación.---(Fdos.) Casabón Ch.---M. Insuasti,---Secretario" .---"En diez y siete de agosto de mil novecientos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 25 treinta y nueve, notifico el auto anterior al señor Personero Municipal, quien manifestó que nombra como perito por su parte, al señor doctor Gerardo Cortés, y firman.~~~(Fdos.) Uscátegui.~~~M. lnsuasti.~~-Secretario" .~~~ "Agosto 17 de 1939.~~-Doy cuenta informando que el señor Personero designó como su perito al doctor Gerardo Cortés.-~-(Fdo.) M. Insuasti.--­Secretario".-" JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL.-Pasto, agosto diez y siete de mil novecientos treinta y nueve.-Dése por nombrado al doctor Gerardo Cortés como perito por parte del señor Personero Municipal, quien se posesionará oportunamente y procederá en asocio del perito nombrado por el interesado a verificar la tasación solicitada.-(Fdos.)­Casabón Ch. - M. Jnsuasti. - Secretario".-"En Pasto, a diez y siete de agosto de mil novecientos treinta y nueve, el señor Juez, en asocio de su Secretario y de los peritos nombrados señores doctor Gerardo Cortés y César Augusto Salas, se trasladó al sitio donde se hallan ubicados los inmuebles que trata de avaluarse. Una vez allí, el señor Juez, recibió la promesa legal a los señores peritos, quienes bajo la gravedad del jura~ mento que prestaron, ofrecieron desempeñar fiel y honradamente su car­go. Acto seguido el señor Juez ordenó a los peritos identificaran y cons­tataran los linderos de las dos tiendas y procedieran a rendir su concep­to inmediatamente. Incontinenti, los peritos dieron su concepto, en la si~ guiente forma: El doctor Gerardo Cortés manifestó, que las dos tiendas, ubicadas en el barrio de San Andrés, bajo los números 720 y 722 y cir­cunscritas por los siguientes linderos: "por el frente, con tiendas de las señoras Astorquiz&s Calle 6a por medio; por el costado derecho con tien~ da y huerto de Rafael Villarreal, tapias y pared por medio; por el res­paldo con cuadra de Manuel Eliseo Bucheli, tapias por medio; y por el costado izquierdo con tienda de Ester Ruiz, paredes por medio". Valen la cantidad de mil quinientos pesos oro ($ 1.500,00) que su concepto lo fundaba en la falta de servicio higiénico, posición, y más o menos dis~ tante del centro de la ciudad.- EI perito señor César Augusto Salas dijo:-Que la(\ tiendas alinderadas ya por el doctor Cortés, valen en su concepto la cantidad de dos mil doscientos pesos ($ 2.200,00). El Juzga­do como observara que los conceptos anteriores se hallan en discrepan~ cia exigió a los peritos designaran un perito tercero, que dirimiera la discordia, por lo cual designaron al señor Segundo Acosta López, quien hallándose de presente aceptó el cargo y juramentado en forma legal ofreció desempeñar fiel y legalmente su cargo; y acto seguido rindió su concepto en la siguiente forma: "He recorrido los linderos de las dos tiendas que se trata de avaluar y en vista de que el concepto dado por el perito señor Salas, se acerca más a la realidad y valor de estos inmuebles, me adhiero a dicho concepto, en todas sus partes, tasando, co~ mo en verdad taso dichas tiendas en la suma de dos mil doscientos pesos. No habiendo otra diligencia que practicar, el señor Juez declaró terminado el acto que se firma con el señor Juez y Secretario que auto­riza.- Los señores peritos hacen constar que una de las tiendas tiene un solar adyacente que las abarca ambas por su respaldo.-Así se firma.­El Juez.-Pedro Casabón Ch.-Los peritos.-Gerardo Cortés G., C. 456117.­( Pasto).-César Augusto Salas, C. 545070.-Segundo Acosta López, C. 547951.-Manuel Insuasti.-Secretario" .-"Agosto 17 de 1939.-En dos fo~ jas entrego estas diligencias al interesado.-(Fdo.) M. Insuasti, Secretario".- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 26 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO (Hay un sello).-"RESOLUCION.-Pasto, agosto 17 de 1939.~El Contralor Municipal en uso de sus facultades legales.-CONSIDERANDO~-Que el bien raiz que ha presentado el señor Luis Enrique Jiménez para garantí~ zar el cumplimiento del contrato de la nomenclatura de esta ciudad, que le fue adjudicado por el Honorable Concejo Municipal en la licitación que para el efecto se abrió, resultó en el avalúo prac1 icado por el Juz~ gado Primero Municipal, con un valor de dos mil doscientos pesos ($ 2.200,00) moneda legal;-2o-Que el precio del avalúo respalda sufi~ cientemente la cuantía de la fianza, o sea la suma de mil pesos ($ 1.000,00) fijada por el expresado Concejo Municipal. - DECLARA:-Que estudiadas las diligencias levantadas por el interesado señor Luis Enrique Jiménez, están en un todo de acuerdo ceñidas a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y las prescripciones especiales que la Comra~ loría Municipal ha di ctado al respecto.-(Fdo.)-J. Rasero Rodríguez. - . Contralor" .-"El suscrito Registrador de Instrumentos Públi cos y Privados de este Circuito, a petición verbal del señor Luis Enriqu ~ Jiménez, cedu~ lado en Cali bajo el número 1166325, en debida forma CERTIFICA.-1 °­Que examinados los libros de registro de esta oficina , desde el año de 1938, hasta esta fecha, a folios 103 a 104, bajo la partida número 274 del libro número 1 o de Registro, correspondiente al año de 1938, con fe~ cha 11 de marzo, aparece registrada la Escritura núm ero 536, celebrada en la Notaría No. 2a de este Circuito el 28 de noviembre de 1934, en la que consta: Que Rodolfo Rasero, vende al doctor Jorge Ros ro P. por la suma de setecientos cincuenta pesos ($ 750,00) dos tiendas, ubi ca da s en esta ciudad, y comprendidas dentro de los siguientes linderos: "Por e l frente con tiendas de bs señoras Astorquizas, calle 6a por medio; por el costado derecho con tienda y huerto de Rafael Villarreal, tapias y pa­redes por medio; por el respaldo con cuadra de Manuel Eli eo Buch e li, tapias por medio; y por el costado izquierdo con tienda ele Ester Rui z, paredes por medio" .-2°- Que los inmuebles antes deslindados. ele pro­piedad del doctor Jorge Rasero P. no se encuentran gravados con hipo ­teca, embargo judicial, pleito pendiente, prenda agraria, condición resolu­toria, o limitativa de dominio, en el tiempo a que se contrae este certi­ficado.- Pasto, agcsto doce de mil novecientos treinta y nueve. - EI Re­gistrador.-( Fdo.)-Carlos Enrique Guerrero.-Derechos: Examen de Li~ bros·t $ 0,36. - Id del Certificado.-$ 0,60.-Suma $ 0,96. - Ley 52 ele 1920.-(Fdo.) C. E. Guerrero".-"El suscrito Registrador de Instrumentos Públicos y Privados de este Circuito, a petición verbal del señor Luis Enrique Jiménez, cedulado bajo el el número 1166325, en debida forma, amplía el certificado que antecede, en el sentido de hacer constar: - 1 o­Que la propiedad se halla matriculada bajo el número 87 del L. ele R. y que el vendedor señor Rodolfo Rasero adquirió las tiendas vendidas al doctor Jorge Rasero P. por compra que en unión de su esposa Con cep~ ción P. de Rasero hizo al señor Floresmilo Medina, según escritura nú­mero 75, celebrada en la Notaría 2a de este Cir uito el 2 de marzo de 1931, registrada el 4 de los mismos mes y año (1931) a folios 50 a 51 bajo la partida número 68 del libro número 1 o de registro; - 2o - Que el señor Floresmilo Medina adquirió las tiendas de que se trata, así: - parte por adjudicación que se le hizo en la división de los bienes de la que ue su esposa Marciana Becerra, y de su hija Gratulinfl Meclina, y parte o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 27 sea el resto por haberle adjudicado el lote de gastos, según escritura de protocolización otorgada en la misma Notaría 2a el 21 de ~febrero de 190R, bajo el número 84, registrada el 2R de febrero de 1909 a folios 3, bajo la partida número 12 del Libro de Registro de Causas Mortuorias; y 3°-Que las tiendas deslindadas en el punto 1 o- del certificado que se amplía, de propiedad del seitor dodor Jorge Rosero P., no se encuentran gravadas con hipoteca, embargo judicial, pleito pendiente, prenda agraria, condición resolutoria o limitativa de dominio, en el lapso de los treinta arios a que se contrae esta ampliación.-Pasto, agosto catorce de mil no~ vecientos treinta y nueve.-El Registrador.-(Fdo.)-Carlos Enrique Gue~ rrero" .-Derechos: examen de Libros: $ 3,42.-Id del certificado: $ 0,60.~~~ Suma: $ 4,02.~~~Ley 52 de 1920.~~-Fdo.)-~-C. E. Guerrero" .~ .... (Los anteriores certificados también llevan adheridas y debidamente anuladas las estam~ pillas legales correspon9ientes).---CONCLUSION:~~~Se advirtió el deber de hacer registrar una copia de la presente escritura y anotar la hipoteca en la Oficina respectiva, dentro del término legal; y leída a los otorgan­tes a presencia de los testigos instrumentales nombrados arriba, la aprc .. baron. En constancia firman todos por ante Mí, anotando que para su va~ lidez, requiere este contrato la aprobación del Honorable Concejo Muni .. cipai.-~-Se extendió con la póliza presentada.---(Fdos}--L. E. Jiménez.-~­Doctor J. Rose ro P.---Felipe l. Uscátegui.~-~ Tgo.---Luis F. Sal azar.~-~ Tgo.~-­Rodolfo Ortega ... ~~CARLOS CONTO, NOTARIO No. 1o".~~~En el lugar y fecha de su otorgamiento y en siete hojas escritas, numeradas y rubrica~ das, expido esta primera c0pia, destinada al Concejo Municipal de esta ciudad.---Carlos Conto.~-~Notario No. 1 o" .~~-Registrada en el Libro número 2 y en su duplicado bajo las partidas 305 y 28, folios 91 y 6, en su or~ den, y al folio 41 partida 204 del de anotación de hipotecas.~~~Pasto, agos .. to veintiocho de mil novecientos treinta y nueve.-EI Registrador.-~-Car~ !Js Enriq u Guerrero". Artículo 3o---Aclárase el punto tercero del contrato celebrado con rl señor Epaminondas Caicedo, en el sentido de expresar que el valor del contrato, se pagará en dos contados iguales, del Capítulo VII, Ordinal Ill del presupuesto vigente. Así el primero apenas sea sancionado este Acuerdo; y el segundo, cuando el Municipio inicie la apertura y prolon­gación de la carrera 6a lo cual será en el plazo mayor de seis meses a partir de la sanción y vigencia de este Acuerdo. Articulo 4o~~-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal, a los cinco días del m s de septiembre de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, EMILIANO RUIZ E. El Secretario, MARCO A. DE LA RosA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 28 ANALES DEL CONCEJ.(l) MUNICIPAL D'E PASTO ' PaSlf:(j) .septiembre ;9 de 1939.. Recibido por la Secretaría doy cuenta, GUERRERO G. Alcaldía Municipal---Pasto. -septiembre once :~e mil novecientos trein· .ta w nueve. Publíquese y ejecútese.. El Alcalde de la dudad, ZOILO C. DELGADO El Secretario de la AJcaldía, Luns F. GuERRERO G. Sección Adminístrativa·--Pasto, septiembre 26 de 1939. Devuelto en esta fecha el Acuerdo número 67 de 5 de los corrien­tes, expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALVAREZ Gobernación del Departamento-Pasto, septiembre 26 de 1939. Sin establecer razón legal que desvirtúe las observaciones de la Gobernación, el Honorable Concejo Municipal de Pasto ha declarado sin fundamento las observaciones formuladas por este Depacho al Acuerdo número 67 de 5 de los corrientes, expedido por la mencionada Entidad y por el cual se aprueban unos contratos. Por el motivo anteriormente expuesto, la Gobernación del Departa~ mento, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 72 de 1926, da al Acuerdo el "PASE'' legal indicado, y dispone ordenar al señor Fiscal del Honorable Tribunal Superior, demande el Acuerdo ante el Honorable Tribunal de lo Contencioso Administrativo y pida la inme­mediata suspensión de sus efectos legales. Para el logro de la anterior determinación, entréguese al señor Fis· cal un ejemplar del Acuerdo, juntamente con la copia de todo lo perti· nente, y los restantes ejemplares devuélvanse a la Corporación Municipal. El Gobernador del Departamento, ALBERTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 150 y 160

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 161

Por: | Fecha: 1939

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ESCUDO DE ARMAS DE LA CIUDAD DE PASTO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. COLO~BIA_:-NA~IÑO An · s del Concejo u ic· pal de Pasto OROANO OFICIAL DE LA CORPORA CION Director: LUCIANO DELQADO a., Secratario del Concejo A~O VIl 111 Pasto, 30 de junio de 1934 M6N6GI AfiA 1 1 1 NUME~O 141 1 EXTRAORDINARIO de la ciudad de Pasto IGNACIO RODRIGUEZ GUERRERO ]OSE RAFAEL ZARANA Niembros de número del Centro de Historia de Pasto. Situación y Topograffa La ciudad de Pasto, capital del Departamento de Narino y del Distrito de su nombre, está situada a los 1-13' de latitud N. y 5-8' de longitud O. del Meridiano de Bogotá, y a 2.490 me­tros sobre el njvel del mar. Los vientos dominantes en la región soplan durante gran parte del año en dirección SE. NW. Su clima medio es de 15 c.; su presión barométrica media de 558 m. m., y dista 795 kilómetros de la capital de la República. La posición topográfica de Pasto es realmente bella e inte­resante. La ciudad se extiende de Oriente a Occidente y de S. E. a N. 0., al pie del volcán Galeras, de constante actividad y en los término! del hermoso valle de Atriz, circundado de colinas de exuberante vegetación, sobre las cuales se destacan numerosos caseríos, fundados, al parecer, por Alonso de Carrillo, en 1586, con el fin de que la ciudad estuvie&e continuamente provista de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -2- PASTO - PALACIO DE GOBitRNO INTERIOR DEL PALACIO DE GOBIERNO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -- 3 los más ·indispensables elementos para la vida diaria. Los más importantes de dichos caseríos son: Aranda y Tescw 1, prolificos criaderos de tierra blanca y de ocres; Buesaquillo, Botana, Cabre­ra, Cujacal y La La¡una, que suministran toda clase de maderas y carbón; Calambuco, Canchllla, Chapal, Dolores, Gualmatán, Ja­mondino, jongovito, juanoy, Los Angeles, La Conctpción, Los Potreros, Males, Mocondido, Obonuco, Pejendino, etc., que apor­tan las más copiosas variedaees de c~reales y demás artfculos de tierra frfa, eepecialmente papas, mafz, cebada, trigo, habas, legum­bres, etc.; Pandiaco, a poco más de un kilometro de distancia de la ciudad, en una fertilfsima explanada rica en minas de cal y en fuentes de aguas termales que poseen excelentes propiedades medicinales. La ciudad está limitada al Norte por el Rfo Pasto.-AI O . . por e-1 Rio Mijitayo.- AI S. por el Rfo Chapal y al E. por la Cordillera Oriental de los Andes. La urbanización de Pasto está hecha de acuerdo con el sistema antiauo espaftol, consistente en una serie de vias de ali­neamiento• rectos, interceptados a escuadra, formando de esa ma­Pitra man¡anaa en forma de cuadrados perfectos de noventa me­h os por lado. Las callea tienen un ancho de ocho a diez metros entre los paramentos de las edificaciones, exceptuando las aveni­das, cuya anchura pasa de quince metros. La mayor parte de los edificios de: la ciudad de P~~to son de tapia, exi&ti ... ndo t~mbién un bu Pn r:úmern dt> nn~nífico~ edifi­cio~ públicos y privados de modern 1 con:tntcci,')n n t" C(tl y lad , i­llo, dotados con tod6)S los elementCl;') d 1· higa·ne y c n rnodit~;¡d. El strvicio telefónico urbano e int .. rmuni ,· ipal Je que dis­fruta la ciu,1ad, así como el servicio de luz y en e,. !;!i:t clédricJJ , son muy satisfatorios. El área que ocupa la edificación actual de la ciudad de Pasto puede calcularse en 140 htctáreas. En di : ho espacio se agrupan 31 rededor de 2 .640 construcciones con un total de 11.350 locales o piezas. El distinguido ingeniero colombiano dnctor Luis Lobo Gue­rrero- a quien debemos algunos daros imponantes para esta mo­nografía- ha elabaredo junto con Jos del acueducto y alcantari­llado, excelentes planos de la ciudad futurr., en los cualc~ tienen cabida grandes parques, jardines públicos, avenidas y e dlrs de gran amplitud que ocuparán una área total de 450 he ctáreas, lás cuales. pobladas a razón de 200 habitantes por hectárea, darán cabida a más de 90.000 almas. En la excelente «Memoria des­criptiva• del citado ingeniero, relativa a la ciudad futura, pueden apreciarse estos datos referentes a los espacios abiertos con que contar~, además tle los existentes: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - 4 PASTO-PALACIO MUNICIPAL Plazas públicas y lugares abiertos pequenos 10 hectáreas. Un Stadium Municipal con 5 e Tres grandes parques con 36 e lo que da un total de 51 hectáreas de espacios libres, sin contar como tales las calles y avenidas. La ciudad de Pasto carece en la actualidad {1933) del ser­vicio de acueducto, si bien no confronta el problema de la esca­sez del a~ua, por tenerla ésta en abundancia. Se han iniciado ya los trabajos relativos a ese fin y es muy probable que para la celebración del cuarto centenario de la fundación de la ciudad de Pasto, que será el 8 de diciembre de 1936, se haya dado al aervicio público dicha obra. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -5- Cuenta el Municipio de Pasto-cuyo Presupuesto de 1933 alcanzó la suma de $ 76.364,85-con una excelente plaza de mer­cado, de moderna y sólida construcción de mampostería, conside­derada como una de las mejores de la República, edificada en una área de 7.365 metros 75 centímetros; un magnífico palacio municipal; un matadero público dotado de todos los servicios higiénico!; construcciones modernas de costo económico, destina­das a viviendas de obreros, y otros varios locales entre los cua­les deben citarse los que actualmente ocupa la Cárcel del Circui­to, contiguo al Palacio Departamental, y la casa de la Escuela de nif,os nú YJero primero. Se han levantado ya los planos para em­prender en la edificación del Instituto Pérez, destínado al servicio de la ensenanza primaria, con los bienes legados a este fin por el ciudadano doctor Joaquín María Pérez. Se proyecta también la construcción de un moderno teatro municipal y de otros edificios que vendrán a mejorat notablemente la nueva urbanización de la ciudad de Pasto. Merecen mencionarse también, entre Jos mejores edificios con que cuenta la ciudad, el Asilo de San Rafael, dirigido por los H. H. de San Juan de Dios, el cual está dotado de una excelente clínica para el servicio de enf~rmos alienados; el Hos­pital de San Pedro y el Orfelinato de niñas pobres; el Palacio Departamental; el edificio de la Diócesis que actualmente ocupan las oficinas de Correos y Telégrafos, en la Plaza del Centenario; el Colegio de San Francisco Javier; el magnífico edificio de la Universidad de Narifío; el cuartel militar, en los ejidos de la ciu­dad; el Teatro Imperial, de propiedad particular; los colegios de monjas franciscanas y bethlemítas, y otras numerosas residencias particulares, construidas de acuerdo con las exigencias de la mo­derna arquitectura. Entre las iglesias de la ciudad, se distinguen por la belleza y solidez de sus fábricas, la Catedral, el Templo de San Felipe Neri, la iglesia de Santiago y el nuevo templo de las Mercedes. Las iglesias de San Juan Bautista, San Agustín, San Sebastián, etc., son de vieja edificación colonial. Tienen su residencia en Pasto las altas autoridad es depar­tamentales y los funcionarios del Municipio capital. Funcionan también en ella un Tribunal Superior, un Tribunal de lo Conten­cioso Administrativo, tres juzgados del Circuito y dos Municipa­las, varias oficinas de Estadistica, la Administración de Hacienda Nar.ional, la Contraloria Secciona!, etc. etc. Dívisión eclesiástica La Diócesis de Pasto es sufragánea de la Arqnidiócesis de Popayán, de la que fue disgregada por Pío IX el 10 de abril Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -6- PASTO-CORREOS Y TELEGRAFOS Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -7- de 1859. El 23 de diciembre de 1904 se le separó la Prefectura Apostólica del Caquetá y el 7 de octubre de 1927, el Excelentisi­mo senor Nuncio de S. S. en Colombia, dictó el Decreto por el cual se puso en ejecución lo dispuesto por S. S. Pío XI en la bula de primero de mayo de ese ano, respecto a la erección de la Prefectura Apostólica de Tumaco. Tiene Pasto l!s siguitentes Parroquias: San Juan Bautista, San Agustín, San Se­bastián, Catambuco y La La¡una. Movimiento de poblacion La población del Municipio de Pasto en el ano de 1918 alcanzó a la cifra de 29.035 habitantes. En 1928, tal cifra se ele­vó a 43.162 habitantes, lo que dA un a u mento de 14.127 indivi­duos en el lapso de diez anos. Los datos estadísticos más aproximados ha¡ta el 31 de diciembre de 1932 registran una cifra de 46.877 habitantes, es decir, un aumento de 3.715 individuos en cuatro anos. La cifra anteriormente anotada, se subdivide así: Población urbana............... ........ 23.244 habitantes. « rural ············ ........ ........ 23.633 e Hombres......................................... 22.935 Mujeres . ................ ....... ........ ........ 23.94(2 Los matrimonios celebrados en el propio ano de 1932 fue­ron 257 (Coeficiente: 5,48); la mortalidad registró una cifra de 638 habitantes (Coeficiente: 13,61); y la natalidad, en dicho ano, alcanzó a 1.594 habitantes (Coeficieute: 34). El crecimiento ve&e­tativo fue de 956 habitante¡ (Coefidiente: 20,39). Produc~ión Agrícola Durante el ano de 1932, la producción agrícola del Muni­cipio de Pasto fue la siguiente: Artlculos: Cebada ............................ - . Trigo ................................. . Maíz .................................. . Habas .................... .............. . 1 Hectáreas cul­tivadas: Cantidad cose­chada en kilos: 313 ........ 473.688 6.366 ........ 4 ' 934.365 7.690 ........ 7 ' 652.092 85 48.250 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PASTO-UNO DE LOS FRENTES DE LA UNlVERSIDAD DE NARIÑO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - 9 Articulas: Alverjas, fríjoles, lantejas. Papas .. .... . ....................... . Zanahori a s , y ucas ............ . Plátanos ................... .......... . Café ................................. . Hectáreas cul­tivadas: 135 8.214 348 141 34 Produccion industrial Cantidad cose­chada en kilos: 40.062 7'105.470 276.838 352.938 11.280 En la actualidad, la ciudad de Pasto es un centro que puede clasificarse como meramente residencial, pues no cuenta con fábricas ni indu tdas de va stas proporciones que hagan de ella una ciudad industri a l; no obstante, es el principal centro de producción industrial de Nariño que con el tiempo, gracias a las víaf- de e municación que se han iniciado ya, llegará a ser uno de los entras indu ~ trial s má importantes del oaís, pues Pasto, por · u situación top ográfica y climatérica, su vecindad con la República del Ecuador, su conexión con el Pacífico por medio del Ferocarril de Nariño y su futuro acercamiento a la gran arte­ria fluvial del Amazonas, por medio de la~ vías orientales, harán de esta ciudad un núcleo importantísimo de actividades comer­ciales, industriales y manufactureras. Actualmente funcionan en la ciudad de Pasto nueve molin s para la producción de harina de trigo; tres plantas eléctricas; tres fábrica" de cigarrillos con maquinarias modernas; una fábrica de hielo; dos trilladoras para café; 35 establecimientos para la producción de ladrillos y otros materiales de ti¡rra cocida; tres aserríos movidos por fuerza hi­dráulica; una fábrica de jabón; una fábri ca d. espermas; veinte fábricas de vela ; cincuenta panaderías; una fábrica de licores e~­peciates; dos fábricas de cerveza y dos de aguas gas osas. Exis­ten, además, los siguientes talleres, en varios de los cuales se e m ~lean maquinarias modernas: 18 para la elaboración de artícu­los de cuero preparado en el país; 50 de zapatería; 40 de sastre­ría; 60 de carpintería; tres ebanisterías; uno de tapicería; dos de fundición de cobre; 16 de platería y 25 tenerías. Se han inicia­do ya los trabajos de instalación de una fábrica de tejidos de la­na y de algodón que comenzará a funcionar dentro de poco tiem­po. La industria de transportes se halla también perfectamente organizada por varias Empresas particulares, contándose un total de 232 vehículos matriculados en l~ Oficina de la In~pección de Tránsito. A poca distancia de la ciudad d~ Pasto, en el Corre­gimiento de Chachagüí, jurisdicción del Municipio Capital, se ha- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -10- lla establecida también una vasta industria para la fabricación de sacos de fique y otros objetos similares. El Barniz de P&ato Merec:e mencionarse en capitulo especial, por la circunstan­cia de ser única en el mundo, la llamada industria del barniz de Pasto, que se emplea en el decorado de toda clase de objetos, rivalizando con el trabajo similar de la China y de la laca japo­ne. za. El empleo de dicho barniz, cuya técnica se hace a base de masticación, empleando la saliva como disolvente químico exclusivo y talvez insustituible, data de muchos siglos atrás, pues se cree fue muy usado por los aborígenes que moraron en los términos dtl valle de Pasto y sus aledanos. El Padre Velasco en su ·Histor.ia del Reyno de Quito», describe el barni:r: de P2!sto de esta manera: « ........ Barniz. Se llama así por antonomasia un árbol bastante grande y su fruto, que es pequeno, poco más de un dedo, color pajizo. Su médula cristalina blanca, sin gusto ni olor alguno, es el barniz más exquisito y bello que produce la naturaleza. Se trabaja con él solamente en la Provincia de Pas­to, y por eso vulgarmente se llama barniz de Pasto, bien que la fruta se lleve desde la Provincia de Mocoa y Sucumbíos confi­nante. No se une con ningÚ'n espfritu ni óleo. Se masca el meollo de la fruta que es glutinoso y cuando está en proporcio­nada consistencia, se mezclan separadamente todos loi colores, claros, oscuros, medias sombras y medias aguas y se extienden en hojas grandes, mucho más sutiles que el papel más delgado de la China. Se hacen así mismo hojas de plata y oro batido con el barniz por ambas partes. Estas hojas las pican los oficiales diestros, en diversas figuras, tamanos y proporcioJles, que se co­locan en cajoncitos diversos y estando preparado, se pinta lo que se quiere sobre cosas ya hechas de madera o de calabazos a¡óJi­dos o de metales. Dan el campo de un solo color, y sobre él pintan con los diversos colores, el oro y la plata, árboles, flores, fruta!, animales y cuanto se quiere, colocando el barniz ya pica­do, sobre el cual echan el vaho para asentarlo con tal firmeza, que nunca se dana ni inmuta y resiste aún el agua caliente, con­s. ervando un bellísimo lustre. Se barnizan utensilios, cajas y cuanto se quiere. Algunas cosas de ~stas, llevadas a Europa, han sido estimadísimas, especialmente en Roma ........ & Muchos !abios viajeros, europeo¡ y americanos, han habla­do del barniz de Pasto, planta que no se había catalo¡ado, hasta hace pocos anos, en las nomenclaturas botánicas. Stubel, Reiss y Triana, entre otros, se ocuparon de ella. El eminente científico BoussingauJt, estudió la composición quimica de dicha planta Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - ll- OFICINAS DE LA FEDERACION NACIONAL DE CAFETEROS COMITE DEPATARMENTAL ALMACENES OE~ERALES D~ DEPOSITO dando de ella la siguiente relación: c •••••••• El barniz de Pasto ea sólido, pesa más que el agua, carece de olor y de ~abor y es bastante tenaz, por lo que no puede pulverizarse; su fractura ti vitrosa. Apenas se electriza frotándolo. ·A la temperatura de al­go más de lOO grados se vuelve elástico y salta como .el caucho lanzado sobre un cuerpo duro; mas al enfriarse nuevamente pier­de su elasticidad. Arde con llama fuliginosa, pero sin producir el humo abundante que despiden las resinas. El ácido aulfúrico lo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -12- disuelve sin alterarlo, y de esta solución ácida lo precipita el agua. Es insoluble en la esencia de trementina, auo cuando se vierta a la temperatura de su ebullición. Si se calienta con aceite común se ablanda y adquiere elasticidad, pero no se disuelve. El éter sulfúrico priva al barniz de una pequena cantidad de resina y lo hincha manifestando los fenómenos que exp~rimenta el caucho que se pone a digerir en el petróleo. El ale hol priva iiualmen­te al barniz de la materia resinosa verde y le comunica su color, pero no lo disuelve; así es que lavando muchas veces con el alcohol hirviendo el barniz pulverizado previamente, se consigue pulverizarlo completamente. Entonces se manifiesta bajo la forma de una especie de gelana de color blanco, no muy limpio, deján­dolo después enfriar puede pulverizárselo con facilidad. Su color así seco es verde claro. Esta sustancia privada de esta manera con el alcohol de casi toda la resina verde que le da color, es lo que considero el barniz de Pasto en toda su pureza. «Sus propiedades son las siguientes: es insoluble en el alcohol, en el éter, en la esencia de trementina y en los aceites comunes. Aunque el éter no lo disuelve, lo hace aumentar de volumen. Es duro y quebradizo cuando está frío, pero se ablan­da y se hace elástico desde la temperatura de 100 grados. La potaza cáustica Jo modifica. «Analizado el barniz de Pasto por medio del óxido de co­bre dió los resultados siguientes: Carbono........................................ 0,714 Hidrógeno................................... 0,096 Oxígeno........................................ O, 190• En varias expostctones europeas y americanas, los objetos decorados con el barniz de Pasto han llamado extraordinariamen­te la atención, llegando a considerarse en el Extranjero, dichas manufactura·, como artículos de verdadero lujo, más apreciados, como queda dicho. qu.e los similares que se elaboran e11 el japón y en la China. Industria pecuaria La industria pecuaria es una de las más desarrolladas en el Municipio de Pasto y de las que presentan el más halagüefío porvenir, por la excelencia de los pastos naturales y la benigni­dad del clima. Con rel4ción a esta industria, los datos estadísti­~ os a 1932 arr jan las siguientes cifras: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PASTO-PLAZA DE MERCADO. Exterior. Existencia de ganado vacuno .................... 13.896 ejemplares « caballos ............................... 1.903 « (( mulas .................................... 684 « « asnos ..................................... 21 « e ovejas .................................. 1.127 « « cabras ................................... 69 « (( marranos .................... o .......... 2.403 (( Número de hectáreas ocupadas por el ¡anado may@r.... 9.330 « « « « « m en or ...• 809 Comercio La ciudad de Pasto cuenta con numerosas casas comercia .. les nacionales y extranjeras que verifican constantemente el comer­cio de importación y exportación de mercaderías por los puertos de Tumaco, en el Pacífico, y di lpiales, en la frontera ecuatoriana. Los principales articulos de exportación son: sombre-ros de paja toquilla, oro, pieles, café, sacos de fique, caucho, ta- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. i4- baco, cera de laurel, sillas de montar, etc. Se importan paftos de toda clase, artículos de ferreterla, vinos, perfumes, papelería y artículos de lujo. El comercio de importación se realiza prefe­rentem~ nte con los Estados Unidos y Europa. Con los Departamentos del Norte de Colombia, especial­mente con el Cauca y el Valle, Pasto mantiene un intercambio comercial constante, exportan o gran cantidad de productos agrf­celas y manufareros. Para el desarrollo e incremento del comercio y de las in­dustrias departamentales funcionan en Pasto la Cámara de Co­mercio, la Sociedad de Agricultores y el Comité de Cafeteros. También ie han es·ablecido sucursales del Banco de la República, del Banco de Colombia, del Banco Agrlco!a Hipotecario y de la Caja d• Crédito Aarario. • Funcionan en Pasto loi siguientes consulados y viceconsu-lados: de la Gran Bretana, de Espana, de Chile, de Pana­má y tle Bolivia. PASTO-PLAZA DE MERCADO. Interior. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - 15- PASTO - COLEGIO DE SAN FRANCISCO JAFlE \'íot~ de comunicación La ciudrd de Pasto está comunicada por el norte con una buena carretera, a la ciudnd lk Popayán; por el sur se coni:xto­na con la frontera ecuateriana, pasando por Catambuco, Tangua, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -mt6- lmués, Santa Ana, Túquerres e Ipiales. A 15 kilómetros de Tú ... querres se extiende un ramal al occidente, pasando por el Espino, Piedrancha, Ricaurte, Altaquer, Diviso, A&uaclara, etc., que empalma con la vía ferroviaria de Tumaco. La carretera de oc­cidente comunica la ciudad de Pasto con las importantes pobla­ciones de El Tambo, Consacá, Sandoná y otras. Está para ter­minarse la carretera a Chachagüí, asi como también la vía auto­moviliaria que pondrá en comunicación la capital de Nariño con el hermoso lago Ouamt~és. Instruccion Pública Para la educación secundaria y profesional cuenta Pasto con varios institutos docentes, regentados aquéllos por comunida­des religiosas, y éstos por profesionales se¡:lares. Merecen citar­se: la Universid c; de Narino, instituto cultural de primer orden, que ha rtcibid ü xtr ordinario incremento bajo la dirección del Rector doctor J. C. Moncayo Candia. La Universidad cuenta con tres facultades superiores, donde se estudia Derecho y Cien­cias Políticas, Ciencias Económicas y Sociales y Matemáticas e ln­geníeJía; tiene también dos órganos de publicidad: «Universidad• y «Anales de la Universidad de Narifio•. Son muy notables tam­bién los Colegios de San Francisco Javier y de San Felipe Neri para Ja ensefianza secundaria. Estos y el Colegio de Maristas fun­cionan en elegantes edificios construidos de acuerdo tn un todo con las exigencias de los modernos adelantos pedagógicos y to­dos poseeR excelentes bibliotecas y adecuados campos de deportes. Para la educación de senoritas dispone la Capital de Nari­no de dos colegios notables: el de La Merced, dirigido por Mon­jas Franciscanas y el del Corazón de jesús, regentado por Madres Bethlemitas. Aquella comunidad dirige así mismo una escuela de bordados J labores manuales. Deben mencionarse también la Escuela de Artes y Ofi "ios, regentada por un ingeniero técnico en asocio de una junta Administradora del Plantel y las escuelas de ense.nanza primaria para ninos y nifias, las cuales están distri­buidas así: Escuelas públicas de varones.................. ........ 4 e e mujeres........................... 5 Escuelas rurales de cada sexo......................... 3 e e alternadas.......................... 15 Funciona en la ciudad de Pasto un Centro de Historia, en­tidad oficial correspondiente de la Academia Colombiana de Ja Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - -:- -,~ ... ~.~ .- . , ~ .. . ~ . .~ .. " .. -.,. ..... , ""f -. .._ - - - . . Vista , . panopsrnlea de Ja eiudad de Pasto. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Historia, fundado el 14 de diciembre de 1910, con autorización de la Academia Nacional, por el doctor Fortunato Pereira Gamba. fl Centro de Historia de Pasto cuenta en la actualidad con doce miembros de número y varios correspondientes y honorarios, y se rige por un reglamento análogo al de la Academia de Bogotá. Dispone de un local propio, para las sesiones ordinarias, en el Palacio de Gobierno Departamental, y tiene bajo su dirección la Biblioteca del Centenario. Hospitales, Asilos y casas de beneficencia publica Para atender a la beneficencia pública cuenta Pasto con ::!os hospitales: el de San Pedro y el Asilo--Hospital de San Rafael, di­ri& ido éste por Hermanos Hospitalarios de San Juan de Dios, y donde se asilan enfermos alíenados. Ambos institutos cuentan con rentas propias y reciben auxilios nacionales, departamentales y municipales. Hay también un asilo para ancianos indigentes denominado de San Joaquín y Santa Ana, un Dispensario Munici­pal y un orfelinato para nifias llamado de San José. La Institu­ción de la Cruz Roja mantiene la c•sa de la Gota de Leche, don­de se suministran gratuitamente todos Jos dfas alimentos, medici­nas y servicios médicos para los niftos pobres. El Hospital San Pedro sirve también diariamente la Sopa de San Vicente. Imprentas y publicaciones periódicas En la ciudad de Pasto funcionan varias Í'llprentas modernas donde se editan periódicos y revistas de diversa índole. Merecen citars·e entre las primeras, la imprenta Departameatal, que posee anexo un magnífico taller de fotograbado y tricomía; la Editorial de Díaz del Castillo y Cía.; la de El Derecho, la de Renací miento, la imprenta Ramirez, la Minerva Naritiesa y otra' similares. Se editan varias revistas, a saber: «Ilustración Narifíense•, «Univer­sidad•, «Anales de la Universidad de Narino», «Anal as del Con­cejo Municipal:., etc., etc. El «Boletín de Estudios Históricos», fundado en 1927 por los doctores Leopoldo López Alvarez y Ser­¡ io Elias Ortiz, es qt~izá la más importante y seria de las publica­ciones periódicas que aparecen en Pasto. Lleva ya ~ volúmenes dicha publicación y ha sido muy elo¡iada por notables hombres de estudio y diversas Corporaciones de Colombia y del Extranjero. Se publican también los siguientes interdiarios: «El Derecho .. , •Renacimiento•, •El Radio•, •Democracia•, y otros. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - 18- PASTO-CUARTEL DEL REGlMIENTO BOYACA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -19- Asociaciones de industriales y obreros Como centros de cultura social merecen citarse también las importantes asociacion~s de industriales y obreros que funcionan en Pasto, denominadas: «Sociedad Antonio Ricaurte» y «Unión Popular Católica». Hoteles, Pensiones, CafE~s Cuenta Pa~to con varios hoteles, dotados algunos de ellos con todos los elementos de lujo y comodidad. Merecen citarse, en­tre otros, el Hotel Niza, el Central, el Versalles, el Imperial, el Antioquia, el Atriz. Entre los diversos afés, La Parisiense, el Te­quendama, el Leticia, e t Royal, La Ondina, La Rambla, El Leteo, etc. Hay siete casas posadas, cinco pensiones y varios restaurantes. Curiosidade& naturales Al occidente de la ciudad de Pasto y a siete kilómetros de distancia se encuentra la gran mole cónica del volcán Galeras, a 4.100 metros de elevación sobre el nivel del mar. Este volcán lo encontraron Jos espanoles en plena actividad, según el testimonio del cronista Cieza de León, quien cuenta que Jos naturales . de la Provincia de Jos Pastos narraban tradici.ones acerca de las catástrofes producida~ en tiempos remotos por las erupciones de dicho volcán. El 13 de diciembre de 1580, el 4 d~ julio de 1516, en 1727 y en 1823 se verificaron explosiones volcánicas de gran magnitud. De~pués de treinta años de reposo, volvió el volc~n a entrar en mayor actividad desde la erupción de 14 de diciembre de 1924, ~iendo de mencionarse la producida el 1 O de octubre de 1932, que destruyó el puente de mampostería del río Azufral con una avenida de lava, y la acaecida ~1 27 de octubre de 1933, que arrojó enormea cantidades de ceniza y piedra volcánica en for­ma nunca vista. Al Oriente de Pasto, a 20 kifómetros de distancia, se en­cuentra el hermoso lago Ouamués que los espanoles denominaron mar dulce y loa indios «La Cocha•, de gran extensión y profundi­dad. Las aiuas del lago Ouamués son frigidísimas, hasta tal pun­to que han fracasado varios ensayos hechos para la aclimatación del peicado. A inmediaciones del lago, en los bosques casi vírgenes de la exten~a región aledafia, se crían patos, pavas y otras aves acuáticas. Hay una hermosa isleta, ((La Corota•, donde se han levantado una capilla y varias viviendas particulares, y a va­rios kilómetros de distancia, otra isla denominada •Isla Larga• . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -20- PASTO-COLEGIO DE LOS HERMANOS MARISTAS El lago Guamués recibe como caudal principal las aguas del En­cano y en la de~embocadura forma wn río, el Guamués, tributa­río del Putumayo. Historia Al decir del erudito cronista Pedro de Cieza de León ~n su «Crónica del Perú», la región que actualmente ocupa la capital de · Nariño estaba poblada por la raza indígena de los pastos, vecinos de los quillasingas, con quienes se los confunde a menudo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -21- Es célebre la divergencia de opinión de los más renombra­dos historiadores en lo que se relaciona con el nombre del funda­dor y época de la fundación de Pasto. La tradición clásica, que sigue a Cieza de León, aseEura, se­gún el cronista, que «La villa viciosa de Pasto fundó y pobló el capitán Lorenzo de Aldana en nombre de su majestad, siendo el adelantado don Francisco Pizarro su gobernador y capitán gene­ral de todas estas provincias y reinos del Perú, ano del Senor 1539 años». Atribúyese también la fundación de Pasto al Adelantado Se­bastián de Benal áz1r, ·ornando corno apoyo para esta afirmación la autoridad de Joan de CasteJlr¡nos, quien asi lo asegura en su cele­brada «Histori.:t rlel Nuevo Reyno de Granada~; pero algunos, en­tre ellos el historiador José Rafael Sañudn. siguiendo a don Jaime Arroyo, sostienen Ir~ tesis de que el verdadero fundador de Pasto fue P\.?rlro de Pu ·lles. Lai recientes y muy 1-rlhorio as investigaciones realizadas en los archivos hic:;tnriflles rle Quito por el erudito hisinriador doctor Alfonso ferve". h1cen ver. sin embargo. que todas las tesis enume­radas arriba adolecen de error. pues tan dic:;tinguido historiógrafo ha logrado encontrar en las actas edilicias de la Villa de San Fran­cisco de Quito («Libro Verde»), que ya aparece como fundada la Villaviciosa de la Concepción de Pasto en los primeros meses de 1537, y, según las actas de julio del propio ano, Sebastián de Be­nalcázar da aviso al Cabildo de Quito d~ tal fundación. Parece, pues, lo más cierto que la fundación de Pasto tuvo lugar el 8 de di­ciembre de 1536 por el propio don Sebastián de Benalcázar. Para los últimos anos del Siglo XVI, la dudad de San Juan de Pasto, como se llamó luego, era ya una importante población que contaba al rededor de ocho mil indios nativos, tres monasterios, de San Francisco, de Santo Domin~o y de la Merced, y once misio­nero5. Al decir de Fray Jerónimo de Escobar en su i(Descripción de la Provincia de Popayán», el pueblo de Pasto era-para ese tiempo-el mejor y el mayor de toda e a gobernación. Durante to­do el ,eríodo colonial, fue el centro comercial más importante de las comarcas situadas entre Quito y Popayán, importancia que ha conservado hasta hoy. Proclamada la independencia de la Nueva Granada en 1810, desgraciadas circunstancias hicieron que los habitantes de Pasto se convirtieran en los más entusiastas y leales sostenedores de la mo­narquía española. A este propósito dice un eminente historiador: «El realismo de los pastusos fue un hecho, pero un hecho rodeado de sombras, un hecho motivado de felonías, por crueldades, por injusticias que se consumaron en los moradores de esa ciudad vale­rosa cuanto desgraciada: crueldades, injusticias y felonías que si se narraran con la imparcialidad debida, proyectarían alguna sombra Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -22- o ti) ..;( ~ .....l
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 161

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Buena Lectura

Por: Henrique; Mejía O. Gaviria I. |

“Buena Lectura” fue una publicación que circuló en Medellín durante el periodo 1910-1911. Desde una perspectiva literaria, se interesó en la promoción de las producciones inéditas y el fortalecimiento de la cultura de la región. Sumado a esto, la revista tuvo una fuerte inclinación hacía el campo benéfico, puesto que mediante su fundación se pretendía colaborar con la manutención de entre 25 a 30 niñas educadas en las labores de imprenta en la Sociedad de San Vicente de Paul. Según la presentación del periódico, a pesar que esta labor se había visto impulsada por la Sociedad, se veía afectada por la falta de continuidad en el funcionamiento de los talleres de imprenta. Inicialmente la dirección de la revista estuvo a cargo de H. Gaviria I., pero en el número 22 se informaba que las riendas de la publicación serían asumidas por Ramón Mejía O., porqué Gaviria había asumido la presidencia de la Sociedad de San Vicente de Paul. Luego de que Mejía se posicionara como director de la revista, hizo extensiva una invitación a la Academia de Historia de Antioquia para hacer uso de las páginas de la publicación y fortalecer su contenido. Durante la edición de “Buena Lectura” fue frecuente la reproducción de novelas, textos y ensayos por entregas. Un ejemplo sería “El Azote de Bogotá” de José Manuel Marroquín.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Comprender la interseccionalidad: Barreras de acceso a derechos de las mujeres en sus diferencias y diversidades en la ciudad de Bogotá

Por: Observatorio de Mujeres y Equidad de Género | Fecha: 2024

El Observatorio de Mujeres y Equidad de Género de Bogotá – OMEG, adelantó un proceso de investigación cuyo objetivo fue caracterizar a las mujeres que habitan en Bogotá según sus diferencias y diversidades, esto partiendo de información primaria y secundaria. Asimismo, a partir de los datos recolectados, buscó la identificación de las situaciones que impiden que las mujeres puedan gozar efectivamente de sus derechos, ampliando los análisis y comprensiones desde las múltiples discriminaciones a las que se ven enfrentadas.
Fuente: Observatorio de Mujeres y Equidad de Género Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Análisis espacial de la violencia contra la mujer en contexto de pandemia en Bogotá

Por: Observatorio de Mujeres y Equidad de Género | Fecha: 2021

La emergencia sanitaria ha despertado la preocupación de la ciudadanía por un posible aumento en la violencia hacia la mujer. Esto se debe a que algunos de los cambios en las rutinas de los ciudadanos podrían incrementar la vulnerabilidad de las mujeres. En este sentido, el tiempo que comparten las posibles víctimas y los posibles victimarios(as) aumentó. Igualmente, existe la posibilidad de que factores detonantes de violencia contra las mujeres por parte de familiares o parejas sentimentales hayan aumentado. Como se verá en detalle en la siguiente sección del documento, la imposición de medidas de confinamiento obligatorio con el fin de combatir la propagación del virus en Colombia y alrededor del mundo podrían generar efectos psicológicos negativos en las personas.
Fuente: Observatorio de Mujeres y Equidad de Género Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Boletín de Estudios Históricos - N. 51

Por: | Fecha: 12/02/1933

Contiene: “La muerte de Sucre” de Eduardo Posada; “Carta importante y curiosa escrita en Pasto en 1546 por el Obispo Fray Martín de Calatayud, Obispo de Santa Marta”; “Imprenta y Bibliografía del Sur de Colombia”, Sergio Elías Ortiz; “Descubrimiento del Nuevo Reino de Granada (fragmento)”; “Anales de la ciudad de Pasto” de Sergio Elías Ortiz; “Nueva contribución al clero de Pasto” de J. C. Mejía Mejía; “antiguallas históricas” de Sergio Elías Ortiz, entre otros.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Boletín de Estudios Históricos - N. 61 y 62

Por: | Fecha: 12/09/1934

Contiene: “Etnografía y Filología suramericanas” de Fray Cayetano de Carrocera; “Los indios del Andaquí” de Fray Cayetano de Carrocera; “Diccionario indio” de Fray Cayetano de Carrocera; “Epistolario del doctor Mariano Ospina”; “Bibliografía” de Fray Cayetano de Carrocera, Alejandro Ortiz López y Sergio Elías Ortiz; “En el centro de la historia”; “Necrología”, entre otros.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Boletín de Estudios Históricos - N. 66 y 67

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Boletín de Estudios Históricos - N. 41 y 42

Por: | Fecha: 12/03/1931

Contiene: “Honrosos conceptos” de Geraldo Arrubla y Max Grillo; “El Crimen de Berruecos” de Ignacio Rodríguez Guerrero; “La muerte de Sucre (continuación)” Eduardo Posada; “Nuestro Señora de la Merced, la Peregrina de Quito” de J. J. Mejía Mejía; “Última visita del Libertador a Pasto” de Sergio Elías Ortiz; “Bibliografía” de Gustavo Arboleda; “Notas” de I. Rodríguez Guerrero; “Exposición de antigüedades. Bibliografía”; “Biografía del Padre Domingo Belisario Gómez” de J.A. Bolaños, entre otros.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Boletín de Estudios Históricos - N. 47

Por: | Fecha: 12/05/1932

Contiene: “Resolución número… de la Asamblea de Nariño”; “El Clero de Pasto y la insurrección del 28 de octubre de 1822” de J. C. Mejía Mejía; “Documentos de la Guerra de la Independencia” de Leopoldo López Álvarez; “Modesto Santander H.” de Sergio Elías Ortiz; “Acuerdo número 10”; “Anales de la ciudad de Pasto, siglo XIX” de Sergio Elías Ortiz, entre otros.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Boletín de Estudios Históricos - N. 47

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