Ningun juez constitucional podra ordenar el reconocimiento de un servicio medico sin la existencia previa de un concepto profesional
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Acceder- Autor
- Año de publicación 2014
- Idioma Español
- Publicado por GrupoEGS.com
- Descripción
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Citación recomendada (normas APA)
- Corte Constitucional, "Ningun juez constitucional podra ordenar el reconocimiento de un servicio medico sin la existencia previa de un concepto profesional", Colombia:GrupoEGS.com, 2014. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3319780/), el día 2025-11-05.