Saltar navegación e ir al contenido principal
Biblioteca digital de Bogotá
Logo BibloRed
Cargando contenido
¿Qué estás buscando?
  • Escribe palabras clave como el título de un contenido, un autor o un tema que te interese.

  • Búsqueda avanzada

Seleccionar

Contenidos y Experiencias Digitales

Filtrar

Formatos de Contenido
Tipo de colección
Género
Idioma
Derechos de uso

Selecciona contenidos según las condiciones legales para su uso y distribución.

Estás filtrando por

Cargando contenido

Se encontraron 15339 resultados en recursos

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 447

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 447

Por: | Fecha: 10/11/1906

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -682- z6 ... Sección en Buenaventura-Subteniente, Heliodoro Otero. I7 ... s~cción en lpz'ales-Subte r· iente, Hugo Achiardy. Art. 2. 0 Nómbrase Capitán para la 2: Sección de la 3: Di· visión del mismo Cuerpo, acantonada en Facata!ivá al Sr. José Sáenz. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 3 de Noviembre de 1906. El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMENTE DECRETO NUMERO 1339 DE tgo6 (NOVIEMBRE 3) R. REYES por el cual se nombra el personal de una Compañía que se manda organizar El Presidente de la Repúblz'ca DECRETA Art 1.0 El personal de la Compañía suelta de Tu maco será el siguiente : Capitán, Teodoro Simmons; Teniente, Juan A. Cardozo ; Sllbteniente, Jorge Zamora; Subteniente, Vicente Fernández. Art. 2.0 El personal de la 3: Compañía del JJalallón zo de Infantería, que se organiza para reemplazar la que siguió á Pas· to, quedará con el siguiente personal de Oficiales, á quienes se llama al servicio activo : Capitán, José Eduardo Vergara; Teniente, Alejandrino Antolínez; Sub!eniente, Eduardo J. Vallecilla; Subteniente, Julio Sinisterra. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 3 d'! Noviembre de 1906 R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMENTE DECRETOS DE 1905 DECRETO NUMERO ¡o6 DE 1905 (28 DE JUNIO) reglamentario de la Ley 2G de 1905 El Presidente de la República de Colombia CONSIDERANDO Que por la Ley 26 del corriente año ~e atribuyó á ]a juris· dicción militar el juzgamiento de los delitos comunes cometidos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colornbia -683- en la última guerra por militares del Ejército nacional en servi­cio activo ó en comisión militar, ó por individuos de las fuerzas revolucionarias; Que salvo Jos casos de 1nfima gravedad en que incurran Jos individuos de tropa, para los cuales son jueces de primera instan­cia los Sargentos Mayores ó lo encargados del detal de Jos Cuerpos,'la jurisdicci6n militar se ejerce por Consejos de Guerra ordinarios en las demás causas contra la gente de tropa, y por Consejo de Oficiales Generales por los delitos ó culpas que co­metan Jos Oficiales superiores é inferiores del Ejército, los em­pleados administrativos del mismo ó los asimilados á militares, ó los particulares sometidos á este fuero; Que por virtud del Decreto número 514, de 26 de Mayo último, reorgánico del Ejército, fueron eliminadas las Comandan, cías generales divisionarias y jefaturas militares, á fin de hacerle al Tesoro economías necesarias, sin que quedara en los Depar. tamentos personal suficiente de Jefes para la . instrucción y sus­tanciación de los procesos y la composición de Consejos de Gue­rra, lo que hace indispensable constituirlos, lo mismo que los Auditores y Fiscales, con Generales, jefes ú Oficiales, aunque no estén en servicio activo, como lo manda el artículo 1394 del Código Militar; Que la Ley 26 mencionada dejó vacíos considerables que el Gobierno puede llenar con la potestad reglamentaria concedida en el ordinal J. 0 , artículo 120 de la Constitución, • DECRETA Art. 1.0 En razón á que para los celitos políticos cometidos en la última guerra dio amplio indulto la Ley 57 de 1903, se declara que la Ley 26 del presente año sólo comprende Jos deli· tos comunes y los propiamente militares cometidos en el periodo de la revolución por militares de las tropas nacional;-s ó de las fuerzas revolucionarias que se hallasen á la fecha del delito en servicio activo ó comisión militar. Art. 2.0 Declárase que es á los individuos que tuvieron carác· ter militar en filas legítimas Ó revolucionarias, á quienes única· mente se refiere el artículo J.0 de dicha Ley. Art. 3. 0 Para los efectos de esta Ley entiéndese principiada la guerra el 18 de Octubre de 1 ~99, día en que se hizo e xtt:!nSi­vo en toda la República el estado de ~itio, y terminada el 1.0 de Junio de 1903, fecha del restablecimiento del orden legal. Art. 4. 0 Para la aplicación de la misma Ley, millares legi­timistas son las personas señaladas en los artículos 1 3 70 á 1 3 7 3 del Código Militar; y defínense r,...volucionarios lo~ individuos que pertenecieron de un modo e~table á fuerzas rebeldes ordena­das y sujetas á disciplina, no di!>persas ó en pequeñas partidas, suficientes por su número á hacer frente en batalla ó en comba- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -684- tes francos, no de emboscadas y á órdenes de Jefes connotados por su profesión en la carrera de las armas ó por sus disposicio­nes superiores ¡:>ara dirigir operaciones de campaña en que ya hubieran mediado acciones de guerra. Art 5. 0 De Jos delitos comunes indicados en el artículo 1 382 del Código Militar, cometidos por individuos de tropas revo­lucionarias en la última guerra, conocerán en primera instancia los Sargentos Mayores de los Cuerpos ó encargados del detal, y en segunda instancia el respectivo Inspector militar de Departa­mento. Art. 6.0 De Jos delitos puramente militares que sólo tengan señaladas penas de suspensión, prisión 6 arresto hasta por ocho meses 6 un año, cometidos 6 que se cometan de hoy en adelante por individuos de tropa del Ejército nacional, conocerán en pri­mera instancia los Sargentos Mayores ó los encargados del detal, y en segunda instancia los Inspectores militares correspondientes. Art. 7. 0 Para el juzgamiento de los delitos comunes y mili­tares cometidos en la última guerra por Generales, Jefes ú Ofi­ciales del Ejército nacional, en servicio activo 6 en comisión mi­Jitar, por empleados Administrativos del Ejército 6 asimilados á militares, por individuos de fuerzas revolucionarias en servicio de campaña, 6 por personas particulares sujetas, cuando cometieron el delito, á la jurisdicción militar, se constituirán en cada caso Consejos de Guerra ordinarios ó de Oficiales Generales en los siguiente~ lugares: Pasto, Popayán, Cali, Neiva, !bagué, Mani­zales, Medellfn, Bogotá, Tunja, Bucaramanga, Cúcuta, Barran­quilla y &antamarta. Art. 8. 0 Por razón del lugar en que han de ventilarse los juicios militares de que trata la Ley 26 en los centros de ju. ticia indicados en el arti'culo anterior, establécense las siguientes Cir· cun~cripciones jurisdiccionales : para Pasto, el Departamento de Nariño y la Intendencia Nacional del Putumayo; para la de Popayán, las Provincias de Popayán, Santander, La Plata y Cal­das; para la de Cali, las Provincias de Cali, Palmira, Quindío, Tuluá, Buga, Buenaventura, San Juan y Atrato ; para la de Neiva, el Departamento del Huila y la Intendencia Nacional del Alto Ca.quetá; para la de !bagué, las Provincias de Colombia, Saldaña, Ambalema, Herveo y Honda ; para la de I\1anizales, ei Departamento de Caldas; para la de Medellín, el Departa­mento de Antioquia ; para la de Bogotá, los Departamentos de Cundinamarca y Quesada, el Distrito Capital y la Intendencia .r:r acional del ~feta; para la de Tunja, los Departamentos de Bo­yacá y Tundama ; para la de Bucaramanga, el Departamento de Galán y las Provincias de Soto, Ocaña y Río de Oro, del Depar· tamento de Santander; para la de Cúcuta, las Provincias de CÚ :! uta, García Rovira, Los Santos y Pamplona; para la de Ba­rranquilla, los Departamentos de Atlántico y Bolfvar; para la de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -685- Santa~arta, el Departamento del Magdalena y la Intendencia Nacional de La Goajira. Art. g. 0 En los lugares donde no haya personal suficiente de empleados militares en servicio activo para actuar en los procesos como Funcionarios de Instrucción, Auditores, Fiscales, Jueces sustanciádores, Vocales de Consejos de Guerra, Defen­sores y Secretario, se llamará. á los Generales, Jefes tí Oficiales que estén fuera del servicio, á efecto de que en cada caso desem. peñen los cargos que les designe el Inspector militar departa­mental respectivo, conforme al mandato del artículo 1394 del Código Militar. Estos destinos son vnerosos y obligatorios, los nombrados par:1. ellos pueden ser compelidos, á su juicio, con multas de $ 50 á$ 100 en oro. Solamente se admitirá como excusa legítima para servir los cargos, padecer enfermedad grave y tener edad mayor de setenta años, todo plenamente comprobado á juicio de la au­toridad que haga los nombramientos. Art. 1 o. A solicitud de cualquiera de los militares justicia­bles según la Ley 26 de este año, del Ejército ó de la revolución, y á juicio del Presidente de la República, podrá radicarse en otra Circunscripción distinta de la que corresponda, el conocimiento del respectivo proceso, para asegurar la imparcialidad de los Jueces y dar mayores garantías á los procesados. Art. 1 1 . Los Inspectores militares departamentales pueden delegar á los Gobernadores respectivos la facultad de hacer los nombramientos indicados en el artículo g. 0 de este Decreto, cuando por razón de la distancia á que se hallen no puedan pro­veerlos ellos mismos. Art. 12. Del propio modo se procederá en los procesos pendientes 6 que se inicien de hoy en adelante contra individuos del Ejé rcito por delitos ó culpas atribuí dos á la jurisdicción mili· tar, según el 06digo del Ramo. Art. 13. Declárase que los artículos 4. 0 y 5.0 de la Ley 26 no son perm~nentes sino transitorios, y que su vigencia es espe­cialísima para las causas militares indicadas en Jos artículos 1 •0 , 2.0 y 3. 0 de la misma Ley. En consecuencia, los delitos militares cometidos d e spués de la última guerra, ó que se cometan de ahora en adelante, se ventilarán conforme á las disposiciones pro­cedimentales indicadas en el Código Militar. En estos procesos la Corte Suprema continuará siendo Tribunal militar en los casos y de acuerdo con las leyes que el Código señale. Art. 14. En las causas por delitos comunes ó militares co­metidos en la guerra pasada á que se refiere la Ley 26, los pro­cesados serán dados de alta ad honorem en los Batallones, Compa­ñías sueltas ó guarniciones respectivas, para los efectos del juicio. Art. 15. Facúltase á los Inspectores militares departamen­tales, ó en defectJ de éstos á los Gobernadores respectivos, para Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -686- girar libranzas por el valor de los útiles de escritorio que se nece­siten para las secuelas de Jos sumarios y juicios militares. Art. 16. Deléganse á Jos mismos funcionarios las autoriza­ciones necesarias para allanar las dificultades que puedan pre­sentarse en lrt aplicación del presente Decreto, ciñéndose en todo á las prescripciones del Código Militar y dando aviso al Estado Mayor Gentral del Ejército. Art. 1 7. La intervención r. u e se les da á los Inspectores militares y á los Gobernadores será ejercida por el Jefe de Esta­do lVt:ayor General en lo que corresponde al centro de justicia militar de Bogotá. Art. 18. Este Decreto empezará á regir el día seis de Julio entrante. Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá, á 28 de Junio de 1905. R REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho, OLÍMACO LosADA DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 281 DE 1go6 (SRPTIRMBRR 27) por el cual se reemplaza á un Vocal de un Consejo de Guerra El Gobernador del ToHma En uso de las facultades que tiene delegadas por el Coman­dante General de la Zona Central, DECRETA Artículo único. En el Consejo de Guerra Ordinario que ha de juzgar á Manuel Rivera, servirá como Vocal el Sargento Mayor Pablo Romero, á quien se designa al efecto, en reemplazo y por causa de enfermedad del Sargento Mayor Jesús A. Cruz. Dése cuenta á quien corresponda. Comuníquese y pubHquese. Dado en !bagué, á 27 de Septiembre de 1go6. FÉLIX A. VÉLEZ M El Secretario Generalr Ramón Lajaurie República de Colombza.- Poder Ejecutivo Nacional.-Mz'lzz'sterz'o de Guerra.-Bogotá, Noviembre 3 de 1906. Aprobado. Comuníquese y publíquese. El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMENTK Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -687- DECRETO DEPARTAMENTAL ~ÚMERO 282 DE 1906 (SEPTIEMBRE 2 7) por el cual se hace tJ.na promoción y se llama al servicio á un Oficial en el Ramo de Justicia Militar El Gobernador del Tolima En uso de las facultades que tiene delegadas por el Sr. Co­mandante General de la Zona Central, DECRETA Art. 1.0 Promuévese al puesto de Juez Sustanciador de los Consejos de Guerra de Oficiales Generales al Fiscal de ese Juz­gado Sr. General Heliodoro Peláez. Art. 2. 0 Llámase al servicio al Coronel Carlos Ferreira U. y desígnasele á ocupar el puesto de Fiscal que deja vacante el General Peláez por la promoción anterior. Dése cuenta á quien corresponda. Comuníquese y publíquese. Dado en !bagué, á 27 de Septiembre de 1906. FÉLIX A. VÉLKZ M. El Secretario General, Ramótt Lafaurie RepúbHca de Colombia.- Poder EjecuHvo Naci(mal.-Mz'nisleria de Guerra.-Bogolá, Noviembre 3 de I906. Aprobado. Comuníquese y publíquese. El Ministro de Guerra, MA¡'UEL M. SANCLEMENTE DECRETO DEPARTA:a:IENTAL NÚMERO 287 DE 1906 (OCTUBRE 1, 0 ) por el cual se nombra Auditor de Guerra para que actúe en los asuntos de que conocen los Consejos de Guerra Ordinarios El Gobernador del Tolz'ma En uso de Ías facultades delegadas por el Sr. Comandante General de la Zona Central, DECRETA Artículo único. Estando excu. ado el Coronel Martín Gon­zález G ., de desempeñar el puesto de Auditor de Guerra de los Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -688- Consejos de Guerra Ordinarios para que fue designado por De. creta número 247, de 16 de Agosto próximo · pasado, nómbrase· en su reemplazo al Sr. Coronel Custodio Buenaventura. Dése cuenta á quien corresponda. Comuníquese y publíquese. Dado en !bagué, á 1.0 de Octubre de 1906 . FÉLIX A. VÉLE:z M· El Secretario General, Ramón Lafaune Repúbhca de Colombia.- Poder Ejecutz'vo Naczonal.-Mznisferio de Guerra.-/Jogotá, JVovz'embre 3 de I90Ó. Aprobado. Comuníquese y publíquese. El Ministro. de Guerra, MANUEL M. SANCLEli&NT& . SENTENCIADOS Y SINDICADOS MEMORIAL Y RESOLUCIÓN Señor Ministro de Guerra. Fueron condenados por sentencia de la Comisaría de Policía. Judicial, de fecha 12 de Julio de 1905 (Diario Oficial número 12413 ), á las siguientes penas : Rafcul .Arjona, á dos años seis meses de presidio; y Mercedes Barón, á cinco años de reclusión. Uno y otra fueron juzgados y sentenciados con arreglo á la Le'y 43 de 1905. Conforme á esta Ley los sentenciados, en ejercicio del dere. cho que les daba el artículo 1 7, interpusieron apelación de la sentencia, la cual les fue concedida para ante la Gobernación. Estaba pendiente el recurso cuando se expidió el Decreto ejecutivo número 229, de 2 3 de Febrero de 1906, que dispuso suspender el procedimiento judicial respecto de los sindicados de falsificación de billetes que á la saz6n estuvieran detenidos por cuenta de la Policía NacioPal, y re. pecto de Jos cuales aparecie­ra comprobado en el respectivo sumario el cuerpo del delito y por lo menos un testigo idóneo ó graves indicios contra ellos mismos, y ordenó que fueran puestos á disposición del Ministro de Guerra y remitidos á una Colonia Penal (Diario Ofidal número 12582). Este Decreto, como se ve, se refería á los sindicados, pero . en manera alguna á los ya smfenciados. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ....!... 689- Por un error inexplicable, los funcionarios encargados de dar cumplimiento á este Decreto confundieron, en la ejecución, á sindicados y reos, y enviaron á la Colonia Per:al á individuos que habían sido ya juzgados y que esperaban la decisión del recurso de apelación que habían intentado contra la respectiva sentencia. El Gobernador, encargado por la Ley de fallar este recurso, incidió á la vez en el mismo error, y en vez de sustanciado y decidirlo, hizo saber que la apelación no tenía lugar sino que los apelantes quedaban comprendidos en el Decreto número 229 citado. En esta virtud Arjona fue llevado á la Colonia Penal del Meta, y Mercedes Barón, relegada al Panóptico Posteriormente hubo otros dos Decretos relativos al 229: uno, el 7 3 2, de 9 de Agosto de 1906 (Diario Oficial número 12722), que lo deroga y manda que los sindicados del delito de falsificación de billetes sean juzgados con arreglo á la Ley 43 de 1905; otro, el 1058, de 3 de Septiembre de 1906 (D1'ano Ofidal número 1274 3), derogó el ant e rior y restableció el 229 . Estos Decretos demuestran que el 229 se refería úni camen­te á los sz'ndzcados de aquel delito, que tenían sumario pendiente, y señalaba la autoridad que debía juzgarlos é imponerles la pena; pero en manera alguna á los smlmdaJos ya, que ni necesi­taban de autoridad que los juzgase, porque ya lo estaban, ni que les impusiera pena, porque ya la tenían. Ahora bien: el recurso de apelación que tanto Arjor.ta como la señora Barón habían intentado, ¿quedó abolido, ó caduc6? De ninguna manera; porque ni el artículo 17 de la Ley 43 de 1905, ni eJ 10, han sido derogados ni modificados. Y á pesar de que ese recurso subsiste, los sentenciados fue. ron conducidos el uno al Meta, como si su sentencia estuviera ejecutoriada, y encerrada la otra en el Panóptico, como si la sentencia que la condetaó fuera ejecutoriada también. En virtud de lo expuesto, SE SOLICITA 1.0 Que Rafael Arjona sea devuelto á esta ciudad, lugar donde se verificó su juicio y se surte la apelación, para que, como es de rigor legal, esté presente y pueda sostener su defensa en esa segunda instancia ; 2. 0 Que Mercedes Barón sea trasladada del lugar de los condenados al de los detenidos que esperan fallo de segunda instancia ; y 3. 0 Que se ordene al Gobernador del Distrito Capital que sustancie y falle la apelación interpuesta por ellos contra la sentencia proferida por la Comisaría de la Policía Nacional. , Señor Ministro. BKLISARIO EsPONDA ) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -6go!_ Mi'rusterio de Guerra.-Secdón J .a-Bog(}/á, Octubre 22 de I90Ó. Vistos: Regía en la República la Ley 43 de 1905 cuando, por sentencia de fecha 12 de Julio del propio año, se condenó á Rafael Arjona y Mercedes Barón como responsables de la comi­sión del delito de falsificación de billetes, á sufrir la pena de dos afíos seis meses de presidio aquél, y de cinco años de reclusión ésta. En uso del derecho que la Ley mencionada les confería á los procesados, interpusieron en tiempo oportuno el recurso de apelación para ante la Gobernación del Distrito Capital; y sur­tíase ese recurso cuando se sancion6 y publicó el Decreto núme­ro 22~ d ~ l mes de Febrero último, en que se dispuso que los sin­dicados de los delitos de la naturaleza del por el cual habían sido condenados Arjona y la Barón, y cuyo sumario arrojara la prue­ba requerida por el inciso 2. 0 del artículo r627 del Código Ju­dicial, fueran puestos á disposición del Ministerio de Guerra para remitirlos á las Colonias Penales. La mala inteligencia que se dio á ese Decreto, dio lugar á que Arjona y la Barón fueran remitidos, el uno, á la Colonia Pe­nal del Meta, y la Barón, relegada al Panóptico de esta capital. Así las cosas, ha dirigido á este Despacho el Sr. Belisario Espon­da un memorial en que solicita que Rafael Arjona sea devuelto á esta ciudad para que se continúe el juicio aquí contra él, y se surta la apelación promovida en tiempo, ante la Gobernación, y que la Barón pase del lugar de los condenados al de Jos deteni­dos, con el fin de que allí espere el fallo definitivo. El Ministerio, para resol ver, CONSIDERA Que la Ley 43 de 1905, que fue la aplicable al fallo de pri­mera instancia, dictado contr~ Arjona y la Barón, establece las reglas procedimentales, aplicables á los juicios por falsificación de billetes ; · Que esas disposiciones fueron las que correctamente se tu­vieron en cuenta al proferir el fallo de primera instancia; Que por estar en la misma Ley garantizado el derecho de recurrir del fallo ante el Superior, fue por lo que lo~ nombrados Arjona y la Barón interpusieron el recurso de apelación; Que otorgado como fue el recurso, le correspondía á ' la Go­bernación del Distrito Capital desatarlo, dictando el fallo respec­tivo, ya fuera confirmando, reformando ó revocando el que había sido materia de alzada ; Que el Decreto 229 de Febrero último no era aplicable ab­solutamente al caso de Arjona y la Barón, porque basta poner un poco de atención en ese Decreto para comprender que él sólo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 6gr-era aplicable á sindicados 6 individuos en cuyos sumarios se ha. liara la prueba exigida por el articulo 1627, para llamar á res­ponder en juicio, y de consiguiente era inaplicable á casos en que, como el que se viene examinando, se trataba de un juicio 6 causa en que había desaparecido ya el carácter de indiciados 6 sindicados que tuvieron Arjona y la Barón, para resol verse en el de procesados ó encausados que aguardaban el fallo de segunda. instancia; Que es evidente que el recurso de apelación interpuesto por tos procesados Arjona y la Bar6n, no ha caducado, desde luego que, como se ha dicho, él no fue decidido 6 resuelto; y si esto aconteció, fue por errónea aplicación del Decreto número 229. Por las anteriores consideraciones, SE RESUELVE Hágase trasladar de la Colonia Penal del Meta á esta Ca­pital al procesado Rafael Arjona para que, hallándose presente, pueda prosperar el recurso de apelación pendiente ante la Go­bernación del Distrito Capital; Hágase pasar á la procesada Mercedes Bat'Óil, d~l lugar de los condenados al de los proce.;ados. 'Bogotá, Octubre 22 de 1906. El Ministro MANUEL M. SANCLEMENTE ZAPADORES Repúblt'ca de Colombia-Ejército Nacio1zal-Zona Mz1itar del Norte­Batalló114.0 de Infantería-Coma1zdancia-l'vúmero 969-Buca­ramanga, Octubre 8 de I90Ó. Sr. General segundo Jefe encarga~o de la Comandan<( ia General de la Zona.-E. S. D. Por su honorable conducto tengo el honor de rendir el in­forme al Sr. Ministro de Guerra, de los trabajos ejecutados por los zapadores de este Cuerpo, correspondiente al mes próximo pasado, de la siguiente manera : · En la carretera que de esta ciudad ha de conducir á Piede­cuesta, y que pasa por La Florida, se ocupó una sección de zapa­dores, compuesta de dos ( 2) oficiales y cincuenta y tres (53) in­dividuos de tropa, en la refección del puente de mampostería que hay cerca del pueblo de La Florida, rellenando con piedra varios hoyos ó sacavones que la quebrada en sus grandes avenidas ha formado en los estribos de aquél; en la construcción de un cimien­to cerca del puente denominado La Herradura, que mide cu'!lrenta y un metros de longitud por un metro veinte centímetros de altura Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín :Militar de Colombia - 6g2- y uno de espesor, para ensanchar más el camino en aquella par­te, y en terraplenar la citada carretera ó camino, con cascajo y tierra, en una extensión de doscientos veinticuatro metros de lon­gitud por ocho de latitud. En la vía que párte del puente de La quebrada de la Iglesia, que conduce á la fracción de Santa Bárbara, trabajaron un ( 1) oficial y treinta y seis (36) individuos de tropa, y se construyeron cien metros de camino con una latitud de tres y medio metros con sus correspondientes desagües, cortando además un barranco de nueve metros de altura en este mismo trayecto. Con esta mis­ma sección de zapadores se tumbó un puente de mampostería ·adelante de La Puerta del Sol, sobre la quebrada del Cómz'co, que estaba completamente dañado; se retiró todo el material de éste y se preparó el piso para su nueva construcción. E9tos trab:1jos fueron ejecutados bajo la dirección de los Sres. Dr. Roso Cala y D. Víctor Cadena, nombrados para tal efecto por el Gobierno del Departamento. En la variante que se proyecta hacer al camino que del punto de Las Quebradas-jurisdicción de Guaca-conduce á Um­palá, Provincia de Los Santos, trabajó durante el mes la fuer­za que se hallaba en Guaca, dando apoyo á las autoridades, com­puesta de un ( 1) oficial y cuarenta y dos ( 42) individuos de tropa, abriendo un camino ó vereda en una extensión de cuatrocientos setenta y seis metros de longitud por uno y medio de ancho, en terreno bien escarpado, á pesar de no haberse proporcionado en tiempo la herramienta necesaria. Para este trabajo se recibió he­rramienta de los Tesoreros de las Juntas Distritales de caminos de los Municipios de Guaca y Umpalá; y por conducto de este Despa­cho, la Comandancia General de la Zona ha enviado Reis barras, seis canaletes 6 palas (6), un taladro ( 1 ), seis azadones (6), dos hachas (2), seis machetes (6), y dos picotas (2), todo nuevor Para la dirección de los trabajos de este camino, el Gobierno del Departamento nombró al Sr. D. Basilio Ortiz, vecino de Um. palá. En el punto de Las Cruces (montaña), territorio de La Flori­da, se ocuparon un oficial ( 1) y diecisiete de tropa ( r 7) en cor. tar vigas y aserrar tablones para la construcción del excusado del cuartel, tantas veces mencionado, para lo cual la Comandan­cia del Cuerpo compró algunas herramientas, y está pagando el alquiler de un serrote á razón de diez pesos diarios ; además se compuso antes el camino por donde debía sacar la fuerza la ma­dera, en una extensión de mil ciento setenta metros de longitud por tres de latitud, entre lqs cuales hay ciento treinta metros arreglados con pura madera, por no permitirlo de otro modo el terreno. También se facilitaron, durante todos los días hábiles del mes, á excepción de los sábados, para trabajar en el templo que se está levantando en la plazuela de Be/In de esta ciudad, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -693- diez individu.os de tropa (lo), los cuales se ocuparon en el aca­rreo de piedra, tierra, arena y cal y en la preparación de mez­cla para tal obra. En los trabajos del edificio que se levanta para colegio de varones en esta ciudad, de propiedad del Departamento, traba­jaron también diez individuos de tropa, y éstos se ocuparon en la construcción de paredes, preparación de mezcla y mezclote para la obra de albañilería, y en hacer adobes. En la refección del edificio que sirve de cuartel se ocupa ... ron un oficial (1) y diez y seis individuos de tropa (16) y ejecu­taron los siguientes trabajos: construcción de un cimiento de cal y canto en el hoyo del excusado de que ya se ha hecho referencia, en su última parte, el cual mide doce metros de largo por un me­tro cincuenta centímetros de alto y un metro treinta centímetros de espesor; se labraron veinticinco vigas para colocarlas de dur­mientes en el mismo excusado; se construyeron unas paredes con su correspondiente cepa de cal y canto, al occidente del patio del mismo cuartel, en un trayecto que mide dieciocho me­tros de longitud, por tres de altura y sesenta centímetros de es­pesor; se htzo una canal de hoja de lata con su respectivo tubo, la que mide nueve metros de longitud y treinta centímetros de ancho, por quince de concavidad; el tubo tiene dos metros cin­cuenta centímetros de largo por veinte centímetros de circunfe­rencia; esta canal se hizo para recoger el agua del tejado del corredor que queda frente al de la Prevención ; para sostener el tubo mencionado, se hizo un machón de ladrillo y cal, de treinta centímetros de alto por treinta. de ancho y veinticinco de espe­sor; se hicieron setecientos adobes y se pintaron al óleo de color verde, la puerta del calabozo arreglada últimamente, la canal que se hizo para recoger las aguas del nuevo corredor que se construyó en seguida de la Prevención, y los pilares de é.;te. En esta obra se ha gastado, en el pnesente mes, lo siguiente : dos mil ochocientas piedras entre grandes y pequeñas (2,8oo), poco más 6 menos , las cuales fueron traídas por la tropa, desde La Pedre. gros a, á hombros, á una distancia de media legua del cuartel; veinticinco vigas (25), que están ya labradas y listas para poner­las en el piso del ex cusado, parte de las cuales fueron sacadas por la misma tropa á hombros, de Las Cruces, á una distancia de tres leguas, y otras fueron sacadas por el Sr. Andrés Jaimes, á quien el suscrito le pagó la suma de veinticinco pesos por li:l sa­cada d= cada viga. Para ayudar á traer esta madera al cuartel, el suscrito compr6, además, particularmente, un buey, el cual se ha tenido trabajando en todo el mes pasado. Se gastaron también tre :, libras de pintura que costaron no-venta centavos oro .................. . .. . ...................... $ o,go Una libra de aceite de linaza, treinta centavos oro . .,. ... 0.30 Vf>inticinco ladrillos de tolete, veir\ticinco centavos oro ... 0.25 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -694- Y tres fanegas de cal , cuatro pesos cincuenta cen-tavos oro ... . .. . . ... ... ... ... . .... . ... . . ... . ...... ... ... 4.5<> Todo lo cual fue costeado por el suscrito, quien pagó tam­bién al Sr. Evangelista Zárate, la suma de un peso cincuenta centavos oro ($ 1,50 ), por el alquiler de un taptal en quince días de trabajo, de todo lo cual conservo los comprobantes, y que muy respetuosamente solicito del Sr. Ministro de Guerra se me reco­nozca, toda vez que el único móvil que he tenido para hacer es­tos gastos es la seguridad, aseo y ornato del cuartel, y la como· didad de la tropa. Me permito informar á usted, para que se tome alguna pro­videncia, que la puerta de la guardia de retén, que es por donde entran y salen las vivanderas, está en tan malas condiciones, que un solo hombre, con un empujón, puede perfectamente abrirla 6 romperla, por lo cual es de urgente necesidad cambiarla por una puerta grande y nueva que preste seguridad. Creo que el Gobierno debería comprar un buen tapial para echar las tapias que dan á la calle, nuevas, las cuales, como se ha dicho en los informes anteriores, están completamente des­plomadas y próximas á caerse. Muy conveniente me parece también que el Gobierno haga poner un foco de luz eléctrica en cada una de las esquinas de la manzana en que están situados el cuartel y parque de esta ciu dad, pues este edificio no es seguro, y aumenta la inseguridad la completa oscuridad en que permanecen estas calles cuando no hay luna. Es también de urgencia la hechura de las garitas de que se habló en el informe anterior, para la vigilancia del parque en la noche. Queda así terminarJo el presente informe . Dios guarde á usted. • El Coronel, primer Jefe, RoGELIO VÉLKZ H&RNÁNDKZ República de Colombz'a-Número I5J-Catz·, Septiembre 24 de I906 Sr. General Comandante General- E. S. D. Tengo la honra de referirme al atento oficio de usted de esta fecha, designado con el número 1 ,209, en el cual se ha ser­vido usted transcribirme el que le ha dirigido el Ingeniero Na­cional Sr. Dr. Aquilino Aparicio, en relación con las órdenes que ha dado sobrt: construcción de materiales para la obra del · cuartel. Nada tendría que objetar al respecto si-conforme mi opi. nión-el Sr. Ingeniero hubiera obrado con franqueza desde un principio y si mi honra y responsabilidad no estuviesen de por medio comprometidas en el asunto ; pero mediante estas circuns- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 6gs-tancias, mi tregla de conducta está traza i a, y una vez que usted me permita explicarme, como voy á hacerlo por medio del pre­sente oficio, usted me justificará. Con Ct ce usted y ha aplaudido la buena voluntad y el entu­siasmo con que he venido prestando mi débil contingente en esta obra, por mi deseo de corresponder á la confianza del Gobierno al hacerme la honra de designarme como Director de los tra­bajos, según el telegrama del Ministerio de Guerra de fecha 7 de Mayo del año en curso, que usted conoce ; entusiasmo que, dicho sea sin lisonja, ha crecido de punto desde el momento en que esa obra se ha iniciado bajo los auspicios de usted, y desde luego que, gozando de sus simpatías, cuanto hasta ahora se ha hecho, he tenido el honor de ejecutarlo mediante su inteligente acuerdo. La obra, como usted sabe también, se inició teniendo en cuenta el plano levantado por el Sr. Alder (q. e. p. d.), plano que yo conocí por haberse levantado de acuerdo con mis indica­ciones en la parte militar y aprobado por el Gobierno y califica­do por el Sr. Ministro de Guerra, como '' el mejor de la Repú­blica," refiriéndose á cuarteles (véase el Informe publicado en el BoLETÍN MILITAR, página 446); pero que desgraciadamente se perdió. Yo, ~in embargo, no obstante tener la Dirección de la obra, confiada por el Gobierno, no quise atenerme á mis propias fuer­zas y consulté de9de ti principio y he venido consultando siem· pre con el Sr. General Aparicio, quien ha aprobado todo sin hacer objeción alguna, y no sólo sino que expresa y tácitamente ha dado su asentimiento á lo hecho, en presencia del maestro albañil Collazos y de Oficiales y obreros zapadores, y firmó el acta de colocación de la primera piedra. ¿ Por qué, pues, no fue leal y franco haciendo desde luego las indicaciones ú _ observa­ciones convenientes si lo que se estaba haciendo no sati!.facía los preceptos técnicos, y espera á ~tue se hayan adelantado los tra­bajos para introducir inno\•aciones en la construcción, forma y clase de los mat~riales, innovaciones que echan por tierra lo an­terior, con notable perjuicio para el Tesoro y comprometiendo mi reputación ? HISTORIA EL 1T UEVO NAPOLEON ( SEGÚN SUS ÚLTniOS HISTORIADORES) (Continuación) ( Contz'nuará) Es hecho demostrado que Europa, á partir de I 792, soñó siempre en ir á París á tomar l1 revancha de tantas hu mi­, IlaciOnes; que nunca se resignó á dejar á Francia-cuando ésta las conqnistó-Jas famosas ''fronteras naturales;'' que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 6g6- los deseos de la Convención habían trocado en ¿e fronteras constitucionales," y, en fin, que jamás soberanos ni gabinetes consideraron como definitivos los tratados que la derrota les había obligado á firmar, hasta 1802, con el Gobierno republi­cano francés. Nada, pues, tan grave como que M. Alberto So­rel se hubiera visto obligado á justificar á Napoleón del ma­JOr de los cargos que se le hiciera hasta entonces, y el hecho fue censurado por los pocos adversarios del notable historia­dor. Empero, el lector hace suya sin, dificultad ni resistencia, aquella conclusión. · 1\J. Sorel suministra al que lo lee el medio de compro­bar, no digamos su probidad, nunca puesta en duda, sino su independencia perfecta cuanto á sus propias ideas. Antes de emprender tarea para justificar no á este ó al otro régimen, sino á Francia, del cargo de agresora y provocadora de tantas guerras, Ja M. Sorel, en un trabajo sobre el Congreso de Viena, se mostró duro para con Napoleón l. Y si se comparan esas páginas ·escritas hace treinta años con las recientemente publicadas por M. Sorel, ¡qué evolución en las ideas, ó mejor dicho, qué gran lección de conciencia y de humildad 1 Del encadenamiento de los hechos de 1792 á r8r4 la verdad sur­gió ante M. Sorel, republicano viejo, liberal impenitente, pero historiador concienzudo, y, por lo tanto, se mclinó en presencia de dicha verdad. Y sus conclusiopes fueron preci­sas: Napoleón, al recibir la herencia material y moral de la Revolución, no podía consentir que se la alterara ó se la ami­norara; preferible era abdicar, y esto fue lo que hizo en r 8 r 4, porque, como lo dijo entonces, sólo los Borbones podían acep­tar las fronteras del 92. ¿Las fronteras naturales corríer·on peligro de pués de 1799? ¿Era preciso acumular murallas so­bre muralla , haluarteB sobre baluartes, llevar siempre más lejos las avanzada francesas y crear esas "marcas" y reinos vasallos? ¿ Era necesario instituir esa prodigiosa é imprac­ticable máquina del bloqueo continental, que condenaba á Francia á pisotear á Europa para vencer á Inglaterra? Tal vez, porque mucho antes de BolJaparte ya el Directorio ha­bía practicado el si tema
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 447

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 448

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 448

Por: | Fecha: 17/11/1906

S ePie VIl Tomo Il Año IX- N.o 448 :Bol~tin Militar ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Director FRANCISCO J. VERGARA Y VELASGO General de Ingenieros P11ede muy bien suceder que nuestro respeto á todas las convicciones, venga á parar en la indiferencia y nos deje sin em:rg!a. para defender las mt!stras ENRIQUE SIENKIEWICZ ·• * * Bogotá, Noviembre 17 de 1906 , * * • -Oficial- DECRETO NUMERO 132 1 BIS DE 1906 (OCTUBRE 29) por el cual ·e hace un nombramient.c El Presidente de la Repúblz'ca DRCRRTA Artículo único Habiendo sido llamado á ocupar otro puesto en el Gobierno el General Manuel Canal V., nómbrase Jefe Mi­litar de la Frontera del Táchira al Genera 1 José D Monsalve. Comuníquese y publíquese Dado en Madrid, á 29 de Octubre de 1906 R. REYES El Ministro de Guerra, MANUKL M. SANCLE11IRNTE DECRETO NUMERO 1336 DE 1906 (NOVIRl\lDRE 10) ..por el cual se dictan varias dispostciones y se hacen unos nombramientos en ei Ramo de Guerra El Presidente de la Repúbl~'ca DECRETA Art. 1 ,° Concédese la licencia indefinida que solicita el Sub­teniente Joaquín Llanos R., del Batallón J.0 de Infantería (4 ... Com • . pañía), y llámase al servicio activo al Subteniente Alfonso Sinis­terra, con destino á llenar la vacante que deja Lla~os R. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 6g8- Art. 2.0 Nómbrase al Sr. Demetrio Hurtado Armero del Parque de Cali, con la asignación mensual de $ 50 oro. Désele de alta en la Plana Mayor del Cuerpo que hace la guarnici6n en dicha ciudad. § 1.0 Los individuos que con el carácter de Armeros han venido figurando en dicho Parque, serán dados de baja y sólo que­dará con tal carácter el nomhrad0 Sr. Hurtado. § 2,0 La Comandancia General de la Zona Militar del Sur reglamentará la manera como deba llenar sus funciones el expre­sado Armero. Art. J.0 Nómbrase Habi,itado del Medio Batallón 7. 0 de ln­fa1ztería al Sr. Tomás M r~ rtínez T . Art 4. 0 Declárase en uso de licencia indefinida, por mala conducta comprobada, al Subte niente Benjamín l\l[edina, de la Compaiiía Suelta de Villavicencio, y reemplázasele con el de igual grado Abdón L6pez S, á qui e n se 1lama al s~rvicio activo. Art. 5.0 Nómbrase Instructor Militar del Batallón I5 de In­fantería al Sr. Alfredo G onzález, con sueldo de Subteniente. Art. 6. 0 Segrég o{ se la 4.a Compañía del Batallón I2 de In­fantería, que hace la guarnición en Manizales, la cual quedará como Compañía Suelta, y dependerá directamente de la Coman­dancia General de la Zona Militar del Sur. Art. 7. 0 Nómhrase Habilitado para dicha Compañia Suelta al Sr. Manuel M. Rohl e do, qui e n deberá prestar la fianza legal del caso, antes de entrar en el ejercicio de sus funciones. Art 8.0 El Subteniente V iguel Ramos, de la I.a Compafi{a del Batallón 9 °, que se ~egregó para f o rmar la Compañía Suelta . de Tumaco, pasará {, prestar sus servicios en la 3.• Compañía del mismo Cuerpo, en lugar d e l Subteni e nte José Vicente Fernández, destinado á Tumaco. Art g .0 Establ éce se pe- rmulét entre los Comandantes de la 2.• y 4 a Compañía del Batallón 4. 0 de Infanltría, Capitanes Julio Medina y Remigio Roncando, por razón de antigüedad de servi­cio del último. Art. 10. Por excusa aceptada al Sr. Enrique Arboleda L, para servir el puesto de Subteniente de la 4.a Sección (Guamo), 4.S. División de la Gendarmería Nacional, n6mbrase en su reem­plazo al Sr. Rafael Silva. Art. 1 1. Nómbrase Subteniente de la s.S. Sección (Natagai .. ma) de la mi. ma División del expresado Cuerpo, al Sr. Valerio V anegas, en lugar del Sr. Ju~tino Leiva, quien también se excusó de servir el referido empleo. Comuníquese y publíquese . Dado en Bogotá, á 10 d~ Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLRMRNTK Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -699- DECRETO NUMERO 1346 DE 1906 (NOVIEllfBRR 5) por el cual se concede un indulto El Presidmle de la Repz'tblica En uso de las facultades constitucionales y legales de que está investido, DECRETA Indúltase á los Sres. Luis F. Uscátegui y Carlos E. V élez, P.resos en-el Pan6ptico de Tunja en virtud de sentencia profe­nda contra ellos por un Consejo de Guerra. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 5 de Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL M. SAN CLEMENTE DECRETO NUMERO r 349 DE 1906 (NOVIEMBRE 8) en relación con los trabajo~t de Zapadores en la Zona Militar del Sur El Presidente de la República CONSIDERANDO Que el Decreto 1 1 15, de fecha 15 de Septiembre último, re­glamentario del servicio de Zapadores en la República, fue co­nocido en la Zona Militar del Sur, después de arreglada canfor. me á las disposiciones anteriores á dicho Decreto, la documenta­ci6n de los trabajos de Zapadores de esa regi6n, correspondiente á Jos meses de Septiembre y Octubre últimos, DECRETA Las formalidades que establece el Decreto I 1 15 de 15 de Septiembre de este año, reglamentario del servicio de Zapado­res en la República, entrarán á regir en la Zona Militar del Sur, desde el 1.0 de Noviembre en cur~o. Comuníquese y publíquese. Dada en Bogotá, á 8 de Noviembre de 1906. R. REYES Rl Ministro de .. GJeJra, MANUEL M. SANCLRMENTR Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -700- DECRETO NUMERO 1350 DE tgo6 (NOVIEMBRE 8) por el cual se hace un nombramiento en el Ejército El Presidente de la República DECRETA Artículo único. Debiendo marchar en comisión del Ministerio -de Guerra, para el Sur de la República, el Teniente Coronel José Dolores Angulo, nómbrase para reemplazarlo en el puesto de primer Jefe del Batalló1t I.0 de Infantería, al General Aurelio Va­lencia Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 8 de Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL l\L SANCLE1tENTE DECRETO NUMERO 1367 DE 1905 (NOVIEMBRE 10) por el cua l se revo ca un nombramiento y se hacen dos más en el Ramo de Guerra El Presidmte de la R epttblú:a DECRETA Art. 1. 0 Rev6case el nombramiento hecho en el Sr. Alejan­dro 1\Iaya M., para Teniente de la 1 r.• Sección de la 4." Divisi6n de la G e ndarmería Nacional, acantonada en Popayán, y n6m­brase para reemplazarlo al Sr. Elías Cajiao. Art. 2 ° Nómbrase al Sr. Manuel Medina Recolector de ar­mas y Agente especial del Gobierno en el Departamento de Cun­dinamarca, con sueldo mensual de $ 80 oro. El nombrado Sr. Medina tendrá como lugar especial de residencia, la ciudad de Facatativá. Comun1quese y publíquese. Dado en Bogotá, á 10 de Noviembre de Igo6. R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMENTE Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 701- ,;' DECRETO NUMERO 1369 DE 1906 (NOVIEMBRE 12) por el cual se ordenan varias economías en el Presupuesto de Guerra El Presidente de la Repúblz'ca CONSIDERANDO Que es un deber primordial del Gobierno propender por cuantos medios estén á su alcance á que los gastos de la Admi­nistración sean lo más reducidos posible, sin menoscabo del buen servicio público, DECRETA Artículo único. Desde el 1 ° de Enero del año de 1907 se harán en el Ramo de Guerra las supresiones y eliminaciones si-guientes: · a) Refundir en una sola Oficina la Comandancia en Jefe del Ejército y la jefatura de Estado Mayor G~neral del mismo, Ofi­cina que continuará á cargo de un jefe, que se denominará jefe de Estado Mayor General y tendrá las mismas atribuciones y de­beres señalados en la actualidad á la Comandancia en Jefe, que se elimina; b) Reducir en una tercera parte el perl'ional de jefes y Oñ. ciales que actualmente figuran en el Cuartel General del Ejército. El jefe de Estado Mayor General propondrá la forma como deban quedar organizadas las mesas y distribuído el servicio, teniendo en cuenta la reducción que se ordena, y que solamente se dejarán cinco Ordenanzas para el servicio de las Oficinas de su depen­dencia; e) Las (res Bandas de Música existentes hoy en el Distrito Capital se reducirán á dos, cada una de éstas qnedará con cua­renta Profesores. El Jefe de Estado Mayor General hará Ja se­lección conveniente y licenciará el personal sobrante ; eh) Eliminar los empleos de Recolectores de armas y Co­misionados especiales del Gobierno y los de Inspectores de éstos, existentes en toda la República. Los Gobernadores de los Depar. tamentos, por medio de los Prefectos y Alcaldes, quedan encar .. gados especialmente de terminar la recolección de armas y de­más elementos de guerra que aún existan en poder de partícula .. res, de conformidad con lo que disponen los Decretos 7 50 de 1904 y 1145 de 1905; d) Suprimir Jos Comisionados especiales del Ministerio de Guerra que hay actualmente fuera del Distrito Capital; t) Reducir e 1 personal del Cuerpo de Policfa Nacional, de manera que su costo mensual, inclusive el del material, no exceda de $ 18,ooo oro ; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -702- f) Suspender el ·aumento de personal de la Gendarmerfa Nacional; g) Reducir el personal de los Cuartele" Generales de Zona al siguiente : Un Comandante General; Un 2. 0 jefe; Un Secretario ; Un Ay~dante general, con el grado de Coronel 6 Teniente Coronel; Dos Adjuntos de los grados de Capitán á Subteniente ; Un Corneta de órdenes ; y Dos Cabos ordenanzas. Comuníquese y puhlíquese. Dado en Madrid, á 12 de Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLRMKNTR DECRETOS DE 1905 DECRETO NUMERO 1203 DE 1905 ( 1 O DE OCTUBRE) por el cual se hace un nombramiento El Presidm/1 de la Rtpública de Colombia DECRETA Artículo único. En virtud de promoción hecha en el Gene. ral Rubén Vernaza al puesto de Fiscal del Ejército, nómbrase en su reemplazo Subjefe de la 3! Mesa del Estado ~fayor Gene. ral al General Arturo Dousde bés. Comuníquese y publÍquese, Dado en Coburgo (Fusagasugá), Departamento de Cundi­namarca, á 10 de Octubre de 1905. El Ministro de Guerra, D . EucLIDES DE ANGULO DECRETO NUMERO 1204 DE rgoS (OCTUBRE 10) R. REYES por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el Ramo de Guerra El Preszaenle de la República de Colombia DECRETA Artículo único. Créase el puesto de Fiscal del Ejército, y nómbrase para ocuparlo al Sr. General Rubén Vernaza, para lo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 703- cual se promueve del empleo de Subjefe de la 3 • Mesa del Es. tado Mayor General del Ejército. §. El nombrado devengará el sueldo de su grado. Comuníquese y pubiÍquese. Dado en Coburgo (Fusagasugá), Departamentv de Cundina. marca, á 10 de Octubre de 1905. El Ministro de Guerra, D. EucLIDES DE ÁNGULO DECRETO NUMERO 1205 DE 1905 (OCTUBRE 1 e) por el cual se ciispone una prórroga El Presidente de la Repúblz'ca de Colombz'a R. REYES En atención á que, según informes, en el Departamento del .Magdalena quedan aún muchas armas sin recolectar por perma­necer ocultas, DECRETA Artículo único. Prorróganse hasta por sesenta días las fun­ciones del Recolector de armas, municiones y demás elementos de guerra en el Departamento del Magdalena, Sr. General Maximino O. Rivera R. Comuníquese y publíquese. Dado en Coburgo (Fusagasugá), Departamento de Cundí .. namarca, á 10 de Octubre de 1905. El Ministro de Guerra, D. EucLIDES DE ANGULO --- DEC:RETO NUMERO 12o6 DE 1905 (OCTUBRE 10) R. REYES por el cual se declaran terminadas las funciones de un empleado El Presidente de la Repúblz'ca de Colombl'a En atención á que han concluido los trabajos sometidos á la direcció1a del Ingeniero militar, DECRETA Artículo único. DecJáranse terminadas las funciones enco­mendadas al Sr. Jorge Brisson en su calidad de Ingeniero mili- · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ' -704- taré Inspector de zapadores en el extinguido Det-~artamento de· Cundinamarca. Comuníquese y publiquese Dado en Coburgo (Fusagasugá), Departamento de Cundi­namarca, á 10 de Octubre de 1905 . • El Ministro de Guerra, D. EucLIDES DE ÁNGULO DECRETO NUMERO 1207 DE 1905 (OCTUBRit lO) R. REYES·. que suspende la publicación del BoLETÍN MILIT.A.R El Presidente de la Repltblzca de Colombia, Teniendo eP cuenta la mala situaci6n fiscal por que atravie­sa el país, y la necesidad de efectuar las economías acordadas, DECRETA Art. 1.0 Suspéndese transitoriamente la publicaci6n del Bo.­LETÍN MILITAR. Art. 2.° Como consecuencia del artículo anterior, el perso­nal de empleados destinado á la edición de aquella obra será. dado de baja en el Cuartel General del Ejército. Comuníquese y publíquese. Dado en Coburgo (Fusagasugá), Departamento de Cundi• namarca, á 10 de Octubre de 1905. El Ministro de Guerra, D . EucLIDES DE ANGULO DECRETO NUMERO 1 ~os DE 1905 (OCTUBRE 10) por el cual se llama al servicio á un militar El Presidente de la República de Colombia DECRETA R . . REYES Artículo único. Llámase al servicio y clase de alta én el Cuartel General del Ejército al General Luciano Estrada y dei-­tfnasele á una comisi6n especial. C-omuníquese. Dado en Coburgo (Fusagasugá), Departamento de Cundina. marca, á 10 de Octubre de 1905. R. REYES El Ministro de Guerra, D EucLIDES DE ANGULO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 Boletín Militar de Colombiél - 705 REHABILlTACION DE UN OFICIAL Los suscritos Generales y Jefes del Ejército de la República, CERTIFICAMOS Que el Sargento Mayor Joaquín Bueno Aza ha servido en el Ejército con lealtad. Que su conducta particular y militar ha sido intachable. Que merece que se le tenga en cuenta como militar competente y cumplidor de su deber, y que apreciando que ya e¡ suficiente el término que se le ha hecho figurar en el Libro Verde por alguna falta que ya está purgada, y merece ser borrado de dicho Libro Verde. En fe de lo cual firmamos la presente en Bogotá, á 20 de Octubre de 1906. Eloy Caicedo-Carlos Franco R.-A. Merizalde-José A. Rojas B.-Arturo Dousdebis-Belisario Rodrfguez R. Los infrascritos certificamos que el Subteniente Joaquín Bue­no Aza peleó en Peralonso, y que fue el último que se retiró del río Zulia, orden del Sr. General Enrique Arboleda, y que cum­plió la orden que recibió para favorecer el paso del Urmaco hasta las 6 p. m. del día 17, hora en que se vio solamente con cinco individuos de tropa ; luégo se encontró al Ayudarate Mayor del Batallón y se incorporó en El Pórtico, á las 10 p. m., á los restos del Ejército que tenía allí reunidos el General Arboleda ; siguió prestando servicios á pie y enfermo por Iscalá hasta Mála­ga, donde se incorporó en el Batallón Nariiio, que hacía días es. taba allí; siguió luégo á Soatá y Susacón, en situ3ción lastimosa, y se quedó enferrr.o en Susacón, cuando el Ejército regresó á Pamplona. Bogotá, Octubre 27 de 1900. Me consta, el General de la 1.• División, Roberln Morales T. Me consta, el General, H. Arboleda-Me consta, el General, Arlur• Dousdebés-Me consta, Alberto Aya/a M.- Me consta lo anterior, el Mayor, Jorge Aguirre P.-Me consta que el Subteniente Bueno defendió valerosamente y hasta última hora el puesto que en el paso del río Zulia se le había confiado, dando así ejemplo de va­lor á muchos de sus compafieros. El Sargento Mayor, Carlos Riascos Plata. Al Sr. Ministro de Guerra-PLe. Yo Joaquín Bueno Aza, Sargento Mayor efectÍ\•o del Ejér­cito, acompaño al presente memorial, en carácter devolutivo, cer- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 7o6- tificados ex¡::;edidos por Generales del Ejército, en los cuales se ve que mi conducta observada en la última época y de mis servicios en actividad, me hacen acreedor á ser borrado del Libro Verde, gracia que pido al Sr. Ministro con el debido respeto. Soy de S. S. su servidor, Joaquín Bumo Aza Bogotá, Octubre 20 de 1906. República de Colombia-Poder .Ejecutz'vo Nacional-Ministerio de Gue­rra- Oc/ubre 23 A la Comandancia en Jefe pata que, en vista de los antece­dentes, se conceptúe sobre lo pedido. El Ministro, SANCLRHKNTK Comandancz? m Jefe del Ejércilo-Regislro número J,25J-Folzo I02, Bogotá, Oc/ubre 26 de I90Ó Joaquín Bueno Aza entró á figurar en el Libro Verde el 9 de Agosto de 1904, habiendo permanecido fuera del servicio á partir de aquella fecha hasta hoy. Su inscripción en el Libro fue por mala conducta. según diligencias remitidas por el primer Jefe del Batallón Rifles. Los certificados adjuntos, y en Jos cuales apoya su solicitud el Mayor Bueno Aza, tienen un valor relativo y prue­ban que la conducta en la fecha en que se le expidieran infirman Ja causa por la cual se le hizo inscribir en el Libro Verde. Llama la atención el certificado que presenta Bueno Aza, y que tiene fecha 25 del corriente, por la flagrante contradicción que en él se nota; en efecto, se afirma que la conducta del menciqnado Jefe ha sido ifllachable, tanto en lo particular como en lo militar ; esta certificación rotunda y absoluta como ella aparece, es contra­dictoria, pues no puede ser intachable, toda vez que tiene una lacha, la que dio lugar á la inscripción en el Libro Verde; en cierto modo se nota ligereza en los Jefes que firman el certificado, es· crito de puño y letra del peticionarió, y por ende redactado por él, porque al afirmar que su conducta ha sido intachable, des­autoriza el documento creado para establecer un castigo moral impuesto á los militares que f~ ltan á sus deberes ; pues no se comprende una conducta completamente exenta de censura, es decir, intachable, y que el individuo á quien se elogia figura en el Libro Verde, apareciendo lógica y consecuencialmente como in­justa la inscripción, y debiendo necesariamente castigar severa· mente al Jefe que ordenara tamaña injusticia. En concepto del suscrito, pueden los inscritos en el Libro Verde probar que su conducta. t'articular los hace acreedores á Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -707- que se les reh~bilite y quedar en disponibilidad de volver al ser­vicio; pero por lo mismo quq esta inscripción es tal vez la única sanción que existe para mejorar y corre>gir á algunos Ofictales, no debe desvirtuarse, certificando que son de conducta intachable los que figuran en él. No obsta:1te las anteriores observaciones, teniendo en cuenta el suscrito la honorabilidad de los Jefes que firman el cet:tificado, la conducta y servicios prestados por el Sr. Bueno Aza, con anterioridad á la falta que dio lugar á su inscrip­ción en el Libro Verde, y que dos años que hace viene figurando en él, es suficiente pena moral, el suscrito es de concepto que debe ser rehahilitado, quedando, por consiguiente, en disponibi­lidad de volver á entrar al servicio el Sargento Mayor Joaquín Bueno Aza. · Cumplido así el auto anterior del Ministerio de Guerra, de fecha 23 del presente, vuelva á ese Despacho. Por el Comandante en Jefe, Manuel M . Castro Uri'coechea Repúbh'ca de Colombia-Poder Ey'eculivo Nacional-Mi'tzislerio de Gue· rra-Bogolá, Noviembre 8 de I906 Vistos los documentos y conceptos que anteceden, SE RESUELVE Bórrese del Libro Verde el Sargento Mayor Joaqu1n Bueno Aza, quedando en disponibilidad de ocupar nuevamente un puesto en el Ejército. Comuníquese y publíquese con los antecedentes. El Ministro, SANCLEMENTE ENSEÑANZAS EN EL CIRCULO MILITAR Minisüri(} de Guerra-Número 404-Bogotcí , Septiembre 27 de r906 Sr. Coronel Alejandro Posada- P. En consonancia con los elevados fines que el Excmo. Sr. Presidente de la República ha señalado al Círculo Militar, entre los cuales es de atención preferente el estudio y adquisición de los diversos conocimentos que deben tener los miembros del Ejér­cito, uno de ellos, el de las lenguas extranjeras, y sabiendo que usted tiene versación en varias de éstas, y que en su carácter de socio activo del Círculo Militar le animan particulares anhelos de cooperar á su desarrollo y prepondera.ncia, el ~1inisterio de Gue­rra ha designado á usted para que desde el 1.0 del mes de Octu­bre próximo y mientras empieza á funcionar la Escuela Militar Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -708- de la que usted fue nombrado Subdirector, abra en el Círculo­Militar un curso de francés y otro de inglés, de manera que de cada uno de ello!:! se den tres clases semanales, que tendrán lugar en una de ]as horas comprendidas de ]as 6 á las 9 p. m. Para fijar la hora y escoger el Salón apropiado á las clases, se servirá usted ponerse de acuerdo con el Sr. Administrador del Círculo, Coronel Euclides de Angulo B. De la designación hecha en usted se ha dado conocimiento al Sr. General Comandante en Jefe del Ejército, á fin de que la ha¡ra trascendental por medio de la Orden General, é igualmente se ha hecho sabedor de ella al Sr. Presidente del Círculo Mi­litar. Soy de usted atento seguro servidor, MANUEL M. SANCLKMENT.& Bogotá, Octubre 3 de I906 Sr. General D. Manuel M. Sanclemente_, Ministro de Guerra-E. L. C. Señor Ministro : Tengo el honor de referirme á la atenta comunicación de ese Ministerio, número 404, fecha 27 del pasado, en la cual se sirve comunicarme que se me ha designado para dictar cursos de francés y de inglés en el Círculo Militar. Con mucho gusto pongo mis escasos conocimientos á disposi­ción del Gobierno, y doy al Sr Ministro de Guerra las gracias, de manera especial, por la ocasión que me presenta de cooperar en algo al desarrollo y preponderancia del Circulo Militar, el cual he considerado siempre como factor importantí imo en d engrandecimiento de la carrera de las armas, noble entre todas, y elemento sin el cual no podemos aspirar á ocupar puesto algu­no distinguido entre las naciones civilizadas. Soy, con todo respeto, del Sr. Ministro, servidor obediente,. ALEJANDRo PosADAt Ministerio de Guerra-Número 448-Bogotá, 7 de Noviembrt de L906 Sr. Coronel D. Alejandro Posada-P. Ha transcurrido más de un mes desde que este Despacho hizo saber á usted, por medio de oficio número 404, que había sido designado para dictar en el Círculo Militar cursos de fran· cés y de inglés, sin que hasta ]a fecha usted haya dado cumpli­miento á tal encargo, no obstante lo manifestado por usted en su atenta comunicación de respuesta al oficio aludido, fechada el 3 de Octubre último. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -709- Por lo cual el Ministerio de Guerra excita á usted formalmen~ te para que, sin nue_va dilación, se sirva dar principio á la ense­ñanza de los mencionados idiomas. De usted atento, seguro servidor, MANUEL M. SANCLEMENTE -ZAPADORES Reptíblzca de Colombia-Número I53-Cah, Septz"embre 24 de I90Ó (Concluye) El General Aparicio rnuy ¡:-oco va á la obra, quizá por sus atenciones en otros trabajos : hasta hoy no ha hecho un solo tra, ~do, de modo que los cimientos se han seguido conforme á mis instrucciones y para el modelo de edificio Alder. Si hoy opina, dicho ingeniero, hay que desbaratar lo hecho-cambiar gavelas, etc.,-mañana opinará qt!e también hay que cambiar los cimien­to~, etc. El General Aparicio tiene en proyecto un nuev9 plano-muy bonito-á juzgar por el esbozo que hace más de un mes usted le ordenó trazar, pero enteramente diferente del anterior, y, por lo que se me alcanza, de pdctica irrealizable, pues no guarda las condiciones que el Gobierno se propone, de sencillez, poco costo y consiguiente, pronta ejecución de la obra. Y como el Sr. General Aparicio sólo hoy se dirige por es­crito dando instrucciones sobre los materiales, después de que de hecho y prescindiendo de entenderse con usted, que es el Jefe, y conmigo, que tengo á mi cargo la direcci l) n de la obra, ha ido á dar órdenes directas á los obreros, establ e ciendo así una anar­quía perjudicial en todo sentido, es claro que yo no puedo con­tinuar i :~ tervin!endo con carácter de Uirector, y mucho menos cargar con la responsabilidad de seguir haciendo pago de obre­ros y llevar cuentas. Y como, al fin y al cabo, él es Ingeniero y yo no lo soy, por más que mi:; cálculo ., sean prácticos y mis in. tenciones honradas, resultará que los errores y las pérdidas que se sufran me serán atribufdas á mí) y sólo á mí. Por todo Jo cual, muy respetuosamente me permito solicitar de usted que se sirva relevarme del cargo de director de la obra del cuartel y de toda intervención en ella, y disponer, en conse­cuencia, quién se haga cargo de l c.- s elementos, de hacer los con­tratos necesarios, llevar las cuentas, etc., pues no pudiendo estar en inteligencia con el Sr. General Aparicio, mi irtervención en el asunto es imposible. Esto no obsta para que yo cumpla gustoso las órdenes que Jefe tan meritorio como usted tenga á bten impartirme en cual­quiera otro sentido que no sea intervenir en asunto de construc­ción del cuartel. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia 710- Particular y verbalmente puedo manifestar á usted otros muchos motivos que me obligan á no podern e entender con el Dr. Aparicio. . Soy de usted atento, seguro servidor, CAMILO ARANA o. República de Colombia-Comandancia General de la Zona Mt1üar del Sur. l!;Jércilo Nacional- Cali, Septiembre 26 de I90Ó Como esta Comandancia no tiene facultad para resolver los asuutos de que trata el General Arana, remítase la anterior nota al Ministerio de Guerra, para que esa Su¡ ,erioridad resuelva lo que estime conveniente. Contéstese al General Arana Jo que se ha dispuesto, pero in­sinúesele que es preciso que continúe en ejercicio de sus funcis­nes mientras el Gobierno resuelve lo que estime conveniente. El Comandante General, Lucio Velascoi iiOSPITAL MILITAR CENTRAL Repúbltca de Colombia-Hospital Mz1zlar Cenlral-Direcd!m del Slr­vú: zo de M_Micos-Bogotá, Octubre JO de I90Ó Sr. Ministro de Guerra- Prcsen te Habiendo encontrado en los intormes que me han enviado algunas guarniciones, puntos importantísimos que se refieren al ramo de sanidad, he considerado más conveniente en esta vez transcribir á usted textualmente algunos de ellos, valiéndome del presente informe que tengo el honor de presentar. Dice el Médico del 9.0 de Iifatllería acantonado en Cali: " Las enfermedades dominantes en este Batallón han sido, durante el mes de Septiembre, á más del paludismo, la gripa y el sarampión; pero sobre todo estas dos últimas han sido la epide­mia en la población. La aparici6n de la gripa y el sarampión en la tropa ha contribuido á aumentar el número de enfermos de un modo considerable. El sarampión, en lo heneral, ha sido benigno. La forma de gripa más común ha sido la catarral, y han ocurrido algunos ca­sos de paludismo gripal muy graves, que han ocasiona0o fatales resultados, como la muerte del soldado Félix González, única de­función que ha ocurrido durante el mes. Se han dado de baja, por inútiles para el servicio militar, los soldados Leopoldo Romero, Valentín Rozo, Jesús María Ro­zo, Anselmo Lozano, Max.imiliano Palacios, Eusebio Wilches, José Bedoya y Félix V élez.'' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 711- El cuadro del movimiento de enfermos lo he encontrado de acuerdo con el informe precedente y me ha satisfecho. En cuanto á la guHrnición de Manizales, me dice entre otras cosas, que no se relacionan con la parte sanitaria, lo siguiente: " Por el cuadro que adjunto al presente informe, verá usted que en el mes de Septiembre disminuyeron los enfermos. pero no las enfermedades 'lHnéreas La salubridad de la Compañía no es mala relativamente, ro obstante haber aparecido en la población una epidemia de cscarlali1la, eritemas dú)ersos, fiebres remitentes y aun disentería. La mortalidad no fue considerable en los adultos, pero sí en los niños. El servicio es muy recargado por tane.- que dar guar­dias, custodiar un parque y tener guarnición en Marmato, todo con sólo cien hombres, etc. etc." Los datos que me suministra en su informe correspondiente á Septiembre el de la guarnición de Cúcuta, son Jos que siguen: "En este mes hemos tenido varias c.,osas que lamentar: la enfermedadfiebre amarilla del Sr. General Manuel V. Canal, Jefe de la Frontera; la del Sr. Toscano, Capit~n adjunto á la Jefatura, y la muerte del ~oldado Zacarías Pérez En los dos primeros la enfermedad fue relativamente benigna y tuvo un desenlace feliz, no así en el tercero, á quien un ataque comatoso palúdico lo ul­timó en seis horas. También tenemos al • oldado de la 2.• Compañía Pedro Ca­ballero, de constitución raquítica, en muy mal estado, debido á una granulia que se le desarrolló en muy poco tiempo. La situa­ción de este infeliz en el Hospital es lamentable, pues debido á la pobreza de este establecimiento de caridad, no pueden darle la alimentación que necesita y está consumiéndose por inanición. ( Conlz'nuar á) HISTORIA EL NUEVO NAPOLEON (SEGUN SUS ULTIMOS HISTORIADORES) - (Continuación) En esa lucha g-igantesca y que consideramos insensata en partes, se cometieron graves faltas: la exaltación produ­cida por triunfos sin iguales debía conducir á una loca infa­tuación, á abusos de autoridad, á excesos de despotismo. La invasión de España fue á un tiempo una falta y un crimen; en mi juicio la desposesión del Papa no tiene excusa y apenas la explica el qrgulloso anhelo de dar leyes al mundo de lo alto del Capitolio. Tal vez en 1 812 la . ceg~e.dad que una exasperada megalomanía tornaba fatal, Impidió al vencedor de Austerlitz calcular bien sus probabilidades de éxito y sus fuerzas, y de esa manera preparó-provocándola-la revan- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -712- cha que durante dos años Europa tomó de Francia, ¡ay! tanto como del mismo Emperador. Pero no es menos cierto que al leer á 1\tl. Aberto Sorel -á quien no amma ninguna simpatía por Napoleón-queda uno convencido ele que en la mayoría de casos el agresor aparente no hacía otra cosa 'JUC parar los golpes que se pre­paraban en la sombra, desconcertanclo con urt rápido ataque planes de revancha y reconquista. La ruptura de la paz de Ansiens que l\1. Sorel cuelga á Inglaterra, se encontraba en germen en el mismo tratado, calificado de vergonzoso y de tnaceptable al día srg·mente de firmado por los leaders del Parlamento inglés. La alianza francorrusa que Alejandro, astuto y elástico eslavo, mezclado de griego, supo tornar tan seductora un momento, no era sino una cortina tras la cual, en la misma Rusia, se maquinaba la futura revancha: por haber aceptado esa alianza, familia, cortesanos y pueblo lo abominaron ; Europa se escandalizó del hecho, hasta que la actitud del ejército ruso, el aliado de Francia cuando la eampaña de Austria en r8og, mostró su inanidad. En 1 fon­do, Ja gran fracmasonería de monarcas y aristocracias, des­concertada á ratos, tornó á r.ehacerse siempre contra Napo­león: en él odiaba menos nn hombre que us principios y un paí , la Revolución y la Francia. Fue por esto por lo que la. propo iciones de paz de 1813 y 1814 fueron ilusorias, J después de un volumen casi íntegramente consagrado á la paz de Amiens y otro á la alianza francorrusc..t, l\Ir. Sorel YlO en las "proposiciones de Pra~·a" y· ·n las "bases d' Francfort" Jos prodromos de Jo que I. Hous ·ay e apellidara ''Com día de .hatillon." Tose trataba de arrebatar al Emperador us conquistas J~janas como Varso­via Danlzig, Laybach, Venecia ó Homa, p •ro ni un Amster­dan ó Milán mcís próximas. Se trataba de arrehatarl des- · pués de ellas á Anvercs, Ma_guncia, Chambery. Era preciso borrar de la carta de Europa las conquista de la Revolu­ción, y por cuanto parecía que el Emperador jamás s~ confor­maría con tal pérdida, aun cuando por Jo pronto pareciera re­signado, ante todo resultaba preciso abatir su poder. El tratado de París demostró bien, desde I8x4, lo que los documentos de las canciiiPrías, al fin conocidos, han revelado á M. Sorel: .el Emperador derrocado era la ruina de las conquistas de la Hevolución, conquistas que se quería arrebatar á Francia, y .que lo fueron al fin. De todos modos hubiera sucedido lo propio : Napoleón habia sido siempre el centinela vigilante que, sondeando Jas tinieblas con ojo avizor, al ver más pronto . el fusil que se le tiende, apunta á su turno con rapidez y de­rriba al enemigo antes de que éste haya tenido tiempo de .disparar-( Continúa). Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 448

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 451

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 451

Por: | Fecha: 08/12/1906

Serie VIl - Tomo 11 !ñJIX -N. o 451 ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERGITO Director FRANCISCO J. VERGARA Y VELA.SCO Ge~eral de Ingenieros Pu~de muy bi~n sucede,. que 1tuc:stro respeto á todrzs las coJtvicciona, Zltttga á paraJ' erz la in lzfereJtcia y ~t:JS deje si1t ~'zergír z pam difend~r las 1m!rtras ENRIQUE SIENKIEWICZ • • • Bo~otá, Diciembre 8 de 1906 ~ • • • · Oficial DECRETO NUMERO LP9 DE 1906 {NOVIKMBRE 26) 'POr el cual se acepla una renuncia y se hac~ un nombramiento para la . Policía Nacional El Presidmle de la Repúblz'ca DECRETA Artículo Ú:'lico. Acépta e la renuncia q:Je presenta el Sr. Be- 1isario Bejarano par., serararst'! dr>l puesto de Escribiente de la Dirección G~neral de la Polic" N tCÍ ·m·tl, y nómhrase en reem­plazo al Sr. Gabriel DJmainP, á quien se promueve del puesto -de Agente Escribiente de la misrn 1 Dirección. Dado en Bogotá, á 26 de N viembre de 1906. Rl Ministro d¿ G'.lerri.l, T\1 wu : el Parque de Honda, declárase eliminado, á contar del día 1 3 de los corrientes, el puesto rJe Guardaparque de la ciudad última­mente mencionada. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Noviembre de 1906. El Ministro de Guerra, MANUKL M. SANCL!MENT:g DECRETO NUMERO 1422 DE 1906 (NOVÍltMBRK 26) R. REYES por el cual se hace un nombramiento en el Ramo de Guerra El Presiden/e de la RepúbliCa DECRETA Artículo único. Nómbrase en propiedad Habilitado del Medio Batallón 6.0 de Injanltría, de guarnición en Cúcuta, al Sr. Braulio Jiménez. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -747- §. El Sr. Jiménez prestará una fianza de doscientos cincuen­ta peSO$ ($ 250). Comuniquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Noviembre de 1906. El Ministro de Guerra, ~lANUKL M. SAMCL~KINTK DECRETO NUMERO 1423 DE 1906 {NOVIEMBRE 26) R. REY!!S en desarrollo de la Ley 26 de 1905, sobre Justicia Militar El Presldenle de lo. Repúbl~o. CONSIDERANDO Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 7. 0 del Decreto número 1 149, de 24 de Septiembre último, han sido pasados á la Mesa de Justicia Militar del Cuartel General del Ejército varios asuntos criminales contra individuos de tropa pertenecientes ' Cuerpos extinguido~, por delitos comprendidos en la Ley 26 de 1905, cuyo juzgamiento corresponde á un Consejo de Guerra or .. dinario, según el artículo 2.0 de dicha Ley, en relación con el 1 38 3 del Código Militar ; Que el radicar tales asuntos en las Comandancias de los Cuerpos de esta guarnición, aplicando por analogía el artículo 1464 del mismo Código, perjudica notablemente el servicio; Que conforme al e!,p{ritu oe los artículos 1390, 1 391, 1402, 1403 y 1404 del C6dil{o citado, los vocales de Jos Consejos de Guerra ordinarios, Jos Funcionarios de InstrrJcci6n y Jueces Sus­tanciadores pueden ser militares de Estado Mayor, con tal que sean id6neos y que se garantice la imparciafidal respecto del agravio causado por el delito ; y Que, según el artículo 16 del Decreto número 706 de 1905, corresponde hoy á la Mesa citada resolver las dudas é inconve­nientes que se presenten en el procedimiento oe las causas mi­Jitares, DECRETA A rt. 1.0 Estaulécese un Consejo de Guerra ordinario, de ca.­dcter permanente, que conocerá en primera instancia de las cau­sas militares contra individuos de tropa de Cuerpos extinguidos, por delitos comprendidos en Ja Ley 26 di! 1905, que correspon­dan á la circunscripción jurisdiccional de Bogotá, conforme al Decreto 706 del mismo año. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 748- Art. 2.0 Nómbrase Vocales de dicho Consejo á los Sres. Co­ronel Samuel Herrera, que presidirá y ejercerá las funciones de Juez Sustanciador, y á los Sargentos Mayores A.braham Rojas, Juan Caro Narváez, y Tenientes Félix Restrepo B. y Alberto Ayala. §. En caso de impedimento ó recusación de alguno de los Vocales, se autoriza á la Comandancia en Jefe del Ejército para nombrar en cada caso el reemplazo respectivo. Art. 3. 0 Nómbrase Funcionario de Instrucción, para el per­feccionamiento de los sumarios, al Coronel Miguel M urillo, y Se­cretario al Subteniente Rafael Ortega E., quien será á la ve~ Se­cretario del Consejo. §. El Fiscal del Ejército llevará en estos asuntos la voz del Ministerio Público, y el Auditor General d~ Guerra será el ase­sor del Consejo. Art. 4 .0 La autoridad militar respectiva dará, en cada caso, cumplimiento estricto á lo que dispone el artículo 1443 del Códi­go, á fin de establecer la sanción legal por las demoras injustifi­ ·Cables en que incurre el funcionario ó el Juez Sustanciador. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Noviembre de 1906. El Ministro de Guerra, MANUEL M. SAN CLEMENTE DECRETO NUMERO 1424 DE tgo6 (NOVIEMBRE 26) R. REYES por el cual se dictan varias disposiciones en el Ramo de Guerra El Presidente de la República DECRETA Art. 1.0 Declárase insubsistente el nombramiento hecho en el Sr. FranCISCO A. Morales para Subteniente de la 6.· Sección, 4.• División de la Gendarmería Nacional acantonada en !bagué, y nómbrase en su reemplazo al Sr. Jorge Pardo. Art. 2.0 Llámase al servicio activo al Subteniente Juan Salís, y destínasele á la 2: Batería del Batallón I.0 de Artillería, en reemplazo del de igual grado José Hernández, quien falleci6. Art. 3 ° Declárase en uso de licencia indefinida al Subte­niente Julio Cuadros Caldas, Abanderado del Medio Batallón .10.0 de Infantería, de guarnición en Popayán, y nómbrase en su reem­plazo al de igual grado Antonio Bonilla, á quien se llama al ser­vicio activo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -749- Art. 4 ° Por excusa aceptada al Sr. Alejandro Gómez, nóm­brado Teniente para la 15 .• Secci n, 4.• División de la Gendar­mería Nacional, acantonada en Pasto, nómbrase al Sr. Leopoldo Díaz F. Art. 5.° Concé !ese la licencia indefinida que solicitan los Subtenientes NicoiRs Lizarazo y Nicolás Carvajal, Abanderado el primero, y de la 3: Compañía el segundo, del Medio Batallón 6. 0 de In(antert'a, de guarnición en Cúcuta, y nómbrase en reem­plazo á los de igual grado Joaquín Bueno Aza y Joaquín Alfaro, á quienes se llama al servicio activo. Art. 6. 0 Declárase en uso de licencia indefinida, por falta de espíritu militar y á solicitud de los Jefes respectivos, elevada por conducto regular, al Teniente Diego Chiary, de la 1.• Com .. pañía del Medio Batallón J.0 de Infantería, de guarnición en San Gil, y n6mbrase ert su lugar al Teniente Ramón Hernándei, á quien se llama al servicio activo. Art. 7.0 Establécese permuta entre el Subteniente Justiniano Orozco, del Medz'o Balalló1z I I de Infantería, y el Subteniente José Carlos Cuéllar, que presta sus servicios en los talleres militares de esta ciudad. Esta novedad se causará con fecha 1.0 del pr6x.i­mo mes de Diciembre. Art. 8. 0 Hácense los siguientes cambios de Oficiales: El Teniente Telésforo Morales, de la 5: Compañía del Bil­la/ Ión I 0 de Infantería, pasará en su empleo á la 3: del I2. El Teniente Rafael Salgado, que ocupa este último puesto, pasará á la 2 . • Compañ(a del I5, en lugar del Teniente Manuel Pulgarín, que vendrá á reemplazar á Morales en la 5 .• Com­pañía del I.0 de Infantería. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Noviembre de 1906. El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLRr.tENTit DECRETO NUMERO 1425 DE 1906 (NOVIEMBRE 26) R. REYES que reforma los de 1897 números 13 y 296, sobre bienes de militares difuntos El Presidente de la República DECRETA. Artículo único. De Jos bienes 6 haberes de un militar muer­to en servicio activo podrá hacerse entrega á los deudos ó here- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -7SO-deros que se presenten reclamándolos dentro del año siguiente á la defunción, si tales deudos 6 herederos fueron conocidos, 6 del Jefe de la fuerza á que el militar pertenecía, 6 de la autoridad militar superior del lugar en donde existieren los bienes, ó si los reclamantes comprobaran siquiera sumariamente su carácter an­te cualquiera de dichos Comandantes. Estos podrán á prevención ordenar la entrega, aun cuando los efectoc; 6 valores se encuen­tren depositados ya en la correspondiente Administraci6n de Ha­cienda. El Jefe ordenador y el Administrador de Hacienda darán inmediatamente al Estado Mayor General los avisos respectivoi de la ORDEN y de la ENTREGA, con expresión de los nombres del difunto y de los reclamantes, objetos, precios y demás circuns­tancias. §. Quedan reformados los Decretos de 1897, números 13 y 296, de 14 de Enero y 1 o de Julio. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLRHRNTE DECRETO NUMERO 1451 DE 1go6 (NOVIEMBRE 30) por el cual se hace una promoción y un nombramiento El Presidm/e de la RepúblictJ DECRETA Art. 1. 0 Promuévese al Subteniente Joaquín Albán, que sir­ye en la 4." Compafiía del BataJlón 2.0 de Infantería, al puesto de Abanderado del mismo Cuerpo, en reemplazo del Subteniente Alejandro Díaz G. Art. 2.0 Llámase al servicio activo al Subteniente José Ma­ria Manrique y destínasele á la 4." Compañía del expresado Ba­tallón 2.0 , en lugar del Subteniente Albán. Comuníquese y publíquese4 Dado en Bogotá, á 30 de Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra, MANU.EL M. SANCLEMENTE 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -751- DECRETO NUMERO 1452 DE 1906 (NOVIEMBRE 30) · que hace dos nombramientos en la Gendarmería Nacional y dicta una disposición relacionada con la guarnición de Quibdó El Presidente de la República DECRETA Art. 1.0 Nómbrase al Sr. Adriano Valderrama Subteniente de la 3.• Sección (Ambalema), 4 • Divbión de la Gendarmería Nacional, en vez del Sr. Zoilo Pulido, que no se presentó. Art. 2.0 Por excusa aceptada al Sr. Maximiliano Cadena para servir el puesto de Subteniente de la 1 4 .• Sección (Cali), 4·" División del mismo Cuerpo, nómurase en su reemplazo al Sr. En­que Arboleda L. Art. 3. 0 A contar del I .0 de Diciembre en curso, la Media Compañía Suelta que hace la guarnición de Quibdó, y que ha es­tado á órdenes inmediatas del Comandante General de la Zona Militar del Atlántico (Barranquilla ), d e penderá directamente de la Jefatura Militar de la Plaza de Cartagena. §. El Habilitado del Medio Batallón ¡.0 de Infantería, acan· tonado en esta última Plaza, forrr ari\ las Libranzas y hará las remesas para el pago Jde la Media Compañ ía Suelta. Art. 4.0 La guarnición de Mocoa constad. de cien hombres de tropa, y quedará como Compañía Suelta á Órde:tes del Jefe de la Colonia Militar y Penal de dicho lugar. §. Facúltase al Gobernador de Nariño para hacer el nom­bramiento de Habilitado de la expresada Compañía Suelta, dan­do aviso á este Despacho para su aprobación. Comuníquese y publíque se. Dado en Madrid, á JO de Noviembre de 1906. R. REYES El Ministro de Gu e rra, MANUttL M. SANCLRMENTlt TIRO AL BLANCO :Rtpública de Colombia -Ejtrcito Nacional.-Bogotá, N1vi'embre JO de I90Ó .. Sr. General Jefe de E stado Mayor GeneraL-E. S. D. Tengo el honor de informar á uo::teci que el tiro de aplicación -que empezó en Octubre último con el Batallón 2.0 de Infantería, continuó en el mes de Noviembre con el mismo Batallón. En este tiro se ejercitaron la Plana Mayor y tres compañías: 1.a, 2.• y 4-• Las ctras compañías del mismo Cuerpo no practica. ron el tiro de aplicación por estar ausentes. D! L Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -752- El tiro se efectuó á 200 y 300 metros contra siluetas de pie y de rodillas y en las posicionPs de rodillas, tendido, detrás de parapeto y á vuluntad . Cada tirador disparó tres cartuchos en cada una de estas posiciones. Después del tiro de aplicación, los Capitanes de las Compa­ñías arriba nombradas hicieron la clasificación de sus tiradores~ Para ello tomaron por base las reg-las siguientes: Los tiradores que en los doce disparos del tiro de aplicación obtuvieron doce puntos Ó más, fueron considerado~ como buenos. tiradores; los que obtuvieron de seis ¡:;untos á once inclusive, me. dianos tiradores; y el resto fue calificado como malos tiradores. La bala que hirió el blanco de pie, se contó por tres puntos;. la que hirió el de rodillas, por cuatro. Las balas que hirieron de rebote se contaron por cero. También se ejecutó un tiro de duraci<)n limitada con los in .. dividuos que fueron calificados buenos tiradores. Este tiro se efectuó á 300 metros contra blanco de bu~to, que se hizo a pare­cer y de<:aparecer á intervalos de cuarenta segundos. La mayor­parte de los que tiraron á este blanco alcanzaron á disparar tres. cartuchos en los cuarenta ~egundos; hubo algunos que dispara­ron cuatro y aun cinco Se di~tinguieron en este tiro los soldados Carlos Acevedo y Adán Díaz, quienes merecen la calificación de muy buenos Hradores. En el mes de Noviembre se ada¡Jtaron dos campos de tiro, uno en Madrid y otro en Facatativá, los cuales pueden conside­rarse como permanentes, y servir, en consecuencia, para las guar­niciones que se destinen á estos lugares. Kn el primero se ejer­citó el Batalión 2. 0 de Infantería en el tiro de aplicación, en el otro empezó su tiro de instrucción el Batallón 5. 0 Es de justicia hacer constar el entu~iasmo que se ha desper­tado en estos Batallone~'~ por el tiro a blanco hecho con arte. Convendría, y así me permito proponerlo respetuosamente~ ya que se puede decir que por primera ver. entre nosotros uno de Jos Cuerpos del Ejército ha hecho casi un curso completo de tiro al blenco, y como seguramente los otros Cuerpcs harán el mismo curso, según Jos deseos del Excmo. ~r. Presidente de la Repú­blica, convendría, digo, se dispusiera la creación de una insignia que sirviera para distinguir á Jos buenos tiradores; a~í como tam­bién que se promoviera en la Capital de la República, una ó dos veces al año, en Julio y Diciembre, por ejemplo, un concurso de tiro al blanco con los mejores tiradores de los Cuerpos, en el cual se concedieran premios ó recompensas á lvs que más se distin­guieran. Soy del Sr. General atento y seguro servidor, ANTONIO LAVKRDE R. Instructor General del Ejércit~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -753- TRABAJOS DE ZAPADORES RtpúbHca de Colombza -Ejército NtJcional.-Comandancia del Balallún 3 ° de Itifanlería.-Buga, Noviembre 8 de I90Ó Sr. Ministro de Guerra-Bogotá. Tengo el honor de presentar á usted el informe de los tra­b a jos -ejecutados por el Barallón J.0 de Infantería en el Departa­mento y en el mes de Octubre : Pri·mera Compaiiía -Esta Compañía salió para Palmira el día 11 y principió algunos trabajos de arreglo de una calle; esta Compañía no ha enviado el act<~. de los trabajos ejecutados ni su valor. S egunday Cu.arla Compa1iías-Principiaron trabajos el día 1 1 y se ocuparon en establecer el afirmado del camellón de salida, l'Ía de la montaña, en una l0ngitud de 450 metros y con una am­plitud de cinco metros Para el relleno del camellón se emplearon 67 5 metros cúbi­cos de tierra y cascajo extraídos de los lugares inmediatos y de la ribera del río La Vz'eja. Cada capa de tierra se consolidÓ por medio de tandas con pisones de madera, hasta las últimas capas de cascajo. Las cu­netas llevan r-u sardinel de piedra y tienen desnivel conveniente. El camellcí n llevará en toda su longitud una zona empedra­da, cuyo ancho será de un ~ e tro y tiene por objeto impedir el resbalamiento de las tiérras del centro á los lados. Se construyeron dos puentes de cal y canto cubiertos con ma­deras fuertes y de buena calidad que tienen las siguientes dimen­siones : el primero un metro de luz 1Jor cinco de ancho; el segun­do, un metro de luz por seis de ancho. El piso del puente quedó debidamente arreglado, evitando que las maderas queden al descubierto. Se construyó una alcan­tarilla de cal y canto para dar pa~o á las ague1s que sobre el ca­mellón concurren, de las calles vecinas . Los canales laterales que vierten sus aguas á las cunetas del camellón, fueron también arregJados en su forma y en su pen­diente. El bombeo del camellón está terminado, y se trabaja en la zona de piedra de que hice mención antes. El Sr. Prefecto ha prestado buena atención á los trabajos y decidido empeño en la obra. facilitando los elementos que se han solicitado. Dicha obra fue avaluada por la suma de mil seiscien .. tos pesos oro ($ 1 ,6oo ). Tercera Compañía-Cincuenta hombres de ésta, se acantona­ron en Tuluá; dieron principio á sus trabajos el día 15, arreglan­do la calzada de la calle de salida para Buga. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -7511-- Se efectuó un movimiento de tierras de 216 metros cúbicos, los cuales se trasladaron á una distancia de S 5 metros en pari­huelas de cuero. Se transportó de las márgenes del río Tuluá piedra para empedrar 27 r metros cuadrados. Alcanzó el n1.1mero de metros empedrados á 7Z 1 metros cuadrados . La tropa trabaja con incomodidad suma, porque se carece de herramientas. y se han suspendido los trabajos ordenados de composición del camino de Tuluá al puerto sobre el río Cauca, porque no hay herramientas, las cuales he solicitado personal­mente del Sr. Prefecto. Los propietarios inmediatos á las riberas del río Cauca se interesan por la construcción del camino carretero de Tuluá al p¡uerto. que satisfaga al deseo de evitar en las grandes avenidas e uso de canoas en cierta longitud . Esta obra es más importan-t te de lo que parece á primera vista, según los siguientes datos: Sobre la margen del río alcanza la inundació u una altura de tres metros, y avanza una lúogitud de 8 30 metros hacia \a población ; de manera que deben construirse 1,660 metros de muralla ó cer­ca de piedra para recibir el terraplen, que alcanzará una altura de tres metros cincuenta centímetr0s al llegar á la margen del río, y quedar á salvo en las inundaciones. Se gastarán más 6 menos 125,000 piedras tamaño medio, y no hay piedra en las cercanías . El terraplén debe hacerse tomando la tierra en los predios vecinos, pero no lo permiten los dueños. Para obviar los inconvenientes busqué una zona que tuviera cierta elevación sobre la vía actual y se halló una que disminuye por lo menos las dos terceras partes del trabajo. El trazado se hará por un bosque inculto hasta salir á la bodega del río, pero e1 propietario de ese bosque manifestó no perrnitir ni la explora. dón. En tal virtud se suspendió hasta que ese Ministerio resuelva que convenga . Se dieron órdenes para despejar la parte llana de bosque, establecer desagües y arreglar la calzada de la población en di. recci6n al río. ' En esta población han trabajado cincuenta hombres, extra­yendo piedra del do, y terminando el empedrado del camellón de salida para Buga. En Buga se acantonaron cincuenta individuos de la tercera Compañía, quienes se ocupan en la extracci :)n de piedra del río para formar la muralla que recibirá el terraplén del camino que partiendo del puente sobre el río Buga, sigue al puerto sobre el río Cauca. En estos trabajos intervino el Ingeniero departa­mental. A rni paso por Bugalagrande hice la inspección del caso pa­ra evitar los desastres que diariamente viene ejecutando el río, y amenaza los edificios de propir.dad nacional . Va·rios trabajos se Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 75"5- 1tan ejecutado, pero los ha burlado el río; es mi concepto variarle el cauce al río, pero debe expropiarse la zona en una longitud -de unos 300 metros y hacer una muraJla de unos diez metros. Advierto que en Cart<'go trabajan constantemente 200 hom­bres, completándose con individuos de la quinta Compañía, Jos ·que por comisiones, etc., se retiran de la -segunda y cuarta Com­. pañías. Se resolvió por la Comandancia del Batallón que se efectua­- ran ''Juntas Calificadoras" parciales en cada lugar donde hay tra·bajos, por la dificultad que hay para reunirse en un mismo día todos los miemhros de la Junta General que ordena el Decreto sobre la materia, por hallarse en trabajos distantes. El avalúo de la obra ejecutada en Tuluá ascendi6 á cuatro. ·cientos treinta y dos pesos sesenta centavos oro ($ 432.60). En Buga no se ha hecho el avalúo, porque se desea saber si debe intervenir en él el Ingeniero departamental ó el de Za­padores, así como en la dirección de los trabajos; consulta que supongo habrá sido hecha á ese Ministerio, para su resolución. Cumplo así, Sr. Ministro, con lo preceptuado sobre informe oyarse en los artesanos, ser "el rey Je la jacq,utrie," y, después de Wa­terloo, convertine no sólo en ·' tribuno dd po~ulachu," sino en el Jefe de una facción. Acab . r por acabar . prefirio acabar como Eml!e' ador. Me­nos que' nunca, t::n ese mes de Juniv de 1815, n .. da tuvo de (J),_ dt>Jiitri. No lo era el 20 de Juniu de '792 cuando ~e Cliispaba ante la maje~tad rtal ultrajada ; menu~ lo fuc ·en V enJirniario del año VIII, cu •ndo, más legalista q 11e un Talle} rand ó n Sieyes, vacile) un mes entt::ro en imponer~e á los ~artidos, ó cuando bus· caba como antes () dt:spué~ . de Br.umario, el' asentimidntu unánime Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -760- de los fraocese . . Empero, después de 1 799, su alma que siempre fuejerárgica, se monarquz'zó,-permítase el vocablo-Y M. Houssa. ye ha mostrado de qué manera, magníficamente grande, de París á Rochefort, el monarca bajó por última vez las gradas del trono. En consecuencia estaba autorizado -y por ello lo elogia Lord Rosebery-para protestar contra la pretensión de ese ton· to malévolo de Hud~on Lowe, que rehusaba reconocerle el título de Emperador. Invitaba á comer al General Brmaparle. "Es pre­ciso enviar esa esquela al Genenl Bonaparte, dijo el Emperador á Bertrand; la última vez que oí hablar de él fue en la batalla de las Pirámides." Cuando el 15 de Diciembre de 1842 el Rey Luis Fe.lipe, los Príncipes, las Cámaras, reunidas bdjo la Cúpula de los Inválidos, esperaban el féretro · que iba á ocupar su puesto, se abri6 la puerta y el Chambelán de servicio anunctó cun fuerte voz: " El Emperador !" Y afuera un~ multitud idólatra, á la cual ese día no conmovía ningún sentimiento poHtico, también aclamó al héroe llamándolo igualmente " El Emperador!" off • • Mr. Chuquet y Mr. Masson, Mr . Sorel y Mr. Houssaye, Mr. Aulard y Mr. Vandal, no hacen parte de ninguna bandería ; no tiene ni las mismas opiniones ni el mismo temperamento, y sin embargo, en cierta medida, su testimonio concuerda, por lo cual, prescindiendo de toda idea polftica y de toda tentativa histórica, apenas hemos querido ser el eco fiel de un concierto tan sigular. 9on los escritores analizados desaparece el CondoiHeri inge­niosa ó injuriosamente ideado por Taine, el tirano sin entrañas de Lanfrey y hasta el ''incorregible guerrero" de Adolfo Thiers. Es, pue~, un Nuevo Napoleótz el que se yergue en los um­brales del siglo XX, hombre con corazón humano, soberano cons­ciente de la soberanía, capaz de cometer faltas graves, porque de los fosos de Vincennes á las alturas del Quirinal las cometió imperdonables, pero capaz igualmente de tener sentimientos ge· nerosos y patriótica abnegación. Soñ6 en la unión de los france­ses bajo un solo cetro, á veces pesado, es cierto, ¿pero acaso esa idea es poca cosa? Sean cuales fueren los sentimientos que pue- • dan inspirarnos personalmente su sistema político, sus prccedi­mientos y algunos de sus actos, preciso nos es inclinarnos ante testimonios que ningún erudito puede contradecir, y en con .. ecuen .. cia no escatimar al hombre de Estado el homenaje que, antes de ahora, sólo las victorias del prodigioso guerrero parecía habrían de arrancar á la posteridad. LUIS MADELIN (Traducido de Le Correspondent, para el BoLETÍN MILITAR). Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 451

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 457

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 457

Por: | Fecha: 12/01/1907

BOO'Otá BO E. 1 lll A DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA epertorio · C.cy Oir ctor FR.\. ·e• co J. V · G. R • V. F.RRA ' ne r l e ln cniero , h I • II-." ~ ~ O 457 m r1o número JS S , d r )' •• de f907 · ·· 10 de r<)C() ...... ...... . .. . ................ . ...... . r ·n g ncr 1.... ...... . ..... •.•.•..... J o ....•. .. ... ... .. ... . .. ...... ...... ........ .... .. . -c. m. ra milit r • IM RE 'TA ELÉCT CA-16 - LL l -TELÉFO • 7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tín · cAMARAID~S Mlt.ITARES Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. i VIl- Tomo n l 1X-H. 0 457 ORG NO DEL MI ISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO FR C SGO . P11tdt muy • • Bogotá E ero 12 de 1907 Oficial-- D e :· o ·u~I .. RO r ss6 •go6 (DICI. 29) bra Milit~ re d 1 llfantico, bl Prtsidtnlt dt l Rt¡ní~lica CRETA rtic lo 'nico. El per e los Cu r ele · g-ener les de Zon s Mili re • cuer 1 punto " • d 1 ecreto Eje-cufvo ,n mero 1369. d viembre último. rá 1 si-guiente: ~O. 'A • tLl' A U t. ATLÁ. TCCO Comandant General, ner 1 Ramón G. m ya. cgundo J f , eneral jos6 riza con residencia en S ntamnrta. Primer yud n e encral. Coronel Ju n f. icard ; ecretario, Coronel José . P illa · djuntos, Capitán José egund Ruiz y 'I enient arcos HoJ uín. J VATU A SILJ t\R D.l CARTAG!NA ~ilitar, General ntonio ran o L. ; m rosio V.élez L. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tín ~li itar de Colombia -842 %0 •• A llUTAR D.IL ORTI omandante General, ener l Gabino Hern~ndez ; Ayu ante General, Coronel ranci co Rovir.l ; ecretario, Joaquín Bretón ; djuntos Capitán Rafael Hernándet, y eniente Alejandro u yana. J FA URA !LITA O t. TÁC IRA Jefe Milit r, General jo é D. on alve; Secretario, General d n J. Vargas· djunto, Capitán Luis . González. Z NA MILITAR DJtL SUR Comandante General, egundo jefe, General n l Córdoba . ; Ayudante Gener 1, ronel Ram6n Sanclemente; ecretario, Coronel fael egret ; djuntos, Capitán món . Soto R. y Teniente uillermo inisterra. . Continu rán en e j abilitados de los Cuarteles Gcner 1 e Zonas ; dichos puestos serán des-empeñados por lo mi mo indh·iduos uc hoy los ejercen. Los empleados ci\·il " u fi uran en 1 s mismas Zonas con­tinuarán también n u r 'pccti o em leos. Comun{ques y putJH ue e. D do en ogotá, á '29 de Diciembre de rgo6. R. REYES linistro de Guerra A.'UBL • "· 'CLB:liBST& EC T (K.' RO ... ) por l unl :\ n o. 1 numcnto El Prtsidtnlt Je la Rtpú61ica J>RC ~A rt. 1.0 e clár n u o de licenci indefinida, por embria .. gue~ h bitu J y á petición ~el J fe (ilit ~ de Cartagena, 1 Sub­teniente i uel alderon, del BatallcJIJ 7. ac n onado en aquella ciu . reempl z el~ .con e~ de i u 1 grado, iginio ilva. á ui n e llam al scn·scao ctav . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BoJ lin ilit r de Colombia 3- Art. 2.0 Establ ~cese permut entr el ubteniente lsafas Pach co banderado del Mtdio Bola/1611 ro (Popayán) y el ubt~­niente Joaquín ~. e ret, de 1 primera Compañía del misme. rt. 3. sci ~n es á ubteniente l argento: 1. 0 rnan o Vern za, y destínasele 1 Medio Batallón rr ( asto) n 1 •a-cante que le señal rá el jefe respectivo. rt. 4. 0 Des e el 1. de Enero n cur o, el suel o del •is. cal de la Comisada judicial de 1 olicí cion 1 será d ciento einte p sos mensuales en oro. Comuní uese y publfquese. a do en Bogotá, & ••• de n ro de 1907. inistro de Guerra A. 'U L • A. CL M • T E OLUC O 104 ~ rgo6 (DtCIS lBRB 26) o r hi ien )' p rofi l . i m ilit u r.t l o~ e m me to e Z \ P re El Mtin'slro de Guerr RBSU LV En 1 rn rchas de los Cuerpo 1 Ej rcito se o serv r~n en lo sucesi\'O las siguiente regla : eh 1 zo A CUAS Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia :- 844- y la. marcha aunque sea lenta, no debe interrumpirse. o debe tom rse 1 ebida al deteners á la sombra, sino en el momento de volverse :{ mprender la marcha ; 6.0 Deb cuidarse de llevar durante la m:\rcha uno 6 más catres portátil s para dar á lo sol ados q e sufran insolaci n los cuidado que indi ue el mé ico sin acostarlo en el suelo. En e mili d be conducirse el soldado por el tiem o que pres­criba el mé ico · 7. 0 El J f el Cuerpo n march envi r' un comisionado q e part á las a. m., ó 1 víspera, á prep r r el lu ar en don-de deb lmorz r el Cuerpo á su lle 0 á 1 1 o a. m., y otro á don e deba pernoctar, d manera que cuan el Cuer¡.,o llc:: 0 ue, · i las 6 ll m .• encuentre loj miento preparado · 8.0 n los tr bajos de Zapadores en clima de 30 rados 6 más d temper tura, el Jefe d 1 Cuerpo, de acuerdo con el mé-ico, est blecerá l. hor s de tr b jo, de man r de evitar ue de la t l a . á las 3 . m. pueda pre ent r e casos de in o­lación entre lo tr bajadores, teniendo en cuent si el d( es de fuerte sol ó d lluvi , ó de sombra, circun tancia que también debe tener en consideración ara las marchas, ues en e so que el día sea lluvio o y no haya eligro de in oJ ci n pueden alter rse la hor de la a o a. m á 1 s 3 p. m. señ 1 das para descanso del Cuerpo en m rcha ; g. 0 .. 1 J fe del Cuerpo en mcarch será responsable e los e os d i sol ción IJue ocurr n or no ob erv rse estrictamente 1 . y en 1 Com n nci el Cuerpo e llevar' un es .. crupu o r gi tro de los e sos de insolación qu se presenten, y se lev nt rá un inda ori de 1 s caus que h yan moti ado l:\ in ol ciones. con el fin de aber si ést s se producen á pesar In pr scripci n u( señ 1 as. e t reO'istro se pasará un' r:o i • 1 J f de 1 Z n Iali· r re pectiv 6 al linisterio u r ra, n don e llevará e l regi tro ener 1 del jército para es servicio y e da tres meses se public rá en el B L&TlN lrLaT,\R 1 mane r como m rch n los diversos Cuerpos de Z - ~dores, 1 mo o como se da cumplimi~nto á est s reglas y las obr s qu e ha y n ejecuta 10. L m leza ue ha en donde el campamento se esta. blezc • e d mont rá hast una distancia no menos de cieo me­tros d 1 Umite del mismo campamento, de manera que el hori­zonte e: desp je ¡ y si dentro de quél hubiere pantanos, éstos s s e dn ien echándole tierra 6 de~aguándolos. ALOJA JIINTO ' 1. El lojamiento se hará n edificios amplios y bien venti. lado • 6 n toldos tetnplados, de manera que en caso de lluvia no s a n · e decir, lo suficiente para que las aguas rueden Ucilmente y no se apocen; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BoJetfn ilit r de Colombia 45- etc. etc., u ue tos y z ncu os ; 16. Los ofici rran; ntanos, stru 'rse la ore retener lo , cuan- 19. dem~s de este em leado d 1 Cuer o el médico del B tallón ueda e peci lment ncarg do de as r una insp c-ción diari al e mpamento 6 á lo edi cios 6 toldo ; 20. ara 1 s n cesid des n turales de la tropa e st lece : 2 1. Es absolut mente rohibido á las sold do orinar 6 d - fecar cerc de los edificios 6 toldos de lojamiento. L infr c­ci6n de sta dis o ici6n erá castig con fuert en s, que n cad e so est lecerá el J f del €uerpo · p r lo primero, los soldados se retirarán á un Ju ar speci 1, ojalá n un co· rriente de u que el jefe d 1 Cuerpo señalará á un dist ncia no menos de cien metros del Hmite del campamento. ar 1 de­fec ci6n, el jefe del Cuerpo escogerá un lugar e peci 1, lo má' distante que se ue del campamento, y prefirien o uno en que h y un río 6 agu corriente, á ond se mand rán los sold dos por compa \as y á horas fijas y se orden rá á lo coman antes de las compañfas u s fijen mucho en que las materias fec - les sean arrastradas inmedia amente or 1 s agu s corrientes ; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 46- 2 2. n tos lu res en donde 'stas no se encontraren, se liará i di ancia conveniente. lo más lejos posibl y en lugares n dondt! no h ya vientos const ntes que arrastren los miasmas sobre los camp m ntos vallados de dos metros de profundidad, sem jant s á lo ue e h cen para enterrar la tango t s ltona · 2 3· In m diat ent u e los ol ado · e de ocupen de esta operación, los ofici 1 s man rán ech r tierra so re las materias fe e 1 s y cada tres dfa e cubrir · n con un capa de e t ó de ceniza, de manera qu no se erciba mal olor · 24. El j fe del Cuerpo, el médico del mi mo y el ncar a­do especi 1 para este servicio qucd n en la o Ji ación de hacer que e d ts estricto cumplimiePto estas disposiciones · 25. 1 matadero e g nado ara uso de la tropa se pondrá eerca de 1 un corriente · e caso de no h berl , lo de perdi­cios y materi or ánicas que queden se ent rrará en un hoyo de un metro de profundid d ; 26. En lo cam mentos n u hu iere habitacione de particulares, se les obligar á se uir estas re las de hi iene y á que manten an sus e tan aseadas como las de la tropa : ALUl!o'TACIÓS 27 lientra se est blece 1 rancho para el Ejército, cosa ue se propon .. h c e r el ~lini terio de ucrra, se observará lo ~guiente: 2 e darán tres comidas diarias á los soldados : El des-ayuno. ~ ' la hor que determine el Jefe del Cuerpo, según la lo. calidad y 1 s circunstanci s ; el al uerzo l hora que se eiia­Je, en estas misma condiciones, y la comida de la misma ma­oer · 29. La alimentación de e ser n y abundante en feculen-os: maíz, arroz, an de trigo, etc. ; y en tierra caliente, yuca, plátano, arracach auy ma te · 30. 1 agua que hay de beberse en estos climas debe fil­tr rse en filtro de piedra, en los cuales se pondrá una cap de carbón y otra de ar na. El agua así filtrada e tomará regán- 4ole jugo de lim r) n ar acidularla li eramente. Par el caso que falte el jugo d limón, el botiquín del m~ ico estar~ pro\'isto de ~cido chrico, y 1 indic r el modo de us rlo; 3 r. prohibe comer n tierr e tiente y en climas mal-s no la ~iguiente frutas: mango , plátanos crudos, melones, patillas, etc., y ai los sol ado que infrinjan esta prohibición, ade- .,, de 1 en que· 1 jefe del Cuerpo le impondrá por e d Tez que cometan la falta, se le priv rá d 1 pago de un ración ; 32. Las frutas que la tr p pue e usar son : n ranjas, pa­payas, pifias y todas la~ demás ácidas de tierra caliente y to as las de climas fr(os como duraznos, manzanas. etc. ; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletfn ilitar e Colont 7 OIC.\CtÓ.' PR ,'TI\"A qu ten m l olor especial mente ficial l soJ-t DleAetÓ ' e R TI 'A A~ o Y a .~os \'IV A, 'OIRA _.J. ientras e deras eberán est r uy a s )' u i rá los sol dos en ar los climas ligeras· ra el r-no hubiere en ol ado b ños de frie­u fuere seasa. del Ejérci o, las vivan­r las mismas re 1 s de hi iene que contiene est re lamento; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -848- 44· En el caso de que hubiere alguna vivandera reconoci­damente sifilítica, á juicio del médico del Cuerpo, será expulsada de éste y se le darán auxilios de marcha hasta la población más cercana. Esta operación la harán los Jefes del Cuerpo, previo informe que dará por escrito el médico respectivo ; MORALIDAD 45· Se encarga especialmente á los Jefes de Cuerpo esme­rarse en que exista la mayor moralidad posib le entre sus subor­dinados, y que en cuanto sea posible, las mujeres que acompañan á los Batallones sean las esposas ó madres.de los soldados; 46. En los lugares en donde haya curas J.>árrocos se estable­ce• á oír la misa todos los domingos y días de fiesta, y además, que en un día especial de la semana, se dé instrucción religiosa á la tropa. 47· Los Jefes de Cuerpo tienen la obligación de hacer que los Capitanes y Oficiales de las compañías enseñen á sus soldados á leer y escribir, en el caso de que no hubiere in~tructor civil. 48. El :Ministerio de Guerra proveerá á cada Cuerpo de un Reglamento especial para este servicio, y de los útiles oecesa .. rios para ponerlos en práctica. TRABAJOS DR LOS CUERPOS DR ZAPAOORRS 49· Se harán conforme al último Decreto orgánico sobre esta materia, y al fin de cada mes, cada Cuerpo de Zapadores pasará al Ministerio de Guerra el informe de las obras que haya hecho, para publicarlo en el BoLRTÍN MILITAR ; so. En el caso de que un Cuerpo de Zapadores interrumpa su trabajo mensual, se hará un cómputo de Jo que haya hecho en los días en que haya trabajado, para calcular por el jefe del Cuerpo, el Ingeniero y la Auteridad civil de la localidad, la suma de trabajo ejecutada, para saber la prima á que el Cuerpo tenga derecho, conforme al Decreto citado. VARTOS 51. Además de las medidas higiénicas tratadas en los res­pectivos puntos, se observarán las siguientes : 52. Cada soldado tendrá una cuchara, una taza y un !Jlato, para su uso exclusivo y particular, á fin de que en el caso de que padezca alguna enfermedad contagiosa, no la transmita á otros; 53. Aparte del baño general, los soldados están en la obli­gación de mantener limpios los pies y las manos y de peinarse todos los días ; 45. Tanto los oficiales como la tropa están en Ja obligaci6n · de mantener absolutamente limpio el vestido y cuidar que en el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletín filitar de Co1om bi 9- ue ec Dici u re de 1906 , inmc-d 1 . n istro, IA .. L • r . } .. 'CL AL rinci n el Ba-en 1 OL TÍ. hLITA • e Jst o 1 yor reo CH&A EN LA GOAJIRA M1iusltrio dt Gotr'tn1fJ-- "úmtro óo-Car/ g~n , 1\o ie11. bn 2.3 ilt I()OÓ ra conocimi nto del ', cmo. r. ini terio, tran-cri o á uste el cho or el • neral j fe e 1 ese es .. tí.'IJUO I74-ft/Jiura suptrior dt la Flo/11/a dtl Alldnlüc-CArla­gtna, J (IVttlllbrt 2J d~ .l90Ó. Gobi r o con (;. cul- D acuerdo con el pli o de instrucciones, fec a • S del re-sen , que tuve el honor de recibir: de es inisterio, omé el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o etín ilitar de Colombia so-mando del Cruuro Carlagtna, y me hice :1 la mar á las 12 y 25 p. m. haciendo oner rumbo á uerto Colombia, á don e rribi­mos á las 9 . m nmedi t mente mandé tierra al Cont dor, ti hacer sabe r al everendo dre t nasio, que tení orden de ese 1inisterio r recibirlo á bordo con u comitiva conducirlo á Riohacha. El . P. me hizo abe r que no od1a embarc rse sa noche or tene r entre u comiti seis señoritas de Bogotá que se uf n con ' 1 como ostulante, , pe ro ue efectuarf:.t el embarque n la mañ n . ( suce ió, y á la 1 o y 30 a. m. zarpámos. Arrihámos á ioh eh l s 3 a. m. del dfa 1 '} • á cuya hora e smtteron ordo disparo de cafi6n cohete y mú ic ue efec-tuaban en ti e rr los hijos de quella oblación, en la creencia d que á bor o lleo- ba Usía · y en virtu de esto, á 1 s 6 a. m. e re entó á bordo un comi i ~ n d e b fi e ros ar saludar 6 • • Much fu 1 e na que ex erimenté 1 not r la contrariedad de los señores comisiona os, ero al mi mo tiempo me tisflzo sobrem nera resenci r 1 brote patriótico de uel pueblo, en prueba de cariíio y adhesión incer 1 di no representante de nuestro Gobierno y 1 eterno luch dor por nue tr s instituciones y or nuestr Patria. La instrucción se gun a fue cum id en uer t o Colombi , debidamente. a en iohacha y después de confer nciar con el General Juan . !guarán, de acuerdo con 1 ins rucci6n tercera, sobre la m - nera má conveniente de llevar á feliz é rmino 1 pacificación de Jos goajiros que n luc arm da discutieron hace ~cos dfas recíproca desavenencias, se re olvió, ya que el General Iguarán no odfa compañarme por quebranto de u alud, hicieran sus veces 1 r. . Pkhón, ecretario de la Intendenci y el r. D. Juan C. arros, per onas de influencias entre las arci - lidades oajiras. os días fueron necesarios para disponerlo todo en el Puerto de iohacha, debido al estado de gravedad en que se en­contraba un niño del r. B rros y en esp ra de un ¡>ron a re o. sición del General !guarán. Por fin z r ámos deJa rada el 19 á las 3 a. m., con rumbo 1 uerto de Tutucac ,donde lle ámo á las 8 y 30 m.; allí me hice á algunos int 'rpretes indfgenas y d s aché ostas á varios e po· rales ó caci'}ues, eñalándoles hora de cita ara el día si uiente en arrizal con el objeto de hacerles conocer la misión que me había encomend do el upremo obierno. n Tutuc. ca nos reu­nímos con Jos caciques Petrico, Trupa, la Caporal L ur Boni­vento y otros oajiros más Tenientes de los notnbrados, y en compañía de ellos hicimos rumbo á las z y 30 a. m. á Carrizal, donde deb\amos encontrarnos con el cacique oshuata, actor prin- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ole tí il it r d St - 00 1 rimero, ue ray obierno al conoci-er ur n y hechos náto os á los ocu · n e ta oc ión caus6lo le nz á prestar un servicio defectuoso, spe­cialmentc ra Ja captur de ersonas desconocidas, de las cua­les no se dé lguna ñ 1 ue in i ue in demor su ar dero. or t 1 razón me ermi o e.:citar u ted con el fln de que se dirija en Circul r ~ los Inspectores de Policfa Ale ldes, J ue­ccs y demá funcionarios de instrucción del Distrito C pital exi- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. iéndoles liciten 1 neral 1 BoJ ti uarde i use . ilit r e Colom 1a 5 D. CLlr> S D u o y .·cur.o Rtpúlllka d~ Colomlli -Poli'tí 1 aáo11 1 -DI'rtuilm Gtntral- tÍ. mtro 2 .JJO-Dogolá, r 4. tlt o i'tm6rt dt 1906 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ilitar de Colombia 56- En e pera d ue i el r. ini ·tro h ti ju t s 1 s razones expue tas, se i ne acce er á l ue h teni o el honor de soli-citar, 1 antici o mi a r d cimientos por el servicio. 0 l S ed e tento, se uro servidor, j. i. lLJ8KRT RepAblica de C
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 457

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 458

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 458

Por: | Fecha: 19/01/1907

J)ouotd l:.t uero 19 d 1901 DE LA REPUBLICA D COLO BIA 1 ir ctor OJ'!L f1. 1 IUO O O RR. nt ro II-1 O 10 II-.. .lE 45 um r.to 43· 21 S y 114 el •907 ......... . S'1 • -~-- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín ili ar e Colombia ENER0 l. El 1 1 ,\1\J) hj" r~il , nd• ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .ríe VIl- omo JI ) li- ·0 458 ORS O DEL l STERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO F L seo ut.ft m >· 'un JUUitr 1/llf IIUU/1'41 raJtf" á lod•U las t()ll' J(dtnus. : .. 11 0.1 á fxlrar ut !.: mlifortJUi 1 y 11 1 tltj't sitt ~"u ¡,, f 1 dtftntlu: l.ls uuhtrcu • •• • tQU 1 • Kl WICZ • Bogotá Enero 19 do 1907 • • • . .............. - _.. ........ . ficial r 1 u~•l ('00 ~ un El Prtsidtlllt de 1 Rtpú6/i&a o ot~, Enero ro d 1907. :~1 !ini lro de G rra, t • u L L dirigí o 1 i-n \'¡ j e ' y S Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. por 1 cu 1 ~ oletín lilitar de Colombia 58 _:_ DEC ETO U .. O 215 E>E 1907 ( NIRO 8) El Pruidtnle de la Repú!Jiita n CRETA de J ivi ion ·aonol Art. 1 ° Hác n lo si uiente nombramientos, que surtir~n us efectos desde la r SJ'ectiva po esi6n. 2 .• Divi'siJn de Ttndarmería errfo. ubteniente jeS\is faría jara-ué. ubteniente Vicente Gallardo; adrid; alindo; enientes, a- Espinosa. J, • Di i'tilm Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletín ilit r de Colombi 59- Puerto erdo, o otá, n iinistro clárase insub i tente el nombr miento de la 2.• ecci6n de 1 2.• n6mbr se n u r c empJ 7.0 l ues . a or Cismros , n vi je de 1907. ro 10 d 1907. t! Guerr L l. e T 1 1 1907 ( DF. ~ o) E'/ Praidmlt dt la Rtpú~li'e a DKCR&TA . 1 nombr do s rá d do de alta Batallón rs.0 tlt ñifanltría y residiri n 1 1 n3 i yor élel de Tunj . Comuníques y ublrques . ado á bordo d 1 vapor Ctineros, en vi je e L orn á uerto crrfo. nero 1 907. Bo oti. lf.nero 10 e 1907 . ..1 inistro d Guerr fA U&L .. • A• CLB 1 , 'T . 190i co .St u o llo 1 1 e ret lnte nde n i tili f ~ 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , Boletín ilitar de Colombia - 6o- GENDAR ERIA NACIONrA.I:, Rtp/1~/i'ta tlt Colom!Jia-Minisltno tle Guerra-Comantlanti'a Guttral tle la Guularmería adonai-A'úmtro 2-Bogolá, Entro 2 tlt I907 ioi tro d err-lte do á mi Despacho, en consulta, la not del r. e· cret rio eneral de Cundinamarca, t:Ue tengo el honor de trans· cribir á uste : " (rt/orla Guurai-Facalollvá, 24 tlt Dititm!Jre de I906-Nzr mtro 4,669 . J 11 de 1 .. 2.• ción de J 4. ivi ión rí n aoo l ir rdo\ Las Secciones de la Gendarmería acional, ac ntonadas en los epartamentos, están á las inmediatas órdenes de los respec­ti os Gob rnadores : por consiguiente, las cnn onad s en las Pro\·inci s á las de los lcaldes de 1 localidad, que son los in­mediato a ente de quellos funcionarios. n tal 'irtud, s 1 caso que usted debe cumplir las 6rdenes que se sirva cornunic rle el r. Ale lde de s Provincia. ios uard á usted. Rafael M. Ga1'1án , or ser e te un unto delicado ara resolverlo yo, me er-ito ometerlo á su decisión, manifest~n ole que, en mi opinión, si la cos p saran como las interpreta el r. ecretario eneral d Cundinamarc serf perfect mente indtil 1 Comand ncia e­n ral de la Gend rmerfa. oy d~l r. linistro muy atento, eguro servidor, P. • P&ORAZ.t: /Jupad1o de zurra-Entro 4 de r907 Cont ste ue 1 arágrafo del artículo 2.0 , Decreto legis-lativo nómero 35 de rgo6, or el cual se crea el Cuerpo de en. d rmería, ante claro; ero qu en cada caso particular d dud re olv r · el misterio, hasta aclarar las que puedan ntido, con antecedentes. or 1 inbtro, el Subsecretario, Cd11•co LosAD Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tfn ilitar e Colombi - pl RADICACION DE UN PROCESADO J odtr 4¡'uult'vo. adtmai-Dupadro dt Gutrra -Bogolá, Di'dmllJr¿ I.J dt I90Ó. e acuerdo con Jo dispuesto en los artículos 1 o y t 2 el Decreto número ¡o6 de agos. y en atención á que 1 b nicnt Jor,.. Quintero d la r • Compañí del tdio Rala/Ión rr.. 0 de Vt­{ allltrla yendo en comi ión el servicio h llán o e camp do en el sitio de ihundoy co tetió el lito e homicidio. or lo cu· 1 s le cst in truyendo en 1 Gire' cripción lilitar d asto el co­rrespondiente juicio crimin 1, y solicita se l r dique en otro lug r. 1 jurisdicción ara s r juz ado or. ser. justa 1 oJicitu mencionad uerr . tr ~~ ción del roceso y sindi .. cado. d en ogoü, á 1 3 e Dicie br de rgo6 EYES l•A intstro e uerra lA. ·u L I. A. ct: s • 'TK J,flni'sltrr'o dt Guura -S((dón .r ·-Bogolá, Dkitm6re 27 d~ r906 • n not de es ilo, transcdbase Ja anterior olución á la Comand ncia n J fe del jérci o ar ue se dispon a lo con-ducente. Cumplido archivese. linis ro, lA .· Et; . r.c BA DAS DE MUSICA El }tjt dtl Estado Mayor tlltral dtl Ejértilo ciendo uso d la atribuciones que le confi r el e reto 362 de 1905 reor nico de la~ B nda ilitares, y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 Boledn Militar de Colombia - 62- a StJ LV eorgan{z s 1 3.• B n a de úsica del jército con el número de Profesores que le fij el Decreto 362 ya citado y con 1 siguiente ersonaJ distribuído en las clases que á continuación se expres : irector, el actu 1, nombrado por el oder jecutivo, r. Cris6stomo Soto. Mú ico Mayor, in erino r. liseo rrutia. Profesores olist s : res. Vicente spinos , r ncisco A 1- g rra Jo~ J. olaños. rof sores de 1.• el se: Casi miro Barros, • zequiel Franco, Belis rio Cuervo, rist6bulo Padill , brah m Pos d:.l, uena- Yentura La- ott y iguel Triana. rof sores de 2.• clase: rnesto ieto, Alejandro P rra, fael Romero, Lui arfa Copete, Alfredo mírez, leuterio O¡tiz, enjamín omero. nrique ng rita, rcadio once, ran­cisco ómez, edro R. Cuervo, odulfo Casasbuenas y Belisario Faraco. rofesores de 3.• clase: áximo Contreras, .A raham us os, eófilo odrf uez, 1 afas omero, afael edr za Ism el o .. drlguez Laureano Ch parro, Zacarías Ochoa, duardo lazar, ern ndo Soto, éli.. Cubillo y r ncisco O orio. st reorg nilación urtirá sus efectos de de el 1.0 del co-rri'ent . Dése cuenta al inisterio de ue:-r . 1 Geoer l Jefe, lA. 'tJBL :f. CAs Ro U tco~:cn A M1iuilerio de Cutrra-Bogolá, Entro S de r907 Aprob da. Comuníq es y ublí uese. ini~tro, 0RDENESGENER~LES En la Orden Gener 1 del 'jército, correspondí nte 1 a o de Enero de 1907, se ex resa lo si uiente: , " rt(culo 1370. ara el orden y m jor asuntos que cursen en el st do ayor Gener 1, el suscrito dis­tribuye 1 tiempo en esta forma : la horas de la mañ n p ra sustanciar y distribu(r los suntos que cursen, con el Primer yu­dante General, y tratar verbalmente con el jefe de Ja Zona Cen- . tral y Jos jefes de Jos Cuerpos del Distrito C pi 1 lo referente al Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Milit r d - 6 eneral Jefe tado yor, olo bi CAST o URlCO CHBA .. COL0NIAS PENA:LES l. '1'0 epríhliC d~ Colomhia-ltlftwltn'l dtl n,·ntorio aáo11 1 dtl tia-Vi. 11 i((náo, O(/u6rt I I dt I906. ctina de unas s,ooo artir. del río Collty1 1 u puras y nombre de 25 me. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletín ilitar de Colombi 4- r. 1inistro tento , seguro s rvtdore , /Q Ce­u r, lo l Inte"dente, Luis lorll11 it/()- 1 dmini tr dor de t s Salinas d Cumaral y pfn ' Ingeniero de 1 s vfas y obras póbli· cas de In Intendencia -:In ctor de la Colonia, Afotario Palomino- ¡ J fe de In Colonia, ltt rtos E. /()- 1 Capellán, Diomiio Lt Tmdrt', c. m.- l ~ ico ]()su( ltfDra Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletín 'lili r d Colombia SER:VICIO DE ZAPADORES R~prí~ í(a d~ Colo11lbiJ-Ej'Jrdlo J zdonlll-/íiSpud(m dt Z lpQJoru tltl Distrilo Capi'l 1-Dogolá. D1it"t111Ó1 e J tl~ I90Ó r. l. J {¡ lur. • fil1 1 1 islril Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oledn Militar de Colombia -866- Octubre, cuando se inau uraron los trabajos. De aiU se volvió á la cuadra 1 , en 1 ángulo que forma la carrer 7 ... con la calle r6, esquina nort d 1 P rque de antander. Se refeccionó la ca­rrer h ta la cuadra 22, quedan o si unida la reparación y por consi uiente, repar da la vía del norte des llama. quiene diclla K. • llR IRRÍAS Perea, y del Sr. 1 ay, cinco s 1 s ci tes y J r ' d r ento (po-número rmo y 1 to in 1\,t uo de trop , i n la oficina. s 1 e tá ~er:\•i J ppr un ~ encargan de i trib•Jír 1 ermana n , us tareas. . un sal6n dt: tropa y par milit res en. o . in•i ntes, y de ayudar á D&SPACKO D L tÉOtCO JF-Yit e no informa por 1 r. cr t rio u ~ te se ha visto oblig do á dt!spach r los a untos uc e relacion n con el ramo d anidad en su propi Botica trabajando a JI( incómodamente y troJ~ezando con las dificultade de la scasez de útile de es-ue i el h lla nza la d , á las Rofatl Pomlio M.-Gtrardo D. Rlrdo-A.11/o li'o 1'arra-lúrma­t1a Au,Hka. ~fliu"sltrio dt Gutrra-JJo,olá Dio"tmbrt 28 de rt)OÓ ubU ue e. or 1 r. linistró 1bsecret rio, C.1.J ACO LosADA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r. d Colon bia Crónica El ta uc: o. 1 defen or ued n con cu ben tener e ricnci : 1.0 1~1 mi o uran osición omin p el re or no n l a qu de· :. d 1 t:xpe. uien de J re oh•er e~ del combate uc: ro cr. 1 rtilleri y pre-de e tener ill en . do de uar dar un con ene u la u dd do, se un de 1 oyo, ea un 1 O!.ictón de alto en ati , que d nuc,·o • l p l JOII las Ira armas ilt la pende rie la ~itu ción en e d )ido te liz d· en E ranci \'O lob iri iblc Palrt( ,. rificó u c.· dad, !.i enor ccidcnte: 1 lo o ~ ire • .1 nuc. rimento~ con tod fclic.i­ju tó en un lo o 1 pr - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ilitar e Colon1bi~ rama enalado pre\·iarn nt r r f! l ti ni .. ri · d ,, ~rr . I•JI har- • co evol cionó en to o senti t)o. in t d h tr . e n \'C1oci ac\ de 45 · ilómetro J)Or h 1, • ue pu el numentür e in rie o h .• ta 6o 1 m ni a reocup da con em e j~ntc in .trum nt el rr contra 1 cual e impotente .1 f il y 1 cañ 'n de e mpañ . ofreció en v r:o norme urna 1 ingeniero julliot i con . entín n establecer n e e Imperio una f ' brica libre o globo diri ible .. ~~ Desde la apa~ición de c.a célebre obr! ob n·amo en este semanario que el autor h bía incurrido en p cado militares al tratar. la parte militar del Gohierno de lo Citn di s Lu ~ o, en 1 rancia,. . ronard publicó un libro entero con 1 mismo objeto, , obligando al célebre historiador á modificar en 1 nuev edición de z81.5 no poco de los concepto que emitier n la primera· En ctubre liltimo ... ronard ha vuelto .~ la carga. ohre el mi mo ema para precisar aún m' s lo defecto de 1 crític militar de ?\fr.. ous aye. i á per ona1i ad tan eminente h~ acaecido tal percance ¡, qu ~ no habrá suc di do en e ta Hi. panoamérica ~ Jos que e entrometen ¡{ e cri ir lli tori · d cam aña . i norando hast en qu~ e diferencian una jiln y una llilu a . ño atrás rancia. merced al inv nto d 1 cañón d tirn rá­pido y 7 S milímetros de calibr . redujo 4 la pi za d ,cad batería. Ahora lemania t· mbi 'n lo r6 r olv r 1 pr hl .ma del material. pero sin disminuí~ la 6 ieza . d la at rí y adop. tando 77 mil metro por calibr . ,.n con cuencia, hay 2.880 e · ñon lemanes contra 1 40 francc de acar lo par re t blecer 1 p rdi o e uilihri sobreexcitada con tal ituaci )n. . F ranci no a he de dón. 1 f1.ooo a hallo necee: río r.... pinión puhlic t . h Ita Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 458

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 473

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 473

Por: | Fecha: 04/05/1907

o DEL rtorio o ot ' // ~ d J. 1 REPUBLICA D OLO BI L >' JI-r 1 i In ni r 7 rs ....... . ... .. ..... ,........... . 11 11 o 11 ., s• 115 f .. .. ...... ••••••••• •• •• ••• ••••• ................... .. . ... .. • •• 1 r 7 - P, X : A 2 . - 1 - AL . - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. P X Y LA. UE RA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletin ilitar Colom - ra ~o- 7· 1 r1 1 • Ii 1 I S TE CIAS og ot ·, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o) tin Iilitar - t 141 Col m Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. hl . ti o ín . iilit r - 11
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 473

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 474

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 474

Por: | Fecha: 11/05/1907

1907 OL 1 1 1 A DE LA REPUBLIC DE GOLO BIA irector 4 • 'Cl v. 10 er 1 In eniero u n ero 517 SI • S•9· S o S 1, S 1 >' e t907 ......................... .. ..................... J&S9 •• número 31 1907 .... ...... ..... ·----···-····· ..... 11 6 em rcb . .. ............... .. ..... ............................... 11 6 5 el]efc el r er .. ..................... ....... ... ... ll 1175 coto n ac ion l............. 1177 2JJ· ----- 1 1\ 'TA -e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. e Colombi . PAX" Y LA GUERRA ( l.I l ' HLIT ) I I 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ·, 1 ... 47 al ORG DEL EJERCI O o Bogo yo 11 do i907 Cl 1) 1 9 7 hac r '':\ i (., l:t (ili El Pusi'dtnlt dt l1 ~ l/IIÍ /k L :t. n 7· cr , rio Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletía Iilit r e Colombi - 11 err 7 CLÍ coLo AO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tí ilit r e Co 11 1 - bi Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o 1 el De e o oa - f , , 2- 1 1 J 1 7 err Lt CO ~O ¡ DA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 i it r eo•:n ...... , ...... ,, .... -1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Jo •ual fl l ioletin i\ ilitar de Colombi - 116 - E r 7 p 0 1 1 • ni , iiala uno /t,( Pre id nte de la R :pública ¡. ILÍMA ] ) \1 \ i •L{M Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ilit r de Colombia - 11 AUXILIOS DE MARCHA i'nit•riod~;(,urll - l got. Abril1. d 1t07. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. f!.l Boletín ilitar de Col mbia -11 n t.Í' 1 INFORME DEL JEFE D~ LA GENDARMERIA d ~· ~ d 1 7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o ctí l.!. z.• ilit r de Colombi - 11 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bolet(n Colom ia cioncs no so-oto 1 ec· e ion o ci rr n :{ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bo etin , ir r e Colo u¡o - ZA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tí Co1om ra - 1171 ~ CJ CJ ~ 'ü ·- .. , o ;:;,o- \l: ü ~-= e nton mitnto o ~ ;... ~o Q;."' "" .. "' ::J .. Col " e: ~X. ..... ::J CJ CJ ~ () .. om n anci cncr 1 y ~)cu drón . .• . ••• • 6 9 4 . 1 s69 48 l ... DI 1 IÓ.' • 3 25 797 6r 3 2S IS 6 S so l, Z4 l 1 7 2 2S 760 61 2 20 643 401 1 401 4 so 1,4 2 ......... ... ... ... 2 2S S .... ..... . S 100 2, 2 lt. f 401 12. 1 401 13. • 401 uma .•.•••••.•• • ••• 31 6 39 73 9 2 9 , 2. 1 1 IOi 3 797 6& 1 1:2 91 401 37 401 37 401 37 401 37 7 2 S 4,017 4 1, 3 401 37 JO o 27 10 2 o 27 um s, •. •••..• •... . ·32 4 so 1 .s7o lo o - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bo letín i\i tar: de Colo m bi - 1172 - ' J. DlVl$10.' f. 3 25 797 6J 2. e tati ~ ............ . .. 3 25 2 63 3· 1 as 401 37 4· 2 25 760 61 s. ' rs 01 37 6. 4 so t,462 1 15 1· os ..• 15 01 37 • 1 ntio uia ... ............ 15 401 37 9· 1 rum 1 ......... . ..... .. 15 401 37 10. e medio ..... . ........ as 401 37 11. áceres ............... . .. IS 40a 37 --- umas ... ... ... ... ... 19 3 230 6,64 559 - ------- IJ (1 ti "' 'ü ·-;' ,..., '5: \C u (1 mi~nt o e c:s"' :... ... c.~ r.l ~ ... "tt :J ... (1 e: ~S ... :J (1 (1 ~ (:) CJ 4·· 1\'1St6. • l. ogotá . •..•....•.•. •• - 3 2S 797 6 1 2. Girardot. ............... 2 25 7 15 59 3· m te m ...... , ...... .. 15 40t 37 4· uamo .•..•. ... ~ •.. .. .. . 15 401 37 s. _ "' at aima .. . ......... .. 1 rs 401 37 6 . 1 4 6o 1,6 4 135 5 7,0 '1,962 157 ' rs 401 37 2 20 643 51 l 15 401 37 S so 1,41: ll] 12. lmir ..... ' ... ....... .. ss 401 37 13. Bolívar .... . .... ...••...• 1 15 01 37 14. Cali ... .. .... .. . ...... .... 2 25 715 59 tS. asto .. . ...... ... . . .. ..... l so 1 00 J 13 r6. u en ntura .......... 21 S 1 49 17 . lpi 1 S' ••• .• ••••••• • • • •• . • 15 40 37 18. • rroc rrit del e u ca. 22 615 5 --- um s ••••• • ••••••••• 36 6 4 I J 6g2 1 ISO ds un Ins ecto r .. ..•...• go 2 - - - uma total ......... . . .. . .. 37 o 48 13,782 • 115 - - ---P. ' . PIO AZ A Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tin ilit r Colombi - 1173 - ien t Com nd nci ner 1 y se u a rón ... 2. 3· 4· 6. 1· 9· 10. ll. 12. 1 ... DJVJSlÓ •• otá .••..•.....•.... : • .•.•.......•... ir:á .••••••••••••..••.•••••••••••••• 1 3. cana ·· ~· .......•....•...... ,, ....•.••... J. 2. 3· 4· s. u m 2.. IVlSIÓ. • ................................. rrfo .•. ..................... . .. • D J IÓ • • • 1 •• ••••••••••••••••••••••••••• n .................. . J 6t7 12,302 5 171 6o 2 3 o 76o 7 6o 76o 76o 609 20 6 266 7 2,597 o 171 6o 17,7 ••• 87 6o 164 20 76o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. J I3oletin 1 ilit r d Colon1bi - 117 - \ icnen .....•.....•.•.••. · 6. e JUn . .............. .......... , . .•• . .. 1· 9· 10. ll. 2. J. 4· 9· lO. 11 . 12. IJ . 1 • 1 • 4 · 1 . tó.· auc . . . ...... .... .. 2 .. u 1 1. ui eS • • • ••• ••• •• ••••• •••• •••••• .•• .•• 1 • 1 '' ina ........... .. . .... ......... ... .. um ••... . .. . •••••••••••.••. 9~ 0 7 3 i 6t a¡a ¡o 1 9 6 40 l 2 o 98' 6o • PEOR ZA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o in irt r 1 117 -J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. n i nt T A y¡.; r oletín ilitar de Colombia - 1176 - . t t• y los, i tr n it III n Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol irt r. 00 - 1177. - ( C()11c/uir4) () EL ROBLE Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BoJ tín ilitar e Colombia - J 17 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. lo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol t(n ilit r de Co ombi (Continuar ) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 474

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 478

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 478

Por: | Fecha: 08/06/1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. E m el Circu o Mil rt r Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ·e 11 - om!) U ~ ~ala Dia ORG O DEL INISTERIO DE GU ERR A Y DEL EJERCITO H( /1 "IIW 1(11 IIIUJt"T'f/JU tiiiU/;O rup~ID • loJ.u /as fOil IUi lltl, 'f.'l'll e11 l. 111 UfiT'IIItt.r • 11 s tltj' 11 1 '"o~ia difnuln· /.11 nulslf'l J WlCZ Bogotá, Junio 8 de 1907 • Oficial - J( ( 7 J r l 11 1 1 - l r Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletin i\lilitar de Colon1 -. /t,/ J>r ( •U 11 • • t t· 1 L ·ru Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín lilit r d Colombia 125 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tÍI 1 ilit r - 1 5 olom Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. le in il it r: d Colo bi 12 :a.í'' ·' . J. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r Colo - l .• teri 1. ,o!J rn t n 1 • t 1" /. ui 1lo Btu r rr. --4 y t í. Jito¡ 1 ., d 1 !1 ¡ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o ctín 1 ilit r de e - J 2- :Jt la 1 n arre1 (t ;u 1'1'(1- / or¡olti JIO!f J ·Í t/. • 1 ~ 7 d ENTENCIAS P ESIDENCIALES 1 'O(l•r ¡;;¡· uti ·o .. golcí, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín ili r de e lombia 12 3- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~oletin lf 1 l.\ L.{. .' D SPAC o INTERNO EN EL 1 ISTERIIO púb/i,.a r/. :o~ n1hi 1- Uinf ·lt~rio le ;u rra . ·ub · cr la­ri 1 ·,ún ro /¡'¡¡ - Bogotá Junio '1 de 1 fJ o¡ f¡ 1 J., · t ... a. M. · .\ · r . t:~m · ,.,,. __ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. fl ·¡tíbli '(1 dt• 1 ti . ilit t - 12fÍ Colombi • \ IÍ m ·rt.J ,j , • . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - 12 '1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol Í1 l ilitar • (.'oJ bi 1 67 u- ú- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r: 12 OLO IAS PENALES / epub/ti· 1 tft• ( :uÜJIIlÓÍN-.ft:/lJiill''l tf~· /~1 e' /. ,, 'llfll dt•l .)J,!(tl- .1/f/1 .,. 'J t '41 1 • tlt• 1 .'1 7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. t)n liH r de 1 m -1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol ilit r. de Colo bi - lZ70- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tí ilitar Colom - 1272- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. iHt r 27 oJo m L CO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. J, 1 tín liht r - 1~7 ' tli llt''IIÍ '1 11 11 L pin.&l ~~ r • . 1 llf.( 1 u l" . ~. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,. A \J 1 en Bol tfn 1 'lilit r d - 1276- d in pnm l' , .\u .\ h" n· z .J u li ) .\ "" · J l ¡ n t a 1 · n un 1 t.. \. A 7. Tr. ll 1 \ •• \ I.Z \1 f. •. li· er d 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. EL PROBLE A DEL fici 1 ATE IAL DE ARTILLERI~ IV Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 tÍl Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. t( 1 ilit 1' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol Colombi /::1 Público Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 478

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 490

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 490

Por: | Fecha: 31/08/1907

Serie Vl;- Tomo :1 Año I-N. 0 ' 0 ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Dirootor FRANCISCO J. VERGARA Y VKLASGO General de Ingenieros !Ptttdt muy bim suuder que 11uestro respeto á todas !a.r tonviccio11u, tlmga tÍ tann m !tr i11dzfermcía y 11os deje si1t uurgín. para difmderla.r nulrtraJ • • * ENRIQUE SIEN K 11'. WlCZ Bogotá, Agosto 31 de 1907 Oficial I ECHETO Ui\IERO 1 o42 DE" 1907 (AGOSTO 24) . . •, por el Gual l e dictnn varias provideu ias en el Ramo de Guert a El Presidente de la llepública DECRETA ' Art. 1. 0 En atención á que Jos Sres. José Senén Vega y arios Gómez prestan servicio especial y permanente ~n el ribunal de g•·ados militares, se dispone que continúen dis­rutando, desde el 1.0 de Septiembre entrante, del sueldo . ~u~ hoy tienen. Art. 2.° Fí1ase en ochenta pesos ($ 8,o) el sueldo men­sual de los Sres. Luciano Cruz,- Faustino Pomar, Calixto ~fedina y D~maso Angel, y en sesenta y dos pesos ($ 62) el <.le Luis l\1. Quijano y Jacobo Ospina, empleados del Pamo de Guerra, que prestan sus servicios en el Palacio Presiden­~ ial. Esta providencia surtirá sus efectos desde el 1. 0 de Agosto en curso. Art. 3. 0 Llámase al servicio activo al General Andrés A. Quintero, y destina ,eJe a prestarlo en la oficina y Jugar que 1e designe el Ministerio de Guerra. Art. 4. 0 El General Ehécer Gómez, del Estado 1\'Iayor General, prestará sus servicios en comisión, en los Departa­mentos de Cauca y Kariño, en las mismas condiciones en que e tuvo el General Quintero. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -206- Art. 5. 0 . El Capellán General del Ejér.cito, Presbítero Dr. Octaviano de J. Lamo, disfrutará del sueldo mensual de cien, pesos ($ 100), á contar deJ 1. 0 de Septiembre próxim?, y tendrá derecho á pasaporte auxiliado cuando haya de sahr de la Ciudad en ejerci-cio de sus funciones, por orden del Mi-nisterio de Guerra. . Art. 6. 0 Nómbrase al Sr. Manuel D. H.amos Dirr.ctor de la Colonia Militar y Penal transitoria en la línea rlel Ferro­carril de Buenaventura, creada recientemente por Decreto número 995, en su artículo 8. 0 , con la asignaei6n mensual de ochenta pesos ( $ So). Art. 7. 0 A peti~Ión del Jefe de Estado :Mayor General del Ejército, y por exigirlo así el buen servicio, modificase el Decreto número 975, de fecha 10 del presente, en el sen­tido de que cada una de las Compañías del Brztallón 2. 0 de Infantería (Modelo), constará de cien individuos de tropa y de veintidós la Plana Mayor, para los efectos allí indi­cados. Art. 8. 0 El Coronel Luis CHrlos 1\lorale~, n · rgado del material de artillería, el Coronel Juan l. Sic~u·d, Ayudante de )a Jefatura Militar de C:artag •na, el Tenicntr. R Hfael r t't- -ñez R., adjunto de la misma, y ·1 Ayudante de la Zona 1\Ii­litar del Atlántico, que se desjgne para pasar á Cartacrena como Ayudante del Jefe 1\Itlilar de aqueiJa plaz::., r.n virtud de] punto k) del De reto número g64, serán dados de alta en la Plana :Mayor el ftfedio Bataftdn ¡.0 de lnfan.tPrla. Art. 9· 0 Que n subsi tiendo las Bandas Militares de .Mú­sica establecidas fuera del Distrito Capital, con el personal señalado en el articulo 4. 0 del Decreto nün1ero 1086 de 1 905~ inclusiv aquellas que por circunstancias especiHies se han organiza o con número de Profesores inferior al que da di­cho Decreto. Art. 10. DeróO'ase el . artículo 3. 0 del Decreto' ntímer.:> 993, de fecha 17 del presente, por eJ cual se llamó al serYi­cio activo al Oficial Ismael Talero, y se le destinó á la 3·a Compañía del Medio Batalldn 15. 0 de Infantería, en reemplazo del Capitán Jacobo Ospina. Nómbrase para ocupar esa va­cante al Capitán Luis A. Ponce, excedente en reciente elimi­nación dd Batalldn 14.0 Ari. 1 1. Por excusa aceptada al Sr. .J nlio Castrellón para servir el puesto de Jefe de la Sección ie la Gendarme­ría Nacional acantonada en La Plata, nómhrase en su reem­plazo al Sr. Hipólito Peña. Art. 12. Derógase el articulo 1. 0 del Decreto 93o, fe­chado el 3 de los corrientes, por el cual se nombra al Gene­ral Joaquín Escandón Jefe de la Sección de Gendar.mería Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -208- DECRETO NUMERO Io4/~ DE 1907 (AGOSTO 24) por el cual se aprueba la reorganización de tres Cuerpos, se establece o tres guarniciones y se hacen 'l'arios nombramiento~ El Prestdente de la Repúbbca DECRETA Art. ·¡? Apruébase la reorganización dada por eJ Coman­dante General de la Zona l\liJitar del Norte, con autorización del Ministerio de Guerra, al ftfedio Batallón .1. 0 de Infante ria. así: llana Mayor Jefe, Coronel Belisario Torres. Ayudante 1\'Iayor, Capitán José B. Vertt. Abanderado, Subteniente Luis Acebedo. 1." Comparila Comandante, Capitán Manuel Gómez. Teniente, Alejandro Uribe. Subteniente , Tomá Jiménez V. y ~ídolo Gonzrílcz. 2 ~ Compariía Comandante, Capitán Víctor Ospina. Teniente, Julio 1\Iedina. Subtenientes, Carlos llorrás y Carlos M. M ·jía. :;~ Compar1la Comandante, Capitán Nicolás Vargas. Teniente, Remigio H.oncancio. Subtenientes, Hamón López P. y Leopoldo Carrillo. Cuerpo Civil Guardaparque, Joaquín BrP-tón. Ayudante de éste, Luis F. MoJica. Médico de la guarnición, Dr. David Mélcormik. Habilitado, Francisco V anegas. Art. 2~ Apruébase igualmente la reorganización que el Comandante General de la misma Zona, de acuerdo con el Jefe Militar de la Frontera del Táchira, hizo del Medw Ba­tallón 6~ de lnfanteria, de guarnición en Cúcuta, así: Plana Mayor Jefe, .Coronel Jesús Sanabria. Ayudante 1\'layor, Capitán Jena:o Castro. Abanderado, Subteniente Eladw Penha. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar .de Colombia -209- r. a t:ompañ/a Comandante, Capitán Ramón Ruiz. ~eniente, Julio Mejfa. S tenientes, Jerónimo Oviedo y Wence lao Bolaños. 2~ Compañia Comandante, Capitán Luis E. Suárez. Teniente, Leooidas Sáenz. Subtenientes, Andrés López y Arturo Páez. 3~ Compañia Comandante, Capitán Eduardo Alaix. Teniente, Luis M. Cárdenas. Subtenientes, Abundio Trujillo y Gabriel Pinzón. Cuerpo Civil Médico de la guarnición, Dr. Víctor Julio Cote. HabiJitado, Braulio Jiménez, y el personal de la Jefatura Militar de la Frontera del Táchira, que se compone del Jele Militar, General Alfonso Jaramillo, del Ayudante Secret · General, Miguel J. Canal y del Adjunto, Capitán Antonio Garcla. Art. 3. 0 Igualmente se aprueba )a reorganización que se hizo recientemente en el Medio Batalldn 12. 0 de lnfanterla, de uarnición en Honda é Ibagué, así : Plana Mayor .Jefe, Coronel Guillermo Gamba. udante Mayor, Capitán Emiliano González. A anderado, Subteniente Julio A. Samper. 1~ Compañia Comandante, Capitán Samuel Cárdenas. Teniente, Antonio Acero. Subtenientes, Pedro García y Santiago Gutiérrez. 2~ Compañia Comandante, Capitán Manuel 6. Duarte. Teniente, Luts J. Bernal. Subtenientes, José Piñeros y David Toro. Cuerpo Civil Guardaparque (lba~ué), HeJiodoro Peláez. :Médico de la guarnición de lbagué, Dr. Francisco La­mus O. Médico de Honda, Dr. Luis F. BernaJ. Cuatro Hermanas rle la Caridad para el Hospitál Milit.ar de Honda, con sueldo de Sargento 1C! Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -210- Dos sirvientas para el íd. con s do de soldádo. Un soldado ordenanza. Hábilitado, Rafael Prado P. Art. 4? Establécese una guarnición en la ciudad de Oca­ña, que constará de una Compañía Suelta, y su oficialidad será la s1guiente: Comandante, Capitán Roberto Reyes, Te­niente Campo E . Mendoza. Subtenientes, Joaquín Alfaro y Juan Baquero. Art. 5? Nómbrase Médico y Habilitado de la Compañía Suelta, de que trata el artículo anterior, respectivamente, al Dr. Víctor Hoyos y Domingo Piedrahita, prestando éste la fianza legal del caso. Art. 6? La media · Compañia destinada á Ja guarnición de Titumate y el fiquete de la de San Andrés de Providen­cia, constarán de cincuenta y veinticinco plazas, respectiva­mente, v serán comandadas, así : Ti tumate, por el Capitan 1\liguel S. Pardo y Subteniente Juan de J. So lis; San Andrés, por el Capitán Francisco Mar­tínez R. Comuníquese y publíq se. Dado en Bogotá, á 24 de Agosto de I!J07. R. lEYES El !vlinistro de Guerra, 1\IANU.EL M. SA ·uLEM~o; :·rn: . RESOLUCION NUMERO 6r DE ~~)07 (AGOSTO 28) que hace una prevención á los Jefes de Cuerpo y de guuoic:iún M;'nisterio de Guerra-Bogotá, 2R de Agosto de I,Q o 7 Puesto que algunos Jefes de Cuerpo y Comandantes de guarnición solicitan con frecuencia separación de Oficiales, á exto, ó de que observan mala _conducta, ó de que se ha­lan enfermos é inhábiles para el servicio, ó de que carecen de espíritu militar, cargo que los interesados refutan pos- . teriormPnte con documentos fehacientes, y Puesto que por expe~·iencia de much0s casos, se ha visto que las solicitude') de separación efe Oficiales, son un sistema de proporcionar vacantes á determinados candidaf(Js, contra­rio á la moral militar, SE RESUELVE Toda petición que se eleve por el conrluclo regular, para que se deGrete la separación de algún Oficial, ha de venir acompañada de una información sumaria de los motivos qu'e la justifiquen, levantada ante la primera autoridad política Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - .215 - . 1 eomo el Sr. 1\'linistrQ de Hacienda y Tesoro se halla en me­Jor capacidad para arbitrar ese medio, me permito propo-ner- os: · "Pásese la reclamación promovida por rank A. Kop~I, ~omo apoderado de la Compañía del Ferrocarril del Maglla­Jena, al Sr. Ministro de H cienda y Tesoro para que el pro­poQga la forma como deb cancelarse aquel crédito." Bogotá, Marzo 1C? de 1907. El Subsecretario de Guerra, encargado del De~pacbo, CtiMACO LosADA RepúhltiJa deColomhia-Mini'sterio de Guerra...-Sección 2.a­Número 48g-Bogotá, Agosto 20 de 1907 Sres. miembros del Consejo de Ministros El Sr. Leo S. Kopp, Gerente de la Sociedad Comercial Alemana Deutsch Columbianisch Brauerei Gesellschaft mit Beschrankter Haftung domicili da n IIamburgo, ha cumpr- . do todas las formalidades con que según la ley 27 de 1903 y su Decreto reglamentario, debía revestir e el reclamo que dicha Compañía ha hecho á la Nación, por los daños que una fuerza del Gobierno causaron durante la última guerra, en una fábrica de elaboración de sulfato de soda, stablecida á inmcdiacione .. de Paipa. Figuran en el expediente las siguientes piezas: Certificado del otario 2. 0 del Círculo deBo otá, en que consta la existencia de la Sociedad Comercial, y la personería de su representante Sr. Kopp; Certificado de la Legación alemana, para acreditar la extranjería deJ reclamante; Certificado del Alcalde de Bogotá, respecto á la neutra­lidad completa que el Sr. J(opp guardó durante la con­tienda; Un ejemplar del documento de arrendamiento del te­rreno donde se instaló la fábrica ; Factura de las existencias del Establecimiento y sus va­lores, corroborada con declaraciones juradas de testigos y peritos, acordes en todos Jos hechos de propiedad, tiempo, lugar, precios, objetos, daños, culpas, etc., y Certificado del carácter militar y funciones qu.eejercJeron los Generales J olio La mus O. , David Conde, como Coman­dantes de las Divic:;iones Manuel Medina y Alhán, respectiva­mente, tropas del Sobit!rno que fueron las causantes de los daños en la Fábrica cuando es tu vieron acampadas en Paipa. La amphac.ión ordenada para que se avaluasen los restos de la maquinaria, edificios y enseres .utilizables, fue practica- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -216- da en debida forma ante el Sr. Juez Municipal de Paipa, y de esta diligencia resulta que dichos restos montan á. la suma de $ 301-55 en oro, que Ita de deducirse de ]a cuantía del re­clamo; porque esos obJetos no ln.n desaparecido porque si­guen perteneciendo á sus dueños, en cuyo poder se hallan, y porque si la Nación pagara su precio equivaldría esto á com­prar una cosa que no necesita y que ninguna utilidad le re­porta. l\fed1ante la reducción mencionada, soy de opinión que el Honorable Consejo de Ministros apruebe el proyecto de Resolución formulado por el Sr. Ministro de Relaciones Ex­teriores, corriente á fojas 43 á 46, del expediente. Soy del Excmo. Sr. Presidente y de los Sres. Ministros, muy adicto y respetuoso servidor, MANUEL M. SANCLEMENTE JUSTICIA MILITAR Despacho de Guerra·-Seccidn J. 3 -Bogotá, Julio 22 de 190í Vistos: Procedentes de la Gobernación del Departa­mento de Santander han llegado á este Ministerio, con oficio número 485, de 29 de Junio del presente año, las pruebas pre­sentadas por el Sr. Crisóstomo Calderón ante el Sr. Prefecto de la Provincia de Río de Oro, con el obJeto de desvanecer Jos cargos formulados contra él, en su carácter de Alcalde Municipal de Aguachica, por el Segundo Jefe del Batalldn Artillería. De las respectivas diligencias se colige que este Jefe acu­sa al Sr. Calderón de ser mal empleado y poco adicto á la actual Administración; carg·o que se le imputa, según manifiesta el acusado, de haber dado cumplimiento á una disposición del Sr. Gobernador del Departamento, en virtud de la cual se ordenaba el aislamiento el enfermo de elefancía Sr. Lino M. Correal. Con motivo de tal acusación, el Sr. Prefecto de Río de Oro dice en informe rendido al Sr. Gobernador con fecha 28 de Mayo último, entre otras cosas, Jos siguientes conceptos: "Muy poco hacía que el Sr. Calderón e~taba hecho cargo de ese empleo, sin que á este Despacho hubiera Jlegado ningún informe desfavorable acerca de su conducta, é hice este nombramiento por haber sido informado de que era com· petente y amigo decidido del Gobierno. Creo que en esto ha habido calumnia, por ser el Sr. Lino Correal enemigo del Sr. Calderón por causas que usted verá en los testimonios que el acusado aduce, y que la conducta de él como empleado, al hacer cumplir las órdenes de esa Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de' Colombia -217- GoberQación, que es el motivo de la enemistad del Sr. Co­rreal, es loable. · No obstante, en acatamiento á la orden dada por usted, he retirado de la Alcaldía al mencionado Sr. Calderón. Por petición del Sr. Crisóstomo Calderón fueron llama­dos á rendir declaración sobre el particular, los Sres. José María Gastelhondo, Natividad Santana V. y Pío Pabón, quienes, juramentados en forma legal, manifestaron ante el Sr. Alcalde Municipal del Carmen, Jo siguiente: Que es cierto y les consta, por haberlo visto y pre en­ciado y por ser público y notorio en el Municipio de Aguachi-~. ~-~-~- .. ca, que durante los días que estuvo el Sr. Calderón en dicho Municipio, observó una conducta Pjemplar en su carácter de Alcalde de aquel lugar; pues no se le vio embriagado, ni escandalizando, ni meo tratando asuntos en contra del Go­bierno; que antes por contrario, estuvo trabajando en fa­vor de la paz y haciendo respetar la Constitución y leyes de la R pubhca, ya como empleadd, ya como amigo pe son al del Gobierno del Excmo. Sr. General Reyes. Que les consta por el mismo conocimiento que tienen de los hechos, de que el Coronel Hernández, 2~ Jefe del Bata/Id de Artillería, llegó á Aguachica el día 19 de Mayo del a en curso, y que en la noche de e. e mismo día lo v1eroo co - pletamente embriagado en la ca, a del Sr. Lino M. Cort aJ, quien en asocio del Sr. Manuel ~lárquez lo obligaron á· fotr mar que el Alcalde era enemigo del Gobierno. Declaran también que el motivo principal que origj:nó este denuncio fue el haber notificado á Correal el aislamietttQ 1' estar atacado de elefancía, y que éste al ser notificado amenazó Al Sr. Calderón con hacerlo destituir del puesto de Alcalde. Por otras' varias dtligencias practicadas extra juicio á so­licitud del sindicado Sr. Calderón, se viene en conQcim iento de que dicho señor ha sido leal defensor del Gobierno presidido por el Excmo. Sr. General Reyes, y que por ser amigo de la paz y del orden fue distinguido con el nombramiento de Al-calde del Municipio de Aguachica. No habiendo en el Ministerio documento alguno del cual se pueda deducir responsabilidad al sindicado Sr. Calderón, sino que antes bien aparece comprobada su inocencia del ex­pediente de pruebas que exhibe, , . SE RESUELVE · Absolver de todo cargo al Sr. Crisóstomo Calderón, y devolver la presente actuación al Sr. Gobernador del De­partamento de Santander para que lo restahle:rca en su em­pleo, Ri fuere el caso. Cópiese y publíquese. El Ministro, MANUEL M. SANCLEMBNTE Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -218- SOLICITUDES DE INDULTO Sr. General Jefe de la Colonia Militar y Penal del Meta-E. S. D Y o, Adán Garzón, mayor de edad, natural de la Florida y vecino de Bogotá¡ actualmente residente en esta Co1onia, como colono, á uste con todo respeto digo: Con el objeto de quedar en libertad me acojo al Decreto sobre indulto del 20 de J olio del presente año y prúmeto bajo mi palahra de honor respetar y hacer respetar la Cons­titución y leyes de la República y defenderlas como ciuda­dano pacífico. Colonia del l\Ieta, Julio. 31 de 1907. ¡ Sr. General. Adán Gar.zdn República de Celombia-lntendeTU'ia del Aleta-Colonia Pe­nal- Julio 30 de 1907 Sr. General Jefe de la Colonia filitar y Penal del Meta-E. S. D. Yo, Alfon ·o .t\1. Serrano, mayor de edad y vr.cino del unicipio de Pesca, r id en te actualmente en ésta, confinado e m o preso político, re. petuosamen Le manifiesto: Que me aCOJO al Decreto de indulto dd 20 del presente y b jo mi palabra de honor ofrezco obedecer y defender la Constitucion y leyes de la República en mi carácter de ciu­dadano pacífico. Sr. General. Alfonso M. Serra~ Sr. General Jefe de la Colonia Militar y Penal del Meta-E. S. D. Yo, Luciano Acosta, menor de edad, natural y vecino de Chía, actualmente residente en esta Colonia como preso político, á usted con todo respeto digo : Con el objeto de quedar en pleno uso de mi libertad, me acojo al Decreto sobre indu1Lo del 20 de Julio del presente año y prometo bajo mi palAbra de honor respetar y hacer respetar la Constituctón y leyes de la República y defender­las como ciudadano pacífico. Colonia del :Meta, Julio 31 de 1907. Sr. General. Luciano Acosta Sr. General Jefe de la Colonia ::\1ilitar y Penal del Meta-E. S. D. Yo, Luis T. González, mayor de edad, natural y vecino de Suba, y actualmente residente en esta Colonia como co­lono, á usted con todo respeto digo : Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colon1bia -220- ~r. General Jefe de la Colonia Militar y Penal del .i\leta- Ple. Yo, Santos Gamboa, mayor de edad y vecino ele Duita­ma, confinado en esta Colonia, á usted con todo re peto digo: Que acogiéndome al Decreto ·de 20 de Julio, sobre in­dulto, ruego á usted se digne conceder·me !a libertad, y pro­meto por mi palabra de honor respetar la Constitución y ]as leyes de la República y defenderla como ciudadano pad­fico. Villavicencio (Colonia dd :Meta), J u lío 30 de 1907. Sr. General. A ruego de Santos Garnbou, por no saber escribir, Juan !J. Gon~ále~ República de Colombia-Colonla del Meta Sr. General Jefe de la Colonia- Ptc. Y o, Vicente Ferrer Garzón, mayor de eclad y vecino de Villavicencin, y actualmente confinado en esta ciudad á us­ted con todo respeto digo: Que acogiéndome al Decreto del Poder Ejecutivo núme­ro 83 r, de fecha 20 de Julio, suplico á usted concedr.rme la libertad, ofreciendo por mi palabra de honor respetar Ja Con titución y las le.Yes de la República y defenderlas cuan­do fuere preciso. Villa viccncio, J ul in 3 1 de r 907 Vicente F. Gar~dn Colonia dt' l Meta, 30 de .J ul iJ de 1907 Sr. General Jefe de la Colonia Militar y Penal del Meta- E. S. D. Yo, Carlos M. Hernández, nt::ttnral y vecino de Cartage­na, residente en la Colonia como preso político, á usted res­petuosamente manifiesto : Que me acojo al Decreto sobre indullo de 20 de Julio del presente año, .r prometo obeJecer bajo rni palabra de ho­nor la Constitución y las leyes de la Repúbblica, como ciu­dadano pacífico. Carlos Al. /lernández Colonia del Meta, Julio 30 de 1907 Sr. General Jefe de la C Jlonia Militar y Penal del Meta-E. S. D. Y o, Francisco Castillo, natural y vecino. de Cartagena, residente en la Colonia como preso político, á usted respe­tuosamente digo: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -222- cio del Cuerpo que tengo el honor de co1nandar fue distri­buido durante esos días de acuerdo con las necesidades que se presentaron, y tanto los Comisarios como Jos Agentes cumplieron satisfactoriamente con su deber, p0r cuyo moti­vo esta Dirección ha insertado un artículo en la Orden General de hoy, en el cual se les encomia, para que esto les sirva de estimulo para el porvenir. De usted atento, seguro servidor, Por el Director, el Subdirector, E. E CALLC)N ¡'J;Jinisterio de Guerra-Nún1ero 7 5 ~ - Bogotá, Juhr; .2q de 1907 Sr. Director General de la Policía-Presente Ell'flinisterio se complace en felicitar á usted y á todos los miembros del Cuerpo de su mando por la conducta alta­mente sati~factoria que han observado en las fiestas del 20, particularmente á los que tomaron parte en la de. trucción del incendio del domingo 21, y á los cuales se dará recom­pensa pecuniaria y mención, de acuerdo con lo que usted propondrá. Se va á solicitar del E. cmo. Sr. Presidente d la Hepü­hlica la creación de una pequeña cción de Bornlwro , que instruirá el Sr. Gilibert, como lo ha ofrecido. Dios guarde á usted, :MANUEl. l\1. SANCLE 1gNT& Policía Nacional-Direccidn General-Núrnero 1 ¡o1 - Bn­. qotá, Jult"o 22 de 1.907 Sr. Ministro de Guerra-Presente Para su conocimiento y demás fines, tengo el honor de transcribir al Sr. Ministro el siguiente informe: "República dé Colombia-Policía Nacional-6.a Divzst"dn ~ Bogotá, Julio 22 de 1907 Sr. Subdirector encargado de la Dirección General del Cuerpo- - Presente Atentamente in!o:mo á. usted que ayer á Jas 5 p. m., más ó menos, se rec1b1ó av1so por teléfono en esta Comisa­ría de que en la calle I4, cuadra 6 3 , había un incendio. Inmediatamente despaché la bomba de mano y en se­guida la de vapor, y en el término de Ja distanci -1 e. tuve en el Jugar, donde hallé que s~ hahia incendiado la botica de Arbeláez, ~Iontoya & e~, Sltuada en el número 1 19 de dicha calle, bajos de la casa del Sr. Gonzalo Arboleda. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Milita de Colombia -223- El incendio fue producido con motivo de que el mucha­cho Antonio José Cortés introdujo una mezcla de antimonio y clorato de potasa en una máquina de triturar, mezcla que produjo una fuerte explosión que hirió al muchacho y pren­dió fuego á una sustancia inflamable que se cree fue sulfuro de carbono, la cual fue imposible apagar por medio d~ agua, pues con ésta se inflamaba más y más, hasta que hubo ne­cesidad de optar, para exterminar el fuego, de emplear tie­rra y arena, y sacar luégo los despojos que ardían al patio de la casa, teniendo para esto que derribar una puerta-ven­tana, donde también hanía fuego, el cual por fortuna no siguió hacia el interior de la farmacia, lo que hubiera causa­do fatal~s consecuencias. La atmósfera estaba impregnada de d1cha sustancia, la cual era tan nociva para las vías res­piratorias, que casi asfixiaba. A pesar de esto los Agentes trabajaron con ahinco para sacar con garlanchas y azadones al patio las sustancias inflamadas, lo que dio por resultado que tuvi ran· que acarse enfermos lo de la 1. Div'sión Jor­ge Ospina y :Moisés Angel, quienes fueron conducidos al Hospital. También se distinguieron en esta faena el Agente de Ja Sección de Justicia Sr. Je ús Rueda, los de la 2~ División Custodio Guativa y Jo é Colmenares, y los de la 6~ Eliécer Pinzón y Plácido Garzón. Una vez dominado el fuego se retiraron las Divisiones que habían acudido, dejándose du­rante la noche, como medida previsiva, cuatro agente de la 2.8 División y cuatro de la 6.a con la bomba pequeña, he­rramientas y tarros. Hasta e) momento el fuego no se ha reanudado. Es tu vieron presentes en el lugar del siniestro, hasta que el fuego fue dominado, el Sr. Ministró de Relaciones Exte­riores y el Sr. Secretario General de la Gobernación. Dios guarde á usted. El Comisario Jefe, RAFAEL F. RooaíGuEz" Soy de usted atento, seguro servidor, Por el Director, el Subduect0r, E. EscALLÓN Despacho de Guerra-Bogotá, Julio 24 de 1907 Reitérese la felicitación dada al Cuerpo de Policía por su comportamiento en estos días. Remítase este oficio al Acuerdo, solicitando del Excmo. Sr. Presidente de la República la creación de un pequeño Cuerpo de Bomberos que el Sr. Gilihert ha ofrecido instruir de acuerdo con los P,rocerlimientos modernos. El Ministro, SANCLE~ENTE Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -224- República de Colombia-Policía Nacional-Dirt!ccldn Gene­ral-!{ limero 17 9 8-Bogotá, .Julio 3 o de 19 o 7 Sr. Ministro de Guerra-Presente. De acuerclo con lo dispuesto por ese Ministerio, en ofi­cio número 852, de fecha 24 de los corrient~s, tengo el honor de proponer al Sr. Ministro una recompensa pecuniaria de dos mil y mil pesos, respectlvament~, para cada uno de los agentes de vigilancia Jorg·e Arjona y Moisés Angel. quienes fueron gravemente heridos en el incendio que tuvo lugar en la calle 14, el día 21 de los corrientes. En cuanto á la mención honorífica, la solicito muy res­petuosamente para el ag
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 490

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 491

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 491

Por: | Fecha: 07/09/1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletln Militar de Colombia - -240- .Art. 4.° Concédese la licencia indefinida que ha solici.' tado el Subteniente de la Compañía Suelta de Villavi'cencl·o, · Hipólito Nieto, y destinase para sustituirlo al Subteniente Víctor Piñeres S., que sirve como Sargento 1.0 en la misma Compañía. Art. 5. 0 Nómbrase al Sr. EJias Cajiao Ayudante Ins­pector de la Sección de Gendarmería Nacional acantonada en Popayán, con la asignación mensual de sesenta y dos pe­sos, que percibirá en la misma forma en que lo hace el men­cionado J.nspector. Art. 6. 0 El Sr. Besalio F. de Soto, ex-Habilitado de las Cotnpañfas del B_atallón 3CJ de Infantería, <{ue estaban acan­tonadas en Palm1ra, Buga y Cartago, continuará como Ha­bilitado de la Compañía del Batallón g. 0 , que va á hacer la guarnición en la Provincia del Quindío, Departamento del Cauca, previa ratificación de la fianza lega) que está obliga­do á prestar. Comuníquese y pnblíquese. Dado en Bogotá, á 31 de Agosto de 1 907. H. REYES El l\linistro de Guerra, MANUEL .M. SANCLEMENTE DECRETO NUl\IERO 1o8g DE 1907 ( 2 DE SEPTIEMBrE) por el cual se cambian unas penas y se indultan á dog confinado. El Presidente de la República, CONSIDERANDO Que algunos de los confinados á Mocoa han solicitado, por medio de recomendados en Bogotá, que se les cambie la pena que sufren por la de extrañamiento del territorio na­cional; Que en las vegas del río Amazona¡ hallarán dichos con­finados teatro para ejercitar sus energías en el trabajo, con­sagrándose á empresas que más tarde les permitan IJevar vida pacífica é independiente; Que el artículo 10 del Decreto número I486, 24 de Di­ciembre de 1905, ''por el cual se organiza la Corte .Marcial," fa~ulta al Gobierno para indultar, rebajar ó sustituir en cualquier tiempo las penas impuestas por el referido Tri­bunal, DECRETA Articulo 1 ~ Cámbiase en la de extrañamiento del terri­torio nacional, por el tiempo que les falta para cumplir su condena, la pena de confinamiento que en l'rlocoa sufren los Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Cotombi• - ~41- Sres. : Edu.ardo Gutiérrez, Carlos Neir.a, José María Neira, Alfopso Sánchez, Ricardo Sarm1ento, Mi¡uei Antonio Acos­ta, Antonio 1\Jaría Rodríguez, Pedro Ortiz y Bercelino Her­n. Dd&z. El Sr. Gobernador del Departamento de Nariño, de acuerdo con el Jefe Militar de 1\Iocoa, dispondrá Jo conve­niente, á fin de que los expatriados se$n embarcados por la vía del río\Putumayo y conducidos al rfo Amazonas, hacien .. do los gasto~ de transporte por cuenta de la Nación, dando además, á cada uno de ellos por una sola vez cincuenta pe­so. s ($ 50) oro, para que atiendan á sus necesidades mientras hallen trabajo. . Si en el Exterior la conducta de los expatriados fuere satisfactoria, podrá el Gobierno disminuirles el tiempo del extraña míen to. Articulo 2'? Levántase á los Sres. José Gabriel Acosta y Heliodoro Ruiz Ramos la pena que actualmente sufren en Mocoa, queelando el primero du ante un año aj'O la vigilan cia y responsabilidad de su hermano Julio A costa C., quien debe presentarlo al Ministerio de Guerra en caso de que su conducta no satisfaga, y el se;undo con la obligación de pre­sentarse al citado M1nisteno de Guerra para asegurar su conducta con una fianza. Estos dos individuos serán pasa­portados hasta Bogotá por el Sr. Gobernador del Departa­mento de Nariño. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1907. R. REYES Ell\Iinistro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMENTE RESOLUCION NUMERO 62 DE 1907 (AGOSTO 30) por la cual se dispone la manera como deben ejecutarse las retretas por las Bandas Militares del Distrito Capital El Ministro de Guerra RESUELVE IJesde el día 1. 0 de Septiembre próximo1 las Bandas Militares de Música del Distrito Capital, deben ejecutar l~ retretas que á continuación se expresan: Los domingos, de 1 o á 1 1 a. m., en el Parque del Cen­tenario; de 1 1 a. m. á 1.2 m., en el Parque de BOlívar; y de 7 p. rp. en adel~nte, en el Palacio de San Carlos. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -243- JUSTICIA MILITAR Repúhllca de ColiJmhia- ProeuriJdtlría General de la Na· cidn- Bogotá, Agosto ro de 19 o 7 Sr. Ministro de Guerra En virtud de Acuerdo presidencia¡! y con ·~ola de 6 de tos corrientes, número 914, de la Seccit\n 1!-, me fue enviada por ese Ministerio la causa se~uida con intervención del Con­- sejo de Guerra de Oficiales Generales, al Coronel revolucio nario Leopoldo Gómez, por doble delito de homicidio. Tal remisión tiene por objeto el que manifieste mi con­- cepto sobre la sentencia absolutoria dictada en dicha causa, y que ha sido sometida á la suprema .Y definitiva revisión de 1a Presidencia de la R~pública, en cumplimiento de lo pre-venido en el artículo 4. 0 de la Ley 26 de 1905. · En acatamiento, pues, á tal cometido, tengo el honor de manifestar al Excmo. :Sr. Presidente e la Re· ública, por el digno condqcto de usted, lo iguien te: Los hechos úriginarios del fallo que se trata de revisar, .extensa ente relatados en varias piezas del proceso, pueden t'esumi e así: En la noche del 3o de Junio de 1901, el General del Ejér­- cito del Gobierno Miguel W. Angulo, yendo en asuntos del servicio y acompañado apenas de tres Ayudantes y de un .corneta de órdenes, fue sorprendido en el sitio del lnfiernito, jurisdicción de Tocairaaa, por una emboscada revolucionaria que coman jaba el titulado Coronel Leopoldo Gómez, la cual, después de haber dado la voz de¿ quién vive?, hizo inconti­nenti sobre los asaltados una descarga de fusilería, de la cual resultó morta·lmente her· o el General Angulo, quien murió pocos momentos después, rodeadó de sus Ayudantes, que lO­graron contramarchar, llevándolo consigo, y herido también y prisionero de los asaltantes el corneta de órdenes, cuyo nombre no se ha podido a veri~uar, á orillas del río Bogo&á, -con una herida ~e bala y horriblemente destrozado á mache­tazos. Estos hechos, de que el rumor público inculpó desde el principio ~~ jefe revolucionario Gómez, no f~eron R_lateria de tnvestJgación formal" por parte de la autoridad s1no hasta fines del año de 1905, por iniciativa del Alcalde provincial de Tequendama. El sumario ,pasó al fin á la auto.ridad mili­tar á qbien correspondía el conocimiento, una vez expedida la Ley 26 de 1905, y esta autoridad dictó ,auto de proceder .contra el sindicado Gómez, con fecha r6 de Mayo último, por doble homicidio (foja 176). · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -244- En el curso de la causa y en vigencia ya la Ley 27 del ptesente año, ror la cual se declararon prescritas ciertas pe­nas, ocurrió a funcionario militar del conocimiento la duda de que trata el artículo 3· 0 de dicha Ley, duda que fue con­sultada con el superior respectivo, quien la devolvió (foja 2o4) en el sentido de que continuase eJ juicio, por tratarse de un delito cuya gravedad no permitía que se le declarase comprendido en la prescripción decretada en el artículo 1.0 de la misma Ley. Reunirlo en esta capital el Consejo de Guerra convocaio para decidir la causa, se le sometieron las dos cuestiones si­guientes: 1~ ¿Se ha cometido el delito por el cual se ha procedido en esta causa? . · 2~ ¿Leopoldo Gómez es responsable como autor, cóm-plice, auxiliador ó encubridor? La primera cuestión tuvo dos votos afirmativos y dos negativos, sin restricción alguna, y 9tro afirmativo limitado á ]a muerte del corneta de órdene . , por manera que respecto de esta cuestión concurrieron tre s votos afirmativos, ó sea la mayoría requerida para constituir el veredicto, en el entido de que dicha muerte sí implicaba la comi ión del delito de homicidio. La segunda cuestión fue contestada negativamente por unanimiOad de votos, de lo cual se originó la sentencia abso­lutoria proferida por el mismo Consejo ile Guerra el 2 de JuJio último, y sometida á la revisión de la Presidencia de la República, en cumplimiento, segün se dijo ya, del articulo 4. 0 de la Ley 26 de 1905. Dadoa estos antecedentes, entro á formular el concepto .que se me pide. ~ El proceso no adolece de ninguna de las causales que dan lugar al recurso de nulidad conforme al articulo 1534 del Código Militar, consistentes en incompetencia de jurisdic­ción ó en informalidades sustanciales é insanables del proce­dimiento. Con efecto, atendido el carácter suficientemente compro­hado de militar de la revolución del procesado, carácter que consta reconocido en documentos oficiales, como lo son el pasaporte y el salvoconducto que se leen á fojas r 8 y 1 ~; el testimonio de algunos jefes reconocidos de la revol umón á cuyas órdenes militó dicho procesado, y el rle muchos de 'los habitantes de la región que éste recorrió de ordinario como jefe de escuadrón, regular unas veces J d_e guerrilla otras, el reconocimiento de su causa correspondía, aun tratándose de delitos comunes, á la autoridad mil-itar, conforme al artículo 1. o de Ja citada Ley 26 de r 905. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Coiom bia -245- Y como de otro lado, no hubo irreg·ularidad ó vic.io en la formación del Consejo de Guerra que decidió la r.ausa, for­zoso es concluir, como se lleva enunciado, que el proceso no adolece de la causal de nulidad proveniedte de incompeten-cia de jurisdicción. · Tampoco se advierten informalidades sustanciales de )as que vtcian el procedimiento, según el artículo 1536 ·del cita­rlo Código 1\'Iilitar, pues la identidad militar del rao como je­fe revolucionario, consta establecida c.n la forma que ya se indicó; se hicieron al reo y á sus defensores las notific~cio­n. es. que la ley previene que se hagan personalmente; se re­cibi~ ron las pruebas pedidas por el mismo reo; se proveyó debidamente á u defensa y, finalmente, no hubo ni podía haber errónea aplicación de la pena legal, una vez que fue absolutorio el fallo en que se decidió la causa. Aquí debiera terminar el examen del proceso si se tra­tara de una s ntencia de Consejo de Guerra d aquellas de que conoce, por re urso de nulidad, de apelación ó por con­. u~ta la Corte Suprema de J nsticia, y respecto de las ~u al es extste (artículo 413 de la Ley 105 de 1 8go) la termmante prohibición de variar la calificación hecha por el Consejo de Guerra 1e la culpahihdad ó inocencia del acusado; pero co­mo e!l el caso de que se tratc::t, la revisión presidencial no está restrmgida por dicha prohibición, dada la amplitud de la fa­cultad conferida al Jefe del Ejecutivo por el artículo 4. 0 de la L~y 26 de 1905, de confirmar, revocar ó reformar las sen­tencias proteridas por Jos Consejos de Guerra, en los casos especialmente previstos en la enunciada ley, entre los cuales ·e halla el que se considera, preciso eq entrar en el examen del falJo absolutorio sometido á la sanción presidencial. A este propósito, el estudio detenido del proceso sugie~ re las siguientes consideraciones: a) El sindicado confesó de modo explícito en su prime­ra indagatoria (folio 1.0 vuelto), haber sido él quien como jefe de la partida emboscada, ordenó hacer la descarga que causó la muerte del General Angulo, y de la cual resultó he­rido el corneta de órdenes. Es verdad que el mismo sindica­do ha pretendido posteriOrmente infirmar esa confesión, ase­gur~ ndo que ella se le atribuye falsamente y que, al ser in­dagado, se ejecutaron con él actos de violencia, como el de mantenerlo atado á una columna mientras declaraba. La pri­mera de esas afirmaciones no tiene prueba al .gu~a en su ap~­yo, y la segunda está desmentida, hasta en términos enérgi­cos, con el testimonio de las personas que es tu vieron presen­tes en el acto de la citada indagatoria. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ·- 246- b) También pretendió el procesado probar la coartada, pero tal pretensión Je resultó fallida, en razón á que en Jas aeclaraciones aducid~~ para probarla, los testigos no expre­saron con precisión la f~cha de que dicen haber visto á di­cho procesado en lugar distinto de aquel en que ocurrió el ataque al General Angulo, pues apenas se limitan á mani­festar, vagámente, que lo vieron en algún punto del vecino Departamento del Tolima en uno de los últimos días del mes de Junio de r go 1, sin saberse, de consiguiente, si lo vieron el día 30, en que ocurrió el desgraciado acontecimiento. Además rle esto, y aun prescindiendo de la primera con­fesión del procesado, éste fue visto entre los asaltantes. en el acto de la descarga, por el General Cecilio Zamudio, uno de los Ayudantes que acompañaban al General :Angulo y quien reconoció á dicho procesad::>, tiempo después, en rueda de presos practicada en el Panóptico de esta ciudad, el 1 1 de Febrero último, según se ve en la diligencia corriente al folio r4o vuelto. N o cabe, pues, duda sobre el hecho de que el procesado dispuso y prtparó la emboscada que atacó al General Angu­lo, y que fue él primero quien ordenó la descarga cuyos efec­tos ya se conocen. e) No obstante lo expuesto, se impone la conclusió~ de que, en lo ocurrido en la noche del 30 de Junio de 1901, no medió perfidia ó engaño en los casos reprobados en el capí­tulo 1.0 , título I.0 del libro 4. 0 del Código Militar, pues asa­tos de esta naturaleza los autoriza el artículo 1045 del mis- ' mo Código, el cual libra de responsabilidad al militar en campaña que se oculta detrás de árbol d cerca para disparar sobre una descubierta ó un explorador enemigo, y concluJ:e por declarar que ''la sorpresa que se da al enemigo poco vi­gilante no está prohibida, pues sólo está la perfidia que en-gaña la buena fe." · Esta es la razón por la cual se advierten en el artículo 1058 del Código ya citado, que en tiempo de guerra, todo mihtar en campaña está obligado á mantenerse constante­mente en guardia, en previsión de que pueda ser sorprendi­do á cada instante, previsión á que desgraciadamente, por exceso de valor, faltó al malogrado General Angulo, dejan­do atrás la escolta de 20 hombres de tropa que le acompa­ñaban y de los cuales debió servirse como descubierta para explorar la vía que se proponía atravesar. En todl) caso, si por la muerte del General Angulo hu­hiera lugar á exigir · responsabilidad criminal al procesado, como esa muérte, . dadas las circunstancias que se dejan ano­tadas, no revisten carácter de asesinato en grado máximo, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín 1Vlilitar de Colombia - 24;8- primeras víctimas, pre unción no infundada si se compara la fec~a de Ja orden (II de Junio) y la deJa muerte del Gene­ral Angulo (30 de Junio) y las circunstancias en que acon­teció. Pero no obstante la gravedad del suceso, hay que tener en cuenta que conforme al derecho de la guerra no sería po­sible calificar hi muerte del notable jefe como asesinato co­mún en grado máximo de gravedad, que sería el único caso ep que estaría excluido de la gracia concedida por la Ley 27 del presente año, porque no hay medio: ó el procesado Gómez es reo de asesinato en grado mcíximo, y debe condenársele á muerte, ó Jos hechos ejecutados pcr él están comprendidos en la ley de pr·e cripción, y hay que ponerlo en libertad; la primera parte del ciilema no es sostenible en presencia del ar­tf. culo 1045 del Código Militar, según se ha visto, luego liay que oftar por la segunda. I or todo lo e ·puesto, . o y de opinión que el fallo abso­lutorio sometido á Ja •aJta revisi6n del Jefe del Poder Ejecu­tivo y del cual me he ocup.ado ~n la presente exposición, de­he ser confirmado como estrictamente legal, dados los ele­mentos suministrados por e) proceso. Señor Ministro. GERARDO PuLECIO SENTENCIA DICTADA POR EL CONSEJO DE GUERRA DE OFICIALES GENERALES EN LA CAUSA SEGUIDA CONTRA EL CORONEL REVOLUCIONARIO LEO­POLDO GÓMEZ, POR EL DEUTO DE IIOl\fJCJDIO VIsTos-Por mandato del Alcalde Provincial de Te­quendama, el Inspector de Policía redujo á prisión en Tocai:.. ma, el día diecisiete de Diciembre de mil novecientos cinco, á Lcopoldo Gómez, señalado por Ja opinión general como autor responsable de la muerte dada al General Miguel W. Angula y á su corneta de órdenes, cuyo nombre no fue posi­nl~ averiguar, el día treinta de Junio de mil novecientos uno, en el sitio del lnfienu~o, jurisdicción de Tocaima. · Indagado que fue el sindicado, recibidas las declaracio-nes de las personas que debían ó podían declarar sobre el particular, evacuadas todas las citas que resultaron y prac­ticadas todas aqueHas diligencias que á juicio de los distintos funcionarios que actuaron en el proceso y todas las que el acusado pidió para probar su inculpabilidad, resultaron pro­- bados los sigui en tes hechos: Que la muerte causada al General Angulo y á su corne­ta de órdenes Jo fue por una guerrilla revolucionaria apos- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de ColomBia -249- tada en el sitio arriba mencionado en la noche del citatlo día treinta de Junio, la cual de"pués de alertar con alto quién vive, al General Ang·ulo y á sus a1.udantes que lo acompa­ñaban, hicieron una descarga, hir1éndolo mortalmente, pues que de ella murió poco rato después, é hiriendo también á su corneta de órdenes, quien fue ultimado cruelmente, por la guerrilla asaltante; Que la Patria perdió con tal acontecimiento á un entu­siasta, valeroso y gallArdo servidor, víctima de su arrojo y temeridad; Que aun cuando autoridades civiles iniciaron el procedi­miento respectivo, las militares, por haberse probado ser de competencia de elJas, adelantaron el procedimiento 1 asta su terminación y reunión del presente Consejo de Guerra, el cual para fallarlo hoy, entra en las consideraciones que siguen: 1 .n Que los únicos testigos presenciales del desgraciado aconlecimiPnto, gue lo fueron los Sres. üeneral Cecilio Z.a­mudio y los Coroneles Arqu1medes Feruández y Enriq e Urdaneta, no han llevado con sus declaracionc al ánimo de los miembros del Consejo el con vencimiento perfecto de que Leopoldo Gómez fuera el Jefe de la guerrilla a allante; 2.a Que aun cuando es verdad que Gómez con~ só de modo al parecer franco y espontáneo, haber sido él el Jefe Comandante de la guerrilla, de pués ha negado con in isten­cia que tal inaagatoria exprese fielmente Jo confesado por él, y que a un cuando además la diligencia practicada por el Inspector de Policía merece fe püblica, y las a 1rmaciones de Gómez están desmentidas con las declaraciones de los Sres. Guerrero, Franklyn y Carrizosa, el acusado siguió sostenien~ do no ser cierta su confesión y ha rresentado testigos pro­bando que en el día ó en los días de asalto dado al malogra­do General An~uJo, se encontraba él en ~~ sitio llamaao Doima, á inmediaciones de Piedras, Departamento del Toli­ma, y que ha probado con otros testimonios no haber sido él el Jefe de grupo que sorprendió y dio muerte al General An­gulo y sí se ve fuera de toda duda que José Monroy, Cándi­do V anegas v Cicerón Prada sí pertenecieron á la agrupación asaltante y a"parecen en ocasiones algunos de éstos como Je­fes, todo Jo cual introduce la duda sobre si efectivámente es Gómez el responsable del delito; . 3· a. Que aun en el caso de que la responsabilidad de Gó­mez estuvíeraluera de la más leve duda, el Consejo no podría dejar de tener en cuenta que Gómez, si fue él el Jefe de la es­colta asaltante, penetró :audazmente al campamento del Go­bierno, que alertó 1 General Angulo J á Jos suyos antes de disparar sobre ellos; que probablemente los asaltantes obede- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. :1HtiM••~u~Diti· ~ 1. gu eonsta por pcume~ os encon­trados 41 d!Uéiénatioa, q éstos tenlan orden~~ Ge­ner l Unbe libe (fe sertur la erra ~r el si ema de em­hoseáda y_ de d. parar de.- referenc-.ia-10bre los Jefes, el Co - sejo eonsiélera q e el a allO dado al General An ulo y que t · la irreparable pérdida de é te, fue un hecho con ecuen­cia de la funestQ y_ desa trosa guer1·a que asoló á la Patria, q e fOr t~mto debe timarse como delito polltico imputa- ~e en ~ustJcia á las pro m o ores de la guerra; y, 4. Que no se observa informalidad alguna ~ue ~·e el p_~ooedimiento, a í como tampoco en la uni dél presente Q9nsejo de Guerra de 06ciale Generale éslt, admini tran-justicia en nombre e la putihca y por autoridad de Ia lley, absuelve de todo cargo á Le poldo Gómez, Jefe re olu­cionario, en arm s contra el Gobierno, n la época n que consumó el deli o de homicidio que se le imputó y por el cual fue llamado á juicio en proveído de fecha dieciséis de Mayo ultimo. Consúlte e con 1 r. Gen ral Jef de Estado Mayor General del Ejército, para lo eÍI ct d 1 articulo 4. 0 d Ja ey 26 de 190 • Pohllq e e, notifi9.ue e, i no fuere a elada la pr sen te nteneia, ponga e n hh r:tad al proc do. Dada en Bogotá, á do d J olio d mil o ienlos iet . El Gen ral d Divt ión, Vocal Pre ldent ' Ul\ LJO ME­ZALDE- EI en eral de Di vi ión., r ocal, rturo Dousdehés­General de Divi ión, ocaJ, Miguel Rodrigue E V.-El Ge-neral de . a, V oeal, Próspero Piedrahita- El Genera) de ripda, ocal; Eliécer Gdmez M.-El u "tor General de Guerra, General de Di d 1óñ, Lis/maco Pi~arro-EI General de Brigada, Sec etario, Gustavo Garcla Her,.eros . • B()(lotd, JullO cuatro de mil novecientos sifJte o habiendo ido Apt la l anterior ent~ncia, , puso en libertad al proce ado Leopol o Gómez R. Glu;tavo GarclG Herr.err>s, Secretario. POder Ejecutivo acional-Despa~4o de Guerra-Bogotá Agasto 1,~ de 1907 1 V Jstos-Con fecha do del · pa ado m de Julio se reu­nió en esta .c'p1tal el on jo de Guerra de Oficial Gene­raler, que falló ·la eau a cri inal eguida á Leopold Gómez, pe teneciente á 1 fuerzru r ,, Jucionaria en la última ue- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. J;loletin Mijit~Ji .. C~ -~1- rra, por el delito de h.omiddio p~rpetrado en la peno del General iJuel W. A.nplo, del EjéNito legitintista. El Coa~o de-Gu a, previa tectura d1 l_proceso y des­pués de coocieoz a .(1 tber~ci6n, declaró át Gómez lib e d.e toda responsalijHdad, por no hallarse cornRro.bad4ls Jos e~­gos que se le irnputah~n ~especto de la muerte del Geaeral A~~~ . La sentencia proferi a or el mencionado Consejo de Guerra de Oficiales Generales fue, en consecuencie, absoluto­ria; y_ el proceso pasó al Estado Mayor General del Ejército, · para los efectos legales 'Consiguientes. Surtida la consul~a de que trata el ártículo 4. 0 de la Ley 26 de 1905, ha venido el proceso á la Presidencia de la Re­pública, para ser confirmada, reformada ó revoceda la sen­tencia alisQiutoria, en virtud de la facultad que le concede al Presidente de la República la precitada Ley ~6. Examinada detenidamente la causa no se encuentra en ella informalidad alguna que pueda anularla, y e ob a que en su formación se cumplieron todas las pre cripciones que determina el Código Mihtar. En mérito de lo expuesto, y teniendo en cuenta el dicta­men del Sr. Procurador General de la Nación, se confirma el fallo absolutorio, proferido por el Consejo de Guerra de Oficiales Generales, en la causa criminal seguida á Leopoldo Gómez; Jo cual se hace administrando justicia en nombre de la epúhlica y por autoridad de la Ley, Devuélvase Ja aetua­ció al E ado Mayor General del Ejército, para q.óe previas las notificaciones legales, sea ejecutoriada la presente sen­tencia. R. REYES El Ministro de Guerra, M.u~un M. SANCLKM&NT& FERROCARRILES Y GENDARIIES República . de Colomina-Ministerio de Guerra-Comandan­cia General de la Gendarmer a Nacional-Número 7 55. Bogotd, 5 de Agosto de 1907 Sr. Ministro de Guerra-P. Con el fin de que ese Ministerio se digne dictar las pro­videncias que estime conduceníes á corregir Jas itregufari­dades que en las empresas ferrocarrHeras son ya muy fre­cuentes~ obre todo en las de la Sabana y Girardot-en lo qU.e se refiere á los pasaportes expedidos á Jos ~endarmes que marchan en comisión, tengo el honor de remillr al Des­pacho de usted-original-una nota número 537, fecha 10 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bolet1n Militar de Colombia - 252- - . . de Julio, del Jefe de la Sección acantonada en Facatativá para el de la 3·a División, y en la cual da cuenta de habérse repetido el caso de exigirle á un gendarme, que marchaba en asuntos del ser icio, el valor de la mitad de su transpor­te en la vía de Girardot. A dicha nota acompaña como com­proBante el pasaporte respectivo y un tiquete número 375, expedido en la estación San Joaquín el día 4 del menciona­do mes al gendarme 1\'lariano Rodríguez. . De usted muy atehto, seguro servidor, p. X. PEDRAZA Despacho de Guerra- Agosto 10 de 1907 Original al :Ministerio de Obras Públicas, solicitando copia de la cláusula del contrato respectivo, por la cual se exceptúa en un todo del pago de pasajes á las comisio~es de Policía y, por consiguiente, á la Gendarmería. El Ministro, SANCLEHENTE Ministerio de Obras Públicas y Fomento-lVúmero 3~8 - Bogotá, Agosto 19 de I.'JOJ Sr. Ministro de Guerra- Presente , En atención á lo solicitado por usted, en oficio número 3!~6, de fecha 13 de los corrientes, me permito adjuntar á la presente una relación de los contratos vigentes celebrados con )as EmRresas de los Ferrocarriles de la Sabana, del ' Sur, de Girardot, del Norte y de la Dorada, con especificación del Diario Ofict'al en que se hallan publicados, y copia de la cláusula respectiva en que constan las concesiones dé reba­jas de pasajes estipuladas en cada contrato para los emplea­dos públicos, individuos del Ejército, correos y presos con sus custodios. Devuelvo, asimismo, los documentos que se sirvió acom­pañar, con carácter devolutivo, á la nota que contesto, y me suscribo su muy atento y seguro servidól', F. DE P. MANOTAS FERROCARRIL DE LA SABA~A Contrato de fecha 26 de Julio de r886, publicado en el Diario Oficial número 7220, correspondiente al 4 de No-viembre de 1887: . . . Art. 1 5· Pagarán la mttaa del preciO del pasaJe los em-pleados dr.l Gobierno Nacional y del Distrito Federal en ejetcicio de funciones de su empleo; y no pagarán nada Jos correos y agentes de policía en servicio, que transiten en los trenes ordinarios. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bo1etín Militar ele Colombia -.253- FERROCARRJJ, DEI. SUI\ Contrato de fecha 6 de Julio de I 8gs, publicado en er Dz'ario Oficial número 9788, correspondiente al 18 rtc Julio-d mismo año~ · Art. 6 ° Los empleado úhficos que viaje en servicio de su empleo, por orden de autoridad competente, )' los in· · d virluos del Ejército en iguales condiciones, pagarán la mi­tad de lbs precios do In tarifa fijada. Los correos de corres­pondencia y sus · conductores serán transportados ratuita-· mente. FERROCARniL »E GI ARDOT Contrato de fecha 1 1 de l\farzo tJe 1907, publicarlo en el Diario Oficz'al número 12957, correspondiente al día 25 de Mayo de r 907: Art. 30. Los empleados P.úblicos que viajen por rden de autoridad competente, y los individuos del Ejército en iguales condiciones, pagar· n la mitad de los precios de la tarifa fijada. Los correos de con espondcncia y sus conduc­tores serán transportados gratuitamente. Contrato de fecha 26 de Diciembre de I8g4. (Diario Oficial número g6~g, de 25 de Enero de 1895: Art. 21 ......... Los correos con sus conductores y escolta y los presos con sus custodios serán transportados gratuita­mente. FERROCARRJL DEL NORTE (Bogotá á Zipaquirá) Contrato de fecha 20 de Octubre de r884, aprobado por Ja Ley 30 de 1884, expedida por la Asamblea deiEstado So­berano de Cundinamarca: A~t. r 5· 1 .os concesionarios se obligan á transportar gratis los correos nacionales y del Estado y los empleados de Policía en ejercicio de sus funciones, .Y por la mitad de los precios de tarifa los empleados nacionales ó del Estado, también en desempeño de sus funciones, y los objetos de cualquier clase que sean, pertenecientes á los Gobiernos Na­cional ó del Estado. Parágrafo. Para los efectos del artículo anterior, los empleados ó efectos que deban ser transportados á precios reducidos, deberán ir provistos de un certificado expedido por la Secretaría de Fomento del Estado. · . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -254- FERROCARRIL DEL NO .R. TE ( Zipaquirá á Chiquinquirá) Contrato de fecha 22 de Septiembre de 1905, publicado · ·-en el Diario Oficial número I 2530, de fecha 28 de Diciembre del mismo año : Art. 30. La Compañía se obliga á transportar gratis loi correos nacionales y Jos empleados de policía en el ejercicio y desempeño de sus funciones; y por la mitad de los precios de tarifa los empleados nacionales y departamentales, siem­pre que viajen en desempeño de sus funciones. Art. 31. La Compañía se compromete á transportar los ~fectos del servicio público, pertenecientes á la Nación, así .como el personal y material de las tropas, por la mitad del precio de tarifa. Doctrinal REGLAMENTO DE IUNIOBRAS PARA LA IN'PANTER.fA ALEKANA (Aprobado el 29 de Mayo de 1906) Segunda parte-El combate 254. Se combatirá tenazmente la tendencia á tratar de ~onseguir por medios artificiosos, que nada tienen de común ~on la guerra, que el ejercicio se desarrolle sin incidentes. Entre mayores dificultades se venzan en el ejercicio, más se aprende y mejor se observa y aprecia la importancia de la iniciativa. Queda prohibtdo practicar el estudio de tipos par­ticulares de combate. 255· La ejecución de un ejercicio resulta conforme con las realidades de la guerra cuando se escogen con juicio las formaciones y se utiliza bien el terreno. La idea directriz será asegurar al propio fuego su máximum de eficacia, y re­ducir en lo posible la del enemigo. 256. La infantería ha de estar en capacidad de combatir en todo terreno accesible á un hombre diestro, y de salvar cualesquiera obstáculos con armas y bagajes. 257. En los ejercicios de paz todo jefe dará sus órdenei del lugar y en las condiciones que ocuparía en la realidad. Esta prescripc~ón cobija igualmente á los oficiales montado¡, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Mi1itar de Colombia -255- El director del ejercicio pu.ede permitirse otro proceder y permitirlo y aun imponerlo á sus-subordinados, cuando así lo demande el interés iJe· la instrucción·. · 258. Los preceptos sobre el empleo de la infantería en el combate se enseñarán colocando la tropa en situaciones tácticas sencillas. El ejercicio funrlar~ental consiste en el com­bate de una tropa enmarcada por otras. Es éste el caso más .frecuente y el que exige una más JUiciosa .utili7ación del te­- rreno(*). 259· Cuando el espacio de que se dispone no permite 'representar· el desarrollo completo del combate, el ejercicio se harÁ por fases. 260. n~ la misma manera se practicarán ejercicios de noche con las grandes y las pequeñas unidades. En este caso se trala menos de realizar el desarrollo completo del com­bate, que de obLe.net· que aun sin caminos las tropas alcancen precisamente, en orden .v . i-Lencio, un punto determinado de antemano. 261. Desde el principio ~e en cñará el uso de los traba­jos de campaña. Si en los alrededores de la guarnición no hay terrenos donde se puedan emplear las herramientas de zapador, se a provccharéin para la enseñanza las permanencias en los campos de instrucción. Si las consideraciones de paz no permitieren la ejecución de Jos trabajos de campaña, por lo menos deben tomarse las merlidas preparatorias de su eje­- cución é indicar en cada caso Jos trabajos que podría nece­sitar la situación táctica. 262. Cuando haya visitas de inspección, el inspector dará ·el tema que debe aplicarse y examinani la instrucción táctica de la tropa en general y la de Jos Jefes en particular; se ase­gurará de que los subalternos saben dirigir convenientemen­te el fuego, y que cuando esto no es posible los tiradores obran con inteligencia individual. . 263. Toda la oficialidad se adiestrará en ahorrar las· fuerzas de su tropa en toda circunstancia. Evitar la fatiga no es el objetivo de la instrucción, porque el soldado debe aprender á soportar á un tiempo la fatiga y las privaciones; pero sí se trata de un medio que tiene por objeto conservar -el máximum de fuerza disponible para emplearlo en el mo­mento necesario. El desperdicio de las fuerzas disminuye las probabilidades de la victoria; cada cshterzo inútil es un obs-táculo más en la vía del éxito. r' (•) En los ejércitos pequeños ese ejercicio es la ex~epción, como se ~ornprende fácilmente. (Continúa) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de eolombia -256- CARTOGRAFIA Y DIBUJO MILITAR [Oont~é~} D ib ujo de boequce : t rn zo y slluct.'\ Cuando un bosque se e. ti ende mucho en profundidad, es útil indicar una demarcación en lr c los diversos planos · para guiar así la intensidad del trazo. Las esencias de ver­dura sombría que se recorten con vigor sobre Jos otros folla­jes, merecen una factura esp ecial con manchas bien francas. Cuando Jos árboles se prpscntan por grupos, éstos deben in­dicarse con fidelidad y colocarse exactamente, porque asl fijan en el acto el ojo y son útiles para la orientación. Los tallares y sotos se hacen como los 1bosques, pero entre Jos árboles sueltos se delinean matorrales, más ó menos espesos. Los eriales se indican con mezcla de arena y matas, como en topografla, etc. etc. Cultivos y huertas. La indicación de los cultivos no tie­ne razón de ser sino cuando así lo exija el interés militar para dar una idea de las cubiertas del terreno y de su prac­ticahilidad. para las marchas. Para los cultivos de plantas de escasa altura, que no estorban la vista ni la marcha, basta indicar la demarcación de los campos. Cuando el mismo cul­tivo se extiende en grande extensión, conviene indicarlo así por medio de una letra colocada á propó~ito en el dibujo. En rigor los surcos y cabalJones pueden indicarse por medio de series de rayitas paralelas y orientadas en diferen­tes direcciones. Los cafetales, cañaverales, etc., que constitu­yen verdadero obstáculo para Ja marcha, se indican con le­tras si la superficie ocupada es extensa, ó bien si sucede lo ' contrario, con series de echolas sucesivamente degradadas hasta convertirse en lineas de puntos en los últimos planos. ~· ( Conliu.Ls\ ; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

Compartir este contenido

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 491

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones

¿Deseas limpiar los términos de la búsqueda avanzada?

Vas a limpiar los términos que has aplicado hasta el momento para poder rehacer tu búsqueda.

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones