EST.tDOS UNIDOS DE COLOMBil. -ESTADO SOBER!NO DE BOYAC!.
. ~ Tunja, viérnes de abril de
CONTENIDO. P~
--etJ#Jee-
Gobierno Jeneral.
Resolucion concediendo un indulto • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 113
Nombramiento de Plenipotenciario por el Estado S. rle Panamá.... 113
Reconocimiento del Gobiemo de los Estados U nidos • • • • • • • • • • • • • 113
Secretaria de Gobierno.
Decreto ordenando que todos lo~ que conduzcan bestias lleven una
Guia que acredite su propiedad .•••.••••••••••••••••• o •••••••
-Id. nombranrlo ConsejNo de Gobierno .••••••••••••••••••••••
-Id. nombrando algunos Jefes de la " Di vision Boyacá.:' •••••••••
Nota participando la posesion del Presidente del Estado de Bolívar ..
Decreto del Jefe Departamental del centro, sobre circulacion de mo.
neda •••••.••••••••••••.••••.•••••..•• •• • • • • •••••••• • • • •
Nota del id. rlel icl. dando cu<'nta de la remision de 159 conscriptos ••
-Id. del id. del id .. obre organizacion de la fuerza de reserva •••••..
Nombramientos hechos por el Presidente del Estado ••••••••••••..
Noticias •••• " •••••••••••••••••.•••••••••••••••••••••••••••
Secretaría de Hacienda.
Decreto sohre visita mensual a las oficinas de Hacienda •••••••••..
-Id. anulando ciertos remates .•••••.••••••••••••••••••••••.•
Nota dando cuenta de una comision •••••••••••••••••••••••••••
NO OFlCIAL.
Cánclido Rincon Soler •••••••••••••.•••••••••••••••••.••••••
Luis Flórez •••••••.•••••...•••.••••. .. •••••••••••••• •• ••••
ALCANCE.
A última hora.--Noticia importante.
- GOBIERNO JENERAL.
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iG2S
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RESOLUCION
concediendo)ndulto.
Despacho de lo Int~rior.-Bogotá, 23 de marzo de 1862.
E~ Consejo de Gobierno, en su sesion del día de ayer, :dictó la siguiente
re olnc1on:
''El Consrjo de Gobierno, vista la solicitud de lo~ señores Juan Antonio
Valclerrama i Rito Antonio Martínez, sometiéndose al'Gobierno ele los Estados
U nidos de Colombia, con tal quP- se les indulte de toda responsabilidad emanada
de sus actos i compromi ·os políticos anteriores i
TIESUEI,VE;
Concédese amplio inrlnlto de la responsabilidad política en que hubieren
incunido, a los señores Juan Antonio Yalderrama i Rito Antonio Martínez,
garantizándoles su re idencia tranquila en el lugar que elijan como domicilio,
siempre que los agraciad!'S prometan solemnemrnte por su honor: ·
l. e Guardar la paz en Jo futuro, no hostilizando directa ni indirectamen.
te al Gobierno de los Estados Unidos de Colombia, ni a los Gobiernos particu.
lares de los Estados:
2. 0 Dar parte a la autoridad local del domicilio que elijan i del cambio
que de él realicen: i
3. e Corroborar estas promesas con el depósito de cinco mil pesos,que hará
en P-1 Tesoro de la U nion cada uno de los agraciados, suma que se ndjudicará
al Fisco, de~de que el Gobierno fundarlo en hechos comprobados, declare que
el ngrnci:'lclo ha faltado a sus promesas.''
El Oficial mayor, Benjamin Núñez.
Se comunicó la anterior resolucion a los Gobiernos de los Estados Sobe.
ranos de Santander i Boyacá, para su cumplimiento. Núñez.
NOMBRAMIENTO
de Plenipotenciario por el Estado Soberano de Panamá.
Despacho de lo btter·ior.-Bogotá, 22 de marzo de 1862.
El señor 3ecretario de Estado dt.l Estado Soberano de Panamá co·
rnunica n e¡,ta Secretaría con fecha 13 de enero del corriente año, haber sido
nombrado el srñor Ju to Arosemena Representante de ese Estado en el Congreso
de Plenipotenciarios, así como que en el mismo señor Ju to Aro~.emena
ha recaído la designacion de Consejero de Gobierno, hecha en virtud de ·lo
que se d1spone en el artículo 4. 0 del Pacto transitorio de 20 de setiembre
próximo pasarlo.
El Oficial mayor, Benjamin Núñez.
RECONOCIMIENTO
del Gobierno de los Estados Unidos.
En el Distrito de Sabannlarga, Capital de la provincia del mismo nombre,
a los 28 dias del mrs de enero de 1862, el señor Gobernador hizo comparecer en
su despacho al Presbítero seffor Julian José Pertuz, a quien recibió juramento
en la forma legal, i dijo: que reconoce el Gobierno de los E~tados Unidos: que
promete no hostilizar directa ni indirectamente al Gobierno de la Union ni a las
autoridades del E stado; i que se consagra esclnsivamente al ejercicio de su mi·
nisterio i prescinde absolutamente de toda intervencion en los negocios públicos.
Junn An.tonio To1·renegm.--Julian Jósé Pertn<..-P. Ahumada, Secretario·..
Es copin.-El Secretario jeneral del Estado, Espriella.
Es copia.-- El Oficial Mayor, B. Núñez.
En la ciudad de Corozal, a los 12 dia ~ dd mes de febrero de 185~ se' pre·
s~ntó el señor Teniente con grado de Coronel de Ejército, Presbítero C. Guillm
ante el señor Gobernador de la provincia, a virtud de citacion, i espuso bajo
su palabra de honor :
l. 0 Que reconoce i acepta el Gobierno de los Estados U nidos de Colombia,
i se somete a él i por consiguiente a sus decretos i disposiciones:
2. 0 Que promete no hostilizar directa ni indirectamente al Gobierno de la
Uni·on ni a las autoridades i funcionarios de los Estéldos: i
. 3. 0 Que se consagrará esclusivamente al ejercicio de su ministerio, prescmdiendo
de toda intervencion en los negocios públicos.
En fe de Jo cual firma despues del señor Gobernador, por ante el infrdscrito
Secretario, J. M. M. de Aparicio.-Pedro C. Guillin.-J. de J. Turizo,
Secretario interino.
Es copia.- El Oficial Mayor, B. Núñez.
En la ciudad de Coroza!, a los 12 días del mes de febrero de 18~2, se presentó
ante e!:lta Gobcrnacion, a virtud de citacion, el Presbitero Cura de esta parroquia,
señor Patricio Jose Berrío, i espuso bajo el juramento de su palabra de
honor:
l. 0 que como ~acerdote de Jesucristo es ministro de paz, i a ejemplo suyo
está sometido al Gobierno i a sus decisiones:
2. 0 Que protesta, en cumplimiento de su deber, no hostilizar al referido
Gobierno de los Estados Unid0s de Colombia, ni• injerirse en asuntos de política;
i
3. 0 Que se consagrará r.sclusivamente al ejercicio de su ministerio.
En prueba de lo cual firma despues del señor Gobernador i por ante el in.
frascrito Secretario,
J .. M. M de Aparicio.-Patricio José Be1'rio.-José de. J. Turizo, Sec1·e·
tario interino.
Es copia.-EI Oficial mayor, B. Núñez.
El día 8 de febrero de 1862, compareció el Presbítero señor José María
del Castillo, i el señor Gobernador le recibió juramento que prestó en la forma
legt1l. En seguida le interrogó si reconoce el actual Gobierno de los Estados
U nidos de Colombia, i contestó: que reconoce el Gobierno actual de la Nacion,
i ue, siendo Miniwo de paz i caridad, ha vivido siempre respetan do las leyes
de la República, porque como Sacerdote no pu ede contrariadas aun cuondo se
le concedan los mismos derechos que al ciudadano; i q~e la intimacion que se
le ha hecho por el Gobierno es para que acepte una lei, a la cual no hostilizará
ni tomará parte en kls negocios del Gobierno.
Interrogado si se somete a los Dec retos sobre " Tuicion" i '' Desamortiza.
cion de bienei de manos muertas," espedidos por el Ciudadano Presidente de la
Union, contestó: que se somete a los Decretos espresados, i que Ee halla dispuesto
a no tener injerencia alguna en asuntos públ1cos, i dedicarse esclusivamente
al ejercicio de su Ministerio ; i firma despues dol señor Gobernador por
ante mí el Secretario. ·
José Antonio Torrenegra.- José María del Castillo.- Pedro Ahumada,
Secretario.
Es copia.-El Secretario jeneral del Estado, Paz.
Es copia.- El Oficial Mayor, B. Núñez.
SECR~ETARIA DE GOBlEl{NO.
DECRETO DE 29 DE MARZO DE 1862,
ordenando que todos los que conduzcan bestias lieven una Guia que acredite su propiedad&.
El P1'esidente Interino del Estado Soberano de Boyacá,
En uso de sus facultades legales,
COXSIDER,\NDO:
l. 0 Que el Gohierno, para afianzar el órden i la paz, tiene que comba.
tir no solamente con los enemigos del sistema federal, que en minoría han
querido perpetuarse en el poder, destrnyendo las bases fundamentales de la Re·
pública democrática, i a desprcho de la gran mayoría nacional; ino que tam·
bien tiene el deber de oponerse i castigar severamente, a esa cáfila de hombres
que, con la ·má.,cara de federalistas i hbera! C'S, han empuñaclo las armas con el
solo objeto de especular, en medio dP. la sangrienta crísis que atraviesa la Re·
pública! tomando ca ballerías, exijiendo empréstitos i cometiendo toda clase de
esaccionos i latrocinios, bastantes para desacreditar la causa de los principios
i ñesmoralizar el país ¡ i
114 :EL ~EMANARIO OFICIAL.
gn •a - ~ z=on
2. 0 Q.ue mientras no se haga un {jrrnplat· castigo con semejantes me·
rodeadores políticos, el mal tiene que seguir mui adelante, perdiendo asi el par t
tido liberal en la opinion pública; ·
DECRET"\ :
Artículo l. 0 Las autoridades políti ca~ del Estado, por sí o por medio de
sus ajentes, invijilarán constantemente,i en particular los días de féria,respecto
de las personas que se presenten conduciendo de camino o vendiendo bestias
mulares o caballares. I siempre que los conductores o dueños de ellas no acrediten
con una "Guia," espedida por autoridad competente, o por medio do una
documentacion de testigos firledignos i reconocidos como tales por el Jefe Departamental
o Alcalde, que las belStias que CIJnduce son de su propiedad, serán
detenidos con estas hasta que se aclure el hecho.
Artículo 2. 0 Si de 1~ informacion que la autoridad levante para esclarecer
la verdad resultare, que las bestias han sido tomadas arbitmriamente--a su
dueño, los esactores o ladrones, serán sometidos a juicio con forme a las leyes
i aquellas devueltas a la persona o personas de quienes resulten ser.
Artículo 3. 0 Para que en Jos artículos anteriores no sean comprendidos
los transeuntes que viajan por negocios particulares, i con frecnencia condu·
ciendo artículos comerciales, mientrClS duran las actuales eircunstancias, se
P.roveerán d~ un pasnportP, que espedirá la autoridad pol!tica de su respectiva
re ·idencia, o del lugar desde donde emprendan su viaje, i el ·que será anotado
por l a~ autoridades del tránsito.
§. ~ Es~e pasaporte espresará las bestias que conduce el viajero, con sus
señales,1 la c1rcunstnncia de ser de su propiedad, o del que se las haya fletado.
Artículo 4. 0 Todos los que mantengnn bestias en su poder, sin autorizacion
de la respectiva autoridad política i sin hallarse en servicio militar, están
obligados a prese~tarlas a a.quella, siempre que sean de la brigada, pa~a ~ er
agregadas a esta; 1 de no venflcarlo1 se reputarán como detentares de los bienes
del Estado i juzgados como a tales.
Artí~ulo 5. ~ J~as autoridades políticas tienen el deber de &veriguai' en
su respectivo terntono o distrito, quiénes mantienen bestias pertenecientes a
las brigadas, de reclamarlas sea de quien fuere i cle proceJer, de acuerdo con ~1
articulo auterior, contra los detentares.
_ Artículo 6. 0 L~s Jefes Departamentales quedan encargados de la ejecu.
CIOn de este decreto, 1 de comunicarlo a sus ajentes con las convenientes instr~¡
c.ci~ones, dando cu e~ta al Gobit>rno de .los efectos que él produzca. I no per·
mitlr~n gue d~ las b!·1gndas se tom.e bestta alguna, ni tampoco de los particulal'es,
sm 1IcenC1a escnta de In autonclad.
Dado en '!,unja, a 29 de marzo de 1862.
S. DEL CASTELBI.A.NCO.
El Secretario de Gobierno, José Gregario Paez. ·
DECRETO DE 31 DE MARZO DE 1862
nombrando Consejero de Gobierno. '
El Presidente Interino del Estado Soberano de Boyacá,
En uso de sus atribucioes legales,
1 en virtud ~le la renu.ncia hr.cha por el señor Ezequiel Rójas de miembro
del Gran ConseJo de Gobtcrno, croado por el artículo 4. o del Pacto transitoris
ele Union, fecha ... 20 de setiembre último,
DECRETA:
Artículo único.. Nómbrase al señor J. Jonquin Várgas, por el Estado
de Boyacá, para que Jo represente en el espresado Consejo i en lugar del señor
Rójas. Comuníquese a qnienes corresponda.
Dado en Tunja, a 31 de marzo de 1862.
S. DEL CAsTELBLANCO.
El Secretario de Gobierno, José G1·egorio Paez.
DECREiTO DE 3l DE FEBRERO DE 1862.
nombrando algunos Jefes de la "Division Boyac:í .. ~'
El Presidente Interino del Estado Sobe-rano de Boyacá,
En uso de sus atribuciones legales,
DECRETA :
Artículo l. 0 Nómbrase al Teniente Coronel Arístides Márqurz primer
Com.a~dante del B:ttallon número l. e de In Division Boyacá, por haber ido
admttida la ren-unc1a que de e·3te empleo hizo el seíior Florentino Acevedo.
Artículo:.!· e Por la promociotJ del e$pre. ado señor Márquez, se nombra
para Jefe de Estado Mayor de la misma Division, al Teniente CoronEl Vicente
Murillo Alcantuz.
. Artículo 3. 0 Habiendo sido promovido igualmflnte este señor se nombra
~1 c.1udada~o_Justo Réyes primer Comandante del Batallon númer~ 2. o de la
Indicada. D1v1sion. Comuníquese a ql1icncs corresponda.
Dado en Tunja, a 31 de marzo de 1862.
S. DEL CASTELBLANCO.
El Secretario de Gobierno, J. Grflgorio Paez.
NOTA
participando la posesion del Presidente del Estado ~oberano de Bohvar.
Estados U~idos de Colombia.- Estado Soberano de Bolívar.- Número 21.El
Pres dente del Estado.
Al Ciudadano Presidente del Estado Soberano de Boyacá.- Tunja.
~ren~o el honor .~e p~rticipar a ~· que el 12 del corriente tomé posesion
ante 1a A ambl;a Le]l lattva del destino de Presidente de este Estado Soberano,.
para ~ue fut pop~lnrrnente electo.; i que he nombrado para Secretario je.
ne1 al oe Est~do ~1 so~or J un~ A1 tomo de la Espriella. ,
Me ~era mut satlsfacton.o cultivar con el Gobierno de ese Estado las bue.
nas relncwnes_ que la frat"rn1dad demanda, i cooperar con éTal afianzamiento
de b Federacwn,- que tanto ha costado a los pueblos plantear.
Cartajenn, 21 de enero de 1862.
JUAN JosE NIETO.
CONTEST ACION
Estt;zdtJs Unidos de Colombirz.- Estado Soberano de Boyacá.- Número 1 o_
El Presidente Interino del Estado. ·
Al Ciudadano Presidente del Estado Soberano de Bolívar.-Cartajena.
C?n. suma complacencia he recibido vuestm estimable nota, fecha 21 de
ener? ultimo, marcada cor, el número 21, en que os servis comunicar a este
Gob.Jerno, que ese Estado, compuesto en su mayoria de hombres honrados i
patnotfts~ os ha ~levado nnevam~nte a la primera Majistratura ~ie él, i de cuyo
alto d~st~no habeL.S tomado poseswn el 12 del mismo mes, nombrando para Secretano
Jeneral al .eñor Juan Antonio de la Espriella.
. Vuestra cleccion, Ciuda~nno P!·e_sidente, es uno de los mas felices augu-nos.,
no .olo para el progreso I .la .fel!ctdad d~ ese Estado, ino tambien para la
paclfit:acwn 1 pronto restablecimiento del orden en todos los Estados de )a
Confed~racion. Colombiana, pue.s un tan digno ciudadano como vos, i ']ue tanto
habms trabajado en llevar a cima la gl'ande obra de que actualmente se ocu·
pan los v~ron t>s mas prec~a:os del país, .no hai duda que continuareis prestando
vuestros Importantes servicios en el eminente puesto a que hnbeis sido llama·
do por el voto popular de vuestros coneiudndanos.
El Gobierno de este Estado, que desea cultivar las maR cordiales relaciones
con los de. la :U nion, sieute .un po11itivo placer al ver por vuestra citada
nota, que. estais d1spuesto a lo Intsmo, como tambien a cooperar de consuno al
afianzarmento del SIStema federal, único que puede labrar la felicidad de Jos
pue~los; ~ P?r lo T?ismo acepta vuestro ofrecimiento como una prueba de ho·
nor 1 patr:10t1smo, 1 os ofrece todos sus servicios en reciprocidad.
TunJa, 27 de marzo de 1862. S. DEL CASTELBLANoo.
DECRETO DE 16 DE MARZO DE 1862,
sobre circulacion de monedas.
El Jefe Depm·tamental del Centro,
CONSIDEllANDO :
. La urjente necesidad que hai de arreglar la circulacion de moneda para
e~J~ar emb.arazos al Gobierno i a los particulares i teniendo a la vista las· di. po~
Ictones dictadas en esta matPria por el Presidente provisorio de Colombia
1 Supremo Director de la Guerra,
DECJIF:TA:
. Artíct~lo l. 0 Son de obligatnria admi ion r.ntre los rarticnlares, compren.
d.tdos especialmente los dueños de almaeenes~ de comrrcio i tienda~ de pulpena,
las moneda.s de plata ele tal.la rmyor i menor, granadinas. e~pañolns, f,ance·
sas, norteamericanas, sarrlas 1 belga que sPnn lejítirna , i aun cu:1ndo estén
g~stadas sus r~arcas por e]u.;;o, eon tal que dicha~ marcas ~e alcancen a perci·
b11' por cualc¡uiera de las cara:s de la moneda.
Artícnlo. 2. 0 El particular que rechaz<~ una o mas piezas de monerln de
las co~pren<.llclas en el artículo anterior, o de antemano ponga la condicion, en
cualqu1er contrato o venta de lo efectos n.ue espcncla, de que no se le pague
en l?s esp~esadas monedas, pagará una multa de veinticinco pesos, la Clla1 se
ha:a efecttva por el Alcalde del Di tJ·ito, con el solo denuncio del mdivicluo a
fJ~IO~ se le rochac_f:n di?has monedas, o Re le imponga la esprc at\a condicion, i
medi~nte la avenguac1on verbal i sumaria que el Alcalde crea conveniente
practicar para asegurarse del hecho denunciado.
Las multas e ijidas se aplicarán a los fondos públicoS'.
Dado en •runja, a 28 de marzo de 1862.
Jl[anuel Jlfonroi.
El Secretario, Camilo Ma.ri'lio.
NOTA
del Jefe Deparmental del Centro dando cuenta de haberse remiticlo 159 conscriptos.
Estados Unidos de Colombia.-Estado Soberano de Boyacá.-Jefetura Departamental
del Cmtro.-Núrnero 18.
Al señor Secretario de Gobierno.
Pon~o ~n conocimiento del Gobicmo que en esta fecha se han remitido
para el D1stnto federal 159 conscriptos rle sol0 el Departamento de mi mando
1 a ctlent,a d~ los 350 que le han correspondiJo. '
'l unJa, l. 0 de abril de 1862.
ltfanuel Monroi.
Despacho áe Gobierno.- Tunja, 2 de abril de 1862.
Contéstese, de órden del. ciudadano Presidente, ~ue el Gobirrno espera de
su celo qne, conforme a la Ctrculnr de e ta misma feeha, el dia 10 del corriente,
p~n.drá a su disposicion ks.192 conscriptos, que faltan para el completo del
contmJente c¡ue ha correspondtdo a este Drpartamento conforme al Decreto inserto
en ''El Semanario Oficial" númerQ 27.-Paez. '
NOTA
del Jefe Departamental del Centro sobre la or¡,ranizacion del Ejército de Reserva.
Estados Unirlos de Colombia.-Estado Soberano de Boyacá.-Jr>fetura Departamental
del Centro.-Ntíme1'o 17.
Al señor Secretario de Gobierno.
Para conocimiento del Gobierno tengo el honor de nvisar a U. que la fuer-
7.fl de ''~.cse ~va" que se ha mandado levantnr en este D .partamento, se halla
en s.~rvlcw, 1 por orden superior se han pne~to a disposicion del Pñor Coronel
Ser.JIO Camargo, Comnndnnte jenera l de las fuerzas del E -tado 200 hombres
vest~dos, armados j con mnnic~ones de mas de 5,000 tiros, los 'cuales t(lmnro~
la v1a del Norte del ,staclo, i el resto ha quedado de guarnicion en esta plaza
con las municiones suficientes.
.. Están, pues, cumpl idos los deseos del ciudadano Pr si dente de la U nion,
mamfestados en su decreto de 22 de marzo último, oro-anizando la fuerza de
Reserva en el Estado.
0
Tunja, l. 0 de abril de 1862.
Manuel lllon?·oi.
EL SEMANARIO OFICIAL. 115
Despacho de Gobierno.-Tunja, abril 2 de 1862.
De órden del ciudadano Presidente, dígase al señor Jefe Departamental,
que el Gobierno estima, c.omo fS debido, el empeño patriótico que aquel em·
pleado manifiesta en todo lo relativo al servicio público i al triull'fo de la causa
de los principios; i que con funcionarios tan laboriosos ¡como él, es seguro que
el triunfo de la federacion se llevará a cima.
Publíquese en "El Semanario Oficial,'' junto con Ja nota del señor Jefe
Departamental.-Paez.
NOMBRAMIENTOS
hechos por el ciudadano Presidente en el mes anterior.
Para Secretario interino de Gobierno al señor José Gregorio Paez.
Para oficial mayo•· de la misma Secretaría al señor Aquilino Andrade.
Para oficial :2. 0 del mismo Despacho, al señor José M. Chaparro B.
Pura Jefe Departamental de Oriente al señor Primitivo Berna!.
Tu nja, l. 0 de abril de 1862.
NOTICIAS.
El Gobit!rno del Estado, con el objeto de que no se difundan noticias que
carezcan de crédito, bien sean favorables o adversas, ha dispuesto se publíquen
en el periódico oficial las que se reciban con este carácter. De este modo el
pueblo estará al corriente de los sucesos verdadero~ que merezcan llamar la
atencion pública. A 1 efecto, hoi se publican a continuacion, dos hechos de
armas qne han tenido lugar en el presente mes.
Habiendo enviado el señor Jefe Departamental de Tundama, una Columna
de 1 ao hombres, para observar los movimientos del enemigo que había apa·
rP.cido por In parte de los distritos del Cocui i Güican, el Jefe de aquella, señor
Horm'jenes Mojica, sin tener órd ,n para atacar, ocupó el pri~nero de dichos
di tritos i allí comprometió un combatP., el 18 del mes anterior, con las fuerzas,
que en número superior, mandaba Baltazar Jil. A las dos de la tarde empezó
la accion i a. las seis concluyó, sin éxito decisivo por ning-una de las partes be.
1 ijerantes, pero sí hahienclo perdido el enemig'J al señor Emigdio Quintero, un
hijo de este, a Lucindo Eslava i a otros varios oficiales i soldados que quedaron
mnertos en el campo de batalla. Por la mañana del día siguiente le llegó un
refuerzo al enemigo de 100 hombres, mientras qne el número de los nuestros
se habia disminuirlo i les faltaban mn niciones. Así e11 que, renovado el com.
bnte, dió ror re ultado el haher sido desalojadas nuestras tropas del pueblo, con
p'rdida del Jefe ele ellas que quedó pri.,ionero con otros hombres de tropa. I
ron el ohjP.to de que e::-¡te lijero dP.scalabro no sirva para envalentonar al enemigo,
Su ha dispnesto que. marche contra él la l. ca Division ''Boyacá.ll
El 25 de los corrientes los señores Prefecto Departamental de Chocontá
i Comandante Camilo Rodríguez, ausiliados únicamente de 20 hombres, derro·
taron completamente la guerrilla de Suta-Tausa, cojiéndole 21 hombres, 4
bocas rle fuego i 5 lanzas. El curarte aquella parroquia, que segun parece,
es una verdad era antíte~ is del sacerdote evanjélico, se hallaba en el conflicto
nzuznndo a sus feligre es para que degollasen a sus hermanos; í, tan mal Clll'a
de u.lrnas, como mal soldado, huyó vergonzo~amente, dejando aba!'ldonado su
rebaño de lobos.
ShCRETARIA DE fiACIENDA.
DECRETO DE 2 DE ABRIL DE 1862,
sobre. visita mensual a las oficinas de Hacienda.
El Presidente Interino del Estado Soberano de Boyacá,
En vista del informe evacuado por el Administrador de Hacienda, como
Visitador fi cal ,clt>l resul tado de la .vi:;ita practicada por él a las Ajenciasde So.
gamoso i Santarosa en el mes próxtrno pasado,
DECRETA:
Artículo l. o El Presidente del E tado, por sí o por medio del respectivo
Secreta1·io, seo-uirá practi<::ando la vi ita ordenada por las d1sposiciones anteriores
vi 1entes~ ¡:¡ la Administracion de Haciend~,el dia último_de cada .m~s, con
el fin de averio-uar si las cuentas de aquella oficm~ están cornentes, 1 s1 se ha
dado a los ca1~lales publicos la inversion ccrrespondiente.
A.rticulo 2. o En las cabecera de D partamento que lo sean al mismo tiem.
pode Ajencia de Haciencla, los, Jefes D p_artament~les, acompañado~ d~ su re~pectivo
Secretario, e trasladaran a la _o_ficma del AJe~ te, en u?o de l_os cmco pnmeros
días de cada mes, a hacer la v1stta, cnn los mtsmos obJetos wdtcados en
el artículo anterior, i adernas con el de examinar ~l est11.do de le recaudacion de
las rentas e indicar los medios que deben emplearse para hacerla tan activa como
sea posible.
Artículo 3. 0 En aquellas Ajencias cuyas cabereras no lo sean de Depar·
tamento, practica:nn la_ vi ita los alca,ldes del di. trito cabecera de ella, en los
mismos dias i término fijados en el arttculo antenor.
Artículo 4. 0 Despuel' de concluida la respectiva visita, tanto Jos Jefes
Departamentnles como lo' alcaldes que las pract~quen pasar_án un inf?rme cir.
cunstanciado del re5>ultado de ella a la Secretana de Hacienda, hac1endo las
ob ervaciones que crean conducentes a la mejora de este ramo de la Adminis.
tracion pública.
Artículo 5. 0 Los Ajentes de Hacienda informaran cada ocho dias al Je.
fe Departamental, del estado en que se hallen los cobros de que están encar·
gados, a fin de que este pueda prestarles todos los ausil.ios que necesiten i remo·
ver todos los obstáculos que se les presenten pura realizarlos.
§. o Cuando los AjP-ntes no cum¡.¡lan el deber que les impone este artícu.
lo el Jefe Departamental los compelerá a ello.
' Artículo 6 o Los Jefes Departamentale' darán cuenta a la Secretaría de
Hacienda, sem~nalmente, de todas las providencias que dicten en cumplimien.
to de este Decreto.
Dado en Tunja, a 2 de abril de 1862.
S. DEL Ü.ASTELBLANCO.
El Secretario de Hflcienda, Anjd M. Galan.
DECRETO DE 2 DE ABRIL DE 186;¿,
anulando varios remates.
El Presidente Interino del Estado Soberano de Boyacá,
Visto el informe del Administrador Jeneral de Hacienda en que da cuenta
de hnberse rematado en el Departamento de Tundam:t varias fincas de deudo·
res al E tado sin que hayan antecfldido las formalidades establecidas por la lei
4. ro p.ute k tratado 2. 0 de la Recopilacion Granadina, "sobre juicio ejecutivo,"
i por un precio escandalosameete pequeño; i
CQ_ SIDER ANDO:
l. 0 Que el objeto con que se remata una finca no es simplemente el de
privar al deudor de su derecho de propiedad, sino tambien el de cubrirse el Go·
bierno d, todo el valor que se le adeuda ;
2, 0 Que este objeto no se consigue, en el mayor número de casos, rematando
la finca por un bajísimo precio;
3. 0 Que el Gobierno debe tratar de compensar el mal que se .cansa a un
deudor, rematándole sus fincas, con las mayores utilidades que de este hecho
resulten al Estado; i
4. 0 Que la justicia i la conveniencia exijen la a nulC¡cion de todos los re·
mates que se hallen en este caso,
DECRETA:
Artículo l. 0 Decláranse nulos i de ningun vdor los remates de fincas de
deudores al Estado que no hayau sido precedidos ,por las formalidades esta.
blecidas por la Jei, como tambien aquellos que se hayan verificado por ménos
de las dos terceras partes del a valúo dado a las fincus por peritos de notoria
probidad.
Artículo 2. 0 Las fincas que se encuentren en el caso del artículo ante·
rior serán sacadas nuevamente a remate, pre\'Ías las formalidades indicadas, i
teniendo pre ente lo disp esto por el Decreto de 16 de marzo anterior, adicional
al de 13 de agosto de 1861.
Artículo 3. 0 Rematada que sea nueva nente una finca, el rematador anterior
ocurrirá, con los documentos necesarios comprobantes, a la Secretal'!a do
Hacienda, solicitando se le reconozca i ordene el pogo de la suma que hubiere
consignacjo en la respectiva oficina de recaudacion, como precio ole! remate que
se le habla adjudicado.
Artículo 5. 0 Si la finca sacada nnevamente a remate hubiere de adjudi.
carse al Estado, de acuerdo con lo dispuesto por el decreto citado de 16 .de mar.
zo, el rematador anterior ocnrrirú tambien a la Secretaría de Hacienda con el
mismo fin esprcsado en el artículo precedente.
Artículo 6. 0 Los Jefes Departamentales i los Ajentes de Hacienda quedan
encargados de la ejecucion del presente decreto.
Dado en Tunja, a 2 de abril de 1862.
S. DEL CASTELBL.ACO.
El Secretario de Hacienda, Anjel M. Galan.
NOTA
dando cuenta de una comision.
Señor Secretario de Hacienda.
Con fecha 22 del presente recibí comision del ciudadano Presidente del
Estado para conducir del Departamento de Oriente a 1esta Capital una suma
perteneciente al Gobierno.
Los alcaldes de rribaná i U m bita tenían órden de darme en ausilio un
número de individuos montados i armados, i con este objeto el de Tibaná dejó
a mi eleccion el personal i yo escojí el que me pareció apropósito. El alcalde
de U m bita no prestó ninguna clase de ausilio, i yo marché únicamente con seis
indtv iduos que saqué de Tibaná.
En Guateque recjbí del Ajente de Hacienda la 'suma de ochocientos cin·
cuenta i siete pesos en btlletes i novecientos en dinero, que distribuí entre los
socios de la comision para que mancomunadamente me respondieran de él i me
lo entregaran aquí.
Dd regreso, despues de pernoctat· en Garagóa, el señor José Mendoza,
miembro de la comision, me dió aviso de que tic su cojinete faltaba una mochi·
la de dos que con el din ero se le habían confiado. En tal virtud yo manifes.
té que haria responsable~ a todos los encargados de 1 a conduccion del dinero,
del que faltara, i que clcbian reponerlo a prorata, o que se aveóguara escrupulosamente
qué persona lo había hurtado, pura lo cual dí térrmno ae veinticua·
tro horas.
Al dia siguiente todos los de la comision convinieron en que el mismo señor
Menrloza indudablemente era quien habia estraido el dinero, puesto que de
su cojinete faltaba i no podía probar . q 1e se había pérdido de la pieza en
donde se acuarteló en Garagóu. Asi pues, le previne que 'entregara inmedia.
tamente el clinero, o de lo contrario sería aprehendido i puesto a disposicion de
la antoridad para su ca tigo, por lo que sin dar contestacion alguna se fué en
precipitada fuga de enmedio de los miembros de la comision i de muchas otras
personas qne habian concurrido por la novedad. ' .
Viendo yo que era difícil darle alcance !u mandé hacer aito, i no hablendolo
verificado le hice fu ego con un trabuco que para el efecto de aprehenderlo
i custodiarlo habia tomado; pero no se pudo capturar.
La suma de dinero que faltó fué de 117 pesos, que repuse de mi bolsillo
al dar cnenta de la cornision, los que cedo coa m1.s lo que hubiere devengado
por mi servicio en ella, en favor del Gobierno, i solamente exijo que este hecho
de Mendoza, profunrlamente inmoral, no se quede sin cast igo.
El sGñor Secretar io se servirá dar cuenta del contenido de esta nota al
ciudadano Pre5idente del Estado i nceptat· los sentimientos de particular con·
sideracion con que me suscribo mui atento servidor, Elius Corredor.
'runja, 30 de marzo de 1862.
Secretaría de Hacienda.-1'unja, abril l. 0 de 1862.
De órden del ciudadano Presitlente se resuelve:
l. 0 Manifiéstese al señor Corredor que el Gobierno le estima la buena
voluntad con que se prestó a cumplir la comision que se le dió, como tambie~
la tlonacion que hace de lo que pudiera corresponderle en pago de su serv1.
cio ¡ i
116 EL SEMANARIO OFICIAL-•
• 2. 0 Pásese copia de esta nota al señot·.Jefe Departamef!tal del centro con
el fin de que haga tomar l a ~ declaraciones juradas de los compañero1:; del seiior
Corredor para averiguar qt1ien es el culpable del hurto de que se hace mencion
i averiguado que sea, dicte órdenes a todos sus ajentes para que lo aprehendan
en cualquiera parte en que sea hallado, i lo remitan a .esta ciudad para su JUZ
gamiento i castigo. '
Publíquese esta resolucion i la nota que la motiva.-Galan.
NO OFICIAL.
CANDIDO RINOON SOLER.
El 24 de los corri ntes a las 1 O de la mañana, salia de la la-lesia de San
Francisco de esta ciudad, en direecion hát ia el cementerio, un fÓnebre cortejo
que conducia el cadávet· del jóven Cándido Rincon Soler. Numeroso
era el acompaña miento, compuesto en su ml'l yor parte de jóvenes que iban
a depositar en su última morada al amigo, al compañero de sus placeres i al
émulo de sus glorias. El lúgubre sile n~ i o solo era interrumpido, en la gran
fila, por la armonía de los cánticos sngratlos que al cielo se elevaban.
Al llegar a la mansion de los muertos, i despues de haber sido depositado
el cadáver en la bóveda que le estaba prepa rada, se e<~peraba que alguna voz
se hiciese oír para pronunciar el panejírico de las virtudes cí·1icas i privadas
~e .Cándido; per.o.el h~ndo sentim iento . que se p~ bia amparado de todos los
an tmos, no permittó a nmguno de los amigos cel dtfunto articular siquiera una
palabra. 1 aquel silencio fue mas sublime que lo hubiera sido el mas elocuen·
te discurso.
En cuanto a nosotros, que somos entu sia tas por todo lo que es bello, tanto
en lo moral como en lo físico, i que deseamos se creen estímulos i se den
ejemplos sublimes para la juventud, nos proponemos ahora decir cuatro palabras
sobre la vida de aquel a cuya memoria consagramos estas cortas líneas.
Cándido era hijo del señor Juan Nepomuceno Rincon i de la señora Ca·
talina Soler Prieto. J?el primero ?.eredó el p a trioti ~mo i el valor, de la segunda
todas esas dulces VIrtudes que a.Jmentan el alma 1 hechizan el corazon.
Apenas salido de la in fa ncia, Cándido Sfl exhibió como un hét·oe el 18 de
julio de 185 1, r.n que el partido godo, que habia perdido el poder en el campo
legal, intentó recuperarlo P?r .med io de las armas. El jóven Rincon, acompn·
ñ.ado de Flll h.ermano ~ n to mo t de otros va!ientes que guiaba el intrépido an.
cw~o, el antiguo adalid de la Independencta, Jeneral Juan José Réyes Patria.
P?Sieron en vergonzosa . tug.a a m.ns de 300 facciosos, que intentaban aqu el
dm apoderarse de la capital 1 sacnficar a sus heróicos defensores. Cándido
recibió un trabucazo (l quema-ropa en el pecho, i gracias a estar muí floja la
carga, evitó provide ncialmente Ja muerte en aquella famosa jornada, i a su
heroicidad fué debido en gran parte el triunfo.
Poco tiempo despues, el jóven vencedor obtuvo la mano de la señorita
Evanjelista Correa, digna por cierto de unir su suerte a la de Cándi-do i orlar
con ~us virtudes la cívica corona de su esposo. '
Disfrutando se hallaba Cándido de las delicias de la vida doméstica i
conyuga l, cull ndo se fra cc ionó el parti do liberal. i él fué llamado por la fra c·
cion radical a tomar las armas contra los revoluci.onarios del 17 de ab ril. Mar·
c~ó con su padre i hermanos, Antonio i Joaquín, para Cipaquirá, en el Ejér·
cito que se proponía debelar la revolucion. Allí se trabó aquel funesto i memorable
combate, ()n que la sangre preci osa de los jiberales corrió a torrente~,
en mengua de la Patria i en beneficio de los enemigos de ella. Allí cayeron
F ranco, Gómez ~arci o, Medina Domingo, Sánchez Miguel, Tórres Agustin,
i otros muchos valien tes, entre ellos el padre de Cándido •••••••• A~ í vió
este, perecer al autor de sus dias en aquplla fecha de ingrata recordacion, sin
tener siqu ie ra el consuelo de recojer el cadáver i da de sepultura ••••••••••••
Continuó aquella guerra: parto de una de esas aberraciones humanas, en
que no se ventilaban materia& ele dogma sino puramente de diciplina, i los jóvenes
Rincon, sig uieron todos los aza res c!e ella. En el :::onflicto sangriento
del Cornal, Gandido vió tambien caer herido de muerte a sn querido hermano
.Antonio, jóven simpático i gallardo, que cual un hermoso lirio apénas abier·
. to a las benéficas influenci as del sol, es arrancado por una mano b:írbara, per·
. dicndo así el verjel uno dP. sus mas gayos adornos. No es posible descri·
hir el agudo i profundo dolelr que sintió Cándido, por tan irreparable pér·
dida .••••• Ln famil ia Rincon Soler, herida de una ciega fatrtli<;lad, estaba des·
. tinada a pasar por todas las gradaciones del martirio i de la pPnalidad •••••• !
Concluida aquella revo luc ion. i en medjo de una paz ficticia, Cán dido
.despues de haber ocnpado algunos puestos públicos, se retiró modestamente al
campo, en donde rodeado de su estimable esposa i de sus queridos i pequeños
hijo , trabajaba constan temente para alimentarlos. Pero estaba destinado a
morir tambien e.n flo r i en servicio de la Patria.
E l partido conservador, que pérfiua e incidiosamente habin acertado la fe·
deracion, para lnego desacreditarla i ponerla en ridículo a la faz de los pueblos
civilizados, se vió burlado en sus esperanzar, i ape~ar de haber sembrado i di.
fundido losjérmenes de la disociacion en todos los E stados, al fin hubo de ape·
Jaral último estremo, el de las arm1'1s. Cándido se vió obligado a dejar su retiro
para empuñarlas a su turno en favor de la causa federnl, presentando en
aras de esta, la cara i pura oblncion d3 la dicha i porvenir de su esposa e hijos~
Nombrado Jefe de Ja caballería del norte, salió con el Ejército de esta
Capital el dia l7 de febrero, en direccion n Ventaquemacla. Montaba un brio·
so caballo, i en su figura a la par graciosa i marcial, que de vez en cuan.
do se oscurec ía por los sangriPntos rP.cuerdos ele sn padre i hermano, por la me·
moría de las prendas que habia dejado en el hogar doméstico, algun ojo ohser·
vador i filosófico hubiera podido traslucir algo de la auréola de los mártires •••
Cinco leguas apénas 'habria caminado el Ejército, cuando Cándido, que
Jle\·aba un trabuco cr~ rga do a un lado de la silla, queriendo con otro amigo esperimentar
sus ('aballos en la carrHa, picó el suyo que empezó a devorar el es·
pacio; tnas, habiendfl sido detenido por -unas bestias cargadas que se hallaban
ni paso' tuvo que detr-merlo repentinamente, i al fuerte ~acudjmient.o que ~u frió,
el trabuco cambió un tan.to de direccion, estalló i le despedazó la pierna izquíer·
tia con la carga que llevaba. .
Inmediatamente se le procuraron allí todos Jos escasos recursos que la si·
tuacion permitía, i fué éonClucido a la estancia de la ''Joya," en donde tt·es dias
.despue.s,·se vró en peligro de ser asesinado por una partlda~~'d (la8 tropas de Canal
que llegó a aquel sitio. Se asegnra, que cuando u11o de los Sayones inten·
tó hacerlo, el jóven con heroica .üa lma le contestó:- "Puede U. asesinarme,
pues bastante sufm de esta pierna. ·'
. · Cuando el· Ejército r~gresó a esta Capital, Cándido fué conducido a ella,
1 en .~~~a de su hermana, 1 rodeado ya del resto de su familia, empezó a ser tratado
con esmero en su curacion. 11m> estaba escrito, que él debia irse a reu·
nirse con su padre i hermanos, pu es uno de ellos,Joaquin,tambien murió en los
llanos de Casanare. I ni los socorros de la ciencia, ni los fervientes votos de
su desolada familia, p~1dieron. contener en su vuelo a aqu ella alma pura i jenerosa,
que al fin volvtó a untrse al gran todo de donde se babia desprendido
para animar In materia ••••••• , ••••.•• . .•••••.• , •.•••••••••••••• o •••
Por honor de la Patria, como un deber de justi cia i ~ para estímulo de los
que sobreviven a estas luctuosas catástrofes que asuelan el país, deseamos que
el Gobierno no olvide en el día rle las remuneraciones a la jóven i desrrraciada
viuda de Cándido i a sus tiernos e inocentes hiJos. 0
Tunja, 3 de abril de 186:Z. J. G. P.
LUIS FLO:&EZ.
Estamos conden ados a perder
en flor cuanto tenemo -. .
R AFAEL P OllfBO.
Cuando uno de los hombres mas eminentes de nuestra patria, el señor
José E. Caro, murió en las playas de Santarnnrta, un admirador de su jP. nio
lanzó el grito de desesperacion que hemo colocado al principio de este artículo
; i po,•os años despnes lo repetía el señor Vergn ra i Vergara al ver perdida
para República la intelijencia del jóven di sti ngnidisimo Murio Valenzu ela.
I nosotros a cada nueva revolucion, a cada nube que vemos en el horizonte
de nuestra patria, repetimos tumbicn tristemente : estamos condenados a per·
dcr en flor cuanto tenemos!
No se crea por esto qne renegamos de las revoluciones. Dios nos libre
de ello ! La historia de todos los pue blos nos ha dt mostra rlo que las revoluciones
son crísis por las cuales pasan aquellos para !.legar a su mn yor altma,
i que ninguna idea nueva ha dominado a la humanidad sin tener víctimas i
sar:rificndores ; pero no por eso deploramos ménos las intelijencins que arreba·
tan i los males que causan aquellas en paises que como este,fundan su porvenir
en el progreso de la agricul tura.
1 cuántos gran adi nos ilu strados, putr iotns e intrl ijentes l1an de npat·eciclo
en cada nn·olucion !-V ~ rgns Tt>jadn, . nic idándo!-le en las aguas de un rio dE'S·
conocido,-Caro, muriendo al pi,.;ar la' playas granadinas sin tener el dulc isimo
placer de abrnznr a su P..sposa e hijos-i VicP nte. Het' rera asesina do en las ti nin·
bias por vilrs adversarios, dcrnu e::.trnn suficiantcmentc las pt> rdidas que ha he.
cho nuestra patria en ciiversnR revoluciones
I hoi tenemo¡; que escribir otro nombre en el mart irolojio rt~ publ i cano:
tenemos que ll ora r la pérdida de un jóven que, como los cita do~ , honraba con
sus talentos a Colombia.
Lurs FLÓRF.Z ha muerto asesinado! i en Sanj il, en un pueulo rcl ijio ísi·
mo i al grito de''¡ viva la Rclijion !" Desgraciada relijion de Jesucristo que
sirve hoi de pretesto para asesinar, como sirvió en la Edad Medin, como sir.
vió en España, como ha servido siempre 1
Temblnndo de emocion i respeto vamos a trazar algunas líneas sobre las
cualidades del señor F J.. ÓREZ, apcsar de que no somos com11etentes pa ra esto,
porque la me.moria de los már t ires no es sagrada i porque deseamos prese ntar
a la juventud modelos dignos de i mtt ~1cion para qne tenga fe, como la tuvo el
mártir muriendo, en el porvenir venturo o de Colombia.
II
Diremos: en primet· lugar, algo sobTc su corta pero bril lante vida .
Nació- el señor Lurs FLóREZ en la ciudad de Cipaquirá el oño de 1834 •
Fueron sus padres la señora Remijia Matéus i el señor Anjel M. FlórEZ Ca.
macho. Desde sus primeros años manifestó viveza e intclijencia. Habiendo
oprendirlo los primeros rudimentos en su pue blo natal, fné enviado por sus pa •
dres a Bogotá, donde .conclu yó su carrcrn'cl año de 1853, graduándo e de doctor
en Jurisprudenein. Desde e¡:e año hasta el de 1855 estnvo desempeñando
varios destinos en Cipaquirá. Habiendo regresado a Bogotá empezó a publicar
con el señor To!llns Cuenca, jóven muí conocido en la Repúul icn, un periódico
de ciencias, artes i literatura, del cual no salió sino un número i que
si hubiera continuado habria darlo honor a nuestra patria. En dicho periódi.
co publicó el señor Flórez el primer eapítulo de una novela que, l'i algun día
sale .a luz, figurará entre las primeras producciones neo-granadinas, porque
predominan en ella tres cualidades que poseia el señor Flórez en grado eminen·
te,-imajinacion, sent imiento i poe ía.
Sancionada la Federacion i di vidicla la N u e va Grn nada en ocho Estados,
el de Santander elijió al señor Flórez Representante a la Asamblea Lej isla ti va
i Diputado al Congreso de la N1:cion. En ámbos puestos se mostró digno de
la eleccion de sus conciudadanos.
En 1858, cuando estalló la sangrienta revolucion de Santnndf'!', preludio
de la jeneral, funcionaban el señor Vicente Herrera como Presidente i el señor
Lnis Flórez como Secretario jeneral de aquel E tado. A la cabe~a de las fuer·
zas del Gobierno entraron ámbos en Ji ron i derrotaron a los revolucionarios;
pero estos, infieles a las promesas que habían hecho, se reunieron nuevamente
con las fuerzas de M árq 11cz i marcharon sobre las del Gobierno. En Cácota
de la Matanza, pueblo distante cinco leguas d~ Bucaramanga, sorprendieron a
estas i asesinaron villanamente al señor Herrera. El señor Flórez vió morir a
sÍJ ;:imigo i pudó librarse milagrosamente. El sacrificio del señor Herrera salvó
a Santander :-el se ño~ Flórez cooperó activamente al triunfo del GobiernO".
Cuando el señor O pina atacó a Santander, partió el señor Fiórez en comision
para el Estado de Bolívar, de donde no pudo regresar a consecuencia
ALCANCE AL SEM!N1lRIO OFICIAL NUMERO 29.
dél desastre sufrido en el Oratorio, Triunfante ia Revolucion el J 8 de julio,
i despues de haber comb~tido po;· ella.~~ , Bolívar, volvió el señor F lórez al E.s·
tado de Cundinamarca: 1 de allt se dlfi]IO al de Santander, donde permanec1a
hace algunos meses, cuando el 24 ele febrero último fué asesinado por los soldados
ele Ucros, en la ciudad de Sanjil.
T al es la relacion sencilla de la vida brillante i la malograda muerte del
señor Flórez. Puede decirse de él, lo que decía el inmortal Larra de Campo.
Alanje : ''su biografía es bien corta, las pájinas de su historia pueden llenarse
en breve, pero ni una mancha en ellas!
III
·Qué cualidades distinguen mas al hombre? Sin duda que nobleza de
cará;ter, firmeza de sentimientos, intelij encia i cm·azon pura. 1 todas las po-seía
el noble jóven d ~ que estamos hablando. . .. . .
El carácter forma el hombre: sin este la mtehJencia 1 el valor merecen
el desprecio. Nada hai mPs indigno que un hombre. que cam,bia de opin.iones
como cambia la culebra de piel. El señor Flórez tema un caracter firme 1 pro.
fesaba las doctrinas liberales por conv1ccion, porque sus estudios políticos le
habían demostrado que esas doctrinas hari~n la dicha de .la Repúblic.a.-De
esta conviccion dependió el que las defendiera con entusiasmo 1 munera p ~ r
ellas. . .
J eneroso i noble siempre en todas sus acciones, atraía el afecto 1 respeto
de cuantos lo trataban.
Su conversacion animada e instructiva, sus escritos en prosa i verso, tanto
inéditos como pu~lica d os, m.anifiestan su ta~ent.o: i.nstruccion no. vulgares.
Puede que alg1m dta se publ1quen los que estan wedltos para solaz 1 placer de
los que aman lo bello i admiran lo grande. . .
El corazon del señor Flórez era uno · de los meJOres que hemos conocido :
siempre procuró aliviar las ~iserias del pobre i ~alma¡· la~ pena~ d~l infortunado.
En esta sociedad, dommada por el oro, sm creencias ya 1 sm fe, un hom·
bre con las cualidades del señor Flórez, es una escepcion, porque hoi, aun te.
niendo la linterna de Diójenes', es trabajoso encontrar hombres honrados,
Tul era el jóven nobilísimo que hemos perdido. Muno!., •••..• Pero la
muerto para los hombres q u~, como Flórez, se sacrifican por sus semejantes,
es el principio de una vida Inmo~·tal. El polvo vu~lve al polvo, ~ero el al~a
purísima i brillante goza en el c1elo de .los b.e nefic~os que sembro sobre .la tierra:
la dicht1. de Jos mortales hacen su dicha, I las VHtudes que con su eJemplo
hizo fructificar, forman la aureola de su gloria.
IV
Concluimos.
Si los artículos de necroloj ias no estuvieran tan desacreditados a e~ usa de
los inme1:ecidos elojios que continuamente se tributan, nos habriamos este ndido
mas en este, para desahogar nuestro corazon, p~ra trasmitir a n~1 estr~s co~pat
riotas, si nos era posible, el dolor que nos agobia al ver que las mtel•Jenctas
mas privilejiadas de Nueva ~ra n ad.a . d.e sa par~ cen en estos tras.tnrnos que nos
atraen el desprecio de 1as nac10nes C!Vdtzadas 1 en los cuales forpmos ('ade?as
para el porvenir. Pe ~o. cuando la historia, i.mpa.sible i severa. en ~us fallos, JU~.
gue a los hombres pollt1cos de nuestra patna, sm duda adm1rara el sacnficw
del señor Fló1·ez i lo recomendará a la posteridad.
Miéntras ta nto hon remos la memoria del mártir! Im!témoslo si necesario
fuer<\! La tie rra de la Libe rtad, Santander, guarda las cenizas del inteli·
jente jóven cip a q ni r e~o,: los san~~\n de r ea.n os .sabrán aprec!ar eso sag r~d o d~ pó::~
ito: llorando referua? a sus hiJOS, 1~ h1stor1.a .del qne allt descansa, 1 les di.
rán que la vida de los heroes es la umca envidmble, que la mne1·te de los patriotas
es el principio de la gloria~ i que esta ilumina los sepulcros de sus escojidos
con los rayos de un sol inmortal.
Tunja, 2'J de marzo do 1862, PRUDENCIO REI.
.A LTIMA HOB.A.
TRIUNFO ESPLENDIDO.
Secreta1·ía de Gobiemo.- T1tnja, 4 de abril de 1862.
Ahora que son las cinco de la tarde, ~e ~caba de' recibi1: en este Despa·
cho una nota orijinal del señal' Secretano Jeneral de! ~ob1erno del E~tado
Soberano de Santander, dirijida al señor Alcalde de Sua!ta, que a contJnu~cion
se publica, en la ~ue dá parte de hab.er ~ido denotadas las fue1:zas umdas
de Jaramillo, Mora 1 Cobos, cerca del d1stnto de las Palmas, el dm 31 del
mes que ha espil'ado. . . . . , . .
Con la victoria que acaba de obtener el distin gUido e mtrep1clo CIUdada-no
P residente del Estad o de Santan de r, los dignos Jetes i Ofic iales i los heroicos
soldados de la LlBERTAD que componen el lu
Citación recomendada (normas APA)
"El Semanario Oficial - N. 29", -:-, 1862. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3682505/), el día 2025-07-20.
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