La constitución colombiana de 1991 supuso un cambio radical, no solamente en lo que tiene que ver con la configuración normativa en cuanto tal del ordenamiento jurídico colombiano, sino también en las prácticas tanto de los operadores jurídicos como de los ciudadanos en general. En cuanto a la transformación en la configuración del ordenamiento jurídico colombiano, encontramos que, en la actualidad, a diferencia que sucedía en épocas pretéritas, la legislación excepcional, fruto del poder ejecutivo es realmente una excepción, como debe ser, y la aplicación directa de la constitución para resolver casos concretos en la práctica del día a día de los ciudadanos es hoy una realidad, realidad que algunos llaman “constitucionalización del derecho”., En lo que tiene que ver con el impacto de la nueva constitución en el día a día de los ciudadanos, encontramos en las denominadas acciones constitucionales mecanismos a través de los cuales los colombianos resuelven sus diferencias día a día y ya forma parte de su lenguaje cotidiano la constitución. Entre los derechos que más desarrollo han tenido desde la Carta del 91 tanto en la jurisprudencia como en la práctica, encontramos el derecho a la salud. Si bien una primera mirada a la Carta Política permitiría concluir que fue intención del constituyente no considerar el derecho a la salud como un derecho fundamental, sino como un derecho fundamental por conexidad con el derecho fundamental a la vida, o incluso como un derecho programático, una cuidadosa observación de los tratados internacionales sobre la materia permitiría entenderlo como fundamental a la luz de la conocida teoría del bloque de constitucionalidad. Pues bien, la consagración constitucional del derecho a la salud y la posterior expedición de la Ley 100 de 1993 conocida como Ley de la Seguridad Social propendían por el acceso universal a la salud en unas condiciones favorables para todos los habitantes del territorio nacional, situaciones, una y otra –nos referimos al acceso y la calidad en la prestación del servicio a la salud que se encontraban para la fecha de la expedición de la normatividad en materia de seguridad social en unas condiciones lamentables, en tanto que el acceso a la prestación del servicio de salud no cubría una parte significativa de nuestra población, y las condiciones en las que se prestaba este servicio no eran las mejores.
Citación recomendada (normas APA)
Francisco Bernate Ochoa, "Imputación objetiva y responsabilidad penal médica", -:Editorial Universidad del Rosario, 2010. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3612239/), el día 2025-05-02.
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