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La acción de tutela vs erario público

Por: Helver Mora Montoya | Fecha: 20/04/2021

La acción de tutela Vs erario público, es un artículo de naturaleza jurídica encaminado a exponer una problemática, presentada dentro de algunos casos del Distrito Capital, con ocasión a la concesión de condenas pecuniarias, realizadas por algunos despachos judiciales cuando ejercen funciones constitucionales. Acá no se debatirá el hecho de si se puede o no, pues para nadie es un secreto que debido a situaciones especiales, particulares y concretas, merecen una protección especial; sin embargo, el reconocimiento pecuniario, por este medio, ágil, informal y expedito, conlleva a que de cierta manera se desplacen las competencias propias de los jueces naturales, comprometiendo en cierta medida recursos públicos importantes, con asignación definida, en casos donde la Secretaria Jurídica Distrital por intermedio de la Dirección de Gestión Judicial, ha participado. Procesos donde en primera instancia fueron otorgados los derechos y en segunda, revocados de manera parcial, integral o total; sin embargo, por concederse en efectos devolutivos el cumplimiento es inmediato, generando un impacto frente a los recursos públicos con los cuales se debe contar para pagar, pues perseguir la devolución del dinero pagado requiere de una actividad extra de la administración distrital, como es la interposición de demandas, congestionando aún más el aparato judicial. Ahora bien, todo podría solucionarse aplicando el principio de integración normativa, (marco legal de la acción de tutela y el Código General del Proceso), pues estaría cobijado dentro de un marco de interpretación armónico y constitucional, pues lo más importante es garantizar al debido proceso para las partes dentro del trámite, y el principio de doble conformidad lo garantiza.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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La acción de tutela vs erario público

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El procedimiento administrativo (contravencional-sancionatorio) de la imposición de foto multas de la Secretaria de Transito de Bogotá

Por: Edgar Fabián Garzón Buenaventura | Fecha: 20/04/2021

El presente trabajo presenta una descripción analítica de la teoría del acto administrativo y su importancia en la ejecución de políticas públicas relacionadas con las infracciones de tránsito, específicamente, aquellas infracciones que son determinadas por elementos electrónicos, como las foto-multas. La jurisprudencia constitucional ha determinado que el tema subyace de la responsabilidad solidaria, toda vez que resulta en un inequívoco de orden legal y constitucional, endilgar infracciones de tránsito al propietario de un vehículo cuando se desconoce si este era quien lo manipulaba. Lo anterior, resulta del análisis de la Corte Constitucional (C.C) colombiana, C-038 de 2020, que sustenta la no existencia de responsabilidad solidaria cuando una foto-multa impone una sanción de tránsito, exigiendo individualizar al infractor. Este hecho pone de presente el cuestionamiento de cuáles han sido los aportes de la jurisprudencia de la C.C en los actos administrativos sancionatorios de tránsito. Se aborda entonces que el tribunal constitucional colombiano ha mantenido un desarrollo jurisprudencial en la materia y que su incidencia pone de manifiesto la configuración de políticas públicas distritales distintas a las emitidas por una administración.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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La academia y la función gubernamental en el Distrito

Por: Diego David Barragan Ferro | Fecha: 20/04/2021

Una de las características más importantes del ser humano es la curiosidad. Esta, lo ha motivado para que reflexioné sobre su vida, sus relaciones humanas, la naturaleza y sobre la sociedad. Las reflexiones a su vez derivan en conceptos, teorías y a gran escala en paradigmas que permiten explicar el mundo, no solo con la intención de comprenderlo sino con la finalidad de transformarlo. Existe entonces; una relación intelectual del ser humano con su entorno, lo cual lo posiciona como un protagonista de su propio desarrollo y eventual evolución. De esa forma, el ser humano es lo que estudia. Por lo que se establece la imperativa necesidad de dedicarse a estudiar, así es que, por ejemplo; el médico estudia el cuerpo humano, el biólogo su naturaleza, el psicólogo su comportamiento y el sociólogo su comportamiento en sociedad, etc. En esa lógica, quienes desempeñan funciones públicas deben estudiar a profundidad lo relativo al Estado y a las relaciones que se materializan día a día con y frente a los ciudadanos. Es tarea esencial, no solo de los funcionarios sino inclusive de los ciudadanos, poder comprender el Estado como ese gran paradigma de la sociedad contemporánea y que requiere de toda una macro estructura para su funcionamiento y que para tal fin se especializó y se organizó en entidades territoriales.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Investigación formativa como instrumento del cambio social

Por: Maria Paula Garcia Garcia | Fecha: 20/04/2021

En vista de la situación que actualmente se presenta a nivel mundial, donde se ha observado a la humanidad sumida dentro de una realidad, en la cual hasta el momento sólo había siquiera imaginado o pensado. Significando en este nuevo escenario, la generación de considerables trasformaciones circunstanciales como lo es en el común obrar social y en cada uno de los aspectos propios de la existencia humana, siendo de tal su impacto que origino una variación en el nivel de prelación e importancia de los temas que deben abarcarse en la agenda mundial. Consiguiendo que aquellas cuestiones que fueron dejadas de lado hace algún tiempo, adquieran nuevamente la relevancia que nunca debieron haber perdido, como lo es la investigación, pues es una de las rutas y caminos de esperanza que tiene la sociedad para encontrar esa tan anhelada variación que le devuelva la realidad perdida.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Reflexiones liminares sobre el principio de autonomía territorial y su optimización a través de la competencia de rigor subsidiario atribuida al Concejo de Bogotá en materia de protección del medio ambiente

Por: Iván David Márquez Castelblanco | Fecha: 20/04/2021

El presente escrito tiene como finalidad visualizar la importancia que conlleva dentro del marco de la administración pública del Estado colombiano el principio de autonomía territorial focalizando su aplicación en el interior del distrito Capital, para establecer la salvaguarda y debida protección no soló a los derechos fundamentales de los habitantes que se encuentran dentro de la ciudad, sino la protección que debe darse por parte de las entidades estatales al medio ambiente.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Reflexiones liminares sobre el principio de autonomía territorial y su optimización a través de la competencia de rigor subsidiario atribuida al Concejo de Bogotá en materia de protección del medio ambiente

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Por una verdadera Bogotá, propuesta de Bogotá como Distrito Federal

Por: Gabriela González Niño | Fecha: 20/08/2021

Bogotá, es la capital colombiana desde 1550, es la ciudad más grande del país, con una extensión poblacional de más de siete millones de habitantes, además de ser el centro económico y administrativo del Estado colombiano. Es por esto, que no tiene un tratamiento similar a ninguna de las otras ciudades o municipios del país, por el contrario, su trato se asemeja más a un departamento. Tanta es la distinción, que trasciende de las disposiciones legales a nivel constitucional y jurisprudencial. Pese a que existe un gran número de pronunciamientos de todo tipo frente al tema, no hay una definición clara de cuál es el papel jurídico- administrativo de la ciudad de Bogotá. En otras palabras, la falta de ubicación orgánica de Bogotá dentro de la estructura del Estado colombiano se da por diferentes problemas que impiden el correcto desempeño de la ciudad en el cumplimiento de sus funciones. A causa de estas problemáticas, el presente texto trae inmersa una propuesta que versa sobre una solución real y efectiva a dicha cuestión, determinando la calidad de la ciudad de Bogotá como un distrito Federal, diferente y único a cualquier otro ente territorial del país.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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La importancia de la academia en el quehacer de la administración pública (Entrevista)

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Las veedurías ciudadanas como una expresión de la democracia participativa

Por: Jaime Alfonso Cubides Cárdenas | Fecha: 20/08/2021

El objeto del presente artículo  consiste en analizar la forma en la cual las veedurías ciudadanas (en adelante VC), materializan el principio de democracia participativa como una forma de intervenir dentro de la toma de decisiones en el Estado, como tambien, la proteccion de los derechos humanos. De este modo, se centra el desarrollo de este artículo en los siguientes ejes: por una parte el contenido de la democracia participativa dentro del Estado Social de Derecho, la VC como un instrumento de esta participación, y por último, la forma en como esta VC incide en la toma de decisiones y el amparo de derechos humanos. Lo que permite colegir la importancia de esta figura jurídica en la actualidad como escenario en el que los ciudadanos pueden ejercer una mayor intervención en los asuntos del poder público especialmente en relacion al bien común y el interés general.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Las veedurías ciudadanas como una expresión de la democracia participativa

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Los principios de descentralización y autonomía administrativa en las entidades territoriales en Colombia.Sobre el equilibrio de poder entre entidades territoriales como Bogotá y el Estado Colombiano

Por: Geovanni Contreras Illera | Fecha: 20/08/2021

Entrada en vigencia la nueva Constitución Política de Colombia de 1991 empezamos a escuchar unos nuevos términos y maneras de abordar y comprender la admiración publica, sobre todo en las entidades territoriales en Colombia, y en este caso hablaremosdel desarrollo constitucional que han tenido el principio de descentralización y autonomía que vinieron a ser reconocidos en la carta de 1991.En desarrollo de estos principios reconoció derechos particulares, entre ellos el gobierno propio, el ejercicio de competencias y facultades exclusivas, la capacidad de administrar recursos y de participar en las rentas nacionales, bajo su propia responsabilidad. A partir del estudio de esos principios se pudo establecer que las entidades territoriales gozan de autonomía (a veces amenazada), la suficiente para poder decidir sobre sus necesidades y sobre las estrategias de respuesta, lo que sin duda representa un avance importante. Sin embargo, su actividad debe ser conforme con las normas nacionales, pues solo así se logra conciliar el Estado Unitario con las regiones, sin caer en el centralismo o en una excesiva libertad.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Los principios de descentralización y autonomía administrativa en las entidades territoriales en Colombia.Sobre el equilibrio de poder entre entidades territoriales como Bogotá y el Estado Colombiano

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¿Son las tecnologías digitales el mejor recurso para controlar el contagio del COVID-19? El reto de la protección de los datos personales

Por: Lina Paola Velásquez Veloza | Fecha: 20/12/2021

La humanidad se ha enfrentado a pandemias durante toda la historia y ha estado inmersa a buscar soluciones alternativas para contrarrestar los contagios y combatirla a través de la ciencia. La diferencia de este episodio con las demás pandemias es que contamos con tecnología avanzada y soluciones más rápidas. De las herramientas nuevas a las que acudió la humanidad en este siglo ha sido el uso de las tecnologías digitales que permite el acceso a la información de cada ciudadano, con el propósito de rastrear e identificar el contagio en situaciones específicas como en lugares y contactos con personas que hayan sido contagiadas o que están en riesgo de contagiarse.Sin embargo, la desesperación por mantener el control de contagios de Covid-19 permitió un fácil acceso a la privacidad e intimidad de las personas sin su consentimiento, dejando de lado la protección de los derechos fundamentales en materia de datos personales y la normatividad nacional e internacional que desarrolla las obligaciones de los Estados con dicha protección.
Fuente: Revista Doctrina Distrital Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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¿Son las tecnologías digitales el mejor recurso para controlar el contagio del COVID-19? El reto de la protección de los datos personales

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