Sobre el "individualismo agrario" colombiano - ¿De quien es la tierra?
A más de referirse a una cosa, la propiedad de la tierra es una relación social, una praxis de su acceso, conservación y mejora que, en el caso de la propiedad campesina, primero se legitima en el tejido de los vecindarios y sólo después, y eventualmente, en las instituciones del Estado. En el conjunto de atributos de la tierra como relación social deben investigarse el goce de la libertad individual y esa peculiar intimidad (Ellickson, 1993, pp. 1344-1446) que los campesinos disfrutan y defienden en los sistemas de asentamiento difuso, no nucleado, característicos de las regiones andinas colombianas.