REPUBLICA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie VII ~ Bogotá, Agosto 24 de 1908 1 NÚInero 23
OONTEN'XDO
Págs.
Ac.ot a C+--
Sr. Presidente de la. Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
Con el estudio correspondiente tenemos el ho~
nor de devolver á la honorable Asamblea el proyecto
de ley que tiende á fijar la estabilidad de la
tarifa de Aduanas y que deja tan sólo al Cuerpo
Legislativo del país el derecho de hacer alterado ..
nes en 'ella.
Hemos ensanchado dicho proyecto con algunas
disposiciones que estimamos esenciales para complementar
en lo posible la deficiencia de una ley
que no tiene por base una tarifa aduanera, que con
el carácter de proteccionista que debe tener la que
rija en nuestro país, responda además á necesida·
ues actuales de favorecer industrias nacientes en
él y al movimiento comercial que produce cambio
en los valores y alteraciones en las necesidades públicas.
Procuramos para llenar este vacío la for·
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maci6n de una Junta Central compuesta de los di·
\"er80S elementos que deben convergír para la elaboración
de este trabajo co'n acierto, y que siendo
subvencionada por el Tesoro público, dedique todo
su tiempo á la formación de ella, y que nombre á
su turno otras comisiones de la misma clase en
otros puntos del país que le sirvan de fuentes de
información de las necesidades generales, con el
objeto de que dedique todo su tiempo á esta labor
importantísima que no puede confiarse á la"8 Cá·
~al'as de Comercio para ser elaborado en corto
tIempo, porque los individuos que las componen
necesitan dedicar preferente atención á sus asuntos
particulares. Este estudio, que debe ser presentado
al Ouerpo Legislativo en sus próximas reuniones,
deberá ser hecho bajo la vigilancia y colaboración
del Sr. Ministro de Hacienda, como representante
natural del Fisco. '
Aunque la opinión de la Comisi6n secundando
el propósito elevado del Gobierno al presentar este
proyecto de ley, que es dar absoluta garantía &1
~o~ercio en lo que se refiere á la oscilación de este
Impuesto que quebranta interpses ya vinculados
c?n pagos que se hubiesen verificado, ha introdu·
c~do algunos artículos de autorizaciones al EjecutIVO
sobre exención de derechos, teniendo presente
no sólo que existen algunos ya sino también
para que puena así apoyar empresas de recono·
cida utilidad pública, que la penuria .relativa de
n}lestro Tesoro no lo deja siempre en circunstan·
Olas de hacer que los auxilios de dinero que se les
concedan sean inmediatamente cubiertos y den el
estímulo qne estas exenciones proporcionan.
fa agregado además la Comisión una cláusula
pellal expresa que tiende á cortar los abusos que
á la sombra de esta generosa concesi6n nacional se
su len cometer.
Igualmente incorpora una disposición facultativa,
que aunque parezca incongruente con la ten·
dencia de la ley, ha estimado necesaria, por haber·
se apelado en distintas ocasiones á remediar el
mal que allí se apunta, con exenciones y rebajas
de derechos aduaneros.
En pliego separado presentamos las modificacio.
nes apuntadas.
Por tanto tenemos el honor de proponer á la
ho~orable Asamblea el siguiente proyecto de reso·
lucIón:
Dése segundo debate al proyecto de ley" por
la cual se ordena que la tarifa de Aduanas no
puede ser variada sino por el Poder Legislativo."
Bogotá, Agosto 8 de 1908.
Sr. Presidente.
RELACION DE DEBATES
DE LA SESIÓN DEL DíA 17 DE AGOSTO DE 1908
En discusión nn artículo nuevo propuHsto pOli"
el honorable Diputado Neira, en el proyecto de ley
sobre arrendamiento de Rentas nacionales, el Dr.
Sanfn Cano, Subsecretario encargado del Ministerio
de Hacienda y Tesoro, dijo:
"Es necesario dejar constancia de laa ra~ones
que tuvo el Poder Ejecutivo para entrar en arre glos
y hacer concesiones á los rematadores de la
Rentas públicas.
"Desde el momento en que se trató de crear las
Rentas que hoy se llaman Rentas reor-ganizadas,
había muchos territorios de la República en que
ese sistema no era conocido, y por consecuencia
de esa falta de conocimiento y procediendo de cál culos
que no estaban fundados en estadísticas pre
cisas, los rematadores adquirieron compromisos
excesivos que no habrían podido cumplir sin grave
perjuicio para sus intereses. Pero es lo cierto que
si se hubieran tratado de llevar á cabo en aquello
días los contratos celebrados con los rematadores,
el perjuicio habría sido también para las Rentas
públicas, porque el procedimiento empleado contra
los que sin un coaocimien to preciso de los hechos
habían adquirido aquellos compromisos, habría
tenido por consecuencia apartar á los probables li
citadores en los remates que hubieran de seguirse.
" Por estas razones el Gobierno en los primeros
días tuvo necesidad de aceptar los hechos tal como
se presentaron, y transigir con algunos licitadores
para no arruinar á ciudadanos meritorios, algunos
de los cuales habían entrado en las licitaciones para
ayudar al Gobierno en la formación y desarrollo
de las nuevas Rentas.
"El resultado que se ha obtenido posteriormente
y que consta en el informe del Superintendente de
Rentas que he tenido el honor de presentar á la
honorable Asamblea, prueba que el Gobierno consultó
los intereses generales, puesto que de rentas
que en algunos casos sólo existían en el nombre,
ha logrado hacer fuente considerable de recursos
para el Tesoro público; mas como el precedente
sentado en época en que era necesario hacer aquellas
concesiones se hacía valer en seguida por li·
citadores que no se encontraban en las mismatJ
condiciones, el Ejecutivo se veía continuamente
asediado por solicitudes de individuos que se decían
lesionados por el monto del valor del remate y que
probablemente lo estaban, el Gobierno ha creído
necesal'io deshacerse de la autorización que le con·
ceden las leyes y devolver á la Asamblea el derecho
de resolver estas reclamaciones."
-+"X.~
NOTAS
Repúblioa de Colombia-Asamblea Naoional-Pre·
Carlos de la Cuesta, Dionisio Jiménez, Celso sidenoia-Bogotá, Agosto 20 de 1908.
Noé Quintero, Víctor M. Salazar, Justo Vargas, Sra. D.a Beatriz Arboleda de Camaoho-E. L. C.
Jerónimo Martínez, Rufino Gutiérrez, J-uan B. La honorable corporación que presido aprobó,
Pamba. por unanimidad, en la sesi6n del día de hoy, la si.
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gUlente proposici6n, la cual á usted me es alta·
men te honroso transcribir:
'La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa
deplora la muerte del eminente médico é
insig~e patriota Dr. D. lndalecio Camacho Barreto,
y recomienda su memoria á los colombianos."
Con distinguida consideración y respeto, de usted
me suscribo atento, seguro servidor,
A. V ÁZQUEZ COBO
-+.:x:=<-
. Arquidiócesis de Bogotá-Gobierno eclesiásticoNúmero
68-Bogotá, ~1 de Agosto de 1908.
Al Excmo. Sr. Presidente de la. Asamblea. Na.oional OOllstituyente y
Legislativa.
Excmo. Sr. :
La honorable Comisión de Diputados designada
por V. E. se sirvió presentarme ayer personalmente
la muy atenta nota de esa misma fecha, por
medio de la cual V. E. tu vo la dignación de transcribirme
la proposición aprobada unánimemente
por la Asamblea Nacional Constiyente y Legi!ilativa
con ocasión del día onomástico de mi humil·
de persona.
Al contestar á V. E. cumplo con el ueber de
expresarle mi gratitud, y ruego á V. E. se digne
hacer saber á la respetable corporación que digna·
men te preside, cuán to me considero honrado con
la espontánea manifestación que se me hizo el dia
de ayer.
Aprovecho esta oportu~idad para expresar á
V. E. mis votos fervientes por su bienestar perso·
nal y por el éxito feliz de las tareas de esa respe·
table Asamblea, en afianzamiento de la paz y en
provecho moral y matp.rial de la República de
Colombia.
Dios guarde á V. E. muchos años.
-+x+CABLE
+ BERNARDO,
Arlobispo de Bogotá.
Quito, 20 (12 Y 30 p. m.); Buenaventura, 20 Agosto 1908
General Alfredo Vázguez Cobo, Presidente de la Asamblea Naoional
Constitnyente LegJ.slativa-Bogotá.
Hoy he recibido el honroso telegrama de Usía honorable
en que se sirve participarme que la Asamblea
Nacional Constituyente y Legislativa de esa
gran República hermana aprobó unánimemente la
sesión del día diez dejar con&tancia de la cordial
felicitación al Ecuador en el aniversario del primer
grito de libertad que dieron los americanos del Sur
en la histórica Quito y que en aquel día glorioso
para los ecuatorianos ha devuelto el Excmo. Sr.
Presidente Reyes sancionada la ley que aprueba el
tratado definitivo de límites entre las dos. Repúhlicaso
Al agradecer á nombre del Gobierno y pueblo
del Ecuador tan significativa muestra de' aprecio y
confraternidad de parte de la honorable Asamblea
Constituyente y Legislativa de Colombia, cúmpleme
manifestar mi convicción de que el tratado de
límites será lazo indisoluble de unión para los dos
pueblos llamados á un grande y común porvenir.
Hago votos por la nlayor y crecien te prosperidad
de Colombia, por la ventura personal de sus dignos
mandatarios representantes, y correspondo las manifestaciones
de personal estima con que ha querido
honrarme Usía honorable.
ELOY ALFARO
TELEGRAMAS
Túquerres, 15 Agosto 1908
Exomo. General Reyes, Presidente Asamblea.
Los que cumplimos ley del trabajo, leales sostenedores
vuestro progresista Gobierno, gloriámon08
en felicitaros por sanción Ley división territorial
y designación esta ciudad capital nuevo Depart~·
mento.
Florencio Acosta, Salustio V. Alvarado, Fran·
ciAco Na rváez, Julio Maya, Elisao Palacios, Rafael
Páez, Maximino Maya, Agustín López, Rubén
Guerrero, José Ulpiano Flórez, Dositeo Chacón,
Antonio Lombana, Ismael Ortega. (Siguen mu"
chas firmas).
Bogotá, Agosto ~12 de 1908.
Dése cuenta y publiquese.
A. V ÁZQUEZ COBO
Santa. Marta, 15 Agosto 1905
Excmo. General Reyes.
Honor avisar á V. E. que correo de hoy llevó
proyectos presupuestos según nueva división territorial
y oficio que contiene detalles é informe
relaciones con ellos, de conformidad indicación
deV. E.
Gobernador, Vergara Barros
San Gil, 17 Agosto 1985
General Reyes.
Identificado patrióticas iJeas contenidas en telegrama
en clave fechado ayer. Todas sus órdenes
serán estrictamente cumplidas.
Servidor, Mantilla
Santa Marta., 20 Agosto 1908
Presidente de Asamblea. Nacional.
El contrato que acaba de celebrar el Gobierno
con The Santa Marta Railway Oompany es de
vital importancia para esta sección de la República,
porque el único elemento de prosperidad con
que cuenta es el cultivo de bananos y sin el com·
promi~o por. parte del Gobierno ~e no gravar l~
exportación de bananos durante VeInte afios, Un~ ted
Fruit Oompany, que es la Compafiía más serIa
y respetable y puede decirse, exclusiva en el mundo,
en el comercio de esa fruta, no aumenta.rá .su
negocio aquí y se irá ensancharlo en otras reglOnes
como la Guayana Holandesa, cuyos gobiernos
le ofrecen garantías para la estabilidad de su negocio.
Los suscritos, interesados los más en. el cultivo
de bananos, y los otros en la prosperidad de
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esta región, solicitamos muy respetuosamente de
la honorab ~samb~ea Nacional que apruebe el
expresad& contrato, SI fuere sometido á su sanción.
. li'rancisco Ve ara Barros, M. Dávila P., Fran
c~sco E: Dávila ., Ignacio Díaz Granados, IgnaCIO
Fohaco, F. A. Iguarán A., Andrés D. Bermú~
dez, Ja?ob R. Méndez, M. R, Flórez, José ~l\.ntonio
LafaurIe, Nelson P. Vives, M. Bermúdez, Oamilo
M. Barreneche, S. Rernández, Pedro A. Bruges B.,
Leopoldo Delgado B., Rafael E. Tra ve cado, J. Sola·
D?, J. B. Corman, Luis C. Rivera, Alberto A. Zúfilga,
G. BermÚJez.
--+:x:+MEMORIAL
Sres. miembros de la A.samblea Nacional Legislativa-Bogotá..
Respetuosanlente os solicito me condonéis la
sunla de doce luil setecientos cincuenta y nueve
pesos noventa y cinco centavos ($ 12,759-95) papel
moneda que me eleyó á alcance líquido la Corte
d~ Cuentas sobre seI8 cuentas correspondientes á
lo~ ~eses de Julio á Diciembre de 1898, con10 Ad·
mInlstrador de Hacienda nacional que era yo en
tonc~s en el Departamento del Tolima. Por los res p(
3CtlvOS autos que acompaño originales verá esa
honorable Asamblea que los cargos que se me de~
ucen versan sobre cuentas de oficinas subalterna.s
Incorporadas en las mías, y que por lo mismo no
s . trata de malversación, que en este caso-libreme
DIOs-no. ocurriría á tan alta corporación á pedir
una graCIa ~e q';1~ ,me creerí.a indigno.
F~ndo mI petIclon en lo SIguiente, que considero
no solo de plena fuerza moral sino también de no
poca legal:
1. o Las cuentas en cuestión fueron rendidas
op.ortunamente, y la prueba de ello la tengo en los
Dusrnos autos, puesto que ninguno de éstos trllta
de la multa á que me habría hecho acreedor en el
c~so contrario (artículos 2003 y 2004 del Código
FIscal);
. 2. o ~os artículo~ ~4 y 35 de la Ley 146 de 1888
dIsponlan que e.l Contador de la Oficina general de
Ouentas p~o~edlera á a~otar en su registro la cuen ta
qu~ reCIbIera ~ esto ~nmediatamente d6Spués de
exa·m~nar con cu~dado que la cuenta dicha se ha·
llaba en debida forma y con todos los comproban·
t~s de acuerdo con el Rf'-glamento de ContabiUdad)'
SI faltaba alguna formalidad, debía devolverse la
cuenta al ~eaponsable para que la formara nuevalaente.
NInguna de esas cuentas se me devolvió
Como puede vert:e por el contexto de los misrno~
autos; y no obstante esto, en el auto número 369
correspondiente á la cuenta de Julio se hace notar
que faltan diez. (10) ~ojas en un compl·obante. Aho·
ta bIen: esas dIez hOJas que se traspapelaron ¿ no
poclr~an ser documentos á mi favor? Y como se
perdIerpn esas en la Oficina de Cuentas (no quizá
por culpa de los empleados sino por los muchos
papeles que entran allí), ¿ no pudieron perderse
otros documentos de los que afectan en mi contra
l~s c~en,t~s posteriores? Dejo esto á vuestra con·
CIenCIa e Ilustrada. consideración'
3. o El' artículo 2014: del Códig~ Fiscal previene
que toda glosa se debe notificar por el conducto
regular (Gobernador, Prefecto, Alcalde) y perso-nalmente
al responsable; y el 2015 del mismo Oó·
digo dice que por impedimento físico del responsable
se hará la notificación á su fiador, en la for~
a ante~ indicada. Pues bien: las glosas que
dIeron ongen á los autos en que me ocupo fueron
dictadas en los primeros meses del afio de 1899 ;
yo permanecí en Ibagué todo ese afio hasta Diciembre,
y después de un tiempo de campafia
v?IVí á la ~isma ciuda~, donde ejercía ya las fun~
Clones de Fiscal del TrIbunal: ¿ cómo pues no se
me hizo la notificación de esas glosas? ¿ Cómo no
se le hizo tampoco á mi fiador, Sr. General Manuel
J. Gallego, tan conocido en Bogotá y en todo el
país? Si conmigo ó con mi fiador se hubieran llenado
entonces esas formalidades tan sencillas, cIa·
ro está que nos habría sido fácil contestar satisfactoriamente
esas glosas, como se debieron quizá
contestar otras, puesto que en más de seis afios en
que fui Administrador no se me elevó á alcance
líquido un solo centavo! Pero después de dejar pasar
el afio de 1899 y sobre éste tres más de guerra.
en que se perdieron muchos de los archivos, como
el de Honda, Guamo y Purificación (de lo cual deben
ser sabedores muchos de los honorables Representantes
á esa Asamblea), ¿ qué podría yo hacer
ya careciendo de esos archivos y de otros datos
que entonces me habría sido fácil proporcionarme?
Pues conviene que esa honorable Asamblea sepa
que cuando tuve conocimiento de las glosas fue
después de terminada la guerra, en que me encontraba
lejos del Tolima, máxime la circunstancia
de haber muerto ya el Sr. Heliodoro Abadía que
era mi Contador en aquel Departamento y que
como tál conocía perfectamente bien la Oficina .
L?~ archivos de Honda, Gualno y Purificación Il'le
hICIeron notable falta para la contestación de las
glosas, hoy alcance líquido, porque las cuentas de
esas poblaciones, incorporadas en las mías, fueron
la sola causa de las glosas premencionadas.
Otras muchas razones pudiera yo presentaros
como pruebas de lo muy rigurosos y quizá infundados
que son los autos de que vengo ha.blándoos:
así, por ejemplo, el auto número 373, como podéis
verlo, se refiere al pago de unas tejas metálicas
que hizo el Administrador de Honda para un
cuartel allí, sin pre,,"io contrato; pero como esa
obra se hacía por administración, eran innecesa ·
rios los contratos según el artículo 81 del Decreto
número 77 de 1888; Y por ese ídem son casi todos los
cargos fáciles de contestar, si-como tengo dicholas
notificaciones se hubieran hecho oportuna y
personalmen te.
En consecuencia de lo expuesto confío en Dios,
en vosotros yen mi buena causa, que esta petición
la resolveréis favorablemente, y as[ os lo pido de
la manera más respetuosa.
Me permito acompañaros á este memorial el nú·
mero 698 de La Patria, para que veáis con cuánta
pureza he manejado yo siempre los caudales públicos.
Honorables Representantes.
Medellín, 24 de Julio de 1908.
Manuel A. Bustamante
IMPRENTA NACIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 23", -:-, 1908. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094432/), el día 2025-05-07.