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Boletín del Censo

Por: Luis Perdomo Torres | Fecha: 30/06/1929

El “Boletín del Censo” fue una publicación que circuló en Pasto durante 1929. El título era el órgano oficial de la Junta Departamental y era dirigido por el Inspector Departamental (Luis Perdomo Torres) y administrado por el secretario de dicha institución (César Benavides G.). El “Boletín” fue el órgano rector, encargado de la difusión de las “Disposiciones legales e instrucciones para el levantamiento del Censo de 1928” y de su aplicación en todos los municipios del Departamento de Nariño. El Censo registró un total de 70.769 casas y 141.313 habitaciones en el Departamento, puestos a disposición de la Junta del Censo, integrada por: Demetrio Guerrero, José Rafael Zarama, Elías Chaves M. y José Ignacio Zarama, para su revisión y aprobación.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Boletín del Censo

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El Hacendado Colombiano: gaceta bimensual para ganadería y agricultura

Por: | Fecha: 1931

“El Hacendado Colombiano: gaceta bimensual para ganadería y agricultura” fue una publicación que circuló en Bogotá durante la década de 1930. En 1931 se anunció que su distribución era gratuita y que su objetivo era promover el progreso de las industrias nacionales, particularmente las labores de hacendados y agricultores. Para tal fin, “El Hacendado” empleaba un lenguaje que “carece del tecnicismo usado en las grandes revistas” puesto que pretendía que su contenido fuera “leído y entendido por todos”. En el transcurso de su publicación el título cambió el complemento de su nombre por “revista ganadera y agrícola”. En el número 2 de septiembre de 1931, se reprodujeron noticias relacionadas con enfermedades del ganado, sobre la producción de leche y las enfermedades de la palma, por nombrar algunos ejemplos. En la última página del ejemplar se indica que este fue remitido a Antonio José Iregui.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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El Hacendado Colombiano: gaceta bimensual para ganadería y agricultura

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Boletín de la Caja Obrera de la Congregación de la Buena Muerte y de San José

Por: | Fecha: 1916

El “Boletín de la Caja Obrera de la Congregación de la Buena Muerte y de San José” fue una publicación que circuló durante 1916 en Pasto. El mencionado título se estableció como un órgano regulador de la actividad de la Caja Obrera, con el fin de procurar el bien material, pero especialmente “el bien intelectual y moral” de sus participantes. Según se indica en la presentación del título, elaborada por el padre Luis Garrote, se fundaba una “hojita que anuncie los negocios de la Caja durante el mes y los avisos necesarios para la marcha regular de la Caja Obrera”. En el número 1 del “Boletín” se reprodujeron: el “Inventario número 2 de la Caja Obrera de la Congregación de la Buena Muerte y de San José, en 30 de junio de 1916” y el “Estado comprensivo de enero 1º a junio 30 de 1916”. La presidencia de la Caja Obrera fue asumida por Gustavo G. Guerrero y la parte contable por Sergio Paz.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas
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Boletín de la Caja Obrera de la Congregación de la Buena Muerte y de San José

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Anales de Jurisprudencia: órgano de la Sociedad Colombiana de Jurisprudencia

Por: Miguel S. Uribe Holguín | Fecha: 02/05/1941

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA Asamblea Departamental Director: RAMIRO RODRIGUEZ P. IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 BarranquilIa, 2 de Mayo de 1941 I Número 5 DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice-Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario: Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: N éstor Carlos Consuegra tJosé Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aquileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J. Cervera ACT A NUl\1ERO 8 (V z'ene del número 4, página 20) XIII Se abrió el primer debate al Proyecto de Or­denanza «Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público». Cerrada la discusión fue aprobado, y pasó en comisión para su estudio e in­forme a los honorables diputados Salazar, Manotas Pablo Emilio y Pino José D., con cinco días de tér­mino. XIV El honorable diputado Carbonell Alfredo, an­tes de cerrar la discusión de este proyecto hizo uso de la palabra. para manifestar que aprovechaba este morr.ento para presentar su palabra de inconformi­dad ante la mayoría de la Corporación por la nega­ti va impartida a la moción que antes había presen­tado. Se extendió en varias consideraciones sobre la política de justicia sindical seguida por el Go­bierno del doctor Eduardo Santos e hizo historia de la política del Paí~. XV En uso de la palabra el H.D. Consuegra Néstor Carlos, sentó la siguiente proposición: . ClLa Asamblea Departamental del Atlántico, de auténtica mayoría liberal, declara una vez más, que las administraciones liberales de 1930 hasta nues­tros días, se merecen el más franco y decidido a­poyo, como viva demostración de una interpreta­ción cabal de postulados ideológicos que sus­tentan al actual gobierno. Transcríbase al señor Presidente de la República, a todos los Gobernado-res y a las Asambleas del País, publíquese por car­teles murales y en los periódicos de la ciudad». Esta moción está suscrita por los diez (10) miembros liberales de la mayoría de la Corporación. Cerrada la discusión, es aprobada. XVI En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, presentó la sigui~nte proposi­ción: «Señálese el miércoles próximo pa ra la elec­ción de Inspector Fiscal de Estadística Departa­mental. » Su autor la sustenta para decir que estando como está en acefalía, por ausencia del titular es­te puesto, lo conducente es nombrar su reemplazo. Cerrada la discusión fue negada. Rectificada que fue ésta, por petición del honorable diputado Con­suegra Osvaldo, resultó nuevamente negada por nueve (9) votos contra cuatro (4). XVII Se abrió el primer debate previa lectura del informe de comisión que estudió el memorial del peticionario señor Robles, (Por la cual se declara e interpreta el artículo 30. de la Ordenanza número 30 de 1935». En uso de la palabra el honorable diputado Consuegra Osvaldo, dijo. que leído los artículos de este Proyecto, se notaba contradic­ción por un lado y por otro considera que ésta es una cuestión policiva. El presidente llama la aten­ción de que apenas está en discusión la moci6n con que termina el informe y que a ella" debe con­traerse. XVIII El honorable diputado Sala zar Jorge, en uso de la palabra como firmante del Proyecto que se discute, hizo algunas considera ciones de orden le­gal para rebatir los argumentos del h.onorable di,. putado Consuegra Osvaldo y terminó diciendo,: el honorable diputado Salazar, que la Ordenanza que se va a entrar a discutir, tiende a corregir una de­ficiencia de otra Ordenanza expedida por esta mis­ma Asam blea. XIX El honorable diputado Manotas Aquileo en USú de la palabra explicó el motivo de su firma en el informe antes citado y redundó en los mismos con­ceptos del honorable diputado Salazar en cuanto que es a la Asamblea a quien com pete legislar so­bre esta cuestión. Cerrada la discusión de la mo­ción con que termina el informe, fue aprobado y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. I 22 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL eIf consecuencia el presidente abrió primer debate al proyecto en cuestión. XX El señor Secretario de Gobierno en uso de la palabra, dijo que estando vigente la Ordenanza 30 de 1935, se había presentado un denuncio sobre venta de dulces por el sistema de traga-níqueles y que como primer paso se habían decomisado; que él había sugerido al propietario de ellas, en vista de lo poco claro que estaba esta Ordenanza. se di­rigiera a la Asamblea en solicitud de acla,ración a dicha Ordenanza. El honorable diputado Consue­gra Osvaldo lo interpeló para decirle que esto era una cuestión de policía y que como tal debía re­solverse, y no por la Asamblea, como así lo soli­citaba él. El honorable diputado Escobar en uso de la palabra anunció que por cortesía parlamenta­ria, le daría su voto afirmativo en el primer de­bate, pero que al discutirse en segundo debate se produciría en su contra porque él es enemigo de esta clase de juegos que arruinan y pervierten a las clases obreras. El hQnorable diputado Pino, dijo que estos aparatos en que se juegan dulces, son legítimos traga-níqueles. Cerrada]a discu~ión fue aprobado en primer debate y pasó en comisión pa­ra su estudio e informe a los honorables diputados Manotas Pablo Emilio, Carbonell Alfredo, De la Hoz Baca Luis y señor Ser,ret3 rio de Gobierno, con quince (15) días de término. XXI En uso de la palabra el honorable diputado Fernández Llinás Jo~é María, presentó la siguiente Resolución Pon asocio del honorable diputado Ma­notas Aquileo: RESOLUCION NUMERO 3 La Asamblea del Departamento del Atlántiro, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el parágrafo 40. del artículo 30. de la Ley 78 de 22 de diciembre de 1930, concedió al depar­tamento de Bolívar el disfruto de un 30% sobre el producto anual del Impuesto sobre Rentas; Que el Departamento del Atlántico, el más pequeño en extensión territorial, es, así y todo, el que, proporciones guardadas, da mayores tributos a la N ación en lo que dice relación con el 1m pues­to sobr~ la Renta, toda vez que por este concepto se recaudan aquí alrededor de dos millones de pe­sos ($ 2.000.000.00) anuales, RESUELVE: Solicitar respetuosa y encarecidamente del Ex­celentísimo señor Presidente de la República y d.e su Ministro de Hacienda y Crédito Público, así como también de los Senadores y Representantes por el Atlántico, una labor incansable ante el Con­greso de la República, hasta obtener la Ley corres­pondiente que conceda al A tlántico una participa­ción igual a la que disfruta el vecino departamento de Bolívar, en el referido Impuesto sobre la Renta. Tr.anscríbase al señor Presidente de la República, al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público y a cada uno de los Senadores y Representantts por el Atlántico» . El honorable diputado Fernández Lliriás, la sustentó ampliamente y demostró la conveniencia de su aprobación. Cerrada que fue la discusión de este. Resolución, fue aprobada por unanimidad. XXII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguien te proposición: «N óm­brese por la presidencia una comisión para que elabore un nuevo Reglamento Interno de la H. Asamblea» . Cerrada la discusión, fue aprobada. XXIII Siendo las siete y treinta de la noche, la pre­sidencia levantó la sesión. El Presidente, (Fdo.) L VIS ALBERTO REBOLLEDO El Secretario, (Fdo.) Julio Hoenigsberg PROYECTO DE ORDENANZA No .... (Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público) La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales, ORDENA: Articulo 10. Autoriza se al Gobernador del Departa­mento para adquirir un Planchón de motor (Ferry Boat) que será utilizado para el traslado de pasaj.eros. carga, ca­miones, autobuses, automóviles, bicicletas y toda clase de vehículoB entre el Puerto Terminal de la carretera Cascajal­Leña- Puerto Giraldo y el Puerto de Sala mina, en el depar­tamento del Magdalena. Artículo 20. En el decreto reglamentario de la presente Ordenanza, el Gobernador fijará las tarifas relacionadas con los servicios que preRtaJ á el Planchón de motor del Depar-tamento (Ferry Boa to), conforme al artículo anterior. • Artículo 30. Para el establecimiento de servicio público a que se refiere el artículo primero de est.a Ordenanza, el cllal Be declara de reconocido interés público, autorizase al Gobernador del Departamento para abrir el crédito o crédi­tos c o rre s pondi e n te ~, sin otro requisito distin to de la presente autori zación. Artículo 40. E sta Ordenanza regirá desde su promul­gación. PresE'ntariR. a la con~id e ra c i6n de la H. Asamblea por el suscri to Dipu tado , LUIS ALBERTO REBOLLEBO. República de Colom bin.- Asamblea Departamen tal del Atlántico.-Secretaría. Ba rra nquilla, abril 28 de 1941. E n sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior Proye Jto de Ordenanza , y pasa en comisión con cin co (,5) d{as de t érmino a los HH. DD. Sala zar, Manotas Pablo Emilio y Pino José D . Cópiese, regístr ese, repá rtase y publíquese: JULIO H OENIGSBERG, Secret ario. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 23 PROYECTO DE ORDENANZA No ... '~por la cual se aclara e interpreta el artículo 30. de la Orde­nanza No. 30 de 1935». La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales. ORDENA: Artículo 10. El artículo tercero de la Ordenanza núme­ro 30 de 1935 quedará así: «Las ventas ambulantes de re­frescos, helados, cigarrillos, etc. no podrán valerse del sistema de rifas, ruletas o sus similares para la verificación de sus respectivas ventas, y queda terminantemente prohibido el sistema de ventas denominado «traganíqueles»; Parágrafo: Quedan exceptuados de la enunciación del articulo anterior aquellas máquinas u objetos, que aun cuan­do destinados a los fines com prendidos en el anterior ar­tículo, tengan en su favor patente de invención». Artículo 20. En ningún momento se podrá restringir el funcionamiento, en el territorio del Departamento, de lbS máquinas expendedoras de dulces que llevan la marca: MILS NOVELTY COMPANY. Artículo 30.. Esta Ordenanza regirá desde su promul­gación. Dada en Barra nquilla, a los días drl mes de abril de mil novecien t08 cuaren ta y uoo. Presentada a la con~jderación de la H. Asamblea por los suscritos HH. DD., Jorge Salazar, Néstor Carlos Consuegra, Aquileo Manotas. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlán tico.-SecretarÍa. Blfranquilla, abril 28 de 1941. En sesión de la fecha fue aprobado en primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisión para seg1lndo deba te, con, quince (15) días de término a los HH. DD. Manotas Pablo Emilio, CarboneIl Alfredo, De la Hoz Baca Luis y seño~ Secretario de Gobierno. Cópiese, regístrese, repártase y publíquese. JULIO HOENIGSBERG, Secretario. ACTA NUMERO 9 Sesión del día 29 de abril de 1941. Presidencia de los HH. DD. Rebolledo-Cervera. 1 En Barranquilla, a veintinueve de abril de mil novecientos cuarenta y uno, y siendo las seis y treinta de la tarde, se reunió en el Palacio de Go­bierno la Asamblea Departamental del Atlántico; se pasó lista y a ella respondieron los honorables diputados Carbonell Alfredo, Cervera Pablo J., Consuegra Néstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De la Ifoz Baca Luis, Escobar Francisco J., Fernández Llinás José María, González Porrati Juan, Manotas Pablo Emilio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Pino José D., Rebolledo Luis Alberto y Salazar Jorge , dejó de contestar a lista el honorable dipu­tado Ariza Jesús M. Se encontraban presentes los Secretarios de Gobierno, Hacienda, Educación e Higiene y Previsión Social. 11 Se leyó el orden del día. 111 Se dió lectura al acta de la sesión an terior y. puesta en discusión fue aprobada SIn observa­Clones. IV Se dió lectura a los negocios substanciados por la Presidencia y antes de terminarse, el honorable diputado Escobar, pidió la palabra y presentó la siguiente moción: (cAltérese el ol'den del día y con" sidérese lo siguiente: Nómbrese por la Presidencia una comisión plural para que en asocio del Director de Educación y del Ingeniero Departamental, visite los Edificios de las Escuelas Oficiales de los l\1uni­cipios de Usiacurí, Juan de Acosta, Tubará y Piojó y la edificación comenzada en el último de los mu­nicipios nombrados, con destino al Sanatorio Anti­tuberculoso, y presente un informe.» Puesta en consideración la moción de la alte­ración del orden del día, fue aprobada; en tal. vir­tud el Presidente puso en consideración la moc~ón antes citada y también fue aprobada. IJa Presiden­cia nombró en comisión a los honorables diputados Sala zar, Escobar y Pino. V Continuó el orden del día con la lectura de otros negocios substanciados por la Presidencia, los cua­les fueron pasados para su estudio e informe a las comisiones respectivas. VI Se dió lectura al informe de la Comisión del Proyecto originario de la Secretaría de Higiene y Asistencia Social «Por la cual se modifica el Art. 20. de la Ordenanza No. 46 de 1938 y se dictan otras disposiciones» y de acuerdo con este informe en que termina proponiendo: «dése segundo debate al Proyecto de Ordenanza» «Por la cual se modifica el arto 20. de la Ordenanza No. 46 de 1938 y se dictan otras disposiciones.» El Presidente sometió a discusión la moción del precitado informe y fue aprobada; en conse­cuencia se abrió el segundo debate a dicho proyecto así: El artículo primero original del Proyecto, con el Parágrafo original fue aprobado, como también los Arts. 20., 30. Y 40. del Proyecto. VII En uso de la palabra el honorable diputado Manotas Aquileo, presentó el siguiente artículo nue­vo para 50. del Proyecto: «Art. 50.-Autorízase al Gobernador del Depar­tamento, para que si lo estima conveniente, contra­te las obras a que se refiere el Art. 80. de la Orde­nanza 21 de 1940, délegando la administración de ellas, y señalando como retribución por dicha admi­nistración un porcentaje no mayor del seis por ciento (6%) del costo de tales obras. Podrá también pactarse que en caso de que dicho costo fuese infe­rior al presupuesto aprobado, el contratista tendrá derecho al veinticinco por ciento (25%) sobre el total de las economías.» Su autor lo sustentó ampliamente y el Secre­tario de Hacienda, ratificó también lo dicho por el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL honorable diputado Manotas Aquileo. Cerrada la discusión de este artículo fue aprobado. VIII En uso de la palabra el honorable diputado Manotas Pablo Emilio, presentó para artículo 60., nuevo del Proyecto, el siguiente: (tArtículo 60.-En desarrollo del artículo 30. de la Ordenanza 28 de 1934 y de las disposiciones le­gales vigentes sobre servicios sociales, desde la vi- . gencia de la presente Ordenanza, toda empresa in­dustrial o comercial que tenga a su servicio un per­sonal de em pleados y obreros, mayor de veinte (20) personas, está en la obligación de contratar los" servicios particulares de un médico graduado co­lombiano para a tender el personal de la respecti va empresa, que sufra enfermedades contraidas en el trabajo, vigilar permanentemente por el estado sa­nit, ario del establecimiento y dictar conferencias o inst.ruir en alguna forma a los obreros sobre temas de higiene eIemen tal.» Puesto en discusión fue aprobado. IX Se leyó para Parágrafo nllevo del artículo 60. el siguiente: «PARAGRAFO-Los contratos celebrados entre patronos o jefes de establecimientos industriales o comerciales y los médicos que ha n de presto rle sus servicios, necesitan para. su validez, de la a proba­ción del Secretario de Higiene y Previsión Social del Departamento.» En uso de la palabra el proponente, honorable diputado M?notas Pablo Emilio, a insinuación del honorable diputado Escobar, explicó la trascenden­cia de carácter social, tanto del artículo.que acaba­ba de proponer, como la del Parágrafo y se exten­dió en explicaciones de c6n10 viene cumpliéndose la legislación social, sobre esta materia. . X El honorable diputado Escobar, también en uso de la palabra, aplaudió al honorable diputado proponente Manotas y dijo de la conveniencia que sería al unificar lo dispuesto por Acuerdos y Orde­nanzas en materia de obtención de carnets de salud y exámenes radioscópicos y sobre esto hizo ' varias preguntas al Secretario de Higiene y Previsión Social. . Cerrada la discusión del Parágrafo transcrito, fue aprobado. XI En uso de la palabra el honorable diputado Rebolledo, propuso para Parágrafo nuevo del Pro­yecto, el siguiente: «PARAGRAFO: Los certificados de salud que necesiten los obreros para hacer valér sus derechos, no será obliga torio que los expida n los Médicos contratados de que trata esta Ordenanza; los obre­ros podrán recurrir a los Médicos oficiales o a los que ellos estimen conveniente.» El honora.bIe diputado Rebolledo le e'xplicó a la Corporación en breves palabras, la conveniencia de él . . Cerrada la discusión fue aprobado. XII En uso de Ja palabra el honorable diputado M anotas Pa bio Emilio, pref'entó para artículo sép­timo (7) nuevo del Proyecto, el siguiente: «Art: 70. - Quedan encargados de vigilar por el estricto cumplimiento de las anteriores disposicio­nes, los Directores Municipales de Higiene y los Alcaldes en los respectivos municipios quienes po­drán sancionar, con multas sucesi vas de cinco a veinticinco pesos a los remisos, sumas que ingresa­rán a los fondos de la Beneficencia y sin perj uicio de que por otro lado, los referidos funcionarios, ha­gan uso de cualquiera de los medios que las leyes ponen a su disposición para hacer cumplir las nor­mas de orden sanitario y social.» Cerrada la discusión que fue de este artículo, fue aprobado., . XIII En uso de la palabra el Director de Ed ucación Pública, presentó para artículo octavo nuevo del Proyecto, el siguien te: «Art. 80. A partir del prim'ero de mayo del presente año, aumén tase hasta veinticinco mil pe­sos, la suma anual destinada por el Art. 60. de la Ordenanza número 46 de 1939 para el pago del per­sonal docente de la Escuela Industrial del Atlán­tiro » . Cerrada la discusión de este a ttículo, fue a pro­bado. XIV Nuevamente en uso de la palabra el señor Director de Educación Pública, presentó para ar­tículo noveno y nuevo del Proyecto: el siguiente: «Art. 90. Abre~e un crédito suplemental al Presupuesto de Gastos de la actual .vigencia eco­nómica por la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000,00) con la siguiente imputación: Departamento de Educación. Cap. 18. Art. 37. Para el pago del personal docente de la Escue­la Industrial del Atlántico, de acuerdo con el De­creto reglamentario de la Escuela, en los meses de mayo y junio del presente año cuatro mil pe­sos $ 4.000,00. Como en este artículo se abre un crédito, el presidente ordenó la votación de él y nombró es­crutadores a los honorables diputados De la Hoz Baca y Manotas Pablo Emilio, quienes anunciaron que había sido aprobado por nueve votos blancos. XV En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó el siguiente artículo nuevo para décimo del Proyecto y el cual a parece firmado por los demás miem bros de la mayoría: «Art. 10. El Departanlento contribuye con la suma de doscientos pesos ($ 200.00) para los fe¡5tejos del Primero de l\I.ayo que se llevarán a cabo, bajo la dirección de la Unión General de Trabajadores del Atlántico; esta suma será entregada. a la Direc­tiva de la entidad antes nombrada; para su pago queda ampliamente autorizado el señor Goberna­dor del Departamento, para abrir el crédito respec­tivo, sin más requisito que los contenidos en el presente artículo». Cerrada la discusión, fue aprobado. (Confi nurl rá en el próximo número) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 5

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Imagen de apoyo de  Revista de Higiene: órgano de la Junta Central de Higiene

Revista de Higiene: órgano de la Junta Central de Higiene

Por: Manuel N.; García Medina Lobo | Fecha: 29/04/1941

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO ANALES DE LA Asamblea Departamental Director: RAMIRO RODRIGUEZ p~ I MP. DEPARTAMENTAL Serie 1 BarranquilIa, 29 de Abril de 1941 Número 4 DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice- Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario : Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: Néstor Carlos Consuegra José Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aq uileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J. Cervera PROYECTO DE ORDENANZA No .. .. (V'iene del número 3, página 16) pa rtamento de Educación Pl¡hl'c::¡ , Cn p. 39, Art. 94. Expediente número 11. Artícu lo 12. Legalizase el crédito-trf-ldado a bi<> rto p0r Decreto número 31 de 14 de febrero de 1941, por la can tidad d e un mil ochocientos setenta y euatro pesos ($ 1.874.00), imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 1.5, Art~ 31. Expediente número 12. Art ículo 13. Legalízase el crédito-traslado abierto por Decreto número 41 de 28 de febrero de 1941, por la cantidad d e dos mil seiscientos trein t a y ocho pe~os, cinco centavos ($ 2.638.05), imputado al Departamento de HaciE:nda, Cap. 5 . Art. 9. Expediente número 13 Artículo 14. Lega lízllse el crédito- traslado abi erto por Decreto número 58 de 21 de marzo de 1941, por la cantidad de un mil pesos ($ 1.000.00), imputado al Depa rtamento de E ducac ión Públi ca, Cap. 42, Art. 109B. Expediente número 14. Articulo 15. LegaIíza~e el crédito-traslado abierto por Decreto número 59 de 21 de marzo de 1941, por la cantidad d e un mil quinientos pesos ($ 1.500.00), imputado al Dep::¡r­tament o de Gobierno, Cap. 26, Art. 56A. Expediente número 15. Articulo 16 Lega lízase el crédito ~l1pléme n tal abierto por D ecreto número 66 de 4 de abril de 1941, por la cantidad de ~e i s mil doscie ntos pe tenta pesos ($ 6.270.00), imputado al Depa rt.amento de Haciellda, Cap. 7, Al'ts. 13 y 14 Y el abierto pur el mismo Decreto por la cantidad de doce mil n ovecientos dos pesos, cuarenta centavos ($ 12.902 40) , impu­tado al Departamento de Hacienda, Cap. 9, Art. 16. Expediente número i6~ . Artículo 17. Legalízase el crédito-traslado abierto por Decreto número 69 de 5 de abril de 1941, por la cantidad de c in co mil pesos ($ 5.000.00), imputado al Departamento de Gobierno, Ca p. 13, Art. 24. Expediente número 17. Artículo 18. LegnJfzase el crédi to-t.raslado abierto por Decreto número 70 Bis de 8 de abril de 1941, por la cantidad de tres mil doscientos pesos ($ 3 200.00), imputado al De­partamento de Gobierno, Cap. 20, Art. 23. Expedi~nte número 18. Artículo 19. LegaHzase el crédito- traslado abierto por Decreto número 72 de 16 de abril de 1941. por la cantidad de un mil pesos ($ 1.000.00), imputado al Departamento de Contraloria, Cap. 2, Art. 4. Expediente número 19. . Artículo 20. LegaIízase el crédito- traslado abierto por Decreto número 73 de 16 de abril de 1941, por la cantidad de cinco mil pesos ($ 5 .000.00)~ imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 4, Art. 9A. Expediente número 20. Artículo 21. Legalizase el Clédito- trasla
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 4

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Imagen de apoyo de  Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 3

Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 3

Por: | Fecha: 27/04/1941

EPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA Asamblea Departamental Director: RAMIRO RODRIGUEZ P. IMP. DEPARTAMENTAL Serie 1 Barranquilla, 27 de Abril de 1941 Número 3 DIGNA T ARIOS DE LA ASAMBLEA Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo Vice-Presidente: Dr. Pablo J. Cervera Secretario: Julio Hoenigsberg Comisión de Presupuesto: N éstor' Carlos Consuegra ... José Ma. Fernández Llinás Osvaldo Consuegra Comisión Legal de Cuentas: Aquileo Manotas Francisco J. Escobar Pablo J . Cervera ACTA NUMERO 5 Sesión del día 24 de abril de 1941 Presidencia del H.D. Cervera Pablo J. 1 En Barranquilla., a los veinticuatro días del 20;3 ~fe ~bril de mil novecientos cuarenta y uno, .siendo las cinco y quince minutos de la tarde, se reunió en el Pala'Cio de Gobierno la Asarn blea De­partamental del Atlántico, se pasó lista y a ella res­pondieron los honorables diputados Ariza José D., Carbonell Alfredo, Cerv~ra Pablo J., Consuegra N éstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De la Hoz Baca Luis, Escobar Francisco J ., Fernández Llinás José Ma., González Porrati Juan, Manotas Pablo Emi-lio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Pino José D. y Salazar Jorge. Dejó de contestar a lista el honorable diputado Luis Alberto Rebolledo. Se encontraban presentes los Secretarios de Hacienda, de Gobierno, de Educación e Higiene y Previsión Social. 11 Se leyó el orden del día. 111 dió el proyecto para segundo debate «Por el cual se fija el período de algunos empleados de elección de la Asamblea y se aprobó la proposición siguiente con que termina el informe: En consecuencia, os proponemos dése segundo deba te al Proyecto de Ordenanza "por el cual se fija el período de algunos empleados de elección de la Asamblea". Puest.a en discusión fue aprobada y en consecuencia, se abrió el segundo debate de dicho proyecto. Se puso en dis­cusión el artículo primero que dice: «Art. El pe­ríodo del Contralor Departamental y del Contador Jefe de la Sección de Contabilidad y Revisión de la Contraloría, será de dos años, y comenzará el pri­mero de mayo próximo. Queda en -estos términos modificada la Ordenanza No. 90de 1935 y la No. 16 de 1940.» Cerrada la discúsión fue aprobado. Se puso en discusión el Art., 20. que dice: «Art. Esta Ordenan­za regirá desde su sanción.» Cerrada la discusión, fue aprobado. Se puao en discusión el título que dice: «Por el cual se fija el período de plgunos empleados de elec­ción de la Asamblea.» Cerrada ésta, fue aprobado. Se aprobó el preámbulo por ser legal y la Asamblea manifestó su voluntad que sufriera tercer debate. VI En uso de la palabra el honorable diputado Pa­blo Emilio Manotas presentó la siguiente proposi­ción: «Señálese la sesión del sábado 26 de los co­rrientes, en primer término, para la elección de ternas de Fiscales del Tribunal Superior y de los Juzgados Superiores del Distrito Judicial.» Puesta en discusión fue aprobada. El honora­ble diputado Carbonell pidió que se verificara, he­cho lo cual, fue aprobada por siete (7) votos afir-mativos contra cinco (5) negativos. L ._ • VII En uso de la palubra los honorables diputados Consuegra Né~tor Carlos y Oñoro presentaron la siguiente proposición: ~Excítase a.I señor Secretario de Hacienda para que se entienda con la casa Hel- Se leyó el acta de la sesión anterior y fue apro- da de esta ciudad, a fin de que se proceda cuanto bada sin observaciones. antes a la reparación completa de la planta eléctri-ca del Municipio de Baranoa y autorízase igual­. mente al mismo Secretario, para que a nombre del---------­Se dió lecturá a los negocios substanciados por Departamento, concluya con la casa COIrc!,f¡¡l.1.I ~pre- IV . presidencia y pasaron a las respectivas comi- citada, las negociaciones que sean necesarias para SIones. ~ dotar al motor de la planta referida, de todos los elementos necesarios para que funcione correcta y normalmente.» v ~ e dió lectura al informe de comisión que estu- errada la discusión fue aprobada. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 14 ANALES DE LA ASA1\1BLEA DEPARTAMENTAL VIII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguiente moción: «(Cítese al señor Secretario de Hacienda para que en la prime­ra hora de la sesión próxima, rind~ un informe so­bre lo que el Departamento debe al Municipio de Barranquilla, por concepto de licores y degüello, como por participaciones de la Renta de Tabaco.» Puesta en discusión la moción anterior, el ho­nornble diputado Escobar hizo uso de la palabra para sustentarla diciendo que actualmente el Mu­nicipio, se encuentra en la imposibilidad de atender a los gastos más urgentes por el descenso que han tenido las rentas y que por ese motivo se está de­biendo la última década a la Policía Municipal, y continuó diciendo, que no se han pagado algunas mensualidades al Contratista para suministrar ali­mentación a las detenidas en la Cárcel para l'nuje­res. Por esa circunstancia, quería saber en qué si­tuación se encuen tra el Municipio, respecto de esas participaciones ante el Departamento ya que Ba­rranquilla representa el ochenta y seis por ciento del producido de las rentas departamentales. IX Pide la palabra el señor Secretario de Hacien­da para manifestar que con mucho gusto daría esas informaciones en la primera hora de la próxima se­sión, pero quería adelantar algo en relación con ellas. Agregó que en lo que se refiere a la Renta de Licores, el departamento ha entregado ya, por con­cepto del diez por ciento de la participación que corresponde. al municipio, la cantidad de " seis mil. quinientos v intiocho pesos ($ 6.528,00) y que en las horas de la tarde de ayer, había dado la orden para cubrir el último saldo correspondiente al mes de marzo, por la cantidad de mil ciento doce pesos, veinte centavos ($ 1.112,20), quedando pendiente únicamente, la participación det mes de abril, pero como este mes no se puede saber cnanto se adeuda, por consiguiente no se puede considerar como deuda. Interpelado por el honorable diputado Es­cobar, si el Municipio ya había recibido esa suma, éontestó que esperaba que sí por la orden que había dado, y continuó que en realación con la participa­ción del impuesto del tabaco, manifestó que sí era cierto que había una deuda vieja, pero que tenía que observar, que por este concepto, "en nada se aliviaría la situación del Municipio, ya que estas sumas no entrarían a los fondos comunes, porque según disposiciones vigentes en acuerdos y orde­nanzas, esta participación tiene una destinación es-ecial y terminó ofreciendo que en la próxima se­sión ampliaría estos datos para ver la manera de llegar a un acuerdo y resolver la crisis fiscal del :\1unicipio. X Siendo las sei y treinta de la tarde y habién­dose agotado el orden del día, el Presidente levan­tó la sesión. El Presidente de la Asamblea, (F do.) LUIS ALBERTO REBOLLEDO El Secreta rio, (Fdo.) Julio Hoenigsberg ACT A NUMERO 6 Sesión del día 25 de abril de 1941 Presidencia de los HH. DD. Rebolledo-Cervera 1 En Barranquilla, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos cuarenta y uno, siendo las seis y treinta minutos de la tarde, se reunió en el Pa­lacio de Gobierno, la Asamblea Departamental del Atlántico, con la asistencia de los honorables dipu­tados Ariza José D., Carbonell Alfredo, Cervera Pablo f, Consuegra N éstor Carlos, Consuegra Os­valdo. De la Hoz Baca Luis, Escobar Francisco, Fernández Llinás José Ma., González Porrati Juan, Manotas Pablo Emilio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A., Pino José D., Rebolledo Luis Alberto y Sala zar Jorge. Se encontraban presentes los señores Secretarios de Gobierno, Hacienda y Previsión Socia1. 11 Se leyó el orden del día. 111 Se leyó el acta de la sesión anterior y fue apro­bada sin observación. IV Se le dió lectura a los negocios substanciados por la presidencia y pasaron a las comisiones res­pectivas. V Se leyó el informe de comisión que estudió el proyecto para segundo debate «Por la cual se fija el personal subalterno de la Secretaría de la Asam­blea Departamental y sus asignaciones, y -se abre un crédito suplemental a.l Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica», y se aprobó la siguiente proposición con que termina dicho infor­me: «Dése segundo deba te al Prnyecto de Orde­nanza "Por la cual se fija el personal subalterno de la Asamblea Departamental, y se abre un crédito suplemental al Presu puesto de Gastos de la actual vigencia económica. "» En consecuencia , el señor Presiden te abrió el segundo deba te a dicho Proyecto. Se leyó el Art. 10 que dice: «(El personal subalterno de la Asamblea Dptal., durante las sesiones ordinariaH del pre­sente año, y sus asignaciones, serán como sigue: Un Secretario con sueldo diario de $ 17.00 Un Subsecretario con sueldo diario de " 15.00 Dil Oficial Mayor con sueldo diario de " 15.00 U n Director de los Anales con sueldo de ,,15.00 Un Habilitado Pagador con sueldo diario de " 14.00 Dos relatores con sueldo diario cada uno de " 12.00 Sesenta Auxiliares con sueldo diario cada uno de Veinte Oficiales Escribientes con sueldo diario cada uno de Un Ayudante del Habilitado con sueldo día,rio de Ocho Escribientes con sueldo diario cada uno de Un Conserje con sueldo diario de Siete Escribien tes con sueldo diario cada uno de U n Portero con sueldo diario de . Puesto en discusión fue aprobado. " 10.00 " 8.00 " 6.00 " 5.00 " 3.50 " 3.00 " 3.00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANAL"ES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL ============================= 15 Se aprobaron los siguientes, 20., 30. Y 40, del -Proyecto; se aprobó el título y se adoptó el preám­bulo por ser legal. La Asamblea manifestó su voluntad de que el Proyecto tuviera tercer debate. VI - Se abrió el tercer debate del Proyecto «Por la cual se fija el período de algunos empleados de elección de la Asamblea»; puesto en discusión fue aprobado. VII En uso de la palabra el honorable diputado Escobar, presentó la siguiente proposicjón: «Fíjese la sesión del miércoles treinta para la elección del Contralor Departamen tal.» Puesta en discusión, el honorable diputado Consuegra Néstor Carlos la adicionó así: « .... y del Auditor y Contador». Cerrada que fue la discusión de la moción an­terior con la adición, fue aprobada. VIII En uso de la palabra el señor Secretario de Gobierno, presentó para primer dflbate el siguiente Provecto: «Por la cual se abren unos créditos al Pre~l1puesto de Gastos para las Secciones de Go­bierno. » IX En uso de la palabra el señor Secretario de Hacienda, presentó para primer debate el siguiente Proyecto: «Por la cual se legalizan los créditos ad­ministrativos abiertos al Presupuesto de Gastos de la vig~ncia de primero de Julio de 1940 a 30 de J u­nio de 1941.» X En uso de la palabra el honorable diputado Es­cobar Francisco J., comenzó diciendo que esta ad­ministración, había que reconocerlo, era la que más había pagado al Municipio por concepto de parti­cipaciones en la renta de licores, degüello y tabaco, pero no obstante esto, la deuda que tenía el Depar­tamento con el Municipio., por participaciones, se le elevaba a sumas bastan tes crecidas; para prueba de esta afirmación leyó el siguiente dato: ResuDien de lo pendiente en su deuda del Departamento con el Municipio hasta el presente: por diez por ciento de licores Por participación de impuesto de con­sumo Por reconocimiento Ordenanza No. 26 de 1935 Por diez por ciento de tabaco Total $ 17.664,80 46.550.00 18.055,66 78.958,61 $ 161.229,07 Con esta suma, si la percibiera el M unici pio, podría prepararse convenientemente para cuando se efectuaran los V Juegos Centro Americanos y del Caribe, como también podría pensarse en mu­chas otras obras urgentes que tiene el l\1unicipio, como el Palacio Municipal. Terminó in vocando la cooperación de los ho­norables diputados con el objeto de expedir una Ordenanza que permita a la Gobernación dar cum­plimiento a las obligaciones que tiene contraidas con el Municipio. XI En uso de la palabra el señor Secretario de Hacienda, empezó por manifestar que los. datos su­ministrados por el honorable diputado Escobar, por concepto de participaciones de algunas rentas que el Departamento adeuda al Municipio, era exacto. Dijo que la actual administración, como ya antes lo había reconocido el honorable diputado Escobar, ha hecho todo lo posible por cumplir sus compromisos con el Municipio de Barranquilla y debido a ese celo, el arriendo del edificio de la Cár­cel N al. de Detenidos y Sumariados, se ha venido pa. gando religiosamente, pero que en cuanto se refiere al pago de la .participación de la renta de licores, el pago del saldo del mes de Marzo fue librado ya por la suma de $ 1.111.13; manifestó asimismo. que el pago del mes de abril no se ha hecho porque este mes aún no ha finalizado y por tanto no se han he­cho las liq uidaciones de rigor; el honorable diputa­do Escobar lo interpeló con la venia de la presiden­cia para reconocer como ya antes lo había hecho, que la actual administración era la que más había cumplido sus compromisos con el Municipio. El señor Secretario de Hacienda 8gradeció esta nueva declaración e hizo constar que la suma que el ho­norable diputado Escobar dedujo como pendiente de los pagos que debe hacer el Departamento al Municipio de Barranquilla, correspondían a épocas an teriores pero que esto no significaba que la Go­bernación por conducto de la Secretaría de Hacien­da haya descuidado sus obligaciones porque en lo que se refiere a esa cuestión, el Gobierno Departa­mental ha girado algunas órdenes de pago, existien­do por eso un saldo sobre renta de licores de $ 18.000,00. Sobre la renta de tabaco, continuó, no se han hecho las liquidaciones conducentes pero conviene observar qué la participación municipal en esta ren­ta tiene destinación especial y de ahí se hubieran girado algunas sumas para construir locales para escuelas por valor más o menos de $ 45.000,00; manifestó igualmente que estaba pendiente el re· conocimiento por la cantidad de $ 50.000,()0 según 10 dispuso la Ordenanza No. 83 de 1939, pero pue­de observarse que corresponde esta destinaCión a una época anterior a la actual administración y es­tq, suma, de acuerdo con dicha Ordenanza, también tiene destinación especial desde luego que ella orde- "na o dispone que es para mejoras, ensanche y "re­. paraciones del Palacio Municipal; pe'ro éomo el Palacio Municipal está pendiente por construir no puede decirse que el Departamento haya descuida­do estas obligaciones. Terminó aplaudiendo el celo del honorable di­putado Escobar y excitó a la H. Asamblea para que expidiera un instrumento a fin de resolver la difi­cultad porque atraviesa el Municipio. XII El Presidente anunció que la sesión del día de mañana sábado, sería a las diez a. ID., para así po­der atender a la invitación hecha a la Asamblea Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 16 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAlVIENTAL por la Dirección e Educación Pública, consistente en una visita-agasajo al Castillo de Salgar. Siendo las 7 y treinta de la noche se levantó la sesión. El Presidente, (Fdo.) LUIS ALBERTO REBOLLEDO El Secretario, (Fdo.) Julio Hoenigsberg ORDENANZA NUMERO DE 1941 «por la cual se abren unos créditos al presupuesto de gastos de la actual vigencia para las Secciones de Gobierno.» La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades legales. ORDENA; ;\rtículo 1.0. Abrese al presupuesto de gastos de la vi­genCIa económICa en curso, un crédito suplemental por la _ ___ - - ~tidad de cinco mil cincuenta pesos ($ 5.05000), para a­~ ender ~ importantes servicios públicos, con las siguientes ImputaCIOnes; Departamento de Gobierno. Cap. 4. Gobernación (mI) Art. 9.-Reparaciones. gasolina, repuestos etc. de los automóviles de la Gobernación y Se­cretaría de Gobierno Cap. 15. Policía Nacional-Div. Atlántico Art. 34.-Gasolina, repuestos, reparaciones de los automóviles de la Policía y demás gastos Cap. 32. Gastos Imprevistos . Art. 65.-Para imprevistos Cap. 20. Gastos' Electorales Art. 43.-Para gastos electorales Cap. 26. Cuerpo de Bomberos Art. 56A.-Materiales, reparaciones, re­puestos, gasolina y demás g~tos Cap. 23. Imprenta Depart.amental Art. 52.-Materiales, repuestos, reparacio­nes y demás gastos Vale el crédito Artículo 20. Esta Ordenanza regirá desde su promulgación Dada en Barranquilla, a los $ 350.00 $ 1.200.00 $ 1.300.00 $ 1.600. $ 200.00 $ 400.00 $ 5.050.00 Presentada a la consideración de la Honorable Asamblea Departamental. por el suscrito Secretario de Gobierno. CAR'LOS GARCIA SOLANO. República de Colombia.-Asamblea Departamental del Atlántico.-Secretaría. __ BarranquiUa, abril 25 de 1941. En sesión de la fecha, sufrió primer debate el anterior Proyecto de Ordenanza y pasó en comisión con cinco (5) días de término a la Comisión de Presupuesto JULIO HOENIGSBERG, Secretario. PROYECTO DE ORDENANZA No. 1941 ( .............................. ) por la cual se legalizan los créditos administrativos abiertos . al presupuesto de gastos 'de la vigencia de 10. de julio de 1940 a 30 de junio de 1941 La Asamblea Departamental del Atlántiro, en uso de sus facultades legales. ORDENA; Artículo 10. Legalizase el crédito extraordinario abier­to por Decreto número 239 de 31 de julio de 1940, por la can­tidad de ochociento~ cuarenta pesos ($ 840.00), imputado al Depaltamento de Educación Pública, Cap. 33, Art. 844. Expediente número 1. Artículo 20. Legalízase el crédito-traslado abierto por Decreto número 332 de 14 de noviembre de 1940, por la can­tidad de seiscientos pesos ($ 600.00), imputado al Departa­mento de Educación Pública, Cap. 44, Art. 111. Expediente número 2. Articulo 30. Legalíza~e el erédito-traslado abierto por Decreto número 337 de 16 de noviembre de 1940, por la can­tidad de dos mil setecientos pesos ($ 2.700), imputado al Departamento de Educación Pública, Cap. 31, Art. 79. Expediente número 3. Artículo 40. Legalizase el crédito-traslado abierto por Decreto número 341 de 20 de noviembre de 1940, por la can­tidad de doscientos treinta y seis pesos, cincuenta centavos ($ 236.50), imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 21, Art. 44. Expediente número 4. Artículo 50. Legalizase el crédito suplemental abierto por Decreto número 357 de 16 de diciembre de 1940) por la cantidad de cuatrocielltos cincuenta y nueve pe~os, cincuen­ta y dos centavop ($ 459.52), imputado al Departamento de Educación Pública, Cap. 39, Art. 94. Expediente número 5. Artículo 60. Legalízase el crédito-traslado abierto p(lr De_creto número 7 de 17 de enero de 1941, por la cantidad de tres mil ciento veintiseis pesos ($ 3.126.00), imputado al Departamento de Gobierno, Cap. 20, Art. 43. Expediente número 6. Artículo 70. Legalízase el crédito extraordinario abierto por Decreto número 12 de enero de 1941, por la cal1tidad de quinientos pesos ($ 500.00), imputado al Departamento de Educación Pública, Cap. 42, Art. 109A. Expediente número 7. Artículo 80. Legalizase el crédito-trasllldo abierto por Decreto número 13 de 28 de enero de 1941, por la cantidad de tres mil quini<>ntos pes0s ($ 3.500.00) imputado al De­partamento de Hacienda, Cap. 4, Art. 7. Expediente número 8. Artículó 90. LegalÍzase el crédito extraordinario abierto por Decreto número :¿4 de 10 de febrero de 1941, por]a can'­tidad de cuat.rocientos pesos ($ 400.00), imputado al Depar­tamento de Hacienda, Cap 23, Art. 39A. Expediente número 9. Articulo lO. Legalízase el crédito suplemental abierto por Decreto número 25 de 11 de ff'brero de 1941, por la can­tidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), imputado al De­partamento de Hacienda, C~p. 91 Art. 16A. Expediente número 10. Articulo 11. Legalizase el crédito suplrmental abierto por Decreto número 26 de 11 de febrero de 1941, por la can­tidad de cuatro mil pesos ($ 4.000.00)1 imputado al De- (e ontin uará en el próximo núm.ero) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 3

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Registro Municipal - Año LXI N. 193 al 198

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La capilla de San José: obra maestra del P. Santiago Páramo

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Imagen de apoyo de  Registro Municipal - Índice del Tomo XI

Registro Municipal - Índice del Tomo XI

Por: Luis González S. | Fecha: 1941

La cuarta época del Registro Municipal, está dividida en tomos y comienza con el Año LIII - No. 1 y termina con el Año LXXIII - No. 469. El Tomo XI está compuesto por los números 193 al 216, correspondientes al año de 1941. En este índice se relaciona el contenido de los números que conforman el Tomo XI y está organizado en varias secciones, tituladas así: Sección Literaria, Labores del Legislativo Municipal, Labores del Ejecutivo Municipal, Otras Dependencias Municipales, Otras Entidades Oficiales y la Sección Gráfica.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Registro Municipal - Índice del Tomo XI

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Registro Municipal - Año LX N. 189 al 192

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