Los integrantes de la Union Temporal deben acreditar que la participacion de cada uno de ellos no excede su capacidad para contratar
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Acceder- Autor
- Año de publicación 2014
- Idioma Español
- Publicado por GrupoEGS.com
- Descripción
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Citación recomendada (normas APA)
- Consejo de Estado, "Los integrantes de la Union Temporal deben acreditar que la participacion de cada uno de ellos no excede su capacidad para contratar", Colombia:GrupoEGS.com, 2014. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3323598/), el día 2025-10-26.