El trabajo dominical y festivo de un empleado publico se remunera con el equivalente al doble del valor de un dia de trabajo habitual
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Acceder- Autor
- Año de publicación 27/01/2015
- Idioma Español
- Descripción
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Citación recomendada (normas APA)
- Consejo de Estado, "El trabajo dominical y festivo de un empleado publico se remunera con el equivalente al doble del valor de un dia de trabajo habitual", Colombia:-, 2015. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3324484/), el día 2026-03-04.