Saltar navegación e ir al contenido principal
Biblioteca digital de Bogotá
Logo BibloRed
Saltar el buscador

Esta ingresando al contenido principal

 Imagen de referencia ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional
Colección institucional

ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional

Esta publicación difunde la producción de conocimiento sobre Derecho Internacional, publicando artículos inéditos en las áreas del Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derecho Internacional Económico y Arbitraje Internacional de Inversión escritos por investigadores nacionales y extranjeros. En esta colección encontrarás todos los números de la revista desde 2008.

  • Encuentra en esta colección
    • 164 Artículos
  • Creada el:
    • 1 de Agosto de 2023
Logo Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional
Creador Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional
Imagen de apoyo de  De la interpretación y la revocación de los Actos Unilaterales en estricto sentido

De la interpretación y la revocación de los Actos Unilaterales en estricto sentido

Por: Víctor Rodríguez Cedeño | Fecha: 30/03/2008

Los Estados formulan actos unilaterales cada vez con mayor frecuencia, por esto el presente artículo muestra el desarrollo de los Actos Unilaterales de los Estados en el seno de la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas - CDI. Se analizan los actos unilaterales y autónomos que pueden surtir efectos jurídicos por sí mismos. En este sentido, el silencio, la aquiescencia y la aceptación pueden tener una influencia en estos actos. Durante diez años la CDI estudió este tema analizando su interpretación, las reglas específicas que le son aplicables, su modificación, su terminación y la revocación del acto unilateral.
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

De la interpretación y la revocación de los Actos Unilaterales en estricto sentido

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Cuestiones de procedimiento en los casos Costa Rica c. Nicaragua y Nicaragua c. Costa Rica ante la Corte Internacional de Justicia

Cuestiones de procedimiento en los casos Costa Rica c. Nicaragua y Nicaragua c. Costa Rica ante la Corte Internacional de Justicia

Por: Juan José Quintana | Fecha: 01/03/2017

En el presente artículo, se examinan diversas cuestiones del procedimiento que se sigue en los litigios contenciosos que se ventilan ante la Corte Internacional de Justicia, a la luz de varios pronunciamientos de la Corte contenidos en la sentencia del 16 de diciembre de 2015, en dos procesos acumulados entre Costa Rica y Nicaragua, a saber, el caso “Ciertas actividades adelantadas por Nicaragua en la región fronteriza”, elevado por Costa Rica, y el caso “Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan”, elevado por Nicaragua. En esta sentencia, la Corte incluyó importantes decisiones en relación con aspectos procesales de carácter técnico, como la acumulación de procedimientos, las demandas reconvencionales, las medidas provisionales de protección, las medidas de reparación, el manejo de la evidencia y las costas judiciales. En varios casos, esta decisión introduce considerables innovaciones respecto de la jurisprudencia previa de la CIJ sobre temas procesales
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Cuestiones de procedimiento en los casos Costa Rica c. Nicaragua y Nicaragua c. Costa Rica ante la Corte Internacional de Justicia

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Cuando el comercio internacional se encontró con el medio ambiente, entre el soft law y la prohibición a las barreras al comercio

Cuando el comercio internacional se encontró con el medio ambiente, entre el soft law y la prohibición a las barreras al comercio

Por: Juan Pablo Sarmiento Erazo | Fecha: 26/02/2018

La experiencia contemporánea de Colombia y América Latina muestra una tendencia a la liberalización del comercio internacional, que se ha materializado a través de acuerdos de libre comercio. En este documento se argumenta que la expansión de instrumentos internacionales ha colisionado con otros acuerdos encaminados a la protección al medio ambiente y ha visto a las normas internas acerca de esta materia como barreras al libre tráfico de bienes y servicios, lo que ha llevado a balancearel libre comercio sobre la protección al medio ambiente, por medio de dos vías: el soft law y la ausencia de tribunales y sanciones internacionales en medio ambiente.
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Cuando el comercio internacional se encontró con el medio ambiente, entre el soft law y la prohibición a las barreras al comercio

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Crímenes de lesa humanidad: obligaciones estatales y Responsabilidad de Proteger

Crímenes de lesa humanidad: obligaciones estatales y Responsabilidad de Proteger

Por: Luciano Pezzano | Fecha: 15/12/2021

El presente artículo aborda tres cuestiones relativas al fundamento jurídico de la Responsabilidad de Proteger (RDP) respecto de los crímenes de lesa humanidad (CLH): las obligaciones de los Estados con relación a los CLH respecto de su propia población; las obligaciones de los Estados con relación a los CLH más allá de sus fronteras, tanto respecto de la prevención como de la cooperación; y la consideración de los CLH como amenaza a la paz y seguridad internacionales, así como las competencias de los órganos de las Naciones Unidas al respecto. Con tal fin, se estudia el proyecto de la Comisión de Derecho Internacional sobre la temática a la luz de la RDP, señalando sus aciertos y falencias en este contexto.
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Crímenes de lesa humanidad: obligaciones estatales y Responsabilidad de Proteger

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Corporate Human Rights Obligations and International Investment Law

Corporate Human Rights Obligations and International Investment Law

Por: Jernej Letnar Cernic | Fecha: 01/12/2010

La globalización permeó las fronteras artificiales existentes entre la economía y la sociedad alrededor del mundo. Las actividades empresariales en este ambiente globalizado ha servido como catalizador de las violaciones de derechos humanos como consecuencia de la ausencia de la protección institucional algunas empresas han explotado los vacíos jurídicos y la falta de protección de los derechos humanos. Al respecto, para lograr un cambio paradigmático requiere un fuerte énfasis en los derechos y las obligaciones de las empresas. Este artículo presenta un análisis crítico de las obligaciones de las empresas en material de derechos humanos frente a la falta de cláusulas de estabilización en los contratos de inversión extranjera. En primer lugar, estas cláusulas son examinadas en relación con la responsabilidad en las obligaciones corporativas con relación a los derechos humanos fundamentales. De acuerdo con lo anterior, se analizan las dimensiones sustantivas y procesales de las cláusulas de estabilización. En segundo lugar, apelando a los ejemplos concretos del Acuerdo para el desarrollo de la Minería entre Mittal Steel y el Gobierno de Liberia, así como el proyecto del Oleoducto de Baku‐Tblisi‐Ceyhan como casos de análisis, este artículo busca la aplicación de las cláusulas de estabilidad en las inversiones extranjeras con relación a la protección de los derechos humanos por parte de los Estados y de las empresas. En tercer lugar, se propone una modificación a la forma como se introduce la cláusula relativa a los derechos humanos. En este orden de ideas, los derechos humanos de los inversionistas, específicamente de las empresas, deben ser incluidos en los acuerdos de inversión extranjera.
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Corporate Human Rights Obligations and International Investment Law

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Contra los métodos en el Derecho Internacional: una crítica a partir de su contribución para la realización de la función social de la dogmática jurídica

Contra los métodos en el Derecho Internacional: una crítica a partir de su contribución para la realización de la función social de la dogmática jurídica

Por: André Lipp Pinto Basto Lupi | Fecha: 13/01/2011

Este artículo tiene como objetivo investigar la utilidad de los métodos para el cumplimiento de la función social de la dogmática jurídica.En este contexto, los métodos son presentados como instrumentos para formular respuestas más precisas en el ámbito de la práctica jurídica. Se intentará demostrar la imposibilidad ontológica de logro en esta tarea. Los métodos no pueden conferir más certidumbre a los argumentos dogmáticos.Para poder demostrarlo, a través de investigación bibliográfica, se expondrá el debate sobre el método en la actualidad de la academia jurídica internacional, para después dedicarse a un ejemplo que sirve de punto de partida para el análisis del problema: la indeterminación del contenido de la costumbre internacional.Con base en los métodos más conocidos, se investigan las respuestas que pueden ofrecer al problema práctico de la costumbre. El resultado es negativo, lo que comprueba la hipótesis inicial: hay que abandonar el sueño de un método teórico de modelo deductivo para dar certidumbre a la "ciencia" del Derecho.
  • Temas:
  • Otros
  • Derecho

Compartir este contenido

Contra los métodos en el Derecho Internacional: una crítica a partir de su contribución para la realización de la función social de la dogmática jurídica

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Contextualizando el derecho administrativo global

Contextualizando el derecho administrativo global

Por: Sebastián López Escarcena | Fecha: 26/02/2018

Varias son las denominaciones que se han propuesto para reemplazar a la de derecho internacional. Entre estas, se pueden mencionar los así llamados derecho cosmopolita, derecho transnacional, derecho mundial y derecho global. Desde esta perspectiva, un proyecto académico ha planteado ciertas herramientas de análisis que giran en torno a lo que se ha denominado como derecho administrativo global. Las premisas de esta aproximación parecen novedosas, pero el examen contextualizado de estas permite concluir que se acercan no solo a las de los derechos antes señalados, sino también a las de otras iniciativas académicas que han reflexionado sobre el problema del derecho más allá del Estado, como la escuela de New Haven, el constitucionalismo o los recientes proyectos sobre el ejercicio del poder público internacional y sobre la creación jurídica informal internacional, del Instituto Max Planck de Heidelberg y del Instituto de La Haya para la Internacionalización del Derecho, respectivamente. El presente artículo busca estudiar críticamente el derecho administrativo global, relacionándolo con estas otras aproximaciones que han discurrido sobre la sociedad internacional y el derecho que la regula
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Contextualizando el derecho administrativo global

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Construyendo prevención para proteger: el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Construyendo prevención para proteger: el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Por: Carlos Portales | Fecha: 01/03/2017

El presente artículo explora la forma como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos responde a la responsabilidad de proteger a personas en el contexto de violaciones graves a los derechos humanos que pueden caracterizarse como crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio y limpieza étnica. El texto desarrolla algunos ejemplos sobre la forma como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han respondido frente a dichas situaciones recurriendo a la diversidad de potestades que les han sido reconocidas a estos mecanismos de supervisión regional. Los autores sugieren que esta ha sido una de las formas más eficaces a través de las cuales los Estados del hemisferio americano han confrontado este tipo de situaciones y, más importante aún, han prevenido dichas violaciones. El Sistema Interamericano ha contribuido a sentar unas bases institucionales democráticas en la mayoría de los países del hemisferio, lo cual ha sido definitivo para evitar situaciones de graves violaciones de derechos humanos como las antes enunciadas, que habrían requerido la intervención internacional urgente para superar tales crisis.
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Construyendo prevención para proteger: el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Constitucionalismo global, control de convencionalidad y el derecho a huelga en Chile

Constitucionalismo global, control de convencionalidad y el derecho a huelga en Chile

Por: Gonzalo Aguilar Cavallo | Fecha: 15/01/2016

En el ámbito interamericano, el control de convencionalidad impulsado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido vinculado con el proceso de construcción de un ius commune en derechos humanos. Los derechos humanos han sido identificados como normas de carácter constitucional. La universalidad de los derechos humanos contribuye a su determinación como un aspecto del constitucionalismo global. Este trabajo tiene por objetivo examinar si el control de convencionalidad puede ser considerado una manifestación del constitucionalismo global en el específico ámbito interamericano. Nuestra hipótesis es que el control de convencionalidad ha potenciado la aplicación de un estándar mínimo de derechos humanos y que, junto con el principio pro homine, ha estimulado la emergencia de un ius commune en derechos humanos
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Constitucionalismo global, control de convencionalidad y el derecho a huelga en Chile

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Consideraciones sobre la aplicación del principio iura novit curia en el arbitraje comercial internacional

Consideraciones sobre la aplicación del principio iura novit curia en el arbitraje comercial internacional

Por: Ricardo Chirinos | Fecha: 05/02/2014

A pesar de su reconocimiento en diferentes jurisdicciones, la apli­cación del principio iura novit curia al arbitraje comercial internacional ha sido objeto de debate. Desde el punto de vista más liberal, el principio es absolutamente aplicable al arbitraje comercial internacional, tal y como sería aplicado por un juez al dictar sentencia conforme a su derecho nacional, mientras que desde la postura más estricta, cualquier manifestación de este principio que permita a los árbitros tomar la iniciativa de traer nuevas cues­tiones de derecho al proceso debe ser rechazada por completo. Partiendo de la premisa de que, por lo general, los miembros de un tribunal arbitral inter­nacional no conocen el derecho aplicable a las controversias que se someten a su conocimiento, ni tienen experiencia o manejo práctico respecto a dicho derecho, la aplicación del principio iura novit curia de forma pura y simple no resultaría adecuada en el contexto del arbitraje comercial internacional en razón de su naturaleza contractual y los intereses involucrados. Por otra parte, rechazar de plano la aplicabilidad del principio en el arbitraje comercial internacional implicaría atar de manos a los árbitros y crearía el riesgo de que se emitan laudos que ignoren o contradigan normas y principios del derecho aplicable, lo que podría afectar su validez y dar pie a que su validez y ejecución posterior se vean cuestionadas. En razón de lo anterior, para que el principio iura novit curia pueda ser aplicado en el contexto del arbitraje comercial inter­nacional, dicho principio debe ser abordado desde una postura intermedia y sufrir una importante adaptación de forma que ciertas manifestaciones del mismo puedan ser aceptadas en casos excepcionales como una herramienta para que los árbitros puedan cumplir cabalmente con los deberes inheren­tes a su función decisoria, incluyendo el deber de no exceder la jurisdicción que les ha sido conferida, de dictar laudos válidos, ejecutables y apegados al derecho aplicable, de actuar en forma imparcial y de garantizar a las partes en todo momento derechos fundamentales derivados del debido proceso, como lo son el derecho a ejercer su defensa en forma adecuada y oportuna, así como el derecho a ser tratadas con igualdad.
  • Temas:
  • Otros

Compartir este contenido

Consideraciones sobre la aplicación del principio iura novit curia en el arbitraje comercial internacional

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones